Ayuntamiento de La Villa de Ingenio N/REF.:SECRET.MJAH/aiaj ANUNCIO Quedando aprobado definitivamente la MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE LAS ÁREAS FUNCIONALES Y PRINCIPIOS RECTORES DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA MUNICIPAL DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO, aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 26 de marzo de 2015, al no haberse presentado reclamación o sugerencia alguna durante el periodo de información pública y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el texto íntegro de su modificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la citada norma, al objeto de su entrada en vigor, significando que contra el mismo podrá interponerse por los interesados Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. ALCALDE Fecha Firma: 11/06/2015 HASH: 74735bfe5461f6c3455d701a631bc43d JUAN JOSÉ GIL MÉNDEZ (1 de 1) “ MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE AREAS FUNCIONALES Y PRINCIPIOS RECTORES DE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL. 1.- Modificación del ARTÍCULO SEGUNDO, en el siguiente sentido: El apartado 1, Área de Servicios Generales, queda redactado del siguiente modo: “1. Área de Servicios Generales que agruparía los actuales departamentos de Archivo, Atención al Ciudadano, Contratación, Departamento Jurídico, Gestión del Patrimonio, Administración General del Transporte, Informática y Administración Electrónica, Acciones Públicas relativas a la Salud e Información al Consumidor, y Fomento del Empleo“. SE PROCEDE A SUPRIMIR LOS DEPARTAMENTOS DE SECRETARÍA Y RECURSOS HUMANOS, QUE SE CONSTITUIRA COMO UN AREA FUNCIONAL PROPIA, Y SE INCORPORAN TRANSPORTES, SANIDAD, INFORMACION AL CONSUMIDOR Y FOMENTO DEL EMPLEO. El apartado 3, Área de Urbanismo, Obras y Actividades, queda redactado del siguiente modo en su párrafo primero: “3.Área de Urbanismo, Obras y Actividades que agruparía los actuales departamentos de Urbanismo, Protección y Mejora del Medio Ambiente, Vivienda y Comercio“. SE PROCEDE A LA INCORPORACIÓN A ESTA ÁREA DEL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA, Y A LA SUPRESIÓN DE TRANSPORTES. El apartado 4, Área de Servicios Socioculturales, Asistencia a las Personas y Fomento de la Calidad de Vida, queda redactado del siguiente modo: “4.Área de Servicios Socioculturales, Asistencia a las Personas y Fomento de la Calidad de Vida que agruparía los departamentos actuales Administración General de Educación, Administración General de Deportes, Administración General de Cultura, Fiestas Populares y Festejos, Juventud, Otros Servicios de Bienestar Comunitario, Participación Ciudadana y Administración General de Servicios Sociales, Igualdad, Artesanía y Turismo“. SE PROCEDE A LA SUPRESIÓN DE LOS DEPARTAMENTOS DE ACCIONES RELATIVAS A LA SALUD, FOMENTO DEL EMPLEO Y VIVIENDA, Y LA INCORPORACIÓN DE LAS AREAS DE IGUALDAD, ARTESANÍA Y TURISMO. El apartado 6, Área Económica, queda redactado del siguiente modo: Cód. Validación: 6M53CK3CQAG42D9WAWHA3DEG9 | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2 1 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio “6.Área Económica que agruparía los departamentos de Intervención, Tesorería, Gestión Tributaria, Recaudación, Catastro y Multas de Tráfico. En relación a los departamentos de Intervención y Tesorería, se determinarán por Decreto de Alcaldía que concretas actuaciones se atribuyen a las competencias de la Jefatura de Área“ SE INCORPORA GESTIÓN TRIBUTARIA Y SE AÑADE UN SEGUNDO PÁRRAFO. Se crea una nueva Área Funcional, denominada RECURSOS HUMANOS. Se añada por tanto un apartado 7, que queda redactado del siguiente modo: 7. Área de Recursos Humanos, que engloba el actual departamento de Personal. Se crea un apartado 8 con la siguiente redacción: “Por Decreto de Alcaldía se podrán determinar que concretas funciones se encomiendan a cada una de las Áreas Funcionales“. 2.- Modificación del ARTÍCULO TERCERO, en su apartado “2. Competencias de los Jefes de Área“, que queda redactado del siguiente modo: “2- Competencias de los Jefes de Área: a).- Instruir y formular las propuestas de resolución en aquellos procedimientos en que deban resolver los órganos competentes de la Administración. b).- La compulsa de documentos obrantes en los expedientes que tramiten en los departamentos de su área o cuyos antecedentes custodien. c).- Diligenciar las comparecencias de los administrados. d).- Formular las propuestas sobre asignación de gratificaciones y complementos de productividad, y autorizar y/o emitir pronunciamiento en relación a las solicitudes de vacaciones, permisos, licencias y, en general toda clase de ausencias relativas al personal de los departamentos adscritos a su áreas. e).-Ser instructor de los expedientes sancionadores relacionados con los departamentos adscritos a su área. f).- Solicitar del personal adscrito a los departamentos de sus respectivas áreas la emisión de informes en relación a los expedientes que se tramiten en los mismos.“ 2.- Modificación del ARTÍCULO TERCERO, en su apartado “3. Comité de Dirección“, párrafo primero, que queda redactado del siguiente modo: “Comité de Dirección: Se crea un Comité de Dirección, que se constituye como el órgano consultivo superior de la estructura administrativa del Ayuntamiento, formado por los Jefes de Área, así como los Concejales Delegados y el propio Alcalde“. Villa de Ingenio, a fecha de la firma electrónica ALCALDE-PRESIDENTE, Juan José Gil Méndez. Cód. Validación: 6M53CK3CQAG42D9WAWHA3DEG9 | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 2 2