Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. EXPTE. JGL/2023/15). MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EL DIA TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 27/10/2023 HASH: 51ba9dbbca08401ae558835f51cb4ae8 MIEMBROS ASISTENTES: MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) Alcalde-Presidente Don José López Fabelo TENIENTES ALCALDES Don Rayco Padilla Cubas. Doña Vanesa Belén Martín Herrera. Doña Catalina Sánchez Ramírez. Don Francisco Javier Espino Espino Don Martín Manuel García Cabrera Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo MIEMBROS NO ASISTENTES: Ninguno. Don Manuel Jesús Afonso Hernández, secretario general accidental (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). En la Villa de Ingenio, siendo las ocho horas y treinta minutos, del trece de octubre de dos mil veintitrés, se reunieron en la Sala de Juntas de las Casas Consistoriales, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la presidencia de don José López Fabelo, alcalde-presidente, y con asistencia de don Manuel Jesús Afonso Hernández, secretario general accidental, para tratar los asuntos incluidos en el Orden del Día, previamente notificado. ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 28/10/2023 HASH: c110eee27d01ef2c9a7da46aa70094ff JOSÉ LÓPEZ FABELO (2 de 2) Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 del R.O.F., la Presidencia declara abierta, pasando a tratar los asuntos siguientes: A) PARTE RESOLUTIVA 1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 29 de septiembre de 2023 (nº 14). Sometida a votación la trascrita propuesta, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y por tanto mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 9 P á g i n a 1 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. 2º.- ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE SOLICITUDES DE LICENCIAS URBANÍSTICAS DE OBRAS MAYORES Y MENORES. 2.1.- LICENCIAS DE OBRAS MAYORES. 2.1.1.- PROPUESTA DE CONCESIÓN DE LICENCIA URBANÍSTICA A DOÑA CARMEN ROSA BORDÓN PERDOMO PARA LA EJECUCIÓN DE REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA ANTIGUA CON CUARTO DE APEROS, EN LA ZONA DENOMINADO LAS COLMENAS, POLÍGONO 4, PARCELA 63, CON REFERENCIA CATASTRAL 35012A005000630000YB. EXPEDIENTE ESPUBLICO GESTIONA CON REFERENCIA PROCEDIMENTAL 305/2020-EP-U- LOMAY. El Sr. Secretario General Accidental, da cuenta de la propuesta que ha emitido la Concejalía de Urbanismo de fecha 10 de octubre de 2023, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…) Vista la solicitud de licencia urbanística formulada ante este Ayuntamiento por doña CARMEN ROSA BORDÓN PERDOMO, con fecha 26 de diciembre de 2019, registrada al número 13283, para llevar a cabo la actuación consistente en la rehabilitación y ampliación de vivienda antigua con cuarto de aperos, en la zona denominada Las Colmenas, Polígono 5, Parcela 63, con referencia catastral número 35012A005000630000YB, de este término municipal. La obra que se pretende ejecutar está sujeta a licencia urbanística conforme a lo establecido en los artículos 330.1, letra f), de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y 12 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. El expediente debe tramitarse de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 342 de la señalada Ley 4/2017 y 14 y siguientes del referido Reglamento. Se ha emitido informe técnico municipal preceptivo, con fecha 03/08/2023, sobre la adecuación del proyecto a la legalidad urbanística y normativa técnica sectorial de aplicación, indicando que el planeamiento de aplicación es el Plan General de Ordenación, aprobado de forma parcial y definitiva por acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y el Medio Ambiente de Canarias, en sesiones del 29 de noviembre de 2004 y del 22 de junio de 2005, respectivamente, con entrada en vigor el día 23 de septiembre de 2005, expresando, igualmente, en cuanto a la viabilidad de las obras, tanto de reconstrucción de la edificación existente como de la ampliación de la misma, que le son de plena aplicación los artículos 60 y 161 de la señalada Ley 4/2017, así como el artículo 11 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias. Indica que la actuación se localiza en la Reserva Natural Especial de Los Marteles (C-6), que cuenta con Plan Director aprobado por Resolución de fecha 14 de diciembre de 2006. El informe técnico señala, asimismo, la constancia de los siguientes informes sectoriales: a) Informe favorable del Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria, emitido con fecha 22 de enero de 2020, en el Expediente E-1/20, al reconocimiento del valor etnográfico de la edificación, dada su configuración y antigüedad. b) Informe técnico, emitido con fecha 22 de febrero de 2022 por el Órgano Gestor del citado Espacio Natural, sobre la compatibilidad de las actuaciones con la normativa del Paisaje Protegido, a excepción de la instalación de un pozo negro, que sería incompatible con dicha Normativa, debiendo instalarse una fosa séptica o similar (…). c) Resolución nº 2023-0293, dictada por el Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, mediante Decreto de fecha 21 de junio de 2023 (Expte. 506-F.S.) en el que determina “(…) PRIMERO: Autorizar a Doña Carmen Rosa Bordón Perdomo, la instalación de un sistema depurador, en el interior de una parcela situada en Las Colmenas, Guayadeque, en el término municipal de Ingenio (…)”. Concluye el informe técnico en sentido FAVORABLE a la concesión de la licencia urbanística de obra mayor instada con fecha 26 de diciembre de 2019 y con número de registro de entrada 13283/2019 por Dña. Carmen Rosa Bordón Perdomo, referente a la rehabilitación y ampliación de vivienda antigua con cuarto de aperos, en la parcela con referencia catastral Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9 P á g i n a 2 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. 35012A005000630000YB, y situada en la zona denominada Las Colmenas, en esta localidad, según proyecto redactado por el arquitecto Ibo Santana Jiménez, colegiado nº 2865 del Colegio Oficial de Arquitectos de Gran Canaria, y resto de la documentación aportada en el expediente CONDICIONADA a que se deberá depositar por la persona interesada, según el artículo 60.6.a de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias, y el artículo 11 del Decreto 182/2018 de 26 de diciembre, por el que se aprueba el RIPLUC, una fianza o garantía por un importe de 3.814,54 euros (15% del PEM). Asimismo, consta informe jurídico municipal, de fecha 03/08/2023, también emitido en sentido favorable a la concesión de la licencia urbanística peticionada por doña Carmen Rosa Bordón Perdomo, para la rehabilitación y ampliación de vivienda antigua con cuarto de aperos, en la parcela con referencia catastral 35012A005000630000YB, y situada en la zona denominada Las Colmenas, en este término municipal, con arreglo a la documentación presentada, CONDICIONADA a la aportación de la fianza o garantía exigida en los artículos 60.6.a de la Ley del Suelo y 11 del RIPLUC, por un importe de 3.814,54 euros (15% del PEM) -señalada en el Informe Técnico- y a las prescripciones generales y demás que ajustadas a Derecho se acuerden. Consta en el expediente tramitado, carta de pago emitida con fecha 06/10/2023 por la Tesorería Municipal, acreditativa del ingreso efectuado en metálico, al número de operación 320230002515, número de ingreso 20230001478, por importe de tres mil ochocientos catorce euros con cincuenta y cuatro céntimos (3.814,54 euros). Es competencia de este Municipio la ordenación, gestión y disciplina urbanística, según lo previsto en el artículo 25.2., a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local (LBRL). Igualmente, de conformidad con lo expresado en el art. 340 de la señalada Ley 4/2017, y en relación con el artículo 21.1, q) de la LBRL, es competencia de la Alcaldía el otorgamiento de las licencias urbanísticas, habiendo sido delegada esta atribución en la Junta de Gobierno Local en virtud de las delegaciones efectuadas por la Alcaldía-Presidencia mediante Decreto nº 2023-4359, de 23 de junio de 2023. Por todo ello, se propone a la Junta de Gobierno Local se adopte acuerdo en el siguiente sentido: PRIMERO: Conceder a Dña. CARMEN ROSA BORDÓN PERDOMO, licencia urbanística para llevar a cabo la actuación consistente en la rehabilitación y ampliación de vivienda antigua con cuarto de aperos, en la zona denominada Las Colmenas, Polígono 5, Parcela 63, y con referencia catastral número 35012A005000630000YB, de este término municipal (Expediente Municipal con Referencia Procedimental 305/2020-EP-U-LOMAY), con ajuste al proyecto básico y de ejecución que presenta, redactado por el arquitecto D. Ibo María Santana Jiménez, y al resto de la documentación que conforma el expediente, y con la siguiente dirección facultativa: Técnico designado Legislación aplicable Director de la Obra D. Ibo María Santana Jiménez D. Pablo de Santa Ana del Río Director de Ejecución Material Coordinación de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra D. Pablo de Santa Ana del Río (*) Ley de Ordenación de la Edificación. (**) Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción (BOE núm. 256, de 25/10/1997 Siendo los parámetros urbanísticos del proyecto los siguientes: Finalidad Rehabilitación y ampliación de vivienda antigua con cuarto de aperos Planeamiento de Plan General de Ordenación de la Villa de Ingenio. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9 Art. 12 de la L.O.E. (*) Art. 13 de la L.O.E. Art. 3 del R.D. 1627/1997 de 24 de octubre (**) P á g i n a 3 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. desarrollo Plan Director de la Reserva Natural de Los Marteles (publicado el 30/04/2007 en el BOC 085/07). Clasificación Rústico Categorización Protección Agraria(SRPA). Uso Residencial-agrícola Ordenanza de edificación de aplicación No procede Inmueble Catalogado No procede Referencia catastral. Polígono 5 Parcela 63 Nº de Plantas. 0 b/r; 1 s/r Superficie de Finca. Según la finca registral 756.41 m2 Superficies Construidas. Construccione s existentes Estad o actual (m2) Vivienda 45.07 15.00 60.07 60.07 Cuarto de Aperos 24.92 24.92 Edificabilidad Max de 0.11 m2/m2 Ocupación 11.23 % Retranqueo Edificaciones existentes Altura Vivienda 3.00 m. Cuarto de aperos 2.60 m Nº de Ocupantes Dos(2) Dotación de aparcamiento No procede Presupuesto de Ejecución Material 25.430,26 euros SEGUNDO: Condicionar la ejecución de la actuación a la prestación de garantía por importe del 15% del coste total de las obras previstas, que asciende a la cantidad de tres mil ochocientos catorce euros con cincuenta y cuatro céntimos (3.814,54 euros), en aplicación de lo previsto en los artículos 60.6 y 161 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y el artículo 11 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. Consta haberse hecho efectivo el depósito de dicha garantía por la interesada, en carta de pago emitida con fecha 06/10/2023 por la Tesorería Municipal, al número de operación 320230002515, número de ingreso 20230001478, por el importe señalado. TERCERO: Indicar al interesado que, en virtud de lo previsto en el artículo 20.1 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, durante la ejecución y a la finalización de las obras, deberán observarse el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Resolución nº 2023-0293, dictada por el Ampliació n (m2) Reformado (m2) Total (m2) Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9 P á g i n a 4 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, mediante Decreto de fecha 21 de junio de 2023 (Expte. 506-F.S.). CUARTO: Comunicar la obligatoriedad de cumplir con las prescripciones técnicas de carácter general previstas en el artículo 32.1 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general y de la Habitabilidad de Viviendas (B.O.P Número 41, de 30 de marzo de 2012). QUINTO: Advertir al interesado que LAS OBRAS HABRÁN DE COMENZARSE en el plazo de dos (2) años, y el PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN de las obras será de CUATRO (4) AÑOS, pudiéndose solicitar, antes de la conclusión de los citados plazos la prórroga de los mismos, en los términos previstos en el artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias SÉXTO: Recalcar al titular de la licencia que deberá comunicar al Ayuntamiento la fecha de comienzo de las obras con al menos DIEZ (10) DÍAS de antelación (art. 13 de la Ordenanza Municipal reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general de la habitabilidad de viviendas - BOP Las Palmas nº 43, 03/04/2013). Si en el plazo de diez (10) días desde la comunicación no se hubiera personado ningún representante de los servicios técnicos municipales a efectos de comprobar las alineaciones y rasantes de la parcela o solar de referencia, podrá levantarse el acta de comprobación del replanteo, firmado por el promotor, el contratista, y en su caso, por la dirección facultativa. Un ejemplar de la misma será presentado en el Ayuntamiento en el plazo de diez (10) días. SÉPTIMO: El plazo para la realización de actos jurídicos o para el inicio de actuaciones materiales se computará a partir de la notificación de la licencia. El plazo para la conclusión de las actuaciones materiales comenzará a computarse desde la fecha que se determine en la licencia y, en su defecto, desde la fecha de finalización del plazo para el inicio de dichas actuaciones. Previa solicitud del interesado, donde se deberá explicitar los motivos que la justifiquen, se podrá conceder, una o varias prórrogas sucesivas de los plazos señalados y la Administración procederá con ajuste a lo previsto en el señalado artículo 347 y el artículo 24 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por el Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. OCTAVO: El otorgamiento de la licencia se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, pero sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencia. NOVENO: Indicar al interesado que la presente Resolución está sujeta a la liquidación de los tributos locales correspondientes establecidos en las Ordenanzas Fiscales de aplicación, y que una vez finalizadas las obras, el interesado deberá presentar la Comunicación Previa para la Primera Utilización u Ocupación de lo ejecutado, acompañada de la documentación preceptiva, incluso declaración del coste real y efectivo de dichas obras, acompañada de los documentos que considere oportunos, la medición del proyecto y presupuesto del mismo en soporte digital preferentemente. A la vista de la documentación aportada y de las construcciones, instalaciones u obras efectivamente realizadas y de la declaración del coste real y efectivo de las mismas, el Ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa modificará, en su caso, la base imponible aplicada anteriormente, practicando la correspondiente liquidación definitiva y exigiendo al sujeto pasivo o reintegrándole, según proceda, la cantidad que corresponda, sin perjuicio de las acciones que procedan en cuanto a inspección aplicable. DÉCIMO: Que se notifique al interesado el acuerdo adoptado en el plazo legalmente establecido, debiéndose contener en la notificación el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que ha de presentarse y plazo para interponerlos. (…)” Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9 P á g i n a 5 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. Sometida a votación la trascrita propuesta, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y por tanto mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9 P á g i n a 6 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. 3º PROPUESTA PRESENTADA POR LA CONCEJALA DELEGADA DEL ÁREA DE COMERCIO DE SANCIÓN A LA ENTIDAD MERCANTIL AURIS IMPRESIONES, S.L, DE CESE DEFINITIVO DE LA ACTIVIDAD DESTINADA A ARTES GRÁFICAS EN EL INMUEBLE SITO EN CALLE TAIBIQUE, DE ESTA LOCALIDAD. EXPEDIENTE ESPUBLICO GESTIONA CON REFERENCIA PROCEDIMIENTAL 6366/2023. El Sr. Secretario General Accidental, da cuenta de la propuesta que ha emitido la Concejalía de Urbanismo de fecha 11 de septiembre de 2023, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…) ANTECEDENTES DE HECHO.- Único.- Con fecha 27 de julio de 2023 la Alcaldía – Presidencia de este Ilustre Ayuntamiento incoa procedimiento sancionador a Auris Impresiones,S.L., con NIF B – 76.210.038, por la presunta comisión de una infracción en materia de actividades clasificadas y espectáculos públicos localizada en el inmueble sito en calle Taibique, 3, consistente en el desarrollo de actividad de las sujetas a la Ley 7/2011, de 5 de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y Otras Medidas Administrativas Complementarias, (LACEP en adelante), sin haberse cursado la exigible comunicación previa, (artes gráficas). HECHOS PROBADOS. - De la tramitación y documentos obrantes en el expediente se derivan los siguientes hechos probados: Único.- Auris Impresiones,SL, con NIF B – 76.210.038, desarrolló en el inmueble sito en calle Taibique, 3, actividad de las sujetas a la LACEP sin haberse cursado la exigible comunicación previa, (artes gráficas). FUNDAMENTOS DE DERECHO.- PRIMERO.- Infracción y sanción. El indicado Hecho Probado Único se califica como infracción muy grave en el apartado 1 del artículo 62 de dicha LACEP, según el cual “(…). Constituyen infracciones muy graves en materia de actividades clasificadas y espectáculos públicos: 1. El desarrollo de una actividad o la apertura de un establecimiento de los sujetos a esta ley, sin la previa licencia correspondiente o sin haber cursado la comunicación previa, o declaración responsable cuando fueren exigibles. (…)", pudiendo ser sancionada con multa de entre 15.001 a 30.000 Euros y con clausura del establecimiento, cese definitivo de la actividad o revocación de la licencia o título habilitante; suspensión temporal de la actividad o de los efectos de la licencia o autorización, hasta un máximo de seis meses, o reducción del horario, especialmente cuando se incumplan las medidas relativas al control de ruidos en horas nocturnas, según lo establecido en el apartado 1 del artículo 66 de la LACEP en relación con los apartados 1.a), 1.b) y 1.c) del artículo 65 de la misma. Siendo esto así, la sanción que se propone para su imposición a Auris Impresiones,SL, con NIF B – 76.210.038, es la de CESE DEFINITIVO DE LA ACTIVIDAD objeto del procedimiento de referencia, atendiendo a la redacción del apartado 1 del artículo 66 de la LACEP, en relación con el apartado 1.a) de su artículo 65. SEGUNDO.- Medidas provisionales adoptadas. El Órgano competente para incoar el procedimiento acordó, como medida provisional, prohibir el desarrollo de la actividad. TERCERO.- Responsabilidad. De la mencionada infracción es responsable Auris Impresiones,SL, con NIF B – 76.210.038, en atención a lo dispuesto en el apartado 1.a) del artículo 59 de la citada LACEP. CUARTO.- Competencia para la resolución del procedimiento. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 9 P á g i n a 7 | 9 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/letg. Dept.: Secretaría. El Órgano competente para la resolución del procedimiento, previa propuesta de la Sra. Instructora, es la Junta de Gobierno Local de este Ilustre Ayuntamiento, en aplicación de lo establecido en el apartado 2.b) del artículo 72 de la LACEP en relación con el acuerdo adoptado por el Pleno municipal en sesión extraordinaria y urgente celebrada el 3 de julio de 2023. Con fundamento en los Antecedentes de Hecho, Hechos Probados y Fundamentos de Derecho expresados, esta Instructora somete a la consideración del Órgano resolutorio la siguiente propuesta de resolución: Primero.- Imponer a Auris Impresiones,SL, con NIF B – 76.210.038, la sanción de CESE DEFINITIVO DE LA ACTIVIDAD objeto del procedimiento de referencia, actividad de artes gráficas en el inmueble sito en calle Taibique, 3, atendiendo a la redacción del apartado 1 del artículo 66 de la Ley 7/2011, de 5 de abril, de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos y Otras Medidas Administrativas Complementarias, en relación con el apartado 1.a) de su artículo 65, como responsable de la infracción tipificada en el apartado 1 del artículo 62 de la misma, consistente en el desarrollo de la mentada actividad sujeta a dicha Ley sin haberse cursado la exigible comunicación previa. Segundo. - Mantener la medida provisional adoptada de prohibición del desarrollo de la actividad de artes gráficas en el inmueble sito en calle Taibique, 3, adoptada mediante el acto administrativo decretado el 27 de julio de 2023, con número de registro 5.205/2023, de misma fecha. Tercero.- Notificar la resolución a la interesada y comunicarla al Departamento de Comercio de esta Ilustre Entidad Local, a los efectos oportunos. (…)” Sometida a votación la trascrita propuesta, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, y por tanto mayoría absoluta, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 9 P á g i n a 8 | 9 B) ACTIVIDAD DE CONTROL 4º DACIONES DE CUENTAS: 3.1.- DACIÓN DE CUENTA QUE PRESENTA EL CONCEJAL DEL ÁREA DE URBANISMO DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN DE VALORACIONES DE CANARIAS DE 21 de junio de 2023, DEL EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN FORZOSA DE LAS FINCAS AFECTADAS POR EL PLAN TERRITORIAL ESPECIAL DEL CORREDOR LITORIAL: VARIANTE DE LA GC 1, CIRCUNVALACIÓN DEL PARQUE AEROPORTUARIO Y ACCESOS AL EROPUERTO (PTE 13), EN EL CARRIZAL, DE ESTE TÉRMINO MUNICIPAL, POR EL QUE SE INADMITE A TRÁMITE LA SOLICITUD DE FIJACIÓN DEL JUSTIPRECIO FORMULADA POR LA MERCANTIL EL PASO 2000, S.A. EXPEDIENTE ESPUBLICO GESTIONA CON REFERENCIA PROCEDIMIENTAL 10413/2021. El Sr. Secretario General Accidental, da cuenta del documento presentado por la Secretaría General Técnica de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias mediante escrito presentado en la Oficina Central de Registro con número de entrada 7847, de fecha 17 de agosto de 2023, referente al acuerdo de la Comisión de Valoraciones de Canarias de 21 de junio de 2023 del expediente de expropiación forzosa de las fincas afectadas por el Plan Territorial Especial del Corredor Litoral: Variante de la GC 1- Circunvalación del Parque Aeroportuario y Accesos al Aeropuerto (PTE- 13), en el Carrizal, de este término municipal, por el que se resuelve la inadmisión a trámite de la solicitud de fijación de justiprecio formulada por D. José López Fabelo, en representación de la entidad El Paso 2000, S.A., respecto de dos fincas registrales afectadas por la implantación del corredor delimitado en el Plan Territorial Especial del Corredor Litoral: Variante de la GC-1, Circunvalación del Parque Aeroportuario y Accesos al Aeropuerto (PTE-13), en el Carrizal, término municipal de Ingenio, al no estar redactados ni aprobados los proyectos de trazados y/o construcción que desarrollen la vía con arreglo a la legislación sectorial de carreteras, y , por consiguiente, no haberse concretado parámetros básicos como las superficies afectadas tras el trazado definitivo, no es posible proceder a la fijación del justiprecio en este momento procedimental. De la dación de cuenta realizada quedan enterados los miembros de la Junta de Gobierno Local. (…) C) RUEGOS Y PREGUNTAS No se formulan. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levanta la sesión, cuando son las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del mismo día de su comienzo de todo lo cual, como secretario General Accidental DOY FE. Vº.Bº. Alcalde-Presidente, D. José López Fabelo. Cód. Validación: 9QWGPT6MP6WYF24AG572LSF4W Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 9 Secretario General Accidental D. Manuel Jesús Afonso Hernández.