Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/tvp Dept.: Secretaría. EXPTE. ESP. GESTIONA NÚM. 8291/2022 JGL Nº 13/2022 MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EL DIA CATORCE DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 28/10/2022 HASH: 51ba9dbbca08401ae558835f51cb4ae8 MIEMBROS ASISTENTES: ALCALDESA-PRESIDENTA Doña Ana Hernández Rodríguez TENIENTES ALCALDES Dña. Minerva Artiles Castellano Dña. María Pilar Arbelo Ruano Don Víctor Manuel Vega Sánchez Dña. Victoria Eugenia Santana Artiles Dña. Catalina Mª. Carmen Sánchez Ramírez MIEMBROS NO ASISTENTES: Dña. Elena Suárez Pérez SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL: Don Manuel Jesús Afonso Hernández (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) En la Villa de Ingenio, siendo las ocho horas y treinta minutos, del catorce de octubre de dos mil veintidós, se reunieron en la Sala de Juntas de las Casas Consistoriales, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez y con asistencia del Sr. Secretario General Accidental don Manuel Jesús Afonso Hernández, para tratar los asuntos incluidos en el Orden del Día, previamente notificado. ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 28/10/2022 HASH: 771637f6f54f0515bd717f82f75b994a ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 del R.O.F., la Presidencia declara abierta, pasando a tratar los asuntos siguientes: 1º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 3 de octubre de 2022 (nº 12). Sometida a votación la referida acta de la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, aprobarla en todos sus términos. 2º.- DACIÓN DE CUENTA: El Secretario General Accidental, da cuenta de los siguientes documentos: 2.1.- ASUNTOS JUDICIALES. JURISDICCIÓN SOCIAL: 2.1.1 SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7, CON NÚMERO 312 Y DE FECHA 17 DE ENERO DE 2022, EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 475/2022, EN MATERIA OTROS DERECHOS, INTERPUESTO POR DOÑA FRANCISCA ROSA CRUZ MEDINA, DEVINIENDO FIRME MEDIANTE OFICIO DE FECHA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2022. Se estima la demanda presentada por la parte actora. La Junta de Gobierno Local queda enterada. P á g i n a 1 | 5 Cód. Validación: 7QMKG2TPMXTQN6AHWATMJYYHM | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/tvp Dept.: Secretaría. 2.1.2 SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1, CON NÚMERO 303/2022 Y DE FECHA 14 DE JUNIO DE 2022, EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 423/2021, EN MATERIA DE DERECHOS INTERPUESTO POR D. JUAN JOSÉ ESTUPIÑÁN GUTIERREZ. Se desestima la demanda presentada por la parte actora. La Junta de Gobierno Local queda enterada. 2.1.3 SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 11, CON NÚMERO 910/2021 Y DE FECHA 29 DE JUNIO DE 2022, EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 910/2021, EN MATERIA DE CANTIDAD, INTERPUESTO POR D. JUAN LUIS SEGURA ORTEGA, ACLARADA MEDIANTE AUTO DE FECHA 7 DE JULIO DE 2022. Se estima la demanda presentada por la parte actora. La Junta de Gobierno Local queda enterada. 2.1.4 DECRETO DEL JUZGADO DE LOS SOCIAL Nº 7, NÚMERO 732/2022, DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE, RESOLVIENDO TENER POR DESISTIDA A DOÑA ÁNGELES CRUZ MONZÓN EN SU DEMANDA CONTRA ESTE ILTRE. AYUNTAMIENTO, POR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA, EN PROCEDIMIENTO CLASIFICACIÓN PROFESIONAL, NÚMERO 914/2021, EN MATERIA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL. La Junta de Gobierno Local queda enterada. 2.1.5 SENTENCIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 11, CON NÚMERO 346/2022, DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2022, EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 476/2022, EN MATERIA DE DERECHOS, FORMULADO POR D. FRANCISCO RODRÍGUEZ ARTILES. Se estima la demanda presentada por la parte actora. La Junta de Gobierno Local queda enterada. 2.2.-DACIÓN DE CUENTA DEL DECRETO NÚMERO 6.750, DE 6 DE OCTUBRE DE 2022, RELACIONADO CON LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA EL “MERCADO AGROALIMENTARIO KM 0. INGENIO 2022”. (EXPTE. 8234/2022) La Junta de Gobierno Local queda enterada. 3º.- ACUERDOS QUE PROCEDAN SOBRE SOLICITUDES DE LICENCIAS URBANÍSTICAS: 3.1. PROPUESTA DE CONCESIÓN DE LICENCIA URBANÍSTICA A D. ILDEFONSO LUIS MEDINA DÍAZ, PARA LA EJECUCIÓN DE VALLADO DE PARCELA Y CONSTRUCCIÓN DE ALJIBE, EN EL POLÍGONO 2, PARCELA 350, EN LA ZONA DENOMINADA EL CRISTO (REFERENCIA PROCEDIMENTAL 10703/2021-EP-U-LOMEN). El Sr. Secretario General Accidental, da cuenta de la propuesta que ha emitido la Concejalía de Urbanismo, de fecha 13 de octubre de 2022, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Vista la solicitud de licencia urbanística formulada ante este Ayuntamiento por D. ILDEFONSO LUIS MEDINA DIAZ, con fecha 3 de diciembre de 2021 y con registro de entrada vía telemática número 2021-E-RE-8581, para llevar a cabo la actuación consistente en la instalación de vallado metálico y construcción de un aljibe o depósito de agua, en la parcela situada en el Polígono 2, Parcela 350, lugar denominado El Cristo, y con la referencia catastral número 35012A002003500000YS, de este término municipal. La obra que se pretende ejecutar está sujeta a licencia urbanística conforme a lo establecido en los artículos 330.1, de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y 12 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. El expediente debe tramitarse de conformidad con el procedimiento previsto en los artículos 342 de la señalada Ley 4/2017 y 14 y siguientes del referido Reglamento. P á g i n a 2 | 5 Cód. Validación: 7QMKG2TPMXTQN6AHWATMJYYHM | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/tvp Dept.: Secretaría. Se ha emitido, con fecha 10/10/2022, informe técnico municipal preceptivo relativo a las condiciones urbanísticas de la obra a realizar, que concluye en sentido favorable a la concesión de la licencia urbanística de obra instada por D. Ildefonso Luis Medina Díaz para la construcción de un vallado de finca en una longitud de 127.10 metros lineales y aljibe de 12.50 m3 de capacidad, en la parcela situada en el polígono 2 parcela 350, en la zona del Cristo, según el proyecto de ejecución redactado por el ingeniero técnico industrial D. Jonatan Alemán Rivero, y el resto de la documentación obrante en el expediente, señalándose por el mismo que la normativa urbanística de aplicación es el Plan General de Ordenación del Municipio, aprobado de forma parcial y definitiva por acuerdos de la Comisión de Ordenación del Territorio y del Medio Ambiente de Canarias (COTMAC), en sesiones del 29 de noviembre de 2004 y del 22 de junio de 2005, respectivamente, y en vigor desde el 23 de septiembre del 2005. Igualmente, consta en el expediente el preceptivo informe jurídico municipal, de fecha 13/10/2022, emitido en sentido favorable a la concesión de la licencia urbanística peticionada para realizar la obra descrita, con arreglo a la documentación presentada, a las prescripciones generales fijadas por el técnico municipal, y demás que ajustadas a Derecho se acuerden. Asimismo, de conformidad con lo expresado en el art. 340 de la señalada Ley 4/2017, y en relación con el artículo 21.1,q) de la LBRL, es competencia de la Alcaldía el otorgamiento de las licencias urbanísticas, habiendo sido delegada esta atribución en la Junta de Gobierno Local en virtud de las delegaciones efectuadas por la Alcaldía-Presidencia mediante Decreto nº 4434/2019, de 24 de junio, resolución ésta que se da cuenta en el Pleno Corporativo en sesión de fecha 1 de julio de 2019. Por todo ello, se propone a la Junta de Gobierno Local se adopte acuerdo en el siguiente sentido: PRIMERO: Conceder a D. ILDEFONSO LUIS MEDINA DÍAZ, licencia urbanística para llevar a cabo la actuación consistente en la instalación de un vallado perimetral (ejecutado a base de malla metálica, con una longitud total a vallar de 127,10 metros, anclado con postes metálicos cada 3 metros, siendo la altura de la malla de 2,50 metros), así como para la construcción de aljibe o depósito de agua (con una superficie de 2,50 m. x 2,50 m. y una altura de 2,50 metros, estando el último metro del depósito sobre la rasante del terreno), en la Parcela 350 del Polígono 2, lugar denominado El Cristo, parcela con referencia catastral número 35012A002003500000YS (Referencia Procedimental Expediente Municipal 10703/2021-EP-U-LOMEN), con ajuste al proyecto técnico presentado, redactado por el ingeniero técnico industrial D. Jonatan Alemán Rivero: Plano de situación y emplazamiento, elaborado en la oficina técnica municipal, según la planimetría de la ordenación pormenorizada del PGO: P á g i n a 3 | 5 Cód. Validación: 7QMKG2TPMXTQN6AHWATMJYYHM | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/tvp Dept.: Secretaría. SEGUNDO: Recalcar al titular de la licencia que deberá comunicar al Ayuntamiento la fecha de comienzo de las obras con al menos DIEZ (10) DÍAS de antelación (art. 13 de la Ordenanza Municipal reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general de la habitabilidad de viviendas - BOP Las Palmas nº 43, 03/04/2013). Si en el plazo de diez (10) días desde la comunicación no se hubiera personado ningún representante de los servicios técnicos municipales a efectos de comprobar las alineaciones y rasantes de la parcela o solar de referencia, podrá levantarse el acta de comprobación del replanteo, firmado por el promotor, el contratista, y en su caso, por la dirección facultativa. Un ejemplar de la misma será presentado en el Ayuntamiento en el plazo de diez (10) días. TERCERO: Comunicar la obligatoriedad de cumplir con las prescripciones técnicas de carácter general previstas en el artículo 32.2 de la Ordenanza Municipal Reguladora de Licencias Urbanísticas, de Actuaciones Comunicadas, de Declaraciones Responsables para la Primera Utilización y Ocupación de las edificaciones e instalaciones en general y de la Habitabilidad de Viviendas (B.O.P Número 41, de 30 de marzo de 2012). CUARTO: Advertir al interesado que LAS OBRAS HABRÁN DE COMENZARSE en el plazo de SEIS (6) MESES, y el PLAZO PARA LA FINALIZACIÓN de las obras será de UN (1) AÑO, pudiéndose solicitar, antes de la conclusión de los citados plazos la prórroga de los mismos, en los términos previstos en el artículo 347 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales de Canarias. QUINTO: El plazo para la realización de actos jurídicos o para el inicio de actuaciones materiales se computará a partir de la notificación de la licencia. El plazo para la conclusión de las actuaciones materiales comenzará a computarse desde la fecha que se determine en la licencia y, en su defecto, desde la fecha de finalización del plazo para el inicio de dichas actuaciones. Previa solicitud del interesado, donde se deberá explicitar los motivos que la justifiquen, se podrá conceder, una o varias prórrogas sucesivas de los plazos señalados y la Administración procederá con ajuste a lo previsto en el señalado artículo 347 y el artículo 24 del Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado por el Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. P á g i n a 4 | 5 Cód. Validación: 7QMKG2TPMXTQN6AHWATMJYYHM | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Ref.: MJAH/tvp Dept.: Secretaría. SEXTO: El otorgamiento de la licencia se circunscribe a la habilitación de la actuación por cumplimiento de la legalidad urbanística, pero sin enjuiciar, predeterminar ni condicionar las situaciones jurídico-privadas de la persona solicitante o de terceras personas ni aquellos aspectos técnicos que sean ajenos al ámbito del control administrativo ejercido a través del otorgamiento de licencia. SÉPTIMO: Advertir al interesado que la presente Resolución está sujeta a la liquidación de los tributos locales correspondientes establecidos en las Ordenanzas Fiscales de aplicación, y que una vez finalizadas las obras, el interesado deberá presentar la Comunicación Previa para la Primera Utilización u Ocupación de lo ejecutado, acompañada de la documentación preceptiva, incluso declaración del coste real y efectivo de dichas obras, acompañada de los documentos que considere oportunos, la medición del proyecto y presupuesto del mismo en soporte digital preferentemente. A la vista de la documentación aportada y de las construcciones, instalaciones u obras efectivamente realizadas y de la declaración del coste real y efectivo de las mismas, el Ayuntamiento, a efectos de la liquidación del IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS, mediante la oportuna comprobación administrativa modificará, en su caso, la base imponible aplicada anteriormente, practicando la correspondiente liquidación definitiva y exigiendo al sujeto pasivo o reintegrándole, según proceda, la cantidad que corresponda, sin perjuicio de las acciones que procedan en cuanto a inspección aplicable. OCTAVO: Que se notifique al interesado el acuerdo adoptado en el plazo legalmente establecido, debiéndose contener en la notificación el texto íntegro de la resolución, con indicación de si es o no definitivo en la vía administrativa, la expresión de los recursos que procedan, órgano ante el que ha de presentarse y plazo para interponerlos.” Sometida a votación la trascrita propuesta de concesión de licencia urbanística, la Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de los miembros corporativos presentes, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º: ASUNTOS DE URGENCIA. No hubo. Y no habiendo más asuntos que tratar, la Presidencia levanta la sesión, cuando son las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del mismo día de su comienzo de todo lo cual, como secretario General Accidental DOY FE. Vº. Bº. ALCALDESA-PRESIDENTA, EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL, Ana Hernández Rodríguez Manuel Jesús Afonso Hernández P á g i n a 5 | 5 Cód. 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