Plan General de Ordenación de Ingenio SUELOS URBANIZABLES PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE INGENIO. SUELOS URBANIZABLES SECTORIZADOS NO ORDENADOS - RESIDENCIALES LA TARIFA - SUSNO R6 DESCRIPCIÓN DEL SECTOR: LOCALIZACIÓN DEL SECTOR : Sector destinado a procesos residenciales de mediana intensidad. USOS: Usos característicos: Residencial Usos admitidos: Comercial y dotacional NUMERO MÁX. DE PLANTAS: TIPOLOGÍAS EDIFICATORIAS DEL SECTOR: Vivienda unifamiliar y colectiva 2 Plantas Comercial en edificio exclusivo o en planta baja. 2 plantas ORDENANZAS A APLICAR: A 2. PARÁMETROS BÁSICOS. Superficie total 46.400 m2 Coef. De Homogenización: 0,72 ua/m2c Densidad 40,00 Viv/ha Aprovechamiento global del sector: 20.018 ua DESCRIPCIÓN DEL ESTADO ACTUAL Nº máximo de Viviendas 186 Viv Aprovechamiento privado del sector: 18.017 ua Coeficiente de edificabilidad 0,60 m2c/m2s 10% de Aprovechamiento: 2.002 ua Edificabilidad total 27.840 m2c Aprovechamiento Medio* 0,343 ua/m2s REPARTO ORIENTATIVO DE LA EDIFICABILIDAD: JUSTIFICACIÓN DE LA CLASIFICACIÓN DEL SUELO Edificabilidad residencial del sector. Módulo 120 m2c/viv. 22.272 m2c Edificabilidad comercial máxima del sector. 5.568 m2c Edificabilidad total del sector. 27.840 m2c SISTEMAS GENERALES ADSCRITOS: SGEQ Deportivo 12.000 m2s TOTAL 12.000 m2s CESIONES DOTACIONALES OBLIGATORIAS MÍNIMAS: El suelo dotacional de cesión por el Sector, será el estipulado por Ley en el momento de aprobación del Plan Parcial que desarrolle este sector de suelo. GESTIÓN DE LA UNIDAD: 2. Tratamiento con vegetación de la zona norte del sector en contacto con el Barranco de Malfú. Sistema de gestión : Privado 3. Tratamiento de las fachadas con materiales de calidad y colores de acuerdo con la carta. 4. Tratamiento de las cubiertas, con carácter no transitable. Este sector de suelo Urbanizable viene obligado a una reserva del 20% del aprovechamiento residencial a viviendas sometidas a algún régimen de protección público Los terrenos objeto de la presente actuación se localizan al sur del suelo urbano residencial del Casco de Ingenio. Estos terrenos fueron hace tiempo zonas de uso agrícola, en la actualidad residual en la zona. Una parte importante de este sector es de propiedad municipal o del Cabildo de Gran Canaria . Atendiendo al art. 52 del TR-LOTENC se clasifican estos terrenos como suelo urbanizable por ser contiguo y no presentar solución de continuidad con los terrenos ya clasificados como urbanos consolidado. DETERMINACIONES DE ORDENACIÓN: 1. Se preverá la ubicación de áreas destinadas a espacios libres entre las edificaciones que ayude a la transición paisajística hacia el entorno rural próximo. 2. En el proyecto de urbanización, todos aquellos elementos que lo conforman deberán cumplir con las determinaciones establecidas al efecto, por la Dirección General de Aviación Civil, justificándose debidamente en el proyecto que las defina. 3. En la Normativa del Plan Parcial deberán hacerse referencia expresa al cumplimiento de la NBE CA-88 que minimice las afecciones acústicas originadas por la proximidad de las pistas del Sistema General aeroportuario. DETERMINACIONES AMBIENTALES: 1. Al oeste y sur del sector, en la zona en contacto con el suelo rústico, deberá proyectarse una franja peatonal de al menos 4 mts de ancho localizando un árbol de porte cada 10 mts.