DPTO DE PERSONAL / JAG EXPEDIENTE: 7953/2019 Dª Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Las Palmas) DECRETO. Por acuerdo del Pleno de fecha 29 de julio de 2019 se fijó el número, características y retribuciones del personal eventual en los términos establecidos por el artículo 104 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local. El Régimen Jurídico de este personal eventual se encuentra regulado en el artículo 104 y 104 bis de la Ley de Bases del Régimen Local (en adelante LBRL), en concordancia con el artículo 176 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y en el artículo 12 de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante TRLEBEP). Visto el informe de fecha 21/10/2019 emitido por el área de Recursos Humanos. Visto que las dotaciones de puestos de trabajo a cubrir con personal eventual no excede de siete, límite máximo establecido para los Ayuntamientos de municipios como éste, con población comprendida entre los 20.000 y los 50.000 habitantes. Visto que, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 104.2 y 21.1. letra h) de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local; artículo 41.14. letra d) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre; corresponde a esta Alcaldía el nombramiento del personal eventual, HE RESUELTO: Primero. Proceder al nombramiento de D. José Antonio Neketan Sanz, NIF 45535557L, como personal eventual, a jornada completa, para el desempeño del puesto de Asesoramiento y asistencia a la Alcaldía y grupo de gobierno en materia de comunicación institucional, relación con medios de comunicación y apoyo a la preparación y coordinación de tareas del grupo de gobierno, con una retribución bruta anual de 28.000.- euros. Segundo. Advertir al interesado que como personal eventual puede ser cesado libremente en cualquier momento del mandato de la actual Corporación. En cualquier caso el cese se producirá automáticamente cuando se produzca el cese o expire el mandato de esta Alcaldía. Tercero. Notificar este nombramiento al interesado para que tome posesión del cargo haciéndole saber: a) que la condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna; b) que le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera, y en particular el régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, desarrollado en la Ley 53/1984 de Incompatibilidades; c) que el cese no generará en ningún caso derecho a indemnización. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 30/10/2019 HASH: ecc5a8a9a652b59c0a23688738ebd419 MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 30/10/2019 HASH: dab2275d71c9dffebf3326baa5a3068e ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) Plaza de Candelaria, 1 CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es AREA DE RECURSOS HUMANOS Número: 2019-6899 Fecha: 30/10/2019 Cód. Validación: AK447XPDEW96CNCSWT94XWCLK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2 DECRETO Cuarto. Hacer público este nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, con especificación del puesto, régimen de retribuciones y dedicación. Quinto. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Las Palmas que por turno corresponda, en ambos casos a partir del día siguiente al de su notificación y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse. No podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto en su caso. En la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. Ante mi, El Secretario General Acctal, Manuel Jesús Afonso Hernández (Resolución núm. 576, de 19/08/2014, de la DG de la Función Pública) Plaza de Candelaria, 1 CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es AREA DE RECURSOS HUMANOS La Alcaldesa, Ana Hernández Rodríguez Número: 2019-6899 Fecha: 30/10/2019 Cód. Validación: AK447XPDEW96CNCSWT94XWCLK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 2 DECRETO