Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. EXPTE. JGL/2025/5 APROBADA EN JGL, SESIÓN ORDINARIA, DE 28 DE MARZO DE 2025 (6) MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EL DIA CATORCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTICINCO SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 28/03/2025 HASH: 9e03732f2751985a1b49d95e29dc4f00 MANUEL JESUS AFONSO HERNANDEZ (1 de 2) MIEMBROS ASISTENTES: Alcaldesa-Presidente Doña Vanesa Belén Martín Herrera. TENIENTES ALCALDES Don Rayco Padilla Cubas Doña Almudena Hernández Rodríguez Doña Catalina Sánchez Ramírez Don Francisco Javier Espino Espino Don Martín Manuel García Cabrera MIEMBROS NO ASISTENTES: Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo Don Manuel Jesús Afonso Hernández, secretario general accidental (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). En la Villa de Ingenio, siendo las ocho horas y cuarenta y cinco minutos, del catorce de marzo de dos mil veinticinco, se reunieron en la Sala de Juntas de las Casas Consistoriales, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la presidencia de doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente, y con asistencia de don Manuel Jesús Afonso Hernández, secretario general accidental, para tratar los asuntos incluidos en el Orden del Día, previamente notificado. ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 28/03/2025 HASH: b9b5d81e99cd03069e54f60aa0b3a640 VANESSA MARTÍN HERRERA (2 de 2) Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 del R.O.F., la Presidencia declara abierta, pasando a tratar los asuntos siguientes: 1º.- Aprobación del borrador del Acta de la sesión anterior: Borrador de la Minuta del Acta de la Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria, de 28 de febrero de2025 (4) Sometida a votación la reseñada acta, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 2º. Acuerdo que proceda en relación a la propuesta emitida por Servicios Públicos: 2.1.-Expediente 1556/2025. Acuerdo que proceda en relación a la propuesta de inversiones con cargo subvención de la Consejería de Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de G.C (se hace constar la corrección del título del punto, debiéndose denominar: 2.1-Expediente 1556/2025. Aprobación técnica del proyecto denominado "RENOVACIÓN FACHADA ORNAMENTAL IGLESIA DE LA CANDELARIA; necesidad de la inversión e insuficiencia de recursos propios). El Sr. Secretario General Accidental, da lectura de la propuesta que ha emitido la Concejalía de Servicios Públicos, de fecha 5 de marzo de 2025, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “I. Antecedentes de Hecho: 1º.- Consignación de subvención nominativa. - Resultando que el día 12 de febrero del presente año se registró de entrada con el nº. 2025-E-RC-1606 el escrito remitido por el Iltmo. Sr. Consejero de Presidencia del Excmo. Cabildo de Gran Canaria mediante el que comunica que en el presupuesto de la Corporación Insular se encuentra consignada en la aplicación presupuestaria 01010/151/762000625 “Al P á g i n a 1 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. Ayuntamiento de Ingenio. Renovación Fachada Ornamental Iglesia de La Candelaria” por importe de 60.000,00 euros, cuyo fin es la colaboración mediante el otorgamiento de una subvención designada a la ejecución del proyecto, requiriéndose la presentación del proyecto de ejecución y resto de la documentación exigida antes del próximo día 31 de marzo de 2025. 2º.- Proyecto técnico de ejecución.- Resultando que, a requerimiento de la Concejalía Delegada de Servicios Públicos, el Ingeniero Técnico Municipal D. Juan José Hernández Ramírez ha cumplimentado el día 25/02/2025 la redacción del proyecto técnico denominado ”RENOVACIÓN FACHADA ORNAMENTAL DE LA IGLESIA DE LA CANDELARIA”, con un Presupuesto de Ejecución por Contrata de 60.000,00 Euros (incluido IGIC), con el objetivo de presentarlo a la asignación económica comunicada por la Consejería de Presidencia del Cabildo de Gran Canaria, en cuya Memoria Descriptiva se hace constar expresamente, en cuanto a la motivación de la necesidad a satisfacer y el objeto de la inversión, se expresa lo siguiente: “… DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. 2.1 OBJETO DEL PROYECTO, PROGRAMA DE NECESIDADES, USOS PREVISTOS Y DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO. En esta fase se pretende sustituir 64 luminarias ornamentales exteriores de halogenuro metálico por luminarias con tecnología LED. En la actualidad quedan pocos proyectores en funcionamiento, ya que la mayoría de éstos están fuera de servicio y no pueden ser reparados. Los 64 proyectores con tecnología LED nuevas, 58 proyectores serán de la marca PHILIPS CORELINE TEMPO instalados directamente en la fachada de la parroquia y 6 lámparas PHILIPS modelo LÁMPARA LUX R 53 empotradas directamente en el suelo en baliza CASSAFORMA GEBERIT 110x121 y que iluminan la fachada principal desde el suelo de la plaza. Los conductores eléctricos que alimentan a las luminarias objetos del proyecto son de 4x16 mm2 Cu 0,6/1 kV y discurrirán por las canalizaciones subterráneas existentes ejecutadas anteriormente por este Ayuntamiento. También se instalarán líneas de 3x2,5 mm2 de Cu 0,6/1KV que conectan las luminarias desde las arquetas de conexión existentes hasta las luminarias a través de la columna. La subida del conductor subterráneo por la fachada de la vivienda hasta el punto de conexión con la línea aérea será protegida por un tubo de PVC de 16 atmósferas, evitando así que el conductor se encuentre al alcance de los viandantes. Antes de instalar las nuevas luminarias, se tendrán que retirar las luminarias instaladas actualmente. Las luminarias retiradas en las calles se transportarán al almacén municipal para volver a ser reutilizadas en caso de necesidad y como solución de emergencia (…)”. 3º.- Financiación de la actuación. - Resultando que el importe de 60.000,00 Euros que ha sido asignado a este municipio subvencionará hasta el 100 % de la inversión presupuestada en el proyecto técnico de ejecución y que, dada la precaria situación económica de este Ayuntamiento así se solicitará, no se considera preciso acreditar por la Intervención municipal la existencia de crédito previsto para costear el porcentaje no subvencionado del coste del proyecto cuya cofinanciación se solicita. II. Consideraciones y fundamentos de derecho: Primera: CONSIDERANDO que la actividad inversora contenida en la citada Memoria/Proyecto, para la sustitución del alumbrado ornamental obsoleto exterior de la mencionada Parroquia de Nuestra Señora de La Candelaria por otro alumbrado provisto de tecnología LED, está enmarcada en el ámbito competencial establecido en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y, concretamente: “…2.a) Urbanismo: (...) Protección y gestión del Patrimonio Histórico. (...) Conservación y rehabilitación de la edificación; b) Medio ambiente urbano: en particular… protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas” y 26 “1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes: a) En todos los Municipios: alumbrado público...”, en consonancia con las competencias establecidas en el art. 10.1 de la Ley 7/2015, de Municipios de Canarias. Asimismo, al ser una subvención de inversiones reales y, según informan los servicios económicos de la Corporación, cumple con lo señalado en la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. Segunda: CONSIDERANDO que las competencias para la “…aprobación de pactos, acuerdos o convenios a suscribir con la Administración Estatal, Autonómica o Insular y organismos dependientes de las mismas…” las ostenta actualmente la Junta de Gobierno Local por Delegación dictada por la Alcaldía- P á g i n a 2 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. Presidencia en virtud del Decreto nº. 2023-4359, de 23 de junio, queda suficientemente justificada la necesidad de la aprobación del proyecto que nos ocupa para solicitar la subvención mencionada en el Antecedente de Hecho primero antes de la fecha límite del 31 de marzo de 2025 establecida a tales efectos. Tercera: CONSIDERANDO lo establecido en el artículo 166.4 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo y visto que esta Alcaldía es competente para dictar la presente resolución en base a las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el Técnico de Gestión- Jefe del Área de Prestación de Servicios Propios y Mantenimiento de Instalaciones y la Concejala Delegada de Servicios Públicos, tienen a bien proponer a la JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, se adopten acuerdos en los siguientes términos: PRIMERO: APROBAR el proyecto técnico denominado “RENOVACIÓN FACHADA ORNAMENTAL DE LA IGLESIA DE LA CANDELARIA”, elaborado por la Oficina Técnica Municipal, cuyo presupuesto de ejecución por contrata, incluido IGIC, asciende al importe de 60.000,00 Euros. SEGUNDO: DECLARAR la necesidad de llevar a cabo la actuación proyectada en base a los argumentos esgrimidos en la Memoria Descriptiva del proyecto, así como la insuficiencia de recursos propios para financiar el total de la inversión. TERCERO: ORDENAR la remisión de certificación del presente acuerdo a la Consejería de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible del Excmo. Cabildo de Gran Canaria, junto con una copia del proyecto técnico aprobado y como complemento de la Solicitud de Subvención (Anexo I) por el importe total expresado en el Resolutivo PRIMERO (100%), así como el resto de la documentación exigida en la web corporativa de dicho organismo. CUARTO: APROBAR el gasto para la financiación del citado proyecto, por el importe máximo expresado en el resolutivo PRIMERO, con cargo a la subvención que, en su caso, sea otorgada a este municipio por la citada Consejería”. Sometida a votación la trascrita propuesta la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.- Asuntos de Urgencia: A continuación, doña Vanesa Belén Martín Herrera, alcaldesa-presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, somete a consideración de la Junta de Gobierno Local, por razones de urgencia los asuntos que a continuación se refieren, que no figure en el orden del día, ni se han entregado en Secretaria para comprobar que están completos, son los siguientes: 3.1.-Expediente 10562/2024. PROPUESTA de concesión de licencia urbanística a DÑA. RAQUEL DEL CARMEN RODRÍGUEZ VEGA, para la reforma y ampliación de vivienda, en la calle Barcelona, número 45 La Alcaldesa-Presidente, justifica la urgencia por razones de celeridad y eficacia administrativa, y, por el voto favorable de todos los miembros presentes, que sobrepasan el de la mayoría absoluta del numero legal de miembros que integran la Junta de Gobierno Local, y por tanto, con los requisitos exigidos por el art. 94.C) del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre, acuerdan declarar la urgencia pasando seguidamente a tratar el mismo. El Sr. Secretario General Accidental, da lectura a la propuesta que ha emitido la Concejalía de urbanismo el día 12 de marzo de 2025, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Vista la solicitud de licencia urbanística formulada ante este Ayuntamiento por D. RAQUEL DEL CARMEN RODRÍGUEZ VEGA, con fecha 19 de septiembre de 2024, registrada en la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico con el número 2024-E-RE-9483, para la reforma y ampliación de vivienda (dando como resultado dos viviendas), en la calle Barcelona, número, 45, afectando a la parcela con referencia catastral número 0176706DS6807N0001TB, de este término municipal, habiéndose presentado, completado con la aportación de más documentación en registros posteriores, la preceptiva documentación técnica y administrativa exigida por la normativa urbanística de aplicación, incluido el proyecto básico y de ejecución, redactado por el Arquitecto D. Manuel Agustín Ramírez Ramírez y la Arquitecta Dña. Verónica Desiré Ramírez Ramírez, asignándose a la solicitud la referencia procedimental 10562/2024-EP-U-LOMAY P á g i n a 3 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. De conformidad con lo previsto en el artículo 10 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, consta, para la acreditación de la titularidad y, por ende, de la disponibilidad jurídica del suelo, vuelo o subsuelo, consta en el expediente la siguiente documentación: - Copia de la Escritura Pública de Compraventa, otorgada en Carrizal de Ingenio, a 20 de marzo de 1987, autorizada por el Notario Don Alfonso Zapata Zapata al número 319 de su Protocolo General, mediante la que los Esposos Don Manuel Santana Benítez y Doña Rosario Ortega Fleitas, venden y transmiten, libre de cargas y gravámenes, con todas sus pertenencias y accesorios corriente de pagos, el pleno dominio de la parcela objeto de actuación a Don Francisco Carmelo Rodríguez Martel, que la compra y la adquiere. -Escrito suscrito por Don Francisco Carmelo Rodríguez Martel, provisto de D.N.I. número 42.819.217- W, domiciliado en la calle Barcelona, número 45, Carrizal de Ingenio, mediante el que autoriza a Doña Raquel Rodríguez Vega, provista de D.N.I. número 54.094.982-V, a realizar la actuación consistente en “reformar y ampliar la vivienda”, emplazada en la calle Barcelona, número 45, del término municipal de Ingenio. En cuanto a su inscripción, figura que se halla inscrito al tomo 585 del Archivo general, libro 64 del Ayuntamiento de Ingenio, folio 115, inscripción primera de la finca número 4.604, y, conforme al Catastro de Fincas Urbanas, la actuación proyectada afecta a la parcela catastral 0176706DS6807N0001TB, con una superficie gráfica ciento sesenta y un metros cuadrados (161 m2), figurando catastrada a nombre de Don Francisco Carmelo Rodríguez Martel y Doña Carmen Delia Vega Vega. Al estar la parcela afectada por servidumbres aeronáuticas establecidas para el Aeropuerto de Gran Canaria - Base Aérea de Gando, es preceptiva la autorización sectorial prevista en el Decreto 417/2011, de 18 de marzo, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del Aeropuerto de Gran Canaria- Base Aérea de Gando (BOE núm. 77, de 31 de marzo de 2011), figurando en el expediente el acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de fecha 22 de octubre de 2024, recaído en el expediente con referencia E24-2705, mediante el que se autoriza la actuación señalada e instalación de medios auxiliares, condicionada a los valores de altura y elevación indicados en dicha resolución. Se ha emitido informe técnico municipal preceptivo, con fecha 11/03/2025, sobre las condiciones urbanísticas de la obra a acometer, expresándose en dicho informe que el planeamiento de aplicación es el Plan General de Ordenación, aprobado de forma parcial y definitiva por acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) en sesiones del 29 de noviembre de 2004 y del 22 de junio de 2005, respectivamente, con entrada en vigor el día 23 de septiembre de 2005, y, las Ordenanzas de Edificación y Urbanización de la Villa de Ingenio que se publicaron en el BOP de Las Palmas número 97, de fecha 30/07/2012 y en el BOP de Las Palmas número 65, de fecha 31/05/2021, y señala que la parcela objeto de la actuación se encuentra en suelo clasificado como urbano con la categoría de consolidado (SUCO), con uso residencial, y la Ordenanza zonal de aplicación es la de viviendas entre medianeras con alineación a fachada tipo A3. Después de efectuar la comprobación de la documentación técnica y referirse a la adecuación del proyecto a la legalidad urbanística y normativa técnica sectorial aplicable, concluye finalmente su informe en sentido favorable a la concesión de la licencia urbanística de obra mayor instada con fecha 19 de septiembre de 2024 y con número de registro de entrada electrónico 2024-E-RE-9483 por Dña. RAQUEL del C. RODRÍGUEZ VEGA para la actuación consistente en la REFORMA Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA (dando como resultado dos viviendas), en el inmueble, con referencia catastral 0176706DS6807N0001TB, y situado en la calle Barcelona, número 45, en la Vuelta de Olivares, según el proyecto básico y de ejecución redactado por D. Manuel y Dña. Verónica Ramírez Ramírez, arquitectos colegiados números 3024 y 3136 respectivamente, del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, y resto de la documentación aportada en el expediente de referencia. Asimismo, consta informe jurídico municipal, de fecha 12/03/2025, en el que se describen los antecedentes del expediente, se refiere a las consideraciones jurídicas, concretadas en el objeto del informe, la normativa de aplicación, la exigencia de la respectiva licencia urbanística, el carácter reglado de la resolución del expediente y condiciones legales de la licencia solicitada, la regulación del procedimiento a seguir, el contenido documental del expediente (identificativa del solicitante y representación, de la disponibilidad jurídica del suelo, vuelo o subsuelo, autorizaciones sectoriales y del informe técnico), el pronunciamiento sobre la documentación técnica, sobre la adecuación del proyecto a la legalidad urbanística y normativa sectorial y se pronuncia la situación jurídica de la edificación preexistente y sobre el informe técnico, así como sobre la competencia para resolver el expediente y sobre la exigencia de los tributos locales correspondientes. P á g i n a 4 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. Termina el señalado informe jurídico concluyendo en sentido favorable, a la concesión de licencia urbanística de obra mayor peticionada por DOÑA VERÓNICA DESIRÉ RAMÍREZ RAMÍREZ, actuando en nombre y representación de DOÑA RAQUEL DEL CARMEN RODRÍGUEZ VEGA, en su condición de promotora, con fecha 19 de septiembre de 2024 y con número de registro de entrada 2024-E-RE- 9483, para llevar a cabo la actuación consistente en la “REFORMA Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA” (dando como resultado dos viviendas), en el inmueble con referencia catastral número 0176706DS6807N0001TB, con emplazamiento en la calle Barcelona, número 45, en la Vuelta de Olivares, del término municipal de Ingenio, con sujeción al proyecto básico y de ejecución redactado por los Arquitectos Don Antonio Ramírez Ramírez y Doña Verónica Ramírez Ramírez, colegiados números 3024 y 3136, respectivamente, del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, que quedará incorporado a la licencia como condición material de la misma y resto de documentación obrante en el expediente. La actuación pretendida por el solicitante está sujeta a la obtención de licencia urbanística previa, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11, apartados 3 y 4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación urbana, en el artículo 5 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, el artículo 330.1, letra f) de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, el artículo 12 del Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias (En adelante RIPLUC) y la Ordenanza Municipal reguladora de Licencias Urbanísticas, Actividades Comunicadas, Declaraciones Responsables para la primera utilización y ocupación de las edificaciones e instalaciones en general y de la habitabilidad de viviendas (BOP de Las Palmas, nº 43 de 3 de abril de 2013). La tramitación de la petición de licencia urbanística ha de seguirse por las normas de procedimiento establecidas en el artículo 342 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y en los artículos 14 a 17 del Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias (En adelante RIPLUC), y la Ordenanza Municipal reguladora de licencias urbanísticas, actuaciones comunicadas, declaraciones responsables para la primera ocupación y utilización de las edificaciones e instalaciones en general y de la habitabilidad de las viviendas, publicada en el BOP LAS PALMAS nº 43 de 3 de abril de 2013 Es competencia de este Municipio la ordenación, gestión y disciplina urbanística, según lo previsto en el artículo 25.2., a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local (LBRL). Igualmente, de conformidad con lo expresado en el art. 340 de la señalada Ley 4/2017, y en relación con el artículo 21.1.q) de la LBRL, es competencia de la Alcaldía el otorgamiento de las licencias urbanísticas, habiendo sido delegada esta atribución en la Junta de Gobierno Local en virtud de las delegaciones efectuadas por la Alcaldía-Presidencia mediante Decreto nº 2023-4359, de 23 de junio de 2023. Por todo ello, se propone a la Junta de Gobierno Local se adopte acuerdo en el siguiente sentido: PRIMERO: Conceder a DOÑA RAQUEL DEL CARMEN RODRÍGUEZ VEGA, la licencia urbanística, solicitada con fecha 19 de septiembre de 2024, registrada en la Oficina Auxiliar de Registro Electrónico con el número 2024-E-RE-9483, para la reforma y ampliación de vivienda (reforma de una vivienda existente de dos plantas, y la posterior ampliación de la misma, dando como resultado dos viviendas, una en planta baja y otra en planta alta), en la calle Barcelona, número, 45, afectando a la parcela con referencia catastral número 0176706DS6807N0001TB (Expediente Municipal con Referencia Procedimental 10562/2024-EP-U-LOMAY), con ajuste al proyecto básico y de ejecución aportado, redactado por el arquitecto D. Manuel Agustín Ramírez Ramírez y por la arquitecta Dña. Verónica Desiré Ramírez Ramírez, que queda incorporada a la licencia como condición material de la misma, con sujeción a la legislación básica de aplicación, la documentación obrante en el expediente, las prescripciones del informe técnico y jurídico y las condiciones generales y particulares señaladas y demás que ajustadas a derecho se acuerden., y con la siguiente dirección facultativa: Técnico designado Legislación aplicable Director de la Obra D. Manuel A. Ramírez Ramírez Art. 12 de la L.O.E. (*) Dirección de Ejecución Material de la Obra (*) Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra P á g i n a 5 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 D. Mario Pérez Cabrera Art. 13 de la L.O.E. (*) D. Mario Pérez Cabrera Art. 3 del R.D. 1627/1997 de 24 de octubre (**) Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. (**) Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25/10/1997 Siendo los parámetros urbanísticos del proyecto los siguientes: Parámetros Urbanísticos de la Actuación Finalidad Reforma y ampliación de vivienda Planeamiento de desarrollo Plan General de Ordenación de la Villa de Ingenio Clasificación Urbano Categorización Consolidado (SUCO) Uso Residencial. Ordenanza de edificación de aplicación Viviendas entre medianeras con alineación a fachada Tipo A3. Inmueble Catalogado No procede Referencia catastral. 0176706DS6807N0001TB Superficie del Solar Según título de propiedad: 150.00 m2 Según el proyecto: 151.00 m2 Número de plantas 0 b/r; 2 s/r Superficies construidas: Existente m2 m2 Planta Baja 144.95 17.92 -2.18 142.77 m2 Planta Primera (ampliación) 14.44 14.44 116.65 131.09 m2 Planta segunda (ampliación) ---- ---- 11.24 11.24 m2 Total 159.39 ---- 125.71 ---- Superficie construida afectada por la ampliación 125.71 m2 Superficie construida sobre rasante 285.10 m2 SUPERFICIE CONSTRUIDA TOTAL 285.10 m2 Edificabilidad: 1.88 m2/m2 Ocupación: 100.00 % Retranqueo: 0.00 m Altura 9.25 m Nº de Ocupantes Ocho (8) Dotación de aparcamiento No procede, artículo 9.3.1.2. de la Ordenanza de Edificación, relativo a las excepciones en la dotación de plazas de aparcamiento. PLANO DE SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO SEGÚN EL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL MUNICIPIO DE INGENIO SEGUNDO: Establecer como condicionante en la ejecución de la actuación que se autoriza la P á g i n a 6 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Reforma Ampliación Resultante m2 m2 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. obligación del cumplimiento de las condiciones recogidas en el reseñado acuerdo previo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de fecha 22 de octubre de 2024, recaído en el expediente con referencia E24-2705, por el que se autoriza la construcción proyectada, condicionada a valores de altura y elevación indicados en dicho acuerdo, por la afección de servidumbres aeronáuticas. (Extracto de la Resolución de AESA): “(….) I d. Uso Dirección (msnm) 1 Vivienda C/ Barcelona, nº 45 Ingenio 85,76 9,65 (*) 95,41 (*) Altura máxima de la vivienda unifamiliar tras la ejecución de las actuaciones proyectadas (según planos aportados) (….)” TERCERO: Comunicar la obligatoriedad de cumplir con las prescripciones técnicas de carácter general previstas en el artículo 32.1 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general y de la Habitabilidad de Viviendas (B.O.P Número 41, de 30 de marzo de 2012). CUARTO: Trasladar al interesado que LAS OBRAS HABRÁN DE COMENZARSE en el plazo de dos (2) años, y el PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN de las obras será de CUATRO (4) AÑOS, pudiéndose solicitar, antes de la conclusión de los citados plazos la prórroga de los mismos, en los términos previstos en el artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias. QUINTO: Recalcar al titular de la licencia que deberá comunicar al Ayuntamiento la fecha de comienzo de las obras con al menos DIEZ (10) DÍAS de antelación (art. 13 de la Ordenanza Municipal reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general de la habitabilidad de viviendas - BOP Las Palmas nº 43, 03/04/2013). Si en el plazo de diez (10) días desde la comunicación no se hubiera personado ningún representante de los servicios técnicos municipales a efectos de comprobar las alineaciones y rasantes de la parcela o solar de referencia, podrá levantarse el acta de comprobación del replanteo, firmado por el promotor, el contratista, y en su caso, por la dirección facultativa. Un ejemplar de la misma será presentado en el Ayuntamiento en el plazo de diez (10) días. SEXTO: El plazo para la realización de actos jurídicos o para el inicio de actuaciones materiales se computará a partir de la notificación de la licencia. El plazo para la conclusión de las actuaciones materiales comenzará a computarse desde la fecha que se determine en la licencia y, en su defecto, desde la fecha de finalización del plazo para el inicio de dichas actuaciones. Previa solicitud del interesado, donde se deberá explicitar los motivos que la justifiquen, se podrá conceder, una o varias prórrogas sucesivas de los plazos señalados y la Administración procederá con ajuste a lo previsto en el señalado artículo 347 y el artículo 24 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por el Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. SÉPTIMO: Indicar al interesado que la presente Resolución está sujeta a la liquidación de los tributos locales correspondientes establecidos en las Ordenanzas Fiscales de aplicación, y que una vez finalizadas las obras, el interesado deberá presentar la Comunicación Previa para la Primera Utilización u Ocupación de lo ejecutado, acompañada de la documentación preceptiva, incluso declaración del coste real y efectivo de dichas obras, acompañada de los documentos que considere oportunos, la medición del proyecto y presupuesto del mismo en soporte digital preferentemente. A la vista de la documentación aportada y de las construcciones, instalaciones u obras efectivamente realizadas y de la declaración del coste real y efectivo de las mismas, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa modificará, en su caso, la base imponible aplicada anteriormente, practicando la correspondiente liquidación definitiva y exigiendo al sujeto pasivo o reintegrándole, según proceda, la cantidad que corresponda, sin perjuicio de las acciones que procedan en cuanto a inspección aplicable. OCTAVO: Que se notifique al interesado el acuerdo adoptado en el plazo legalmente establecido, debiéndose contener en la notificación el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no P á g i n a 7 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Municipio Cota (msnm) Altura Elevación (m) Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que ha de presentarse y plazo para interponerlos”. Sometida a votación la trascrita propuesta la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Sometida a votación la trascrita propuesta la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y, por tanto, mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. A)DACIÓN DE CUENTA 4.- Dación de Cuenta de Disposiciones Oficiales, Correspondencias, Asuntos Judiciales y Actos Administrativos: No hubo. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levanta la sesión, cuando son las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del mismo día de su comienzo de todo lo cual, como secretario General Accidental DOY FE. Vº.Bº. Doña Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa-presidente Don Manuel Jesús Afonso Hernández, Secretario general accidental P á g i n a 8 | 8 Cód. Validación: C2AF52YM7ENCH5JDM64CE25GE Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 8 ACTA DE JUNTA DE GOBIERNO Número: 2025-0005 Fecha: 28/03/2025