Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. EXPTE. ESP. GESTIONA PLN/2026/2 MINUTA DEL ACTA DEL PLENO, DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTISÉIS. MIEMBROS ASISTENTES: ALCALDESA- PRESIDENTE: Doña Vanesa Belén Martín Herrera PARTIDO FORUM DRAGO-NUEVA CANARIAS (F.D.-NC ) Don Francisco Javier Espino Espino Don Rubén Cruz Liria Doña Almudena Isabel Hernández Rodríguez Doña Fátima Méndez López Doña Catalina María Carmen Sánchez Ramírez Don Rubén Domingo López Sánchez Don Martín Manuel García Cabrera Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.) Doña Ana Hernández Rodríguez Doña Raquel González Hernández Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez Doña Victoria Eugenia Santana Artíles Don Antonio Ramón Tejera Sánchez COALICIÓN PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS Don Rayco Nauzet Padilla Cubas Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo Doña María Del Rosario Viera Hernández Doña Alejandra Rodríguez Pérez GRUPO MIXTO: PARTIDO AGRUPA SURESTE Doña Minerva Artiles Castellano COALICIÓN CANARIA (CC) Don Lucrecio Ramón Suárez Romero CONCEJALES NO ADSCRITOS: Doña Rosa María Altafaj Gómez SECRETARIO GENERAL: Don Sergio Méndez Monzón, Secretario General. En la Villa de Ingenio, siendo las dieciocho horas y un minuto, del día veintitrés de febrero de dos mil veintiséis, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la presidencia de doña Vanesa Martín Herrera, Alcaldesa-presidente, con asistencia del secretario general, don Sergio Méndez Monzón y de la interventora, doña Tania Naya Orgeira. Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: 1º.- Declaración Institucional de Rechazo a la Violencia de Género. (expte. 9808/2023) P á g i n a 1 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez, portavoz del grupo político Partido Socialista Obrero Español, da lectura a la Declaración Institucional de Rechazo a la Violencia de Género, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Ayuntamiento de Ingenio se suma y condena una vez más, el rechazo unánime de los feminicidios ocurridos durante este mes de febrero de 2026: Ana María Sorribas, de 64 años y madre de dos hijos, asesinada por su expareja, de 70 años, el 16 de febrero en Benicàssim, Castellón. No figuraban denuncias previas por violencia de género contra el presunto agresor. María José, de 48 años, y su hija Noemí, de 12, asesinada por su expareja y padre de la niña, el 17 de febrero en Xilxes, Castellón. Noemí es la primera menor asesinada este año en un crimen machista a manos del maltratador de su madre y la número 66 desde 2013. Una mujer de 52 años, presuntamente asesinada por su ex pareja, de 67 años, el pasado 1 de febrero de 2026 en Pontevedra. No figuraban denuncias previas por violencia de género contra el presunto agresor. Petronila, de 37 años y madre de un hijo de 19 años y de una niña pequeña, es la novena víctima mortal confirmada de la violencia de género de 2026 y la 1.352 desde 2003. Su expareja, un hombre de 34 años, la asesinó el 18 de febrero en Madrid y confesó el crimen. Los datos de las fuentes oficiales lo reflejan: resulta innegable la violencia de género contra las mujeres, pese a que determinados discursos tratan de negarla, minimizarla o presentarla como un fenómeno inexistente o exagerado. Los datos, las víctimas y la experiencia acumulada de las instituciones y organizaciones internacionales demuestran que la violencia machista es una realidad estructural, sostenida por desigualdades históricas y por la normalización social de comportamientos y mensajes que la justifican o la invisibilizan. No podemos hablar de erradicar la violencia contra las mujeres sin abordar la desigualdad que las expulsa de los espacios de poder y conocimiento. Recordamos que este pasado 11 de febrero, se conmemoró el Día Internacional de las Mujeres y las Niñas en la Ciencia. Un país que ignora el talento de la mitad de su población no solo es menos competitivo, sino también menos justo. Es alarmante que, en pleno siglo XXI, las mujeres apenas ocupen una quinta parte de los empleos tecnológicos y que su presencia se desplome en las ingenierías o en las tecnologías de la información. Esta brecha es una forma de exclusión que nace de prejuicios y estereotipos que debemos romper desde la escuela. Necesitamos que nuestras niñas crezcan con referentes, que ocupen los laboratorios y que lideren la innovación, porque su independencia y su voz en un sector tan importante como la ciencia son herramientas fundamentales frente a la subordinación. Garantizar que las mujeres estén en la primera línea de la investigación es una cuestión de justicia democrática y un paso imprescindible para construir una sociedad donde la igualdad no sea una meta, sino una realidad compartida. Por todo ello, las instituciones públicas tenemos la responsabilidad de reafirmar nuestro compromiso firme contra las desigualdades y contra la erradicación de la violencia de género, promoviendo la educación en igualdad, el pensamiento crítico frente a los discursos de odio y la defensa activa de los derechos humanos, como pilares fundamentales para una sociedad justa, democrática y libre de violencia. Ni las instituciones ni la sociedad pueden permanecer indiferentes ni neutrales ante la violencia machista o ante los discursos que la niegan o la justifican. La igualdad entre hombres y mujeres un valor irrenunciable de cualquier sociedad que aspire a la justicia y a la libertad. Por último, recordar que en situaciones de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de emergencia de la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil, o usar la aplicación ALERTCOPS, que envía una señal de alerta con la ubicación directamente a la policía. Estos servicios pueden ser utilizados tanto por la víctima como por cualquier persona que vea o sospeche un caso de violencia de género. Avisar es un deber de toda la ciudadanía. Por todo lo anterior, instamos al pleno del Ayuntamiento de Ingenio a que se suscriba esta declaración institucional, como muestra de rechazo absoluto hacia la violencia machista y en defensa de los derechos y la dignidad de todas las mujeres”. A) PARTE RESOLUTIVA. 2º.- APROBACIÓN DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS ANTERIORES: P á g i n a 2 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 2.1 Borrador del Acta de Pleno, Sesión Ordinaria, de 22 de diciembre de 2025 (14) Sometida a votación la referida acta, aprueba por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. 2.2 Borrador del Acta de Pleno, Sesión Ordinaria, de 26 de enero de 2026 (1) Sometida a votación la referida acta, aprueba por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. 3º.-COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN: La Presidente de la Sala informa a los presentes que se expondrá seguidamente los puntos 3.1, 3.3 y 3.4 y se votarán a la vez. El apartado 3.2, se debatirá y votará de forma independiente. 3.1.-Expediente 1402/2026. Reconocimiento Extrajudicial de Créditos Nº 01/2026. PATRONATO MUNICIPAL DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto el expediente 01/2026 de procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos correspondiente a facturas de servicios realizados para el Patronato Municipal de Medios de Comunicación, Organismo Autónomo de carácter local, dependiente del Ayuntamiento de Ingenio, tramitadas bajo Expte de Gestiona Nº 1402/2026 y cuyos datos se relacionan a continuación: ANEXO I RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 01/2026 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS EXPTES. DE OMISIÓN DELA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO. - APROBAR el expediente 01/2026 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN por importe de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (265,37€) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y Tesorería municipales a los efectos oportunos”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, dice que, es un gasto previsible. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, añade que, las facturas que vienen son facturas, como bien acaba de explicar el concejal del área, donde dentro del patronato de medios de comunicación tenemos, por la información que nos dieron en la comisión de Economía, 265.37, que parece que son facturas de seguros de MAPFRE para este patronato de medios de comunicación. Medios de comunicación que, por parte de este grupo de gobierno, por más que insista, a Agrupa Sureste no nos convence P á g i n a 3 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. las explicaciones y continúan unos medios de comunicación secuestrados por estos concejales sin programación alguna. Por parte de PP-Somos, Nueva Canarias, Forum Drago y ahora Coalición Canaria. Luego, facturas por el Patronato Municipal de Escuelas Infantiles 697,51. Nos vuelven a explicar que son de mantenimiento y vuelven a ser facturas reiterativas constantemente, como decía la compañera, previsible y seguimos viéndolo. Y, por parte de la fundación de la promoción de empleo, los 48,30 € que nos explica el concejal del área, parece que nos han explicado que es una factura de energía eléctrica del ascensor. Entonces, por lo menos sabemos la causa. Agrupa Sureste se va a abstener. Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, en este asunto para no redundar en la información que han dado mis compañeras que me han precedido en la palabra, evidentemente son gastos, en algunos casos son previsibles, en otros no, porque hay cuestiones que no se puede saber exactamente el gasto de luz. Nosotros vamos a mantener nuestra postura hasta ahora con el voto en contra ante esta forma de operar. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)], por seis votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista) y (un miembro del grupo Partido Popular, doña Alejandra Rodríguez Pérez)], y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)] y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.2.- Expediente 1445/2026. Reconocimiento Extrajudicial de Créditos nº 02/2026. AYUNTAMIENTO INGENIO Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: Visto el expediente 02/2026 de procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos correspondiente a facturas de suministros realizados para este Ayuntamiento, cuyos datos se relacionan a continuación: ANEXO I RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 02/2026 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS EXPTES. DE OMISIÓN DELA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA ANEXO I (VER LISTADO ANEXO) P á g i n a 4 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 5 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO. - APROBAR el expediente 02/2026 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS por importe de QUINIENTOS ONCE MIL CIEN EUROS CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (511.100,25€) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y Tesorería municipales a los efectos oportunos”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, sostiene que, hoy trae el equipo de gobierno un expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos que supera el medio millón de euros. Vamos a hablar, claro, que los vecinos nos escuchen y nos entiendan. Este medio millón de euros representa una gestión basada íntegramente en la improvisación. Estamos ante facturas que se han saltado los cauces legales de fiscalización previa, facturas que no tenían partidas o que simplemente se han amontonado en un cajón hasta que el agujero ha sido imposible de ocultar. Precisamente hay una factura de 24.000 € para el arreglo de una valla de un colegio, el Chano Melián. Esa factura yo creo que, P á g i n a 6 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. no debería de estar reflejada aquí como gasto extraordinario, sino que se debería haber cubierto con las obras RAM que están todavía por finalizar las del 2024, estando ya en el 2026. Pero bueno, lo más grave no es solo cómo se gestiona, sino en qué se gasta el dinero de los ciudadanos de Ingenio. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, añade que, yo creo que escuchando a la compañera que acaba de hablar, desde Agrupa Sureste nos llevamos también la mano a la cabeza al ver la situación en la que se está convirtiendo pleno tras pleno. Hablamos de más de medio millón de euros, donde aquellos que se llevaban las manos a la cabeza, aquellos que se alteraban y ponían el grito en el cielo, ahora miran para otro lado. Fíjense que, como decía la compañera, tenemos cantidades donde las fiestas de estas Navidades llegan, casi, a los 300.000 €. Empiezo a decir facturas como acaba de comentar Rosa, fiesta de Navidad 7.361 €, una fiesta de Navidad aparte, aquellos que criticaban un concierto de un artista nacional que venía por 12 o 14.000 €. Fin de año de 42.372 €, donde no se ha desglosado los servicios artísticos, fiestas de Navidad en la plaza de 19.067, casa de la Navidad de casi 20.000 €, una pista de patinaje que ha sido un auténtico fracaso y que los propios padres cuando estuve allí me decían, "Esto no es hielo, esto es un plástico pegado y la carpa para calor. Y eso es lo que vendió este grupo de gobierno de una pista de patinaje. Y la pista de patinaje nos salió 31.779 € y el año anterior había sido peor, porque la mantenían cerrada y abrían según las peticiones que hacían la gente, los vecinos y vecinas y también fue un fracaso. Unos 23.326 de la actuación de la cabalgata. 55.000 € de la propia cabalgata, donde se desglosa 7.276 de danza, 24.583 de decoración. ¿Dónde está la apuesta verdadera de este grupo de gobierno a la participación a las asociaciones, a los colectivos, que ellos sí que hacen milagros en sus asociaciones para hacer su fiesta con poco dinero? Y aquí vemos a los mismos, las mismas facturas de forma repetida y de forma improvisada. Todo lo que venga de esas productoras es lo que me compro sin cuestionar nada más, un total, esa cabalgata, de 86.859 €. Pero yo quiero recordar el Partido Popular- Somos que decía el señor Rayco Padilla, 48.000 € que se dice pronto, 48.000 € para traer artistas en el carnaval de Ingenio. Dios mío, me traerán al mejor carnaval del mundo. ¿Y cómo se contrata? A dedo, a una empresa, a la misma empresa, a dedo, a la de siempre. Fíjense, en este año no me quise ir desde 2023, pero en este año hasta ahora, tenemos reconocimientos extrajudiciales de 511.100 € hoy, 259.134, 367.320, 400.320, 438.502, 88.426, 542.724, 345.000, 1.327.000, 3.345, reconocimientos extrajudiciales, aproximadamente 5 millones de euros de improvisación y siempre haciéndolo a través de revisiones de oficio y de esta forma improvisada. Luego tenemos colectivos, asociaciones que se han dejado el alma todos estos años trabajando, donde ellos tenían que mendigar por facturas que se les debía y para eso sí, ya no para un año, sino para tres, tenemos empresas externas de más de 700.000 €. Esto es lo que tenemos, la mentira, pan y circo. Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, resume que, esto de intervenir en tercer lugar, pues, tiene sus cosas buenas. El análisis que hace el Partido Socialista de este asunto, queremos hacer valoraciones, tres valoraciones, básicamente. Es el segundo reconocimiento de crédito que tenemos, hablamos de medio millón de euros, es la forma que tiene de gestionar, no podemos hacer otra cosa, es su modus operandi, trabajan de esta manera. La cuestión es que cerca de 300.000 € van a ir, o sea, se enfocan en el sentido de lo que es el espectáculo, lo que es el entretenimiento, lo que es el ocio, que podría ser, lo podríamos comprar en este modelo de gestión que ustedes quieren para el municipio de Ingenio, siempre y cuando hubiera un análisis de la repercusión económica que tiene en el empleo, en la cultura, en el desarrollo de la sociedad. Moderna, pero la cuestión no es esa. La cuestión es que es entretenimiento, es adormecimiento, que es muy diferente. Entonces, en esa línea nosotros tenemos mucho que decir. El modelo que ustedes quieren que va por ahí, luego deja que desear que tenemos baños públicos cerrados en los dos cascos importantes. Hemos tenido Navidades, tenemos fiestas de Candelaria, tenemos carnavales, vamos a tener Buen Suceso y los baños siguen cerrados y seguirán cerrados. Tienen unas prioridades y claro, no hay dinero para esas prioridades, o sea, tienen lo que ellos van buscando. Ingenio está creciendo, está creciendo esa línea que no es el modelo, evidentemente que quiere el Partido Socialista, que apuesta por cultura, apuesta por educación, de hecho, presentamos mociones muy en la línea de eso, apuesta por los colectivos con una participación ciudadana real, que no sea la de meter a la gente en guaguas y sacarlos a una excursión, sino, que haya una participación activa de las personas que puedan proponer los colectivos o fomentar todo ese tipo de cosas. Para eso hace falta dinero. ¿Qué es lo que sucede? Que aquí el dinero se va para lo que se va. Ya llevamos bastante tiempo, ya lo hemos denunciado muchísimas veces. Ese es el primer punto. El segundo punto, el segundo lugar, la perspectiva. Venimos diciéndole un pleno sí y otro también que tienen que dedicar, potenciar el área de contratación. Tienen la cantidad de 86 facturas que hay aquí, hay muchos servicios que son regulares, son previsibles, o sea, se pueden ir a contratación, potencia en el área de contratación, tiene que estar, yo creo, recogido en las actas, cada vez que intervenimos los compañeros del Grupo Socialista, porque P á g i n a 7 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. tienen que cumplir la Ley. La ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, tiene dos aspectos, en una filosofía muy clara, dos aspectos. El primero, se aboga por la transparencia, 86 facturas, por la transparencia. Y, por otro lado, habla de contratación política responsable y eso en base a tres criterios. Esos tres criterios económicos, o sea, que sean rentables, que sean económicamente viables, que sean buenos para la ciudadanía. Habla de criterios sociales, ¿vale?, que trabajen, que desarrollen para el crecimiento de la sociedad. Y el último, que yo creo que es el que vamos a hacer y que nos diferencia quizás, un poco, de las intervenciones de mis compañeras anteriormente, los criterios éticos. ¿Y qué quiero decir con criterios éticos del cual habla la ley 9/2017, de 8 de noviembre? Habla básicamente de que, entre estas 86 facturas, nos han colado una factura y esa factura hace referencia a unas obras, a unos servicios de decoración, como si no hubiera decoradores en el municipio de Ingenio. Esa puede ser legalmente viable, sí, sí puede ser legalmente viable, ¿Pero es éticamente viable? ¿Es justo?, es justo que una persona, porque sea socio de un concejal del grupo de gobierno, pueda tener esa preferencia, esa posibilidad y no pueda tenerla cualquier otra persona. Vamos a pensar si eso es realmente lo que queremos nosotros para el municipio. Tenemos que ser modélicos. Tenemos que ser modélicos, tenemos que ser transparentes. Lo dice la ley. Lo que no podemos hacer es que, por afinidad política, laboral, amistad o familiar, evidentemente que no podría ser, porque eso sería lo último ya. Tenemos que ser claros y transparentes. Tenemos que ser un modelo. Todos tenemos que ser un modelo. Y en este caso, una de esas facturas, estamos hablando cerca de 6.000 €, para que nos entendamos, cerca de un millón de las antiguas pesetas, se fue para un servicio de una decoración en el centro cultural Federico García Lorca. Y eso viene aquí. Y nosotros preguntamos, han seguido la normativa, han pedido tres presupuestos, han comparado, hay otras personas por ahí que podrían desarrollar eso con menos dinero. ¿Es posible hacerlo? Esa es la pregunta que lanzamos aquí, ahora. Si han hecho las cosas de esa manera, si han pedido los tres presupuestos. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, da la bienvenida a todos los presentes, los que nos siguen por los medios de comunicación, así como la plataforma de justicia social Carrizal, que esperemos que dentro de poco ya veamos la luz al final del túnel. Yo, sobre todo, quiero dar luz sobre un tema que se ha sacado y además yo creía que esto estaba meridianamente claro, porque así lo dije en su momento en junta de portavoces previo a unos plenos, explicando una problemática muy específica y muy grave que había sucedido en un centro escolar. A mí no me gusta que este tipo de cosas, porque lo que hay al final que hacer es actuar y quitar los peligros sobre los lugares. Y en este caso es esa factura de 24.000 € que hablaba del Chano Melián, no es el Chano Melián, es el Dr. Juan Espino Sánchez, donde yo avisaba a los portavoces en aquel momento y así lo podrán corroborar el resto, que había una problemática que era urgente, se había caído cascotes, parte de ese patio ha tenido que clausurar y que evidentemente por garantías con los niños, teníamos que actuar en el menor plazo de tiempo posible. No siendo esta una obra de emergencia, porque las leyes están muy claras cuando es una emergencia, porque hay algún fenómeno atmosférico, hay algún elemento del tiempo que nos hace justificar esa emergencia. No se daban las circunstancias, no se podía justificar la emergencia. A pesar de que todo nuestro raciocinio nos dice que no podemos dejar, en este caso, en un entorno escolar, donde estamos hablando de incluso de los menores, los niños más pequeños del centro con ese riesgo. Entonces, tomamos la decisión, evidentemente y así lo hicimos saber a todos los portavoces de que íbamos a actuar por vía de premio y que íbamos a hacerlo de la siguiente manera, que desde urbanismo se iban a pedir, porque teníamos recursos económicos, tres presupuestos para poder ejecutar esas obras y que lo íbamos a hacer en el menor plazo de tiempo posible. Se piden esos tres presupuestos. El más barato nos dice que la obra la puede hacer en agosto. Le digo, "Bueno, pues, vaya gracia" Si lo que estamos hablando es que tiene que ser inmediato, puesto que hay un peligro real y urgente, y así lo dicen los informes técnicos. El segundo más barato, que sí lo podía hacer en el periodo más rápido de tiempo, ejecuta la obra en menos de un mes y se da con toda la garantía, en este caso, se finaliza y queda disponible el patio del centro escolar. Con toda la garantía. Así nos lo agradeció el centro escolar y así quiero que sepan cómo fue, cómo sucedieron estos hechos que en ningún caso estas obras se podían prever, porque son fruto de un imprevisto que es que, parte de ese forjado, en la esquina, cayó y era un riesgo real y próximo que teníamos que solventar. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, indica que, después de haber escuchado a Rayco, quería decir una cosa solamente, mis disculpas por lo del colegio, ha sido una confusión, no ha sido algo a propósito. El colegio es Espino Sánchez y bueno, también ha dicho que se informó a la oposición. A mí no se me informó de esta cuestión. Nada más que decir. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, reconoce que, a mí tampoco, bueno, a mí no, a mi grupo, a Agrupa Sureste, tampoco se le informó sobre esto. También he de decir, hay accidentes que no se pueden prever, pero, también estamos todavía con unas obras RAM atrasadas, retrasadas desde el año 2024 y las inspecciones que desde urbanismo y el mantenimiento que se debe tener. Ahí lo dejo. P á g i n a 8 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Luego también, tengo que decir que este grupo de gobierno se gasta en una comida de Navidad 7.170 €, años atrás se hacían brindis y se invitaba a la oposición, al resto de concejales que representan a la ciudadanía que también les ha votado y ya ni para eso, ni para minutos de silencio cuando se hacen en la fachada. Nada, no se cuenta para nada con la oposición, como que no representamos a vecinos y vecinas, una total falta de respeto. Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, como conclusión también, pues, es lo que comentamos antes, ¿no? El modelo de municipio que queremos, en qué invertimos, si se nos va todo el dinero, todas estas posibilidades, en el espectáculo, en el adormecimiento, luego, están las carencias por el otro lado. Y si usted quiere, yo le puedo dar la respuesta porque sé la respuesta del expediente, 25 BM 001. Lo sé porque me miro los expedientes y sé cuál es la respuesta la puedo dar tranquilamente. Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, cierra el punto añadiendo que, he escuchado a la portavoz, doña Rosa, hablar de que solo nos gastamos el dinero en fiestas. Tenga usted en cuenta que hay un montón de contratos donde están las grandes inversiones que sí están hechos en tiempo y forma. La falta de capacidad en este ayuntamiento, lo que no nos permite tenerlas todas contratadas. Entonces, los gastos menores están por aquí, aunque les parezca mucho. Por otra parte, al compañero del grupo socialista le quiero decir que, esta práctica cuando no entran dentro de los gastos y hay que seguir con otra cosa, que a usted le guste o no en que se gasta el dinero, eso es legítimo, pero el modelo de pago, sigue siendo el mismo y las cantidades son similares, con la diferencia que en la legislatura pasada se hacían por revisión de oficio, que no tenían la obligación de venir al pleno y un cambio de criterio que ha habido en la Audiencia de Cuenta, obliga a traerlo al pleno, que a mí me parece que está mejor, porque es más transparente, se puede ver todo. De hecho, la compañera Ana podrá decirle que en la legislatura 2015-2019 se traían todas. Luego cambió el sistema en 2019-2023 y ahora ha vuelto a cambiar el sistema. Y veo que usted se echa las manos a la cabeza, porque no se ha hecho nada con el tema del abandono, pero es que la solución que hizo usted en la legislatura pasada no fue que hubiese menos abandono. Siendo las 18:22 h. abandona la sesión la Alcaldesa-presidente, asumiendo la presidencia el Primer Teniente de alcalde, don Rayco Nauzet Padilla Cubas. Se incorpora la Alcaldesa-presidente a las 18:23 h. y asume la presidencia antes de someterse a votación el asunto. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)], por seis votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista) y (un miembro del grupo Partido Popular, doña Alejandra Rodríguez Pérez)] y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)] y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.3.- Expediente 1339/2026. Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 9 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto el expediente 02/2026 de procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos, correspondientes a facturas de suministros/servicios, realizados para este Organismo, cuyos datos se relacionan a continuación: ANEXO I RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 02/2026 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS. EXPTES. DE OMISIÓN DELA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA P á g i n a 9 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO. - APROBAR el expediente 02/2026 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES por importe de SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS, (697,51€) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y Tesorería municipales a los efectos oportunos”. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)], por seis votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista) y (un miembro del grupo Partido Popular, doña Alejandra Rodríguez Pérez)] y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.4.- Expediente 1321/2026. Reconocimiento Extrajudicial de Crédito 1/2026. FUNDACIÓN PROMOCIÓN DE EMPLEO. Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto el expediente 01/2026 de procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos correspondiente a facturas de suministros y servicios realizados para la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, cuyos datos se relacionan a continuación: ANEXO I RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 01/2026 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS EXPTES. DE OMISIÓN DE LA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente, PROPUESTA: P á g i n a 10 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. PRIMERO. - APROBAR el expediente 01/2026 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS por importe de CUARENTA Y OCHO EUROS CON TREINTA CÉNTIMOS (48,30 €) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y a la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo a los efectos oportunos”. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)], por seis votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista) y (un miembro del grupo Partido Popular, doña Alejandra Rodríguez Pérez)] y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.5.- Expediente 402/2014. Asignación a grupos políticos. Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda, y contratación, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 9 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto que, por el Pleno Corporativo, en sesiones celebradas los días 22 de diciembre de 2025 y 26 de enero del corriente año se aprobaron las cuentas justificativas de las subvenciones otorgadas a los Grupos Políticos Municipales en el ejercicio 2025. Visto que en el Presupuesto del ejercicio 2026 y Bases de Ejecución, aprobado por el Pleno Corporativo en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2025, se incluye la asignación a los Grupos Políticos Municipales en las mismas cuantías que estaban previstas en el ejercicio anterior. Visto que figura en el expediente instancia general con número de registro 2026-E-RE-1257 y fecha 03 de febrero de 2026, mediante la cual Dña. Alejandra Rodríguez Pérez con DNI 78479244G solicita se acuerde el pase a la condición de CONCEJALA NO ADSCRITA. Primero: Autorizar, disponer el gasto, reconocer la obligación y ordenar el pago de la subvención a favor del Grupo Político – FORUM DRAGO – NUEVA CANARIAS con CIF V56262850, PARTIDO POPULAR – PROYECTO SOMOS con CIF V56357965 y PARTIDO SOCIALISTA DE INGENIO con CIF V76315332, con cargo a la partida presupuestaria 9120- 489.51 conforme a los siguientes importes: Anualidad 2026 Segundo: Dese cuenta al Departamento de Intervención, a los efectos oportunos”. P á g i n a 11 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, dice que, aquí vamos a tratar las subvenciones a los partidos políticos. Los partidos políticos, los grupos políticos municipales, tienen unas subvenciones para poder trabajar y en este caso, se van a repartir de distintos grupos municipales de años anteriores. Como no hay un informe desfavorable en este sentido, no tengo nada para oponerme legalmente. Entonces voy a decir que sí. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, reconoce que, es un trámite simplemente, sobre la subvención que lógicamente hay que justificar a intervención de cada uno de los grupos políticos y votaremos a favor, como siempre. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, aclarara que, en la documentación que se nos ha enviado hay una errata, en la que en el cuadro pone anualidad 2025, para que, ya que vamos a votarla que, por lo menos se vote correctamente. En la propia Sesión y en aplicación de lo previsto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 31 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la corrección de la anualidad expuesta en la tabla anterior, siendo la anualidad correcta 2026. Sometida a votación la trascrita propuesta corregida, acuerdan, por unanimidad de los votos a favor, y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º.-COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS: 4.1.-Expediente 1034/2023. Aprobación inicial del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SGEQ DEPORTIVO”, El Santísimo, redactado por la mercantil URBANFIX S.L.. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 12 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO I.- La justificación de la tramitación del expediente administrativo de planeamiento que nos ocupa, quedó explicada en los apartados de Necesidad de la Tramitación y Objeto del informe emitido por la Arquitecta Municipal con fecha 8 de julio de 2022, para promover la contratación de la redacción del referido Plan Especial, y, asumiéndolos la que suscribe como evidentes antecedentes, se transcriben los mismos: “(…) Necesidad de la tramitación: El municipio de Ingenio cuenta con dos centros de salud. Uno se ubica en el núcleo de El Carrizal y otro en el núcleo de Ingenio. El Centro de Salud de Ingenio, situado en Avenida de Los Artesanos nº 8, es un edificio cuya construcción data de 1995. Éste presenta grandes deficiencias que se hacen altamente patentes en periodos de lluvia lo que ha conllevado a inundaciones y, consecuentemente a actuaciones de urgencia por parte de la Consejería de Sanidad y el Ayuntamiento para intentar mitigar transitoriamente la problemática. Igualmente son patentes ciertas deficiencias en cuanto a capacidad y a las condiciones de accesibilidad del edificio, principalmente desde la perspectiva de un diseño universal del espacio, así como de movilidad de los vehículos de emergencias. Debe apuntarse que es en este Centro de Salud donde se ubican los servicios de urgencias y, por tanto, es el centro de referencia dentro del municipio. En relación a esta problemática, la Consejería de Sanidad ha solicitado a este Ayuntamiento, mediante escrito recibido el día 25 de marzo de 2021, la cesión de una parcela para llevar a cabo la construcción de un nuevo centro de salud. Literalmente el escrito expone lo siguiente: “El Servicio Canario de la Salud está planificando distintas actuaciones con la finalidad de cubrir las necesidades sanitarias de la población en diferentes Zonas Básicas de Salud de Canarias, entre la que se encuentra Ingenio. De conformidad con los principios de cooperación, colaboración y coordinación entre las Administraciones Públicas, regulado en el artículo 3.1.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con el fin tramitar el expediente de cesión de suelo para la ejecución de las infraestructuras sanitarias previstas, se solicita con carácter urgente la cesión de una parcela en el término municipal de P á g i n a 12 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Ingenio, adecuada al fin que se pretende cubrir y con una edificabilidad aproximada de 5.000 m².” Desde la Consejería de Sanidad, se apuntan como requisitos para la parcela la necesidad de una buena comunicación con la circunvalación Carrizal-Ingenio (GC- 189), centralidad dentro del territorio municipal. Estudiados los suelos con destino público que recoge el Plan General, que cumplan aquellos requisitos, únicamente se localizan dos Sistemas Generales de Equipamiento Municipal ubicados entre las zonas conocidas como Cuesta Caballero y El Santísimo. No obstante, el Sistema General de Equipamientos Comunitarios denominado “SG Deportivo” presenta mejores condiciones respecto a la movilidad pues se pueden plantear entradas y salidas del recinto independientes o que no confluyan con los equipamientos educativos (institutos) ubicados en la Calle Antonio Machado, que ya de por sí plantean problemas de movilidad en horas punta. Por ello, se plantea la tramitación de este Plan Especial para la ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SG Deportivo” de El Santísimo. Si bien la nomenclatura del SG induce a un uso principal deportivo, nada se define en la Normativa Estructural de Plan General pues se remite su ordenación a un Plan Especial. Paralelamente, es patente que su gran extensión, 30.510 m², puede dar cabida a diversos Equipamientos Comunitarios, de usos dotacionales compatibles, dando encaje a un uso deportivo principal. … Objeto: El contenido del presente contrato, persigue la redacción del Plan Especial Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios denominado “SG Deportivo”, definido en el Plan General de Ordenación de la Villa de Ingenio (en adelante PGO), en relación a su contenido, la definición de sus calidades, sus condiciones sociales y ambientales, de conformidad con los requisitos que para cada contrato establece la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. En relación al planeamiento urbanístico, el Municipio de la Villa de Ingenio tiene vigente el PGO aprobado de forma parcial y definitiva por acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) en sesiones del 29 de noviembre de 2004 y del 22 de junio de 2005, respectivamente, y las Ordenanzas de Edificación y Urbanización de Ingenio (BOP nº 97, de 30/07/2012 y BOP nº 65, de 31/05/2021). El PGO, define en el Capítulo VIII.IV 2º de su Normativa Estructural la relación de Sistemas Generales de Equipamiento y así mismo establece las condiciones de ordenación y edificación de tal forma que “Todos los Sistemas Generales de Equipamientos serán ordenados a través de un Plan Especial que fijará su ordenación detallada”. El contenido documental del Plan Especial de Ordenación viene determinado en el marco legal vigente, y en concreto por la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (LSENPC), además del Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 181/2018, de 26 de diciembre (RPC). Por otro lado, desde el campo urbanístico, los planes especiales se definen y enmarcan en el artículo 146 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en donde se recoge que los planes especiales de ordenación tienen por objeto: ... “f) Ordenar los sistemas generales, cuando así lo determine el plan general”. Para alcanzar la finalidad que los justifica, los planes especiales de ordenación podrán modificar la ordenación pormenorizada establecida por cualquier otra figura de planeamiento urbanístico, debiendo justificar suficientemente su coherencia con la ordenación estructural como parte de la memoria justificativa. Se relaciona con el instrumento general de ordenación (PGO) a través del principio de especialidad (…)”. II.- Tras el pertinente procedimiento administrativo, por Resolución de Alcaldía nº. 2022-7960, de fecha 22 de noviembre de 2022, modificada por error material mediante la Resolución nº 2023-235 de fecha 17 de enero de 2023, se adjudicó el contrato de SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS” a la entidad URBANFIX, S.L. con C.I.F. B76301944. La firma del Acta de Inicio del servicio se realiza a fecha 30 de noviembre de 2022, comenzando la prestación del servicio a 1 de diciembre de 2022. III.- Con fecha de 25 de enero de 2023, mediante registro de entrada número 2023-E-RE-879, D. Jonatan Tabares Sicilia -en representación de URBANFIX, S.L.- hace entrega de la documentación -mediante enlace a la plataforma Google Drive- correspondiente a la fase de Borrador del Plan (BU) y Documento Ambiental P á g i n a 13 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Estratégico (DAE) del SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS. El enlace de Google Drive se facilita por vía correo electrónico a la responsable del contrato, y se transcribía también en la instancia general nº 2023-E-RE-879, aunque, en este última, de manera errónea. Por ello la adjudicataria, mediante la presentación de una nueva instancia registrada el día 30 de enero de 2023 bajo el número 2023-E-RE-1047, corrige la dirección del link a los archivos de Google Drive que conforman la entrega. IV.- Comprobados los documentos entregados, los técnicos municipales de Urbanismo y Medio Ambiente emiten sendos informes técnicos de reparos a fecha 9 de febrero de 2023, que son comunicados a la adjudicataria el mismo día mediante minuta de salida número 2023-S-RE-1388. V.- A fecha de 16 de febrero de 2023, mediante registro de entrada número 2023-E-RE-1783, el representante de la mercantil hace entrega –a través de enlace a la plataforma Google Drive compartido a la responsable del contrato- de la documentación corregida del BU y DAE. Dicha documentación es informada favorablemente por los técnicos municipales de Medio Ambiente y Urbanismo en sendos informes firmados el 1 de marzo de 2023. Así, previa Propuesta de Resolución de la Jefatura del Área de Urbanismo, en sesión ordinaria celebrada el 27 de febrero de 2023, el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento adopta el siguiente acuerdo: “PRIMERO.- Solicitar al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, el inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SGEQ DEPORTIVO” en El Santísimo, a los efectos de que proceda a la realización de los trámites de admisión y de consulta ambiental en la forma establecida en la normativa aplicable, y posterior emisión del Informe Ambiental Estratégico. SEGUNDO. - Remitir a la referida Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, a los efectos de materializar los trámites anteriores, copia del Borrador, del Documento Ambiental Estratégico y de los informes favorables emitidos por los técnicos municipales en la documentación del Plan Especial referenciado, promovido por el Ayuntamiento de Ingenio y elaborado por la entidad mercantil URBANFIX, S.L.. TERCERO. - Notificar el presente acuerdo a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, a los efectos procedentes. CUARTO. - Indicar que, contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, no cabe interponer recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por cuanto se trata de un acto de trámite en el que no concurren ninguno de los supuestos contemplados en el citado precepto legal. (…///…)”. VI.- Remitida la documentación pertinente a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial mediante escrito de salida 2023-S-RC-517 de fecha 7 de marzo de 2023, y con entrada en dicha administración el mismo día al número 416.208, se requiere a este Ayuntamiento, mediante escrito de fecha 8 de mayo de 2023 y número de entrada 2023-E-RC-4215, la subsanación de la documentación remitida en los siguientes términos: “al no haber sido sometido a una evaluación ambiental estratégica el vigente Plan General de Ordenación de Ingenio, la evaluación ambiental del Plan Especial deberá tramitarse como Ordinaria. Asimismo, se adjunta el informe ambiental de admisibilidad del Servicio de Planeamiento urbanístico, de fecha 21 de abril de 2023, que concluye señalando que el vigente Plan General de Ingenio no ha sido sometido a una evaluación ambiental estratégica.” VII.- Las exigencias de la referida Consejería son trasladadas al equipo redactor para la subsanación de la documentación y encauzar la tramitación de la evaluación ambiental en su modalidad de ordinaria. La notificación a URBANFIX se practica por el Departamento de Contratación (Exp. 5344/2022) el día 30 de octubre de 2023 mediante escrito de salida 2023-S-RE-10894, informando además del reajuste en los plazos del contrato atendiendo a los pliegos que rigen la licitación. Dicho equipo redactor hace entrega de la nueva documentación (Borrador Urbanístico y Documento Inicial Estratégico), encaminada al trámite de la evaluación ambiental estratégica ordinaria el día 10 de enero de 2024 mediante escrito 2024-E-RE-284 y enlace de Google Drive dirigido a la Responsable de Contrato. VIII.- Habiéndose emitido informes técnicos favorables desde el Departamento de Urbanismo y el Departamento de Medio Ambiente a 7 de febrero de 2024, y, la respectiva Propuesta de Resolución el día 9 de los mismos, el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento celebrado en sesión ordinara el 26 de febrero de 2024 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: P á g i n a 14 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “PRIMERO.- Solicitar al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, el inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SGEQ DEPORTIVO” en El Santísimo, a los efectos de que proceda a la realización de los trámites de admisión y de consulta ambiental en la forma establecida en la normativa aplicable, y posterior emisión del Documento de Alcance. SEGUNDO.- Remitir a la referida Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, a los efectos de materializar los trámites anteriores, copia del Borrador, del Documento Inicial Estratégico y de los informes favorables emitidos por los técnicos municipales en la documentación del Plan Especial referenciado, promovido por el Ayuntamiento de Ingenio y elaborado por la entidad mercantil URBANFIX, S.L.. TERCERO. - Notificar el presente acuerdo a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, a los efectos procedentes. CUARTO. - Indicar que, contra el presente acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, no cabe interponer recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de uno de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por cuanto se trata de un acto de trámite en el que no concurren ninguno de los supuestos contemplados en el citado precepto legal”. IX.- Con fecha de 6 de marzo de 2025 se remite a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas y a la Viceconsejería de Planificación Territorial y Reto Demográfico, mediante escritos registrados de salida a los números 2024-S-RC-558 y 2024-S-RC-559, respectivamente, el referido acuerdo y la documentación del señalado Plan Especial de Ordenación, iniciándose el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria (EAE-O) mediante Resolución n.º 49/2024 de 12 de Agosto de la citada Viceconsejería. Dicha resolución tiene entrada en esta administración el 17 de septiembre de 2024 con número 2024-E-RC-9178. El correspondiente anuncio por el que se somete a información pública la EAE-O se practica en el BOP nº 116 de 23 de septiembre de 2024 y en el BOC nº 196 de 2 de octubre de 2024. X.- El listado de informes emitidos por las administraciones públicas durante el periodo de información pública del trámite ambiental se incluye en el apartado de Antecedentes Administrativos de la Memoria de Información y en el Capítulo II. Resultado de la Consulta Pública del Órgano Ambiental de la Memoria Justificativa del Plan Especial, así como en el propio Documento de Alcance. A fecha 5 de mayo de 2025 mediante escrito registrado de entrada 2025-E-RC-4992, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Cohesión Territorial envía a esta administración los informes emitidos fuera de plazo: uno por la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa, cuyo sentido es favorable condicionado, y otro, por el Servicio Técnico de Planeamiento y Paisaje de la Consejería de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria, que relacionan algunas determinaciones que aconseja incluir en el Estudio Ambiental Estratégico. A fecha 8 de mayo de 2025 mediante escrito registrado de entrada 2025-E-RC-5962, igualmente se envía por la misma Dirección General el informe de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias, que concluye que no se observan afecciones. Finalizado el periodo de información pública, y emitido los informes pertinentes, la Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental, en sesión celebrada el 21 de febrero de 2025, adoptó el siguiente acuerdo: “Visto tanto el Borrador como el Documento Inicial Estratégico del Plan Especial del SGEQ El Santísimo, así como las consultas realizadas a las Administraciones Públicas afectadas se informa FAVORABLEMENTE esta fase de tramitación y se formula el Documento de Alcance que se Anexa a este Informe. Se incluye en cursiva los aspectos que deben ser tenidos en cuenta en el Estudio Ambiental Estratégico y que se deriva expresamente de las consultas realizadas (Sanidad) y las contenidas en el propio Documento Inicial Estratégico (Apartado III de este Informe).” El Documento de Alcance es recibido en esta administración a fecha 25 de febrero de 2025, mediante registro de entrada 2025-E-RC-2164, siendo el mismo publicado durante 90 días en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, tal y como expone el Certificado de Publicación que consta en el expediente municipal, y trasladado al equipo redactor para la subsiguiente fase, que consiste en la redacción de la Versión Inicial de Plan Especial de Ordenación que nos ocupa. XI.- A fecha 19 de mayo de 2025, mediante el registro de entrada número 2025-E-RE-5351 y a través del enlace de Google Drive, la redactora aporta la documentación correspondiente a la FASE DE APROBACIÓN INICIAL Y ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO del mencionado Plan Especial de Ordenación. P á g i n a 15 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. No obstante, a fecha 4 de junio de 2025, mediante escritos de salida números 2025-S-RE-7089 y 2025-S-RE- 7090, se le requiere una actualización del Documento Económico, al no haber comunicado esta administración a la adjudicataria, por omisión, la finalización del procedimiento expropiatorio del suelo destinado al Sistema General que se ordena. La actualización del Documento Económico tiene entrada en este Ayuntamiento el día 16 de junio 2025 mediante registro número 2025-E-RE-6552. XII.- A efectos de la comprobación de la documentación presentada, la Técnico Municipal de Planeamiento y a fin de acreditar la viabilidad de la solicitud de los informes sectoriales preceptivos previos a su aprobación inicial, emite informe con fecha 17 de junio de 2025 en el que concluye que: “Atendiendo a lo expuesto, se informa FAVORABLEMENTE la Versión inicial del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios SGEQ Deportivo del Santísimo ya que contiene toda la documentación requerida en el artículo 140 de la LSENPC’17 y los artículos 58 y siguientes del RPC’18 para su aprobación inicial. No obstante, es preceptivo y vinculante de forma previa a dicha aprobación inicial el informe de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible”. Asimismo, el Técnico Municipal de Medio Ambiente emite con fecha 25 de julio de 2025, en el que reseña que: “Vista la legislación de aplicación, así como las funciones que ésta encomienda al Órgano Sustantivo para acordar la Aprobación Inicial de la Versión Inicial y Estudio Ambiental Estratégico del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios SGEQ Deportivo del Santísimo, el Técnico que suscribe, Informa en sentido favorable, al entender que, tras la comprobación de la documentación presentada, la misma cumple con los requisitos establecidos por la legislación de aplicación, así como del mismo modo, se estima procedente el sometimiento de dicho Plan Especial al procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria”. XIII.- En virtud de dichos informes, con fecha 29 de julio de 2025, registro de salida al nº 2025-S-RC-2123 y recibido el mismo día, se peticiona de la nombrada Dirección General de Aviación Civil el precitado informe, que es emitido en fecha 22 de diciembre de 2025, registrado de salida al nº REGAGE25s00111876701, el día 26 de ese mes y año, con entrada en esta Administración idéntico día al nº de registro 2025-E-RC-14519, y en el que se informa favorablemente el “Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos SGEQ Deportivo”, en lo que a servidumbres aeronáuticas se refiere, condicionado a que se recoja referencia expresa en su normativa a determinadas disposiciones sobre altura y altitud máxima. Así se señala en el mismo que “… de conformidad con el artículo 27.9 del Real Decreto 369/2023, una vez aprobado definitivamente el “Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios SGEQ Deportivo” se solicita se remita el planeamiento a la Dirección General de Aviación Civil, a la mayor brevedad posible, con el objeto de comprobar la adecuada inclusión de las disposiciones solicitadas en el presente informe que condicionan el carácter favorable del mismo. Además, se expone en aquél que la “… ejecución de construcciones, instalaciones (postes, antenas, aerogeneradores-incluidas las palas-, medios necesarios para la construcción (incluidas las grúas de construcción y similares)) o plantaciones, requerirá acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), conforme al artículo 54 bis de la Ley 48/1960 y a los artículos 31 y 33 del Real Decreto 369/2023, circunstancia que ha de recogerse en los documentos de planeamiento…”. Sin embargo, este trámite se conoce y exige siempre por el Ayuntamiento. XIV.- Al objeto de que se incluya expresamente en la normativa del documento del Plan Especial de Ordenación las prescripciones expresadas, se remite dicho informe a la mercantil redactora del mentado Plan Especial, ello en escrito de fecha 9 de enero de 2026, a través de minuta de registro de salida al nº 2026-SRE-110, y recibido por comparecencia en sede electrónica ese mismo día. XV.- Con fecha 9 de febrero de 2026, y registro de entrada nº 2026-E-RE-1481, se presenta por la mercantil URBANFIX, S.L. la documentación que integran los condicionantes impuestas en trámite de consulta y de emisión de informes sectoriales. XVI. Con 11 de febrero de 2026 se emiten sendos informes favorables por la Técnica Municipal de Urbanismo y el Técnico de Medio Ambiente para la aprobación inicial del citado Plan Especial, tras la comprobación de la inclusión de la totalidad de los condicionantes expresados por las administraciones consultadas o de las que han emitido informe, que se detallan expresamente. CONSIDERACIONES JURÍDICAS PRIMERA: Marco legal. En cuanto al marco normativo urbanístico, en primer lugar, destacar el artículo 133 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (en adelante, Ley 4/2017) referidos a los instrumentos de ordenación urbanística, entre los que señala, en su apartado 1, letra C), de los instrumentos urbanísticos de desarrollo, a los Planes Especiales. P á g i n a 16 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Además, como se ha mencionado en el Antecedente I, hay que acudir al artículo 146 de la Ley 4/2017, igualmente de los instrumentos urbanísticos de desarrollo, que dice: “Los planes especiales de ordenación tienen por objeto desarrollar o completar las determinaciones de los planes generales, ordenando elementos específicos de un ámbito territorial determinado. 2. Sin perjuicio de lo anterior, los ayuntamientos podrán aprobar planes especiales, en desarrollo del plan general o de forma autónoma, con las siguientes finalidades: … f) Ordenar los sistemas generales, cuando así lo determine el plan general Casi en idénticos términos el artículo 73 del Decreto 181/2018 de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias (en adelante, RPC). A su vez, el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (en adelante, TRLSRU), regulador de la ordenación del territorio y ordenación urbanística, determina que: “1. La ordenación territorial y la urbanística son funciones públicas no susceptibles de transacción que organizan y definen el uso del territorio y del suelo de acuerdo con el interés general, determinando las facultades y deberes del derecho de propiedad del suelo conforme al destino de éste. Esta determinación no confiere derecho a exigir indemnización, salvo en los casos expresamente establecidos en las leyes. El ejercicio de la potestad de ordenación territorial y urbanística deberá ser motivado, con expresión de los intereses generales a que sirve. 2. La legislación sobre la ordenación territorial y urbanística garantizará: a) La dirección y el control por las Administraciones Públicas competentes del proceso urbanístico en sus fases de ocupación, urbanización, construcción o edificación y utilización del suelo por cualesquiera sujetos, públicos y privados. b) La participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la acción de los entes públicos en los términos previstos por esta ley y las demás que sean de aplicación. c) El derecho a la información de los ciudadanos y de las entidades representativas de los intereses afectados por los procesos urbanísticos, así como la participación ciudadana en la ordenación y gestión urbanísticas. 3. La gestión pública urbanística y de las políticas de suelo fomentará la participación privada”. Por último, el apartado 2.a) del artículo 25 de la Ley 7/1986, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante, LBRL), norma que “El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación”. De esta forma el Ayuntamiento de Ingenio está plenamente facultado para tramitar y aprobar el Plan Especial que nos ocupa. SEGUNDA: Procedimiento para la aprobación del Plan Especial. En cuanto al marco procedimental, se contiene en la Ley 4/2017, concretamente en el artículo 147, de Elaboración y aprobación, y en el artículo 148, de la Evaluación ambiental. Del primero se destaca que: “… 2. Formulado el instrumento de planeamiento, se procederá a su aprobación inicial por el órgano competente de acuerdo con la legislación de régimen local, previo informe de los servicios técnicos y jurídicos municipales. Cuando se trate de un instrumento de iniciativa particular solo podrá denegarse su aprobación inicial por razones de legalidad, que resulten insubsanables. En todo caso, la aprobación inicial no condicionará en modo alguno la resolución que se derive de la tramitación del procedimiento. 3. El documento aprobado inicialmente se someterá a los trámites de información pública y de consulta a las administraciones afectadas por el plazo fijado por la legislación ambiental o sectorial P á g i n a 17 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. aplicable o, en su defecto, de un mes, computados a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. El periodo de información pública se anunciará en, al menos, uno de los periódicos de mayor difusión de la isla y en la sede electrónica del ayuntamiento. La falta de emisión de los informes no interrumpirá la tramitación del procedimiento. Los informes que no se emitan dentro del plazo conferido podrán no ser tenidos en cuenta para adoptar la aprobación definitiva. La documentación que se someta a información pública deberá contener los resúmenes ejecutivos y no técnicos previstos en la legislación estatal básica. … 5. Finalizado el plazo de información pública y de consulta institucional, se introducirán las modificaciones que, como consecuencia de dicho proceso participativo, se estimen oportunas y se seleccionarán las alternativas de ordenación que resulten más equilibradas desde la perspectiva del desarrollo sostenible, previa ponderación de los aspectos económicos, sociales, territoriales y ambientales. Si como consecuencia de las alegaciones formuladas o de los informes emitidos se introdujeran modificaciones sustanciales en relación con el documento aprobado inicialmente, se llevará a cabo un nuevo periodo de información pública y de consulta institucional por plazo de cuarenta y cinco días hábiles. (…). Y del segundo lo siguiente: “1. Los planes parciales y los planes especiales se someterán a evaluación ambiental estratégica… … 4. Si el órgano ambiental estimase que el plan debe someterse a la evaluación ambiental estratégica ordinaria, elaborará y notificará al promotor el documento de alcance del estudio ambiental estratégico. El promotor deberá tener en cuenta el estudio ambiental estratégico al redactar el plan para su aprobación inicial. (…). En lo que concierne al RPC, hay que aludir al artículo 74, de la evaluación ambiental, de la que no es necesario argumentar nada pues ya está superado hasta el momento con el Documento de Alcance; al artículo 79, de la Aprobación Inicial del Plan, del que resaltar que “previos los informes de los servicios técnicos y jurídicos municipales, el plan se someterá a la aprobación inicial del Pleno del Ayuntamiento …”, y, al artículo 80, de la Información pública, consultas e informes preceptivos, que dice: “El documento aprobado inicialmente se someterá a los trámites de información pública por el plazo fijado por la legislación ambiental o sectorial aplicable o, en su defecto, de un mes, computados a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. El periodo de información pública se anunciará en, al menos, uno de los periódicos de mayo difusión de la isla y en la sede electrónica del ayuntamiento. 2. Simultáneamente, en el mismo plazo, computado a partir de la fecha del requerimiento, se llevará a cabo: a) La consulta a las administraciones afectadas y de las personas interesadas y solicitud de los informes preceptivos. b) La audiencia a todos aquellos propietarios incluidos en el sector o ámbito a ordenar que no hubieran apoyado la iniciativa. … 4. De conformidad con la legislación básica estatal, la falta de emisión de los informes no interrumpirá la tramitación del procedimiento. Los informes que no se emitan dentro del plazo conferido podrán no ser tenidos en cuenta para adoptar la aprobación definitiva. 5. La documentación que se someta a información pública deberá incorporar los resúmenes ejecutivos y no técnicos previstos en la legislación básica estatal. Debe resaltarse que de conformidad con lo preceptuado en los artículos 10 del RPC y 19 de la Ley 4/2017, este instrumento de planeamiento está sujeto a cooperación interadministrativa, como ya se ha dicho, por lo que es obligatorio efectuar el trámite de consulta a las administraciones públicas cuyas competencias pudiesen resultar afectadas, que podrá simultanearse con el de información pública y audiencia a los interesados, o lo que es lo mismo, de información pública a la ciudadanía, con una duración mínima de un mes y máxima de dos meses, salvo que la legislación ambiental o sectorial disponga otro plazo diferente, y en tanto -en el caso que nos ocupa como se verá a continuación- la legislación ambiental exige un término mínimo de CUARENTA Y CINCO DÍAS HÁBILES, será este el plazo del trámite de consulta y el paralelo de información pública a la ciudadanía. También, será necesaria la solicitud de los informes sectoriales preceptivos, asumiendo que cuando la consulta coincida en el tiempo con la obligación de recabar informe preceptivo de la misma Administración, la solicitud de informe hace innecesaria la formulación de aquélla. P á g i n a 18 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Debe recalcarse además que la incomparecencia en el trámite de consulta de alguna de las administraciones afectadas en sus competencias no impide la continuación del procedimiento. A su vez, la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece en su artículo 21, sobre la Versión inicial del plan o programa e información pública que: 1. El promotor elaborará la versión inicial del plan o programa teniendo en cuenta el estudio ambiental estratégico, y presentará ambos documentos ante el órgano sustantivo. 2. El órgano sustantivo someterá dicha versión inicial del plan o programa, acompañado del estudio ambiental estratégico, a información pública previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente y, en su caso, en su sede electrónica. La información pública será, como mínimo, de cuarenta y cinco días hábiles. La información pública podrá realizarla el promotor en lugar del órgano sustantivo cuando, de acuerdo con la legislación sectorial, corresponda al promotor la tramitación administrativa del plan o programa. 3. La documentación sometida a información pública incluirá, asimismo, un resumen no técnico del estudio ambiental estratégico. 4. El órgano sustantivo adoptará las medidas necesarias para garantizar que la documentación que debe someterse a información pública tenga la máxima difusión entre el público, utilizando los medios electrónicos y otros medios de comunicación. Seguidamente, en su artículo 22, de la Consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, dice: 1. Simultáneamente al trámite de información pública, el órgano sustantivo someterá la versión inicial del plan o programa, acompañado del estudio ambiental estratégico, a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas que hubieran sido previamente consultadas de conformidad con el artículo 19. Estas consultas podrá realizarlas el promotor en lugar del órgano sustantivo cuando, de acuerdo con la legislación sectorial, corresponda al promotor la tramitación administrativa del plan o programa. La consulta a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas se realizará por medios electrónicos o cualesquiera otros, siempre que se acredite la realización de la consulta. 2. Las Administraciones públicas afectadas, y las personas interesadas dispondrán de un plazo mínimo de treinta días hábiles desde que se les somete la versión inicial del plan o programa, acompañado del estudio ambiental estratégico para emitir los informes y alegaciones que estimen pertinentes. Y, por último, el artículo 25 del TRLSRU, referido a la publicidad y eficacia en la gestión pública urbanística, reseña que: 1. Todos los instrumentos de ordenación territorial y de ordenación y ejecución urbanísticas, incluidos los de distribución de beneficios y cargas, así como los convenios que con dicho objeto vayan a ser suscritos por la Administración competente, deben ser sometidos al trámite de información pública en los términos y por el plazo que establezca la legislación en la materia, que nunca podrá ser inferior al mínimo exigido en la legislación sobre procedimiento administrativo común, y deben publicarse en la forma y con el contenido que determinen las leyes. 2. Los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de ordenación territorial y urbanística se publicarán en el «Boletín Oficial» correspondiente. Respecto a las normas y ordenanzas contenidas en tales instrumentos, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable. 3. En los procedimientos de aprobación o de alteración de instrumentos de ordenación urbanística, la documentación expuesta al público deberá incluir un resumen ejecutivo expresivo de los siguientes extremos: a) Delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente, con un plano de su situación, y alcance de dicha alteración. b) En su caso, los ámbitos en los que se suspendan la ordenación o los procedimientos de ejecución o de intervención urbanística y la duración de dicha suspensión. 4. Las Administraciones Públicas competentes impulsarán la publicidad telemática del contenido de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística en vigor, así como del anuncio de su sometimiento a información pública. P á g i n a 19 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. … 7. En todo caso, en la tramitación de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística deberá asegurarse el trámite de audiencia a las Administraciones Públicas cuyas competencias pudiesen resultar afectadas. TERCERA: Contenido del Plan Especial. El Plan Especial a aprobar en su versión inicial, como instrumento urbanístico de desarrollo que es, contiene la documentación exigida por la Ley 4/2017 y el RPC, referida a: TOMO 0.- ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO Y EQUIPO REDACTOR TOMO I.- DOCUMENTOS DE INFORMACIÓN • MEMORIA INFORMATIVA • ANEXOS A LA MEMORIA INFORMATIVA: que contiene los anexos del I al IV, incluyéndose en este último los Planos de Información Ambiental (enumerados del 01 al 05), los Planos de Régimen Jurídico (también enumerados del 01 al 05), y, los Planos de Información Urbanística (un único 01) TOMO II.- DOCUMENTOS DE ORDENACIÓN • MEMORIA JUSTIFICATIVA DE LA ORDENACIÓN • NORMATIVA • DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA • ANEXOS A LA MEMORIA JUSTIFICATIVA o ANEXO I_ SINTESIS DE LA MEMORIA JUSTIFICATIVA o ANEXO II_ INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO o ANEXO III_ RESUMEN EJECUTIVO o ANEXO IV_PLAN DE COMUNICACIÓN, INFORMACIÓN PÚBLICA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA o ANEXO V _ INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA DEL MODELO DE ORDENACIÓN o ANEXO VI_ DOCUMENTACIÓN PLANIMÉTRICA (enumerada del 01 al 05) TOMO III.- DOCUMENTACIÓN AMBIENTAL: • ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO (complementado con el Anexo 1) Respecto al análisis de la citada documentación se hace remisión expresa a lo argumentado por la Técnico Municipal en su informe al reseñar que “atendiendo a lo dispuesto en el artículo 140 de la LSENPC’17 y del artículo 58 y siguientes del RPC’18, se comprueba el contenido documental mínimo del Plan Especial respecto de sus documentos de Información y Ordenación, debiendo recogerse aquellos aspectos necesarios o de interés para el desarrollo de los trabajos”, que los detalla, obviándose en el presente informe para evitar redundancias. CUARTA: Asunción de consideraciones sobre informes y alegaciones de administraciones públicas afectadas e integradas en el documento en tramitación. En este punto, hay que expresar que tras la fase primaria de la evaluación ambiental del Plan Especial (la emisión del Documento de Alcance) se plasmaron en ese Plan (Versión inicial del Plan) las consideraciones que fueron alegadas por las administraciones públicas consultadas, y ahora constan además en el documento entregado y actualizado a fecha de febrero actual- las de la Dirección General de Aviación Civil, a quien se solicitó posterior y expresamente el informe previo y preceptivo a la aprobación inicial del mentado Plan, y, las apreciaciones realizadas fuera del plazo de consulta, que son, las del Informe del Servicio Técnico de Planeamiento y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria; del Informe de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canaria, y, del Informe de la Subdirección General de Patrimonio del Ministerio de Defensa. De esta forma, se asume íntegramente las explicaciones y justificaciones detalladas al respecto en los informes emitidos por la Técnica Municipal de Urbanismo y por el Técnico de Medio Ambiente, de fecha 11 de febrero de 2026, referidas, en el caso del segundo, exclusivamente en cuanto tiene vinculación -o guardan relación- con lo contenido en el ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO. QUINTA: Suspensión automática de otorgamiento de licencias. En el trámite que nos ocupa, hay que aplicar lo prevenido en el artículo 99 del RP, que dice: “1. El acuerdo de aprobación inicial de los instrumentos de ordenación determinará, por sí solo y desde el momento de su publicación oficial, la suspensión automática del otorgamiento de licencias en todas aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente. P á g i n a 20 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 2. El acuerdo de aprobación inicial, cuando no sea adoptado por el órgano competente municipal, deberá ser notificado de forma fehaciente al Ayuntamiento o Ayuntamientos afectados antes de proceder a su publicación en el Diario Oficial que corresponda. 3. A partir de la publicación de la aprobación inicial solo se podrá tramitar y otorgar licencia a los proyectos ajustados al régimen vigente en el momento de su solicitud, siempre que dicho régimen no haya sido alterado por las determinaciones propuestas en el instrumento de ordenación en tramitación, o, habiendo sido alterado, las determinaciones aprobadas inicialmente sean menos restrictivas o limitativas que las del planeamiento en vigor, aplicándose lo establecido en el apartado 6 del artículo anterior. De esta manera, una vez acordada la aprobación inicial del instrumento de planeamiento referenciado y efectuada la publicación oficial de la misma, se produce la suspensión automática del otorgamiento de las licencias urbanísticas en todo el ámbito de dicho Plan Especial. SEXTA: Informe o Nota de Conformidad de la Secretaría General. El artículo 3.3, letra d), 7º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, determina que la función de asesoramiento legal preceptivo comprende la emisión de informe previo de Secretaría en los supuestos de Aprobación, modificación o derogación de convenios e instrumentos de planeamiento y gestión urbanística, respectivamente. Por consiguiente, procede se emita informe de la Secretaría General. En otro caso, según lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 3 del mismo texto normativo, “La emisión del informe del Secretario podrá consistir en una nota de conformidad en relación con los informes que hayan sido emitidos por los servicios del propio Ayuntamiento y que figuren como informes jurídicos en el expediente”, por lo que se podrá emitir la referida nota. SÉPTIMA: Órgano competente para la aprobación del Plan Especial. Atendiendo a lo ya transcrito respecto a la aprobación del Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SGEQ DEPORTIVO” en el Santísimo, como instrumento de planeamiento de desarrollo del planeamiento general del municipio, es competencia del Pleno Corporativo del Ayuntamiento la aprobación de la Versión Inicial de dicho Plan Especial que se acompaña del correspondiente Estudio Ambiental Estratégico, a tenor de lo previsto en el artículo 22.2, letra q) de la LBRL y 79 del RP, debiendo elevarse previamente a la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, para la emisión del oportuno dictamen. Por cuanto antecede, en virtud de las consideraciones expuestas y estimándose que el referido Plan Especial del SGEP se ha conformado con ajuste a la legalidad, debe elevarse el expediente al Pleno Corporativo, previo Dictamen de la Comisión Informativa de Infraestructuras y Servicios, para la ADOPCIÓN DE ACUERDO que SE PROPONE en el siguiente sentido: PRIMERO. - Aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación del Sistema General de Equipamientos Comunitarios “SGEQ DEPORTIVO” en El Santísimo, al que se adjunta el Estudio Ambiental Estratégico, determinado esa aprobación y desde el momento de su publicación oficial, la suspensión automática del otorgamiento de las licencias urbanísticas en su ámbito. SEGUNDO.- Someter dicha aprobación inicial a información pública de la ciudadanía durante el plazo de CUARENTA Y CINCO DÍAS HÁBILES para la presentación de alegaciones y sugerencias, y de forma simultánea al trámite de consulta de las administraciones públicas cuyas competencias pudiesen resultar afectadas, plazo aquél computado a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, así como efectuar dicha publicación en, al menos, uno de los periódicos de mayor difusión de la isla, en la web municipal y en el tablón de anuncios incluido en la sede electrónica del Ayuntamiento. La documentación sometida a información pública incluirá, asimismo, un resumen no Técnico del Estudio Ambiental Estratégico. TERCERO. - Solicitar, paralelamente, los informes sectoriales preceptivos de las respectivas administraciones públicas”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, adelanta que, está claro que voy a votar favorablemente a este Plan Inicial, para Ordenación del Plan Especial de Ordenación del Santísimo. Creo firmemente que dotar esta zona de una infraestructura comunitaria de calidad es una deuda pendiente con nuestros vecinos y un paso necesario para el crecimiento, el equilibrado de esta Villa. Sin embargo, este voto afirmativo, bajo ningún concepto, es un cheque en blanco, es un ejercicio de responsabilidad que nos obliga a señalar varias cuestiones fundamentales para que este proyecto no se convierta en otro anuncio vacío. P á g i n a 21 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En primer lugar, quiero hablar de los tiempos. Este expediente 1034/2023 ya se inició hace 3 años. Resulta francamente preocupante que hayamos tardado tanto tiempo en llegar simplemente, a una aprobación inicial. Los vecinos no pueden esperar otros 3 años, para ver las máquinas trabajando sobre el terreno. Además, no podemos olvidar que los vecinos del Santísimo no solo esperan por el deporte, llevamos tiempo hablando de la necesidad de un nuevo Centro de Salud en Ingenio. Por ello, queremos saber si este plan que hoy aprobamos deja espacio real para las reservas de suelo de esta infraestructura sanitaria o si se van a seguir troceando los proyectos y obligando a los vecinos a esperar otra década a un servicio tan básico. Por tanto, apoyamos este paso porque es el camino correcto, pero estaremos vigilantes para que los informes sectoriales se tramiten con urgencia y para que el resumen no técnico que se somete a información pública sea totalmente transparente y honesto. Voto sí al desarrollo de Ingenio, pero digo no rotundo a la parálisis administrativa. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, indica que, creo que los vecinos y vecinas saben que para el municipio de Ingenio es una prioridad, que llevamos campañas políticas y legislaturas hablando de ese centro de salud que tiene que llegar por fin y dotarnos de la asistencia de los recursos necesarios. Tenemos un centro de salud desde el año 1995 con muchas deficiencias, infraestructura y con una ubicación que genera esa prioridad que estamos hablando, una prioridad urgente donde desde el 2021 se solicitó esa sesión del suelo del que es necesario ahora tramitar ese plan especial para la ordenación del sistema general de equipamiento de esa parcela de aproximadamente 30.500 metros. Han pasado ya 3 años de esta legislatura. Por tanto, Agrupa Sureste votará a favor para que este plan especial de ordenación con este, ahora adjunto, estudio ambiental estratégico, pueda caminar lo antes posible y que con ello, pues, durante este periodo a partir de ahora se suspenda cualquier otorgamiento de licencias urbanísticas en ese espacio. Creo recordar que el concejal de urbanismo comentó que estará en exposición pública 30 días y en el expediente pone 45 días por si acaso, haya algún error, pero creo que son 45 días. Votaremos a favor y por supuesto esta debe ser la prioridad para este municipio junto con ese acceso a la G. C. 1. Doña Victoria Eugenia Santana Artíles, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, añade que, el expediente de contratación para la ordenación, la redacción de la ordenación mediante plan parcial de esta bolsa de suelo de uso comunitario, se inició en el año 2022, fundamentado, precisamente, en esa necesidad, ¿no?, de tener una bolsa de suelo que poder ceder al Gobierno de Canarias para que construyese el futuro centro de salud del casco de Ingenio. Durante ese año se celebraron dos reuniones claves en las que se trabajó en el borrador del documento, permitiendo la participación de los distintos actores implicados, tanto la Consejería de Sanidad, como los responsables de los centros de salud de Ingenio. A la oposición también se le invitó, a los técnicos y ahí se debatieron muchísimos aspectos técnicos y estratégicos del futuro desarrollo de ese suelo. Sin embargo, en el 2023, la tramitación de este plan parcial pasó a mano del actual grupo de gobierno, que desde entonces ha mantenido el proceso prácticamente cerrado, sin facilitar información, avances o documentos a la oposición. La única actuación relevante fue elevar el expediente al pleno del 26 de febrero de 2024, con el único objetivo de solicitar al órgano ambiental competente la evaluación ambiental ordinaria. Más allá de ese trámite puntual, no se ha dado información de las modificaciones del documento, ni del avance del documento al completo, dejando a la oposición completamente al margen de un procedimiento de gran relevancia para nuestro municipio. El documento lleva en urbanismo casi un año, desde mediados del 2025, esperando por un informe que necesitaba, que llegaba de Aviación Civil. Y es ahora que se nos solicita, que ya llegó ese informe, que se nos solicite la aprobación inicial, sin habernos permitido conocer y analizar el documento al detalle, lo que dificulta gravemente nuestro papel de control y participación. Este comportamiento evidencia un modelo de gestión marcado por la falta de transparencia y la escasa participación en el que los procesos estratégicos se tramitan sin la debida información, ni la participación efectiva, de quienes representamos a los ciudadanos. En definitiva, este caso refleja como en 2 años de gestión, se ha pasado de un proceso participativo y técnico en el 2022, a una tramitación cerrada y unilateral, comprometiendo la transparencia, la responsabilidad política y el interés público que deberían guiar proyectos tan importantes como la ubicación de un centro de salud y el resto del desarrollo de la bolsa de suelo que lo acompaña. Sé que se ha pedido, se ha pedido a la Consejería competente de salud, pues, que opine y se le ha dado, creo, la parcela que necesitan, pero, la realidad es que el único proceso participativo que van a permitir es el que obliga la ley, esos días de publicación y en el que todos los ciudadanos podremos aportar nuestro grano de arena y decir si está correcto o si creemos que podría hacerse otra cosa. P á g i n a 22 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Este grupo de gobierno tiene tiempo para estar en todos los lados, en la calle, pero no han tenido tiempo en dos años de sentarse con la oposición a explicar un proyecto tan importante como este a todos y todas, a los que representamos al resto de los ciudadanos que no lo votaron. Por supuesto, vamos a votar a favor porque entendemos que esto tiene que salir para adelante, pero las cosas se deberían hacer de otra manera. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, cierra el debate añadiendo que, agradecerles a todos los grupos el anuncio de voto favorable que han dicho y la importancia que le dan al suelo. Voy a ser muy general, porque además cada uno ha preguntado cosas diferentes y algunos tiene que ver. Otros incluso, son contradictorias los unos a los otros o unos dicen que es demasiado tiempo y que evidentemente no le gustan estos plazos. Yo tengo que decirles que a mí tampoco, pero claro, yo no redacté la Ley del Suelo. La Ley del Suelo es una ley garantista, donde te pide unos informes sectoriales y evidentemente es garantista con el medio ambiente y con todos estos procesos. Entonces, cada cosa tiene su lógica. La misma doña Victoria, acaba decir que el informe de Aviación Civil no había llegado y evidentemente, yo no me puedo saltar un informe sectorial de Aviación Civil, eso depende de un Ministerio del Gobierno de España y tiene sus plazos y por supuesto, ni siquiera lo voy a criticar, simplemente, digo que cada uno de estos procedimientos tiene sus plazos. Yo no tengo ningún problema en hablar con nadie, nunca lo he tenido. De hecho, yo sé que aquí hay concejales que fueron a hablar con los técnicos esta semana y no pasa nada, para eso están. Y cuando quieran hablar conmigo también, el despacho está abierto. El proceso participativo ya se realizó en su momento. No ha habido modificaciones. Quien ha dicho como quiere el centro de salud ha sido el que lo va a construir, que es el Gobierno de Canarias, la Consejería. Dios me libre, que yo me vaya a poner a opinar cómo tiene que ser el centro de salud que necesitan los profesionales sanitarios. Eso lo ha dicho el Gobierno de Canarias. Es este aspecto, en esos ámbitos, evidentemente, ni entramos, o sea, ni se nos ocurre entrar porque es irrelevante, como han dicho, del Gobierno de Canarias. Entonces, cuando quieran, no hay ningún problema. Por cierto, tiene usted razón. Esto son los problemas que tengo yo cuando me dedico a hablar sin leer, que hablo tanto sin leer que a veces cometo errores. Efectivamente, son 45 días, no 30 y le agradezco que haya hecho la corrección, porque así queda dicho este error que queda subsanado. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad de los votos a favor, y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.2.-Expediente 6525/2018. Acordar la reversión al Ayuntamiento de Ingenio del bien inmueble municipal calificado de patrimonial, sito en la calle Cánovas del Castillo, cedido gratuitamente a favor del Cabildo de Gran Canaria para la implantación de un recurso sociosanitario. Don Martín Manuel García Cabrera, concejal delegado de transición ecológica y sostenibilidad, planificación estratégica, patrimonio y playas, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO. PRIMERO. - El Pleno corporativo del Ayuntamiento de Ingenio, en su sesión extraordinaria y urgente, de fecha 22 de octubre de 2018, aprobó definitivamente el expediente de cesión gratuita de bien inmueble municipal, adoptando los siguientes acuerdos: (…) Primero. - Aprobar definitivamente el expediente de cesión gratuita del bien inmueble municipal, calificado de patrimonial, sito en la calle Cánovas del Castillo, del término municipal de Ingenio, con referencia catastral 35012A003002380000YG, a favor del Cabildo de Gran Canaria para la implantación de un recurso sociosanitario. Segundo. - Determinar la reversión al patrimonio de este Ayuntamiento del bien inmueble cedido si no es destinado al uso señalado en el plazo máximo de cinco años, y en todo caso, cuando deje de estarlo. Tercero. - Comunicar el acuerdo al Cabildo de Gran Canaria, para la adopción por el mismo de los acuerdos necesarios para dar efectividad a la cesión del citado bien inmueble. Cuarto. - Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean necesarios en ejecución del acuerdo adoptado. P á g i n a 23 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Quinto. - Incorpórese certificación acreditativa del acuerdo en el Inventario de Bienes Municipal, y los acuerdos que procedan en el Registro de la Propiedad de Santa Lucía en relación con la finca registral objeto de cesión. Sexto. - Comuníquese el presente acuerdo al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias para su toma de razón.” (…) SEGUNDO.- El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria, en su sesión extraordinaria celebrada el día 31 de julio de 2020, adoptó el acuerdo de Aceptación de cesión gratuita de la titularidad dominical de parcela sita en el Mondragón (Finca Registral 4.106 del Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana) por parte del Ayuntamiento de La Villa de Ingenio a favor de esta Corporación Insular, con destino al Plan de Infraestructura Sociosanitaria de la isla de Gran Canaria, así como su adscripción al Instituto de Atención Social y Sociosanitaria. Los acuerdos adoptados por el Consejo Insular en la referida sesión son del siguiente tenor literal: (…) “PRIMERO. - Aceptar la cesión gratuita que realiza el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio del inmueble sito en la Calle Cánovas del Castillo, Mondragón (T.M.Ingenio) a favor del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, con destino a su inclusión en el Plan de Infraestructura Sociosanitaria de la isla, cuya descripción es la que sigue: RÚSTICA. - TROZO DE TERRENO DE ARRIFES, donde dicen los Llanos, del término municipal de Ingenio. Hoy constituye la parcela 238 del polígono 3 del Catastro Rústico de dicho término municipal. SUPERFICIE. - Mide según el título, una hectárea, diecisiete áreas y cincuenta y dos centiáreas, si bien su superficie actual es de una hectárea, un área y cincuenta decímetros cuadrados, es decir, diez mil ciento cincuenta y un metros cuadrados, solicitando la inscripción de la segunda cabida descrita. LINDA. - Al Norte, con don Justino Pérez Ramírez y de Don Antonio María Melián, en la actualidad con calle Cánovas del Castillo; al Sur, con herederos de Don Luis Hernández, en la actualidad también con Doña Francisca Sánchez Díaz; al Este, con calle, en la actualidad denominada Doctor Rafael O´Shanaham y al Oeste, con herederos de Don Gregorio Díaz de León, en la actualidad con Don Pedro Melián Rodríguez. Código REFERENCIA CATASTRAL. - 35012A003002380000YG. INSCRIPCIÓN. - Inscrita en el Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, al folio 8 del Tomo 560 del Archivo General, Libro 61 del Ayuntamiento de Ingenio, Finca de Ingenio nº 4106. SEGUNDO. - Facultar expresamente al Sr. Consejero de Gobierno de Presidencia para suscribir el correspondiente documento administrativo aceptando el referido inmueble, así como cuantos documentos se requieran para la efectividad del presente acuerdo. TERCERO. - Una vez aceptada por la Corporación Insular la indicada parcela proceder a dar de alta el inmueble en el epígrafe correspondiente del Inventario General de Bienes y Derechos de esta Corporación con la naturaleza de bien de Dominio Público adscrito al Servicio Público. CUARTO. - Adscribir y formalizar el Acta de Adscripción correspondiente, una vez verificada la aceptación de la citada parcela, a favor del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria del Cabildo de Gran Canaria, con el destino a su inclusión en el Plan de Infraestructura Sociosanitaria de la Isla de Gran Canaria, siendo de cuenta y cargo de dicho Organismo Autónomo, el mantenimiento y conservación del inmueble, así como los gastos de luz, agua y otros gastos que se puedan generar. QUINTO. - Dar traslado del correspondiente acuerdo al Instituto de Atención Social y Sociosanitaria, al Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, así como al Titular del Órgano de Contabilidad y Presupuestos de esta Corporación para su conocimiento y demás trámites que procedan.” (…)** TERCERO. - Con fecha 23 de noviembre de 2020, se firma el documento administrativo de aceptación de finca registral 4.106 del Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, cedida gratuitamente por el Ayuntamiento de Ingenio a favor del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria. El contenido del clausulado del referido documento administrativo de aceptación es del siguiente tenor literal, en la parte que interesa al presente informe: P á g i n a 24 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. CUARTO. - En virtud de dicho acuerdo, en el Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, se procede por el Cabildo de Gran Canaria a la inscripción de la cesión gratuita reseñada, quedando la finca registral con el siguiente contenido: P á g i n a 25 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. QUINTO. - Con fecha 30 de octubre de 2025, el Sr. Gerente del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria del Cabildo de Gran Canaria, que gestiona el II Plan de Infraestructuras Socionatarias en la Isla de Gran Canaria, en la que se encuentra incluido la construcción de un centro sociosanitario en el término municipal de Ingenio, en una parcela cedida por el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio al Excmo. Cabildo de Gran Canaria, presenta escrito ante el Ayuntamiento de Ingenio, registrado bajo el número 12411 y 12413 (que lo complementa) de la Oficina Central de Registro, en el que tras exponer, de forma literal**, la imposibilidad de dar cumplimiento al plazo máximo de cinco años marcado en la cesión de la parcela para su puesta en uso con la finalidad que fue cedida**, solicita que se inicien los trámites para que se conceda una prórroga de la cesión por un plazo mínimo de otros cinco (5) años, y que se añada un nuevo clausulado a la referida cesión. Literalmente, solicita lo siguiente en su escrito: P á g i n a 26 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. SEXTO. - El Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Ingenio, en su sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2025, adoptó los siguientes acuerdos: PRIMERO. - Desestimar la solicitud de inicio de actuaciones para concesión de prórroga instada por el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria del Cabildo de Gran Canaria. SEGUNDO. – Vencido el plazo, iniciar expediente para acordar la REVERSIÓN al Ayuntamiento de Ingenio de la parcela de terreno cedida gratuitamente al Cabildo de Gran Canaria, por incumplimiento de las condiciones fijadas en el acuerdo de cesión, al no haberse destinado la implantación del recurso sanitario en el plazo máximo de cinco años. TERCERO. – Dar trámite de audiencia al Cabildo de Gran Canaria, otorgándole un plazo de diez días para que pueda formular cuantas alegaciones estime pertinentes. CUARTO. - Transcurrido el referido plazo, que por el Pleno Corporativo se acuerde dictar la resolución definitiva del expediente de reversión de la parcela de terreno cedida gratuitamente al Cabildo de Gran Canaria, por incumplimiento de las condiciones fijadas en el acuerdo de cesión, al no haberse destinado la implantación del recurso sanitario en el plazo máximo de cinco años. SÉPTIMO. - El referido acuerdo plenario de fecha 22 de diciembre de 2025, anteriormente reseñado, fue adoptado con sustento en las siguientes CONSIDERACIONES JURÍDICAS: PRIMERA. – DEL INSTITUTO DE LA REVERSIÓN. En cuanto a los bienes de las entidades locales, la reversión viene fijada en el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372 /1986, de 13 de junio, (RBEL, en adelante), que norma lo siguiente: Art. 111. 1. Si los bienes cedidos no fuesen destinados al uso dentro del plazo señalado en el acuerdo de cesión o dejasen de serlo posteriormente se considerará resuelta la cesión y revertirán aquéllos a la Corporación local, la cual tendrá derecho a percibir de la Entidad beneficiaria, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos experimentados por los bienes cedidos. 2. Si en el acuerdo de cesión no se estipula otra cosa, se entenderá que los fines para los cuales se hubieran otorgado deberán cumplirse en el plazo máximo de cinco años, debiendo mantenerse su destino durante los treinta años siguientes. P á g i n a 27 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 3. Los bienes cedidos revertirán, en su caso, al Patrimonio de la Entidad cedente con todas sus pertenencias y accesiones. Este derecho de reversión que proclama el artículo 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, es una potestad administrativa concreta que el mismo atribuye a los Entes Locales para ejercitar por sí mismos la facultad de recuperar la propiedad de sus bienes patrimoniales enajenados, siempre que se incumplan las condiciones a que dicha enajenación -sea a título gratuito u oneroso- se somete. La reversión es un efecto o consecuencia que se anuda necesariamente al incumplimiento del fin de la cesión y de las condiciones establecidas en el acuerdo de cesión. A más, el artículo 111 del RBEL, concede un distinto tratamiento a los dos plazos que contempla, que referido al presente supuesto de cesión gratuita objeto del presente informe-propuesta, norma que, en el primer supuesto, consiste en que "los bienes cedidos no fuesen destinados al uso dentro del plazo señalado en el acuerdo de cesión" o, de no expresarse el mismo, "en el plazo máximo de cinco años". La consecuencia es conocida: "se considerará resuelta la cesión y revertirán aquéllos a la Corporación local". SEGUNDA. - DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL ACUERDO DE CESIÓN GRATUITA. 1.- Las condiciones fijadas en el acuerdo de cesión gratuita adoptado por el Ayuntamiento de Ingenio, así como en los acuerdos de aceptación de la cesión adoptados por el Cabildo de Gran Canaria, así como en el documento administrativo de aceptación firmado por ambas administraciones, que constan en los antecedentes de hecho del presente informe, que se reproducen a efectos de evitar repeticiones innecesarias, son, de forma literal, las siguientes: Primero. - Aprobar definitivamente el expediente de cesión gratuita del bien inmueble municipal, calificado de patrimonial, sito en la calle Cánovas del Castillo, del término municipal de Ingenio, con referencia catastral 35012A003002380000YG, a favor del Cabildo de Gran Canaria para la implantación de un recurso sociosanitario. Segundo. - Determinar la reversión al patrimonio de este Ayuntamiento del bien inmueble cedido si no es destinado al uso señalado en el plazo máximo de cinco años, y en todo caso, cuando deje de estarlo. 2.- En el propio documento administrativo de aceptación de finca registral número 4106, cedida gratuitamente por el Ayuntamiento de Ingenio al Cabildo de Gran Canaria, que fue firmada por ambas Administraciones el día 23 de noviembre de 2020, se determina en su cláusula 3ª lo siguiente, de forma expresa: 3ª DESTINO.- La cesión gratuita se verifica con la finalidad de destinar el bien inmueble a la implantación de un recurso sociosanitario, finalidad que deberá ser cumplida en el plazo máximo de cinco años, contados a partir de la fecha de este documento administrativo, no pudiendo alterarse tal destino en los treinta años siguientes, de manera que en caso de incumplimiento la finca revertirá a la Entidad Local cedente con todas sus accesiones. 3.- En el escrito presentado por el Instituto de Atención Sociosanitaria del Cabildo de Gran Canaria, con fecha 31 de octubre de 2025, descrito en el antecedente de hecho quinto, ya se indica, de forma expresa, lo siguiente: 4º. Teniendo en cuenta la imposibilidad de dar cumplimiento al plazo de cinco años marcado en la cesión de la parcela para su puesta en uso con la finalidad que fue cedida, este IAS, representado por el Gerente D. RICARDO REDONDAS MARRERO. Por ende, es nítido, sin lugar a duda, el incumplimiento por parte del Cabildo de Gran Canaria, por no haber destinado el bien inmueble cedido gratuitamente, al uso señalado en el plazo de cinco (5) años. Incluso, es la propia Administración cesionaria, a través del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria, quien de forma expresa comunica al Ayuntamiento cedente de la imposibilidad de que ello se produzca en dicho plazo. A más, solicita una prórroga por igual plazo e, incluso, la modificación del acuerdo de cesión con la inclusión de una nueva cláusula. No estamos en presencia de ningún suceso que esté fuera del círculo de actuación del obligado que no hubiera podido preverse o que, previsto, fuera inevitable. No consta, en modo alguno, que haya existido algún hecho obstativo, definitivo e irreformable, que haya impedido dar cumplimiento al acuerdo de cesión gratuita y al destino del bien al uso y finalidad cedida en el plazo indicado de cinco (5) años. No ha existido imposibilidad o extrema dificultad de cumplirla, ya que no se ha acreditado en modo alguno. P á g i n a 28 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. El propio contenido de la Cláusula Segunda del acuerdo de cesión gratuita imposibilita la prórroga solicitada por la Administración cesionaria, ya que no se prevé la misma, y únicamente se determina la reversión del bien cedido si se incumple el acuerdo de cesión en el plazo de cinco (5) años, que es lo que ha ocurrido en el presente supuesto, con reconocimiento expreso de tal hecho por la propia Administración. Además, con la pretensión de modificación del clausulado firmado y aprobado por el Ayuntamiento de Ingenio, introduciendo un nuevo clausulado al mismo, es evidente que se pretende una reformulación de la cesión gratuita acordada, lo que implica un nuevo acuerdo de cesión gratuita, una vez dado cumplimiento a la reversión que opera por el incumplimiento del acuerdo. La reversión del bien es automática en virtud de la claridad del incumplimiento del acuerdo de cesión, en los términos anteriormente indicados, con reconocimiento expreso del mismo, y en tal tesis se sostiene, por ejemplo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, como la contenida en su Sentencia de fecha 24 de enero de 2006, Sala de lo Contencioso-Administrativo, EDJ 2006/3997 STS, cuando determina lo siguiente: (…) Sin embargo, tanto el art. 97 del RBEL/1955 como el art. 111 del RBEL/1986, con redactado distinto, coinciden en el aspecto esencial de la exigencia de plazo temporal para el mantenimiento del destino respecto del cual fue cedido el inmueble, treinta años, así como que los fines para los cuales fue otorgado el bien se cumplan en el plazo máximo de 5 años. La regulación prevista en la norma reglamentaria, art. 111 RBEL /1986, art. 97 RBEL/1955, despliega su eficacia ante la inexistencia de estipulación especifica en el acuerdo de cesión. El incumplimiento de tales plazos conduce a la reversión de los bienes cedidos al Patrimonio de la Entidad municipal cedente con sus pertenencias y accesiones. (…) La reversión nace ope legis, y al caso, opera ante el flagrante incumplimiento del destino al uso señalado en el plazo máximo de cinco (5) años. Todo ello,- una vez acordada la reversión del bien y que este nuevamente esté integrado en el patrimonio municipal y de su titularidad registral-, sin perjuicio de que por parte del Ayuntamiento pueda volver a iniciarse un nuevo procedimiento para la cesión gratuita del bien, si bien amparada ahora en nuevos títulos habilitantes, actos administrativos de cesión, en los términos que quieran acordarse respecto de su clausulado, pero no manteniendo vigente un acuerdo de cesión incumplido, sobre el que opera la reversión del bien inmueble, por imperativo de la norma de aplicación. TERCERA. - DEL INFORME EMITIDO POR EL TÉCNICO DEL DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DE 2025 RESPECTO DE CONCESIÓN DE PRÓRROGA. Con fecha 14 de noviembre de 2025, consta emitido informe por el técnico municipal adscrito al departamento de patrimonio, en el que, citando jurisprudencia al respecto, considera que procede una prórroga conforme a lo solicitado por la entidad insular. Cita en su informe, para realizar tal manifestación, (1ª) la STS de 10/06/1998 en recurso referenciado 6267/1998, (sic) - cuando la realidad es que el número de recurso es el 6267/1992, y (2ª) la STS de fecha 28 de diciembre de 1987, número 1701 en el recurso 606/1984. Pues bien, las referidas sentencias indicadas no tienen de identidad de hecho respecto al supuesto que nos ocupa. La primera de ellas hace referencia a una sentencia que acuerda no estimar conforme a derecho una reversión, por incumplimiento del destino durante 30 años, una vez ejecutada la edificación en el plazo estipulado de cinco (5) años, toda vez que fue el propio Ayuntamiento el que modificó, con posterioridad, su planeamiento urbanístico, su normativa urbanística, que impedía mantener los usos para los que fue cedido gratuitamente el terreno. Fue el Ayuntamiento el que, con sus actos, -modificación de su normativa urbanística-, impedía el cumplimiento de los usos para los que fue destinada la cesión. La segunda de ellas hace referencia a que el Ayuntamiento ejercitó su derecho de reversión, una vez transcurridos más de treinta (30) años del acuerdo de cesión, resultando que los cesionarios alegaron, en ese momento, la propiedad del bien cedido bajo el instituto de la prescripción adquisitiva, por transcurso del lapso temporal. Por ende, ninguna de las dos sentencias es aplicables al supuesto objeto del presente informe y cesión gratuita acordada por el Ayuntamiento de Ingenio al Cabildo de Gran Canaria. La falta de identidad de hechos de las sentencias indicadas con el supuesto concreto referida a la presente cesión gratuita acordada, es decir, -la falta de identidad absoluta de situación jurídica y fundamentos-, impide su P á g i n a 29 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. consideración al presente supuesto, no siendo asumible el informe emitido por el técnico municipal ante la más que evidente falta de identidad esencial respecto de hechos y pretensiones, no pudiendo compartirse la conclusión a la que se llega en el referido informe en términos tan genéricos en los que muestra conformidad con la prórroga solicitada e inclusión de una nueva cláusula instada por el Cabildo de Gran Canaria. CUARTA. – LEGISLACIÓN APLICABLE Y PROCEDIMIENTO PARA EL EJERCICIO DEL DERECHO DE REVERSIÓN. — Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. — Los artículos 22.2.p) y 47.2.ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Antes de acordarse la resolución definitiva de la reversión del bien inmueble, debe darse audiencia al interesado, en el presente caso, al Cabildo de Gran Canaria, a fin de que manifieste lo que a su derecho convenga. Ello anudado a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. OCTAVO. - Mediante oficio de fecha 16 de enero de 2026, CSV 4QG6R25AJCKDWH69M5GH9G4R3, se remitió al Cabildo de Gran Canaria la certificación del acuerdo del Pleno de fecha 22 de diciembre de 2025, concediéndole un plazo de diez (10) días, en trámite de audiencia previa, a fin de formular cuantas alegaciones estimase pertinentes para su consideración en la resolución que pusiese fin al expediente de reversión iniciado. NOVENO. – Con fecha 22 de enero de 2026, el Servicio de Patrimonio del Cabildo de Gran Canaria presenta escrito, registrado bajo el número 2026-E-RC-700, de la Oficina Central de Registro, en virtud del cual manifiesta expresamente, que NO FORMULA ALEGACIONES al trámite de audiencia, siendo el tenor literal de su escrito el siguiente: P á g i n a 30 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. FUNDAMENTOS DE DERECHO. PRIMERO. - Se dan por reproducidas y forman parte, como consideraciones jurídicas de la presente resolución final del expediente de reversión iniciado, las contenidas en el acuerdo del Pleno Corporativo de fecha 22 de diciembre de 2025, transcritas en el antecedente de hecho Séptimo. SEGUNDO. - Dado que el propio Cabildo de Gran Canaria, en el trámite de audiencia, manifiesta que no efectuará alegaciones, y que, por ende, son ciertos los motivos indicados en el acuerdo de inicio del expediente de reversión, y de la existencia de un incumplimiento de las condiciones establecidas en el acuerdo de cesión gratuita, debiendo revertir el bien cedido a la Administración Local cedente, Ayuntamiento de Ingenio, procede resolver el expediente acordando la reversión del bien inmueble cedido y demás pronunciamientos que, a resultas del mismo, deben ser adoptados. Igualmente, se tiene en cuenta la solicitud que el Cabildo de fecha 22 de enero de 2026, de que pueda iniciarse un nuevo expediente de cesión gratuita del mismo bien inmueble conforme a la normativa vigente y trámites que legalmente procedan. Con fundamento en los antecedentes y consideraciones expresadas, se somete a la consideración del Pleno Corporativo, como órgano competente para resolver, el dictado de resolución con el siguiente texto dispositivo: PRIMERO. – Resolver el expediente de reversión iniciado por acuerdo del Pleno Corporativo en su sesión ordinaria de fecha 22 de diciembre de 2025 y, ACORDAR LA REVERSIÓN AL AYUNTAMIENTO DE INGENIO del bien inmueble municipal, calificado de patrimonial, sito en la calle Cánovas del Castillo, del término municipal de Ingenio, con referencia catastral 35012A003002380000YG, cedido gratuitamente a favor del Cabildo de Gran Canaria para la implantación de un recurso sociosanitario, por incumplimiento de las condiciones esenciales contenidas en el acuerdo de cesión. Finca registral 4106 del Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana. Código Registral Único: 35015000362047. SEGUNDO. – Que por el departamento de Patrimonio de este Ayuntamiento se realice la correspondiente anotación en el Inventario de Bienes de la Corporación Local, con el fin de proceder a la preceptiva rectificación de este. TERCERO. - Que por el departamento de Patrimonio de este Ayuntamiento se remita la certificación del presente acuerdo, así como la documentación que resulte necesaria, al Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, para que se efectúen las oportunas anotaciones y, conforme a la reversión acordada, se acuerde la inscripción registral del bien inmueble a titularidad de este Ayuntamiento. CUARTO. - Notificar la presente resolución al Cabildo de Gran Canaria, a los efectos de que, igualmente por la citada Administración Local pueden efectuarse cuantas actuaciones sean necesarias en el Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana para la constancia de la reversión del bien inmueble cedido gratuitamente. También a los efectos que procedan y el Cabildo de Gran Canaria considere a su derecho realizar. QUINTO. – Comunicar la presente resolución a la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, para que, siendo de su competencia, acuerde lo procedente respecto de la solicitud realizada por el Cabildo de Gran Canaria en su escrito de fecha 22 de enero de 2026, sobre inicio de un nuevo procedimiento de cesión gratuita del bien inmueble, a los mismos efectos de construcción de un recurso sociosanitario, una vez resueltos todos los trámites indicados en el Resuelvo Tercero y el pronunciamiento de inscripción registral a nombre del Ayuntamiento por el Registro de la Propiedad”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, adelanta que, votaré a favor de esta reversión, pero no puedo hacerlo con satisfacción, sino con la profunda preocupación de lo que este expediente representa, que son 8 años de fracaso administrativo en materia sociosanitaria. Estamos hablando de un expediente que nació en el 2018. Se cedió una parcela de titularidad municipal al Cabildo de Gran Canaria con la promesa de construir un recurso de nuestros mayores y nuestras familias que llevan décadas esperando. Hoy el pleno de 2026, el punto del orden del día es que el suelo vuelve a casa porque no se ha puesto ni un solo ladrillo. Es el reconocimiento oficial de casi una década perdida. Lo que ya aprobamos es un trámite puramente burocrático para que el Ayuntamiento recupere la propiedad, pero en el fondo de la cuestión es desolador. Somos incapaces de garantizar que las instituciones supranacionales cumplan sus compromisos con el municipio de Ingenio. Señores del grupo de gobierno, la reversión no es un éxito, es una prueba de una falta de peso político de este ayuntamiento ante el Cabildo. Ahora nos piden que volvamos a iniciar el proceso de cesión. ¿Y qué va a cambiar esta vez? Vamos a esperar otros 8 años para hacer que el suelo se vuelva a revertir en el 2034, sin que haya una residencia construida. Exigimos que una vez se complete la inscripción registrada a nombre del Ayuntamiento, la nueva cesión al Cabildo incluya plazos de ejecución vinculantes y estrictos. Ingenio no puede P á g i n a 31 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. seguir siendo el municipio de las eternas promesas, sobre el papel, nuestros vecinos que cuida a sus mayores y eso no se logra con una burocracia infinita, sino con una voluntad política y de hormigón. Votamos sí para desbloquear el suelo, pero les exigimos que dejen de ser meros espectadores de la desidia del Cabildo. Pónganse a trabajar para que el Mondragón deje de ser un solar vacío y se convierta de una vez por todas en el centro sociosanitario que nuestros vecinos necesitan. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, dice que, como han escuchado tanto al concejal, como a la compañera, pues sí, trata sobre acordar esa reversión al Ayuntamiento de Ingenio. Hacemos lectura a este punto y lógicamente estamos hablando de un fracaso de no hacer los deberes y como no se hacen los deberes, hay que devolver el material y en eso estamos. Entonces, hablamos de la falta de contundencia. Efectivamente, tenemos un grupo de gobierno potente para ir a las administraciones supramunicipales y traer desarrollo para el municipio de Ingenio o solo están entretenidos aquí en fiestas y poco más. Se trata, por tanto, de un expediente para que el Ayuntamiento de Ingenio recupere ese terreno que no sé si lo conocen, que está en la calle Cánovas del Castillo, situado en el Mondragón, aproximadamente 10.151 m², si no me equivoco, que se cedió en su momento para esa creación de la residencia sociosanitaria, la cual fue cedida al Cabildo. Se esperó una condición para que se ejecutase en 5 años. Este grupo de gobierno lleva 3 años y no se ha conseguido la suficiente presión y se ha pasado el tiempo. Como se ha incumplido ese plazo, volvemos otra vez a tener en patrimonio municipal ese terreno y como digo, sin un centro sociosanitario, como si vemos en prensa, porque seguimos a la cola también, en recursos sociosanitarios y vemos como en la prensa ayuntamientos como Firgas y otros están inaugurando su centro sociosanitario. El Cabildo, por tanto, acepta esa reversión, nos comenta ahora el concejal que además tiene ese compromiso, de esa prórroga y manifiesta ese interés, por tanto, para llevar a cabo el proyecto bajo la directiva actual. Así esperamos y desde Agrupa Sureste estaremos vigilantes de este proyecto. Doña Victoria Eugenia Santana Artíles, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, reconoce que, por todos es conocido que el Ayuntamiento de Ingenio cedió una parcela municipal situada en el Mondragón al Cabildo de Gran Canaria, con la finalidad de construir un centro sociosanitario. La aceptación de la cesión por parte del Cabildo se produjo en el año 2020 y se fijó un plazo de 5 años para la ejecución de la obra. Próximo a transcurrir dicho plazo, sin que la construcción pudiese llevarse a cabo, el Cabildo solicita una prórroga. El Ayuntamiento de Ingenio entiende que no procede su concesión y se acuerda iniciar el correspondiente procedimiento para la reversión del bien. Este procedimiento ha incluido la incubación del expediente administrativo y su elevación a pleno, como ya explicó don Martín hace poco. Luego se concede a un trámite de audiencia Cabildo. En este trámite de Audiencia, el Cabildo no presenta alegaciones y manifiesta expresamente su interés en que se inicie la mayor brevedad posible un nuevo procedimiento para la cesión que permita retomar todo este proyecto. Y finalmente, en el presente pleno se acordará declarar la reversión de la parcela al patrimonio municipal por incumplimiento del plazo establecido. Ahora, lo que corresponde es que esta administración demuestre su voluntad de impulsar con carácter urgente una nueva cesión de suelo, dada la relevancia y el indudable interés público del centro sociosanitario para el municipio y, por supuesto, para la isla. Yo quería, si me permite, responder un momento a cuestiones que se han dicho. El plan de infraestructura sociosanitaria de Cabildo sí se ha llevado a cabo y todos conocíamos que esta parcela, debido a sus circunstancias, que es un suelo rústico y que además está afectado por una carretera de la Red Insular por la circunvalación, tenía unas características especiales que ha hecho que el procedimiento sea más lento, porque todos los proyectos están, todo está perfectamente para contratar. El problema que ha venido, son problemas sobrevenidos de no coordinación a veces entre sub administraciones supramunicipales, entre el Cabildo y el Gobierno de Canarias que ha ralentizado el proceso y ha hecho que no pueda verse el desarrollo de este centro sociosanitario en Ingenio. Por eso yo creo que es importante que volvamos a hacerlo y ya que está todo ya en marcha, pues veamos por fin esta realidad. Don Martín Manuel García Cabrera, cierra el punto añadiendo que, primero una nota aclaratoria porque ya en esta intervención se ha dicho dos veces, un año tiene 12 meses, llevamos 2 años y 8 meses, no 3 años. Vale, hay que puntualizar bien el tiempo. Voy a copiar lo que dice Domingo, que hablando el último se le copia. Suscribo. Hay que decir exactamente lo que ha dicho la compañera Victoria. Hay que conocer la envergadura y la potencia de este tipo de proyectos. 5 años para el Cabildo hacer un proyecto de este tipo con la cantidad de informes que tienen que elaborar y demás, en un tiempo bastante limitado. Además, el proyecto ha sido afectado por el trazado de la circunvalación hacia Agüimes, y todo eso queda rechazado y cosas que lleva un tiempo y quiero recalcar tranquilamente, como es el informe de medio ambiente que se terminó en marzo de 25, así que, más o menos los plazos van cuadrando. Añade doña Victoria Eugenia Santana Artíles, comentar que, aunque entendemos lo que ha sucedido aquí, vamos a abstenernos porque fue lo que hicimos en el inicio del expediente, porque entendíamos que podía haber P á g i n a 32 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. habido otra solución, ¿vale? Pero que entendemos lo que se ha hecho, pero siguiendo con el criterio que adoptamos en el inicio del expediente. La Presidente de la Sala, toma la palabra para añadir que, hay dejar claro que la decisión, o sea, no pudimos ni siquiera decidir, fue un informe jurídico que lo ponía y lo intentamos por activa y por pasiva, lo puedo asegurar, pero cuando hay un informe jurídico que dice lo contrario, pues tenemos que obedecer. Fue lo que pasó. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por quince votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupos: Coalición Canaria y Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)] y seis abstenciones [(Grupo municipal Socialista y un miembro del grupo municipal Partido Popular, doña Alejandra Rodríguez Pérez)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.3.-Expediente 838/2019. Distinción a las acciones que promueven la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, con motivo del 8 de marzo de 2026 a D. Nicolás Hernández Santana y a Dña. Alejandra Armas Sosa. Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra, concejal delegado de igualdad y diversidad, nuevas tecnologías, movilidad, transporte y transparencia, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de febrero de 2026, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “1.- ANTECEDENTES. PRIMERO. - Con motivo del Día Internacional de las Mujeres, 8 de marzo, y en el marco de las políticas municipales de promoción de la igualdad, impulsadas por el Ayuntamiento de Ingenio a través del Departamento de Igualdad y Diversidad, se inicia el procedimiento para la concesión de la Distinción a las acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, correspondiente al año 2026. SEGUNDO. - En el proceso de valoración desarrollado se recibieron tres propuestas, todas ellas de reconocida calidad, correspondientes a personas con una sólida trayectoria profesional y un compromiso acreditado con la defensa de los valores de igualdad y con aportaciones destacadas en sus respectivos ámbitos de actuación. 2.- FUNDAMENTOS JURÍDICOS. · la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Artículo 25.2 o). El Municipio, tiene competencias en,“Actuaciones la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, así como contra la violencia de género”. · El artículo 11, Capítulo IV.- Distinciones Específicas del REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO. (Aprobado definitivamente en el pleno de 9 de noviembre de 2016), articula la “Distinción a las acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con el fin de reconocer la labor de Colectivos, Organizaciones no Gubernamentales, o personas que destaquen por su trabajo y dedicación, con el objetivo de alcanzar una sociedad más justa e igualitaria en todos los ámbitos, sin distinción alguna. Dicha distinción será aprobada por el Pleno de la Corporación a propuesta de la Concejalía de Igualdad, y se hará entrega de la misma el 8 de marzo de cada año, con motivo del Día Internacional de la Mujer”. 3.- VALORACIÓN DE LAS CANDIDATURAS Analizadas las propuestas presentadas, se hacer constar que todas ellas reúnen méritos suficientes para ser valoradas positivamente, reflejando el compromiso existente en el municipio de Ingenio con la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. 3.1 Criterios determinantes para la propuesta seleccionada La candidatura propuesta como definitiva, por el Departamento de Igualdad y Diversidad, fue valorada favorablemente atendiendo a los siguientes criterios: Incidencia comunitaria, frente a actuaciones de carácter individual.   Contribución a la promoción de valores igualitarios en un ámbito fundamental para el bienestar social.  Repercusión positiva y continuada en el tiempo en el municipio de Ingenio. P á g i n a 33 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 3.2 Candidatura seleccionada A la vista de lo anterior, se considera especialmente adecuada para la concesión de la Distinción a las acciones que promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, correspondiente al año 2026, la propuesta desarrollada por el equipo formado por D. Nicolás Hernández Santana, matrón en el Centro de Salud de Carrizal, y Dña. Alejandra Armas Sosa, matrona en el Centro de Salud de Ingenio, por los siguientes motivos:  Su evidente incidencia comunitaria, con impacto directo en la ciudadanía del municipio de Ingenio, en su conjunto.  Su desarrollo en el ámbito sanitario, considerado un espacio estratégico y de especial relevancia para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y para la prevención de la violencia de género, al tratarse de un entorno de atención directa, continuada y basado en la confianza.  La integración efectiva de la perspectiva de género en la práctica profesional, incidiendo de manera transversal en mujeres y hombres, en todas las personas usuarias del sistema sanitario, favoreciendo la detección precoz de desigualdades, la sensibilización social y la promoción de relaciones igualitarias.  Su impacto positivo y continuado en el tiempo, fortaleciendo el tejido social desde un ámbito clave para la prevención, la promoción de la salud y el bienestar comunitario. D. Nicolás Hernández Santana y Dña. Alejandra Armas Sosa desarrollan una trayectoria profesional que integra de manera coherente la atención sanitaria, el acompañamiento comunitario y el compromiso con la igualdad, constituyéndose en referentes destacados en el municipio de Ingenio. ·D. Nicolás Hernández Santana, Se formó como Graduado en Enfermería y posteriormente como matrón, completando su especialización en el Reino Unido. En el año 2009 regresó a Gran Canaria, donde ha desarrollado, durante más de quince años, su labor profesional en el ámbito de la salud sexual y reproductiva. Entre los años 2009 y 2020 ejerció principalmente en la Unidad de Paritorio del Hospital Insular, acompañando en distintos contextos asistenciales, incluyendo la atención al parto hospitalario, talleres educativos, formación a familias, acompañamiento en partos en domicilios y procesos de maternidad y paternidad conscientes. En el año 2020 inicia una nueva etapa profesional en el municipio de Ingenio, concretamente en Carrizal, estableciendo un vínculo estrecho y permanente con el entorno comunitario. En este contexto, junto a la matrona Alejandra Armas Sosa, impulsa la creación de espacios de atención y acompañamiento centrados en la igualdad, la escucha activa y el respeto a la diversidad, con una clara orientación comunitaria. · Por su parte, Dña. Alejandra Armas Sosa, ejerce como matrona desde hace más de veinte años. Actualmente desarrolla su labor en el Centro de Salud de Ingenio, donde presta servicio desde hace aproximadamente cuatro años, tras haber ejercido como matrona en el Hospital Universitario Materno Infantil de Gran Canaria. A lo largo de su trayectoria profesional ha acompañado a mujeres y familias en las distintas etapas del ciclo vital, ofreciendo una atención cercana, respetuosa y basada en la evidencia científica, con una clara orientación al bienestar integral. En el Centro de Salud de Ingenio coordina un grupo de preparación a la maternidad y paternidad consciente, orientado a acompañar a las familias desde una mirada integral, consciente y respetuosa, favoreciendo la corresponsabilidad y la creación de vínculos saludables. De manera conjunta, ambos profesionales coordinan un grupo de lactancia y crianza abierto a toda la población del municipio, concebido como un espacio comunitario de apoyo mutuo, intercambio de experiencias y aprendizaje colectivo, que contribuye a reducir situaciones de aislamiento social y a fortalecer los vínculos comunitarios. Asimismo, participan activamente en el Grupo de padres con corresponsabilidad positiva, impulsado por la Asociación Bientratar, orientado a la promoción de una paternidad activa, consciente y comprometida, complementando y reforzando el trabajo comunitario desarrollado por ambos profesionales. El proyecto llevado a cabo, por ambos profesionales, se basa en el desarrollo continuado de un conjunto de acciones en el ámbito sanitario, con una clara orientación comunitaria, preventiva y de promoción de la igualdad, reforzando el papel del ámbito sanitario como un espacio estratégico para la prevención de la violencia de género, la promoción de los buenos tratos, las relaciones igualitarias y la mejora del bienestar social del conjunto de la ciudadanía del municipio de Ingenio. Estos elementos hacen especialmente adecuada la concesión de la Distinción a las acciones que promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con motivo del 8 de marzo de 2026, al equipo formado por D. Nicolás Hernández Santana y Dña. Alejandra Armas Sosa. 3.3 Reconocimiento de las candidaturas no seleccionadas. P á g i n a 34 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Además de la candidatura seleccionada, se presentaron las siguientes candidaturas, valoradas de forma muy positiva y son las siguientes:  Dña. Elena Suárez Pérez: Con una trayectoria de más de quince años vinculada a la defensa de los derechos humanos con perspectiva feminista, desde el Trabajo Social y responsabilidades públicas desarrolladas en el municipio de Ingenio, como concejala responsable de las áreas de Servicios Sociales, Igualdad, Participación Ciudadana, Presidencia y Recursos Humanos. Destacar su impulso de desarrollar políticas públicas feministas, proyectos formativos y la visibilización del papel de las mujeres en la historia local del municipio de Ingenio.  Dña. Palmira Déniz Verona: Jurista con una sólida trayectoria en el ámbito del Derecho, especializada en Igualdad, Violencia de Género y Derechos Humanos. Su recorrido profesional y social se ha caracterizado por un compromiso firme con la igualdad de género, la justicia social y la erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres, así como por su implicación activa en redes profesionales, asociaciones y movimientos de mujeres, tanto en el ámbito civil como eclesial. Ambas candidaturas constituyen referentes destacados y aportan gran valor al tejido social del municipio, reflejando el compromiso existente con la igualdad y la justicia social. En virtud de todo lo anterior, se estima procedente presentar ante el Pleno Municipal el siguiente Texto dispositivo de la propuesta de resolución: Añade don Oliver Navarro que, antes de pasar a la propuesta de resolución, sí me gustaría valorar estas propuestas que se han recibido en la concejalía y también nos gustaría trasladar aquí públicamente y comprometernos pública y políticamente a cambiar ese reglamento de honores y distinciones, porque el reglamento que fue aprobado en pleno en noviembre de 2016, en su capítulo 4 establece que una distinción específica sería la del 8 de marzo, que es esta que traemos hoy aquí ahora y que sería anual. Nos hemos comprometido en junta de portavoces y lo traslado aquí también, en el pleno, que políticamente vamos a cambiar o a tener ese cambio de reglamento para que se empareje al resto de distinciones y de honores, como hijos adoptivos, etcétera, para que se cree un instructor de expediente, para que haya una comisión evaluadora pero también, incidiendo en que sea anualmente, no cada dos años. Esa es la propuesta y el compromiso que traemos aquí hoy. Por tanto, paso a leer el texto dispositivo. PRIMERO: Conceder la Distinción a las acciones que promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con motivo del 8 de marzo de 2026 a D. Nicolás Hernández Santana y a Dña. Alejandra Armas Sosa, en reconocimiento a su trayectoria, compromiso y especial impacto comunitario en el municipio de Ingenio, con particular incidencia en el ámbito sanitario y en la promoción de valores igualitarios. SEGUNDO: Reconocer expresamente la calidad, trayectoria y compromiso de las restantes candidaturas presentadas, agradeciendo su participación y su contribución a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria. TERCERO: Facultar al Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución y para posteriores modificaciones si fueran necesarias”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, declara que, anuncio mi voto favorable a esta propuesta de distinción. Es de justicia reconocer públicamente la trayectoria del compromiso de don Nicolás Hernández Santana y de doña Alejandra Arma Sosa. Su labor especialmente vinculada al ámbito sanitario es un ejemplo de cómo la dedicación profesional puede transformarse en un motor de igualdad y de bienestar para todos los vecinos de Ingenio. Sin embargo, este voto a favor no nos impide ser críticos con la forma en que este gobierno entiende la igualdad. Nos preocupa que estas distinciones se conviertan en la única plataforma una sola vez al año y para la foto del 8 de marzo. Se construye con presupuestos, con servicios públicos, con apoyo a las familias, fuerza en la salud mental de nuestros jóvenes. Reitero mi más sincera enhorabuena a don Nicolás y a doña Alejandra por su impecable labor. Su ejemplo, el de ellos, debería guiar la acción de este gobierno todos los días del año. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, dice que, efectivamente, en este punto se hace la distinción a las acciones que promuevan la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres y que constituyen referentes sociales importantes destacados en la igualdad y en la justicia social. Queremos felicitar desde aquí a don Nicolás Hernández Santana y a doña Alejandra Armas Sosa, porque como grandes profesionales, en este caso matrones de los centros de salud locales, se les reconoce esas acciones que por su impacto sobre todo comunitario, a través de grupos de lactancia, el desarrollo y la trayectoria dentro del P á g i n a 35 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. ámbito sanitario en la crianza, en la preparación a la paternidad consciente, promoviendo la corresponsabilidad y la igualdad desde el ámbito sanitario. Desde aquí, desde Agrupa Sureste, nuestra felicitación. Pero sí quiero pararme y hacer hincapié porque así lo tratamos Agrupa Sureste en la junta de portavoces, donde debo decir al concejal que acaba de decir que en la junta de portavoces nos comprometimos a cambiar ese Reglamento de Distinción. Nos comprometemos, en cualquier caso, a sentarnos y analizarlo y según lo que haya de modificaciones o no, pues, se aprobará o no se aprobará. ¿Por qué digo esto? Porque queremos dejar constancia que no nos han parecido justas las formas de valoración de las candidaturas; que no se haya hecho con la transparencia participativa que esperábamos. Agrupa Sureste felicita, por supuesto, a don Nicolás y a doña Alejandra, pero las formas desde esta concejalía los portavoces porque es una distinción tan importante en igualdad que incluso en el decreto, cuando nos llega el decreto de la distinción, cuando fue enviado, vemos que fue firmado por el concejal el 11 de febrero, por el concejal de Igualdad y las comisiones informativas fueron el día 16 y ni se nos llamó por teléfono a esa participación que siempre están vendiendo, ni se nos comunicó nada. De hecho, tenemos en las comisiones informativas dudas. Preguntamos al presidente de la comisión que estaba de sustituto, no nos pudo contestar en ese momento. Hizo una llamada, un mensaje posteriormente y la información que tenemos o las dudas que teníamos en ese momento eran esos criterios de selección que no están en el reglamento de distinción, pero sí se contempla en el expediente, donde además falta información del resto de las candidatas proponentes, quién lo proponía. Pregunté en la comisión, bueno ¿y qué partidos políticos son los que proponen? ¿Es todo el grupo de gobierno los que proponen a estos dos sanitarios? Hay unos que sí, otros que no. Pues desde el presidente sustituto de la mesa de comisión, tampoco me sabía contestar, si esta propuesta era desde Somos-Partido Popular, Nueva Canarias, Forum Drago, Coalición Canaria o no, pues tampoco sabía nada de eso. Por tanto, no tenemos una selección de candidaturas que han sido claras. Falta esa información porque nos piden a la oposición, a los colectivos, a las asociaciones que hagan propuestas, pero luego no hay un feedback, no se nos transmite respuesta alguna. Nos hablan de incidencia comunitaria, de que los criterios de selección fueron por el desarrollo en el ámbito de igualdad. Eso también destacaba en dos grandes proponentes que se hicieron en de estas candidaturas. Entonces, todavía nos quedamos eh sorprendidos que referentes propuestas como doña Palmira Denis Verona o como doña Elena Suárez Pérez, no se nos haya dado las explicaciones pertinentes por teléfono con un correo electrónico, nada, hasta el 17 que tuvimos esa comisión. A pesar de ello, la oposición y concretamente la portavoz que les habla de Agrupa Sureste, quiere reconocer la trayectoria de todas las candidatas y el candidato y agradecer el compromiso a toda la trayectoria de todas las candidaturas presentadas y a la distinción que hoy celebramos con doña Alejandra y don Nicolás por su participación y contribución a la constitución de una sociedad más justa e igualitaria. Gracias también a Recreándome y al colectivo Atenea por participar y permitir conocer a otra de las grandes candidatas que se propusieron. Gracias. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, alega que, el 8 de marzo es el día internacional de las mujeres, un día para la reivindicación y la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres. También para celebrar cada avance conseguido, pero, sobre todo, para denunciar y reivindicar todo lo que queda por hacer. Este siglo XXI nos ha cogido por sorpresa con un hecho que no esperábamos. Nuestra sociedad, en lugar de seguir avanzando, está dando pasos atrás. Y las mujeres estamos en primera línea de estos retrocesos. Vivimos un momento decisivo, grandes cambios ideológicos, mediáticos y en la forma de relacionarnos, impulsados o acelerados por las redes sociales y los medios de comunicación están transformando nuestra convivencia. El acoso a las mujeres en el que solo podemos llamar el Salvaje Oeste Digital, es brutal. La socialización que encuentran niños y niñas y adolescentes en las redes sociales las encamina hacia modelos de feminidad que creíamos superado, orientándolas hacia roles en los que las mujeres solo tenían un espacio posible, el privado, el doméstico, el de los cuidados. Los contenidos pornográficos y plataformas como Onlyfans tratan a las mujeres como mercancía y se han convertido a edad temprana en la principal fuente de educación sexual para toda una generación de jóvenes. Estamos ante un retroceso que si no se aborda se consolidará. Hay un factor que debemos comprender con claridad, las redes sociales se han convertido en el principal agente de socialización de niñas y niños, por encima incluso de la escuela y de la familia. Y si el espacio donde se forman las identidades, los deseos y las relaciones ha cambiado, la respuesta educativa no puede seguir siendo la misma. La coeducación tiene que entrar también en el espacio digital. Contra el negacionismo machista, la única estrategia que funciona es la que nos marca el feminismo. Y el feminismo siempre nos ha dicho que la educación en igualdad de niños y niñas y la coeducación es la clave para el futuro de nuestra sociedad. El próximo 8M queremos reivindicarla más que nunca. Para que las niñas crezcan con las mismas oportunidades y derechos, no podemos dejar fuera del foco de los niños. La educación en nuevas masculinidades se hace totalmente imprescindible. Las últimas décadas no nos lo han demostrado. Las mujeres no avanzarán si los hombres no caminan también hacia la igualdad. P á g i n a 36 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Ahora, más que nunca, reconocimientos como el que hoy se concede, la distinción a las acciones que promueven la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres cobran especial relevancia. Por supuesto, las personas propuestas en este pleno merecen nuestro respeto y por ello, nuestro voto será favorable. No obstante, no podemos dejar pasar, dejar de señalar que discrepamos en las formas empleadas para llegar a esta propuesta. El expediente está incompleto. Faltan las propuestas. Hoy se han leído, pero en el no constan. No consta en la identificación de quiénes las han realizado y los currículums de cada candidatura. Pero más allá de la cuestión formal, lo más preocupante es el procedimiento seguido. Se invita a los colectivos feministas del municipio y a los partidos de la oposición a presentar candidaturas, pero no a participar en la resolución. Una vez más, la participación ciudadana queda relegada. Si convocase una, entendemos, debería adoptarse por unanimidad. Si se abre una convocatoria para presentar nombres y trayectorias con perspectiva feminista y concurren varias propuestas. Lo más justo sería reunir a las partes implicadas para deliberar y decidir quién merece el reconocimiento. Si la decisión corresponde exclusivamente a la concejalía de Igualdad, no se comprende el sentido de dicha convocatoria. Señor concejal de Igualdad, fue el Partido Socialista quien creó esta distinción junto con los compañeros que formaban parte de nuestro gobierno. Desde que se creó siempre se contó con la decisión. Este año, sin embargo, no se ha contado con ella. A pesar de ello, como dije, el voto del PSOE será favorable, como he comentado, porque consideramos que estas personas son merecedoras de esta distinción y por supuesto, como bien dice nuestra compañera Minerva, nos comprometeremos a sentarnos para valorar ese cambio en el Reglamento, pero no hubiera hecho falta, si modo propio hubiera convocado a sentarse en una mesa, no era necesario que estuviera escrito en un Reglamento. Nuestro voto, por supuesto, y felicitamos con todo nuestro cariño a las personas elegidas en esta propuesta. Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra, concejal delegado de igualdad, cierra el punto añadiendo que, voy a dar una fecha 18 de febrero, a las 13:27. Te hago una llamada, Minerva. A las 13:15, dejo un mensaje: “sobre los honores y distinciones. Cuando quieras y puedas me llamas y hablamos. Saludos”. Yo no voy a hacer tu trabajo. El canal de comunicación estaba. Interrumpe doña Minerva increpando al ponente. Prosigue don Oliver Minerva, pero has dicho, "No me llamó el concejal”. Habla con claridad para que todo el mundo conozca cuál fue la relación. Doña Minerva Artiles Castellano, repite que, las dudas que teníamos de ese expediente incompleto que nos presentaban, usted lo firma el 11 de febrero porque ahí está en el expediente y lo puede comprobar y el 17 de febrero nos vamos a una comisión con cero transparencia, sin información alguna. Pasaron 6 días. En esos 6 días o cuando realmente se hizo la elección de la distinción de don Nicolás y doña Alejandra, es cuando usted tenía que haber levantado el teléfono o mandarnos un correo electrónico como hizo, invitándonos a que hiciésemos propuestas colectivas, asociaciones y partidos de la oposición y darnos la resolución, cosa que no se hizo. Entonces, en esos 6 días llegamos a una comisión donde también salimos de esa comisión y tampoco tenemos la información. Usted me llama por la mañana, pues mire, yo es que trabajo y se lo puse en el mensaje. “Durante la mañana no puedo atender el teléfono, ya hablaremos. Muchas gracias, Oliver”. Y, ya luego, no nos comunicamos más. Aquí está el compañero del grupo de gobierno al lado que puede ver viernes 20 de febrero, 11:13. llamada a don Oliver Navarro. Su teléfono estaba apagado o fuera de cobertura. del viernes a hoy lunes. No hemos sabido más nada. Así que lo que no va a hacer la oposición es hacer el trabajo de este grupo de gobierno. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, añade que, don Oliver, es el segundo año que ocurre lo mismo, es decir, que el Partido Socialista presenta una propuesta, que la propuesta del Partido Socialista siempre ha sido que nos adherimos a la propuesta presentada por los colectivos feministas, porque desde el primer minuto que se creó esta distinción, el Partido Socialista ha creído firmemente que son ellas las que tienen que presentar o las que deben presentar porque así nosotros también nos unimos a esas propuestas que ellas presentan y como digo, el segundo año que nos ocurre lo mismo, que tenemos que decir aquí que nosotras también somos las que hemos propuesto a las mismas personas que ha propuesto, en este caso, ella. Pero aquí no estamos hablando de injusticia hacia las otras personas. Por supuesto que puede haber y ojalá hubieran 7, 10, 20 propuestas. Lo que estamos hablando es de las formas a cómo se llega a esa conclusión. Si nos hubiera llamado antes y nos hubiera sentado, oye, pasa esto. Desde secretaría o desde donde sea, nos dicen que el Reglamento no recoge este tema. Vamos a tomar una decisión entre todos. Hoy hubiera salido un punto votado por unanimidad, sin ni siquiera una sola palabra, sino de felicitación. P á g i n a 37 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Sin embargo, estamos discutiendo algo que no debería estar discutiéndose, pero hay que decirlo. ¿Por qué? Porque todos, igual que las personas que hoy se sientan ahí, que llevan delante un cartel, se han sentido igual que nosotros. No hemos sido partícipes de la resolución. Hemos sido partícipes de la convocatoria, sí, pero no de la resolución. Y esto no quiere decir que, si no se hubiera elegido a las personas o presentadas por nosotros hubieran sido las mismas personas, hoy estaríamos todos diciendo felicidades, solamente. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, indicando que, no pretendo ni mucho menos criticar a nadie, ni lo voy a hacer. Desde aquí felicitar, evidentemente a los a las dos personas que van a ser reconocidas. Simplemente, quiero hacer una reflexión. Este premio lleva muchos años activo y yo estuve en la votación del Reglamento, donde no solo de Honores y Distinciones, sino cuando hay modificación del Reglamento de Honores y Distinciones y se incorpora este premio. En el Reglamento de Honores y Distinciones hay tres fórmulas para elegir los Honores y distinciones, como su propio nombre indica. Uno es este, que es como bien ha indicado el concejal que se presentan propuestas a la concejalía de igualdad que es quien tiene que alzar el expediente. Hay otra, que es a los Hijos Predilectos, Adoptivos, etcétera, y más, Ingenios de Oro que cada dos años se reúne y se conforma una comisión donde estamos los partidos políticos y la sociedad del municipio representada en tres miembros alternos cada dos años. Y, otro, que son los pregoneros, que es lo que dice el Reglamento, que es la concejalía de festejos, en coordinación con los patronatos de fiestas, si existieran, quienes deben alzar al pleno los pregoneros. Este es el sistema dentro de unas instituciones, el sistema cómo está elaborado es el sistema que nos hemos dado. Yo les puedo decir que, en todos estos años, un año, nosotros el Grupo Popular presentó una iniciativa y que precisamente ese año fue elegida. Eso fue así. Qué quiero decir con esto, creo que el sistema, primero que a mí no me gusta porque al final hoy hemos quedado con una desazón de cuatro personas que yo creo que no se lo merece nadie, de cuatro personas que se han propuesto y han sido elegidas dos que evidentemente se lo merecen. A lo que me refiero es el sistema. El sistema es el mismo, ha sido el mismo todos estos años. El año que la persona que yo propuse que fue una mujer, yo la presenté, a mí nadie me llamó antes de la comisión, me lo encontré en la comisión. La presidente de la Sala, doña Vanesa Belén Martín Herrera, cierra el punto añadiendo que, creo que la parte política tiene que asumir su responsabilidad. No estoy contenta con este punto, pero no estoy contenta por muchas situaciones que no hay que decirlo aquí, dar las felicidades a las dos personas. De hecho, tampoco es justo el Reglamento que, también hay que cambiarlo porque no es justo que todo el peso de la decisión la tengan las compañeras trabajadoras. Yo creo que aquí las partes políticas tiene que asumir también una responsabilidad. Asumo la responsabilidad que me toca y pido disculpas. De hecho, me ha pedido la Concejala Catalina que ella apostaba por Palmira. Me ha dicho que lo diga abiertamente. Entonces, yo creo que aquí lo vamos a dejar y esperemos que esto pues, no vuelva a pasar. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad de los votos a favor, y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 5º.-ASUNTOS DE URGENCIA: A continuación, la Alcaldesa-Presidente, don Vanesa Belén Martín Herrera, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración del Ilustre. Ayuntamiento Pleno, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día: 5.1.-Expediente 1679/2026. MODIFICACIÓN ART. 3 ANEXO III DEL CONVENIO COLECTIVO Y ANEXO I DEL ACUERDO DE LOS FUNCIONARIOS. La Alcaldesa-Presidente, don Vanesa Belén Martín Herrera, justifica la urgencia del asunto indicando que, la Mesa General de Negociación se celebró el día 20 de febrero del presente y el acuerdo adoptado en la misma afecta a derechos de terceros, empleados públicos de este Ayuntamiento. Y para no seguir incurriendo en la inactividad de esta administración en la ejecución de sus acuerdos adoptados, la cual afecta de forma negativa en el conjunto de derechos de las personas empleadas públicas de este Ayuntamiento, entre otros, la carrera profesional y sometida a votación la urgencia, se aprueba unanimidad de los miembros y por tanto mayoría absoluta, con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. P á g i n a 38 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. La alcaldesa-presidente, da lectura de la propuesta que ha emitido el día 20 de febrero de 2025, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “I.- Vista la propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos, de fecha 17/02/2026, la cual detalla lo siguiente: “Modificación del artículo 3 del Anexo III del Convenio Colectivo del Personal Laboral y del Anexo I del Acuerdo de los Funcionarios del Reglamento del sistema de promoción-carrera profesional del personal funcionario y laboral del ayuntamiento de Ingenio. Se da nueva redacción al artículo 3 del Anexo III del Convenio Colectivo del Personal Laboral y del Anexo I del Acuerdo de los Funcionarios del Reglamento del sistema de promoción-carrera profesional del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Ingenio, que queda como sigue: “ARTÍCULO 3.- Comité de Valoración Órgano colegiado de carácter técnico encargado de analizar, evaluar y emitir las correspondientes propuestas de resoluciones relativas de la promoción-carrera profesional. El Comité de Valoración será designado por la Alcaldía-Presidencia y estará compuesto por: · Un/a Presidente/a, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Secretario/a, que deberá ser persona funcionaria de carrera y que actuará con voz y sin voto. · Un/a Vocal, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Vocal, que deberá ser persona empleada pública preferentemente del Grupo A, a propuesta conjunta del Comité de Empresa y Junta de Personal. La designación de sus integrantes se realizará conforme a la normativa aplicable, garantizando, en su caso, los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad.”. II.- Visto el informe técnico emitido por el Departamento de Recursos Humanos, de fecha 17/02/2026, el cual cita: “El presente informe tiene por objeto analizar la viabilidad jurídica de la modificación de la regulación del Comité/Órgano de Valoración en materia de promoción y carrera profesional, actualmente regulado en el Convenio Colectivo del personal laboral y en el Acuerdo regulador del personal funcionario. De conformidad con lo establecido en el artículo 172 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO. I.- El vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral y el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Ingenio regulan la composición y funcionamiento del denominado Órgano de Selección de Promoción Profesional, órgano colegiado sin capacidad resolutoria, encargado de formular propuestas en materia de promoción y carrera profesional. II.- El texto actualmente vigente establece que dicho órgano estará compuesto por: Presidente: Alcalde-Presidente o Concejal en quien delegue.   Secretario: Secretario de la Corporación o funcionario en quien delegue.  Vocales: Concejales competentes, Jefe de Servicio o Departamento, y un representante del personal designado por la Junta de Personal o Comité de Empresa. Asimismo, regula su quórum de constitución, régimen de adopción de acuerdos y carácter no resolutorio, elevando propuesta al Sr. Alcalde para su resolución definitiva, y en su caso, posterior elevación al Pleno cuando implique modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). III.- Se plantea la necesidad de analizar la adecuación jurídica de dicho órgano y determinar la viabilidad y procedimiento para su modificación, de acuerdo con la propuesta realizada por la Concejalía de RRHH, de fecha 17/02/2026, cuyo tenor literal es el siguiente: P á g i n a 39 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “ARTÍCULO 3.- Comité de Valoración Órgano colegiado de carácter técnico encargado de analizar, evaluar y emitir las correspondientes propuestas de resoluciones relativas de la promoción-carrera profesional. El Comité de Valoración será designado por la Alcaldía-Presidencia y estará compuesto por: · Un/a Presidente/a, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Secretario/a, que deberá ser persona funcionaria de carrera y que actuará con voz y sin voto. · Un/a Vocal, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Vocal, que deberá ser persona empleada pública preferentemente del Grupo A, a propuesta conjunta del Comité de Empresa y Junta de Personal. La designación de sus integrantes se realizará conforme a la normativa aplicable, garantizando, en su caso, los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad.”. LEGISLACIÓN APLICABLE. - Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. - Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. - Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. - Constitución Española de 1978 (CE). FUNDAMENTOS DE DERECHO. Primero. Desde el punto de vista jurídico, no se trata estrictamente de un tribunal de selección en sentido del artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, puesto que: · No adopta decisiones definitivas. · No califica pruebas selectivas. · No actúa como órgano técnico independiente. No obstante, sí interviene en procedimientos vinculados a la promoción profesional, materia sujeta a los principios constitucionales del artículo 23.2 CE (igualdad, mérito y capacidad). Segundo. El artículo 60.2 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece que el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La composición actual incluye: · Alcalde o Concejal (cargo político). · Concejales. · Representantes sindicales. P á g i n a 40 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Las funciones inciden materialmente en la evaluación de méritos y en la determinación de promociones, se considera que está ejerciendo funciones propias de órgano de selección, lo que hace incompatible la presencia de cargos políticos. La composición de la propuesta que se refleja en el punto III de los antecedentes del presente informe, se ajusta a la legalidad vigente establecida, al tratarse de un comité de valoración y no de un órgano de selección, por lo tanto, no resulta de aplicación el artículo 4 letra e) referido a los tribunales de selección, del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local. En definitiva, el comité de valoración es un órgano colegiado técnico que debe actuar con imparcialidad, objetividad, transparencia y legalidad rigiéndose por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Tercero. Conforme al artículo 37 del EBEP, son objeto de negociación:  Sistemas de promoción.  Carrera profesional.  Criterios generales en materia de provisión. Por tanto, la composición del órgano es objeto de negociación colectiva, por cuanto la propuesta de modificación del comité de valoración deberá someterse a negociación, en la Mesa General de Negociación. Cuarto. El procedimiento a seguir para la modificación del Acuerdo de los Funcionarios, y el Convenio Colectivo del personal laboral, será el siguiente: 1. En base a los informes que se considere oportuno, por la Alcaldía, o en su delegación, se formulará propuesta de modificación del Acuerdo de los Funcionarios y Convenio Colectivo. 2. Negociación colectiva, en Mesa General de Negociación, dado que la modificación afecta a sistemas de promoción y carrera profesional del personal funcionario y laboral. 3. El órgano competente para la aprobación corresponde al Pleno de la Corporación. 4. Publicar el Acuerdo del personal funcionario en el BOP y el Acuerdo del personal laboral presentarlo ante la autoridad laboral competente, a los solos efectos de registro, dentro del plazo de quince días a partir del momento en que las partes negociadoras lo firmen. Una vez registrado, el convenio será remitido al órgano público competente para su depósito y en el plazo máximo de veinte días desde la presentación del convenio en el registro se dispondrá por la autoridad laboral su publicación obligatoria y gratuita en el BOP. Quinto.- En cuanto a la validez y efectos, conforme al artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el cual recoge que los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa, y conforme al artículo 90.4 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el cual cita que el convenio entrará en vigor en la fecha en que acuerden las partes. En su consecuencia, no es precisa su publicación en el BOP para la entrada en vigor del mismo, sino que lo será desde su aprobación para el Acuerdo de los Funcionarios, y en la fecha en que lo hayan acordado las partes para el Convenio Colectivo.” III.- Visto el certificado del acuerdo de la Mesa General de Negociación, de fecha 20/02/2026. IV.- Vista la justificación de la urgencia emitida por la Alcaldía-Presidencia, de fecha 20/02/2026, para incorporar la presente propuesta en la siguiente sesión a celebrar por el Pleno de la Corporación. PRIMERO.- Modificar el artículo 3 del Anexo III del Convenio Colectivo del Personal Laboral y del Anexo I del Acuerdo de los Funcionarios del Reglamento del sistema de promoción-carrera profesional del personal funcionario y laboral del ayuntamiento de Ingenio, que queda como sigue: “ARTÍCULO 3.- Comité de Valoración Órgano colegiado de carácter técnico encargado de analizar, evaluar y emitir las correspondientes propuestas de resoluciones relativas de la promoción-carrera profesional. P á g i n a 41 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. El Comité de Valoración será designado por la Alcaldía-Presidencia y estará compuesto por: · Un/a Presidente/a, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Secretario/a, que deberá ser persona funcionaria de carrera y que actuará con voz y sin voto. · Un/a Vocal, que deberá ser preferentemente persona funcionaria de carrera del Grupo A. · Un/a Vocal, que deberá ser persona empleada pública preferentemente del Grupo A, a propuesta conjunta del Comité de Empresa y Junta de Personal. La designación de sus integrantes se realizará conforme a la normativa aplicable, garantizando, en su caso, los principios de objetividad, imparcialidad y profesionalidad.”. SEGUNDO.- Publicar el presente Acuerdo del personal funcionario en el Boletín Oficial de la Provincia y remitir el presente Acuerdo del personal laboral ante la autoridad laboral competente para su publicación obligatoria en el Boletín Oficial de la Provincia”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, destaca que, traen a pleno una modificación del Convenio Colectivo y del acuerdo de funcionarios referente a la composición de los tribunales de selección. Mi voto va a ser favorable, porque cualquier paso que se dé para garantizar la objetividad, la imparcialidad y la profesionalidad en el acceso a un empleo público de este Ayuntamiento contará siempre con mi apoyo. Sin embargo, no podemos dejar de señalar que este punto es una muestra más de una forma de gestionar la política del parche y la de la última hora. El expediente se firma el 20 de febrero, a escasos días de este pleno, para modificar unas reglas de juego que deberían haber estado blindadas y claras desde el inicio de la legislatura. De hecho, nos llegó este asunto de urgencia el viernes. A mí personalmente, después de hacer ya las fotocopias de todo el pleno para dejarlo ya libre para el fin de semana, a la 1:30 de la tarde con un correo que decía, "Buenos días." Bueno, me parece correcto que se exija que los miembros de los tribunales pertenezcan preferentemente al grupo A, buscando la máxima cualificación técnica. Pero me pregunto, ¿qué ha fallado hasta ahora para que tengan que traer esta modificación con premura? Es que los procesos de selección anteriores no contaban con las garantías de profesionalidad que se dicen ahora buscar. La gestión del personal de este ayuntamiento no puede ser un ir tirando desde según surjan las necesidades o las presiones. Por eso, les pido que dejen de gobernar a base de modificaciones parciales de última hora y empiecen a diseñar un modelo de administración que de estabilidad, seguridad jurídica, tanto a los empleados públicos como a los ciudadanos que aspiran a trabajar en esta institución. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, añade que, este expediente nos llega el viernes a mediodía y efectivamente, es para modificar el Artículo 3, anexo III de ese convenio y al final es un convenio a través de un consenso, en este caso, del personal laboral, así como el anexo I del acuerdo de los funcionarios y en ese reglamento del sistema de evaluación en la promoción carrera profesional, pues, se estima y se decide la composición de esta mesa, como acaba de mencionar la alcaldesa, y siendo un procedimiento en consenso con el personal laboral, votaremos a favor. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, quisiera hacer dos preguntas, a ver si me la puedes responder rápida. Una parece ser que sí. Una es si fue aprobada la mesa de negociación. Sí. Pero ¿por todos los sindicatos a favor?, eso es importante. Necesita la mayoría, no todos los sindicatos. Y segundo, se modifica también la parte donde dice que se traerá a Pleno las decisiones tomadas en ese órgano si tienen la modificación de la RPT. Sabemos que no tenemos RPT en este ayuntamiento, que tenemos que tenerla, debería hacerse. Pero se va a modificar esa parte también. Informa la alcaldesa-presidente, que estamos trabajando en esa línea, estamos negociando, evidentemente, con los sindicatos, diferentes puntos por orden de prioridad y uno de ellos es finalizar con toda la información que tenemos por la RPT Lo que lo que te quiero trasladar es que esa es la intención. Estamos en negociaciones. Replica doña Ana Hernández que, sí, pero es que este punto tal como se va a modificar, lo que pregunto es que si la modificación solo va en las personas que van a formar parte de ese órgano y el resto del texto va a ser el mismo, porque el texto dice que cuando hay una modificación de cualquier, o sea, que se tome una decisión que modifique a la RPT, se trae a pleno, eso se va a modificar. Responde la alcaldesa-presidente que, solo las personas. P á g i n a 42 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Añade doña Ana Hernández que, esperemos que sea así, sólo las personas. Nuestro voto será a favor, por supuesto. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad de los votos a favor, y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. B) PARTE DE CONTROL 6º. MOCIONES: 6.1- Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista con fecha 10/12 /2026, con registro de entrada número 2026-E-RPLN-3, denominada "Integración del Municipio de Ingenio en la Red Estatal de Ciudades Educadoras (RECE) y el desarrollo de un programa de cohesión socioeducativa" Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez, portavoz del grupo político Partido Socialista Obrero Español, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y servicios, de fecha 17 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “La educación en el siglo XXI trasciende el marco de la escolarización obligatoria. El desarrollo de las competencias clave, según el marco de la LOMLOE, requiere de una interacción constante entre la educación formal (centros educativos) y la educación no formal e informal (el entorno municipal). Esta propuesta de formar parte de la RECE nos sitúa junto a 236 municipios españoles, incluyendo a vecinos como Las Palmas de Gran Canaria o Adeje. Ciudades de referencia como Viladecans (Barcelona) que es la ciudad que actualmente ostenta la Presidencia y Coordinación de la RECE. Su lema "Abandono Escolar Cero" encaja perfectamente con nuestra propuesta de talleres en los CEIP. Destacamos también VitoriaGasteiz, pionera en España en utilizar el urbanismo y los parques como herramientas educativas (justo lo que proponemos para la red de parques de Ingenio). Las grandes capitales como Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla están logrando reducir el abandono escolar coordinando sus colegios y locales sociales. Ingenio tiene las infraestructuras, solo nos falta la voluntad política de sumarnos a esta red de éxito para no quedarnos en el vagón de cola del desarrollo comunitario, social y educativo. La Villa de Ingenio cuenta con una infraestructura de servicios educativos y deportivos de primer orden: 9 Centros de Educación Infantil y Primaria y 2 Institutos de Educación Secundaria ,una red de parques públicos en los que nos podríamos centrar básicamente en los cuatro espacios que cuentan con infraestructuras adecuadas, (Parque Néstor Álamo y Pepa Aurora en Ingenio y La Esperanza y Buen Suceso en Carrizal) además contamos con locales sociales en prácticamente todos los barrios, 3 campos de fútbol, 4 pabellones polideportivos, 2 terreros de lucha canaria y un Centro Deportivo con salas multiuso, gimnasio y piscina de 25 metros. Sin embargo, la actual fragmentación de estos recursos limita su potencial pedagógico. La integración en la Red Estatal de Ciudades Educadoras (RECE) permitiría a este Ayuntamiento dotar de un proyecto educativo municipal a estas infraestructuras, transformando el municipio en un ecosistema de aprendizaje permanente. Especial relevancia tiene la transición entre etapas educativas, especialmente el tránsito de Primaria a Secundaria, donde el riesgo de desafección escolar aumenta. ACUERDOS 1º. ADHESIÓN FORMAL A LA RED ESTATAL DE CIUDADES EDUCADORAS (RECE). El Pleno del Ayuntamiento de Ingenio acuerda iniciar el expediente para la incorporación del municipio a la RECE, asumiendo los principios de la Carta de Ciudades Educadoras. Este compromiso implica una visión transversal donde todas las áreas municipales actúen como agentes de formación cívica y social. 2º. IMPLEMENTACIÓN DE UNA RED MUNICIPAL DE LUDOTECAS DE PROXIMIDAD. Habilitar en los locales sociales de los barrios espacios de educación no formal (ludotecas). Estos espacios no serán meras áreas de custodia, sino centros de intervención pedagógica dirigidos por profesionales, destinados al desarrollo de la socialización, el juego dirigido y la conciliación familiar desde un enfoque de equidad socioeducativa. 3º. PROGRAMA DE TALLERES EXTRAESCOLARES EN LOS CEIP. Establecer convenios con los 9 centros de primaria del municipio para ofertar talleres que refuercen las competencias transversales: competencia digital, educación emocional, sostenibilidad y expresión artística. Se busca optimizar el uso de los centros escolares fuera del horario lectivo como nodos de dinamización comunitaria. P á g i n a 43 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 4º. Creación y puesta en marcha de las "OLIMPIADAS ESCOLARES por la CONVIVENCIA". Organizar un evento anual de convivencia para el alumnado de 6º de Primaria. Este proyecto, sugerido por algunas de los equipos directivos de los CEIPs, se fundamenta en la pedagogía del deporte y la convivencia. El objetivo es facilitar el tránsito de este alumnado hacia los 2 institutos de Enseñanza Secundaria, desde los 9 centros de origen, fomentando los valores cívicos y la inteligencia interpersonal mediante equipos mixtos y colaborativos en nuestros pabellones, campos de fútbol y terreros de lucha. 5º. COORDINACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS BAJO CRITERIO EDUCATIVO. Crear un plan de uso compartido de los activos municipales (piscina, salas multideportivas y parques) que vincule la actividad física con objetivos curriculares de salud, identidad cultural y valores humanos, garantizando el acceso y la inclusión de todo el alumnado”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, anuncia que, mi voto será favorable a la integración de Ingenio en la Red Estatal de Ciudades Educadoras. No voy a oponerme a que nuestro municipio comparta un espacio con otras 236 ciudades españolas. Pero votar a favor por responsabilidad institucional, no me impiden señalar cuestiones que hay en esta moción. Apoyaré la propuesta, pero es mi deber profundizar en esos agujeros y carencias graves que he detectado en este documento y que considero mucho más urgentes para las familias de la Villa de Ingenio. La moción pone mucho énfasis en integrarnos en la red para situarnos junto a otros municipios o grandes capitales. Está bien pertenecer a clubes, pero las familias de Ingenio no necesitan fotos con otros alcaldes, necesitan resultados. El lema abandono escolar cero que citan de Viladecans es muy ambicioso, pero este objetivo no se logra firmando una carta de principios, se logra con un presupuesto. Echo en falta una memoria económica real, que explique cómo se van a financiar estos talleres en los nueve centros de primaria y quién va a contratar a los personales de las ludotecas. En este sentido, debemos profundizar el refuerzo educativo directo frente a una simple dinamización recreativa. La moción propone talleres de competencias transversales y ocio, pero el abandono escolar se combate con aprobados en lengua, en inglés y en matemáticas. Por ello, propongo que el Ayuntamiento contrate directamente a graduados en magisterio y pedagogía para dar apoyo académico en los locales sociales, priorizando a las familias que no pueden contratarse una academia privada. Eso es una verdadera equidad social. Del mismo modo, no podemos olvidar la salud mental porque se cita la educación emocional de pasada en la propuesta, cuando el absentismo y la desafección suelen ser problemas, suelen nacer de problemas psicológicos o de entornos familiares complejos. Esto se combate con un servicio municipal de psicología infanto-juvenil que trabaja codo con codo con los orientadores de maestros de los institutos. Una demanda que, por cierto, me trasladó personalmente los equipos directivos de los centros. Incluso, la idea de las olimpiadas escolares para el resto de primaria, requerir más allá de una jornada de convivencia. El salto de la secundaria es un momento muy crítico que requiere de tutorías compartidas y refuerzo en materias troncales para evitar el fracaso escolar, no solamente un día de pedagogía del deporte. Además, mientras hablamos de usar parques y locales como nodos de aprendizaje, la realidad es que no podemos presumir de ciudad educadora, si nuestros colegios tienen necesidades básicas de mantenimiento desatendidas. Antes que gastar en cuotas externas, deberíamos de garantizar un plan extraordinario de reforma, ampliación y mejora. RAM. No hay pedagogía que valga en un aula con gotera, sin conectividad y sin la climatización que se exige en el siglo XXI. Por supuesto, no debemos limitarnos a la etapa básica. Ingenio debe crear una mesa de formación y empleo que vincula nuestros institutos con las empresas del entorno aeroportuario e industrial y fomentando becas para la formación técnica especializada. Para concluir, reitero mi apoyo a la moción porque el marco es muy positivo, pero bajo lo estricta condición de transparencia. Exijo, si se aprobara, una fiscalización rigurosa de cada euro destinado a esta red para que no se convierta más en una partida de gastos diversos para publicidad o eventos vacíos de un solo día. Solicito que se presente ante este pleno un informe trimestral detallado que desglose la inversión en personal cualificado frente al gasto en la cartelería y la representación, si se aprobara. No permitamos que Ingenio se sume a esta Red solo para que no se quede en el vagón de cola, sino para liderar una transformación que se note en las notas y en el futuro de nuestros hijos y en el bienestar de todos los jóvenes del municipio. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, adelanta que, Agrupa Sureste estará a favor de cualquier oferta que se nos dé en la educación y que además podamos interaccionar en los espacios, en los recursos que tenemos en nuestro municipio, ¿no? Estaremos a favor de esta moción que presenta el Partido Socialista, en el que se hace una propuesta para que exista esa adhesión como en este caso, a la Red Estatal de Ciudades Educadoras en el que permitan a través de una programación que se proponga, que se consensue y que desde el Ayuntamiento de Ingenio y la Concejalía de Educación promuevan P á g i n a 44 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. esas actividades con el objetivo de organizar otros espacios y recursos municipales en colaboración con las AMPA, de los centros y el profesorado de los colegios y abordar de esta manera, aprovechando recursos naturales que tenemos de ubicación en nuestro municipio de parques y locales sociales en el que interaccionen nuestros estudiantes con esos espacios abiertos del municipio para convertirlos en lugares de aprendizaje, como una red municipal de ludotecas en los barrios. Con horarios para olimpiadas escolares de convivencia, en el que además de aprender materia también, sean espacios de valores para nuestros niños y niñas al aire libre. La apuesta en la educación es la garantía del avance para nuestro pueblo, de dedicarle más oferta a nuestros jóvenes, a nuestros niños, a nuestras futuras generaciones. Sí que sería importante, recordar a este grupo de gobierno, que aprobar esta moción, si es que la aprueban, para generar acciones a través de la red estatal de ciudades educadoras, supone trabajar en la seguridad y el mantenimiento de muchos de los parques y centros que algunos siguen abandonados, además de avanzar en esas obras RAM de los centros escolares que no han sido la prioridad para este grupo de gobierno, retrasadas desde el año 2024. Votaremos a favor. Cierra el punto, don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, concejal delegado de cultura, parques y jardines y educación, indicando que, Domingo, como te comenté antes del pleno, nosotros vamos a votar a favor. He estado viendo información de Viladecans que fue la primera ciudad que empezó esto por los años 90 y creo, que es una propuesta bastante loable, que es conseguible y que no hace falta tener ni muchísimo dinero, ni muchísimas historias, sino ponernos de acuerdo entre todos. Como te dije, lo primero que tenemos que hacer es adherirnos, ver cómo trabajan esos 242, ¿no? Ya subieron. Antes eran 236, pero hoy lo revisé y son 242. Creo que en la sumatoria en Canarias somos cuatro, pero en la comisión que las competencias que tenemos son las que son y yo creo, que es un proyecto bonito donde nos tenemos que sumar todos y por nuestra parte te lo vamos a apoyar y vamos a empezar a trabajar y le daremos habida cuenta a todos de cómo empezamos y de cómo vamos a ir evolucionando en esto, que esto no es una cosa mía, que es una cosa que va que va por toda Europa, que se está internacionalizando y quiero dejarlo bien claro. No se trata de notas, no se trata de excelencia, porque una de las conferencias que hoy estuve viendo, que duraba 2 horas y media, decía que a los chavales exigirles que saquen mayores notas, eso es contraproducente, que los chavales tienen que ir a los institutos y a los colegios a simplemente aprender y a divertirse, que así es como se aprende y de eso trata esto. Así que nada, Domingo, gracias por traer esta propuesta. La vamos a apoyar e iremos informando a todos los compañeros. Sometida a votación la trascrita moción, acuerdan, por unanimidad de los votos a favor, y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 7º.-DACIONES DE CUENTA: 7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: -DECRETOS EMITIDOS EN ENERO DE 2026: desde el número 140, el día 16, hasta el número 453, del día 30 -DECRETOS EMITIDOS EN FEBRERO DE 2026: desde el número 454, del día 3, hasta el número 787, del día 16. El Pleno queda informado 7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO: -DECRETOS EMITIDOS EN ENERO DE 2026: desde el número 3, del día 19, hasta el número 10, del día 30. -DECRETOS EMITIDOS EN FEBRERO DE 2026: desde el número 11, del día 4, hasta el número 19, del día 16. El Pleno queda informado 7.3. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES: -DECRETOS EMITIDOS EN ENERO DE 2026: desde el número 5, del día 19, hasta el número 12, del día 30. P á g i n a 45 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 45 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. -DECRETOS EMITIDOS EN FEBRERO DE 2026: desde el número 13, del día 6, hasta el número 15, del día 16 El Pleno queda informado 7.4.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN: -DECRETOS EMITIDOS EN ENERO DE 2026: desde el número 6, del día 19, hasta el número 8, del día -DECRETOS EMITIDOS EN FEBRERO DE 2026: desde el número 9, del día 9, hasta el número 14, del día 16. El Pleno queda informado 7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTAS DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: - Minuta del Acta de JGL, Sesión Ordinaria, del 16 de enero de 2026 (1) - Minuta del Acta de JGL, Sesión Ordinaria, del 30 de enero de 2026 (2) El Pleno queda informado 8º.-DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS: Siendo las 20:01 horas, Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, abandona la sesión y se incorpora a la misma a las 20:03 horas. 8.1.-Expediente 2428/2023. Dación de cuenta de la petición de doña Alejandra Rodríguez Pérez, de fecha 3 de febrero de 2026 y nº de registro de entrada 2026-E-RE-1257, mediante la cual solicita que “Que se tenga por presentada la presente instancia y, en su virtud, se acuerde mi pase a la condición de CONCEJALA NO ADSCRITA”. El Secretario General, don Sergio Méndez Monzón, expone que, con respecto a este punto, con fecha 3 de febrero de 2026, se ha presentado un registro con número 1257, por parte de la concejala de la corporación, doña Alejandra Rodríguez Pérez, hasta hoy perteneciente al grupo político formado por la coalición Partido Popular - Proyecto Somos y a través del cual, solicita su pase a la condición de concejal no adscrito, a ningún grupo municipal, que se producirá a través del conocimiento de dicho escrito por parte del pleno y en dicho momento tendrá la consideración de concejala no adscrita con el conjunto de derechos y obligaciones que conlleva el apartado tercero del artículo 73, de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Base del Régimen Local y el artículo 28, de la ley 7/2015, de 1 abril, de los municipios de Canarias. El Pleno queda informado. La Alcaldesa-Presidente, don Vanesa Belén Martín Herrera, da la palabra a Doña Alejandra Rodríguez Pérez, que literalmente expone lo siguiente: Hace meses, como ya informó el señor secretario municipal, presenté un escrito el pasado 3 de febrero, donde solicitaba mi pase al grupo de los no adscritos. Previo a pronunciarme sobre ese escrito que he presentado en este Ilustre Ayuntamiento, me gustaría agradecer todas las muestras de apoyo y cariño de todos aquellos vecinos que con su apoyo constante han confiado en mi labor como concejala en el tiempo que pude realizar todas mis delegaciones que, fueron conferidas por la señora alcaldesa. En relación al escrito que he presentado, quisiera pronunciarme a raíz de mi última intervención plenaria, que fue el pasado mes de septiembre, donde yo en ese momento todavía era concejala del grupo de gobierno. Para todos aquellos vecinos y vecinas que desconozcan el contenido de este escrito, en el mismo manifiesto que quiero pasarme al grupo de los no adscritos. Eso implica que a partir de este momento en el pleno pasaré a ser concejala, como bien indicó el señor secretario, de los no adscritos y pasar a ser miembro o sería como concejala de la oposición a todos los efectos oportunos. Durante estos meses muchos vecinos y vecinas me han preguntado por el motivo de mi cese y para ello, sí me gustaría hoy, señora alcaldesa y he dicho con términos de respeto a estos personas y el cargo que usted ostenta, me gustaría que hoy aquí usted tuviera el valor de explicarle a todos aquellos vecinos y vecinas de la misma manera que me lo hizo a mí en persona, que motivaron a adoptar la decisión de mi cese como concejala en las delegaciones que ostentaba de educación, escuelas infantiles y accesibilidad. Se lo ruego, señora alcaldesa, P á g i n a 46 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 46 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. porque lo que no voy a permitir es que se manche mi honor, ni me buen hacer, porque yo solo lo que he hecho es trabajar por este municipio de la Villa de Ingenio y no quisiera emprender ningún tipo de acción judicial por manchar, ni mi honra, ni mi buen hacer. Asimismo, me gustaría también que se pronunciara el señor don Rayco Nauzet Padilla Cubas, en calidad de presidente del Partido Popular de Ingenio y que usted fue, por una vez, de la cara, bastante que le gusta estar en diversos medios de comunicación y que previamente nunca, ni me advirtió, ni tan siquiera, me informó al respecto, que siendo conocedor de la decisión que se iba a adoptar por la señora alcaldesa de los motivos que usted conocía sobre mi cese. Se lo solicito, señor Padilla, porque en ningún momento usted no se ha pronunciado sobre mi destitución, pero si tuvo el valor de salir al día siguiente en la prensa anunciando la incorporación de un nuevo concejal de este grupo de gobierno, que, por cierto, no es concejal de su partido político como miembro del nuevo grupo de gobierno y no parece usted muy afectado, ni por la decisión de la señora alcaldesa, ni por el nuevo cambio. Decir que si yo hubiera sido presidente de un partido como el Partido Popular y perdiera un concejal de mi equipo y no estoy hablando de un grupo, estoy hablando de un equipo, yo la verdad es que no me encontraría con el semblante que usted tenía y con esa gran sonrisa que parecía que no se inmutara por la falta de mi presencia en su equipo como concejala. Al respecto he de decir que mi cese en esas delegaciones se produjo en un contexto político muy concreto, resulta evidente que existió una coincidencia de decisiones y tiempos, en no solo entre la dirección local e insular del Partido Popular y la Alcaldía. No afirmo ni legalidad alguna, políticamente sí hubo una estrategia para apartarme de mis responsabilidades por ejercer una labor de fiscalización y de control. Es legítimo que la ciudadanía conozca que determinadas decisiones pueden responder a equilibrios internos o a intereses políticos, más que a criterios objetivos de gestión. Mi deber como concejala es decirlo hoy con claridad, desde el respeto institucional y sin descalificaciones personales. Es por ello que, hoy no me ha quedado otra opción ante no solo la desidia, la falta de respuestas, la ineficacia, la indefensión. La indefensión, repito, que no solo me ha generado dicha decisión, sino la postura de mi presidente, que no solo estoy hablando del presidente del Partido Popular de Ingenio, sino del presidente del Partido Popular Insular, que en ningún momento me han respaldado, me han apoyado, dado que, señores vecinos y vecinas, no solo soy concejala del Partido Popular o era concejala del Partido Popular, sino uno de los miembros que hicieron posible el actual pacto de gobierno que hoy existe o está en vigor con el resto de partidos políticos que gobiernan este ayuntamiento, fue gracias o en parte, o creo, que gracias a los votos que yo pude aportar con mi labor. He sido también, como acabo de comentar, no solo ninguneada, he sido señalada, he sido injuriada. Y digo injuriada porque se han dicho cosas que no son ciertas, que faltan a la verdad. Y yo me pregunto y quiero hacer esta pregunta y la lanzo al aire. Esto es la democracia que tanto se jactan de preconizar en diversos actos, a los cuatro vientos, cuando no respetan la voluntad del pueblo. Porque les recuerdo que yo estoy aquí porque fui votada por el pueblo, porque fui elegida por el pueblo. Y termino diciendo, como dije en mi última intervención, en la última sesión plenaria en el que pude asistir, que yo no solo le debo la lealtad a los votantes que me hicieron o me han dado la posibilidad de estar hoy aquí, sino que juré ante la Constitución, ante las Leyes y ante el Rey y voy a continuar ejerciendo mi cargo de concejala hasta el final de esta legislatura, por el respeto a ese cargo que juré el pasado día 17 de junio de 2023, so pena de alguno de estos miembros del grupo de gobierno. La presidente de la Sesión, da la bienvenida a doña Alejandra como concejala no adscrita. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa presidente, da cuenta de los siguientes documentos: 8.2.-Expediente 2428/2023. Dación de cuenta del cambio de portavoces del grupo municipal PSOE. Se presenta instancia con número de registro de entrada 1108, de fecha 30 de enero de 2026, mediante el cual el Partido Socialista Obrero Español, comunica que a partir del día 27 de enero de 2026, se produce cambio en la portavocía del grupo, nombrando a don Domingo Luis Rodríguez Ramírez como nuevo portavoz del grupo municipal Socialista y a doña Raquel González Hernández, como suplente. El Pleno queda informado 8.3.- Expediente 680/2018. Dación de cuenta del Informe de morosidad 2025 4º Trimestre Se da cuenta del informe emitido por la Tesorera Municipal, de fecha 23 de enero de 2026, cuyo contenido literal se inserta a continuación: P á g i n a 47 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 47 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 48 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 48 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 49 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 49 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. El Pleno queda informado. 8.4.- Expediente 955/2026. Dación de cuenta del Decreto número 2026-0672, de 12 de febrero, mediante el cual se resuelve, aprobar la liquidación del Presupuesto del Patronato Municipal de Medios de Comunicación, Organismo Autónomo dependiente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio correspondiente al ejercicio 2025, que ofrece los siguientes datos: a) Liquidación del Presupuesto, Resumen por capítulos de Ingresos y gastos: P á g i n a 50 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 50 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 51 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 51 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. El Pleno queda informado. 8.5.-Expediente 954/2026. Dación de cuenta del Decreto número 2026-0673, de 12 de febrero, mediante el cual se resuelve aprobar la liquidación del Presupuesto de la Fundación para la Promoción y el Empleo, Organismo Autónomo dependiente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa d Ingenio correspondiente al ejercicio 2025, que ofrece los siguientes datos: “ P á g i n a 52 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 52 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 53 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 53 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “ El Pleno queda informado. 8.6.- Expediente 553/2026. Dación de cuenta del Decreto número 2026-674, de 12 de febrero, mediante el cual se resuelve la probación de la liquidación del Presupuesto del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, Organismo Autónomo dependiente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio correspondiente al ejercicio 2025, que ofrece los siguientes datos: “ P á g i n a 54 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 54 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “ El Pleno queda informado. P á g i n a 55 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 55 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 8.7.-Expediente 952/2026. Dación de cuenta del Decreto número 2026-0675, de 12 de febrero, mediante el cual se resuelve aprobar la liquidación del Presupuesto del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, correspondiente al ejercicio 2025, que ofrece los siguientes datos: “ P á g i n a 56 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 56 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “ El pleno queda informado. P á g i n a 57 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 57 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 8.8.- Expediente 847/2026. Dación de cuenta del informe emitido por Intervención, el 17 de febrero de 2026, en relación al Plan Anual de Control Financiero General para el ejercicio 2025. Don Francisco Javier Espino Espino, concejal delegado de economía y hacienda y contratación, da cuenta del informe cuyo texto se inserta a continuación: “ PLAN ANUAL DE CONTROL FINANCIERO FORMULADO POR LA INTERVENCIÓN GENERAL PARA EL EJERCICIO 2025 INTRODUCCIÓN OBJETIVOS Marco general Objetivos específicos ALCANCE Respecto del Control Permanente Respecto de la Auditoría Pública ÓRGANO DE CONTROL FINANCIERO ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE ACTUACIONES DE AUDITORÍA Auditoría de Cuentas Auditoría de cumplimiento Auditoría operativa CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS Informes Resúmenes Anuales Plan de acción Colaboración en las actuaciones de control I. II. A. B. III. A. B. IV. V. VI. A. B. C. VII. A. B. VIII. METODOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO A. I. INTRODUCCIÓN Esta Intervención General al amparo de lo dispuesto en el artículo 31.1 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, ejerce el control interno de la gestión económico financiera de la Entidad con plena autonomía respecto de las entidades cuya gestión controla y realiza. Mediante el presente Plan Anual de Control Financiero para el ejercicio 2025, se establece el marco para las actuaciones de control financiero sobre la gestión económico-financiera y presupuestaria del Ayuntamiento de Ingenio y de sus entes dependientes. Según el artículo 31 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, el Órgano Interventor será el encargado de elaborar este Plan Anual de Control Financiero capaz de recoger las actuaciones de control permanente y auditoría pública a realizar durante el ejercicio en vigor. El Plan Anual de Control Financiero incluye todas aquellas actuaciones cuya realización por el Órgano Interventor derivan de una obligación legal y las que han sido seleccionadas sobre la base de un análisis de riesgos. A mayor abundamiento, las Bases de ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento para este ejercicio 2025, establecen como norma general de control, la fiscalización previa limitada con el alcance que determina el artículo 219 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Esta Fiscalización previa, en el caso de derechos, se sustituye por la toma de razón en contabilidad y por actuaciones comprobatorias posteriores mediante la utilización de técnicas de muestreo y auditorías. Este mismo artículo dispone que las obligaciones y gastos sometidos a fiscalización previa limitada serán objeto de otra plena posterior, ejercida sobre una muestra representativa, de acuerdo con las cargas de trabajo y las Instrucciones que dicte al efecto la Intervención General. El presente Plan se ha realizado en base a los objetivos y prioridades establecidos, el análisis previo de riesgos, entendiéndose este como la posibilidad de que se produzcan en la Entidad hechos o circunstancias en la gestión sometida a control susceptibles de generar incumplimientos de la normativa aplicable, falta de fiabilidad de la información financiera, inadecuada protección de los activos o falta de eficacia y eficiencia en la gestión. Por lo que, identificados y evaluados dichos riesgos, esta Intervención General procede a elaborar el presente Plan concretando en él las actuaciones a realizar e identificando el alcance objetivo, subjetivo y temporal de cada una de estas medidas. El presente Plan Anual de Control Financiero así elaborado se remitirá a efectos informativos al Pleno. II. OBJETIVOS A. Marco General El control financiero a que se refiere el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local tiene por objeto verificar el funcionamiento P á g i n a 58 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 58 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. de los servicios del sector público local en el aspecto económico financiero para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera, comprobando que la gestión de los recursos públicos se encuentra orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía, la calidad y la transparencia, y por los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el uso de los recursos públicos locales. El control financiero se llevará a cabo a través de las modalidades de control permanente y la auditoría pública, incluyéndose en ambas el control de eficacia1 referido en el artículo 213 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El control permanente tiene por objeto: La Comprobación de forma continua que el funcionamiento de la actividad económico-financiera del 1. sector público local se ajusta al ordenamiento jurídico y a los principios generales de buena gestión financiera. Mejora de la gestión en su aspecto económico financiero patrimonial presupuestario contable organizativo procedimental 2. • • Mediante la Auditoría Pública se persigue la verificación, realizada con posterioridad y efectuada de forma sistemática, de la actividad económico-financiera de las entidades auditadas, mediante la aplicación de los procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoría e instrucciones que dicte la Intervención General de la Administración del Estado. B. Objetivos específicos De acuerdo con los objetivos generales establecidos por la norma, el análisis de riesgos llevado a cabo ha permitido focalizar los trabajos en las áreas consideradas prioritarias, permitiendo una asignación eficiente de los recursos con los que cuenta la Entidad a estos sectores de riesgo. Por consiguiente, los objetivos específicos que persigue el presente Plan son: Efectividad y eficiencia de la gestión. • Se pretende que se lleven a cabo las operaciones realizadas por los entes locales con el mínimo de los recursos y tiempo posibles. Rendimiento financiero y operativo positivo. • Se pretende que en los entes locales en la prestación de servicios u otro tipo de ingresos no tributarios se actúe con la diligencia debida para no suponer un coste para el municipio, tanto a largo como a corto plazo. Confiabilidad de la Información financiera y no financiera. • Se pretende que la información que se proporcione sea fiable. Verificar el adecuado registro y contabilización de las operaciones realizadas. Transparencia. • • Se pretende que se cumpla con el objetivo de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. Cumplimiento normativo. • Se pretende la verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para la adopción de los acuerdos. III. ALCANCE El Sector Público Local de Ingenio está integrado por el Ayuntamiento y las entidades dependientes del mismo cuales son: Organismo autónomo “Patronato Municipal de Medios de Comunicación”. Organismo autónomo “Patronato Municipal de Escuelas Infantiles”. Organismo autónomo “Fundación para la Promoción del Empleo”. La Intervención Municipal ejercerá las funciones de control interno del Ayuntamiento y sus entes dependientes, clasificándose el mismo en dos tipos: - FUNCIÓN INTERVENTORA Se ejercerá sobre: Ayuntamiento de Ingenio y sus tres organismos autónomos. Tiene por objeto controlar los actos de la Entidad Local que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso. En definitiva, se centra en todos los actos con reflejo presupuestario. 1 Se define el control de eficacia como la comprobación periódica del grado de cumplimiento de los objetivos, así como el análisis del coste de funcionamiento y del rendimiento de los respectivos servicios o inversiones. Se entiende por tanto como uno de los objetivos esenciales que se deberán tener en cuenta en la elaboración del Plan de control financiero, inherente a cualquiera de las modalidades de control que se desarrollen. P á g i n a 59 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 59 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Dicha función se viene ejerciendo en régimen de fiscalización limitada previa de requisitos básicos; siendo las obligaciones, gastos e ingresos sometidos al régimen de fiscalización limitada previa susceptibles de otra posterior plena mediante técnicas de muestreo. Los informes resultantes de la fiscalización en su caso podrán tener carácter de reparo suspensivo en los supuestos de incumplimiento de tales requisitos básicos. - CONTROL FINANCIERO El control financiero tiene por objeto verificar el funcionamiento de los servicios del sector público local en el aspecto económico financiero para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta a los principios de buena gestión financiera, comprobando que la gestión de los recursos públicos se encuentra orientada por la eficacia, la eficiencia, la economía, la calidad y la transparencia, y por los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el uso de los recursos públicos locales. El resultado de las actuaciones del citado control se documentará en informes escritos, que no revisten carácter suspensivo, en los que se expondrán de forma clara, objetiva y ponderada los hechos comprobados, las conclusiones obtenidas y, en su caso, las recomendaciones sobre las actuaciones objeto de control. Asimismo, se indicarán las deficiencias que deban ser subsanadas mediante una actuación correctora inmediata, debiendo verificarse su realización en las siguientes actuaciones de control. Es necesario para ello una planificación del control por lo que será el Órgano Interventor quien elabore un Plan Anual de Control Financiero. Al amparo de los informes y resultados del citado control se deberá elaborar un Plan de Acción donde se fijen por la Entidad Local las medidas a adoptar para subsanar las debilidades, deficiencias, errores e incumplimiento que se pongan de manifiesto por la Intervención General. A su vez se divide en las siguientes modalidades: A) Control Permanente: comprende tanto las actuaciones de control que anualmente se incluyan en el correspondiente Plan Anual de Control Financiero y que requiere un análisis previo de los riesgos, así como las actuaciones que sean atribuidas en el ordenamiento jurídico al Órgano Interventor y que se vienen ejerciendo de manera continuada (artículo 4.1 apartado b del Real Decreto 128/2018 de 16 de marzo). Dentro de esta modalidad de control se incluye el Control de Subvenciones y Ayudas Públicas, que tiene como finalidad verificar la adecuada y correcta obtención, justificación, gestión y aplicación de las subvención por parte de las personas o entidades beneficiarias en cuanto a las actividades u operaciones subvencionadas, su realidad y regularidad, así como su adecuada y correcta financiación y gestión por parte de los órganos gestores concedentes de las subvenciones o en lo que se refiere a la verificación de la cuenta justificativa y al inicio, en su caso de los expedientes de reintegro. Se ejercerá sobre: Ayuntamiento de Ingenio y sus tres organismos autónomos. Auditoría pública que comprende: B) B.1- Auditoría de cuentas: Verifica si las cuentas anuales representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la entidad y, en su caso, la ejecución del presupuesto de acuerdo con las normas y principios contables y presupuestarios que le son de aplicación y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada. Se ejercerán sobre los Organismos Autónomos Municipales. B.2- Auditoría de cumplimiento y operativa: comprueba actos, operaciones y procedimientos de conformidad con las normas que les son de aplicación, así como valora la racionalidad económicofinanciera y su adecuación a los principios de la buena gestión. Se ejercerán sobre: Ayuntamiento Organismo autónomo: “Patronato Municipal de Medios de Comunicación”. Organismo autónomo “Patronato Municipal de Escuelas Infantiles”. Organismo autónomo “Fundación para la Promoción del Empleo y la Formación”. IV. -ÓRGANO DE CONTROL FINANCIERO De acuerdo con lo establecido en el artículo 136 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la función pública de control y fiscalización interna de la gestión económicofinanciera y presupuestaria, corresponderá a la Intervención General Municipal. Ésta ejercerá sus funciones con plena autonomía respecto de los órganos y entidades municipales y cargos directivos cuya gestión fiscalice, teniendo completo acceso a la contabilidad y a cuantos documentos sean necesarios para el ejercicio de sus funciones. Asimismo, en la normativa que regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, contenida en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, en vigor a partir del 1 de julio de 2018, en su artículo 4.2 se indica que el Órgano Interventor de la Entidad Local ejercerá el control interno con plena autonomía respecto de las autoridades y demás entidades cuya gestión sea objeto del control. A tales efectos, los funcionarios que lo realicen, tendrán independencia funcional respecto de los titulares de las entidades controladas. En la actualidad este control se ejercerá directamente por la Interventora General contando con el apoyo de los empleados públicos a su cargo, salvo para la realización de auditorías de cuentas y operativas o de cumplimiento. En este caso, al no contar esta Intervención General con medios personales y materiales suficientes, se acudirá a P á g i n a 60 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 60 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. la contratación de profesionales especializados en técnicas de auditoría para que colaboren con la Intervención General en dicha tarea. V.- ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO PERMANENTE Los trabajos de control permanente se realizarán de forma continuada e incluirán las siguientes actuaciones: Verificación del cumplimiento de la normativa y procedimientos aplicables a los aspectos de la gestión a. económica a los que no se extiende la función interventora. Seguimiento de la ejecución presupuestaria y verificación del cumplimiento de los objetivos asignados: b. estabilidad presupuestaria, regla de gasto y sostenibilidad financiera. Comprobación de la planificación, gestión y situación de la tesorería. Otras actuaciones previstas en las normas presupuestarias y reguladoras de la gestión económica del c. d. sector público local atribuidas al Órgano Interventor. e. Análisis de las operaciones y procedimientos, con el objeto de proporcionar una valoración de su racionalidad económico-financiera y su adecuación a los principios de buena gestión, a fin de detectar sus posibles deficiencias y proponer las recomendaciones en orden a la corrección de aquéllas. f. En la Entidad Local, verificar, mediante técnicas de auditoría, que los datos e información con trascendencia económica proporcionados por los órganos gestores como soporte de la información contable, reflejan razonablemente el resultado las operaciones derivadas de su actividad económico-financiera. Las actuaciones a realizar podrán consistir, entre otras, en: El examen de registros contables, cuentas, estados financieros o estados de seguimiento elaborados por a. el órgano gestor. El examen de operaciones individualizadas y concretas. La comprobación de aspectos parciales y concretos de un conjunto de actos. La verificación material de la efectiva y conforme realización de obras, servicios, suministros y gastos. El análisis de los sistemas y procedimientos de gestión. La revisión de los sistemas informáticos de gestión que sean precisos. Otras comprobaciones en atención a las características especiales de las actividades económico- b. c. d. e. f. g. financieras realizadas por el órgano gestor y a los objetivos que se persigan. En el conjunto de la Entidad Local se realizarán las siguientes actuaciones de control financiero permanente sobre los siguientes entes dependientes: Control Financiero en la modalidad de control permanente: 1. 1.1- Ayuntamiento: A-En relación con el estado de gastos del presupuesto general: En materia de contratos: Análisis de la situación y necesidades de licitación en suministros/servicios al amparo de la nueva Ley • - 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). - La totalidad de los contratos menores tramitados durante el ejercicio 2025, en orden a determinar si se ha seguido el procedimiento establecido en la nueva Ley de Contratos del Sector Público y la Instrucción dictada por la Intervención General al efecto. Asimismo, se verificará si ha habido o no fraccionamientos para evitar las reglas generales de contratación. En materia de subvenciones: • Verificación de la justificación de las subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva y de concesión directa previstas nominativamente en el Presupuesto durante el año 2025. B- En relación con el estado de ingresos del presupuesto general: En materia de INGRESOS: Análisis de los ingresos provenientes de concesiones administrativas. Análisis de los ingresos provenientes de las liquidaciones del Impuesto sobre Construcciones, • - - Instalaciones y Obras. Análisis de los ingresos por Aprovechamientos Urbanísticos. - El ejercicio del control financiero permanente comprende tanto las actuaciones de control incluidas en el presente Plan como las actuaciones atribuidas a la Intervención distintas a la fiscalización, entre otras, los informes a las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, regulados en el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; las actividades relacionadas con la asistencia a mesas de contratación y los informes en materia de concertación de operaciones de crédito a que se refieren los artículo 52.2 del TRLRHL, y cualquier otro informe emitido por esta Intervención General en el ejercicio del control interno y que no esté comprendido en el ejercicio de la función interventora. 1.2- Respecto de los tres organismos autónomos: Organismo autónomo: “Patronato Municipal de Medios de Comunicación”. Organismo autónomo “Patronato Municipal de Escuelas Infantiles”. Organismo autónomo “Fundación para la promoción del Empleo”. P á g i n a 61 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 61 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. A-En relación con el estado de GASTOS del presupuesto general: En materia de contratos: • La totalidad de los contratos menores tramitados durante el ejercicio 2025, en orden a determinar si se ha seguido el procedimiento establecido en la nueva Ley de Contratos del Sector Público y la Instrucción dictada por la Intervención General al efecto. Asimismo, se verificará si ha habido o no fraccionamientos para evitar las reglas generales de contratación. En materia de INGRESOS: • Análisis de los ingresos cobrados en concepto de precios públicos por el Patronato Municipal de Escuelas Infantiles y la Fundación para la promoción del Empleo durante el ejercicio 2025. El ejercicio del control financiero permanente comprende tanto las actuaciones de control incluidas en el presente Plan como las actuaciones atribuidas a la Intervención distintas a la fiscalización, entre otras, los informes a las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, regulados en el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; las actividades relacionadas con la asistencia a mesas de contratación y los informes en materia de concertación de operaciones de crédito a que se refieren los artículo 52.2 del TRLRHL, y cualquier otro informe emitido por esta Intervención General en el ejercicio del control interno y que no esté comprendido en el ejercicio de la función interventora. VI.- ACTUACIONES DE AUDITORÍA Las actuaciones de auditoría pública estarán sometidas a las Normas de Auditoría del Sector Público y a las normas técnicas que las desarrollen. A los efectos del presente Plan y a falta de adaptación específica a las Entidades Locales, se ha tenido en cuenta la normativa básica desarrollada por el sector público estatal, siendo estas: La Resolución de 30 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la • que se dictan instrucciones para el ejercicio de la auditoría pública. La Resolución de 1 de septiembre de 1998, de la Intervención General de la Administración del Estado, • por la que se ordena la publicación de la Resolución que aprueba las Normas de Auditoría del Sector Público. La Circular 2/2009, de 16 de septiembre, de la Intervención General de la Administración del Estado, • sobre auditoría pública. La Instrucción 1/2015 de la Oficina Nacional de Auditoría para la propuesta y seguimiento de medidas • correctoras y la valoración de los planes de acción La Intervención General podrá desarrollar Instrucciones de coordinación, guías y manuales que serán de aplicación obligatoria en los ámbitos de actuación para los que hayan sido desarrollados. Auditoría de Cuentas A. La auditoría de cuentas consistirá en la verificación de si las cuentas anuales representan en todos los aspectos significativos la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la entidad y, en su caso, la ejecución del presupuesto. Igualmente se comprobará que estas cuentas se encuentran de acuerdo con las normas y principios contables y presupuestarios que le son de aplicación y contienen la información necesaria para su interpretación y comprensión adecuada. De acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3 a) del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, y con los objetivos en dicha norma, respecto de las cuentas anuales del ejercicio 2018, se realizará auditoría de los organismos autónomos. Auditoría de cumplimiento B. La auditoría de cumplimiento trata de verificar que los actos, operaciones y procedimientos de gestión se han desarrollado de conformidad con las normas, disposiciones y directrices que sean de aplicación. Para el ejercicio 2025 se ha previsto la realización de las siguientes auditorías de cumplimiento: • Respecto de las concesiones administrativas vigentes, se realizará un muestreo que represente un porcentaje significativo y se analizará la situación actual y grado de cumplimiento de las obligaciones tanto económicas como de otra índole, derivadas de las concesiones administrativas. Para dichas concesiones administrativas adjudicadas por este Ayuntamiento, se realizará una auditoría en la que se analizará: Adjudicatarios y posteriores transmisiones haciendo referencia a los respectivos acuerdos de concesión y - transmisión Fecha de inicio y fecha fin de la concesión Situación actual de la concesión Obligaciones económicas derivas del contrato para el concesionario Obligaciones formales derivadas del contrato para el concesionario Obligaciones de otra índole derivadas del contrato para el concesionario Grado de cumplimiento de las obligaciones tanto económicas, formales, como de otra índole, derivadas - - de las siguientes concesiones administrativas Requerimientos practicados, en su caso, a los concesionarios, en caso de incumplimientos de las citadas - obligaciones P á g i n a 62 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 62 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Acciones a adoptar, en su caso, por la Administración, ante los incumplimientos detectados. Cualquier otra circunstancia que afecte al expediente y que sea relevante para el procedimiento de - - auditoría incoado por esta Intervención General. Auditoría operativa C. La auditoría operativa que tiene como objeto proporcionar una valoración independiente de su racionalidad económico-financiera y su adecuación a los principios de la buena gestión, a fin de detectar sus posibles deficiencias y proponer las recomendaciones oportunas en orden a la corrección de aquéllas, incluye auditorías de economía y eficiencia, auditorías de programas y auditorías de sistemas y procedimientos. La auditoría de economía y eficiencia trata de determinar: • Si la entidad está adquiriendo, manteniendo y empleando recursos tales como personas, propiedades, instalaciones, etc., de forma económica y eficiente. Las causas de ineficiencia, si las hubiera, y de las prácticas antieconómicas. Si la entidad está cumpliendo con las leyes y demás normas sobre economía y eficiencia. Las auditorías de programas tratan de determinar: • En qué medida se alcanzan los resultados u objetivos establecidos por los legisladores o por los órganos que autorizan los programas. La eficacia de organizaciones, programas, actividades o funciones. Si la entidad ha cumplido las leyes y demás normas en aquellos aspectos relevantes para el programa. Las auditorías de sistemas y procedimientos tratan de determinar: • El procedimiento administrativo utilizado en la realidad por el órgano gestor en el desarrollo de sus competencias para conseguir la finalidad perseguida. Las causas de la ineficiencia, si las hubiere, y si éstas son debidas a los procedimientos utilizados o a una deficiente organización de los recursos disponibles. Si el órgano gestor está actuando de acuerdo con las normas, principios y directrices vigentes y en particular con los principios generales de la buena gestión financiera. Para este ejercicio 2025, se prevé la realización de una auditoría operativa sobre la gestión de los distintos servicios que presta el área de Servicios Sociales, en orden a determinar el grado de eficacia y eficiencia obtenida con la fórmula actual de gestión de dichos servicios públicos, valorando sus efectos económicos en la ejecución y gestión del presupuesto y especialmente, el cumplimiento o no del principio de sostenibilidad financiera. Asimismo, se prevé la realización de una auditoría operativa sobre la gestión del servicio de suministro domiciliario de agua potable llevada a cabo por la concesionaria del servicio AQUALIA, S.A. durante los años 2024 y 2025. VII. CONTROL DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS PROPUESTAS La Intervención General establecerá mecanismos adecuados que permitan un seguimiento tanto de las medidas correctoras o, en su caso, ajustes contables propuestos en los informes definitivos, como de las actuaciones adoptadas por el órgano gestor y recogidas en las alegaciones presentadas al informe provisional. Durante los ejercicios 2024 y 2025 no se elaboró el oportuno Plan de Acción, por lo que se someterán a un seguimiento especial las medidas correctoras que debieron ser implementadas como consecuencia de los controles realizados en el ejercicio 2021 e incluidas en el correspondiente Plan de Acción firmado por la Alcaldesa-Presidenta con fecha 28 de julio de 2022, y primordialmente, las siguientes: Establecimiento de un procedimiento para el control de la publicación en la Base de Datos General de 1) Subvenciones de todas las subvenciones concedidas. 2) La elaboración de un Plan Anual de Contratación, que incluya el cronograma de los expedientes de contratación a tramitar para aquellos servicios/suministros de carácter permanente y tracto sucesivo para satisfacer las necesidades de la Administración que, además, contemplen las prórrogas de contrato en vigor. 3) Completar la comprobación administrativa que dé lugar a la modificación o confirmación de las liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y llevar a cabo las liquidaciones definitivas. Informes Resúmenes Anuales A. Las actuaciones de control financiero permanente y auditoría pública se ejecutarán por la Intervención General en el primer semestre del ejercicio siguiente al que correspondan, sin perjuicio, de aquellas actuaciones puntuales de control financiero o auditoría pública que esta Intervención General considere oportuno realizar en cualquier momento. De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 y 38 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, se deberá elaborar con carácter anual y con ocasión de la aprobación de la cuenta general, el Informe Resumen de los Resultados del Control Interno señalado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas P á g i n a 63 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 63 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Locales, para su conocimiento y efectos oportunos, comprensivo de los resultados más significativos de la ejecución del mismo y de las debilidades puestas de manifiesto en el mismo. El informe resumen será remitido al Pleno, a través de la Presidencia de la Corporación, y a la Intervención General de la Administración del Estado y contendrá los resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función interventora realizadas en el ejercicio anterior. Plan de Acción B. En el plazo máximo de 3 meses desde la remisión del informe resumen al Pleno la Presidencia de la Corporación formalizará un plan de acción que determine las medidas a adoptar para subsanar las debilidades, deficiencias, errores e incumplimientos. El Plan de Acción será remitido a la Intervención General que valorará su adecuación para solventar las deficiencias señaladas y en su caso los resultados obtenidos, e informará al Pleno sobre la situación de la corrección de las debilidades puestas de manifiesto en el ejercicio del control interno. En la remisión anual a la Intervención General de la Administración del Estado del informe resumen de los resultados del control interno se informará, asimismo, sobre la corrección de las debilidades puestas de manifiesto. VIII. METODOLOGÍA DE LAS ACTUACIONES DE CONTROL FINANCIERO A. Colaboración en las actuaciones de control La ejecución del Plan Anual se llevará a cabo por el personal de la Intervención General de esta entidad, con la colaboración mediante los oportunos convenios o contratos, de otros órganos públicos o firmas privadas de auditoría, de acuerdo con lo especificado en cada uno de los puntos de actuaciones del presente Plan. Corresponde a la Intervención General realizar la distribución de los controles previstos de los diferentes equipos de auditoría y a los auditores integrantes del mismo. El Órgano Interventor comunicará al órgano gestor el inicio de aquellas actuaciones de control permanente que requieran su colaboración. En el ejercicio de las actuaciones de Control Financiero, la Intervención General, podrá recabar directamente de quien corresponda los asesoramientos jurídicos y técnicos que considere necesarios, de conformidad con lo dispuesto en la normativa presupuestaria y de control. Las actuaciones a realizar para el control financiero permanente podrán consistir, cuando el tipo de control así lo requiera, entre otras en: El examen de registros contables, cuentas, estados financieros o estados de seguimiento elaborados por a) el órgano gestor. El examen de operaciones individualizadas y concretas. La comprobación de aspectos parciales y concretos de un conjunto de actos. La verificación material de la efectiva y conforme realización de obras, servicios, suministros y gastos. El análisis de los sistemas y procedimientos de gestión. La revisión de los sistemas informáticos de gestión económico-financiera. Otras comprobaciones en atención a las características especiales de las actividades realizadas por el b) c) d) e) f) g) órgano gestor y a los objetivos que se persigan. Para la aplicación de los procedimientos de auditoría podrán desarrollarse, entre otras, y según el objetivo que se pretenda alcanzar, las siguientes actuaciones: a) Examinar cuantos documentos y antecedentes de cualquier clase afecten directa o indirectamente a la gestión económico financiera de la entidad auditada, así como consultar la información contenida en los sistemas informáticos de gestión que sea relevante. b) Solicitar la documentación contable, mercantil, fiscal, laboral y administrativa o de otro tipo que se considere necesaria para el desarrollo de las actuaciones, ya sea en soporte documental o en programas y archivos en soportes informáticos compatibles con los equipos y aplicaciones de la Intervención, y el acceso para consultas a los sistemas y aplicaciones que contengan información económico financiera de la entidad controlada. Solicitar la información fiscal y la información de Seguridad Social de las entidades que se considere c) relevante a los efectos de la realización de la auditoría. Solicitar de los terceros relacionados con la entidad auditada información sobre operaciones realizadas d) por el mismo, sobre los saldos contables generados por éstas y sobre los costes. Verificar la seguridad y fiabilidad de los sistemas informáticos que soportan la información económico- e) financiera y contable. Efectuar las comprobaciones materiales de cualquier clase de activos de los entes auditados. Solicitar los asesoramientos y dictámenes jurídicos y técnicos que sean necesarios. Cuantas otras actuaciones se consideren necesarias para obtener evidencia en la que soportar las f) g) h) conclusiones.” El Pleno queda informado. 9º.-ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA: P á g i n a 64 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 64 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. La Alcaldesa-Presidente, don Vanesa Belén Martín Herrera, cede la palabra a varios concejales y concejalas delegados para dar cuenta de determinados asuntos relativos a la gestión en sus respectivas áreas de gobierno: Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra, concejal delegado de igualdad y diversidad, nuevas tecnologías, movilidad, transporte y transparencia, informa que, visto el impacto social y económico y el revuelo que ha generado también en determinados espacios, en redes y a través de la pregunta que se hacía el propio Partido Socialista en base a las zonas azules, sí nos gustaría como grupo de gobierno traer de nuevo aquí de dónde venimos y qué es lo que se ha hecho con las zonas azules. Así que, va a ser un breve recorrido desde el año 2001, que es donde se inicia el expediente para la licitación mediante procedimiento abierto de esta zona de azules. Se presenta una única oferta de la empresa mantenimiento del Territorio Insular y la mesa de contratación desestima esa oferta por incumplir con los requisitos establecidos. En septiembre de 2001 se inicia el expediente para la licitación mediante procedimiento negociado. Se presentan ofertas por parte de Alsa, de Cosaba y de MTI. Tras los pertinentes dictámenes de la mesa de contratación, se adjudica el contrato al ALSAN, siendo la oferta de mayor puntuación en el procedimiento. Se formaliza el acta de inicio en enero de 2002. En septiembre de 2002 se amplía el contrato aumentando las vías destinadas a la presentación del servicio. En octubre de 2004 se produce la renuncia a Alsan, proponiendo la sesión del servicio a Cescami, el centro especial de empleo. En noviembre 2004 se producen los actos administrativos que posibilitan la aprobación del contrato en favor de Cescami, que era la empresa que hasta ahora estaba prestando, hasta hace unos meses, de servicio de zonas azules en el municipio. Hay una fecha clave que es el 4 de enero de 2006. Ese 4 de enero de 2006, hace más de 20 años, debió finalizar la relación entre Cescami y el Ayuntamiento de Ingenio. Hay informes de la intervención municipal y de la Secretaría Municipal de los años 2019 y 2020, gobernando el Partido Socialista, diciendo que la concesión administrativa, entre otras cosas, había finalizado y que la misma se venía realizando desde dicha fecha de forma irregular y sin contrato alguno. Es decir, que la concesión administrativa se venía prestando sin título legal habilitante en precario y sin soporte jurídico. Hablamos de hace más de 20 años. Ya, como digo, entre 2019 y 2020, bajo gobierno del PSOE, que hoy se preocupa por la situación de los trabajadores, se emiten informes, como decimos, de la Secretaría General y de la Intervención Municipal indicando esta situación en precario, incitando, o justificando o señalando que el servicio debía cesar y la administración regularizar dicho servicio en el caso de que se deseara continuar con esta prestación. Aparece en términos como irregular, situación antijurídica sin título legal habilitantes, falta de fijación del canón concesional por parte de la empresa. Bueno, los informes son más que claros y concluyen que la situación es antijurídica, como se ha dicho, y que requiere medidas o requería ya se han tomado medidas urgentes para regularizar esa prestación de servicio. Sí que realizaron un acto que fue el de cambiar de tasa. Antes se paga una tasa patrimonial de carácter no tributario, que fue lo que se hizo, fue una de las recomendaciones que se hicieron en esos informes y eso sí se hizo. Todo hay que decirlo. En febrero de 2025, hay un salto en el tiempo, sacamos a concurso un servicio de consultoría y asistencia técnica orientado a la regulación de la situación actual de servicio de regulación de estacionamiento en el municipio. En julio de 2025, el año pasado, el Ayuntamiento gestiona la adscripción de Sagulpa para adscripción como medio propio. Todo ello de cara a reforzar la estructura y disponer de medios especializados para abordar una posible o una futura regulación del servicio, si así lo estimásemos. Se trataba de una herramienta de gestión. Aquí quiero recordar claramente unas palabras del grupo socialista, donde lo digo porque están muy preocupados en la que indicaban que la regulación, pleno de julio 2025, el grupo socialista en su intervención explica que la regulación de las zonas de aparcamiento de este municipio es un tema pendiente, como ya había dicho nuestra compañera, desde hace muchos años. Estamos hablando de 2005. Nadie se ha atrevido a meter mano a este tema porque no es una decisión fácil de tomar y sabemos que hay que normalizarlo. Y también, otra cosa que se dice por parte del grupo socialistas que les recuerdo que también un estudio hecho por el jefe de policía, cuando estábamos nosotros gobernando y ya decían muchas cosas sobre ese tema, bueno, que conocían de sobra cuál era la situación y poco o nada se hizo aparte de cambiar esa tasa por prestación patrimonial de carácter no tributario. Visto todo esto, el 25 de agosto de 2025 CESCAMI comunica a este ayuntamiento que paran el servicio, que realizan un ERTE y ustedes verían que es en esa fecha ya no había, no estaban en la calle los trabajadores y las trabajadoras de Cescami, plantearon un ERTE. El 18 de septiembre 2025, se mantuvo una reunión con los comerciantes en este mismo salón de Pleno. El 8 de octubre de 2025, se mantuvo una reunión con la oposición en el salón de pleno para explicar la situación donde asistió también el técnico de movilidad. El 28 de enero, o sea, ya este año, tenemos un registro de entrada donde CESCAMI nos dice que quieren volver a reactivar las zonas azules, puesto que ellos hicieron un ERTE, pues, evidentemente unilateral de su actividad y P á g i n a 65 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 65 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. nos comunican el 28 de enero, por registro de entrada que el día 16 de febrero querían reactivar el servicio de zonas azules en el municipio. Bueno, además seguimos en la cronología. Se ha mantenido varias reuniones con el sindicato de la empresa y algunos trabajadores. La última el pasado jueves 12 de febrero, durante la tarde. Total, el resumen es que el 4 de febrero de 2026, se le comunica a Cescami el cese definitivo, cese de la actividad, en la que se le informa como tal la imposibilidad de llevar a cabo la actividad de control de estacionamiento limitado y controlado de vehículos zonas azules en las vías públicas de este municipio, al carecer del previo y preceptivo título habilitante para ello. Y segundo, se le advierte expresamente a Cescami que, en el supuesto de llevar a cabo la actividad de control de estacionamiento limitado y controlado de vehículos, zonas azules, se adoptarían por esta administración las acciones legales oportunas. Con esto lo que queremos trasladar es que resulta llamativo que quienes gobernaron durante años con esos informes sobre la mesa, no aportaran solución alguna y que hoy pretenden criticar al grupo de gobierno donde estamos buscando una solución definitiva a un problema histórico del municipio. La pregunta realmente se hace de manera demagógica. ¿Qué va a pasar con los trabajadores? Y creo que la pregunta legítima era, ¿qué hicieron ustedes cuando gobernaban para garantizar esa estabilidad dentro de la legalidad de estos trabajadores? Por tanto, no se trata de una decisión arbitraria, se trata de aplicar la ley, se trata de poner fin a una declaración antijurídica por los propios informes municipales y sobre los que ustedes pues, poco o nada hicieron. Al final, nosotros lo que queremos trasladar aquí, poner sobre la mesa, es que nuestra obligación no es mantener irregularidades por comodidad política, sino nuestra obligación es corregirla pese al impacto social y económico que tienen el municipio. Estaremos al lado de los trabajadores y las trabajadoras para intentar buscar la solución menos lesiva a sus intereses, entendiendo que la rotación también favorece la productividad de los comerciantes. C) RUEGOS Y PREGUNTAS 10.-RUEGOS Y PREGUNTAS: La alcaldesa-presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera, indica a Doña Rosa, les recuerdo que son o 2 minutos o 10 preguntas, que saben que no estoy viendo el reloj, pero ceñirse a lo que es ruegos y preguntas, por favor. Sabes que no es una forma de decir que vayamos al grano con los ruegos o las preguntas, porque a veces nos pegamos desarrollando un discurso y se trata de ruegos y preguntas. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, procede a dar lectura del texto que a continuación de transcribe: Hemos visto, como se tramita sin pestañear más de 511,000 € para gastos de fiestas y protocolos, incluso, saltándose la fiscalización previa. Mi pregunta es, ¿cómo les explica este gobierno a los vecinos que no hay para arreglar un muro que amenaza con caerse o una carretera con socavones, etcétera? Y hay que esperar porque para eso parece que nunca hay prisa. Dos. El plan especial del santísimo lleva 3 años en los cajones. Ahora que por fin lo traen, ¿puede este gobierno, garantizar hoy si existe reserva de suelo específica para el centro de salud? ¿O es que el deporte y la sanidad no pueden ir de la mano de su planificación y tendremos que esperar a otros 3 años para ver un nuevo centro de salud en Ingenio? Tres. Respecto a la parcela del Mondragón, que nos devuelven tras años de abandono y olvido. ¿Qué peso político tiene el Ayuntamiento ante el Cabildo si no somos capaces de que se cumpla un convenio en casi una década? ¿Qué medidas de presión van a incluir en la nueva cesión para que no nos vuelvan a tomar el pelo con los servicios sociosanitarios? Ruegos Ruego que el compromiso con la igualdad deje de ser una cuestión de calendario y fotos para el 8 de marzo. Pedimos que la misma diligencia que tienen para organizar galas y reconocimientos honoríficos, apliquen los presupuestos de conciliación y apoyo real a la mujer, que son los que verdaderamente cambian la vida de las vecinas de Ingenio. Ruego a este gobierno que empiece a gestionar pensando en el legado que dejamos a las futuras generaciones. Como madre que soy, me preocupa que estemos entregando a nuestros hijos un municipio lleno de parches y despilfarros en fiestas, en lugar de un municipio de infraestructuras terminadas y servicios públicos garantizados. Gestionen por el futuro de nuestros hijos y no para la próxima campaña. P á g i n a 66 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 66 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. La alcaldesa-presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera, abandona la sesión a las 20:21 horas, preside el Pleno don Rayco Nauzet Padilla Cubas, Primer teniente de Alcalde. Siendo las 20:26 horas se incorpora la alcaldesa y asume la presidencia. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste: Bueno, 2 minutos y 10 ruegos y preguntas. Lo que sí me llama muchísimo la atención es que después no hay reloj, ni hay tiempo, para darle la palabra a un portavoz de un partido político y hablar del Reglamento de Honores y Distinciones. Pero bueno, yo voy a intentar leer todo lo rápido posible. Disculpen si les transmito el estrés de las prisas. Bienvenida, Alejandra, como concejala no adscrita ante un grupo de gobierno opaco que sigue sin dar explicaciones de por qué hace un decreto, expulsa a una concejala, la ningunea en medios de comunicación diciendo que la concejala ha dado explicación. Cuando se echa una concejala, no tiene que dar explicación la echada, sino quién los echa. Y, además de eso, decir que me llama muchísimo la atención que ni la alcaldesa, ni el portavoz del partido digan absolutamente nada respecto a eso. Quizás necesitan un publireportaje, le ponemos una cámara de vídeo y a lo mejor si hablan. Desde Agrupa Sureste vamos a solicitar revisen los puntos de recarga de energía eléctrica para los vehículos que no funcionan en el Burrero, en el campo de fútbol Pancho Ramírez, en el tanatorio de Ingenio y otros espacios en los que se encuentran instalados. ¿Cuándo se va a poner en marcha? Porque la dejación de este mantenimiento está generando también actos vandálicos. Desde Agrupa Sureste, solicitamos por escrito nos faciliten la programación prevista del asfaltado de calles, ya que vecinos se quejan de recibir notas a domicilios de barrios donde no se ha cumplido con las fechas previstas como la calle Magallanes, avenida de Gando, calles de Malfú, de Cercado Grande, de Barrio Nuevo, etcétera. ¿Qué ha sucedido con la parcela de aparcamientos que se había habilitado cerca de la piscina municipal? ¿Se prevé volver a tener ese espacio alquilado como parking? Cuatro. Las zonas recreativas del Oronado y el Ratiño continúan sin luz para garantizar seguridad después de suceder actos vandálicos. Rogamos la instalación de esas zonas con luz. Además de un ascensor que no funciona en la biblioteca Agustín Ramírez del Carrizal y el problema de accesibilidad que conlleva, después de casi un año inaugurada, usuarios nos transmiten la queja de una sala de estudios sin insonorizar y donde el wifi, que lo había hablado con el concejal, también necesita mejorar. Señor concejal, Oliver, no nos preocupamos por lo que dijo de las zonas azules, sino vamos a reivindicar y evidenciar lo que ustedes han vendido, un problema no solucionado y, sobre todo, en las zonas comerciales abiertas. Los vecinos reciben una convocatoria desde el 18 de septiembre de 2025, donde reciben una convocatoria, como acabo de decir, de una reunión informativa sobre las zonas azules y se publicaba una nota que citaba, Zona Azul, estacionamiento regulado con tiempo limitado. El aparcamiento sigue siendo de rotación con estos espacios máximos, una hora máxima para cualquier vehículo, 2 horas máximos para aquellos con tarjeta residente. La policía local controlará el cumplimiento de estos tiempos máximos. El objetivo, mantener la rotación de los aparcamientos, apoyar el comercio local y facilitar el uso compartido del espacio. ¿Por qué no se está cumpliendo esos objetivos que ustedes han vendido con el control del tiempo que prometieron desde el año pasado a los comerciantes y a los ciudadanos y los que viven en Carlos V y en el Ejido? Sobre todo, este grupo de gobierno pide colaboración a los vecinos para mejorar la movilidad de un control que ofrecen, pero no cumplen con lo que venden. Desde Agrupa Sureste, denunciamos el estado de abandono de espacios públicos como la dejadez del mantenimiento que presenta la plazoleta de San Juan, en los Molinillos, con aceras rotas, con hierbas entre baldosas, muros, de ruido, falta de poda y pintura. En el punto ocho, queremos dar la voz a un joven deportista de nuestro municipio que nos transmite literalmente lo siguiente: nos tenemos que ir a otro municipio para reservar y poder jugar. Es de pena lo que ahora mismo se ofrece en Ingenio para la juventud en materia de deporte. Las canchas públicas abiertas, algunas dan pena del estado y las luces a veces ni se encienden. En estos momentos solo se puede alquilar dos o tres instalaciones en horas muy difíciles, 22 o 23 horas. Canchas de pádel cerradas, el puente en la Oje cerrado, squash cerrado, pabellones, todo ocupado, salvo el Nicolás, de 22 a 23 horas, un día en concreto. Pabellón del sequero cerrado, pista de deportes de Arena en el Burrero cerrada y para el balón mano, mejor ni te comento, cero mantenimiento y disponibilidad para alquilarlo. Frustrante cuando mis amigos me dicen de salir de Ingenio para poder jugar y en el municipio donde pagamos nuestros impuestos, no podemos ni coger una hora a la semana, para poder hacer deporte, salvo que esté federado”. Viva la fiesta con este grupo de gobierno. Finalizó el mes para realizar alegaciones y propuestas para modificar la ordenanza de tenencia, protección y P á g i n a 67 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 67 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. bienestar animal del Ayuntamiento de Ingenio y donde los vecinos, vecinas y voluntarias sienten cero transparencias en la información, donde este grupo de gobierno nuevamente pide colaboración a la ciudadanía y ni publican la ordenanza vigente. 3 años de dejación de funciones por parte de la concejalía de bienestar, a donde los animales y quienes les cuidamos “somos el último eslabón de la cola”, leía como denuncia de una gestora felina. Hartas de que siempre haya dinero y tiempo para otras cosas. La pregunta que hacemos, ¿cómo es posible que hablen de una nueva etapa, previo reportaje en medios de comunicación y no haya ni levantado el teléfono para llamar a la presidenta y voluntarias de la asociación y gestoras que han dejado su dinero, tiempo y hecho el trabajo que no hizo la concejalía y el Ayuntamiento en estos 3 años? Cómo son capaces de denunciar, en varias ocasiones, de tener un centro con perros incautados sin cámaras durante años y de ver facturas y luego engañar mostrando a la oposición y miembros de la asociación un contrato de un año y ahora son 3 años, con más de 700.000 € para justificar el último año, antes de las elecciones, de que han hecho algo. Felicitar, para acabar, a todo el personal municipal, a la murga Sintón Nisón, a nuestras murgas que han tenido unos resultados excelentes en Las Palmas de Gran Canaria y al patronato del Carnaval de Ingenio y Asociaciones por hacer posible nuestras fiestas, con toda la programación realizada del carnaval del Mar en Ingenio. Y cómo no, felicitar a los dos equipos del Maninidra como campeones y subcampeones de la Liga del Cabildo de Gran Canaria, de las categorías de cadete infantil. Muchas gracias y buenas noches. Don Antonio Ramón Tejera Sánchez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, da lectura del texto que a continuación se transcribe: Solo tres preguntas y tres ruegos. Primero, vecinos y vecinas de la zona de la Plaza de la Música nos preguntan por la cámara que se ha puesto en la pared trasera del teatro Federico García Lorca y volvemos a preguntar, ¿quiénes controlan esas cámaras y sus grabaciones? ¿Está conectado con la policía? Segunda, señora alcaldesa, sabemos que desde el principio de este mandato se ha dado la orden que la televisión de este municipio no grave a la oposición cuando se realizan eventos públicos. Nuestros vecinos y vecinas nos preguntan si no vamos a los actos programados y le tenemos que decir que estamos vetados en los medios de comunicación y en las redes sociales del municipio. ¿Ha dado usted la orden de restringir nuestra presencia en los medios? ¿La ha dado el concejal de medios de comunicación? Tercera, esta semana se inaugura el pabellón Chano Melián, pero la plaza de acceso aún sigue en obra. ¿Por dónde se realizará la entrada al pabellón? ¿Cuándo está previsto que finalicen las obras de la plaza de acceso a la biblioteca y al pabellón? Ruego Rogamos se estudie la posibilidad de que las puertas de los contenedores de basura soterrados puedan permanecer abiertas mientras se deposite la bolsa, ya que personas con discapacidad física o personas mayores, no pueden mantener la puerta con una mano y depositar la bolsa con la otra. Dos, rogamos que se proceda a la limpieza de acceso al municipio desde la autopista, en la zona de las Majoreras, incluyendo la mediana de la Gran Canaria 191 y la Rotonda, debido a la acumulación de malas hierbas y basura, con el fin de mejorar la imagen y la seguridad de este acceso principal al municipio. Dije que teníamos tres ruegos, pero son cuatro, perdón. Tercero, rogamos se nos responda a todas las preguntas y registros de entrada de igual forma, con la calidad de respuesta que se ha dado hoy a una publicación en las redes sociales. Casualmente, se ve las redes sociales del Partido Socialista, pero no se ven los registros de entrada para el expediente del 8 M. Y cuatro, rogamos se nos envíe el resultado de la encuesta de participación ciudadana sobre el Casino de Ingenio. A continuación, el grupo de gobierno tomará la palabra para dar respuesta de los ruegos y preguntas formuladas. Don Rubén Domingo López Sánchez, concejal delegado de salud pública, consumo, bienestar animal y juventud, indica que, voy a comentar la pregunta que hizo Minerva, en cuanto a la ordenanza, dijo algo de falta de transparencia. Estamos en el primer punto de la ordenanza, que es la consulta pública, que había 30 días para que las personas o las asociaciones o los grupos políticos o quien quisiera pudiera hacer aportaciones. El último día, si no recuerdo fue el día 21, que fue el sábado. Hoy he recibido las aportaciones. Vamos a empezar a trabajar en la ordenanza y se les llamará también para: primero tenemos que mirar todas las aportaciones que ha habido, que aquí hay personas que han hecho aportaciones, entre ellas tú y con esas aportaciones pues empezaremos a trabajar, ¿vale? P á g i n a 68 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 68 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En cuanto a un año de la empresa pública que va a llevar el Ceta, que lo está llevando ya, no solo el Ceta, sino todo lo que es la gestión también de colonias felinas y de los animales en general. El convenio es verdad que pone que son 3 años con la plurianulidad, pero se revisará año por año y si hay un incumplimiento o no se cumplen los objetivos que hemos marcado, pues se extinguirá al final de este año o del año que viene según cuando se haga ese incumplimiento. Y, por último, dice que empezamos o se ha empezado después de que se publicó la semana pasada en medios, sin que lo supiera la asociación animalista y eso no es cierto. A la asociación animalista se le ha reunido, de hecho, la alcaldesa estaba en esa reunión, se le ha comentado varias veces y, de hecho, ha habido un correo hasta que ellos han llevado la asociación animalista en el que pedíamos que hasta la fecha exacta en la que empezaba GESPLAN, ellas llevaran la gestión del centro. Doña Fátima Méndez López, concejala delegada de plan de barrios, vías y obras, servicios públicos y parque móvil, responde a doña Minerva, te comento sobre el plan de asfalto. Efectivamente, le ha llegado a los vecinos muchas comunicaciones avisando de que se va a asfaltar su calle, porque como bien sabes, hay que hacerlo con tiempo por si fuera necesario solicitar la conexión al alcantarillado o solicitar vados. ¿y sabes por qué les ha llegado? Porque estamos trabajando desde el minuto uno y no nos hemos esperado al último año para asfaltar. Se ha invertido ya más de un millón de euros en asfalto, más de un millón y no sé decirte el pico, pero 1 millón largo ya. Y ahora mismo hay en contratación un proyecto de 650.000 €, otro de 220.000 € que se acaba de publicar esta semana y uno de 88.000 €, subvencionado por el Cabildo. Por tanto, creo que con eso queda respondido. Respecto a la plazoleta de San Juan, vivo cerca y creo que a lo que te refieres es al torreón, que no es propiedad municipal. Está en bastante mal estado, pero no es propiedad municipal. Respecto a las hierbas, reconozco que hemos tenido un problema. Tanto el técnico como yo nos hemos reunido en varias ocasiones con la empresa y ellos están haciendo un plan de choque y creo que se está notando. Y respecto, Ramón, a la limpieza de la entrada del municipio, precisamente esta pasada semana la cuadrilla de limpieza que tenemos del plan de empleo ha estado por la zona de las Puntillas, que es la salida y esta semana continúan con la zona de entrada, porque ellos tres días a la semana trabajan y otros dos se forman. Entonces, efectivamente, hemos visto también que es necesario y se está actuando. Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, concejal delegado de cultura, parques y jardines y educación, responde a Minerva, el tema de la wifi, se había pedido 30 IP al principio, comenté el otro día, se ha visto que era poco y se ha duplicado. Ya creo que ese problema quedó resuelto. Y luego el tema del ascensor, también te dije que, apareció la pieza que faltaba, pero resulta que cuando la colocan se dan cuenta de que la otra también está rota. Y ahí yo le he dicho al técnico que lo que tenemos que hacer es la reclamación y la sustitución de ese ascensor, porque es nuevo, pero no es tan fácil. Ya te expliqué fuera de aquí por qué no se podía hacer así, pero bueno, estamos todos los días y todas las semanas llamando a la empresa para que solucione ese grave problema. La insonorización. Ahora cuando hagamos la plazoleta, vamos a aprovechar y vamos a ver cómo podemos solucionar ese problema, porque ya aquello está terminado, pero bueno, yo creo que una pared, se puede poner algo en medio y creo que lo podemos hacer. Con el tema de las cámaras de la Plaza de la Música y ahí está la señora alcaldesa que lo puede decir. Esto es un ruego que llevaba este señor pidiendo, creo que, desde el año 2017 creo que era, si no recuerdo mal, que trajo todos los ruegos. Entonces, este señor tiene una serie de robos todos los años y se le ha puesto una cámara. La cámara todavía no está operativa, porque si te fijas falta el cartelito y claramente quien tiene que tener acceso a esa cámara es la policía. Pero nosotros hemos hecho y hemos atendido un ruego de ese señor que te puede enseñar los ruegos que les hicieron a los compañeros que lo vieron oportuno, pero es disuasión para evitar que se metan por ahí. Vamos a ver, la cámara lo que va a vigilar es el parque. Va a vigilar el parque porque el parque es el que propicia que entre a la propiedad privada. Si no estuviese el parque, no podría, no tenía ese acceso tan fácil que tiene. Mira, le han prendido fuego a la valla de ese señor. Han entrado por varios sitios y nosotros lo que tenemos que intentar es que una instalación pública no cause daños a una privada. Y bueno, está enfocando al parque y por ende a esa propiedad. Ya le hemos dado solución. ¿Te parece mal la solución? Pregunto. Dentro de la ley. Está dentro de la ley. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, se dirige a doña Minerva, indicándole que, voy a ser muy escueta, referente a los horarios. Tenemos tanta actividad deportiva en este municipio que eso es un mal endémico, que lleva tiempo. Los pabellones se están arreglando, todos. No se invertía en deporte desde hace P á g i n a 69 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 69 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. muchísimos años. Se ha arreglado el Sequero. Inauguramos el Chano Melián, el techo del pabellón de Cuesta Caballero, la piscina municipal. Yo siempre digo lo mismo. Te invito, no me crees a mí. Vas a un día, me llamas, nos sentamos con los técnicos y ellos te explicarán todos los avances. ¿Qué es un problema que tenemos? Sí, ¿Tenemos que solventarlo? Sí. Al igual que hay clubes, hay personas que vienen a crear clubes nuevos y no tenemos espacio. Si no tenemos espacio, tendría que echar a los que están para dejarles a los nuevos que vengan y buscar soluciones en los horarios es echar a los clubes fuera de los horarios que ya tienen. Entonces, es un tema delicado, pero te digo, te invito a que vayas un día que te acompaño, nos sentamos y que escuches tú de primera mano. Ramón, sobre el veto de los medios, no es cierto. Bueno, no es cierto que estén vetados en los medios de comunicación. Es su palabra y aquí las palabras, como digo yo, tiene el peso que cada uno le quiera dar. Yo le digo que en los medios de comunicación no están vetados. No quiero entrar. Lo hablaré con el coordinador, pero te puedo asegurar, yo no he dicho que esté mintiendo. No pongas en mi boca, Ana, cosas que yo no he dicho. Yo lo que digo es que a ustedes nadie les ha vetado. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, dice que, le invito a que vea el vídeo del Kiss Cam. A ver si aparece alguno de los concejales de la oposición que estábamos presentes e hicimos el Kiss Cam. Si nos encuentra, yo personalmente pido disculpas aquí públicamente. Si no nos encuentra pide la disculpa usted. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, prosigue respondiendo que, lo miraré. De todas maneras, de lo que tenemos que preocuparnos es de gestionar. O sea, la gente no es tonta. La gente sabe lo que hace uno y lo que no hace. ¿Vale? Entonces, al final, quien quiere estar delante de una cámara, vuelvo y repito, no he vetado a nadie y el concejal de medios de comunicación tampoco, hay muchas preocupaciones en este municipio para preocuparnos si salimos en una cámara o no salimos en una cámara. No obstante, hablaremos de ese tema. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, responde que, procedo a responder, en este caso, a doña Rosa. Evidentemente, es el sistema general del que usted pregunta y que hoy hemos aprobado por unanimidad. Pues, una parte del suelo es para el centro de salud. Creo que se ha dicho por activa o por pasiva. De hecho, en la pieza de suelo expresamente solicitada por la propia consejería de sanidad son dos trozos separados, así lo han solicitado. Y lo que haremos, que es importante, es la urbanización cuanto antes, porque si no, ellos no recepcionan ese suelo. También me quiero sumar, que lo decía la representante de Agrupa Sureste, a las felicitaciones a todos los colectivos que integran el carnaval de Ingenio, tanto el patronato del carnaval, los Sin Ton Ni Son, así como, todos aquellos colectivos, las tres murgas municipales y aquellas asociaciones de vecinos y personas que altruistamente dan su tiempo para que juntos, todos construyamos más. Este jueves ha salido la convocatoria, están convocados todos los colectivos para encausar cómo ha sido el carnaval este año y ver cómo lo será en la próxima edición. Y al grupo socialista lo que le puedo decir es que la obra de acceso que queda en medio de los tres edificios públicos se pudo haber hecho hace mucho tiempo, pero que por estricta decisión de seguridad del técnico que coincide tanto en la obra del Chano Melián, como en la obra de esta plaza, suspendió por garantizar la seguridad de la obra este expediente. El plazo de ejecución está en torno a 4 o 5 meses. El acceso estaba pensado ya, mañana lo podremos ver, se va a garantizar en cualquier momento un acceso al centro durante todo el periodo con garantías, garantías para los trabajadores de las obras y cualquier persona y garantías también para los deportistas. Yo he dicho que mañana comprobarán el acceso, si quieren le damos por escrito la respuesta, sin problema ninguno. Mañana se lo damos, pero que está garantizada por el técnico municipal. Gracias. Le estoy diciendo que se lo daremos por escrito, si quiere o que le llamará el técnico. Lo que usted prefiera, porque yo ya no sé qué decirle. Nosotros intentamos responder, pero a veces no nos gusta si lo hacemos de una manera o de otra. Le estoy diciendo que mañana con toda la garantía le llamo yo con el técnico, le decimos exactamente cuál es el plan que él tiene. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, doña Vanesa Martín Herrera, Alcaldesa-presidente, levanta la sesión siendo las veinte horas y cuarenta y cinco minutos, de lo cual, como Secretario General doy fe, Vº Bº Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa-Presidente. Sergio Méndez Monzón, Secretario General. P á g i n a 70 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 70 de 71 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. P á g i n a 71 | 71 Cód. Validación: 32Y3JS6KGX7KSEWX5YEYL67FN Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 71 de 71