Ayuntamiento de La Villa de Ingenio N/RFA.: SECRET. MJAH/letg PLENO NÚM. 01/2022 (EXPTE. 437/2022) MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL VEINTIDÓS MIEMBROS ASISTENTES: SRA. ALCALDESA- PRESIDENTA: Dª ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.) D. VÍCTOR MANUEL VEGA SÁNCHEZ DÑA. ELENA SUÁREZ PÉREZ D. MARIO RAMÍREZ SANTANA DÑA. MARÍA LORENA QUINTANA HERNÁNDEZ D. ANTONIO RAMÓN TEJERA SÁNCHEZ DÑA. VICTORIA EUGENIA SANTANA ARTÍLES PARTIDO AGRUPA SURESTE DÑA. MINERVA ARTILES CASTELLANO D. DOMINGO GONZÁLEZ ROMERO D. CARMELO PÉREZ GONZÁLEZ NUEVA CANARIA NUEVA CANARIA- FRENTE AMPLIO DÑA. CATALINA MARIA CARMEN SÁNCHEZ RAMÍREZ UNIDAS PODEMOS-IZQUIERDA UNIDA DÑA. MARÍA PILAR ARBELO RUANO PARTIDO FORUM DRAGO (F.D.) D. FRANCISCO JAVIER ESPINO ESPINO D. CARLOS JESÚS SUÁREZ BRITO COALICIÓN PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS D. RAYCO NAUZET PADILLA CUBAS D. SEBASTIÁN DOMINGO SUÁREZ TRUJILLO DÑA. MARIA DEL ROSARIO VIERA HERNÁNDEZ DON JUAN AMADOR DÍAZ SUÁREZ COALICION CANARIA-UNIDOS POR GRAN CANARIA D. LUCRECIO RAMÓN SUÁREZ ROMERO MIEMBROS NO ASISTENTES: D. JUAN ANDRÉS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ D. FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ PEÑA SECRETARIO ACCIDENTAL: DON MANUEL JESUS AFONSO HERNÁNDEZ (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). En la Villa de Ingenio, siendo las diecinueve horas y siete minutos, del día treinta y uno de enero de dos mil veintidós, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa- Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, con asistencia del Sr. Secretario General Accidental, don Manuel Jesús Afonso Hernández y de la Interventora doña Tania Naya Orgeira. Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 01/03/2022 HASH: 51ba9dbbca08401ae558835f51cb4ae8 MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 02/03/2022 HASH: 771637f6f54f0515bd717f82f75b994a ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 1 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio La alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, comienza el pleno ordinario correspondiente a enero de 2022, disculpando la ausencia de don Juan Andrés Sánchez Hernández y de don Francisco González Peña, ambos por motivos personales. 1º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECHAZO A LA VIOLENCIA DE GÉNERO. La Concejala Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la Declaración Institucional de rechazo a la violencia de género, cuyo tenor literal es el siguiente: Es de vital importancia considerar para el diseño de las políticas públicas la elaboración de un diagnóstico, que permita identificar verdaderamente el problema que se quiere atenuar, pues en la mayoría de los casos los programas no identifican de forma clara el problema o necesidad que se pretenden atender y esto es precisamente lo que como decisores públicos debemos contemplar en el diseño de nuestra acción política. Por ello y enmarcado en el Proyecto “Mascarilla municipio 19” del Instituto canario de igualdad y que se ejecutará en este 2022, se ha desarrollado el informe diagnóstico sobre la violencia de Género en el municipio de Ingenio. Este diagnóstico se ha realizado con especial atención a la dimensión social de la violencia de género y a la situación y oportunidades para la generación de una agenda ciudadana. El conocimiento generado apunta que son necesarias líneas de trabajo de formación y sensibilización para situar la comprensión de la violencia de género como una vulneración de los derechos humanos. Están generalizados en hombres y mujeres de diferentes edades y roles los discursos generalizados que desdibujan la dimensión de problema social. En los discursos locales está extendida la lectura de la violencia de género como una acción de suma cero, en la que para que ganen las mujeres han de perder los hombres y viceversa. Y también se identifican discursos y posiciones negacionistas que amparan la normalización de la violencia. Sin embargo, en el ámbito vivencial, y de experiencias concretas personales o cercanas, si se manifiesta sensibilidad por la situación y rechazo a estas manifestaciones. Parece constatarse que mujeres y hombres tienen percepciones distintas respecto a la violencia de género, lo que implica valorar que tienen puntos de partida también diferenciados para la sensibilización. Esto hace necesario plantear acciones de formación diferenciadas para hombres y mujeres, fundamentalmente si esta formación es vivencial. En este sentido, el recurso “Mascarilla-19” es muy valioso, y puede formar parte de un hito físico de una red de personas, espacios y aportes específicos que fomenten un entorno cuidador. El Diagnostico, nos confirma que las alianzas estratégicas con personal técnico y colectivos sociales concretos con especial implicación podrán ayudar a identificar apoyos concretos situados en entornos inmediatos y además de en una red de personas extensa en el municipio, permitiendo con ello acceder a posibles maltratadores, además de a posibles víctimas de manera que se pueda abordar o revertir la normalización de la violencia. Con todo ello, desde el ayuntamiento de la Villa de Ingenio seguiremos promoviendo el desarrollo de diagnósticos sociales que como ya constatamos perfilan y adecuan las acciones que inician el desarrollo de toda política pública. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 2 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio La violencia de género es un cáncer social y su erradicación es una responsabilidad que interpela a todos y todas. Este proyecto, creado por Nuria Prieto, pretende, a través del relato en primera persona, mostrar diez historias reales y cercanas. Las protagonistas son mujeres de menos de 30 años (salvo dos casos) que han sufrido violencia de género. Para estos relatos, la autora ha utilizado un tono muy especial: se cuenta la realidad de la protagonista mediante perspectivas paralelas o metáforas. Estos relatos ponen el énfasis en las primeras alarmas de una relación de maltrato. Pero también en la importancia de pedir ayuda y eludir el paternalismo, que tan poco ayuda en estas situaciones El diagnóstico sobre la situación de violencia de género en el municipio de Ingenio se ha establecido partiendo del marco conceptual de la legislación de referencia con énfasis en la dimensión social de este fenómeno en la realidad local. El marco de realidad de este trabajo es que versa sobre el fenómeno oculto de la violencia de género y el hecho de que estamos ante un diagnóstico rápido. Por ello, las conclusiones son nuevas hipótesis a seguir validando y contrastando que se limitan a tratar de perfilar la dimensión social para las líneas de acción y los objetivos planteados para el proyecto “Municipio Mascarilla-19”. A) PARTE DECISORIA. 2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. - Pleno Sesión Ordinaria, de 20 de diciembre de 2021 (nº 12). Sometida a votación la referida acta, aprueba por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. 3º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN. 3.1.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA 3.1.1 – APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº. 1/2022 DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO. (EXPTE.443/2022). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 20 de enero del presente, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración de fecha 25 de enero de 2022, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Concejal de Economía y Hacienda tiene a bien emitir la siguiente Propuesta: ANTECEDENTES DE HECHO 1) Que existen en el Departamento de Intervención, facturas que no cumplen con el principio de anualidad y por ende, susceptibles de Reconocimientos Extrajudicial de Crédito, las cuales se encuentran en una situación presupuestaria de Obligaciones Pendientes de Aplicar al Presupuesto (O.P.A.), e incluidas en dicha relación, pero que se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra. 2) Visto el informe propuesta emitido por la Jefa del Área Económica, en el que se propone el inicio del Expediente conducente a la aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, de las facturas, que incumplen el principio de anualidad presupuestaria, cuyo importe total asciende a la cantidad de TRECE MIL OCHOCIENTOS DOS EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS, (13.802,26€), cuyos datos se describen a continuación: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 3 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Nº Registro Fecha Nº Fra Fecha Importe Tercero Nombre Prog Econ F/2021/1760 04/10/2021 2002429050 01/10/2021 512,93 A81962201 EDITORIAL ARANZADI, S.A. 9200 22001 F/2021/1888 21/10/2021 J- 21081 21/10/2021 176,47 45340539H VEGA SANTANA ANIBAL 4100 22799 F/2021/2187 30/11/2021 ESC-21 247 30/11/2021 567,10 B76136662 ESCORPION DE JADE SL 4300 22602 F/2021/2191 01/12/2021 A24 127 18/11/2021 481,50 B76345198 AGENCIA CREATIVA 9MILIGRAMOS S.L. 4300 22602 F/2021/2194 25/11/2021 D210071 25/11/2021 535,00 52831271H NEGRIN DIAZ, JESUS 1531 21600 F/2021/2240 03/12/2021 EXTR.GESRES 02/12/2021 6.012,53 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1622 46300 F/2021/2244 03/12/2021 2101 1798 30/11/2021 442,98 A35054519 CANARIAS 7 (INFORMACIONES CANARIAS S.A.) 9310 22602 F/2021/2254 03/12/2021 116/2021 01/12/2021 416,00 42852929L BOADA RAMIREZ RICARDO ANTONIO 1350 22700 F/2021/2509 27/12/2021 0021 2345 27/12/2021 509,61 B35229095 ALCOIMA SL 3380 20300 F/2022/37 04/01/2022 1210559672 29/12/2021 43,02 G28029643 SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES 3300 20900 F/2022/40 04/01/2022 4003294013 31/12/2021 3.291,47 A83052407 SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S.A. 9200 22201 F/2022/103 03/01/2022 210179747-0 03/01/2022 813,65 P3500200E AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGUIMES 1710 22101 TOTALES 13.802,26 3) Visto los informes de reparo emitidos por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 4) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2022 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente: FUNDAMENTOS DE DERECHO Teniendo en cuenta que la aprobación de la factura para la que no existía consignación presupuestaria en el momento en el que se debió aprobar es del Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”. Vista las retenciones de crédito practicadas, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Ayuntamiento de Ingenio y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986. Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 01/2022 cuyo importe total asciende a la cantidad de TRECE MIL OCHOCIENTOS DOS EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS, (13.802,26€), que corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, las cuales han sido detalladas anteriormente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente y relacionadas anteriormente, con cargo a las retenciones de crédito practicadas. TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, manifiesta que se le han dado las explicaciones sobre determinadas facturas, y que le sorprende que aún se siga abonando más de tres mil euros en correos. Que se abstendrá al ser algo de la gestión diaria y del grupo de gobierno. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 4 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, informa que en este punto como viene siendo habitual vamos a proceder a nuestra abstención y será extendido al siguiente punto y también a los dos que vienen por urgencia, o sea cuatro puntos, que permanecerán nuestra abstención en todos, ya que entendemos que es un punto de gobierno, del día a día, y que nosotros lo entendemos así. Don Carlos Suárez Brito, en representación del grupo municipal Fórum Drago, advierte que como viene siendo habitual, también nosotros nos abstendremos en este punto ya que forma parte de la gestión propia del grupo de gobierno y también lo haremos en el siguiente punto. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canaria-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y, siete abstenciones [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria ), y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.1.2 –. APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº. 1/2022 DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES. (EXPTE.442/2022) El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 20 de enero de 2021, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración de fecha 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Concejal de Economía y Hacienda tiene a bien emitir la siguiente Propuesta: ANTECEDENTES DE HECHO 1) Que existen en el Departamento de la Gerencia del Organismo Autónomo denominado: PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES, facturas que no cumplen con el principio de anualidad presupuestaria, y por ende, susceptibles de Reconocimiento Extrajudicial de Crédito, las cuales se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra. 2) Visto el informe propuesta emitido por el Sr. Gerente de este Organismo, en el que se propone el inicio del Expediente conducente a la aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, de las facturas, cuyos datos se describen a continuación: Nº de Entrada Fecha Nº de Fra Fecha Dto. Importe Tercero Nombre Prog Econ F/2021/113 19/11/2021 030664 19/11/2021 42,80 B35476464 FLODESIN S.L. 323 22706 F/2021/114 02/12/2021 A21/419 30/11/2021 511,46 B76011956 SOSTENIMIENTO ISLEÑO S.L.U. 323 22706 F/2021/115 03/12/2021 030679 03/12/2021 85,60 B35476464 FLODESIN S.L. 323 22706 TOTAL 639,86 3) Visto el informe de reparo emitido por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 4) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2022 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 5 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente: FUNDAMENTOS DE DERECHO Teniendo en cuenta que la aprobación de las facturas que no cumplen con el principio de anualidad presupuestaria, deben ser aprobadas por el Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”. Vista las retenciones de crédito practicadas, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986. Se eleva al Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Ingenio, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 01/2022, del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, cuyo importe total asciende a: SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS, (639,86€), cuyas facturas incumplen el principio de anualidad presupuestaria, las cuales han sido detalladas anteriormente. SEGUNDO: Autorizar, disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente y relacionadas anteriormente, con cargo a las retenciones de créditos practicadas. TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal del citado Organismo.” Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canaria-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y, siete abstenciones [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria ), y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.1.3.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIONES OTORGADAS A GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A LA ANUALIDAD 2021 Y AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DEL GASTO PARA EL AÑO 2022 (EXPTE. 402/2014). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 20 de enero del presente, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración de fecha 25 de enero de 2022, cuyo tenor literal se inserta íntegramente a continuación: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 6 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio “(…) Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.2.- ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES. 3.2.1 - PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DE JUEZ DE PAZ TITULAR (EXPTE. 5491/2015) Por el Secretario General Accidental se da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 20 de enero del presente, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración de fecha 25 de enero de 2022, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES. PRIMERO. Por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias se presenta en el Registro General de este Iltre. Ayuntamiento, escrito con número de entrada 7516, de fecha 11 de octubre de 2021, comunicando la finalización del mandato del Juez/a de Paz Titular de este Municipio, y requiriendo que a la mayor brevedad posible formule este Ayuntamiento propuesta de nombramiento para dicho cargo. SEGUNDO: Que por Resolución de la Alcaldía-Presidencia registrada con número 6786, de fecha 28 de octubre de 2021, se incoa expediente para la formulación de la propuesta de designación de Juez/a de Paz titular, publicándose anuncio de la convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia de Las Palmas, nº 137, de 15 de noviembre de 2021, así como en el Tablón de Edictos del Juzgado de Paz de Ingenio y en el Juzgado Decano de Telde, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ingenio a través de la página Web, con los requisitos de convocatoria pública legalmente exigidos. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 7 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio TERCERO. Durante el periodo de presentación de instancias, y de conformidad con la certificación emitida por la Secretaría General, se han presentado dos instancias, que a continuación se indican: 1.- Doña Rita Sánchez Betancor, con NIF 52847155-D, el día 16 de noviembre de 2021, registro de entrada número 8295, con domicilio en la calle Popa, nº 19, playa del Burrero, en el término municipal de Ingenio. 2.- Don Jorge Luís Santana Montesdeoca, con NIF 44307076-Z, el día 16 de noviembre de 2021, registro electrónico de entrada número 8032, de fecha 17 de noviembre de 2021, con domicilio en Pasaje Bencomo, 4 Portal-3Bajo. 3.- DÑA. MARÍA ISABEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, con NIF 45534840-S, el día 26 de noviembre de 2021, registro de entrada número 8548. 4.- DÑA. ANA BELÉN CRUZ HERNÁNDEZ, con NIF 43813561-X, el día 29 de noviembre de 2021, registro electrónico de entrada número 8375. CUARTO. - Con fecha 19 de enero de 2022 se emite informe propuesta por la Secretaría General. CONSIDERACIONES JURÍDICAS. PRIMERA. DEL INFORME PROPUESTA EMITIDA POR LA SECRETARÍA GENERAL. El informe propuesta emitido por la Secretaría General con fecha 19 de enero de 2021, es del siguiente tenor literal, en cuanto a sus consideraciones jurídicas y propuesta: “CONSIDERACIONES JURÍDICAS. PRIMERA. - DE LOS REQUISITOS DE CAPACIDAD DE LOS ASPIRANTES. Dispone el artículo 13 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, lo siguiente: “Podrán ser nombrados Jueces de Paz, tanto titulares como sustitutos, quienes, aun no siendo licenciados en Derecho, reúnan los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial para el ingreso en la Carrera Judicial, excepto los derivados de la jubilación por edad, siempre que ésta no suponga impedimento físico o psíquico para el cargo”. A su vez, dispone a su vez el artículo 389 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 6/1985, de 1 de julio, (LOPJ, en adelante), lo siguiente: El cargo de Juez o Magistrado es incompatible:  1.º Con el ejercicio de cualquier otra jurisdicción ajena a la del Poder Judicial.  2.º Con cualquier cargo de elección popular o designación política del Estado, Comunidades Autónomas, Provincias y demás entidades locales y organismos dependientes de cualquiera de ellos.  3.º Con los empleos o cargos dotados o retribuidos por la Administración del Estado, las Cortes Generales, la Casa Real, Comunidades Autónomas, Provincias, Municipios y cualesquiera entidades, organismos o empresas dependientes de unos u otras.  4.º Con los empleos de todas clases en los Tribunales y Juzgados de cualquier orden jurisdiccional.  5.º Con todo empleo, cargo o profesión retribuida, salvo la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y las Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 8 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio publicaciones derivadas de aquélla, de conformidad con lo dispuesto en la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.  6.º Con el ejercicio de la Abogacía y de la Procuraduría.  7.º Con todo tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.  8.º Con el ejercicio de toda actividad mercantil, por sí o por otro.  9.º Con las funciones de Director, Gerente, Administrador, Consejero, socio colectivo o cualquier otra que implique intervención directa, administrativa o económica en sociedades o empresas mercantiles, públicas o privadas, de cualquier género. Resulta extensible a los Jueces de Paz, titulares y suplentes, la enumeración de incompatibilidades previstas en el artículo 389 de la LOPJ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles que no impliquen asesoramiento jurídico de ningún tipo y que, por su naturaleza, no sean susceptibles de impedir o menoscabar su imparcialidad o independencia ni puedan interferir en el estricto cumplimiento de los deberes judiciales. La posibilidad de ejercer actividades profesionales o mercantiles ya había sido prevista por el inciso final del artículo 102 de la LOPJ, que fue objeto de interpretación por la Circular del Consejo General del Poder Judicial de 25 de julio de 1989. SEGUNDA. DE LA ELECCIÓN Y MOTIVACIÓN. Con la propuesta de nombramiento de Juez/a de Paz, la Corporación debe hacer efectivo el principio constitucional de participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia. La finalidad es proponer a personas que, contando con los requisitos necesarios y no estando incursas en causas de incompatibilidad, puedan tener una cierta permanencia en la plaza a ocupar, bien porque ya tenga una determinada estabilidad laboral u otra, o bien porque siquiera a medio plazo puedan luego encontrarse en una situación de incompatibilidad, o tengan como cierta prioridad en ocupar puestos retribuidos con cargo a cualquier administración pública que impliquen, per se, una situación de incompatibilidad. Partiendo de las determinaciones anteriormente reseñadas, es fundamental hacer operativo el ejercicio real y efectivo de la participación ciudadana en la Administración de Justicia. De entre las solicitudes, la presentada por doña Rita Pino Sánchez Betancor, se destaca que la misma es la actual Jueza de Paz titular de este municipio, conforme a la propuesta formulada por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento en su sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 2017. Para el cargo no se exige la licenciatura en Derecho y en cuanto al régimen de incompatibilidades se exceptúa el ejercicio de actividades profesionales y mercantiles. Por ello, también se pretende con esta propuesta de nombramiento y, con la no exigencia del requisito de licenciatura en derecho, dar una mayor participación los candidatos legos en la materia jurídica, a fin concretar aún más la efectividad de esa verdadera participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia. Del examen de las instancias presentadas, y cumpliendo con las premisas y criterios de elección que anteriormente se han concretado y determinado para la propuesta de nombramiento, se considera que pueden encajar perfectamente en los criterios definidos, las siguientes personas solicitantes de la plaza a ocupar: - 1.- Doña Rita Pino Sánchez Betancor, con NIF 52847155-D, que actualmente ostenta el cargo de Jueza de Paz titular del municipio de Ingenio. La misma tiene el título de graduada social. - 2.- Don Jorge Luís Santana Montesdeoca, con NIF 44307076-Z. - 3.- DÑA. MARÍA ISABEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, con NIF 45534840-S, que actualmente ocupa el cargo de Jueza de Paz sustituta del municipio de Ingenio, conforme al nombramiento propuesto por el Pleno Corporativo en su sesión ordinaria de fecha 20 de diciembre de 2019. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 9 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Por otro lado, doña ANA BELÉN CRUZ HERNÁNDEZ, con NIF 43813561-X, el día 29 de noviembre de 2021, registro electrónico de entrada número 8375, diplomada en relaciones laborales y actualmente autónoma como asesora laboral, Graduada social colegiada, ostenta y realiza en la actualidad una profesión como asesora laboral, que implica una evidente actividad de asesoramiento jurídico, que puede resultar incompatible con el cargo de juez de paz. TERCERA. - ÓRGANO COMPETENTE PARA LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO Y MAYORÍA EXIGIDA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, (LOPJ en adelante), la propuesta de nombramiento deberá ser aprobada por el Pleno Corporativo, con la exigencia de mayoría absoluta. CUARTA. - TRAMITACIÓN POSTERIOR A LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO. Una vez adoptado el acuerdo de nombramiento y, de conformidad con lo dispuesto en el mismo artículo 101, apartado 3 de la LOPJ, será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción (entiéndase al Juzgado Decano de Telde), quien lo elevará a la Sala de Gobierno. A los efectos oportunos, entiendo que debe comunicarse tanto a la Juzgado Decano de Telde, como a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, para su constancia, conocimiento y acuerdos que procedan para el nombramiento por esta última. Al Acuerdo del Pleno, deberá acompañarse certificación comprensiva de los siguientes extremos: - Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección. - Mención expresa de la observancia del quórum exigido por la Ley. - Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de los elegidos. En virtud de lo expuesto, se remite a la Sra. Alcaldesa-Presidenta el presente informe propuesta, debiéndose elevar por el mismo, o concejala correspondiente, propuesta al Pleno Corporativo, previo dictamen de la Comisión Informativa de Economía y Administración, propuesta de nombramiento de personas concretas de las indicadas en el presente informe propuesta para ocupar el puesto de Juez de Paz Titular de este municipio”. SEGUNDA. - Las solicitudes de participación presentadas cumplen con todos los requisitos legales para su admisión, no estando incursas en causas de incompatibilidad, a excepción de la presentada por doña Ana Belén Cruz Hernández, que por su profesión de asesora laboral ejerce una actividad de asesoramiento jurídico, en principio incompatible con el cargo a ocupar. TERCERA. - DE LA ELECCIÓN Y MOTIVACIÓN. Con la propuesta de nombramiento de Juez/a de Paz, la Corporación debe hacer efectivo el principio constitucional de participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia. Ello requiere la alternancia en el ejercicio de dicha figura, para posibilitar que, a lo largo de los años, sean varias las personas que puedan desempeñar dicho cargo, posibilitando y haciendo realmente efectivo el instrumento de participación ciudadana, y no que recaiga siempre en una misma persona el cargo propuesto. Si no es así, quedaría totalmente vacío de contenido e inoperativo el ejercicio real y efectivo de la participación ciudadana en la Administración de Justicia. El cargo de Jueza de Paz titular en estos momentos, lo ostenta doña Rita Pino Sánchez Betancor, que, además, es una de las personas que ha solicitado su participación y nombramiento del cargo. Siguiendo la tradición de esta Corporación en años anteriores para el nombramiento de este cargo, se ha mantenido para el cargo a una misma persona durante al menos dos cargos consecutivos, si así lo solicitase, y es el caso actual. Además, ninguna queja consta en esta Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 10 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Administración respecto del desempeño del cargo de Jueza de Paz que viene desempeñando doña Rita Pino Sánchez Betancor, por lo que, a los efectos de continuar desempeñando y participando de forma efectiva en la Administración de Justicia, se propone el nombramiento de esta como Jueza de Paz titular de este municipio. CUARTA. - ÓRGANO COMPETENTE PARA LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO Y MAYORÍA EXIGIDA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio, (LOPJ en adelante), y artículo 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. la propuesta de nombramiento deberá ser aprobada por el Pleno Corporativo, con la exigencia de mayoría absoluta. QUINTA. - TRAMITACIÓN POSTERIOR A LA PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO. Una vez adoptado el acuerdo de nombramiento y, de conformidad con lo dispuesto en el mismo artículo 101, apartado 3 de la LOPJ, y artículo 7 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, será remitido al Juez de Primera Instancia e Instrucción (entiéndase al Juzgado Decano de Telde), quien lo elevará a la Sala de Gobierno. A los efectos oportunos, entiendo que debe comunicarse tanto a la Juzgado Decano de Telde, como a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, para su constancia, conocimiento y acuerdos que procedan para el nombramiento por esta última. Al Acuerdo del Pleno, deberá acompañarse certificación comprensiva de los siguientes extremos: - Referencia detallada de las circunstancias en que se produjo la elección. - Mención expresa de la observancia del quórum exigido por la Ley. - Datos de identificación y condiciones de capacidad y de compatibilidad de los elegidos. SE PROPONE AL PLENO CORPORATIVO LA ADOPCIÓN POR MAYORÍA ABSOLUTA DE LOS SIGUIENTES ACUERDOS: PRIMERO. Proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el nombramiento de doña RITA PINO SÁNCHEZ BETANCOR, mayor de edad, titular del DNI número 52.847.155 D, como JUEZA DE PAZ TITULAR del municipio de Ingenio. SEGUNDO. - Remitir el presente acuerdo al Juzgado Decano del Partido Judicial de Telde para que el mismo lo eleve a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a fin de que se proceda al nombramiento correspondiente.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, comenta que, por parte de Coalición Canaria, no hay objeción en este procedimiento, que ya está estandarizado de esta manera y no hay problema de ningún tipo. Felicitamos, si acaso, a doña Rita Sánchez. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, no comenta. Don Carlos Suárez Brito, en representación del grupo municipal Fórum Drago, anuncia que, en este punto, Fórum Drago, se abstendrá, aunque entendemos que se debería aplicar un procedimiento de selección objetiva, basada en unos principios de mérito y capacidad. La alcaldesa-presidente, doña Ana Hernández Rodríguez, aclara que sí que hay un procedimiento selectivo, solamente que en este caso por los currículos presentados y por la experiencia que ya tiene esta persona, pues tiene un poco más de valor de puntuación que la que el resto, las proposiciones que se hacen tienen un currículum, que es lo que se valora. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 11 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por diecisiete votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y Grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canaria- Frente Amplio y Unidas Podemos- Izquierda Unida)] y, dos abstenciones del Grupo Municipal Forum Drago por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.3- RECURSOS HUMANOS. 3.3.1.- AUTORIZACIÓN DE COMPATIBILIDAD PARA EL EJERCICIO DE ACTIVIDAD PÚBLICA SOLICITADA POR D. JUAN RAMÓN FERNÁNDEZ TRUJILLO (EXPTE. 10.566/2021) La Concejal Delegada de Recursos Humanos, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta que se ha emitido el día 24 de enero de 2022, dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración de fecha 26 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Vista la instancia presentada por D. Juan Ramón Fernández Trujillo, registrada con el número 2021-E-RE-8998, de fecha 22/12/2021, mediante la que solicita autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividad pública. Visto que presta servicios en este Ayuntamiento, en régimen de derecho laboral, a jornada completa, como personal laboral fijo, con la categoría de Gestor Social, subgrupo C1, ejerciendo funciones de letrado, subgrupo A1, y visto el informe del Área de Recursos Humanos que obra en el expediente, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO. Autorizar a D. Juan Ramón Fernández Trujillo, la compatibilidad con el ejercicio de la actividad docente de profesor asociado en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en régimen no superior a la de tiempo parcial y con duración determinada. La autorización no supone modificación de jornada de trabajo y horario en el puesto principal que desarrolla en este Ayuntamiento, y la misma queda condicionada a su estricto cumplimiento. Modificar el acuerdo del Pleno de fecha 26/12/2013 en cuanto que el límite de 17 horas de compatibilidad se ha de entender entre aquella y la autorización que ahora se otorga. SEGUNDO. Inscribir el presente Acuerdo en el correspondiente Registro de Personal de la Corporación a los efectos de que se puedan acreditar los haberes a los afectados por dicho puesto o actividad. TERCERO. Comunicar la presente autorización de compatibilidad al Consejo Superior de la Función Pública, al objeto de que cumpla con su obligación de informar cada seis meses a las Cortes Generales de las autorizaciones de compatibilidad, concedidas en todas las Administraciones Públicas y en los Entes, Organismos y empresas de ellas dependientes, tal y como dispone la disposición adicional tercera de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. CUARTO. Notificar el presente acuerdo al interesado haciéndole saber que ha de aportar al expediente, a la mayor brevedad desde su nombramiento, los datos correspondientes a la jornada, horarios y retribuciones en el puesto de docente como profesor asociado de la Universidad. QUINTO. Advertir al/la interesado/a sobre el deber de observar las siguientes obligaciones:  No se podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde está destinado. Se exceptúan de esta prohibición las actividades particulares que, en ejercicio de un derecho legalmente reconocido, realicen para sí los directamente interesados. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 12 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio  No se podrá ejercer actividad privada que pueda comprometer la imparcialidad o independencia del personal de que se trate, impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.  No se podrá ejercer actividad privada, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público. En especial es incompatible la actividad profesional prestada a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público.  Es incompatible la pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el interesado.  Es incompatible el desempeño, por sí o persona interpuesta, de cargos de todo orden en empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.  Es incompatible contar con participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.  No se podrá ejercer actividad privada que requiera la presencia efectiva del/la interesado/a durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas, salvo cuando la actividad pública sea a tiempo parcial.  No se podrá reconocer compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiera autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, salvo en el caso de que la jornada semanal de ambas actividades en su conjunto sea inferior a cuarenta horas.  La jornada de trabajo y horario del/la interesado/a no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.  No podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.  El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos. Visto que se ha incorporado al expediente el Informe favorable emitido al respecto por el Jefe del Área de Recursos Humanos, el día 24 de enero de 2022.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, alega que, evidentemente es un derecho que le asiste al trabajador, derecho reglado que le asiste como trabajador y que sólo queda aprobarlo, no queda otra, que no hay debate posible por parte de Coalición Canaria, lo vamos a aprobar. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, interviene diciendo que, en este punto vamos a votar a favor, visto los informes favorables al respecto. Darle la enhorabuena a este trabajador municipal, porque además va a ir a una Institución Pública, como es la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, a ejercer la docencia, y visto que, además, es un jurista del municipio, pues creo que es muy positivo, simplemente eso. Don Carlos Suárez Brito, en representación del grupo municipal Fórum Drago, informa que, su voto será favorable. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 13 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS. 4.1.- ÁREA DE URBANISMO, OBRAS Y ACTIVIDADES. 4.1.- RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DE BIENES COMPLETANDO LOS REGISTROS A LOS NÚMEROS DE ORDEN 118 Y 167 DEL APARTADO VIALES, DEL EPÍGRAFE 1º INMUEBLES, DENOMINADAS CALLES CÁNOVAS DEL CASTILLO Y DOCTOR RAFAEL O’SHANAHAN, RESPECTIVAMENTE (EXPEDIENTE 6548/2021). La Concejala Delegada de Urbanismo, Planificación Estratégica y Patrimonio, doña Victoria E. Santana Artiles, da lectura al informe-propuesta que ha emitido la Concejalía de Patrimonio, el día 25 de enero de 2021, y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…///…) ANTECEDENTES de HECHO: Primero. - Consta inscrito en el Inventario General de Bienes de esta Corporación al epígrafe 1º, apartado viales, bajo los números de orden 118 y 167 los viales denominados Cánovas del Castillo y Doctor Rafael O’Shanahan, respectivamente”, con las siguientes descripciones: Nº de orden: 118. Nombre de la calle: Cánovas del Castillo. Superficie: 1.368,00 metros cuadrados. Longitud: 171,00 metros cuadrados. Ancho: 8,00 metros cuadrados. Nº de orden: 167. Nombre de la calle: Doctor Rafael O’Shanahan. Superficie: 520,00 metros cuadrados. Longitud: 65,00 metros cuadrados. Ancho: 8,00 metros cuadrados. Segundo.- El Instituto de Atención Social y Socio Sanitaria de Gran Canaria, organismo autónomo dependiente del Cabildo de Gran Canaria, mediante escrito con entrada en este Ayuntamiento de 27 de octubre del presente y registrado bajo la referencia 2021-S-RC-2312, solicita la colaboración de esta Ilustre Institución para el desarrollo de un proyecto de interés insular, consistente en la implantación de una infraestructura socio sanitaria donde dicen el Mondragón, lindante con las vías públicas arriba referidas. Es de interés en la expresada actuación la definición de los viales conforme a la realidad física y jurídicas que los asiste. Los linderos que describen literariamente la finca deben ser completados con los dispuestos por la Dirección General del Catastro para estas infraestructuras viarias en la zona de referencia. Tercero. - Consta la redacción de documento técnico por el Departamento de Urbanismo que contempla la descripción de los viales municipales de una manera pormenorizada, señalando sus linderos en relación con los datos obrantes en el Dirección General del Catastro, y expresa, además, gráficamente el perímetro de los mismos. Cuarto. - Mediante resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de referencia 0115/2022, de 14 de enero, se ordena al Departamento de Patrimonio la tramitación del expediente Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 14 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio administrativo tendente a rectificar el Inventario General de Bienes de esta Corporación, realizando las operaciones necesarias para normalizar la descripción de los viarios arriba expresado. Quinto. - Consta en el expediente informe del Departamento de Patrimonio, de fecha 14 de enero de 2022, que expresa la legalidad del proceso seguido y señala el órgano que debe adoptar el acuerdo propuesto. ANTECENDENTES de DERECHO: Primero. - Las disposiciones legales básicas en materia de Patrimonio de las Administraciones Públicas, vienen recogidas en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. El artículo 33 del citado reglamento establece que “la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa”. Segundo. - El artículo 20 del referido Reglamento, encabezado como “El inventario de los bienes inmuebles expresará los datos siguientes:”, señala los datos que deben expresar los registros de inmuebles recogidos en el referido Registro Administrativo. Así, a la letra g) textualmente dice: “g) Tratándose de vías públicas, en el inventario deberán constar los datos necesarios para su individualización, con especial referencia a sus límites, longitud y anchura”. Tercero. - Según establece el apartado primero, del artículo 33, del reiterado Reglamento la rectificación del susodicho inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa. El artículo 34 del mismo cuerpo legal, recoge que “(…) el Pleno de la Corporación local será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación”. Cuarto. - Sobre la rectificación del Inventario Municipal, que del tenor literal del ya referido precepto, del señalado Reglamento, refiere su carácter anual, decir que el mismo no prohíbe rectificaciones puntuales durante el ejercicio anual, cuando el actuar administrativo lo precise. Si se hiciera una interpretación rígida de tal precepto, la actuación administrativa podría entrar en una demora que contradeciría la obligación de toda Administración Pública de impulsar de oficio la instrucción de expedientes, una vez iniciados estos, como así establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Quinto - Constando la no inscripción registral de los referidos inmuebles procede abordar tal tarea ante la obligación impuesta a las Administraciones Públicas conforme determina el artículo 36 de la Ley 33/ 2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Este señala que es deber de éstas inscribir en los correspondientes registros los bienes y derechos de su patrimonio, ya sean demaniales o patrimoniales, que sean susceptibles de inscripción. Siendo la descripción literaria no conforme con la realidad física procede actualizar la descripción de esta conforme a las reglas que determina el artículo 51 del Reglamento Hipotecario. Sexto. - Tal como recoge el apartado uno, del artículo 32 del arriba referido Reglamento de Bienes es deber de esta Entidad remitir a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma las rectificaciones aprobadas. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente, PROPUESTA: PRIMERO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN actualizando la descripción de los bienes al epígrafe 1º inmuebles, apartado viales a los números de orden 118 y 167, denominadas calle Cánovas del Castillo y Doctor Rafael O’Shanahan, respectivamente con los siguientes datos: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 15 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio CALLE CÁNOVAS DEL CASTILLO. Descripción: RÚSTICA. DESTINADA A VIAL, hoy denominado Cánovas del Castillo, donde dicen los Llanos, del término municipal de Ingenio. Barrio: Mondragón. Superficie: 2.550,33 m² según nueva medición. Longitud: 354 metros. Ancho: 8 metros (de media). LINDEROS: Al Norte, con don Justino Pérez Ramírez y de Don Antonio María Melián, hoy parcela con referencia catastral 35012A003003420000YT, cuyo titular es Francisca Tomasa Pérez Pérez, con las parcelas sitas en el lado norte de la propia vía, esto es, con parcela catastral 7070516DS5877S0000DB, cuyo titular es Alejo Romero Ramírez, con parcela 7070515DS5877S0000RB, cuyo titular es Rafaela Romero Ramírez, con parcela 7070514DS5877S0000KB, cuyo titular es Ana Isabel Romero Viera, con parcela 7070513DS5877S0001PZ, cuyos titulares son Juan José Hernández Cruz y Carlos Hernández Caballero; con la parcela 7070502DS5877S0001UZ, cuyo titular es Delfina Margarita Caballero Romero; 7070503DS5877S0001HZ, cuyo titular es Claudio Miguel Gómez, María Carmen Maravilla León Fernández; 7070504DS5877S0001WZ, cuyo titular es NOVIKATH, Promotora, Construcciones y Venta, SL; 7070505DS5877S0001AZ, cuyo titular es José Pedro Martínez Brito; 7070506DS5877S0001BZ, cuyo titular es Alejo Maximiliano Romero Díaz; 7070507DS5877S0001YZ, cuyo titular es Manuel romero Díaz y Georgina García Pérez; 7070509DS5877S0001QZ, cuyo titular es Eusebio Romero Díaz y María Magdalena García Pérez; 7070512DS5877S0001QZ, cuyo titular es Alejo Maximiliano Romero Díaz ; 7170101DS5877S0001BZ, cuyo titular es Alejo Maximiliano Romero Díaz ; 35012A003002490000YK, Alejo Maximiliano Romero Díaz, Rafael Estupiñán Sánchez y María Jesús Espino Ramírez. Al Sur, parcela destinada a Centro socio-sanitario con referencia catastral 35012A003002380000YG, cuyo titular es el Cabildo Insular de Gran Canaria, con la calle Doctor Rafael O'Shanahan, y con los inmuebles sitos en el lado sur de la propia vía, esto es, con la parcela catastrada 7070406DS5877S0001HZ, cuyo titular es Francisco Romero Díaz y Clemencia Hernández Hernández; 7070407DS5877S0001WZ, cuyo titular es Juan Cabrera González; 7070408DS5877S0001AZ, cuyo titular es María Dessiree González Rodríguez y Ramón Cruz Lorenzo; 7070409DS5877S0001BZ, cuyo titular es Juan González Rodríguez; 7070424DS5877S0001OZ, cuyo titular es Hros. De Guillermo Rodríguez; 7070412DS5877S0001BZ, cuyo titular es Francisco Rivero González; 7070413DS5877S0001YZ, cuyo titular es Carmelo López Artíles y Jesús Carmelo López Vega; 7070416DS5877S0001PZ, cuyo titular es EDISTRIBUCION REDES DIGITALES SLU; 7070417DS5877S0001LZ, cuyo titular es Juan Tejera Alemán; 7070415DS5877S0001QZ, cuyo titular es EDISTRIBUCION REDES DIGITALES SLU; 7070418DS5877S0001TZ, cuyo titular es Juan Tejera Alemán; 7070419DS5877S0001FZ, cuyo titular es Aday Romero Hernández; 7070420DS5877S0001LZ, cuyo titular es Eusebio Romero Díaz y María Magdalena García Pérez; 7070421DS5877S0001TZ, cuyo titular es Alejo Maximiliano Romero Díaz y Isabel Sánchez Sánchez; 000800100DS38F0001RY, cuyo titular es Rafaela Romero Díaz; 35012A003002430000YP y 35012A003002430001UA, cuyo titular es COMUNIDAD DE MONDRAGON. Al Este, con las catastrales a las referencias 35012A003002440000YL y 35012A003002440001UB, cuyo titular es Francisca Díaz Díaz; 35012A003002450000YT, cuyo titular es José Díaz Díaz; y Camino del Mondragón. Al Oeste, con Camino del Mondragón. Referencia catastral. - En parte se halla catastrado a las referencias 35012A003090180000YK y 35012A003090220000YR, y en otra no se encuentra catastrado. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 16 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio CALLE DOCTOR RAFAEL O’SHAHANAN. Descripción: RÚSTICA. DESTINADA A VIAL, hoy denominado Doctor Rafael O’Shahanan donde dicen los Llanos, del término municipal de Ingenio. Barrio: Mondragón. Superficie: 443,54 m² según medición topográfica actual. Longitud: 55 metros. Ancho: 8 metros (de media). LINDEROS: Al Norte, con calle Cánovas del Castillo. Al Sur, con parcela 7070427DS5877S0000SB, cuyo titular se encuentra, según Catastro EN INVESTIGACIÓN. Al Este, con casas de frente a esta calle, parcela con referencia 7070401DS5877S0001JZ, cuyo titular es herederos de Juan Sánchez Díaz, con parcela 7070402DS5877S0001EZ, cuyos titulares son María del Carmen Sánchez Suárez y Juan Martín Sosa Reyes, con parcela 7070403DS5877S0001SZ, cuyos titulares son Andréz López García y María Hernández Estupiñan, con parcela 7070404DS5877S0001ZZ, cuyos titulares son David Cazorla Pérez y Acoraida del Mar Ramírez Estupiñan, con parcela 7070405DS5877S0001UZ, cuyo titular es Rafaela Romero Díaz y con parcela 7070406DS5877S0001HZ, cuyos titulares son Francisco Romero Díaz y Clemencia Hernández Hernández. Al Oeste, con parcela destinada a Centro socio-sanitario, parcela con referencia 35012A003002380000YG, cuyo titular es el Cabildo Insular de Gran Canaria y con parcela 35012A003002400000YY, cuyo titular es Herederos de Francisca Sánchez Díaz. Referencia catastral. - 35012A003091460000YO. SEGUNDO. - Solicitar del Registro de la Propiedad del distrito hipotecario que por demarcación corresponda la inscripción registral de las fincas de referencia. TERCERO. - Dar cuenta de las modificaciones aprobadas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Vice-Consejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos. (…///…)” Asimismo, la Presidenta informa de la incorporación al expediente que se tramita de un informe propuesta, de fecha 25/01/2022, de ampliación del contenido de la anteriormente transcrita, por no haberse incluido en esta última la representación gráfica georreferenciada de las fincas afectadas que complete su descripción literaria, expresándose las coordenadas georreferenciadas de sus vértices, exigible por la normativa de aplicación (letra b), del artículo 9 de la Ley Hipotecaria). El tenor literal del añadido al informe-propuesta que en definitiva se trata de una ampliación de la información contenida en la primera propuesta, no modificándose el sentido de la misma, es el siguiente: “(…///…) ANTECEDENTES de HECHO: Primero. - Con fecha de 20 de enero del presente se emite informe-propuesta por esta concejalía de rectificación del Inventario General de Bienes completando los registros a los números de orden 118 y 167 del apartado viales, del epígrafe 1º inmuebles, denominadas calles Cánovas del Castillo y Doctor Rafael O’Shanahan, respectivamente. Segundo. - Con fecha de 24 del señalado mes y año por técnico topógrafo se emite informe que expresa el perímetro de los señalados viales por sus coordenadas en proyección UTM, según sistema de referencia REGCAN 95. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 17 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Tercero. - En la señalada propuesta se refería la no inscripción en el Registro de la Propiedad de los expresados inmuebles. ANTECENDENTES de DERECHO: Primero.- Como bien expresa el artículo 85 del texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, las Entidades Locales “(…) deberán inscribir en el Registro de la Propiedad sus bienes inmuebles y derechos reales, siendo suficiente a tal efecto la certificación que, con relación al inventario aprobado por la respectiva Corporación, expida el Secretario, con el visto bueno del Alcalde o Presidente y que producirá iguales efectos que una escritura pública”. El artículo 36 de la Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas se pronuncia en términos semejantes al señalado texto legislativo. Este dice al apartado primero que “Las Administraciones públicas deben inscribir en los correspondientes registros los bienes y derechos de su patrimonio, ya sean demaniales o patrimoniales, que sean susceptibles de inscripción (…)”. Segundo.- Como señala la letra b), del artículo 9 de la Ley Hipotecaria, debe constar, siempre “(…) que se inmatricule una finca, o se realicen operaciones de parcelación, reparcelación, concentración parcelaria, segregación, división, agrupación o agregación, expropiación forzosa o deslinde que determinen una reordenación de los terrenos, la representación gráfica georreferenciada de la finca que complete su descripción literaria, expresándose, si constaren debidamente acreditadas, las coordenadas georreferenciadas de sus vértices”. Los requisitos técnicos que ha de cumplir la señalada representación gráfica georreferenciada deben ser los señalados en el apartado séptimo del anejo de la Resolución de 29 de octubre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la resolución conjunta de la Dirección General de los Registros y del Notariado y de la Dirección General del Catastro, que regulan los requisitos técnicos para el intercambio de información entre el Catastro y los Registros de la Propiedad, publicada en el BOE número 260, de fecha 30 de octubre de 2015. El informe técnico de referencia contiene la representación gráfica de los señalados viales atendiendo las disposiciones técnicas contenidas en la señalada disposición legal. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente completar la propuesta emitida con fecha de 20 enero del presente para su elevación al Pleno Corporativo. PROPUESTA: PRIMERO.- Ampliar la propuesta de la Concejalía de Urbanismo, Planificación Estratégica y Patrimonio de fecha 20 de enero del presente de rectificación del Inventario General de Bienes, completando los registros a los números de orden 118 y 167 del apartado viales, del epígrafe 1º inmuebles, denominadas calles Cánovas del Castillo y Doctor Rafael O’Shanahan, respectivamente, con la incorporación de la representación gráfica georreferenciada por sus coordenadas en proyección UTM, señaladas en el informe técnico de fecha 24 del mismo mes y año, cuya relación es como se reseña a continuación: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 18 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio CALLE CÁNOVAS DEL CASTILLO. Calle Cánovas del Castillo Nº Coordenada Coordenada Y Nº Coordenada Coordenada Y X X 1 456850.13 3087300.39 2 456845.64 3087302.46 3 456843.29 3087303.57 4 456840.67 3087304.74 5 456836.84 3087306.36 6 456833.33 3087307.85 7 456829.82 3087309.53 8 456824.76 3087311.77 9 456819.18 3087314.23 10 456813.17 3087316.99 11 456808.65 3087318.97 12 456803.61 3087321.20 13 456799.11 3087323.19 14 456795.04 3087324.93 15 456789.60 3087327.32 16 456786.61 3087328.71 17 456782.38 3087330.60 18 456778.45 3087332.45 19 456774.29 3087334.60 20 456771.75 3087335.98 21 456770.60 3087336.74 22 456770.93 3087337.30 23 456770.23 3087337.55 24 456769.51 3087338.18 25 456769.68 3087339.10 26 456769.58 3087339.34 27 456768.12 3087338.71 28 456979.50 3087103.10 29 456989.61 3087102.31 30 456989.93 3087106.18 31 456989.86 3087106.19 32 456979.41 3087107.04 33 456972.28 3087107.17 34 456968.69 3087107.40 35 456962.14 3087108.31 36 456960.18 3087108.85 37 456958.48 3087109.33 38 456954.35 3087110.08 39 456950.51 3087110.95 40 456947.81 3087112.46 41 456945.93 3087114.53 42 456944.20 3087117.07 43 456942.58 3087119.72 44 456942.04 3087121.41 45 456941.45 3087122.63 46 456941.06 3087124.33 47 456940.90 3087126.39 48 456940.87 3087126.77 49 456941.00 3087128.65 50 456941.54 3087130.92 51 456943.34 3087134.74 52 456942.07 3087144.42 53 456937.52 3087154.02 54 456933.73 3087162.32 55 456922.80 3087185.48 56 456917.61 3087196.44 57 456913.42 3087205.35 58 456909.37 3087214.20 59 456901.17 3087231.49 60 456896.39 3087241.65 61 456891.56 3087252.03 62 456890.78 3087251.65 63 456890.64 3087251.94 64 456887.83 3087256.75 65 456885.49 3087260.32 66 456882.41 3087264.25 67 456880.92 3087266.15 68 456877.96 3087270.58 69 456875.15 3087275.30 70 456871.90 3087281.21 71 456871.82 3087282.92 72 456871.76 3087282.99 73 456871.27 3087286.79 74 456869.40 3087288.18 75 456867.86 3087289.53 76 456868.80 3087290.61 77 456865.80 3087292.97 78 456864.79 3087293.03 79 456863.55 3087292.66 80 456863.02 3087293.12 81 456861.82 3087294.35 82 456861.99 3087294.67 83 456858.26 3087296.82 84 456857.97 3087296.31 85 456853.04 3087298.99 86 456850.13 3087300.39 CALLE DOCTOR RAFAEL O’SHANAHAN. Calle Doctor Rafael O’SHanahan Nº Coordenada Coordenada Y Nº Coordenada Coordenada Y X X 1 456870.39 3087257.11 2 456872.08 3087260.87 3 456875.92 3087263.24 4 456869.06 3087275.67 5 456868.67 3087276.38 6 456868.34 3087276.32 7 456868.70 3087274.57 8 456868.41 3087272.75 9 456867.79 3087271.04 10 456865.85 3087266.14 11 456864.11 3087261.72 12 456862.01 3087256.46 13 456861.02 3087254.00 14 456860.23 3087252.27 15 456859.54 3087250.88 16 456858.72 3087249.45 17 456857.25 3087247.03 18 456855.56 3087244.54 19 456853.47 3087241.68 20 456851.00 3087238.75 21 456849.77 3087237.47 22 456844.72 3087232.65 23 456841.80 3087230.25 24 456840.30 3087229.13 25 456840.58 3087228.75 26 456840.15 3087228.46 27 456839.49 3087227.72 28 456843.41 3087221.60 29 456851.73 3087228.14 30 456852.73 3087228.92 31 456852.48 3087229.24 32 456859.83 3087237.06 33 456866.34 3087246.66 34 456870.39 3087257.11 Nº Coordenada X Coordenada Y Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 44 ACTA DEL PLENO Nº Coordenada X Coordenada Y P á g i n a 19 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SEGUNDO. - Incorporar a los correspondientes registros del Inventario General de Bines de esta Corporación los datos técnicos contenidos en el informe del topógrafo municipal de fecha 24 de enero de 2022. …///…)” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, reconoce que, mantener el inventario municipal de bienes actualizados no sólo es necesario sino, además, conveniente y, por tanto, no podemos más que estar de acuerdo. Sobre todo, en casos como este, que luego será fruto de inversiones para que sea e infraestructuras públicas. Por parte de Coalición Canaria, por supuesto lo vamos a aprobar. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, mantiene que, en este punto es evidente la necesidad de la recepción de estos suelos, para que pueda seguir continuando el expediente; pues entonces, nosotros por responsabilidad, también vamos a votar a favor. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.2.- APROBACIÓN INICIAL DE PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN PATRIMONIAL DE TITULARIDAD MUNICIPAL DE TROZO DE CAMINO DONDE LLAMAN LOMO HOSPITAL, QUE ES PARTE DE LA PARCELA CATASTRADA A LA REFERENCIA 35012A003090760000YP (Expediente 10208/2021). La Concejala Delegada de Urbanismo, Planificación Estratégica y Patrimonio, doña Victoria E. Santana Artiles, da lectura al informe-propuesta que ha emitido la Concejalía Patrimonio, el día 20 de enero de 2022, y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…///…) ANTECEDENTES de HECHO: Primero. - Con fecha de 4 de noviembre del presente y registro de entrada electrónico en este Ayuntamiento referenciado 2021-E-RE-7486, doña Natalia de Jesús Rodríguez Hernández, con DNI número 52830664D, presenta escrito en el que, entre otros asuntos, solicita “Se certifique los metros de ancho de la carretera de dominio público, LOMO HOSPITAL (entre el 2 y 5), referencia catastral 35012A00309007600000YP (…)”. La referida señora, en el señalado escrito, refiere la ejecución de un vallado perimetral sobre el reseñado viario. Segundo. - Consta en este Ayuntamiento solicitud de licencia de vallado cursada por don Juan Andrés Sánchez Pérez, con fecha de 9 de septiembre de 2021, inscrito bajo la referencia 2021- E-RE-6036. En el mismo refiere lo que textualmente sigue: “ADJUNTA DOCUMENTACION NECESARIA PARA COMUNICACION PREVIA VALLADO EN SUELO RUSTICO/REHABILITACION DE BANCAL DE PIEDRA EXISTENTE”. Adjunta a su solicitud, entre otros, el documento encabezado como “ESCRITURA DE COMPRAVENTA PREVIA RENUNCIA DEL USUFRUCTO”. Dicho documento público, otorgado ante el sr. notario don José Manuel Grau de Oña, con fecha el 11 de agosto de 2021 describe por sus linderos y superficie la finca objeto de negocio, señalando que está formada por dos trozos de terreno “(…) donde llaman "EL LOMO", hoy también conocida por "LOMO HOSPITAL". El expresado documento público contiene nota simple informativa emitida por el Registro de la Propiedad de Santa Lucia de Tirajana que al número de finca en Ingenio 1832 describe la finca, y entre otros pormenores, refiere que ésta está “(…) atravesada de naciente a poniente por un camino vecinal que la divide en dos trozos:” Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 20 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Adjunta a la matriz de dicha escritura se encuentran varias certificaciones catastrales descriptivas y graficas expedidas por la sede electrónica del la Dirección General del Catastro, que señalan la colindancia de diferentes parcelas con el expresado camino. Tercero. - Mediante resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de referencia 8043/2021, de 16 de diciembre, se ordena al Departamento de Patrimonio la tramitación del expediente administrativo de inicio de actuaciones previas tendentes a determinar si es presumible que el camino de referencia es titularidad de este Ayuntamiento. Cuarto. - La parcela catastrada a la referencia 35012A003090760000YP, parte de la cual se corresponde con el viario o camino de referencia, figura este Ayuntamiento como titular de la misma, señalando en el apartado “Cultivo/aprovechamiento” lo que sigue: “VT VIA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO”. Se han incorporado al expediente certificaciones catastrales de las parcelas colindantes al referido camino en el tramo aquí investigado. De esta resultan los siguientes titulares catastrales: Referencia catastral Titular catastral 35012A003001630000YJ Gloria Esther Rodríguez Hernández Joaquín Sánchez Borreguero 35012A003001640000YE Peter Jordan Geb Britt Hildegard Heise Jordan 35012A003001650000YS Juan Andrés Sánchez Pérez 35012A003001660000YZ Juan Andrés Sánchez Pérez 35012A003001690000YW Juan Andrés Sánchez Pérez 000200500DS38F0001PY José Manuel Ramírez Valido Natalia Jesús Rodriguez Hernández Consta en el expediente informe topográfico, de fecha 3 de diciembre de 2021, que describe gráficamente los límites del reiterado camino y relaciona las coordenadas UTM que delimitan éste. Ç Imagen. - En rojo límite de camino vecinal existente Quinto. - Consta en el expediente informe del Departamento de Patrimonio, de fecha 20 de enero de 2022, que describe pormenorizadamente el trozo de viario de referencia, relaciona los titulares catastrales de las parcelas colindantes, que, además, expresa la legalidad del proceso instruido, señalando las referencias legales que sustentan las fases procedimentales a seguir, y señala el órgano que debe adoptar el acuerdo de aprobación inicial del procedimiento de investigación. ANTECENDENTES de DERECHO: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 21 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Primero. - En el presente asunto hemos de tener en cuenta que las Entidades Locales tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que presumiblemente formen parte de su patrimonio, a fin de determinar la titularidad de los mismos cuando ésta no les conste de modo cierto. Esta potestad de investigación se halla contenida en el artículo 44 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, en adelante RBEL. El señalado artículo recoge básicamente las prerrogativas que el apartado primero del artículo 41, de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, señalando que corresponde la potestad de investigación, a, entre otras entidades, los municipios y demás entidades locales de carácter territorial. Así, el artículo 45 del señalado RBEL dispone lo que literalmente se transcribe, “Las Corporaciones locales tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman de su propiedad, siempre que ésta no conste, a fin de determinar la titularidad de los mismos”. Como señala la certificación que obra en el expediente de fecha 20 de enero del presente, no costa en el Inventario General de Bienes de esta corporación registro alguno que exprese derechos sobre camino, trozo de terreno, parcela o inmueble que coincida siquiera en parte con el expresado camino. Segundo. - Sobre el procedimiento de investigación a seguir el artículo 46 del RBEL dispone que este se iniciará de oficio o a instancia de particulares. De la descripción de las parcelas señaladas en el documento público descrito en el antecedente de hecho segundo se infiere la presencia de un vial de uso público. La mención realizada a “camino vecinal” presupone su pertenencia al domino publico viario. Los informes técnicos incorporados al expediente de fechas 22 de diciembre de 2021 y 17 de enero de 2022, expresan el desarrollo de servicios públicos sobre el reiterado camino. La constancia de luminarias de alumbrado público y de red municipal de agua de abastos denotan el aprovechamiento de esta franja de terreno con fines públicos. Asimismo, la constancia de titularidad catastral de la expresada franja de terreno a favor de este Ayuntamiento contribuye a dar apariencia de titularidad dominical del mismo. Tercero. - El hecho de que éste no se encuentre incluido en el Inventario General de Bienes de la Corporación no quita que pueda formar parte del dominio público municipal. Como señala el Tribunal Supremo en sentencia de fecha 21 de mayo de 2008 por la que fija doctrina legal “No puede entenderse que un vial, por el mero hecho de no estar incluido en el correspondiente Inventario de Bienes Municipales no es de titularidad municipal”. Este tribunal sentencia de fecha 11 de febrero de 1997 señala que ni la falta de inscripción de un bien en el Registro de la Propiedad, ni su falta de inclusión en el Inventario de Bienes de la entidad local impiden que su uso público pueda resultar acreditado por otros medios Si bien es cierto que de la documentación obrante en el expediente instruido no resulta una posesión incontrovertible del expresado vial por este Ayuntamiento, procede, no obstante, la apertura de expediente para investigar la presumible titularidad pública municipal. Cuarto. - Sobre el órgano que debe adoptar el acuerdo hay que señalar que la legislación de ámbito local no señala expresamente el órgano que debe tomar el acuerdo, sin embargo, la letra u), del apartado primero del artículo 31 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, señala indirectamente al Pleno Corporativo. Así, dice, que corresponde al alcalde entre otras competencias “La adopción de los actos de ejecución de los acuerdos plenarios en materia de (…) investigación (…)”. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente, PROPUESTA: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 22 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio PRIMERO. - Iniciar procedimiento de investigación patrimonial de titularidad de trozo de camino donde dicen Lomo Hospital, coincidente en parte con la parcela catastrada a la referencia 35012A003090760000YP, y señalado gráficamente en el informe topográfico de fecha 3 de diciembre de 2021, recogido en el antecedente de hecho cuarto de este cuerpo. SEGUNDO. - Trasladar el acuerdo adoptado a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Vice-Consejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias para que, en su caso, puedan hacer valer sus derechos y alegar cuanto entiendan procedente. TERCERO. - Instar del sr. Registrador de la Propiedad del Distrito Hipotecario correspondiente la anotación preventiva de incoación de procedimiento de investigación patrimonial de titularidad de trozo de camino que atraviesa la finca registral al número 1832 del término municipal de Ingenio. CUARTO. - Notificar a los señores referidos en el antecedente de hecho cuarto de este cuerpo, y a cuentas personas o entidades puedan verse afectadas en el presente procedimiento de investigación, la aprobación inicial del mismo. QUINTO. - Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia el acuerdo de inicio de procedimiento de investigación patrimonial, y en el tablón de edictos de esta Corporación, durante un plazo de 15 días. Abrir, al día siguiente de finalizado el plazo señalado, trámite de información pública por un plazo de un mes, para que las personas interesadas puedan alegar cuanto estimen conveniente a su derecho, acompañando de documentos en que funden sus alegaciones. SEXTO. - Finalizado el arriba expresado plazo para presentar alegaciones, abrir un período de prueba por plazo de 10 días en el que serán admisibles los siguientes particulares: documentos públicos judiciales, notariales o administrativos otorgados con arreglo a Derecho; el reconocimiento y dictamen pericial; y la declaración de testigos. SÉPTIMO. - Poner de manifiesto el expediente a las personas o entidades interesadas en el procedimiento y a aquellas que hubieren comparecido en él, para que durante un plazo de 10 días aleguen cuanto crean conveniente en su derecho. OCTAVO. - Facultar a la Alcaldesa-Presidenta de esta Ilustre Institución tan ampliamente como en Derecho sea admisible para la resolución de cuantos asuntos de trámite concurran en el presente procedimiento.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, manifiesta que, por parte de Coalición canaria, evidentemente si hay una indefinición en el título de propiedad de cualquier terreno, máxime si estamos hablando de si es prioridad o no del ayuntamiento. Por parte de Coalición Canaria, lo vamos a aprobar. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, interviene diciendo que, este punto aunque parece un poco galimatías, al final lo que viene a ser la administración pública, debe ver realmente qué implicación tiene con esos suelos, para después ver cómo se procede a posteriori, porque claro, no es lo mismo que sean privados y entre vecinos se puedan entender, o se tengan que entender , o que sea público y efectivamente pues el ayuntamiento tendrá pues, otros derechos sobre los suelos y otras distancias que realizar en cualquier caso, el procedimiento está pasado, es un procedimiento donde como bien ha leído la señora concejal, puede acudir cada uno de los partes implicadas a dar sus derechos, sus necesidades, pues entendemos que es positivo y nosotros vamos a votar favorablemente. Don Carlos J. Brito Suárez, en representación del grupo municipal Fórum Drago, argumenta que, desde Fórum Drago, como no puede ser de otra manera, también votaremos a favor de que se inicie este procedimiento, que ha explicado ya la señora concejala y para esclarecer la situación de los vecinos y vecinas que están implicados en la misma. Nuestro voto será favorable. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 23 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 4.3.- Propuesta de adhesión a la declaración institucional de la FECAM para la CONMEMORACIÓN DEL DÍA ESCOLAR POR LA PAZ Y LA NO VIOLENCIA (Expediente 420/2022). La Concejala Delegada de Educación, doña Lorena Quintana Hernández, da lectura a la propuesta que ha emitido la Concejalía de Educación, el día 19 de enero de 2022, y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…///…) La PRESIDENCIA la FECAM, desea trasladar a todas las Corporaciones locales un manifiesto, con motivo de la Conmemoración del Día Escolar por la Paz y la No Violencia, el próximo 30 de enero de 2020; cuyo tenor literal es el siguiente: “(…) DECLARACIÓN INSTITUCIONAL “30 DE ENERO, DÍA ESCOLAR POR LA PAZ Y LA NO VIOLENCIA” La educación en y para la tolerancia, la solidaridad, la concordia, el respeto a los Derechos Humanos, la no violencia y la paz son motivos para recordar el 30 de enero. En este día se celebra el aniversario por la muerte del líder nacional y espiritual de la India, el Mahatma Gandhi, el 30 de enero de 1948, líder pacifista que defendió y promovió la no violencia y la resistencia pacífica frente a la injusticia y que fue asesinado por defender estas ideas. La Federación Canaria de Municipios se une a la celebración de este día, con uno de los objetivos más importantes de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible “PAZ, JUSTICIA E INSTITUCIONES SÓLIDAS”. Desde la FECAM, estamos decididos a propiciar sociedades pacíficas, justas e inclusivas que estén libres del temor y la violencia. Sin paz, estabilidad, derechos humanos y gobernabilidad efectiva basada en el Estado de Derecho, no es posible alcanzar el desarrollo sostenible. No puede haber desarrollo sostenible sin paz, ni paz sin desarrollo sostenible. Por todo ello, consideramos que los Centros Educativos, se convierte n en un territorio privilegiado para construir una cultura de paz y combatir la violencia. Vivimos tiempos en que la violencia ha tomado matices y nuevas formas de expresión como la discriminación, la xenofobia, homofobia, el maltrato, el abandono, la imposición de ideas, el bullying, la segregación, etc. Las primeras víctimas de ello son las niñas, niños y adolescentes; teniendo consecuencias graves en su desarrollo personal y colectivo, que sin duda podrían evitarse. Construir una cultura de paz implica reconocer y hacer de la escuela un espacio atractivo, acogedor, seguro, que posibilite el desarrollo de proyectos de vida de vida a los niños, niñas y adolescentes. Un espacio donde el rol del docente empático es fundamental, contribuyendo a la construcción de un mundo mejor, más justo y más humano. En este sentido, reivindicamos el derecho de los niños y niñas a crecer en un entorno de paz donde cualquier tipo de violencia no tenga cabida. Este propósito implica la voluntad de las personas adultas y de su entorno, de los Estados, de los medios de comunicación y de todos los que por una u otra razón suponen un referente para ellos y ellas. Por ello y con motivo del Día Escolar de la No Violencia y de la Paz, compartimos algunos objetivos de la Agenda 2030, sobre la paz y la no violencia: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 24 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio  Reducir significativamente todas las formas de violencia y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo .  Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños.  Promover y aplicar leyes y políticas no discriminatorias en favor del desarrollo sostenible. La responsabilidad que tiene la Federación Canaria de Municipios de defender un mundo de paz es posible, siempre y cuando entre todos y todas sumemos esfuerzos y voluntades hacia las personas más necesitadas y vulnerables. Por todo ello, a propuesta de la Comisión de Cooperación, Juventud, Igualdad y Diversidad de la Federación Canaria de Municipios y ante la realidad que vive nuestro mundo se propone al Comité Ejecutivo de la FECAM, la adopción de los siguientes acuerdos: PRIMERO. Seguir manifestando nuestro más enérgico rechazo a cualquier manifestación de violencia que nos aleje de un mundo en paz, mostrando una solidaridad activa y comprometida en la defensa de la paz y el entendimiento de los pueblos y en este año de manera especial por todas las consecuencias sufridas y que estamos sufriendo, con la actual pandemia debido al COVID-19. SEGUNDO. Reafirmándonos en el compromiso de la Federación Canaria de Municipios para seguir promoviendo una cultura de Paz y No Violencia, a través de proyectos como “Vacaciones en Paz” proyecto que acoge a niños y niñas procedentes de los campos de refugiados Saharauis cada verano, los cuales son acogidos por familias del Archipiélago Canario con la pretensión de que conozcan que existe otro mundo distinto a los campos de refugiados de Tinduf. TERCERO. - Ratificar en el Comité Ejecutivo de la FECAM, el contenido de esta Declaración Institucional por el Día Escolar por la Paz y la No Violencia. CUARTO. En aquellos municipios que han anunciado la intención de realizar actos públicos, como plataforma para manifestar ante los ciudadanos y ciudadanas, este mensaje de PAZ, dar lectura de este manifiesto o bien, darle difusión en la web de su ayuntamiento, así como en las redes sociales, con el fin de garantizar que personas de todo el mundo, logren la paz y la convivencia. QUINTO. Hacer extensible este manifiesto a todos los centros educativos, con el propósito de seguir trabajando por la comprensión, empatía y la solidaridad por el prójimo. (…)” En prueba de conformidad con cuanto antecede, se propone al Pleno de la Corporación, la voluntad del Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio en adoptar los acuerdos que se establecen en dicho manifiesto a través de las áreas de influencia que correspondan a nuestro Municipio, manifestando nuestra adhesión a dicha moción. (…///…)” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, anuncia a la concejala que, desde Coalición Canaria, por supuesto la vamos a aprobar, nos sumamos a esta declaración, faltaría más, todo lo que sea promover la cultura de la paz, la cultura de la no violencia, y la cultura de la armonía, sobre todo en edades tempranas, como las niñas y la juventud, no es más que seguir sembrando la semilla de la concordia, de la buena vecindad, de la buena convivencia, de la tolerancia para el futuro, máxime si me hablan de los colegios donde el bullying desgraciadamente, sigue siendo un elemento que machaca a niños y marca la vida desde jóvenes, hasta llegar a límites no deseados, por supuesto a esto y a cualquier propuesta en este sentido, Coalición Canaria, se va a sumar. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, afirma que, nos sumamos, por supuesto, al manifiesto y que lo apoyaremos. Don Carlos J. Brito Suárez, en representación del grupo municipal Fórum Drago, comenta que, desde Fórum Drago, también nos unimos al manifiesto que se acaba de leer, en concordancia también con lo que ya venimos trabajando en los centros educativos desde hace mucho tiempo, en los términos de tolerancia y respeto que ha dicho la concejala y por supuesto nuestro voto será favorable. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 25 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por unanimidad y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 5º.- MOCIONES. 5.1.- Moción presentada por el grupo político PARTIDO POPULAR-PROYECTO SOMOS (PP-SOMOS), con fecha 28/12/2021, con registro de entrada número 2021-E-RE-9120, denominada “MOCIÓN PARA LA ELIMINACIÓN DE LA LIMITACIÓN TEMPORAL EN LOS CENTROS DE EDUCACIÓN PARA PERSONAS ADULTAS DE CANARIAS”. El Portavoz del Grupo Partido Popular-Proyecto Somos, don Rayco Nauzet Padilla Cubas, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(….///….)Con motivo de la publicación en el BOC, el día 4 de noviembre 2021, de la Orden de 27 de Octubre de 2021 por la que se modifica la Orden de 20 de Junio de 2017, que establece las normas de organización y funcionamiento de los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA), así como la Orden de 27 de Agosto de 2018, que establece las normas de organización y funcionamiento de los Centros de Educación a Distancia (CEAD) en la Comunidad Autónoma de Canarias, concretamente haciendo referencia al punto 2.3 que viene a decir que el alumnado de los CEPA matriculado en la enseñanza de Formación Básica Inicial (FBI) podrá permanecer en esta modalidad un máximo de cuatro años, y excepcionalmente un año más si así lo considera el equipo educativo. El grupo político Somos PP del Ayuntamiento de Ingenio quiere manifestar públicamente las siguientes consideraciones: Nos parece importante destacar que esta modificación normativa se realiza sin contar con los centros educativos ni sus representantes que son los que, en principio, conocen de manera más directa la realidad de su ámbito educativo de actuación así como las necesidades reales de los demandantes de formación de cada una de las zonas representadas y educativamente atendidas por nuestros CEPA y siendo conocedores de la disconformidad manifiesta en escrito de fecha 1 de noviembre del presente y firmado por Colectivo de Directores/as de CEPA de la Comunidad Autónoma de Canarias dirigido a la Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, con copia a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos- SEPA. Igualmente, la Consejería de Educación desoye las recomendaciones del Consejo Escolar de Canarias para no aplicar el punto 2.3 de la Orden con relación a la limitación temporal de personas adultas. La modalidad de enseñanza (FBI) en nuestras islas acoge actualmente numerosas matrículas de alumnado con el siguiente perfil: personas mayores, en proceso de envejecimiento activo, a quienes la ley ampara su derecho a recibir una formación permanente, acorde a sus necesidades, a lo largo de la vida, por otro lado, alumnado con necesidades educativas especiales que encuentran en esta modalidad una respuesta a sus demandas de socialización y aprendizaje, también, alumnado derivado de los servicios sociales municipales, en algunos casos, en riesgo de exclusión social, asimismo, alumnado extranjero con dificultades de integración a causa del idioma, y finalmente, alumnado en otras situaciones a los que desde la Educación de Personas Adultas se les acompaña en su proceso formativo, diseñando una enseñanza de calidad adaptada a toda esta diversidad, dentro del sistema educativo público. Las consecuencias para los centros educativos de nuestros municipios de Canarias, de aplicar el punto 2.3 mencionado, será la negación del derecho de matriculación, que en nuestro caso afectará a muchísimos alumnos/as de los municipios de todas las islas. La comunidad educativa se cuestiona cómo negar la matrícula, o realizar una discriminación selectiva, en un centro público de enseñanza voluntaria a personas a las que le asisten el Derecho a la Educación, tal como dicta la Constitución española y resto de leyes vigentes en Europa, en España y Canarias. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 26 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Desde Somos PP Ingenio ponemos en cuestión el punto 2.3 de esta nueva orden de funcionamiento para los centros de educación de personas adultas, en tanto entendemos que discrimina a las personas, precisamente, a las más vulnerables de nuestra sociedad. Muchos de estos mayores no tuvieron la oportunidad de acceder a la educación y son los centros públicos de Educación de Personas Adultas los que les están facilitando el aprendizaje de competencias funcionales para la vida. Competencias adaptadas a sus necesidades, como la capacidad de desenvolverse en un mundo cada vez más avanzado y digitalizado. La propia OMS indica que uno de los pilares estratégicos del envejecimiento es la participación activa y nuestros mayores padecen cada vez más la soledad propia de sus circunstancias personales, pero también la institucional. La importancia de mantener las actividades sociales favorece la salud integral y ejerce una función protectora ante todo tipo de enfermedades físicas y mentales. La educación permanente no puede ni debe defenderse exclusivamente como un medio de adaptación del trabajador a los requerimientos del empleo, la educación y formación a lo largo de la vida aparecen también como una dimensión social, y este es el enfoque que hasta ahora ha puesto en valor la Administración en la modalidad de educación de personas adultas, sin excluir otros enfoques. Por esta razón creemos que debemos seguir por este camino facilitando el conocimiento a todo aquel o aquella que lo desee y contando con el tiempo que necesite para ello. Nuestros CEPA se coordinan con muchas y diversas instituciones. Han tejido cooperativamente una red social en la que los recursos se optimizan dando respuestas a las necesidades de la Educación de Personas Adultas en muchos municipios, en algunos casos aunando población de varios municipios. Por todo lo anteriormente expuesto, el grupo Municipal Partido Popular-Proyecto Somos somete a la consideración del Pleno la aprobación el siguiente acuerdo: 1.- Manifestar públicamente todo nuestro apoyo al colectivo de los Centros de Educación de Personas Adultas (CEPA), y trasladar nuestra firme disconformidad con el apartado 2.3 de la Orden de la Consejería de Educación, reivindicando una Educación que ponga en valor y respete la formación permanente a lo largo de la vida, atendiendo a las necesidades y sin fecha de caducidad. 2.- Solicitar la rectificación a la Consejería de Educación sobre la limitación temporal para la Enseñanza de Adultos en su punto 2.3. de la nueva orden 636/2021 de funcionamiento para los Centros de Educación de Personas Adultas. 3.- Dar traslado del presente acuerdo a la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias, al Parlamento de Canarias y a la Federación Canaria de Municipios (FECAM). (…///…)” Don Rayco prosigue con su intervención comentando lo siguiente: Me gustaría que dejáramos constancia por lo que hemos traído esta moción, y es que queremos apostar por una educación que ponga en valor y respete la formación permanente, a lo largo de la vida, atendiendo a esas necesidades de la población canaria, sin fecha de caducidad. Recientemente el Ayuntamiento de Ingenio, desde la Fundación de Empleo, creo recordar, que aprobamos una partida precisamente de 10.000 euros, para Radio Ecca, donde se hacía de forma similar, pero buscando el mismo objetivo. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, dice que sobre lo que ha dicho el ponente, poco más se puede añadir, El modelo de enseñanza de adultos se ideó inicialmente con el objetivo de cubrir las necesidades de personas que, por el motivo que fuera en su época, se quedaron atrás, no pudieron seguir estudiando y tienen ganas de actualizarse y formarse. Si ahora limitamos esa formación, estaríamos en contra del espíritu con el que se ideó. Por parte de Coalición Canaria entendemos que, atendiendo a eso, al lado humano de esta moción, por supuesto la vamos a aprobar, e invito a todo el Pleno que haga lo mismo. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 27 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Don Carlos J. Brito Suárez, en representación del grupo municipal Fórum Drago, comenta que no se pueden poner barreras ni limitaciones a la educación, y por tanto votarán a favor. Doña Lorena Quintana Hernández, en representación del grupo de gobierno, contesta que, en educación nada se hace por capricho. Que la Orden está sustentada en estudios e informes previos y tras hacer un análisis se han hecho los correspondientes cambios. La formación básica inicial tiene dos niveles, cada uno de los niveles están pensados para hacerse en dos cursos; y la Orden lo que viene a decir es que no se puede estar infinitamente cursando cada uno de estos niveles, sino que para cursar cada uno de ellos tienes como máximo cuatro años y de forma excepcional 5, con la correspondiente valoración del equipo directivo. Está comprobado que hay personas que llevan 14 años matriculados en el mismo curso sin que el centro hiciera ningún examen, o controlando la asistencia de estas personas, o personas que habían superado el nivel 2 y aparecían matriculadas nuevamente en el nivel 1. Quiero recordarles que el objetivo fundamental de la formación básica inicial es contribuir a desarrollar en el alumnado adulto las capacidades que le permitan prepararse para poder continuar su formación con garantías de éxito, alcanzando los objetivos del desarrollo de las competencias de esta etapa, Desde la Consejería, se han solicitado informes individualizados de todo el alumnado matriculado en los centros de adultos para analizar el por qué no para ver en que se está fallando. Hay que hacer mención del hecho de que hay muchos recursos y alternativas que con muchos de ellos contamos en nuestro municipio, como Universidades Populares, programas de formación, Radio Ecca, etcétera. Nuestro voto va a ser en contra. Sometida a votación la trascrita moción, acuerdan, por siete votos a favor [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)] y doce votos en contra [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidos Podemos-Izquierda Unida)] y, por tanto, queda rechazada en todas sus partes y en sus propios términos. 5.2.- Moción presentada por el grupo mixto, subgrupo COALICIÓN CANARIA - UxGC, con fecha 19/01/2022, con registro de entrada número 2022-E-RE-549, denominada “MOCIÓN EN DENUNCIA DEL ESTADO DE ABANDONO DE LAS INFRAESTRUCTURAS PÚBLICAS EN EL BARRIO DE EL LIRÓN”. El Portavoz del subgrupo Coalición Canaria - UxGC, don Lucrecio Suárez Romero, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(….///….)Exposición de motivos: El barrio del Lirón, en la vertiente Noroeste del municipio de Ingenio, limitando con la cara norte del Barranco de Guayadeque, cuenta con una estructura viaria semi- irregular, en el que se enlazan áreas de estructura urbana cuadricular, con zonas menos regulares que a presentan las deficiencias observadas. 1. Importante deterioro del asfalto, en numerosas calles, (Ahuteyga, Ahutindana, Cercados de Matos) y las colindantes. con ranuras en el asfalto, zonas hundidas, asfalto resquebrajado. Señales viales pintadas en el asfalto muy deterioradas o borradas. 2. Alto deterioro en las aceras con borillos arrancados, inexistentes ó con grandes desperfectos. Losetas arrancadas, elevadas de nivel, hundidas, o inexistentes. Calles Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 28 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio enteras con un lado de la calle sin acera ó sin acabar desde hace muchísimos años. Algunos vecinos llevan años reparando con cemento los baches de su calle, porque el ayuntamiento no lo hace con asfalto. 3. No existe red de pluviales e imbornales de recogida de las aguas de lluvia. 4. La calle El Lirón carece en casi su totalidad de acera en el lado norte, en el lado de las viviendas, y las que existen las han fabricado cada vecino la suya, con la mejor de las intenciones, pero sin una estructura homogénea en linealidad, anchuras y alturas, lo que supone un verdadero peligro para los peatones que por allí circulan. 5. El acúmulo de suciedades en los rincones de las pocas zonas ajardinadas existentes, en el parque y la plaza, evidencian los largos periodos que sufren sin ser atendidos correctamente. Se barren de vez en cuando las calles, pero no se miran la limpieza de los jardines y los rincones de entre algunas calles. 6. La cancha del barrio lleva varios años cerrada con problemas estructurales muy importantes, como un socavón por corrimiento de la tierra en la base, que no la hace apta para el uso seguro. Los vallados perimetrales de protección presentan un alto deterioro por oxidación y roturas del mallado. El pavimento de la cancha presenta un nivel de deterioro importantísimo, y a todo esto, a lo peor, no se conoce que haya inversión prevista específica para una solución a corto plazo. 7. Existen zonas específicas y calles del barrio de carecen de alumbrado público o es muy deficiente. Por otro lado, existen al menos tres cruces de aceras que se encuentran invadidas por postes de la luz, que interrumpen el libre paso del viandante. 8. Existen problemas más que conocidos de altas velocidades de los vehículos en la calle Alfonso XIII, que suponen un verdadero peligro para la seguridad de los ciudadanos. Debería contemplarse la instalación de elementos de persuasión o reductores de velocidad tipo lomo de asno, pasos de peatones sobre elevados, o cualquiera otra solución que consiga dicho objetivo. 9. En diferentes ocasiones, en el foro de la revisión del Plan Urbanístico se ha contemplado la necesidad de prolongar y encontrarse los dos extremos de la C/ Marín de Cubas, de forma que pudiera suponer una alternativa y desahogo en el tráfico de entrada al barrio por el lado naciente y la finalización del tramo de la calle Cercados de Matos, entre las calles Rosalía de Castro y Emilia Pardo Bazán. 10. Como en otras muchas zonas del municipio, se nota la falta de los carteles con el nombre de las calles, que dificulta la orientación del viandante. 11. En la calle Alfonso XIII, existe un cableado telefónico descolgado y que presenta un posible problema de seguridad. Convendría denunciar la situación a la compañía de teléfonos para que los retire con urgencia. Por todo ello, se propone al Pleno municipal de Ingenio la adopción de los siguientes ACUERDOS: 1. Comprometerse a buscar financiación en el ejercicio 22/23, los recursos económicos necesarios para reasfaltar o reparar, según necesidades, las calles del barrio del Lirón y con ello la correspondiente pintura de la señalética de tráfico de las calles. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 29 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 2. De igual manera, buscar financiación para reparar y adecentar las aceras deterioradas y las que están pendientes de finalización, especialmente las de la calle El Lirón. 3. Acometer un plan urgente de limpieza profunda de los solares, calles y jardines y las infraestructuras públicas, como el parque, zonas ajardinadas y la plaza, y mantenerlo en el tiempo reduciendo el intervalo entre los periodos de intervención. 4. Acelerar con urgencia el proceso de revisión urbanística y desarrollo de la unidad de actuación que implique la unión y prolongación de los dos extremos de la C/ Martín y Cubas y la finalización del tramo de la calle Cercados de Matos, entre las calles Rosalía de Castro y Emilia Pardo Bazán. 5. Elevar con carácter de urgencia a Telefónica de España, la situación del estado de la sujeción del cableado de la calle Alfonso XIII, para su reparación o retirada antes de que se acabe rompiendo. (…///…)” Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, confirma que, al igual que en otros puntos anunciar el voto favorable a este y a la siguiente moción en esta única intervención. Don Carlos J. Brito Suárez, en representación del grupo municipal Fórum Drago, alega que, después de lo expuesto por el concejal, Fórum Drago votará a favor, esperando que se resuelvan estas deficiencias. Sometida a votación la trascrita moción, acuerdan, por siete votos a favor [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)] y doce votos en contra [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidos Podemos-Izquierda Unida)] y, por tanto, queda rechazada en todas sus partes y en sus propios términos. 5.3.- Moción presentada por el grupo mixto, subgrupo COALICIÓN CANARIA - UxGC, con fecha 19/01/2022, con registro de entrada número 2022-E-RE-549, denominada “MOCIÓN EN DENUNCIA DEL ESTADO DE ABANDONO DE LAS INFRAESTRUCTURAS PÚBLICAS EN EL BARRIO DE EL SEQUERO”. El Portavoz del subgrupo Coalición Canaria - UxGC, don Lucrecio Suárez Romero, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 25 de enero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(….///….) Exposición de motivos: El barrio del Sequero, en la vertiente del límite norte del casco de Ingenio, limitando con la cara norte del Bco. de La Gaita, y al Sur con Bco. de Ingenio, cuenta con una estructura viaria semi-irregular, en el que se enlazan áreas de estructura urbana cuadricular, con zonas menos regulares, que presentan las siguientes deficiencias observadas. 1. Importante deterioro del asfalto, en numerosas calles, (Tomás Edison, Maninidra, Paseo de Ronda, Sagunto, Manuel Sánchez González,) y las colindantes. con ranuras en el asfalto, zonas hundidas, asfalto resquebrajado, baches, etc. Señales viales pintadas en el asfalto muy deterioradas o borradas. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 30 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 2. Alto deterioro en las aceras con bordillos desprendidos, inexistentes o con grandes desperfectos. Losetas arrancadas, elevadas de nivel, hundidas, o inexistentes. Calles enteras con un lado de la calle sin acera ó sin acabar desde hace muchísimos años (Calle Maquetas, Manuel Sánchez González, Océano Pacífico y otras. 3. No existe red de pluviales e imbornales de recogida de las aguas de lluvia, con lo que los acúmulos de las lluvias quedan en las zonas de más bajo nivel de las calles, dificultando el tráfico de vehículos en días de lluvias. 4. La calle Calvario, carece en casi su totalidad de acera en el lado norte, en el lado de las viviendas, y las que existen las han fabricado cada vecino la suya, con la mejor de las intenciones, pero sin una estructura homogénea en linealidad, anchuras y alturas, lo que supone un verdadero peligro para los peatones que por allí circulan. 5. El acúmulo de suciedades en los rincones de las pocas zonas ajardinadas existentes, en el parque de la plaza Manolo Mherc, evidencian los largos periodos que sufren sin ser atendidos correctamente. En nuestra visita, se acumulaban restos de basuras y podas que no daban la impresión de haber sido del día anterior. 6. Se barren de vez en cuando las calles, pero no se miran la limpieza de los jardines y los rincones de entre algunas calles. 7. La gestión por parte de la concejalía del uso cancha del barrio deja mucho que desear en cuanto a los pocos tiempos de uso de los que disponen los propios vecinos de barrio. 8. Existen zonas específicas y calles del barrio que carecen de alumbrado público ó es muy deficiente. (Cruce C/Labrador /Maninidra, Camino de prolongación de C/Maninidra a Presa de los Majanos), acera de conexión C/. Tibicena con C/. Tomás Edison. 9. Existen problemas conocidos históricamente del único acceso al barrio por las C/ Verodes, esq. C/ Maninidra y con las conocidas dificultades que entraña sobre todo cuando se produce algún incidente. 10. En diferentes ocasiones, y ya desde hace muchos años, en el foro de la revisión del Plan Urbanístico se ha contemplado la posibilidad de abrir un segundo acceso al barrio, pero nunca más se ha trabajado en ella. Entendemos que se debe poner manos a la obra y trabajar decididamente sobre esa opción par que en un futuro no muy lejano pueda ser una realidad. 11. En nuestra visita, sigue sin comenzarse las reparaciones de las obras de rehabilitación de las viviendas de las casas con altísimo deterioro, así como el Colegio del Sequero, Colegio de las Monjas. Obras que se han eternizado y que siguen sin iniciarse ó concluir. 12. El mobiliario del parque infantil, por su estructura, altura y pendiente, no es apto para jugar los pequeños. Es demasiado alto para los niños y el acceso es muy complicado. Por todo ello, se propone al Pleno municipal de Ingenio la adopción de los siguientes ACUERDOS: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 31 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 1. Comprometerse a buscar financiación en el ejercicio 22/23, los recursos económicos necesarios para reasfaltar ó reparar, según necesidades, las calles del barrio del Sequero y con ello la correspondiente pintura de la señalética de tráfico de las calles. 2. De igual manera, buscar financiación para reparar y adecentar las aceras deterioradas y las que están pendientes de finalización, especialmente las de la calle Calvario. 3. Acometer un plan urgente de limpieza profunda de los solares, calles y jardines y las infraestructuras públicas, como el parque, las zonas ajardinadas colindantes a la plaza, y mantenerlo en el tiempo reduciendo el intervalo entre los periodos de intervención. 4. Acelerar con urgencia el proceso de revisión urbanística e incluir en él, el desarrollo de la unidad de actuación que implique la apertura del tan prometido nuevo acceso al barrio del Sequero. 5. Modificar el mobiliario del parque infantil, para que sea adecuado a los niños más pequeños. 6. Acelerar el proceso de ejecución de las obras de rehabilitación estructural de las casas del Sequero. (…///…)” Interviene la alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, preguntando a don Lucrecio, ¿Usted ha cuantificado lo que solicita en estas mociones?, ¿cómo puede pedir que se comprometan unas acciones, sin tener en cuenta el coste que supone, y el estado del presupuesto?, ¿no cree que esto sería una irresponsabilidad por parte del grupo de gobierno?, comprometiéndose sin tener esta valoración. La conclusión que sacamos de estos juegos, en forma de moción, es que usted es desconocedor total de la Administración Local, de lo que se gestiona a través de las distintas áreas, de lo que es competencia del ayuntamiento, y de lo que no; de las obligaciones de tercero. Como políticos, deberíamos ser responsables y tener un diagnóstico, una valoración económica de la inversión, y una planificación de esa inversión, para realizar una buena gestión. Le puedo asegurar que eso sí lo estamos haciendo en este grupo de gobierno, valorando, diagnosticando, valorando y planificando los gastos. Voy a decirlo clarito, para que no quede duda, no estamos diciendo que los barrios no tengan deficiencias, estamos diciendo que no es la fórmula para comprometer las inversiones en esos barrios, que, dicho sea de paso, si lo estamos haciendo, y después traeremos muchos más de lo que realmente se está comprometiendo este grupo de gobierno. Sometida a votación la trascrita moción, acuerdan, por siete votos a favor [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)] y doce votos en contra [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y (Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidos Podemos-Izquierda Unida)] y, por tanto, queda rechazada en todas sus partes y en sus propios términos. 6º.-ASUNTOS DE URGENCIA. 6.1.-ASUNTOS DE URGENCIA. A continuación, la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración al Pleno del Ilustre. Ayuntamiento, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 32 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 6.1.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA 03/2022 EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS DE CRÉDITOS DE OTRAS PARTIDAS NO COMPROMETIDAS. El Concejal de Hacienda,, don Víctor Vega Sánchez, justifica la urgencia del asunto por celeridad y eficacia administrativa, y sometida a votación la urgencia, se aprueba por doce votos a favor [(Grupo Municipal Socialista, Grupo Municipal Agrupa Sureste, ( Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y siete abstenciones de [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto: Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. El Concejal delegado de Hacienda, don Víctor Vega Sánchez, da lectura de la propuesta que ha emitido el día 31 de enero de 2022, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO Habiéndose comunicado por la Concejalía de Cultura la necesidad de instalar puertas y el material necesario en el Centro Cultural Federico García Lorca, para poder cumplir con el Plan de Seguridad del Centro, por importe de 16.147,91 euros, se hace preciso la concesión de un crédito extraordinario financiado con bajas de créditos de otras partidas no comprometidas del capítulo 2 del mismo Programa de Gastos. Habiéndose solicitado asimismo por la Concejalía de Policía la necesidad de dotar crédito para la adquisición de armas para los nuevos agentes, para los de promoción en proceso y las reservas, así como cambios de homologación, por importe de 16.000,00 euros, siendo viable su financiación con bajas de créditos de las partidas de gastos de personal, por las plazas vacantes durante el mes de enero Vista la Providencia de la Alcaldía, por la que se inició el expediente de modificación de créditos nº 03/2022, en la modalidad de Crédito Extraordinario financiado con bajas de créditos de otras partidas no comprometidas. Vistas las Memorias justificativas de la necesidad inaplazable en cumplimiento de lo establecido en el artículo 177.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (en adelante TRLRHL). FUNDAMENTOS JURÍDICOS - Artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. - Artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. - Artículo 22.2.e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - El artículo 4 y capítulo II del Título II de las Bases de Ejecución del Presupuesto. - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (en adelante LOEPSF). Visto el expediente incoado ante la urgencia de llevar a cabo gastos que se consideran que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en las aplicaciones correspondientes en el vigente Presupuesto de la Corporación y visto que la competencia para la adopción del oportuno acuerdo es del Pleno en base a lo dispuesto en el artículo 177 TRLHL y artículos 35 y 38 del RD 500/1990, de 20 de abril, sin que se requiera mayoría cualificada alguna, se eleva al pleno corporativo la adopción del acuerdo en los términos previstos en la presente PROPUESTA: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 33 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio PRIMERO: Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos nº 03/2022, en la modalidad de Crédito Extraordinario, financiado con bajas de crédito de otras partidas no comprometidas, según el siguiente desglose: CRÉDITO EXTRAORDINARIO: APLICACION PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE 1320.623.00 Seguridad Maquinaría, instalaciones técnicas y utillaje 3300.632.00 Cultura Obras de reposición de edificios 16.147,91 TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 32.147,91 FINANCIACION MEDIANTE BAJA DE CRÉDITO NO COMPROMETIDO: APLICACION PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE 1320.121.01 Policía Local Funcionarios. Retribuciones complementarias 3300.227.99 Cultura Otros trabajos realizados por otras empresas 32.147,91 SEGUNDO: Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. TERCERO: Considerar definitivamente aprobado este acuerdo, si durante el mencionado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones. En caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, estima que, aunque venga por urgencia como el punto número dos, Coalición Canaria, en este punto siempre se va a abstener, toda vez que las facturas que se derivan, que se traen a aprobar son propias de su gestión diaria del grupo de gobierno. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo Municipal Socialista, Grupo Municipal Agrupa Sureste, ( Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y siete abstenciones de [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto: Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos.” 6.2.-. -ASUNTOS DE URGENCIA. A continuación, la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración del Ilustre. Ayuntamiento Pleno, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día: 6.2.- EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 2/2022. El Concejal de Hacienda,, don Víctor Vega Sánchez, justifica la urgencia del asunto por celeridad y eficacia administrativa, y sometida a votación la urgencia, se aprueba por doce votos a favor [(Grupo Municipal Socialista, Grupo Municipal Agrupa Sureste, ( Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y seis abstenciones de [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto: Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. 16.000,00 16.000,00 16.147,91 Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 34 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El Concejal delegado de Hacienda, don Víctor Vega Sánchez, da lectura de la propuesta que ha emitido el día 31 de enero de 2022, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO 1) Que existen en el Departamento de Intervención, facturas que no cumplen con el principio de anualidad y, por ende, susceptibles de Reconocimientos Extrajudicial de Crédito, las cuales se encuentran en una situación presupuestaria de Obligaciones Pendientes de Aplicar al Presupuesto (O.P.A.), e incluidas en dicha relación, pero que se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra. 2) Visto el informe propuesta emitido por la Jefa del Área Económica, en el que se propone el inicio del Expediente conducente a la aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, de las facturas, que incumplen el principio de anualidad presupuestaria, cuyo importe total asciende a la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON DOS CÉNTIMOS, (58.639,02€), cuyos datos se describen a continuación: Nº Registro Fecha Nº de Fra Fecha Importe Tercero Nombre Prog Econ F/2021/2065 10/11/2021 F 20212529 10/11/2021 1.456,79 B38299012 MANUEL OLIVERA RODRÍGUEZ, S.L. 2310 22104 F/2021/2141 22/11/2021 2021 11095 22/11/2021 299,60 B35401348 MAC RADIO S.L. 1531 21300 F/2021/2149 23/11/2021 7520212FE 226 23/11/2021 5.265,83 A28141935 MAPFRE ESPAÑA SA 9200 22400 F/2021/2152 24/11/2021 FACTURA 220210016881 22/11/2021 600,00 B35515345 COMERCIAL DUJOVI, S.L. 2310 22199 F/2021/2290 10/12/2021 5510 147641 10/12/2021 391,14 B81041444 APPLUS ITEUVE TECHNOLOGY, SL 9200 21400 F/2021/2357 16/12/2021 FAC 210078 15/12/2021 12.379,90 44714998P COLINA ARENCIBIA BETZABEL 9120 22699 F/2021/2363 16/12/2021 Emit- 56 13/12/2021 2.247,00 78494835K RAMIREZ GARABOTE, ALCORAC 1510 22706 F/2021/2377 20/12/2021 2021 12103 20/12/2021 1.005,80 B35401348 MAC RADIO S.L. 1531 21300 F/2021/2415 21/12/2021 EG EG21006585 21/12/2021 5.275,98 A76204148 ELEVACIONES ARCHIPIELAGO SA 1650 20300 F/2021/2425 22/12/2021 Emit- 21 22/12/2021 4.387,00 B35894948 CLIP MEDIA PRODUCCIONES SL 4390 22799 F/2021/2426 22/12/2021 2021 1058 21/12/2021 7.226,30 01931675C GARCIA MARTIN, ROBERTO 2410 22602 F/2021/2429 22/12/2021 A EX0000A/000771/21 22/12/2021 42,59 B76312800 LA PLAZA TOURS AND SERVICES SL 9120 23301 F/2021/2443 22/12/2021 Rect-Emit- 16 01/12/2021 136,38 B42773481 JDS COMERCIO21, S.L. 2310 22106 F/2021/2470 23/12/2021 0 00639 20/12/2021 1.623,83 42213420W MORENO GIL AMANDA NAIARA 1531 21300 F/2021/2475 23/12/2021 F21E-00872 23/12/2021 1.020,00 A80015506 TRADESEGUR SA 1320 22799 F/2021/2481 23/12/2021 Rect- 302 20/12/2021 175,10 42744980D CUBAS MATEO, GERARDO 2310 22300 F/2021/2490 24/12/2021 40FV 21120016 15/12/2021 599,46 B35091255 HORMIGONES ISLAS CANARIAS, SL 1531 22199 F/2021/2491 24/12/2021 40FV 21120017 15/12/2021 1.398,74 B35091255 HORMIGONES ISLAS CANARIAS, SL 1531 22199 F/2021/2496 27/12/2021 F21E-00885 27/12/2021 255,00 A80015506 TRADESEGUR SA 1320 22799 F/2021/2499 27/12/2021 2021 147 27/12/2021 2.236,50 B35745157 BLOQUIA CANARIAS SL 1531 20300 F/2021/2511 27/12/2021 2021 606 27/12/2021 74,16 B35740950 TRANSP. Y EXCAV. AFONSO ROMERO E HIJO 1531 22300 F/2021/2512 27/12/2021 2021 461 24/11/2021 308,16 B35740950 TRANSP. Y EXCAV. AFONSO ROMERO E HIJO 1531 22300 F/2021/2516 28/12/2021 EXTR.GESRES-2111IN 27/12/2021 4.035,73 P3500007D MANCOMUNIDAD DEL SURESTE DE G.C. 1622 46300 F/2021/2517 28/12/2021 Emit- 320210155 27/12/2021 134,82 B35819481 INSULAR CANARIA DE HIGIENE, SLU 3230 22799 F/2021/2548 30/12/2021 Emit21-3 253 30/12/2021 1.525,82 B76135284 INVERXIAL GROUP S.L.U. 3076 3300 22799 F/2021/2549 30/12/2021 Emit21-3 254 30/12/2021 250,92 B76135284 INVERXIAL GROUP S.L.U. 3076 3300 22799 F/2021/2551 31/12/2021 Emit- 57 30/12/2021 4.286,47 B35851617 RAMIREZ GARABOTE & ASOCIADOS S.L. 9200 62300 TOTAL 58.639,02 3) Visto los informes de reparo emitidos por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 4) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2022 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente: FUNDAMENTOS DE DERECHO Teniendo en cuenta que la aprobación de la factura para la que no existía consignación presupuestaria en el momento en el que se debió aprobar es del Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 35 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Vista las retenciones de crédito practicadas, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Ayuntamiento de Ingenio y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986. Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 02/2022 cuyo importe total asciende a la cantidad de CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON DOS CÉNTIMOS, (58.639,02€), que corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, las cuales han sido detalladas anteriormente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente y relacionadas anteriormente, con cargo a las retenciones de crédito practicadas. TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal.” Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo Municipal Socialista, Grupo Municipal Agrupa Sureste, ( Subgrupos Mixtos: Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y siete abstenciones de [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y (Subgrupo Mixto: Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos B) PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN. 7º.- DACIONES DE CUENTA. – 7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA: -DESDE EL NÚM. 7968, DE 14 DE DIEMBRE, AL NÚM. 8541, DE 31 DE DICIEMBRE. TODOS DE 2021. -DESDE EL NÚM 1, DE 1 DE ENERO, AL NÚMERO 304, DE 25 DE ENERO. TODOS DE 2022. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO: -DESDE EL NÚM. 290, DE 14 DE DICIEMBRE, AL NÚM. 317, DE 29 DE DICIEMBRE. TODOS DE 2021. -DESDE EL NÚM. 1, DE 7 DE ENERO, AL NÚM. 3, DE 20 DE ENERO. TODOS DE 2022. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 36 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 7.3. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES: -DESDE EL NÚM. 89, DE 17 DE DICIEMBRE, AL NÚM. 95, DE 31 DICIEMBRE. TODOS DE 2021. -DESDE EL NÚM. 1, DE 3 DE ENERO, AL NÚM. 4, DE 11 DE ENERO. TODOS DE 2022 Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.4.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN: -DESDE EL NÚM. 64, DE 17 DE DICIEMBRE, AL NÚM. 70, DE 31 DE DICIEMBRE. TODOS DE 2021. -DESDE EL NÚM. 1, DE 3 DE ENERO, AL NÚM. 2, DE 11 DE ENERO. TODOS DE 2022. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTAS DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria, de 26 de noviembre (nº 20). Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria, de 17 de diciembre (nº 21). Dada cuenta de las sesiones de las Juntas de Gobierno Local que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 8º-. DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS. la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, comenta que, antes de darle la palabra don Víctor, voy a repartir una hoja, una documentación que quiero que tengan los distintos portavoces, para que puedan seguir esta dación, ya que les daré esta información yo posteriormente. Igualmente, felicitar al Club de Luchas Maninidra por el pregón realizado de las Fiestas de la Candelaria. El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, toma la palabra para explicar que, relacionado al periodo medio de pago, indicando que el Ministerio de Hacienda y Función Pública, ha sacado una Disposición Adicional, que viene un poco pues, para atender a las obligaciones pendientes de pagos a proveedores. Como todos sabemos, las reglas fiscales están suspendidas, y yo entiendo que por esta medida sospecho que en breve pues se reactive, se van a reactivar de nuevo y un poco para poner las pilas a todos los Organismos Públicos, debido a la alta incidencia, que, por ejemplo, en un medio local hablaba que es del 42 por ciento de las corporaciones locales, paga con retrasos a sus proveedores. En este caso se ha se ha analizado, sabemos que trimestralmente tenemos que enviar la información al Ministerio y en ellos pues se saca también el periodo medio de pago, por tanto, ha emitido un listado de donde entidades locales que en este caso por incumplir ese requisito y por tanto tienen que remitir en este caso a Hacienda, un listado de todo lo que tengan pendiente de pago, para buscar una fórmula que va a gestionar Hacienda; para que esos proveedores cobren en tiempo y forma. Curiosamente dentro de este listado aparecen doce ayuntamientos canarios, por ejemplo, para citar algunos, están: Agüimes, Firgas, Moya, Santa Brígida, Santa Lucia, Telde etcétera. Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 37 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Nosotros pues no aparecemos en ese listado, nosotros desde hace bastante tiempo estamos cumpliendo con ese periodo medio de pago a proveedores, y bueno tenemos unos recientes, que es la valoración del último cuarto trimestre del ejercicio 2021, donde ahora mismo estamos pagando a los proveedores a 19 días, por tanto, un motivo de alegría y la verdad, es que en este caso quiero felicitar a todos aquellos trabajadores públicos que han hecho una gran labor para conseguir esa cifra y como no, también al grupo de gobierno, porque también somos culpables de esta acción. La alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, informa a todos los miembros del pleno, que, advierte que, para aquellos que no tienen el documento en mano, se les hará llegar a cada uno de ustedes, de todas formas, los portavoces lo tienen en su poder en este momento y les voy a informar de las inversiones supramunicipales y además también municipales, que va a tener el municipio de Ingenio en el 2022. Estamos hablando de dieciocho millones seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos once con treinta y seis euros, y voy a desglosarlo en: 18,6 MILLONES EN INVERSIONES SUPRAMUNICIPALES PARA 2022 PLAN / CONSEJERÍA NATURALEZA DE LA INVERSIÓN INVERSIÓN MAYORES Gestión Integral del Centro Socios- Sanitario 1.542.300,00 771.150,00 Cabildo GC MAYORES Redacción del proyecto Nueva Residencia Mayores en Mondragón 9.000.000,00 200.000,00 Cabildo GC Cambio cubierta piscina para mejora eficiencia energética PRE 2020 Mejoras acondicionamiento exterior e interior edificio Igualdad 130.000,00 Cabildo GC (EN EJECUCIÓN) Sectorización planta sótano Casas Consistoriales protección contra incendios 60.000,00 Cabildo GC Mejoras dotación de equipamientos edificio de Igualdad 333.121,00 Cabildo GC Mejoras redes generales de servicios Vías Urbanas Avda. Los Artesanos y otras (plurianual) PCA 2022 Adquisición de vehículos eléctricos 29.879,00 Cabildo GC Sustitución luminarias a Led AP Cercado Grande-Avda. de Valencia 63.000,00 Cabildo GC TURISMO Museo Antoñico Bordón, Punto Interés Ruta Centro Histórico 68.130,52 Cabildo GC/Ayto. ACCESIBILI Subvención para mejoras accesibilidad en el municipio 14.202,17 Cabildo GC DAD Rehabilitación viviendas sociales del Sequero, fases I y II 1.169.335,46 Cabildo GC Redacción proyecto obras en la Fundación para el Empleo 17.857,14 Cabildo GC ARQUITECT URA Y VIVIENDA Redacción proyecto mejoras edificios públicos 17.333,41 Cabildo GC Renovación Instalación eléctrica Casa del Obispo 11.645,01 Cabildo GC Compra terrenos Cuevas del Palomar 40.000,00 Cabildo GC EMPLEO Y DESARROLL Plan Empleo 200.000,00 Cabildo GC O Subvención Empleo y Desarrollo Local 80.000,00 Cabildo GC TOTAL COOPERACIÓN CON CABILDO DE G.C AÑO 2022 …………………….. ANUALIDAD 2022 ENTIDADES TOTAL Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 44 ACTA DEL PLENO 410.000,00 Cabildo GC 600.000,00 334.029,18 166.514,59 Cabildo GC 3.782.168,30 P á g i n a 38 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio PLAN / CONSEJERÍA NATURALEZA DE LA INVERSIÓN INVERSIÓN Construcción Viviendas Sociales en el barrio de El Cristo Rehabilitación viviendas sociales Cuesta Caballero (ARRU) VIVIENDA Circunvalación Ingenio-Agüimes 11.000.000,00 3.000.000,00 Gobierno de Canarias CARRETERA S Redacción conexión nudo viario con la GC- 1 300.000,00 Gobierno de Canarias AGRICULTU Techado recinto ferial agro-ganadero en La Cantonera 158.531,01 Gobierno de Canarias RA Y GANADERÍA EDUCACIÓN Nueva escuela infantil en La Longuera 2.100.000,00 970.000,00 Gobierno de Canarias SANIDAD Redacción proyecto nuevo Centro de Salud de Ingenio 50.000,00 Gobierno de Canarias Plan de Empleo para hogares con todos los miembros sin recursos Mejora y adecuación del Centro Cívico de Carrizal FDCAN 2021-2022 Redacción proyecto Biblioteca edificio Casino de Ingenio Ejecución del proyecto de Biblioteca en el edificio del Casino (Plurianual Anualidad 2022) 8 Programas de Formación en Alternancia con el Empleo (PFAES) EMPLEO Y DESARROLL O TOTAL COOPERACIÓN GOBIERNO DE CANARIAS AÑO 2022……………….... 13.429.837,77 PLAN / CONSEJERÍA NATURALEZA DE LA INVERSIÓN INVERSIÓN -Proceso comunitario para la inclusión social del pueblo gitano de Ingenio -Implantación de servicios digitales (TICs) para mejorar la atención a la ciudadanía -Ruta turística inteligente del Centro Histórico de Ingenio -Mejoras espacios sociales y deportivos de Cuesta Caballero -Mejoras eficiencia energética y fomento energías renovables -Acciones dentro del Museo del Agua EDUSI FINANCIACIÓN EDUSI ANUALIDAD 2022……………………………………… 5.000.000,00 1.125.405,29 TOTAL INVERSIONES CON FINANCIACIÓN DE OTROS ORGANISMOS……… 18.637.411,36 Todo eso está valorado en un millón cuatrocientos veinticinco mil cuatrocientos cinco con veintinueve; además del millón ciento veinticinco mil cuatrocientos cinco con veintinueve, que estamos hablando de una financiación, una inversión total de cinco millones de euros. ANUALIDAD 2022 ENTIDADES TOTAL 1.968.933,00 Gobierno de Canarias Gobierno de España, Gobierno de Canarias, Cabildo y Ayuntamiento 1.750.150,60 Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 550.000,00 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 44 ACTA DEL PLENO 1.400.000,00 Gobierno de Canarias y Ayuntamiento de la Villa 2.688.518,36 150.000,00 de Ingenio 588.518,36 2.543.704,80 € Gobierno de Canarias ANUALIDAD 2022 ENTIDADES TOTAL 1.425.405,29 Feder Europa y Ayuntamiento P á g i n a 39 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Esto es lo que le vamos a trasladar, es que la inversión en el año 2022, de este grupo de gobierno, que supuestamente estamos sentados aquí y no salimos a buscar, vamos a tener dieciocho millones seiscientos treinta y siete mil cuatrocientos once, con 36 euros. Año 2022 exclusivamente. La alcaldesa-presidente, doña Ana Hernández, sede la palabra a don Domingo para continuar con la dación de cuenta. Don domingo González Romero, informa que se ha presentado un plan extraordinario de empleo para primera experiencia laboral, y hemos solicitado quinientos mil euros y ya nos están requiriendo documentación para concedernos, espero, esa partida de quinientos mil euros en empleo. Y decir, que ya se ha cerrado el proceso de la subvención COVID, y se han repartido ciento cincuenta mil euros, para ayudar a las empresas y autónomos afectados por la pandemia. 9º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA. C) RUEGOS Y PREGUNTAS. 10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. El Secretario de lectura a la pregunta presentada y formulada por la vecina doña María Yanet Gil Gutiérrez, cuyo contenido se inserta: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 40 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Responde el concejal don Domingo González Romero, y dice que quiere agradecer a doña Janet el haber presentado este documento por escrito, y avala la visión no sólo de este grupo de gobierno, del concejal, sino de toda la corporación, que vemos un déficit en el servicio público, lo dijimos cuando aprobamos la ordenanza municipal, en el que introducíamos un método para garantizar turnos de mañana, tarde y noche en el municipio, que venía dado por la deficiencia que esta ciudadana expresa en este escrito, y vuelvo a reiterar el agradecimiento, por haberlo hecho. Es cierto lo que dice la vecina, conocemos estos casos y algunos otros casos más, teníamos las manos atadas para poder actuar porque el servicio del taxi es una licencia, es una concesión administrativa; que no hay sobre ella impuesto restricción horaria, ni limitación de horario, y que a raíz de la nueva ordenanza que entrará en vigor, espero que el próximo mes, ya que desde que hagamos la aprobación definitiva, podamos estructurar esa organización por turnos que obligue al taxi a cumplir con un servicio mínimo dentro del municipio, y que no se limiten sólo al aeropuerto. Reiterar mi agradecimiento a esta vecina, como a otros que nos han llegado por otras vías, pero la valentía de entregarlo por escrito nos ayuda mucho a entender y justificar las acciones que estamos llevando a cabo. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria, traslada los ruegos y preguntas de su grupo presentando dos cuestiones, queremos que se coja como una sugerencia, tiene cierta parte crítica por supuesto, pero pedimos doña Pilar, porque va encaminada a los vídeos sobre todo el reclamo turístico de Ingenio, y le indica una serie de reparos que observa del citado vídeo promocional. Don Juan Amador Díaz Suárez, miembro del grupo municipal Partido Popular- Proyecto-Somos, da lectura a los ruegos y preguntas que a continuación quedan insertados: Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 41 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 42 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 43 | 44 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Finaliza el debate la alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, respondiendo a los concejales de la oposición que han dado lectura a los ruegos y preguntas, dando respuestas a los mismo, indicando al concejal don Lucrecio Suárez, que es un vídeo promocional, no se puede poner todo lo que usted dice dentro de un vídeo promocional, independientemente de que se tengan que corregir o no, algunas cosas que tiene razón, en algún otro vídeo, es un vídeo promocional. Referido al Grupo Municipal Partido Popular-Proyecto Somos, de verdad cree, realmente, considera que este tema, ese tema que acaban de nombrar de lo que se hizo o no se hizo dentro de una discusión de un grupo de gobierno, es un tema a traer en este debate, en el pleno. En este salón de pleno estamos para gestionar, estamos para traer inversiones, como las que acabamos de presentar, 18 millones de euros, estamos para escuchar a la población, para intentar dar soluciones a la población, aunque somos conscientes de que no les va a gustar a todas las personas, eso lo tenemos muy claro. Dejen estos temas para otros foros en donde tengan sus minutos de gloria y respetemos a esta institución, respetemos este salón de plenos, que venimos a darle respuesta a los vecinos del municipio. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta, levanta la sesión siendo las veinte horas y cincuenta y cinco minutos, de lo cual como Secretario General Accidental doy fe, Vº Bº ALCALDESA-PRESIDENTA. Ana Hernández Rodríguez Número: 2022-0001 Fecha: 01/03/2022 Cód. Validación: 3CSF7NDZN6H2C6YR639EQXFYK | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 44 ACTA DEL PLENO P á g i n a 44 | 44