Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. EXPTE. ESP. GESTIONA PLN/2025/13 MINUTA DEL ACTA DEL PLENO, DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO. MIEMBROS ASISTENTES: ALCALDESA- PRESIDENTE: Doña Vanesa Belén Martín Herrera PARTIDO FORUM DRAGO-NUEVA CANARIAS (F.D.-NC ) Doña Catalina María Carmen Sánchez Ramírez Don Rubén Cruz Liria Doña Almudena Isabel Hernández Rodríguez Doña Fátima Méndez López Don Rubén Domingo López Sánchez Don Martín Manuel García Cabrera Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.) Doña Ana Hernández Rodríguez Doña Raquel González Hernández Don Domingo Luis Rodríguez Ramírez Doña Victoria Eugenia Santana Artíles Don Antonio Ramón Tejera Sánchez COALICIÓN PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS (PP-SOMOS) Don Rayco Nauzet Padilla Cubas Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo Doña María Del Rosario Viera Hernández GRUPO MIXTO: SECRETARIO GENERAL Fecha Firma: 23/12/2025 HASH: c4eb15599515ee2fe51dae7bfcad11f8 Sergio Méndez Monzón (1 de 2) ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 23/12/2025 HASH: f0b013d8da174d458487dab59497abc4 VANESSA MARTÍN HERRERA (2 de 2) AGRUPA SURESTE Doña Minerva Artiles Castellano COALICIÓN CANARIA (CC) Don Lucrecio Ramón Suárez Romero CONCEJAL NO ADSCRITO: Doña Rosa María Altafaj Gómez MIEMBROS NO ASISTENTES: Don Francisco Javier Espino Espino y Doña Alejandra Rodríguez Pérez. SECRETARIO GENERAL: Don Sergio Méndez Monzón, Secretario General. En la Villa de Ingenio, siendo las dieciocho horas, del día veinticuatro de noviembre de dos mil veinticinco, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la presidencia de doña Vanesa Martín Herrera, Alcaldesa-presidente, con asistencia del secretario general, don Sergio Méndez Monzón. La interventora, doña Tania Naya Orgeira, no asiste a la sesión por motivos personales. Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: 1º.- Declaración Institucional de Rechazo a la Violencia de Género. (expte. 9808/2023) Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 1 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Don Oliver de la Cruz Navarro Guerra, concejal delegado de igualdad y diversidad, nuevas tecnologías y movilidad y transporte, da lectura a la Declaración Institucional de Rechazo a la Violencia de Género, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Ayuntamiento de Ingenio se suma una vez más, al rechazo unánime de los feminicidios ocurridos durante todo el año 2025: Karilena, Lina, Doreen, Eva, Andrea, Juana, Josefa, Diana, Marta, Rocío, Miriam, María, Pilar, Maritza, Zunilda, Alejandra, Marisa, Susana, Ramy Virginia, María del Carmen, Josefina, Dolores, Mercedes, Ilham, Rosalía, Mercedes, Ginesa, Katherine Yuliet, Eva, Verónica, Y. (no aparece su nombre completo por deseo expreso de la familia), Martha, Ainhoa, Zahra, Cristina y Eugenia Silvia y María Pilar son las 38 víctimas mortales de la violencia de género de 2025 confirmadas hasta el 17 de noviembre en España, cifra que se eleva a 1.333 desde 2003, año en el que comenzaron a contabilizarse los crímenes machistas en las estadísticas oficiales del país. De los 38 agresores, solo 9 (23,7 %) tenían denuncias previas por maltrato. Veintiséis (26) de ellos eran pareja de las víctimas y doce eran su exparejas o estaba en fase de ruptura. Especialistas en violencia de género alertan de que el momento de romper o separarse de un maltratador es uno de los de mayor riesgo. Cuando ellas plantean que se van el peligro aumenta. Desde 2013, 65 niñas y niños han sido asesinados por sus padres o por las parejas de sus madres. Tres de ellos en 2025. En este 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, este Pleno reafirma su compromiso firme e inquebrantable con la igualdad y la defensa de los derechos de todas las mujeres. Hoy alzamos la voz, como institución y como sociedad, para condenar cualquier forma de violencia machista y para recordar a las víctimas, a sus familias y a quienes aún luchan por salir de ella. Renovamos nuestra responsabilidad de trabajar cada día por un municipio libre de violencia y más seguro para todas. Nos enfrentamos además a nuevos retos como el de la violencia digital: el acoso a mujeres en redes sociales, la grabación o difusión de imágenes sin su consentimiento o los discursos de odio contra ellas aprovechan el anonimato que proporcionan estos canales y a menudo da cobijo a depredadores sexuales y maltratadores. Igualmente, debemos luchar contra el uso espurio de la inteligencia artificial para generar contenidos vejatorios y falsos que vulneran la dignidad y los derechos de las mujeres. Las administraciones públicas tenemos que mantenernos vigilantes, promover el buen uso de las nuevas herramientas digitales y endurecer la normativa en este ámbito. Asimismo, resulta inaplazable mejorar los sistemas de control telemático de los maltratadores para evitar cualquier fallo que ponga en riesgo la seguridad de las víctimas. No caben errores cuando hay vidas en juego. A estas mujeres, que han tenido la valentía de denunciar a sus agresores y cuya situación de extrema vulnerabilidad no admite ningún fallo, les debemos el máximo nivel de protección. Cualquier defecto en las medidas de control, seguimiento y vigilancia de los maltratadores ha de tener una respuesta inmediata y efectiva en las administraciones responsables La renovación del Pacto de Estado contra la Violencia de Genero aprobada el pasado 26 de febrero, que incorpora medidas nuevas para los próximos cinco años, supone un gran avance. Este nuevo acuerdo amplía el número de medidas de 290 a 462, incorporando nuevas formas de violencia como la violencia económica, la violencia digital o la violencia vicaria, con una dotación presupuestaria reforzada de 1.500 millones de euros para los próximos cinco años. En coherencia con ese Pacto de Estado aprobado, el pasado mes de septiembre el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria, que por primera vez en Europa tipifica esta forma de violencia como delito autónomo en el Código Penal. La violencia vicaria es la forma más cruel de violencia machista. Ataca a las mujeres donde más duele, a través de sus hijas e hijos. Es una violencia extrema que el Estado tiene el deber de prevenir, de sancionar y de reparar. En la actualidad más de 1400 menores están en riesgo según Viogén (Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género). Legislar sobre este tipo de violencia era un clamor social y lo que buscamos es visibilizar, reconocer, prevenir, sancionar y erradicar esta forma de violencia. Con ello, España se vuelve a situar a la vanguardia en políticas de defensa de los derechos elementales de las mujeres. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 2 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Los gobiernos locales somos las administraciones más cercanas y desempeñamos un papel fundamental frente a esta lacra. Podemos y debemos seguir avanzando en la defensa de las mujeres en colegios, en espacios culturales y en lugares de ocio, y, a la vez, reforzar los puntos de atención a la mujer y contribuir a una mejor coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ámbito local. Debemos convertir nuestros pueblos en barreras frente a la forma más cobarde de violencia, que es la del maltrato a las mujeres. Esta institución reafirma su compromiso con un enfoque integral de la lucha contra la violencia machista, a través de una intervención integral que aborde la promoción de masculinidades alternativas desde una perspectiva crítica y de respeto, todo ello desde un enfoque en la prevención, sensibilización, intervención y comunicación. Ratificamos el compromiso de este Ayuntamiento con la lucha contra la violencia de género en todas sus expresiones. Seguiremos apoyando las iniciativas de sensibilización y educación en igualdad y prevención de la violencia poniendo una atención especial en la infancia, adolescencia y juventud. Nos comprometemos a implementar, dentro de nuestras competencias, todas las acciones contempladas en el Pacto de Estado contra la violencia de género, aprobado este año 2025 Seguiremos colaborando con el tejido asociativo que trabaja por la igualdad y la lucha contra la violencia de género. En situaciones de emergencia puedes llamar al 112 o a los teléfonos de emergencia de la Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil, o usar la app ALERTCOPS, que envía una señal de alerta con tu ubicación directamente a la policía. Estos servicios pueden ser utilizados tanto por la víctima como por cualquier persona que vea o sospeche un caso de violencia de género. Avisar es un deber de toda la ciudadanía. Es por lo, Instamos al pleno del Ayuntamiento de Ingenio a que se suscriba esta declaración institucional”. Al finalizar su lectura, don Oliver de la Cruz Navarro Guerra, pide a los miembros asistentes de la sesión plenaria y minuto de silencio por las víctimas de la violencia de género. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, cede la palabra a doña Ana Hernández Rodríguez, indicándole, ya que, la moción que trajeron se fusionó con la Declaración Institucional que se acaba de leer. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, decir que llegamos a un consenso porque la moción que traía el Partido Socialista, referente también, al 25 N, parte de ella ha sido recogida en esta Declaración que ha leído nuestro compañero Oliver, por lo tanto, vamos a retirar la moción para no volver a leer lo mismo. Muchas gracias por el acogimiento que han tenido en cuanto a nuestra moción. 2º.- APROBACIÓN DEL BORRADOR DEL ACTA ANTERIOR: 2.1 Borrador del Acta de Pleno, Sesión Ordinaria, de 27 de octubre de 2025 (12) Sometida a votación la referida acta, aprueban por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación 3º.-COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN: La alcaldesa-presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera, concreta que, leeré los puntos 3.1 y 3.2, ya que, ambos son reconocimientos extrajudiciales de crédito, para luego pasar a su debate y posterior votación conjuntamente. 3.1.- Expediente 10953/2025. Reconocimiento Extrajudicial de Créditos Nº 13/2025 del Ayuntamiento de Ingenio Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 11 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 30 ACTA DEL PLENO A) PARTE RESOLUTIVA P á g i n a 3 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. “Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 13/2025 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS EXPTES. DE OMISIÓN DELA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA ANEXO I (VER LISTADO ANEXO) Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente Propuesta de Resolución: PRIMERO. - APROBAR el expediente 13/2025 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS por importe de TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL NOECIENTOS CINCUENTA Y OCHO EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS, (345.958,81€) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y Tesorería municipales a los efectos oportunos”. ANEXO I Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 4 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, indica que, este es un reconocimiento extrajudicial de crédito que, como han dicho, es de 346.000 €. Una vez más, el equipo de gobierno presenta otro montón de facturas que, por supuesto, hay que pagar. Poco hay que decir aparte de todo esto, porque los beneficiarios en este tipo de facturas casi siempre son los mismos. Nada más que decir. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, recalca que, efectivamente, vienen dos expedientes. El 3.2 son facturas que, como bien pregunté en la comisión informativa y luego lo pude ver en el expediente, los de la Fundación de Promoción del Empleo, son 672 € aproximadamente, son de gastos de electricidad y luego nos encontramos otro reconocimiento extrajudicial de créditos que como viene ya siendo, pues, una costumbre de este grupo de gobierno, donde siempre estamos entre 400, 600, en este caso 345.958 € y tenemos distintas facturas. A lo que quisiera preguntar con respecto a los carteles informativos que vienen de la playa del Burrero, no los he visto, no sé si es un gasto y se van a poner posteriormente o dónde están colocados, porque no lo he visto, que es una cuantía de 3.400 €. Y, a la interventora que no está, al señor, secretario también, ya que, desde Agrupa Sureste en varias ocasiones lo hemos dicho, vienen facturas de forma repetitiva en este trámite que es por revisión de oficio y ya lleva bastante tiempo como puede ser facturas de comidas a catering, con las mismas empresas y como digo de forma constante trayendo este tipo de trámite administrativo, así como cuñas publicitarias de radio. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 5 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Entonces, ¿hasta cuándo? ¿Cuántas son permitidas? si el señor secretario o la interventora, que coste en acta y la interventora pueda contestarlo cuando esté presente o Agrupa Sureste de forma escrita. Y luego hay unos 23.000 € para la organización del día del vecino en la Pasadilla. Hecho por una empresa. Entonces también Agrupa Sureste se pregunta si aparte de estos 22.900 € que se le da a una empresa para hacer el día del vecino, ¿qué recursos propios de la concejalía de Participación Ciudadana o costo hubo extras, además de ese pago a las mismas empresas, como siempre? Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, resume que, pues para nosotros es repetir lo que decimos mes a mes, porque esto ya es reiterado, ahora se llaman omisión de fiscalización. Lo que demuestra esto es que la gestión que se está haciendo es una gestión que no es capaz de ordenar al departamento de contratación para que salga adelante esos contratos. No sabemos si al final es el departamento de contratación o es que efectivamente, no se están haciendo por parte de los técnicos correspondientes y por supuesto, de las órdenes de los concejales hacia esos técnicos, los diferentes pliegos que tienen que hacerse primero para que después contratación pueda avanzar. El caso es que la gestión de este departamento está colapsada y lo que estamos viendo mes a mes son revisiones de oficios, ahora se llaman omisión de fiscalización, que llevan a su vez informes de intervención desfavorables en cada omisión de fiscalización, aunque, aquí se traiga un informe favorable de la ejecución del expediente, pero no de los gastos que se están haciendo, ni cómo se están haciendo esos gastos. Así que, es su gestión, nosotros vamos a votar en contra. Don Martín Manuel García Cabrera, concejal delegado de transición ecológica y sostenibilidad, planificación estratégica, patrimonio y playas, responde a doña Minerva que, en ese lote se metieron varios de los carteles o todos los que se van a modificar del Burrero. Algunos ya se han cambiado y otros se cambiarán en breve. Por ejemplo, incluso si te has pasado por el Burrero y has visto el de la duración de cuánto tarda una cosa en degradarse a medio ambiente más, todos estos están metidos en el mismo lote. Incluso lo de bandera azul será lo siguiente que se cambie, que es algo imprescindible para poder tener bandera azul el próximo año. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)], por cinco votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista)] y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.2.- Expediente 10295/2025. Reconocimiento Extrajudicial de Créditos Doña Vanesa Belén Martín Herrera, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 6 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto el expediente 05/2025 de procedimiento de reconocimiento extrajudicial de créditos correspondiente a facturas de suministros y servicios realizados para la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, cuyos datos se relacionan a continuación: ANEXO I RELACIÓN DE FACTURAS DEL EXPTE. 05/2025 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS EXPTES. DE OMISIÓN DE LA FISCALIZACIÓN PREVIA PRECEPTIVA Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 6 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Visto asimismo los informes emitidos por la Interventora General de este Ayuntamiento, en los expedientes de Gestiona relacionados anteriormente, en el que expone que son competencia del Pleno de la Corporación tanto los gastos de ejercicios anteriores de conformidad con el artículo 26.c) en concordancia con el 60.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, como los gastos que no han sido debidamente comprometidos, independientemente del ejercicio del que procedan, si se van a imputar al ejercicio corriente. Por lo expuesto, se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente, PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO. - APROBAR el expediente 05/2025 de RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS por importe de SEISCIENTOS VEINTIDOS EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (622,62 €) y, por consiguiente, AUTORIZAR, DISPONER, RECONOCER Y LIQUIDAR por cada uno de los terceros indicados las indemnizaciones propuestas por los centros gestores. SEGUNDO. - TRASLADAR a la Intervención General y a la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo a los efectos oportunos”. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupos: Coalición Canaria)], por cinco votos en contra de [(Grupo municipal Partido Socialista)], y dos abstenciones [(Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)] y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.3.- Expediente 10023/2025. Interposición de Recurso Administrativo Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 12 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. – Visto que con fecha 25 de julio de 2024 y nº de registro de entrada del Pleno 2024-E-RPLN-24, por parte de la Sra. Concejala Doña Rosa María Altafaj Gómez se presenta escrito dirigido al Pleno de la Corporación Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 7 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. en el cual manifiesta que “(…) a partir de la fecha de recibo de esta notificación, yo seguiré manteniendo mi Acta de Concejal, pero no representaré a Vox ni hablaré en su nombre.” SEGUNDO. – Visto que con fecha 29 de julio de 2024 se celebra sesión plenaria en la cual se da cuenta por el Sr. Secretario General del escrito presentado por la citada Concejala de la Corporación, manifestando que a partir de dicha dación, la miembro de la Corporación pasaría a tener la consideración de concejal no adscrita, no manifestándose nada al respecto por la miembro de la Corporación. TERCERO. – Visto que con fecha 30 de septiembre de 2024, se celebra sesión plenaria en la cual se aprueba el acta de la sesión de 29 de julio de 2024, sin ninguna observación al borrador, ni tan siquiera por la Concejala Doña Rosa María Altafaj Gómez, la cual vota a favor de su aprobación. CUARTO. – Visto que con fecha 28 de octubre de 2024, se celebra nueva sesión plenaria en la cual se aprueba el acta de la sesión de 30 de septiembre de 2024 en la cual vuelve a constar la consideración de Doña Rosa María Altafaj Gómez como concejal no adscrita, no manifestándose ninguna observación al respecto y aprobándose la misma por unanimidad. QUINTO. – Visto que con fecha 24 de septiembre de 2025 y nº de registro de entrada 2025-E-RE-10083, se presenta recurso de reposición por parte de la Concejala de la Corporación Doña Rosa María Altafaj Gómez, en el cual hace constar diversos escritos presentados a la Corporación en relación a su condición de concejala. SEXTO. – Visto que con fecha 13 de octubre de 2025, por parte de la Alcaldía se emite Providencia en la cual se dispone la emisión de los informes oportunos para la tramitación del recurso de reposición. LEGISLACIÓN APLICABLE · Constitución Española de 1978. · Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. · Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. · Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. · Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. – Cuestión preliminar. Con carácter previo al análisis del fondo del asunto, procede determinar el fundamento del mismo, siendo este el estudio del recurso de reposición presentado por la Concejala Doña Rosa María Altafaj Gómez. SEGUNDO. – Legitimación de la recurrente. Antes de entrar a conocer el contenido de dicho recurso, procede analizar la legitimación de la recurrente como Concejala de la Corporación. En primer lugar, procede traer a colación el artículo 23.1 de la Constitución Española de 1978, el cual establece que “Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.” Dicha manifestación trata de un derecho fundamental que poseen los ciudadanos, los cuales eligen a sus representantes en los distintos ámbitos, de acuerdo con el carácter democrático que caracteriza al Estado español, en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.1 de la norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico. En el ámbito local, dicha representación se ejerce en los términos previstos en el artículo 140 de la Constitución, precepto el cual regula que “La Constitución garantiza la autonomía de los municipios. Estos gozarán de personalidad jurídica plena. Su gobierno y administración corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales. Los Concejales serán elegidos por los vecinos del municipio mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, en la forma establecida por la ley. Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos. La ley regulará las condiciones en las que proceda el régimen del concejo abierto.” Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 8 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En el presente expediente Doña Rosa María Altafaj Gómez es concejala del Ayuntamiento de Ingenio y, por ende, representante municipal. En cuanto a su consideración de interesada, conviene traer a colación la normativa reguladora. Los interesados en un expediente administrativo vienen regulados en el artículo 4.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP), precepto que establece que “Se consideran interesados en el procedimiento administrativo: a) Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. b) Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. c) Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva.” Asimismo, continúa el apartado segundo del precepto regulando como interesados a las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales, las cuales serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca, mientras que el apartado tercero dispone que cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible, el derecho-habiente sucederá en tal condición cualquiera que sea el estado del procedimiento. En el presente expediente, Doña Rosa María Altafaj Gómez presenta un recurso de reposición argumentando que no es Concejala no adscrita a ningún grupo, sino miembro del grupo mixto creado al efecto en la presente legislatura corporativa. Cabe recordar que el acta en la que se consideró a la concejala como no adscrita se sometió a votación en la siguiente sesión plenaria, aprobándose la misma por unanimidad de los miembros presentes, sin ninguna observación, ni por parte de la propia concejala afectada, la cual voto a favor de dicha aprobación. Por lo que teniendo en cuenta lo anterior y sin perjuicio de que no se realizó ninguna observación por parte de ningún miembro de la corporación al pase de dicha condición a concejala no adscrita, aprobándose el acta por unanimidad de los miembros presentes, a juicio de quien suscribe, la concejala se encuentra legitimada para interponer dicho recurso de reposición, puesto que con dicha toma de razón por parte del Pleno, se modifica su esfera jurídica, pasando de miembro del grupo mixto, a concejala no adscrita a ningún grupo, por lo que en caso de prosperar el recurso, esta verá modificadas sus pretensiones. TERCERO. – Principio de autotutela ejecutiva frente al principio de autotutela declarativa. La Constitución Española de 1978, norma suprema de nuestro Estado de Derecho, establece en el apartado primero del artículo 103 que “La Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.” En adición a lo expuesto, el Estado, en ejercicio de las competencias propios atribuidas por el artículo 149.1.18º de la norma, ha dictado una serie de legislaciones. En base a ello y la competencia para regular el procedimiento administrativo común, se ha dictado la LPACAP, al objeto de garantizar una unidad de actuación por el conjunto de Administraciones Públicas. La citada norma preceptúa en el apartado primero del artículo 39.1 el principio de autotutela ejecutiva, al indicar que “Los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa.” Dicho principio básico de la esfera administrativa refleja los efectos del acto, sin embargo, ello no conlleva que los mismos no puedan ser revisados como consecuencia de distintas circunstancias que vicien su validez, como bien se ha reconocido doctrinalmente a través del principio de autotutela declarativa. Por otro lado, el Estado, en el ejercicio de las competencias que le atribuye la Constitución Española de 1978, ha dictado la normativa básica para el conjunto de las entidades locales, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en adelante LBRL), texto que establece un conjunto de potestades para las Administraciones más cercanas al ciudadano, de entre ellas, la presunción de legitimidad y la ejecutividad de sus actos, según dispone la letra e) del artículo 4.1 de la norma básica, como manifestación a la autotutela ejecutiva que caracteriza a los actos administrativos. Sin perjuicio de ello y como bien se indicó anteriormente, en el ejercicio del principio de autotutela declarativa, los terceros interesados en un procedimiento pueden manifestar su disconformidad al contenido de un acto administrativo a través de la figura de los recursos. El artículo 112.1 de la LPACAP dispone que “Contra las resoluciones y los actos de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 9 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponerse por los interesados los recursos de alzada y potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de esta Ley.” Los recursos administrativos se encuentran regulados en el Capítulo II del Título V de la LPACAP. CUARTO. – Acto objeto de recurso. De acuerdo con el principio de autotutela declarativa, los actos y acuerdos de los órganos de las entidades locales podrán ser objeto de impugnación, puesto que ponen fin a la vía administrativa de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la LBRL, el cual establece que “Contra los actos y acuerdos de las Entidades locales que pongan fin a la vía administrativa, los interesados podrán ejercer las acciones que procedan ante la jurisdicción competente, pudiendo no obstante interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición.” Añade el apartado segundo del precepto que pondrán fin a la vía administrativa los acuerdos adoptados por el Pleno de la Corporación. En base a ello, la interesada presenta un recurso de reposición “(…) contra la consideración de concejal no adscrita y la vulneración de derechos y funciones inherentes al cargo.”, según manifiesta en el escrito de reposición presentado con fecha 24 de septiembre de 2025 y nº de registro de entrada 2025-E-RE-10083. Continúa en dicho escrito manifestando que se presenta el citado recurso “(…) contra la decisión de la Secretaría de declararme concejal "no adscrita" en los documentos plenarios, así como contra la consecuente supresión unilateral de mis derechos, funciones y asignaciones económicas del grupo municipal político al que pertenezco.” Asimismo, argumenta que la decisión fue “(…) adoptada sin un acuerdo plenario que la respalde y en clara contravención de la normativa vigente y la jurisprudencia consolidada, constituye un acto nulo de pleno derecho que vulnera mis derechos políticos y de representación.” Respecto a ello, procede traer a colación lo transcrito por el anterior Secretario municipal en el punto 10º.- Asuntos de la Presidencia del acta de la sesión plenaria celebrada el 29 de julio de 2024, respecto al pase a la condición de concejal no adscrita: “Don Manuel Afonso Hernández, Secretario General Acctal., indica que, simplemente informar de la comunicación por registro de entrada presentado por Doña Rosa María Altafaj Gómez, que está aquí en representación de VOX, del escrito de 25 de julio de 2024, en el que comunica que, por distintas situaciones internas entre ella y su partido, a partir de este momento continúa con su acta de concejal, pero, que no va a representar a VOX, ni hablar en nombre de VOX. Es decir, que a efectos del pleno y con independencia de las actuaciones que esta secretaría general realice con el partido en concreto para la acreditación de los hechos, pasaría a tener la consideración de concejal nueva adscrita. (…) La presidente de la Sesión, cede la palabra a doña Rosa María Altafaj Gómez, ya que, quería responder a la cuestión que ha comentado el secretario. A los miembros de la corporación y vecinos, hoy quiero comunicar lo siguiente: el pasado 3 de julio del 2024, el Comité de Garantías del Partido Político Vox, me comunicó la imposición de varias sanciones graves por vulneración estatutaria, en diferentes artículos del régimen interior del partido, perdiendo todos los derechos como afiliada, la inhabilitación para el cargo o función en el partido o representación de este. Por consiguiente, Les informo que tras los recursos presentados contra esta resolución y manteniendo el Partido Vox el dictamen impuesto, a partir de la fecha, no representaré a VOX, ni hablaré en su nombre. Hoy soy una más de ustedes, igual que ayer, una vecina más que ha venido a trabajar por y para todos los vecinos, tal y como dije el día en que juré el cargo de concejal del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. Hoy me reafirmo en mi compromiso con los valores de responsabilidad, de transparencia y de lealtad a los vecinos del municipio, porque a la política no viene uno a servirse, a la política se viene a servir, no a servirse. Después de 4 años como coordinadora de VOX en el municipio de Ingenio y con arduo trabajo logramos llegar al Ayuntamiento de Ingenio con un proyecto de la estructura nacional desde mi partido, en los últimos meses no he recibido ni el apoyo, ni el respeto debido hacia mí, ni hacia los vecinos de Ingenio que, en mayo del 2023 depositaron su confianza en el proyecto presentado. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 10 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Tras casi un año como concejal y portavoz de Vox en Ingenio, siempre he sido fiel a las directrices y posicionamientos del partido a nivel nacional. siendo leal, honesta y trabajadora a nivel municipal, no faltando jamás a mis obligaciones, a pesar del poco tiempo libre y escasos recursos de los que disponía; aunque las dificultades sobrevinieron desde el minuto número uno, cuando se intenta encajar las políticas de estado con las políticas municipales, algo que es prácticamente imposible. Llegados a este punto, es cuando comienzan las discrepancias con la Dirección Provincial y amenazas a esta concejal, para mí hubiera sido mucho más sencillo haber seguido sus imposiciones por encima de las realidades y necesidades del municipio, aguantar 4 años y listo. Para ponerles un ejemplo, les digo, llegaron a prohibirme que me reuniera y apoyara la plataforma Justicia Social del Carrizal y que me olvidara del cable por el Barranco y como se ha podido comprobar, yo sigo apoyando a la plataforma y luchando para que el cable pase por el Barranco. Otra de las incongruencias, fue la moción que presenté en pleno, en el mes de septiembre del 2023, para la celebración del Día de la fiesta nacional, el 12 de octubre, pues, tras haberla presentado quieren que la retire para así presentarla ellos en el Cabildo de Gran Canaria, de forma exclusiva, etcétera, etcétera; desembocando todo esto, en una tormenta de despropósitos. Cuando aparezco en el acto institucional LGTB que, poco menos de traidora me tacharon, aún, cuando la decisión de ellos ese día ya estaba tomada, con esto quiero decir que no se puede amenazar, ni castigar a nadie con cumplir con su deber, sobre todo, cuando ellos no conocen la realidad que se vive en este, ni en ningún otro municipio. Desde que estoy en esta institución he comprendido que, es mejor unir voluntades y convencer a los no convencidos y que es más lo que nos une que lo que nos separa. La presidente de la Sesión, se dirige a doña Rosa María Altafaj, para indicarle que, quiero decirle que, ánimo, la valentía que usted ha tenido es un ejemplo y no dude que todos y todas las que estamos aquí sentados, si tenemos un fin común para el bienestar de este municipio, pues, va a contar con nuestro apoyo.” En dicha sesión se hizo constar su pase a la condición de concejala no adscrita, no manifestándose nada al respecto por parte de la miembro de la Corporación, incluso la misma al tomar la palabra reafirma su decisión de no representar, a partir de dicho momento, a la formación electoral por la que concurrió a las elecciones. Asimismo, con fecha 5 de noviembre de 2024 por parte de dicha concejala se presenta instancia nº2024-E-RPLN- 34, a través de la cual se comunica lo siguiente: “Estimado Sr. Secretario del Ilustre Ayuntamiento De la Villa de Ingenio, por la presente vengo a comunícale lo siguiente: El pasado 25 de julio le envié un correo electrónico, en el cual le comunicaba una serie de circunstancias acaecidas con el partido político Vox y con mi situación como Concejal electa por dicho partido. Y concretamente quisiera poder aclarar unos términos, que al parecer, no he sabido explicar de forma correcta o no he sabido hacerme entender. En primer lugar está el asunto de “yo no renuncio a mi acta de Concejal”, esto viene a colación porque Vox lleva reclamándome que entregue el acta prácticamente desde que ocupe el cargo. Y era una simple información por si la dirección provincial de Vox se ponía en contacto con usted alegando que yo debía entregar el Acta de Concejal. En segundo lugar, cuando hago referencia a “no volveré a hablar en nombre de Vox” es por sencilla razón de que es una consecuencia de la sanción impuesta hacia mí por mi partido, con el objetivo de no perjudicar a esta Institución Municipal cuando la Sra. Alcaldesa se dirigiera a mi como “Rosa María de Vox”, como suele ser habitual en los plenos, o cuando presentará una moción en sin el logo de Vox, pues tendría que dar explicaciones, tal y como las he dado en mi comunicación anterior en referencia a esto del mes de julio, y puesto que en el documento por el que se me abre un expediente disciplinario dice clara y taxativamente que pierdo mis derechos como afiliada, no podré ostentar cargo orgánico en el partido y que tampoco podré representar a Vox en ninguna institución durante 14 meses. Es por todo esto que quiero aclarar esta situación y que comprenda que mi “pase a los no adscritos” no es voluntaria, como así podría entenderse en la notificación que le mandé con nº de registro 2024-E-RPLN-24, sino que es una consecuencia de la sanción impuesta y por no poder representar al partido por el que obtuve el Acta de Concejal del Ilustre Ayuntamiento de Ingenio.” En base a ello, procede traer a colación que el abandono de la formación electoral por la que se concurre a las elecciones, conlleva el pase a la condición de concejal no adscrito, como bien se deduce del artículo 28 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 11 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Asimismo, dicho pase a la condición de concejal no adscrito se adquiere por mandato legal, aun en contra de la voluntad del concejal, como bien ha indicado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la Sentencia nº87/2007, de 30 de enero (nº de recurso 432/2006) (ECLI:ES:TSJM:2007:542). Sin embargo, se presenta recurso de reposición en la fecha anteriormente indicada, “(…) contra la consideración de concejal no adscrita (…)”, por lo que se entiende que dicho recurso va dirigido frente al acuerdo plenario adoptado con fecha 29 de julio de 2024, fecha a partir de la cual se produjo el cambio en la situación jurídica de la concejala. En relación a dicho recurso, el artículo 123.1 de la LPACAP dispone que “Los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa podrán ser recurridos potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.”. En el caso de que se interponga recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, conforme establece el apartado segundo del precepto anterior. En base a ello, cabe indicar que según lo previsto en el artículo 124.1 de la LPACAP “El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.”, añadiendo el apartado segundo del precepto que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso es de un mes. El acuerdo a partir del cual se produjo el pase a la condición de concejal no adscrita fue con fecha 29 de julio de 2024, por lo que a juicio de quien suscribe, el recurso de reposición se interpone fuera del plazo legalmente establecido, de lo contrario, se estaría legitimando a los miembros de la Corporación para impugnar los acuerdos municipales de forma indefinida, sine die. De acuerdo con lo expuesto, el artículo 116 d) de la LPACAP establece como causa de inadmisión haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso. QUINTO. – Competencia para resolver. En cuanto al órgano competente para resolver, si bien se ha expuesto a lo largo del presente dictamen que el pase a la condición de concejala no adscrita no se produce hasta la celebración de la sesión plenaria de 29 de julio de 2024, el órgano competente para resolver debe ser el mismo que tomó conocimiento de dicho cambio de situación. Ello se deduce a través del artículo 25 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (en adelante ROF), el cual establece que “De la constitución de los grupos políticos y de sus integrantes y portavoces, el Presidente dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre tras cumplirse el plazo previsto en el número 1 del artículo anterior.” Asimismo, procede traer a colación la Sentencia nº232/2017, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº3 de Toledo, con fecha 11 de octubre (nº de recurso 206/2017) (ECLI:ES:JCA:2017:1289), en la cual se concluye lo siguiente: “La anterior regulación reglamentaria está en consonancia con lo dispuesto en el citado artículo 73.3 de la citada Ley 7/1985, y por ello, la expulsión de un Concejal de un Grupo Municipal solamente requiere la comunicación del correspondiente Partido Político, pasando el Concejal afectado a tener la condición de no adscrito, (…) Además, si para la supresión de los Grupos Municipales se considerara aplicable lo dispuesto en el artículo 25 del citado Real Decreto 2568/1986, al Pleno solamente habría que dar cuenta de la extinción de aquellos, sin ser preceptivo ningún acuerdo de dicho órgano.” En vistas de lo expuesto y de acuerdo con el principio de coherencia administrativa, si el pase a la condición de concejal no adscrita no se produce hasta la toma de conocimiento del Pleno como órgano competente, la resolución del recurso sobre dicha situación debe ser resuelto por el mismo órgano, máximo representante de los ciudadanos en los asuntos públicos. De acuerdo con lo anterior, la resolución del recurso deberá llevarse a cabo por el Pleno de la Corporación por el voto favorable de la mayoría simple de los miembros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 46.1 de la LBRL, previo dictamen preceptivo y no vinculante de la Comisión Informativa de Economía y Administración, conforme establece el artículo 56 del Reglamento Orgánico Municipal y los artículos 93 y 126.1 del ROF. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 12 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En base a lo fundamentado a lo largo del presente informe, quien suscribe, como Secretario General de la Corporación y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 3.3 d) 4º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, eleva al Pleno de la Corporación, previo dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Administración, la siguiente, Vista la propuesta de resolución PR/2025/8261 de 12 de noviembre de 2025. PRIMERO. – INADMITIR el recurso de reposición interpuesto por Doña Rosa María Altafaj Gómez con fecha 24 de septiembre de 2025 y nº de registro de entrada 2025-E-RE-10083, al haberse interpuesto fuera del plazo legalmente establecido conforme dispone el artículo 116 d) de la LPACAP, puesto que el pase a la condición de concejala no adscrita se produce en la sesión plenaria de 29 de julio de 2024, habiendo transcurrido más de un mes entre la adopción del acuerdo y la interposición del recurso. SEGUNDO. – Notificar esta resolución a los interesados/as para su conocimiento y efectos oportunos”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, declara que, es la resolución de un recurso interpuesto por mí misma, por la pretensión que se estaba produciendo como pertenencia al grupo mixto municipal. Y la pretensión de apartar de este recurso que interpuse después de muchos desplantes de aproximadamente hace un más de un año, por el anterior secretario municipal, tras revisar varios correos, así como escritos e informes enviados por mí, se dio la callada por respuesta, pero en persona y en varias ocasiones me decía que me iba a entregar un informe, informe que nunca obtuve y solo obtuve silencio administrativo. He vuelto a enviar todos esos recursos, según me dijeron de otra forma y esta vez, sí me han contestado. En esta contestación no les voy a entretener más. Se me ha dado una respuesta de negación de recurso de reposición, que es lo que quería obtener, una respuesta, al fin y al cabo. Nada más que decir. Doña Ana Hernández Rodríguez, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, añade que, simplemente es un recurso administrativo, es verdad que ha sido presentado por nuestra compañera. Es la administración quien tiene que informar, quien tiene que proponer y nosotros como no tenemos mucho más que añadir, nos vamos a abstener en este caso. Muchas gracias. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria)] y siete abstenciones [(Grupo municipal Socialista) y (Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º.-COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS: Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, indica que, se explicarán los puntos 4.1, 4.2 y 4.3 ya que son parecidos y tienen que ver con el Plan de cooperación con los Ayuntamientos del Cabildo Insular de Gran Canaria para el próximo ejercicio. Recientemente y seguramente lo han podido seguir en prensa, hubo una reunión del Cabildo con los Ayuntamientos porque el Cabildo Insular ha entrado en un plan de ajuste y lo tienen complicado para que una obra no ejecutada se incorpore al año siguiente. Entonces, están tratando que todas las obras se hagan el ejercicio. Siendo así esta administración ha puesto manos a la obra para colaborar con el Cabildo y no es usual, puesto que esto se ha llevado siempre a Junta de Gobierno Local, porque se ha llevado en el ejercicio en curso. Pero como vamos a aprobar los del año próximo y todavía el presupuesto del Cabildo no está consolidado, el dinero no ha entrado en el Ayuntamiento y el competente en este caso sería el Pleno. Por eso viene a esta sesión plenaria. De las cuatro obras hoy traemos tres. 4.1.- Expediente 10618/2025. Aprobación técnica de proyecto de ejecución de obras denominado “Mejoras en la modernización y equipamiento de las Casas Consistoriales”, financiado con cargo al Plan de Cooperación del Excmo. Cabildo de Gran Canaria con los Ayuntamientos 2026 (PCA). Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 10 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 13 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 1.- Aprobación de la modificación de la anualidad PCA-2026.- A propuesta de la Concejalía de Urbanismo, el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento aprobó, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2025, la propuesta de actuaciones a ejecutar en el municipio con cargo a la anualidad 2026 del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos (PCA) financiado íntegramente por el Excmo. Cabildo de Gran Canaria, según se acredita con la certificación emitida por la Secretaría General en el expediente Gestiona nº. 6433/2023 que cuenta con el código seguro de verificación (CSV: 5TGM6PYHEAENRZP2SSCYRGC5S), aprobando dicho acuerdo la actuación denominada “MEJORAS EN LA MODERNIZACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LAS CASAS CONSISTORIALES”, con una asignación económica de 250.000,00 Euros. 2.- Redacción del proyecto.- En cumplimiento del compromiso asumido por el Pleno Municipal sobre la remisión del oportuno proyecto de ejecución de obras a la Corporación Insular, se encarga, previo procedimiento de licitación, a la mercantil PAROVESA Ingeniería, Arquitectura y Servicios S.L., la redacción del proyecto correspondiente a la actuación dada de alta y mencionada en el antecedente de hecho nº 1, el cual ha sido incorporado al expediente creado específicamente para dicha actuación (Gestiona nº 10618/2025), siendo informado favorablemente por el Técnico Municipal, Francisco Javier González Cabrera. CONSIDERACIONES: Primera. - CONSIDERANDO que se ha incorporado al expediente el informe emitido por el Técnico Municipal de Patrimonio en el que se acredita la plena titularidad municipal del inmueble contemplado en el proyecto técnico de ejecución que nos ocupa, que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: AEZR454WAQWD7C4ZLQR79TH4S. Segunda. - CONSIDERANDO que se ha incorporado al expediente el informe emitido por el Técnico Municipal de Urbanismo, que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: 7EMYXG6X4JGXA9YT9P43EEHW2, en el que se acredita que las actuaciones contenidas en el proyecto son conformes al Planeamiento Municipal en vigor, así como con la normativa sectorial en materia de accesibilidad, y medioambiental de aplicación, no requiriendo el proyecto de ejecución en cuestión de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y está exento de permisos, pases y/o autorizaciones sectoriales de otras Administraciones. Tercera. - CONSIDERANDO que el citado proyecto tiene como objeto la ejecución de las obras en él descritas, a financiar el 100% a través del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos 2026 del Cabildo Insular de Gran Canaria, no existiendo en la actualidad vinculación a partida del Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2026, al no encontrarse aprobado ni vigente el mismo. Cuarta. - Visto que, según lo dispuesto en el apartado ñ) del punto segundo del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno es el órgano competente para la aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. De conformidad con el contenido de los informes técnicos y jurídicos y autorizaciones administrativas obrantes en el expediente y que se dan aquí por reproducidas a todos los efectos legales por razones de eficiencia administrativa; de acuerdo con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; lo establecido en el artículo 331, apartado a), de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en ejercicio de las competencias conferidas a esta Alcaldía en el art. 22.2 ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la Ley 4/2012, de 25 de junio, de Medidas Administrativas y Fiscales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del presente, la Jefa del Área de Urbanismo, Obras y Actividades y la Concejala Delegada de Vías y Servicios Públicos, tienen a bien proponer al Pleno Corporativo, la adopción de los siguientes acuerdos: Vista la propuesta de resolución PR/2025/8187 de 10 de noviembre de 2025. PRIMERO: Aprobar “técnicamente” el proyecto denominado " MEJORAS EN LA MODERNIZACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LAS CASAS CONSISTORIALES”, redactado por la mercantil PAROVESA Ingeniería, Arquitectura y Servicios S.L., contando con el informe favorable del Técnico Municipal; Francisco Javier González Cabrera, con un Presupuesto de Ejecución por Contrata que, incluido IGIC, asciende al importe de 236.287,18 Euros, el cual se ha incorporado al expediente y puede ser consultado y descargado en el expediente de Gestiona nº 10618/2025.. SEGUNDO: Remitir el proyecto técnico, junto con la presente Resolución de aprobación, al Excmo. Cabildo de Gran Canaria a los efectos de que se proceda a la supervisión técnica del mismo, se someta a la aprobación por el órgano competente por el importe de ejecución por contrata expresado en el resolutivo anterior, con cargo a las consignaciones del Presupuesto Municipal 2026 correspondiente al Plan de Cooperación con los Ayuntamientos 2026 (PCA), aportando asimismo certificación acreditativa de que las obras a ejecutar se adecúan al planeamiento municipal vigente y considerando que se llevarán a cabo en una instalación de titularidad municipal, estas no precisa autorizaciones, permisos y concesiones administrativas necesarias para su inicio. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 14 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. TERCERO: Este Ayuntamiento aportará con cargo a su presupuesto la cantidad de CERO (0,00) euros, a fin de completar el coste total de esta actuación incluida en el Plan, tal cual se aprobó por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 30 de junio de 2025. CUARTO: Ordenar que se proceda por los Técnicos Municipales designados al efecto y una vez se reciba el informe de supervisión técnica favorable por el Servicio de Cooperación Institucional, a la formalización del Acta de Replanteo Previo del proyecto, así como el preceptivo informe de justificación de la necesidad de la inversión, criterios de adjudicación, propuesta de empresas especializadas a invitar en la licitación, en su caso, y otras consideraciones que estimen pertinentes para la incoación por el Servicio de Contratación del oportuno expediente de licitación y adjudicación de la ejecución del proyecto que nos ocupa, por el procedimiento legal que más se ajuste”. (…///…)” Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, dice que, estos son unas mejoras en la modernización y el equipamiento de las casas consistoriales. El proyecto que va más allá de la restauración, es un proyecto que va más allá de la restauración de la fachada del Ayuntamiento. Un proyecto técnico que cuenta con un presupuesto, solamente el proyecto de 250.000 €. El proyecto que va a necesitar una aprobación del Cabildo para su financiación. Eso con respecto a un punto. Luego está el del centro de mejora de estancia diurna de Ingenio. Es un proyecto para nuestros mayores, un proyecto técnico de 100.000 € igual que la anterior, un proyecto necesario y que apoyaré. Y luego está la sustitución de LED del alumbrado público. Este proyecto necesita un total de 190.000 € aportados en su totalidad por el Cabildo de Gran Canaria. Un proyecto que espero que ayude a ahorrar en la factura eléctrica. Nada más que decir. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, declara que, para no repetirme, más o menos como ha explicado el concejal y la compañera, efectivamente el centro de estancia diurna necesita esa rehabilitación, esas mejoras. La parte de la sustitución a Luminaria LED ya es un trabajo que se viene haciendo desde hace tiempo con la mejora para mayor eficiencia energética en cada uno de los barrios y en este caso, pues, toca la zona del Cristo y aledaños. Y, luego estaría la aprobación de las mejoras de la modernización, ya lo comentamos desde Agrupa Sureste desde el año pasado, el estado de deterioro y la imagen de abandono que da la facha de nuestro ayuntamiento. Y que por suerte en Navidades pues, se cubre un poco con las luces y disimula, ¿no? Así que es necesario. Además, esos 250.000 no solo es la fachada, sino también lleva la parte de la renovación integral, sobre todo instalaciones de climatización, donde siempre hemos cojeado con este edificio, la renovación de luminarias, parte de escaleras, accesibilidad y humedad. Así que bienvenido sea. Doña Victoria Eugenia Santana Artíles, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, esto es como ha explicado tanto el concejal, como las compañeras que han hablado antes que yo, pues, es nada más que los tres proyectos que se corresponden con la anualidad del plan de cooperación con los ayuntamientos de la anualidad del 26. Aquí en el pleno ya se aprobó en su momento la propuesta de las tres actuaciones y esto es una situación especial. Aprobamos saltándonos la Junta de Gobierno Local, porque en este momento no están aprobados ni los presupuestos de Cabildo, ni los presupuestos municipales y esas partidas no tienen dinero asignado. Pues, vamos a adelantarnos un poquito, el pleno les aprueba el proyecto técnico y así se puede ir adelantando trabajo para que las contrataciones también, bueno, cuando nos ingresen el dinero, las contrataciones puedan ir adelantándose. No es más que un mero trámite porque la Junta de Gobierno Local en este momento no tiene competencia, como digo, porque no están aprobados los presupuestos ni municipales, ni del Cabildo. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda por unanimidad, y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.2.- Expediente 10619/2025. Aprobación técnica de proyecto de ejecución de obras denominado “Mejora del Centro de Estancia Diurna”, financiado con cargo al Plan de Cooperación del Excmo. Cabildo de Gran Canaria con los Ayuntamientos 2026 (PCA). Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 15 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 10 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO: 1.- Aprobación de la modificación de la anualidad PCA-2026.- A propuesta de la Concejalía de Urbanismo, el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento aprobó, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2025, la propuesta de actuaciones a ejecutar en el municipio con cargo a la anualidad 2026 del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos (PCA) financiado íntegramente por el Excmo. Cabildo de Gran Canaria, según se acredita con la certificación emitida por la Secretaría General en el expediente Gestiona nº. 6433/2023 que cuenta con el código seguro de verificación (CSV: 5TGM6PYHEAENRZP2SSCYRGC5S), aprobando dicho acuerdo la actuación denominada “MEJORA DEL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA”, con una asignación económica de 100.000,00 Euros. 2.- Redacción del proyecto.- En cumplimiento del compromiso asumido por el Pleno Municipal sobre la remisión del oportuno proyecto de ejecución de obras a la Corporación Insular, se encarga, previo procedimiento de licitación, a la mercantil PAROVESA Ingeniería, Arquitectura y Servicios S.L., la redacción del proyecto correspondiente a la actuación dada de alta y mencionada en el antecedente de hecho nº 1, el cual ha sido incorporado al expediente creado específicamente para dicha actuación (Gestiona nº 10619/2025), siendo informado favorablemente por el Técnico Municipal; Francisco Javier González Cabrera. CONSIDERACIONES: Primera. - CONSIDERANDO que se ha incorporado al expediente el informe emitido por el Técnico Municipal de Patrimonio en el que se acredita la plena titularidad municipal del inmueble contemplado en el proyecto técnico de ejecución que nos ocupa, que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: 4QARYFW3JM2AFRZFZANRGH7LC. Segunda. - CONSIDERANDO que se ha incorporado al expediente el informe emitido por el Técnico Municipal de Urbanismo, que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: 4YNT6RJCS7JTK65YQY6F4ADKR, en el que se acredita que las actuaciones contenidas en el proyecto son conformes al Planeamiento Municipal en vigor, así como con la normativa sectorial en materia de accesibilidad, y medioambiental de aplicación, no requiriendo el proyecto de ejecución en cuestión de un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, y está exento de permisos, pases y/o autorizaciones sectoriales de otras Administraciones. Tercera. - CONSIDERANDO que el citado proyecto tiene como objeto la ejecución de las obras en él descritas, a financiar el 100% a través del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos 2026 del Cabildo Insular de Gran Canaria, no existiendo en la actualidad vinculación a partida del Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2026, al no encontrarse aprobado ni vigente el mismo. Cuarta. - Visto que, según lo dispuesto en el apartado ñ) del punto segundo del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno es el órgano competente para la aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. De conformidad con el contenido de los informes técnicos y jurídicos y autorizaciones administrativas obrantes en el expediente y que se dan aquí por reproducidas a todos los efectos legales por razones de eficiencia administrativa; de acuerdo con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; lo establecido en el artículo 331, apartado a), de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en ejercicio de las competencias conferidas a esta Alcaldía en el art. 22.2 ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la Ley 4/2012, de 25 de junio, de Medidas Administrativas y Fiscales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del presente, la Jefa del Área de Urbanismo, Obras y Actividades y la Concejala Delegada de Vías y Servicios Públicos, tienen a bien proponer al Pleno Corporativo, la adopción de los siguientes acuerdos: Vista la propuesta de resolución PR/2025/8186 de 10 de noviembre de 2025. PRIMERO. - Aprobar “técnicamente” el proyecto denominado " MEJORA DEL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA”, redactado por la mercantil PAROVESA Ingeniería, Arquitectura y Servicios S.L., contando con el informe favorable del Técnico Municipal; Francisco Javier González Cabrera, con un Presupuesto de Ejecución por Contrata que, incluido IGIC, asciende al importe de 99.965,57 Euros, el cual se ha incorporado al expediente y puede ser consultado y descargado en el expediente de Gestiona nº 10619/2025. SEGUNDO.- Remitir el proyecto técnico, junto con la presente Resolución de aprobación, al Excmo. Cabildo de Gran Canaria a los efectos de que se proceda a la supervisión técnica del mismo, se someta a la aprobación por el órgano competente por el importe de ejecución por contrata expresado en el resolutivo anterior, con cargo a las consignaciones del Presupuesto Municipal 2026 correspondiente al Plan de Cooperación Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 16 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. con los Ayuntamientos 2026 (PCA), aportando asimismo certificación acreditativa de que las obras a ejecutar se adecúan al planeamiento municipal vigente y considerando que se llevarán a cabo en una instalación de titularidad municipal, estas no precisa autorizaciones, permisos y concesiones administrativas necesarias para su inicio. TERCERO. - Este Ayuntamiento aportará con cargo a su presupuesto la cantidad de CERO (0,00) euros, a fin de completar el coste total de esta actuación incluida en el Plan, tal cual se aprobó por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 30 de junio de 2025. CUARTO: Ordenar que se proceda por los Técnicos Municipales designados al efecto y una vez se reciba el informe de supervisión técnica favorable por el Servicio de Cooperación Institucional, a la formalización del Acta de Replanteo Previo del proyecto, así como el preceptivo informe de justificación de la necesidad de la inversión, criterios de adjudicación, propuesta de empresas especializadas a invitar en la licitación, en su caso, y otras consideraciones que estimen pertinentes para la incoación por el Servicio de Contratación del oportuno expediente de licitación y adjudicación de la ejecución del proyecto que nos ocupa, por el procedimiento legal que más se ajuste. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda por unanimidad y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.3.- Expediente 10731/2025. Aprobación técnica de proyecto de ejecución de obras denominado “Sustitución a Led del Alumbrado Público en Barrio del Cristo y otras”, financiado con cargo al Plan de Cooperación del Excmo. Cabildo de Gran Canaria con los Ayuntamientos 2026 (PCA). Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 10 de noviembre de 2025, dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios, de fecha 18 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO: 1.- Aprobación de la modificación de la anualidad PCA-2026.- A propuesta de la Concejalía de Urbanismo, el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento aprobó, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2025, la propuesta de actuaciones a ejecutar en el municipio con cargo a la anualidad 2026 del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos (PCA) financiado íntegramente por el Excmo. Cabildo de Gran Canaria, según se acredita con la certificación emitida por la Secretaría General en el expediente Gestiona nº. 6433/2023 que cuenta con el código seguro de verificación (CSV: 5TGM6PYHEAENRZP2SSCYRGC5S), aprobando dicho acuerdo la actuación denominada “SUSTITUCIÓN A LED DEL ALUMBRADO PÚBLICO EN BARRIO DEL CRISTO Y OTRAS”, con una asignación económica de 189.585,14 Euros. 2.- Redacción del proyecto.- En cumplimiento del compromiso asumido por el Pleno Municipal sobre la remisión del oportuno proyecto de ejecución de obras a la Corporación Insular, se encarga, al Técnico Municipal de Servicios Públicos; Juan José Hernández Ramírez, la redacción del proyecto correspondiente a la actuación dada de alta y mencionada en el antecedente de hecho nº 1, el cual ha sido incorporado al expediente creado específicamente para dicha actuación (Gestiona nº 10731/2025), que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: QJG9WMXG9STGC4LGFHRDNQRGA. CONSIDERACIONES: Primera. - CONSIDERANDO que se ha incorporado al expediente el informe emitido por el Técnico Municipal de Patrimonio en el que se acredita la plena titularidad municipal de las vías objeto de la intervención en el proyecto técnico de ejecución que nos ocupa, así como la propia titularidad de las infraestructuras de alumbrado, que se da aquí por reproducido íntegramente a todos los efectos legales y cuenta con el CSV: 6ME2HMCAMSAZ7JEF5M9PW7JW6. Segunda. - CONSIDERANDO que el citado proyecto tiene como objeto la ejecución de las obras en él descritas, a financiar el 100% a través del Plan de Cooperación con los Ayuntamientos 2026 del Cabildo Insular de Gran Canaria, no existiendo en la actualidad vinculación a partida del Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2026, al no encontrarse aprobado ni vigente el mismo. Tercera. - Visto que, según lo dispuesto en el apartado ñ) del punto segundo del artículo 22 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno es el órgano competente para la aprobación de los proyectos de obras y servicios cuando sea competente para su contratación o concesión, y cuando aún no estén previstos en los presupuestos. (…///…)” Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 17 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. De conformidad con el contenido de los informes técnicos y jurídicos y autorizaciones administrativas obrantes en el expediente y que se dan aquí por reproducidas a todos los efectos legales por razones de eficiencia administrativa; de acuerdo con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; lo establecido en el artículo 331, apartado a), de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en ejercicio de las competencias conferidas a esta Alcaldía en el art. 22.2 ñ) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la Ley 4/2012, de 25 de junio, de Medidas Administrativas y Fiscales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud del presente, la Jefa del Área de Urbanismo, Obras y Actividades y la Concejala Delegada de Vías y Servicios Públicos, tienen a bien proponer al Pleno Corporativo, la adopción de los siguientes acuerdos: Vista la propuesta de resolución PR/2025/8185 de 10 de noviembre de 2025. PRIMERO. - Aprobar “técnicamente” el proyecto denominado " SUSTITUCIÓN A LED DEL ALUMBRADO PÚBLICO EN BARRIO DEL CRISTO Y OTRAS”, redactado por el Técnico Municipal de Servicios Públicos; Juan José Hernández Ramírez, con un Presupuesto de Ejecución por Contrata que, incluido IGIC, asciende al importe de 189.585,14 Euros, el cual se ha incorporado al expediente y puede ser consultado y descargado en el expediente de Gestiona nº 10619/2025. SEGUNDO.- Remitir el proyecto técnico, junto con la presente Resolución de aprobación, al Excmo. Cabildo de Gran Canaria a los efectos de que se proceda a la supervisión técnica del mismo, se someta a la aprobación por el órgano competente por el importe de ejecución por contrata expresado en el resolutivo anterior, con cargo a las consignaciones del Presupuesto Municipal 2026 correspondiente al Plan de Cooperación con los Ayuntamientos 2026 (PCA), aportando asimismo certificación acreditativa de que las obras a ejecutar se adecúan al planeamiento municipal vigente y considerando que se llevarán a cabo en una instalación de titularidad municipal, estas no precisa autorizaciones, permisos y concesiones administrativas necesarias para su inicio. TERCERO. - Este Ayuntamiento aportará con cargo a su presupuesto la cantidad de CERO (0,00) euros, a fin de completar el coste total de esta actuación incluida en el Plan, tal cual se aprobó por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento en sesión ordinaria de fecha 30 de junio de 2025. CUARTO: Ordenar que se proceda por los Técnicos Municipales designados al efecto y una vez se reciba el informe de supervisión técnica favorable por el Servicio de Cooperación Institucional, a la formalización del Acta de Replanteo Previo del proyecto, así como el preceptivo informe de justificación de la necesidad de la inversión, criterios de adjudicación, propuesta de empresas especializadas a invitar en la licitación, en su caso, y otras consideraciones que estimen pertinentes para la incoación por el Servicio de Contratación del oportuno expediente de licitación y adjudicación de la ejecución del proyecto que nos ocupa, por el procedimiento legal que más se ajuste. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda por unanimidad y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 5º.-ASUNTOS DE URGENCIA: A continuación, la Alcaldesa-Presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración del Ilustre. Ayuntamiento Pleno, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día: 5.1.-Expediente 4012/2025. ADJUDICACIÓN DE CONTRATO. La Alcaldesa-Presidente, don Vanesa Belén Martín Herrera, justifica la urgencia del asunto por celeridad y eficacia administrativa y sometida a votación la urgencia, se aprueba por unanimidad y, por lo tanto, mayoría absoluta legal, con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, da lectura de la propuesta que se ha emitido el día 21 de noviembre de 2025, por la concejalía de Contratación, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “De acuerdo con lo ordenado mediante Resolución de Alcaldía número 2025-2985, de fecha 26 de mayo de 2025, por el que se inicia el expediente de contratación por procedimiento abierto de las obras contenidas en el proyecto técnico denominado “BIBLIOTECA PÚBLICA DE INGENIO”, la trabajadora que suscribe con la Categoría Profesional de Técnica como responsable del presente expediente, con la conformidad del Jefe de Área de Servicios Generales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 172.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene el deber de emitir el siguiente Informe-Propuesta, con base a los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 30 ACTA DEL PLENO (…///…)” P á g i n a 18 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. 1º. Mediante Acuerdo del Pleno Corporativo de 04 de junio de 2025, se aprobó el expediente de contratación, mediante Procedimiento Abierto, mejor oferta, con varios criterios de adjudicación, del contrato de obras denominado “BIBLIOTECA PÚBLICA DE INGENIO”, así como, los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares e, igualmente, se procedió a autorizar el gasto estimativo que supone la adjudicación del mismo. 2º. Con fecha 05 de junio de 2025 fue publicado el Anuncio de Licitación en el Perfil de Contratante municipal, alojado en el Portal de Contratación del Estado, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), el Proyecto Técnico de ejecución que contiene el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPTP) y documento BC3, estableciéndose, el plazo de presentación de proposiciones hasta el día 02 de julio de 2025. 3º. Obra en el expediente Actas de las sesiones de Mesa de Contratación celebrada para los actos de apertura de las ofertas electrónicas presentadas que, se dan aquí por reproducidas íntegramente a todos los efectos legales y, una vez, examinada la inexistencia de valores anormalmente bajos en las ofertas válidas, se propone a este Pleno Corporativo la adjudicación en favor de la empresa que haya presentado la mejor oferta. 4º. Por Acuerdo del Pleno Corporativo de fecha 27 de octubre de 2025, se resuelve CLASIFICAR las proposiciones presentadas, admitidas y aceptadas a la licitación, cuya parte resolutiva es del siguiente tenor literal: “PRIMERO: RECHAZAR y excluir la oferta presentada por el licitador TALLER DE CONSTRUCCIÓN TMR, S.A. con CIF A78159654, a la licitación denominada “BIBLIOTECA PÚBLICA DE INGENIO”, al incurrir en incumplimiento del pliego, conforme al informe técnico emitido con fecha 12 de septiembre de 2025 y código de validación 7LSYK7QXLJ5Y7QL5PW4LN2ZD6, puesto que subcontrata tareas críticas definidas en el pliego. SEGUNDO: CLASIFICAR la única oferta presentada, admitida y aceptada a la licitación denominada “BIBLIOTECA PÚBLICA DE INGENIO”, de acuerdo con el siguiente orden decreciente: Nº. ORDEN CLASIF. LICITADOR 1º PÉREZ MORENO S.A.U. 70 8,75 78,75 Rechazado TALLER DE CONTRUCCIÓN TMR, S.A. --- CONSTRUPLAN, CONSTRUCCIONES Y PLANIFICACIÓN, S.L.U. No Admitido TERCERO: Notificar y requerir a PÉREZ MORENO S.A.U. con C.I.F. número A35010099, licitador que ha presentado la mejor oferta en términos de calidad precio al procedimiento, para que presente en el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento y en la forma establecida en la Cláusula 13 del PCAP, la siguiente documentación: (…/…) CUARTO: Publicar el acuerdo que se adopte por el Órgano de Contratación, en el Perfil del Contratante de esta Administración alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, para su conocimiento por todos los licitadores.” 5º. La Técnica del Servicio de Contratación que suscribe ha emitido, con fecha 19 de noviembre de 2025 el preceptivo informe en el que se hace constar que la empresa PÉREZ MORENO, S.A.U. ha cumplimentado correctamente los requerimientos formulados mediante escritos 2025-S-RE-12747 y 2025-S-RE-13478, en cuanto a la presentación de los documentos exigidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares relativo al cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y con este Ayuntamiento, así como con la Seguridad Social, documentación relativa a la personalidad jurídica, capacidad de representación, solvencias, adscripción de medios y depósito de garantía definitiva. 6º. Consta en el expediente documentos contables de Retención de Crédito emitidos por la Intervención Municipal, acreditativos de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal para hacer frente al gasto derivado de esta contratación, en los importes que se detallan, a continuación: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 30 ACTA DEL PLENO SOBRE B CRITERIOS OBJETIVOS SOBRE C CRITERIOS TOTAL PUNTOS JUICIO DE VALOR --- P á g i n a 19 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. FINANCIACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA OPERACIÓN RC IMPORTE Cargo PAI 2024 1510.62200 220250006215 4.000.000,00 € Fondos Propios 1510.62200 220259000167 631.000,00 € TOTAL 4.631.000,00 € La citada actuación inversora se financia, una parte, con cargo al Plan Adicional de Inversiones (PAI) en el periodo 2024-2026 del Excmo. Cabildo de Gran Canaria, por importe de 4.000.000,00 € y, de otra parte, con cargo al Presupuesto Municipal, por importe de 631.000,00 €. 7º. Igualmente, esta contratación refleja un gasto de carácter plurianual, de conformidad con el artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, toda vez que sus efectos económicos afectan a ejercicios presupuestarios futuros, sin exceder de cuatro ni tampoco de los porcentajes máximo de compromisos fijados legalmente, por lo que, la efectividad de esta inversión en los ejercicios 2026 y 2027, queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los citados presupuestos económicos. Por todo lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 172 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Técnica del Servicio de Contratación que suscribe, con la conformidad del Concejal Delegado de Contratación, eleva al PLENO CORPORATIVO, en su calidad de órgano de contratación competente en virtud la Disposición Adicional Segunda y el artículo 117 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, (en adelante LCSP), la presente propuesta de resolución de adjudicación en los términos que a continuación se expresan. PRIMERO. Declarar válida la tramitación del procedimiento de licitación y refrendar los actos emanados del Servicio de Contratación y, en consecuencia, ADJUDICAR el contrato de obras para la ejecución del proyecto denominado “BIBLIOITECA PÚBLICA DE INGENIO”, a la empresa licitadora PÉREZ MORENO, S.A.U. con C.I.F. número A35010099, con domicilio a estos efectos en calle Francisco Gourié, nº 107 – 4ª planta, C.P. 35002 (Las Palmas de Gran Canaria), por considerarse la mejor oferta, en su conjunto, para los intereses municipales. SEGUNDO. RÉGIMEN RETRIBUTIVO DEL ADJUDICATARIO. 2.1.- Precio del contrato: El precio de adjudicación del contrato queda fijado en la cantidad de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA SEIS CÉNTIMOS (4.327.254,96 €), siendo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) de TRESCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS SIETE EUROS CON OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS (302.907,85 €) que debe repercutir el adjudicatario y soportar la administración, al Tipo Impositivo 7%, haciendo un total de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (4.630.162,81 €). 2.2.- Retribución del adjudicatario, clase y cuantía. La retribución que la empresa adjudicataria percibirá por este contrato provendrá única y exclusivamente del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, debiendo la empresa facilitar la información y documentación que a estos efectos se precise, efectuándose las liquidaciones en la forma y condiciones establecidas en la Cláusula 25 del PCAP. Indicando que las certificaciones de obras deben ser emitidas por la Dirección Facultativa de las Obras. De tal forma que a las facturas presentadas en el registro electrónico FACE, debe adjuntarse, los documentos que se citan, a continuación, de conformidad con la cláusula 25.6 del PCAP. - CERTIFICADO de la AGENCIA TRIBUTARIA ESTATAL, del tipo contratistas subcontratistas, actualizado. - CERTIFICADO de la AGENCIA TRIBUTARIA AUTONÓMICO, del tipo contratistas subcontratistas, actualizado. - CERTIFICADO de estar al corriente con la SEGURIDAD SOCIAL, actualizado. - RELACIÓN NOMINAL DE TRABAJADORES (antiguamente llamado TC1), el más reciente posible. - RECIBO DE LIQUIDACIÓN DE COTIZACIONES (antiguamente TC2), el más reciente posible. - JUSTIFICANTE DEL PAGO DE COTIZACIONES. - CERTIFICACIÓN QUE SE ESTÁ FACTURANDO, FIRMADA POR LA DIRECCIÓN FACULTATIVA Y EL CONTRATISTA. Asimismo, en virtud de la entrada en vigor de la Orden 25/2013 de 27 de diciembre, los datos de este Ayuntamiento para la facturación electrónica son los siguientes: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 20 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Cliente Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio Razón social Administración Local CIF P3501200D Contacto David Castellano González E-mail dcastellano@ingenio.es Portal FACe Órgano Gestor L01350115 Unidad Tramitadora L01350115 Oficina Contable L01350115 TERCERO: PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo máximo para ejecutar las obras, conforme a la oferta presentada, es de QUINCE (15) MESES, a contar desde la firma del Acta de Comprobación del Replanteo y orden de iniciación de las mismas. Dicha acta e inicio de las obras, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 237 de la LCSP, se efectuará por el servicio de la Administración encargada de las obras, en presencia del contratista, dentro del plazo que se consigne en el contrato que no podrá ser superior a un mes desde su formalización salvo casos excepcionales justificados. Asimismo, se remarca que el cumplimiento de este plazo debe garantizar lo establecido en la ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE CONTRA LA EMISIÓN DE RUIDOS Y VIBRACIONES, así como las determinaciones establecidas en el Convenio Colectivo de la Construcción de la Provincia de Las Palmas. CUARTO. El gasto que comporta la presente adjudicación se financia con cargo a los Presupuestos Municipales, de tal forma que la Intervención Municipal ha acreditado la existencia de crédito en la aplicación 1510.62200 del vigente presupuesto municipal, por importe de 4.631.000,00 €, a efectos de atender el gasto que se derive de su ejecución en el presente ejercicio 2025, con cargo operación número 220250006215 el importe de 4.000.000,00 € y con cargo a la operación número 220259000167, el importe de 631.000,00 €, para el ejercicio 2026. QUINTO. Disponer que por la Intervención Municipal se tome debida nota para la habilitación de consignación presupuestaria adecuada y suficiente para afrontar el gasto que se derive de la presente contratación en los Presupuestos 2026 y 2027, en base al precio de adjudicación que se expresa, a continuación, atendiendo al ritmo de ejecución de la obra, considerando su efectivo inicio en diciembre 2025, debiendo, reajustarse el gasto plurianual afecto al ejercicio 2027 con el importe exacto, a finales 2026. EJERCICIO PRESUPUESTARIO 2026 Cargo PAI 2026 - 2027 Fondos propios 1510 60902 4.000.000,00 € 630.162,81 € (*) Inversiones FDCAN Operación RC 220259000129 220259000147 OBRA DE MEJORA Y ADECUACION DEL C.C.C. C (*) Todo afecto a 2026, el importe ejercicio 2027 se reajustará a finales 2026, conforme ritmo ejecución y certificaciones de obras emitidas. SEXTO. El adjudicatario se compromete según oferta presentada a realizar las siguientes mejoras, sin coste para este Ayuntamiento:  PLAZO DE GARANTIA: El plazo de garantía definitivo de la obra queda fijado en TRES (3) AÑOS, de tal forma que, tras la recepción efectiva y, a conformidad, del órgano de contratación de la obra, transcurrido los tres años, se podrá iniciar el expediente de la devolución, en su caso, de la garantía depositada por importe de 216.362,75 €, operación contable 320250003088, mediante carta de pago en la Tesorería Municipal. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 30 ACTA DEL PLENO TOTAL = 4.630.162,81 € P á g i n a 21 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría.  MODELO BIM DEL EDIFICIO: El adjudicatario deberá entregar en el plazo de SEIS (6) MESES desde el inicio del contrato, conforme a la oferta presentada, un modelo BIM del edificio objeto del contrato, conforme a los requisitos, alcance y especificaciones recogidas seguidamente.  ADSCRIPCION DE UN INGENIERO: La adjudicataria adscribirá a la ejecución del contrato a un ingeniero industrial o Ingeniero Técnico con experiencia en obras similares que, conforme, a la documentación y oferta presentada, será el Sr. D. David Santana Quintana. SÉPTIMO. CONDICIONES DE EJECUCIÓN. El adjudicatario se compromete a realizar la ejecución del contrato conforme a su OFERTA TÉCNICA presentada del proyecto de obras denominado “BIBLIOTECA PÚBLICA DE INGENIO”, obrante en el expediente, debiendo atender en su prestación el contenido de la cláusula 28 del PCAP, en cuanto a la subcontratación y tareas críticas. Igualmente, la realización de los trabajos queda supeditada a las condiciones establecidas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, en su autorización de fecha 27 de marzo de 2025, señaladas en la cláusula 21.3 del PCAP, tal como, se reproduce, seguidamente: Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 22 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Por lo que respecta a la publicidad de la obra, el adjudicatario en el plazo de los SIETE (7) DIAS siguientes al inicio, debe instalar el cartel establecido en la cláusula 20.2 del PCAP. OCTAVO. Determinar como responsable municipal del contrato y director facultativo de la obra a D. Lucrecio Gil Sánchez y D. Eduardo Rodríguez González. Así como delegado de obra en representación de la adjudicataria a D. Antonio García Ojeda, con dedicación plena a la obra, de conformidad con la cláusula 21.2 del PCAP. NOVENO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios, así como a los rechazados, en la forma y plazos establecidos en el artículo 151 de la LCSP. DÉCIMO. Notificar la presente Resolución a la adjudicataria del contrato y, al mismo, tiempo requerirle para la formalización del contrato administrativo a través de sede electrónica municipal (https://ingenio.sedelectronica.es), una vez transcurrido el plazo máximo de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación por los licitadores en la forma prevista en el artículo 151 de la LCSP, sin que se hubiese presentado recurso especial en materia de contratación. DÉCIMO PRIMERO. Formalizado el contrato se deberá presentar por el adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, el Plan de Seguridad y Salud de la Obra ajustado al Estudio de Seguridad y Salud [o Estudio Básico de Seguridad] del Proyecto para su aprobación por el Ayuntamiento previo informe del Coordinador de Seguridad y Salud y su posterior comunicación a la autoridad laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de comprobación del replanteo e inicio de la obra. A tal fin, la entidad ICMOVE INGENIERÍA Y PREVENCIÓN, S.L.P. con C.I.F. B76243146, en virtud del contrato administrativo suscrito entre las partes, tiene adjudicado el servicio de Coordinación de Seguridad y Salud de las obras municipales. Para cualquier duda o aclaración respecto a la elaboración del Plan de Seguridad, la empresa adjudicataria de la obra podrá dirigirse a esta entidad a través del correo electrónico cssingenio@icmove.es La presentación oficial del Plan de Seguridad y Salud (así como sus revisiones o versiones) se hará en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Ingenio, Área de Urbanismo, Departamento de Planes y Proyectos de Inversión, al igual que los informes del Coordinador/a designado/a. Las comunicaciones oficiales entre ambos agentes se llevarán a cabo, por tanto, a través del citado Departamento Municipal, al objeto de hacer constar los tiempos y plazos que cada una de las partes ha empleado en el desempeño de sus funciones y poder dirimir responsabilidades, en caso de que fuera necesario, por el incumplimiento de los mismos. DÉCIMO SEGUNDO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de Contratante municipal, alojado en el Portal de Contratación del Estado, en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. DÉCIMO TERCERO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido. Es todo cuanto se tiene a bien informar y proponer. No obstante, el Pleno Corporativo adoptará la Resolución que estime pertinente, en su calidad de órgano de contratación competente”. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 23 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En propia sesión se hace constar un error de transcripción en el apartado QUINTO de la parte dispositiva de la propuesta de resolución, en relación al número de operaciones contables en las que se acredita la existencia de crédito, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección y donde dice: Debe decir: Operación RC 220250006215 220259000167 Procediéndose a la votación del acuerdo con la corrección efectuada”. Doña Rosa María Altafaj Gómez, concejal no adscrita, dice que, poco más que decir. Esto es un trámite para adjudicar el contrato de construcción de la biblioteca pública a una empresa determinada que, como ya han dicho, es Pérez Moreno. Se conoce que es la que lo va a hacer, es la que ha salido en la licitación y yo desde luego no voy a poner ninguna traba a esto. A ver si esto sale adelante y tenemos una biblioteca espectacular en Ingenio o dos ya. Doña Minerva Artiles Castellano, en representación del subgrupo mixto, Agrupa Sureste, expone que, es parte del procedimiento que se ha llevado. Recordaremos todos que el mes pasado también ya se anunciaba que estaban expectantes a la entrega de esa documentación y ver que cumplía esa empresa para formalizar la adjudicación y en ello se está con este punto. Así que nada más. Doña Raquel González Hernández, en representación del grupo político Partido Socialista Obrero Español, indica que, al igual que manifestamos en el pleno anterior, nuestro desacuerdo en el lugar y donde tampoco hemos sido partícipes del proceso, nuestro voto va a ser abstención. La Alcaldesa-presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera, recuerda que, solo comentar antes de pasar a la votación que ya acordamos en la junta de portavoces que hay un error de transcripción en el número contable. Entonces, cuando votemos; votaremos también esa corrección que simplemente es un número. Si están de acuerdo, entonces pasamos a la votación. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupos municipales: Fórum Drago-Nueva Canarias, Partido Popular-Proyecto Somos) y (Grupo Mixto, subgrupo: Coalición Canaria) y (Concejala no adscrita, doña Rosa María Altafaj Gómez)] y seis abstenciones [(Grupo municipal Socialista) y (Grupo Mixto, subgrupo: Agrupa Sureste)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 6º. MOCIONES: 6.1.- Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista con fecha 10/11/2025, con registro de entrada número 2025-E-RPLN-21, con motivo del Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer” Queda retirada la referida moción por acuerdo tomado en la Junta de Portavoces. La Alcaldesa-presidente, abandona la sesión indicando que, con su permiso, secretario, si me permite Yo me voy a ausentar dos minutos y le cedo la palabra a Rayco, para que lea el punto siete y si no llego, el ocho, por favor, señor Rayco. En ausencia de la Alcaldesa-presidente y en aplicación de los previsto en el artículo 23.3 de la Ley 8/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, preside el Pleno el Primer Teniente de Alcalde, Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, que toma la palabra para dar cuenta de los siguientes documentos: 7º.-DACIONES DE CUENTA: 7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: -DECRETOS EMITIDOS EN SEPTIEMBRE DE 2025: desde el número 5505, del día 20, hasta el número 5859, del día 31. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 30 ACTA DEL PLENO A) PARTE DE CONTROL P á g i n a 24 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. -DECRETOS EMITIDOS EN OCTUBRE DE 2025: desde el número 5860, del día 3, hasta el número 6144, del día 14. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO: -DECRETOS EMITIDOS EN SEPTIEMBRE DE 2025: desde el número 192, del día 21, hasta el número 198, del día 31. -DECRETOS EMITIDOS EN OCTUBRE DE 2025: desde el número 199, del día 8, hasta el número 201, del día 12. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.3. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES: -DECRETOS EMITIDOS EN SEPTIEMBRE DE 2025: desde el número 90, del día 24, hasta el número 95, del día 31. -DECRETOS EMITIDOS EN OCTUBRE DE 2025: los números 96 y 97, del día 6. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.4.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN: -DECRETOS EMITIDOS EN SEPTIEMBRE DE 2025: desde el número 97, del día 20, hasta el número 99, del día 25. -DECRETOS EMITIDOS EN OCTUBRE DE 2025: desde el número 100, del día 6, hasta el número 101, del día 10. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTAS DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: -Minuta del Acta de JGL, Sesión Extraordinaria, de 2 de octubre de 2025 (19) -Minuta del Acta de JGL, Sesión Ordinaria, de 17 de octubre de 2025 (20) -Minuta del Acta de JGL, Sesión Ordinaria, de 31 de octubre de 2025 (21) Dada cuenta de las sesiones de las Juntas de Gobierno Local que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado 8º.-DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS: 8.1.- Dación de cuenta del acuerdo de la Junta de Gobierno Local adoptado en sesión ordinaria celebrada con fecha 31 de octubre de 2025, por el que suspende cautelarmente el otorgamiento de licencias urbanísticas en el ámbito afectado por la incoación del expediente de revisión del deslinde de dominio público marítimo-terrestre. Prosigue don Rayco Padilla indicando que, como ustedes bien saben, en este caso Demarcación de Costas Canarias dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, ha iniciado el deslinde marítimo- terrestre vigente a la ley del 88. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 25 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. En este caso, este procedimiento legal nos obliga, no es que sea de buen gusto para nosotros, de hecho, no lo es, a la suspensión de licencias en el ámbito de protección. En este caso se acuerda el 31 de octubre de 2025, haciendo cumplimiento de la ley y ya en dación de cuentas también, que la alcaldesa me iba a dar la palabra. El pasado martes, tanto ella como yo, hicimos públicas las alegaciones que ha presentado el Ayuntamiento de Ingenio. Aquí están, son 30 páginas de alegaciones con el trabajo que se ha hecho y coordinado también con otras instituciones como el Gobierno de Canarias, que también ha emitido informe desfavorable, en este caso, al deslinde marítimo terrestre que se quiere imponer. El Ayuntamiento de Ingenio también ha hecho lo propio, el informe ha sido desfavorable y ha sido emitido en este caso a Demarcación de Costas, en tiempo y forma. También se lo hemos pasado a todos los grupos políticos del Ayuntamiento, tanto del grupo de gobierno, como a la oposición y esa rueda de prensa en aras de transparencia. El Pleno Corporativo queda informado. 9º.-ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA: 10.-RUEGOS Y PREGUNTAS En este punto y siendo las 18:36 horas, se incorpora la Alcaldesa-Presidente, doña Vanesa Belén Martín Herrera y toma su asiento como Presidente del Pleno, seguidamente cede la palabra a los miembros de la oposición para proceder al turno de ruegos y preguntas. DEL GRUPO MIXTO, SUBGRUPO AGRUPA SURESTE Doña Minerva Artiles Castellano, procede a leer el texto que a continuación se transcribe literalmente: Primero, ¿qué suceden con los baños públicos de la plaza de la Candelaria y el Buen Suceso que aún siguen cerrados? Rogamos que nos expliquen cuándo estarán accesibles, si estarán disponibles para las fiestas de Navidad, ya que para la feria de la juventud permanecieron cerrados en Carrizal. Segundo, ¿qué ha sucedido con el proyecto del parque de Lomo Algodones después de más de un año sin realizar nada? Algunos vecinos nos preguntan de este barrio. Desde el área de parques, en el Parque de La Esperanza continúa sin un cártel informativo de los horarios de apertura y cierre en la entrada del mismo y eso está ocasionando problemas a vecinos que van a sacar sus coches y se encuentran las puertas cerradas o no les dejan entrar, porque está cedido para un club deportivo por la tarde, notificando su uso a partir de las 7:30. Sin embargo, en internet pone que su cierre es a las 9. Rogamos rectifiquen o confirmen su horario con cartelería actualizada. Vale. Pone que el cierre es a las 9:30 y no se está permitiendo a partir de las 7:30 por el uso del club. Cuatro, al área de agricultura. Productores se nos han quejado, se nos han quejado porque no están en funcionamiento la Almazara y han tenido que trasladarse a Agüimes. ¿Qué ha sucedido? Siguiente. El día 6 de noviembre recibimos desde Plateca una alerta por contaminación marina a nivel insular y no es hasta el 18 de noviembre, desde el 6 al 18, donde este consistorio vuelve a informar a la ciudadanía que se está haciendo análisis semanales, los cuales, no teníamos ni un link de acceso, ni información al respecto en esos 12 días, donde, además, no había izada ninguna bandera. Con los mástiles vacíos hasta este fin de semana, ni cartelería. Usuarios incluso, preguntaron a un agente y el agente les dijo, "Yo no me bañaría" Eso era toda la información recibida en estas dos semanas ante la falta de transparencia de este grupo de gobierno. El mensaje de tranquilidad llega el 18 de noviembre, desde el 6 de noviembre que nos informan desde Plateca, desde Costas del Gobierno de Canarias. Siguiente. Rogamos, desde Agrupa Sureste, nos compartan el expediente del proyecto previsto para la plaza de la Coronación, en la Jurada, anunciado por el concejal de urbanismo. Siguiente. Ante la ineficacia o inacción desde determinadas concejalías en las que, en dos años y medio como juventud, bienestar animal o salud pública prácticamente, no se ha hecho nada, se aprueban subvenciones nominativas a colectivos para proyectos que presentan o encomiendas a empresas para hacer la labor que no se ha realizado hasta ahora por este grupo de gobierno. Solo recordarle a este grupo de gobierno que esperamos desde Agrupa Sureste que, a partir de este momento, cuando más asociaciones y colectivos presenten proyectos necesarios, obtengan subvenciones en estos conceptos, así como, una sede o local, ya que, existen colectivos desde hace más de 2 años que aún no han tenido la misma suerte o trato. C) RUEGOS Y PREGUNTAS Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 26 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Siguiente, al área de salud. Jornadas de salud comunitarias que se han celebrado en Agüimes, el 16 y 17 de noviembre. Santa Lucía Saludable con jornadas de consumo de fármacos con la colaboración de Yrichen que se celebran este próximo miércoles 26 de noviembre y en Ingenio, sin embargo, esta charla informativa y de prevención de salud es llevada a cabo por los colectivos Atenea Ingenio, Actúa y Recreándome en colaboración con la Fundación Canaria Yrichen. ¿Hasta cuándo la concejalía de Salud Pública va a seguir sin acciones de prevención de salud para nuestros vecinos y vecinas? Nos encontramos en prensa hoy un titular que dice, Tejeda recibe las mayores subvenciones del Cabildo e Ingenio queda a la cola, con una distribución per cápita que oscila en algunos municipios Gran Canarios sobre los 616 €, frente a los 2,02 € de Ingenio. El número de subvenciones a Tejeda le sigue Gáldar con 13 ayudas por un montante total de 625.303 € y en el lado opuesto de la tabla se sitúa Ingenio, que solo recibe tres subvenciones por un total de 66.268 € de ahí, de esos 66,000, está la parte general y luego 25.000 € para un certamen de teatro cómico que se lleva haciendo desde hace años. Cuya subvención se consigue cada año y 15.000 € para el centro de interpretación del patrimonio histórico. Esto demuestra una vez más la poca planificación y la improvisación constante e ineficacia de este grupo de gobierno en obtener subvenciones para Ingenio de propuestas de proyectos con las necesidades reales que tiene este municipio. Lamentable el trato y los mensajes que recibo el jueves por la noche, de gestoras de colonias y de miembros de la directiva del Ceta, tras solicitar reuniones con el concejal y la alcaldesa y citarles después de insistir, por WhatsApp en la cantonera para repartir pienso, que repartieron incumpliendo el compromiso que adquirieron en la reunión que hicieron en febrero para otorgar 10.000 para bancos de alimento y luego recibir ni la tercera parte. Un Ceta nuevo que no se hace porque no existió participación ciudadana. Improvisando, pero además tampoco supieron, con esos 220.000 €, analizar las necesidades urgentes de esa área para saber aprovechar ese dinero de inversión. Ya lo avisábamos desde Agrupa Sureste, un centro sin seguridad, lo decíamos desde el año pasado, donde perros requisados por vía judicial ni siquiera tienen cámaras de seguridad, ni para protegerlos a ellos, ni para proteger a los voluntarios que dedican su tiempo y su dinero en ese centro también. 220.000 € que se fue para vías y obras, pero había muchas necesidades, entre ellos, esas cámaras de seguridad. Alojamiento de perros en guardería que están incumpliendo la ley de bienestar animal. Se encuentran algunos de esos perros con microchips, con lo cual, se está pagando guardería a animales que deberían ser entregados y que están pasando semanas dentro de una guardería y que estamos pagando con dinero público. Se entrega una tercera parte del pienso, como dije, al que se habían comprometido después de 2 años esperando las gestoras de colonias, además de facturas de pago, de responsabilidad y competencia administrativa por la ley 7/2023, que no llegan, pero luego no les tiembla el pulso para pagar otras facturas y otras prioridades. Esterilizaciones masivas que se perdieron por ausencia de reuniones de subvenciones del Cabildo y Colegio de Veterinarios, en el que Ingenio ha estado más de año y medio sin representación. Refugios para colonias registradas por la ley y que tampoco han llegado esos refugios para las colonias. Ferias insulares de adopciones de las que este municipio no ha participado y así, un sinfín de trabajo por hacer y que este grupo de gobierno no ha hecho nada, pero, que ahora buscará dinero para que se le haga este trabajo. Y como algunas voluntarias me dijeron el jueves por la noche, creo que esto lo resume todo, “En dos años este grupo de gobierno, Minerva, acabó con la labor de una asociación de más de 10 años trabajando por el bienestar de este pueblo”. Por otra parte, nos informan que un vecino y socio del local social del barrio de Lomo Algodones, realiza una solicitud para uso del local que se encuentra cerrado desde el día 10 de noviembre, que desde el día 10 de noviembre hace la solicitud para uso de la Asociación de Vecinos Alto Arena, en la que iban a realizar una reunión para la elección de nueva junta directiva para celebrarla el día 20 de noviembre y ni siquiera se le responde a ese registro de entrada para la disponibilidad del local, 10 días después de estar informado. ¿Qué ha sucedido para no responder a este vecino que es socio del local? Señora Catalina, tenemos una duda desde Agrupa Sureste. ¿Ha roto su pacto de coalición con Fórum Drago? ¿Qué opina usted y el resto de socios que Fórum Drago esté colgando acciones municipales y propaganda política bajo los logos de Fórum Drago y Primero Canarias, antes que en la página oficial del Ayuntamiento con el logo de un partido que ni siquiera gobierna en este ayuntamiento? La alcaldesa-presidente, cede la palabra a los miembros del grupo de gobierno, para que procedan a dar respuestas de los asuntos que correspondan a sus delegaciones. Don Rubén Domingo López Sánchez, concejal delegado de salud pública, consumo, bienestar animal y Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 27 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. juventud, aclara que, voy a hablar de lo que pasó el pasado jueves. En principio hicimos un reparto de 3.000 € de pienso, ¿verdad? que es una tercera parte de lo que se había dicho en el principio. Y fueron 2.000 kg de los que se repartieron y bueno, todavía queda pienso ahí para aquellas gestoras que lo necesite y que no pudieron acudir el otro día y se habló a través de las responsables también para que coordinaran el pienso que quedaba, porque sabíamos que mucha gente, a lo mejor, no podía ir en ese momento y fuera a lo largo de esta semana. En cuanto a la encomienda de gestión que comentas, básicamente es que llevamos 2 años como dices, gobernando, y vemos que con los recursos que tiene el Ayuntamiento, es imposible llegar a lo que la ley de Bienestar Animal exige y, por tanto, se ha estimado que sea una empresa pública la que lleve a cabo esa gestión. Se le ha explicado tanto a la asociación animalista, como a varias gestoras, el jueves también y se va a hacer pues un encargo a principio de un año que se pueda renovar o no, dependiendo de cómo vaya el año, pero sí es verdad que, como los medios propios tenemos que tirar de esta empresa que es una empresa pública. Los 220.000 € que decías del CETA, ya se dijo aquí que no se podían utilizar sino en otra inversión porque estaban destinados a el PCA y eso lo explicó en su día el concejal de urbanismo. Y me falta lo de las castraciones masivas, que se renunció a ellas y que el Ayuntamiento no lleva, no, el Ayuntamiento iba a todas las reuniones y se acordó en la reunión que tuvimos aquí la alcaldesa y yo con las gestoras, de renunciar este año a la subvención del Cabildo a la que habíamos tenido acceso, por la preocupación que tenían gran parte de las gestoras de colonias a que los gatos no fueran reintegrados en la colonia, debido a la disposición en cuanto a los espacios protegidos y la localización de algunas colonias en zona roja o zona tampón. Por eso se decidió, al día siguiente se mandó un escrito a Cabildo como que se renunciaba este año a esa subvención. Creo que más o menos respondí a lo que me decías a nivel general. Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, concejal delegado de cultura, parques y jardines y educación, se dirige a doña Minerva, aclarándole que, yo recibo una llamada ese día que tú dices del señor que se le quedó el coche dentro. El problema es que él mira el Google Maps. Ya hemos mandado una notificación para corregir ese cierre porque es verdad que en el Google Maps pone de 7 de la mañana a 9 de la noche y vamos a mandar para corregirlo, pero no es la realidad de los parques, pero bueno, vamos a intentar cambiar eso como mínimo en el Google Maps, para que eso no vuelva a pasar. ¿Vale? Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, concejal delegado de urbanismo, accesibilidad, policía, seguridad y emergencias y festejos, responde que, Minerva, paso a responderte tres de tus preguntas que tienen que ver con el área de urbanismo. La primera sobre los baños públicos. Los baños públicos fueron adjudicados a una empresa única licitadora donde ellos inician la labor de culminar la demolición. Es decir, los baños ahora mismo están con bloque visto, por decirlo de alguna manera. Una vez sucede esto, la empresa pierde los plazos legalmente establecidos y ahora mismo, el contrato está extinguido. Aparte la empresa única licitadora, que ni siquiera tiene una segunda a la que poder adjudicar, no le podemos ni siquiera pagar por una serie de problemas que tiene con hacienda y seguridad social. Entonces, la realidad es que ese contrato va a ser propuesto a extinción y tendremos que sacar un nuevo contrato para las fechas que tú preguntas. No va a estar, como tú sabes cómo va la contratación pública. Los baños en este caso serán suplidos con baños portátiles porque no nos quedará otro remedio hasta que se resuelva esta situación. Parque de Lomo Algodones, en el portal de contratación del estado, puedes entrar y verás que ha sido publicada y si te puedo adelantar sin dar mayor información, porque tampoco se debe, que hay varios licitadores. Hay varios licitadores, con lo cual, está en un proceso de admisión de ofertas y clasificación. Luego será la posterior adjudicación y todo tiene pinta de que se va a adjudicar porque hay alguna oferta que ya sabemos que tiene todo correcto, o sea, en el momento que toque se adjudicará. Con respecto al proyecto de la Coronación, La Jurada, y aquí el compañero después si quiere comentar algo más pormenorizado también que lo diga. Como bien sabes, hubo reuniones para presentar la edil incluso en Carrizal, creo que fue en la ONCE, el concejal de planificación estratégica convocó a los vecinos, hubo participación ciudadana, fue uno de los puntos que se llevaron a cabo y a raíz de todo este trabajo que se hizo, pues se obtuvo 7 millones de euros de fondos europeos, que, por cierto, para no conseguir dinero, mira que hay, pero bueno. Con respecto al proyecto del que nos preguntas, ahora mismo no son proyectos, o sea, todavía no son proyectos, ahora mismo son ideas que habrá que bajar al suelo y con participación ciudadana, que no nos cabe ninguna duda, y a posteriori, redactar esos proyectos como se decida conjuntamente con el área de planificación estratégica. Se redactarán dentro si hay capacidad y si no tendrán que salir fuera. Pero vamos, que no se te puede dar acceso, salvo al EDIL. Sí, al EDIL se le puede dar acceso, pero al proyecto no porque se redactará. Doña Catalina María Carmen Sánchez Ramírez, concejala delegada de agricultura y ganadería, artesanía, asuntos aeroportuarios, patrimonio cultural y desarrollo etnográfico, mayores y relaciones institucionales, indica que, voy a responder a la pregunta de Almazara. El problema de la Almazara para abrirlo, como tú bien sabes que, conoces este tema, creo que bien, es que se necesita un mínimo de kilos para poder ponerlo en marcha, ¿vale? Eso, por un lado. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 28 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. Por otro lado, sabes que no disponemos de técnico desde mayo de este año. Sigue de baja, una baja que no sabemos cuándo, o sea, no tenemos temporalidad y tampoco ha podido ser sustituida a pesar de recurrir a las diferentes bolsas de empleo de la isla, incluido la de Cabildo. En tal caso, tenemos un plan B, porque tú bien sabes que Agüimes sí abrió su almazara y hay una empresa que trabaja con ellos. Si hubiese habido cantidad, no dudes en que hubiésemos hecho alguna gestión para solucionar el tema, pero tiene que ver, como tú sabes, que es a Almazara de Ingenio de la más grande de Gran Canaria, 300 kg por hora, necesita un mínimo de un día, o sea, mínimo de 1500 kg para empezar, no llegábamos a los 1000 kg. La demanda que al menos nosotros tenemos registradas, yo no sé si después por ahí, te invito a que hables con Vicente, que es el que recibe para que haya una mayor transparencia en esta contestación y este te lo explique con detalle. Don Martín Manuel García Cabrera, concejal delegado de transición ecológica y sostenibilidad, planificación estratégica, patrimonio y playas, desea informar dos cosas. El proyecto de la Jurada, como ya adelantó el compañero Rayco, forma parte de lo que es la EDIL, lo que antiguamente era la EDUCI. Entiendo, Minerva, que tú formaste parte de la EDUCI anterior. Si el cuatripartito te hizo partícipe de ello, sabes que estamos en la fase de que ahora se empiezan a desarrollar los proyectos y demás. Proyectos que lógicamente hay que comunicar a los vecinos y hay una parte inevitable como debe de ser que es de participación ciudadana. Así que, por ahora son anuncios de proyectos que se van a hacer, que hay que ir desarrollando y tenemos un tiempo para hacerlo. Tranquila, que a su debido momento se enterarán los vecinos, vecinas y por supuesto el grupo de gobierno y la corporación de lo que se va a hacer. Y destaco lo que decía el compañero Rayco, qué pena que se tergiverse esa noticia de que no hemos conseguido mucho dinero en esto del Cabildo, tú sabes y los que estamos aquí y otros que tienen mayor trayectoria política que yo, por supuesto, que lo deben de saber, cómo funciona las subvenciones que el Cabildo da. Creemos que es una muy buena gestión la que se ha hecho, el no conseguir tanto dinero. ¿Por qué? Porque tenemos que gestionar bien lo que tenemos. Primero hay que comerse lo que tenemos en la boca antes de llenarnos y no saber gestionar ese dinero o subvenciones que nos puedan venir. Es una política del grupo de gobierno y estamos orgullosos de ella. Y habría que destacar, no decir, "Ingenio consiguió poco dinero, no. Ingenio consiguió hace un mes casi 7 millones de euros. Uno de los cuatro únicos municipios en Gran Canaria que lo consiguieron. Creo que eso para los vecinos es una muy buena noticia y habría también que destacar esas cosas aparte de todo el tema político de cada uno. El tema de la playa, el tema de la playa se activó. Felicitar, por supuesto, a los compañeros que forman parte del plan de emergencia del Ayuntamiento. Desde que se activó el PLATECA, a partir de ahí hacia abajo se activan todos los planes de emergencia. Se activa, por supuesto, el PEMU y demás. Y hemos estado en constante vigilancia de la playa en todos los sentidos. Creemos que se ha comunicado lo suficiente a la ciudadanía. Si no ha habido motivo para alarmar, pues, no hay que decir cada dos días, "El burrero está bien, tienen que ir." Se ha ampliado a cada semana los análisis de las analíticas del agua, como bien sabes, porque fuiste concejala de playas, Interrumpe doña Minerva Artiles Castellano la exposición de don Martín. Don Martín le replica que, déjame terminar que es mi turno. Prosigue el mismo indicando, como bien sabes, se hace una vez al mes, entonces ahora se ha hecho una vez por semana. Desde el momento de que haya indicio de que en la playa no se pueda bañar, lo comunicaremos. Y repito, como concejala de playas que fuiste, sabes que la mayor información clara y directa del estado en que está la playa para bañarse o no, es la bandera roja, y no ha estado en ningún momento la bandera roja. Y acabo, ya te dejo hablar sobre una cosita más. Me alegra saber que al menos en el área del Bienestar Animal dedicaste bastante tiempo porque en playas fue poco y en cosas como bandera roja y todas esas cosas, nosotros vamos a ampliar más todavía la información. Hemos contratado cubre vallas para cuando la gente no se pueda bañar, además de tener bandera roja izada, habrá unas vallas indicando que no se van a poder bañar, cosa que en la legislatura anterior no se preocuparon mucho. Ahora ya te dejo hablar. La alcaldesa-presidente, se dirige a doña Minerva, indicándole que le voy a dar turno de palabra. Sí, no tocaba, pero le voy a dar turno de palabra. Intente no extenderse mucho para no estar aquí como las pelotas de ping pong para un lado y para otro. Doña Minerva Artiles Castellano, contradice que, como siempre hace uso del respeto, por alusiones, señora alcaldesa, quiero decirle una cosa que usted ignora. Primero, la noticia que sale de las subvenciones del Cabildo son datos reales y para eso están los periodistas y la Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 30 ACTA DEL PLENO P á g i n a 29 | 30 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: SMM/letg. Dept.: Secretaría. prensa. Entonces, esto podemos hacer un paralelismo y decir, "¿Qué prefieres? ¿Cobrar más o cobrar menos dinero?" Bueno, pues este grupo de gobierno prefiere cobrar menos dinero. Toma la palabra la presidente de la sala indicando a doña Minerva que, eso no, usted tiene que contestar por alusiones porque entonces yo ya utilizo mi cargo. Nosotros hemos conseguido más de 8 millones de euros, en menos de 2 años más los 7 millones de euros. Si empezamos a sacar cuentas, les puedo asegurar que hemos conseguido más dinero en estos 2 años que ustedes, quizás en 8 ó 9 años. Así que, le pido que por alusiones le he dado la palabra y vaya directamente a lo que usted ha considerado alusiones, a la playa. por favor. Continúa Minerva diciendo que, exacto, Martín, como concejala de playa que fui, nosotros, a ver si así le sirve también y se lo pueden decir los técnicos, nosotros cada vez que había alguna alerta y había tipos de contaminaciones y demás, nosotros a las bioquímicas que mandábamos al laboratorio para que la población estuviese en todo momento informada, poníamos un link en la nota de prensa de la Villa de Ingenio. Ahí podían picar y accedían a los resultados semanalmente y así no había la opacidad que ha habido desde el día 6 hasta el día 18. Cierra el punto Don Martín Manuel García Cabrera, añadiendo que, no creo necesario que el vecino para poder bañarse o no, tengan que ver y estudiar una analítica. La gran mayoría de nosotros no sabemos interpretarla. Sabemos las señales que son claras y es el protocolo, son las noticias que salen a través del Ayuntamiento de Ingenio y es por supuesto, la bandera roja o de cualquier otro color que haya estado. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, doña Vanesa Martín Herrera, Alcaldesa-presidente, levanta la sesión siendo las diecinueve horas y un minuto, de lo cual, como Secretario General doy fe, Vº Bº Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa-Presidente. Número: 2025-0013 Fecha: 23/12/2025 Cód. Validación: 7L2WKQMPF4H2L7LGNFA965N9P Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 30 ACTA DEL PLENO Sergio Méndez Monzón, Secretario General. P á g i n a 30 | 30