AYUNTAMIENTO DE INGENIO GASTOS DE LOCOMOCIÓN Y DIETAS – EJERCICIO 2022 DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO CUARTA: Gastos de locomoción y dietas de los miembros electivos de la Corporación. Serán abonados los gastos de locomoción que se justifiquen en el caso de desplazamientos por comisión de servicio o gestión oficial que previamente haya aprobado la Corporación o su Presidente, según sus competencias. En estos casos se devengarán, asimismo, las dietas correspondientes a la cuantía individual que a continuación se expresa: Dietas por traslado fuera de la localidad y dentro del territorio nacional, del Presidente y demás miembros electivos de la Corporación: 60 euros por jornada completa. Si se pernoctara fuera del domicilio habitual, además de la cantidad anterior por día completo de estancia, se abonará la factura del alojamiento, la cual no podrá exceder de 120 euros por noche, y por las mismas circunstancias, pero en el extranjero, 120 euros por dietas, abonándose igualmente la factura de alojamiento, que no podrá exceder de 180 euros. A efectos de aplicación de las citadas cantidades se estará a lo dispuesto en las normas que regulan las dietas y gastos de locomoción de los funcionarios públicos, previstas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. AREA ECONÓMICA INTERVENCIÓN Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO