Ayuntamiento de La Villa de Ingenio N/REF.: SECRET. MJAH/aiaj PLENO NÚM. 03/2021 (EXPTE. 2112/2021) MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTICINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO. MIEMBROS ASISTENTES: SRA. ALCALDESA- PRESIDENTA: Dª ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.) D. VÍCTOR MANUEL VEGA SÁNCHEZ DÑA. ELENA SUÁREZ PÉREZ D. MARIO RAMÍREZ SANTANA DÑA. MARÍA LORENA QUINTANA HERNÁNDEZ D. ANTONIO RAMÓN TEJERA SÁNCHEZ DÑA. VICTORIA EUGENIA SANTANA ARTÍLES PARTIDO AGRUPA SURESTE DÑA. MINERVA ARTILES CASTELLANO D. DOMINGO GONZÁLEZ ROMERO D. CARMELO PÉREZ GONZÁLEZ NUEVA CANARIA NUEVA CANARIA- FRENTE AMPLIO DÑA. CATALINA MARIA CARMEN SÁNCHEZ RAMÍREZ UNIDOS PODEMOS-IZQUIERDA UNIDA DÑA. MARÍA PILAR ARBELO RUANO PARTIDO FORUM DRAGO (F.D.) D. JUAN ANDRÉS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER ESPINO ESPINO D. FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ PEÑA D. CARLOS JESÚS SUÁREZ BRITO COALICIÓN PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS COALICION CANARIA-UNIDOS POR GRAN CANARIA D. LUCRECIO RAMÓN SUÁREZ ROMERO MIEMBROS NO ASISTENTES: D. RAYCO NAUZET PADILLA CUBAS D. SEBASTIÁN DOMINGO SUÁREZ TRUJILLO DÑA. MARIA DEL ROSARIO VIERA HERNÁNDEZ DON JUAN AMADOR DÍAZ SUÁREZ SECRETARIO ACCIDENTAL: DON MANUEL JESUS AFONSO HERNÁNDEZ (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). En la Villa de Ingenio, siendo las dieciocho horas, del día veinticinco de marzo de dos mil veintiunos, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, con asistencia del Sr. Secretario General Accidental, don Manuel Jesús Afonso Hernández y de la Interventora doña Tania Naya Orgeira. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 27/04/2021 HASH: 93c74b3d2d425c1788f822810e3dde96 MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 28/04/2021 HASH: dab2275d71c9dffebf3326baa5a3068e ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: 1 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Disculpar la ausencia de los concejales y concejala de Partido Popular-Proyecto Somos que no van a estar presentes en esta sesión debido a que uno de sus miembros está aislado y pendiente de prueba PCR, y como han tenido reuniones, pues el resto del grupo se encuentran aislados. La moción que ha presentado el Partido Popular–Proyecto Somos, al no poder ser defendida, también pasará tal cual al siguiente pleno del mes de abril. 1º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECHAZO A LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Por ser este punto institucional, en la Junta de Portavoces se acordó que el punto de la Declaración Institucional se traslada para el próximo Pleno al no estar presente el grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos. A) PARTE DECISORIA. 2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR. - Pleno Sesión Ordinaria de 22 de febrero de 2021 (nº 02). Sometida a votación la referida acta, aprueban por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación. 3º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN. 3.1.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº. 3/2021 DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO (EXPTE.: 2118/2021). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Concejal de Economía y Hacienda tiene a bien emitir la siguiente Propuesta: ANTECEDENTES DE HECHO 1) Que existen en el Departamento de Intervención, facturas que no cumplen con el principio de anualidad y por ende, susceptibles de Reconocimientos Extrajudicial de Crédito, las cuales se encuentran en una situación presupuestaria de Obligaciones Pendientes de Aplicar al Presupuesto (O.P.A.), e incluidas en dicha relación, pero que se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra. 2) Visto el informe propuesta emitido por la Jefa del Área Económica, en el que se propone el inicio del Expediente conducente a la aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, de las facturas, que incumplen el principio de anualidad presupuestaria, cuyo importe total asciende a la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS, (284.738,22€), cuyos datos se describen a continuación: 2 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Nº de Entrada Fecha Nº de Documento Fecha Dto. Importe Tercero Nombre Prog Econ A/2021/5 08/02/2021 999698748601 0607 C00Z1060000091 01/02/2021 -20,26 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3230 22100 F/2020/2047 13/11/2020 Emit- 1 13/11/2020 206,00 B35375757 MADOTRANS, SL. 1531 22300 F/2020/2092 18/11/2020 Z20 618074 18/11/2020 78,42 B76018118 FERRETERIA Y SANEAMIENTO ROQUESAN, SL 1531 22199 F/2020/2096 19/11/2020 ING32 20 18/11/2020 552,84 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 22111 F/2020/2114 19/11/2020 Z20 618094 05/11/2020 621,11 B76018118 FERRETERIA Y SANEAMIENTO ROQUESAN, SL 2310 62500 F/2020/2128 26/11/2020 Emit- 20000867 25/11/2020 147,66 B76238831 LITOGRAFIA E IMPRENTA GRAFICAS BORDON SL 2410 21200 F/2020/2129 26/11/2020 Rect-Emit- 20000868 25/11/2020 828,62 B76238831 LITOGRAFIA E IMPRENTA GRAFICAS BORDON SL 3110 22799 F/2020/2134 27/11/2020 FC 2200235377 24/11/2020 180,00 B64076482 QUIRONPREVENCIÓN SL 9200 22799 F/2020/2150 30/11/2020 Z20 033783 05/11/2020 867,37 B35744523 FEMACOHESA S.L. 1531 22199 F/2020/2217 07/12/2020 5 000077 07/12/2020 1.682,04 B76102169 EMERGENCIAS COSTA CANARIAS SL 9120 22699 F/2020/2303 16/12/2020 FAC 01260 15/12/2020 4.999,90 B76365543 ABACO SYSTEM CONSULTING,SL 9200 62600 F/2020/2332 30/12/2020 Emit- 362 29/12/2020 406,60 MEDINA GONZALEZ HECTOR RAFAEL 9200 22111 F/2020/2333 30/12/2020 Emit- 361 29/12/2020 497,55 MEDINA GONZALEZ HECTOR RAFAEL 9200 22111 F/2020/2339 30/12/2020 5 000098 30/12/2020 3.531,00 B76102169 EMERGENCIAS COSTA CANARIAS SL 9200 22799 F/2020/2343 30/12/2020 5114022300 18/12/2020 4.192,67 A38453825 DISA GAS, S.A. 3420 22102 F/2020/2361 30/12/2020 Z20 618512 05/12/2020 64,74 B76018118 FERRETERIA Y SANEAMIENTO ROQUESAN, SL 1320 22199 F/2020/2371 30/12/2020 60-L0PC-001549 28/12/2020 3.122,50 A82018474 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. 9200 22200 F/2020/2386 30/12/2020 20- 336 14/12/2020 523,37 B76330323 RIBLAN RENOVABLES SLU 2311 22799 F/2020/2387 30/12/2020 20- 351 30/12/2020 128,40 B76330323 RIBLAN RENOVABLES SLU 2310 22799 F/2020/2389 30/12/2020 Emit- 2261 30/12/2020 866,70 B35212679 TRANSPORTES LUJAN S.L. 1650 22799 F/2020/2395 31/12/2020 0G34737M 31/12/2020 263,35 A28011153 ZARDOYA OTIS SA 3300 21300 F/2020/2396 31/12/2020 0G34736M 31/12/2020 149,21 A28011153 ZARDOYA OTIS SA 3230 21300 F/2020/2397 31/12/2020 0G34735M 31/12/2020 140,68 A28011153 ZARDOYA OTIS SA 9200 21300 F/2020/2398 31/12/2020 3344854569 31/12/2020 80,00 A50001726 SCHINDLER 2310 21300 3 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Nº de Entrada Fecha Nº de Documento Fecha Dto. Importe Tercero Nombre Prog Econ F/2020/2399 31/12/2020 Z20 033985 31/12/2020 7.451,28 B35744523 FEMACOHESA S.L. 1720 22199 F/2020/2403 31/12/2020 2381/2020 31/12/2020 2.873,70 B35353416 TRANSPORTES ABIANYERA SL 2310 22300 F/2020/2404 31/12/2020 2380/2020 31/12/2020 1.771,60 B35353416 TRANSPORTES ABIANYERA SL 2310 22300 F/2021/8 05/01/2021 5114022631 31/12/2020 4.122,79 A38453825 DISA GAS, S.A. 3420 22102 F/2021/59 07/01/2021 AR/2020120175 31/12/2020 481,50 B76274075 MAQUINAS OPEIN SL 1650 20300 F/2021/70 08/01/2021 21- 9 08/01/2021 3.140,21 B76330323 RIBLAN RENOVABLES SLU 3300 22799 F/2021/71 08/01/2021 Emit- 2000196 29/12/2020 4.306,00 B76339241 SANTIAGO RIVERO OJEDA, S.L.U. 1531 22199 F/2021/72 08/01/2021 Emit- 2000197 29/12/2020 3.830,00 B76339241 SANTIAGO RIVERO OJEDA, S.L.U. 2410 21200 F/2021/80 11/01/2021 2001 2201 31/12/2020 442,98 A35054519 CANARIAS 7 (INFORMACIONES CANARIAS S.A.) 9310 22602 F/2021/112 15/01/2021 1800005168 03/07/2020 79,74 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/113 15/01/2021 1800006154 03/12/2020 487,68 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/114 15/01/2021 1800006155 03/12/2020 31,02 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/115 15/01/2021 1800005445 14/08/2020 265,43 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/116 15/01/2021 1800004911 27/05/2020 35,39 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/117 15/01/2021 1800005326 27/07/2020 49,34 B76324920 PIENSOS ALEJO SLU 3110 22113 F/2021/127 18/01/2021 FAV-21100-000026 18/01/2021 133,33 B41632332 AYTOS SOLUCIONES INFORMATICAS S.L.U. 9310 21600 F/2021/141 18/01/2021 FAV-21100-000025 18/01/2021 2.142,51 B41632332 AYTOS SOLUCIONES INFORMATICAS S.L.U. 9310 21600 F/2021/143 19/01/2021 FAV-21100-000027 18/01/2021 262,83 B41632332 AYTOS SOLUCIONES INFORMATICAS S.L.U. 9310 21600 F/2021/144 20/01/2021 2020 45 11/12/2020 2.100,00 B88069810 DRONE4WORK, S.L. 1320 21300 F/2021/151 20/01/2021 Emit- 130 20/01/2021 223,26 A35206846 GRATECSA 3300 21300 F/2021/168 25/01/2021 Fra. 2021274 30/12/2020 530,22 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 21400 F/2021/169 25/01/2021 Fra. 2021275 30/12/2020 560,59 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 21400 F/2021/183 28/01/2021 60-A1PC-001532 28/01/2021 3.122,50 A82018474 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A. 9200 22200 F/2021/225 03/02/2021 21FRG00000806 26/01/2021 295,32 A26106013 SEGURITAS DIRECT ESPAÑA, S.A. 1710 21300 F/2021/226 03/02/2021 21FRG00000803 26/01/2021 272,28 A26106013 SEGURITAS DIRECT ESPAÑA, S.A. 9200 21300 F/2021/238 04/02/2021 Fra. 2120062 19/01/2021 444,82 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 21400 F/2021/239 04/02/2021 Fra. 2120064 19/01/2021 54,64 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 21400 F/2021/240 04/02/2021 Fra. 2120074 22/01/2021 276,89 B35130889 AZUDAUTOS, S.L. (RENAULT) 9200 21400 F/2021/252 08/02/2021 999698846643 0533 C00Z1060000093 01/02/2021 243,55 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3300 22100 F/2021/253 08/02/2021 999698746448 0548 C00Z1060000089 01/02/2021 168,30 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1600 22100 F/2021/254 08/02/2021 999691925497 0533 C00Z1060000087 01/02/2021 282,94 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1640 22100 F/2021/255 08/02/2021 999698904669 0548 C00Z1060000094 01/02/2021 867,55 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 9240 22100 F/2021/256 08/02/2021 999689222000 0534 C00Z1060000081 01/02/2021 7,08 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 2311 22100 F/2021/257 08/02/2021 999697993286 0548 C00Z1060000088 01/02/2021 3.313,80 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 2310 22100 F/2021/258 08/02/2021 999698926182 0571 C00Z1060000095 01/02/2021 36.118,60 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1650 22100 F/2021/259 08/02/2021 083008251253 0282 C00Z1060000080 01/02/2021 2.578,59 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 9200 22100 F/2021/260 08/02/2021 999690138862 0533 C00Z1060000085 01/02/2021 9.797,44 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3420 22100 F/2021/261 08/02/2021 999698978326 0529 C00Z1060000097 01/02/2021 30,36 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1531 22100 F/2021/262 08/02/2021 999690138843 0533 C00Z1060000084 01/02/2021 556,03 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 4910 22100 F/2021/263 08/02/2021 999691693656 0548 C00Z1060000086 01/02/2021 347,05 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 4390 22100 F/2021/264 08/02/2021 999698946226 0567 C00Z1060000096 01/02/2021 4.081,46 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 9200 22100 F/2021/265 08/02/2021 999698749681 0548 C00Z1060000092 01/02/2021 77,48 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1320 22100 F/2021/286 03/02/2021 DEP-2012/44-B 28/01/2021 3.685,73 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1600 46300 F/2021/287 03/02/2021 APU-2012/35 28/01/2021 10.895,26 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/289 03/02/2021 DEPVEH2012IN 28/01/2021 847,44 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1320 46300 F/2021/297 04/02/2021 TRVE2012/ING 28/01/2021 857,48 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1320 46300 F/2021/413 03/03/2021 999689827061 0549 C00Z1060000083 01/02/2021 415,10 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 2310 22100 F/2021/470 07/03/2021 999698748601 0590 C00Z1060000090 01/02/2021 4.142,28 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3230 22100 F/2021/471 07/03/2021 999690138862 0548 C00Z1060000193 01/03/2021 7.556,39 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3420 22100 F/2021/473 07/03/2021 999698746448 0552 C00Z1060000199 01/03/2021 444,68 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1600 22100 F/2021/476 07/03/2021 999698748601 0611 C00Z1060000200 01/03/2021 3.884,27 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 3230 22100 F/2021/477 07/03/2021 999697993286 0552 C00Z1060000198 01/03/2021 4.403,98 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 2310 22100 F/2021/478 07/03/2021 999698904669 0552 C00Z1060000203 01/03/2021 1.189,96 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 9240 22100 F/2021/480 07/03/2021 999698926182 0586 C00Z1060000204 01/03/2021 33.822,69 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 1650 22100 F/2021/483 07/03/2021 083008251253 0297 C00Z1060000186 01/03/2021 1.599,93 B82846825 ENDESA ENERGIA XXI, S.L. 9200 22100 F/2021/501 10/03/2021 DEP-2008/27-B 05/03/2021 12.889,66 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1600 46300 F/2021/502 10/03/2021 DEP-2009/30-B 05/03/2021 11.906,88 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1600 46300 F/2021/504 11/03/2021 IMTVIN-20.11/1782-2020 09/03/2021 20.044,74 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/505 11/03/2021 DEP-2010/33-B 05/03/2021 11.847,93 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1600 46300 F/2021/506 11/03/2021 IMTVIN-20.11/9611-2020 09/03/2021 422,65 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/507 11/03/2021 APU-2011/32 08/03/2021 10.895,26 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/509 11/03/2021 IMTVIN-20.11/9321-2020 09/03/2021 784,83 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/510 11/03/2021 IMTVIN-20.11/6448-2020 09/03/2021 2.593,06 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/511 11/03/2021 IMTVIN-20.11/6447-2020 09/03/2021 976,49 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/512 11/03/2021 IMTVIN-20.11/8390-2020 09/03/2021 2.107,79 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/513 11/03/2021 IMTVIN-20.11/8339-2020 09/03/2021 469,23 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/515 11/03/2021 IMTVIN-2011/9294-2020 09/03/2021 452,57 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/516 11/03/2021 IMTVIN-2011/9295-2020 09/03/2021 1.449,46 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1650 46300 F/2021/518 11/03/2021 DEP-2011/36-B 09/03/2021 11.783,93 P3500007D MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SURESTE DE G.C. 1600 46300 TOTAL 284.738,22 4 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 3) Visto los informes de reparo emitidos por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 4) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2021 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente: FUNDAMENTOS DE DERECHO Teniendo en cuenta que la aprobación de la factura para la que no existía consignación presupuestaria en el momento en el que se debió aprobar es del Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”. Vista las retenciones de crédito practicadas, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Ayuntamiento de Ingenio y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986. Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 03/2021 cuyo importe total asciende a la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS, (284.738,22€), que corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, las cuales han sido detalladas anteriormente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente y relacionadas anteriormente, con cargo a las retenciones de crédito practicadas. TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que se abstendrá, ya que se trata de una gestión del grupo de gobierno. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, pregunta, en primer lugar, el por qué hay facturas del mes de enero de 2021. Que los reconocimientos extrajudiciales de crédito se han convertido en algo ordinario, y se pregunta si es que no se ha presupuestado bien y si hay mucha improvisación en los gastos. Interviene doña Tania Naya Orgeira, Interventora General, aclarando que lo importante en la fecha de realización del gasto, y no la fecha de la factura, y que pueden existir gastos del ejercicio 2020 que se han facturado en el año 2021, y que tienen que aprobarse en el reconocimiento extrajudicial de crédito para ejecutarlo en el presupuesto del ejercicio 2021. 5 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, y (Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida)] y cinco abstenciones [(Grupo municipal Fórum Drago, y (Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.2.- EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA NÚMERO 09/2021, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO A FINANCIAR CON REMANENTE LÍQUIDO DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES (EXPTE.: 2230/2021). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: ” ANTECEDENTES DE HECHO Siendo necesario dotar de crédito suficiente a las partidas presupuestarias que no dispongan del mimo, para atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto, recogidas en la cuenta 413, cuya relación se incluye en el expediente de su razón, y ante la existencia además, de gastos para los que no existe crédito presupuestario, en unos casos, o el crédito consignado es insuficiente en otros, y dado que se dispone de remanente líquido de tesorería y capacidad de financiación, o superávit, según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio 2020, se hace preciso la concesión de un crédito extraordinario y/o suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para gastos generales. Vista la Providencia de la Alcaldía, por la que se inició el expediente de modificación de créditos nº 09/2021, en la modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Créditos financiado con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales. Vistas las Memorias justificativas de la necesidad inaplazable en cumplimiento de lo establecido en el artículo 177.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, (en adelante TRLRHL). FUNDAMENTOS JURÍDICOS - Artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. - Artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. - Artículo 22.2.e) y 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. - El artículo 4 y capítulo II del Título II de las Bases de Ejecución del Presupuesto. - Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (en adelante LOEPSF). Visto el expediente incoado ante la urgencia de atender las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto, recogidas en la cuenta 413, así como de llevar a cabo gastos que se consideran que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito en las aplicaciones correspondientes en el vigente Presupuesto de la Corporación, o bien el existente es insuficiente, y visto que la competencia para la adopción del oportuno acuerdo es del Pleno en base a lo dispuesto en el artículo 177 TRLHL y artículos 35 y 38 del RD 500/1990, de 20 de abril, sin que se requiera mayoría cualificada alguna, se eleva al pleno corporativo la adopción del acuerdo en los términos previstos en la presente PROPUESTA: 6 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio PRIMERO: Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos nº 09/2021, en la modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Créditos, de acuerdo con el siguiente desglose: 1) SUPLEMENTO DE CRÉDITO: APLICACION PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE 1320.21400 SEGURIDAD Reparación de vehículos 10.000,00 1320.22104 SEGURIDAD Vestuario 10.000,00 1320.22199 SEGURIDAD Otros suministros 10.000,00 1320.22701 SEGURIDAD Seguridad 10.000,00 1360.46700 EXTICIÓN INCENDIOS Consorcio de Emergencias 62.329,38 1510.22706 URBANISMO Estudios y trabajos técnicos 100.000,00 1510.35200 URBANISMO Intereses de expropiaciones 553.649,56 1510.60000 URBANISMO Adquisición de terrenos - expropiaciones 1610.22706 AGUA Desequilibrio servicio agua 245.000,00 1630.22700 LIMPIEZA VIARIA Limpieza 50.000,00 2310.46200 SERVICIOS SOCIALES Servicio de Atención Psicooncológica 2410.47000 EMPLEO Subvenciones para fomento de empleo 3230.63200 EDUCACION Obras de reforma, ampliación y mejora (RAM) 4320.22799 TURISMO Proyecto apoyo a la actividad turística 4910.41000 SDAD. INFORMACIÓN Aportación al P. Mpal. Medios Comunicación TOTAL SUPLEMENTO DE CRÉDITOS 2) CRÉDITO EXTRAORDINARIO: APLICACION PROGRAMA CONCEPTO IMPORTE 1510.61900 URBANISMO Reposición infraestructuras – Puente Majoreras 1532.61901 VÍAS PÚBLICAS Actuación calle Barcelona 50.000,00 1600.22706 ALCANTARILLADO Desequilibrio servicio alcantarillado 1640.62300 CEMENTERIO Adquisición de maquinaria 32.000,00 1650.62300 ALUMBRADO PÚBLICO Instalación de luminarias en El Vijete 3360.62500 PATRIMONIO- ARCHIVO Equipamiento del servicio 50.000,00 9200.62400 PARQUE MOVIL Adquisición de vehículos 150.000,00 TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS TOTAL MODIFICACIÓN 3.110.899,55 Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería para gastos generales del ejercicio 2020. SEGUNDO: Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. TERCERO: Considerar definitivamente aprobado este acuerdo, si durante el mencionado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones. En caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.” Visto que, asimismo, constan en el expediente los Informes sobre el Cumplimiento del Principio de Estabilidad Presupuestaria y de Fiscalización Previa Favorables, emitidos por la Interventora General el día 15 de marzo de 2021. 7 1.066.920,61 50.000,00 50.000,00 320.000,00 20.000,00 11.000,00 2.568.899,55 140.000,00 100.000,00 20.000,00 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 36 542.000,00 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Continúa explicando el concejal, que quiere hacer hincapié en este punto, en cuanto a intereses en expropiaciones y adquisición de terrenos, en el programa de urbanismo, hay más de un millón seiscientos mil euros, pues se quiere poner el contador a cero con esas deudas históricas, que ven incrementar año tras año los intereses. En cuanto al agua y alcantarillado, hay en total unos trescientos cuarenta y cinco mil euros para responder del equilibrio económico financiero de la concesión y que nos han condenado en sentencias judiciales. También hay dinero para subvenciones para el fomento del empleo. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que está interesado en que les responda a dos cuestiones, una referida a la aportación a los medios de comunicación y que, si esos once mil euros es sobre los quinientos mil ya presupuestados, y cual es el objetivo de esa aportación. Además, le interesaría saber porque no se previó todo ello en el presupuesto de 2021, y ahora, tres meses después de la aprobación de los presupuestos se trae a Pleno. El concejal delegado, don Víctor Manuel Vega Sánchez, le responde que, con respecto a la aprobación de once mil euros al Patronato de Medios de Comunicación, tiene su explicación en que se está trabajando en el Convenio Laboral con los trabajadores y se necesita esa cuantía para poder llevarla a cabo y cerrar el acuerdo. Que sería un añadido a esos quinientos mil euros. Continúa el concejal don Lucrecio Suárez Romero, y dice que si tenemos estos suplementos de créditos que vienen a incrementar el presupuesto anual de 2021, entiende y cree que esto no ha nacido de la noche a la mañana. Lo de la expropiación ya se lo explicó la concejala, que provenían de sentencias y acuerdos expropiatorios, pero que el resto no lo entiende a solo tres meses de la aprobación del Presupuesto Municipal para el ejercicio 2021. Finaliza el debate la Sra. Alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, indicando, en primer lugar, que se ha podido utilizar el superávit es precisamente para no modificar el presupuesto entre partidas presupuestarias a lo largo del ejercicio 2021. Que esto no se puede saber hasta que no se haga uso del superávit y la liquidación del presupuesto. Cuando se liquidan los presupuestos, por los meses de febrero y marzo, es cuando se sabe que cantidad se puede utilizar del superávit. Que se tiene que ir trabajando, además, para suplementar algunas partidas que serían necesarias entre ellas para obras de reformas, obras RAM que existen unos ciento cincuenta mil euros en los presupuestos. Que, además, hay que dar respuesta al pago de expropiaciones que llevan muchos años sin abonarse. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y (Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidos Podemos-Izquierda Unida y Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria)] y cuatro abstenciones (Grupo municipal Fórum Drago), y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.3.-PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA EL EJERCICIO 2021 (EXPTE.: 2083/2021). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: ” Vistas las propuestas de modificación de créditos para suplementar las líneas de subvenciones, presentadas por distintas Concejalías, para los conceptos siguientes: 8 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio a) Concejalía de Empleo, con el fin de incrementar los créditos destinados a subvenciones para el fomento del empleo y a empresarios y autónomos para atenuar el impacto económico del COVID-19, por importe de 50.000,00 euros. b) Concejalía de Salud Pública y Consumo, en el sentido de incrementar los créditos presupuestados para el convenio suscrito con la Asociación Animalista de Ingenio para el mantenimiento del Centro de Estancia Temporal de Animales (C.E.T.A.), por importe de 7.300,00 euros. Visto que por acuerdo del Pleno Corporativo en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2020, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones, en el que se incluían las subvenciones anteriores, con las cantidades inicialmente previstas. Visto que se hace necesario la inclusión de estas modificaciones en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobadas, se PROPONE AL PLENO CORPORATIVO, la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del ejercicio 2021, en concreto los importes destinados en las líneas de actuación siguientes: - LINEA ESTRATÉGICA 1: EMPLEO, incremento de 50.000,00 euros, quedando el importe definitivo establecido en 130.000,00 euros. - LINEA ESTRATÉGICA 2.a): ACCIONES PÚBLICAS RELATIVAS A LA SALUD – PROYECTO CETA, incremento de 7.300,00 euros, resultando un importe definitivo de 31.300,00 euros.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, manifiesta que quiere realizar una pregunta, relativa a las subvenciones para el fomento del empleo, y es referida a si se van a crear planes de empleo, o son ayudas directas al sector. Que los empresarios necesitan el dinero no para contratar, sino para mantener vivo su negocio, porque en estos momentos no tienen perspectivas de venta y no sirve de nada contratar. Dependiendo de la respuesta, así será su voto. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, simplemente, explica el sentido de su voto también en el punto anterior, que es la abstención, ya que se trata de un tema que gestiona el grupo de gobierno y no se cuenta con la oposición, y por ello se abstendrán, ya que no han tenido participación. Don Víctor Manuel Vega, explica que no se trata de subvenciones para crear empleo. Finaliza el debate la Sra. Alcaldesa, doña Ana Hernández Rodríguez, indicando que lo que se trae al Pleno es una modificación del Plan Estratégico, que si las subvenciones a lo largo del ejercicio se modifican por cualquier motivo o razón, hay que modificarlo, y las subvenciones concedidas a autónomos y empresarios, se han quedado cortar y hay que suplementarlas, modificando el Plan Estratégico. Que hay que aumentar las ayudas para que puedan acogerse a las mismas un mayor número de personas. Don Lucrecio Suárez Romero, indica que, una vez aclaradas las dudas, emitirá un voto favorable. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste y (Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio, Unidos Podemos-Izquierda Unida y Coalición Canaria- Unidos por Gran Canaria)] y cuatro abstenciones (Grupo municipal Fórum Drago), y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 9 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 3.4.- ELEVACIÓN AL PLENO CORPORATIVO DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN EN SESIÓN DE FECHA 10/12/2020 (EXPTE.: 9356/2020). La Concejala Delegada de Recursos Humanos, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 24 de febrero de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: ” En la mesa general de negociación celebrada el día 10 de diciembre de 2020 se adoptaron los siguientes acuerdos: 1.- Aclaración del acuerdo adoptado por el Pleno en sesión de fecha 25/05/2020 sobre la nueva redacción del artículo 53 del Acuerdo de los Funcionarios. En la redacción del acuerdo elevado al Pleno en la sesión de fecha 25/05/2020 se omitió la reseña establecida en el acuerdo original sobre la retribución establecida para la nocturnidad de los días 24 y 31 de diciembre. Por tanto, se añade un segundo párrafo al apartado A) de la nueva redacción del artículo 53 en los siguientes términos. La nocturnidad de los días 24 y 31 de diciembre se retribuirá con la cantidad de doscientos euros cada uno de dichos días, siendo compatible su percepción con los importes que puedan corresponder por las horas de festivos de los días 25 de diciembre y 1 de enero, respectivamente. 2.- Jornada especial del personal adscrito a la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC). En el artículo 10 del Convenio Colectivo y del Acuerdo de los Funcionarios se incorporará un nuevo apartado bajo la denominación de: “Especificidades del personal adscrito a la Oficina de Atención al Ciudadano”. 1.- La jornada de trabajo del personal de la OAC será la misma que la general establecida para el resto de los empleados, con las siguientes excepciones: Las oficinas de atención a la ciudadanía ubicadas en Ingenio-Casco y Carrizal ampliarán su horario de apertura los jueves en horario de 16:30 a 19:30 horas. La dotación será de un empleado en cada una de las oficinas, designados por la Jefatura del Servicio mediante rotación entre el colectivo de empleados adscritos a dicho departamento. El exceso de la jornada semanal de las tres horas prestadas en el turno de jueves-tarde será compensado con un día libre completo, o la parte proporcional que corresponda. 3.- Modificación redacción artículo 14.2 del Convenio Colectivo del personal laboral. Se propone dar nueva redacción al artículo 14.2 del Convenio colectivo del personal laboral en los siguientes términos: “La persona trabajadora podrá solicitar un permiso de carácter no retribuido y con derecho a la reserva del puesto de trabajo. La reincorporación habrá de ser inmediata una vez finalizado dicho permiso. El permiso podrá tener una duración máxima de seis meses, dentro de un período de doce, contados a partir del inicio del permiso. En caso de que se hubiera concertado por una duración inferior a 6 meses, podrá prorrogarse, sin que la duración total pueda exceder del límite máximo de 6 y de los 12 meses, respectivamente, de referencia. 10 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador/a si han transcurrido seis meses desde el final del anterior permiso. El período en que la persona trabajadora permanezca en esta situación no será computable a efectos de antigüedad. La autorización queda supeditada a las necesidades del servicio.” De conformidad con lo previsto en el artículo 38.3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los citados Acuerdos se elevan a su aprobación por el Pleno, siendo preciso su aprobación expresa y formal para su validez y eficacia.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que, con las aclaraciones de la concejala, y las que le realizó el Secretario General en la Junta de Portavoces, queda aclarado y votará a favor. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, manifiesta que votarán a favor, cuando se trata, además, de un acuerdo negociado con los representantes de los trabajadores. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.5.- PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES DEL EJERCICIO 2021 (EXPTE.: 874/2021). La Concejala Delegada de Recursos Humanos, doña Elena Suárez Pérez, da lectura del informe-propuesta que ha emitido el Gerente del Patronato Municipal de Escuelas Infantiles, el día 5 de febrero de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se inserta íntegramente a continuación: …/… 11 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio …/… Visto que, asimismo, consta en el expediente los informes favorables emitidos al respecto por la Jefatura del Área de Recursos Humanos y la Interventora General los días 16/02/2021 y 11/03/2021, respectivamente. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, solicita una aclaración en relación con que si la reconversión del puesto implica o no que hay que cambiar de trabajador. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, dice que, dado que existe un informe del Gerente del Patronato de Escuelas Infantiles, se hace necesario, ya que la persona en cuestión aumentará sus funciones, y hay una mayor ayuda. Votarán a favor. La concejala delegada doña Elena Suárez Pérez, explica a don Lucrecio Suárez que lo que cambia es la denominación de la plaza, que lleva consigo unas determinadas funciones, pero no la persona. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.6.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TELDE Y EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE COORDINADORES-APUNTADORES EN EL RECINTO DEL AEROPUERTO DE GRAN CANARIA. SERVICIO PÚBLICO DE TAXI. (EXPTE. 1954/2021). El Concejal Delegado de Movilidad y Transportes, don Domingo González Romero, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 16 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: ” El Ayuntamiento de Ingenio, dentro de sus competencias ordinarias, lleva a cabo a través de la concejalía de Movilidad y Transportes, la gestión del servicio municipal de taxis, gestión que comparte con el Ayuntamiento de Telde en lo referente a la prestación de dicho servicio en el Aeropuerto de Gran Canaria. La gestión y fiscalización de un servicio a prestar de forma conjunta, y dadas las diversas casuísticas que se suceden diariamente en relación a las normas de carga entre las licencias de taxi de ambos municipios, hace que sea necesario contar con la figura del Coordinador / Apuntador, siendo dicha figura la responsable de velar por el cumplimiento de las normas estipuladas en las ordenanzas de gestión del servicio que cada ayuntamiento tenga en vigor, controlando entre otras cuestiones que se respeten los cupos de carga asignados a cada municipio. 12 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Teniendo en cuenta la necesidad de disponer de dicha figura, se hace necesaria la regulación conjunta del servicio público de coordinadores-apuntadores en el recinto aeroportuario, previsto en las ordenanzas de cada uno de los municipios. Para ello, y de cara a cuantificar el impacto económico que deriva de la ejecución de dicho servicio, se ha realizado un estudio de costes del servicio, que ha sido puesto en conocimiento de las asociaciones del sector. VISTO que para la implementación de dicho servicio se hace necesario disponer de una serie de recursos, de los cuales no dispone actualmente ninguno de los dos ayuntamientos implicados, procede desarrollar dicho servicio a través de terceros. VISTO que la sociedad mercantil unipersonal propiedad del Ayuntamiento de Telde, FOMENTAS S.L, podría recibir la encomienda por parte del Ayuntamiento de Telde para la gestión del citado servicio público, procede, por ende, llevar a cabo la aprobación de un convenio interadministrativo entre los ayuntamientos de Ingenio y Telde para la gestión conjunta del servicio. CONSIDERANDO que la competencia para la firma de este tipo de convenios se sustenta en la gestión compartida de la prestación del servicio público de taxi en el Aeropuerto de Gran Canaria, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de régimen local y en la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. CONSIDERANDO de igual modo lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. VISTO el Informe Jurídico en el que se hace constar que el expediente reúne todos los requisitos que la legislación actual establece. Esta Concejalía tiene a bien elevar en primera instancia para su dictamen en Comisión Informativa, y en segunda instancia al Pleno Municipal para que adopte acuerdo de aprobación del CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE TELDE Y EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE COORDINADORES- APUNTADORES EN EL RECINTO DEL AEROPUERTO DE GRAN CANARIA. SERVICIO PÚBLICO DE TAXI, debiendo dar traslado de dicho acuerdo al Excelentísimo Ayuntamiento de Telde, para que de igual modo lleven a cabo su aprobación, procediéndose posteriormente a la firma entre los representantes de ambas entidades.” Visto que, asimismo, se ha incorporado al expediente el Informe Jurídico emitido el día 15 de marzo de 2021, en sentido favorable, por el Secretario General Accidental de la Corporación, el cual se da aquí por reproducido a todos los efectos legales por razones de eficacia y eficiencia administrativa. Sometido el asunto a votación, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad aprobar la propuesta anteriormente transcrita en todas sus partes y en sus propios términos y, consiguientemente, el Convenio Interadministrativo cuyo tenor literal se transcribe a continuación: “CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE EL EXCMO AYUNTAMIENTO DE TELDE Y EL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE COORDINADORES- APUNTADORES EN EL RECINTO DEL AEROPUERTO DE GRAN CANARIA. SERVICIO PÚBLICO DE TAXI. REUNIDOS: De una parte, don Héctor Suárez Morales, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Telde (Las Palmas), NIF P3502600D, con domicilio en la calle Plaza de San Juan número, 11, en la representación que ostenta en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y autorizado para suscribir el presente Convenio por Acuerdo del Pleno Corporativo de fecha …………………. 13 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Y, de otra parte, doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Las Palmas), NIF P3501200D, con domicilio en la calle Plaza de la Candelaria, 1, en la representación que ostenta en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y autorizado para suscribir el presente Convenio por Acuerdo del Pleno Corporativo de fecha …………………. Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal suficiente. EXPONEN: PRIMERO. Finalidad del convenio. Los Ayuntamientos de Telde e Ingenio, en sus respectivos ámbitos de competencias, gestionan el servicio público de taxi, de forma conjunta, en el recinto del Aeropuerto de Gran Canaria, tal y como, además, vienen reconocido en las ordenanzas reguladoras del servicio aprobadas por cada municipio y que a continuación se reseñan. La finalidad del presente Convenio es: - La regulación conjunta del servicio público de coordinadores-apuntadores en el recinto aeroportuario, previsto en las ordenanzas de cada uno de los municipios. SEGUNDO. Competencias. La competencia para la firma de este convenio se sustenta en la gestión compartida de la prestación del servicio público de taxi en el Aeropuerto de Gran Canaria, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de régimen local y en la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias. Así pues, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y con lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio. El cuál se regirá por las siguientes: CLÁUSULAS. PRIMERA. Objeto del convenio El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones por las cuales se llevará a cabo la colaboración entre los Ayuntamientos de Telde e Ingenio para gestionar la prestación del servicio público de coordinadores-apuntadores en el Aeropuerto de Gran Canaria, previsto en las ordenanzas de cada uno de los municipios de forma conjunta, mediante la gestión conjunta del servicio público y con un objetivo común. Para llevar a cabo el objeto del presente Convenio, las partes firmantes se comprometen a asumir dicha gestión conjunta del servicio público conforme al contenido de las cláusulas siguientes. SEGUNDA. – Actuaciones a realizar por cada sujeto. Las partes acuerdan que el Ayuntamiento de Telde se encargue de la gestión del servicio público conjunto para el cumplimiento de las siguientes gestiones y servicios: - Gestión y prestación del servicio de coordinadores-apuntadores en el Aeropuerto de Gran Canaria. Dicha gestión y prestación del servicio de coordinadores – apuntadores, deberá guiarse por el estudio económico-financiero sobre la forma y coste de gestión del servicio público de coordinadores- apuntadores en el Aeropuerto de Gran Canaria, que ha sido elaborado durante el último trimestre de 2020, y asumido por ambos ayuntamientos, todo ello en base a los términos definidos en las Ordenanzas y Reglamentos de ambos municipios sobre el Servicio en el Aeropuerto de Gran Canaria. Los gastos, de conformidad con el estudio económico financiero en que se sustente, deberán ser financieramente sostenibles para las Administraciones firmantes, en el cometido de la prestación del servicio público que tienen encomendados, y siempre dentro del marco del cumplimiento de la legislación presupuestaria. 14 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio TERCERA. - Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes. Las Administraciones firmantes quedan obligadas al cumplimiento de lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las Administraciones, en base a los datos que ofrece el estudio de costes del servicio, fijarán la retribución del servicio mediante la aprobación de la figura jurídica que proceda. Cada administración estipulará en la ordenanza que corresponda, el importe a atender por las licencias beneficiarias de la prestación del servicio, aplicándose el criterio de un importe anual por licencia que podrá ser satisfecho mediante abonos quincenales o mensuales, según se acuerde con los representantes del sector. El coste del servicio en el recinto aeroportuario, conforme al estudio de costes del servicio realizado, ascendente a 278.589,15 €, será asumido por las licencias de Telde e Ingenio en proporción al 60% y 40% respectivamente, de tal manera que, a las licencias de Telde les corresponden 167.153,49 € y a las de Ingenio 111.435,66 €. CUARTA. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio. 4.1. Comisión de seguimiento. Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento de la ejecución de este Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento. La Comisión quedará integrada por tres representantes de cada una de las Administraciones firmantes, a designar por el Alcalde o Alcaldesa de cada una de ellas. Sus funciones serán las de resolver cuantas cuestiones pueda plantear la interpretación y el cumplimiento del presente convenio, así como las de llevar a cabo el seguimiento de la normal ejecución de las actuaciones previstas en el mismo, determinando los criterios y modos para posibilitar la mutua información y adecuado cumplimiento de los compromisos respectivos. Durante la vigencia del convenio y a propuesta de cualquiera de las partes, la comisión se reunirá, previa convocatoria, siempre que lo requiera la buena marcha de los trabajos. El quórum necesario para la válida constitución de la comisión será el de mayoría de sus miembros, adoptándose sus acuerdos por mayoría de votos. 4.2. Justificación de las actuaciones y gastos realizados. a) Compromisos que no comprenden aportación financiera Se elaborará una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de los compromisos acordados, con indicación de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos o el establecimiento de otros procedimientos alternativos de comprobación del cumplimiento de los compromisos acordados. b) Compromisos que sí incluyen aportación financiera: Los compromisos que incluyan aportación financiera deben llevarse a cabo bajo el estricto cumplimiento de la normativa presupuestaria. QUINTA. Régimen de modificación del convenio. Los términos del presente convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. La modificación se incorporará como parte inseparable del texto del convenio. SEXTA. Plazo de vigencia del convenio. El presente convenio de colaboración es vigente desde el momento de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años, prorrogables previo acuerdo escrito de las partes, por igual periodo. 15 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SÈPTIMA. Extinción del convenio. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución. En caso de resolución del convenio, las partes quedan obligadas al cumplimiento de sus respectivos compromisos hasta la fecha en que ésta se produzca. Serán causas de resolución: • El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado prórroga. • El acuerdo unánime de las partes. • El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por alguna de las partes. • Por declaración judicial de nulidad. • Por una modificación de las ordenanzas municipales reguladoras del servicio de taxi que impliquen una modificación de la regulación del servicio de taxi en el Aeropuerto de Gran Canaria. • Por cualquier otra causa prevista en las leyes. OCTAVA. Régimen jurídico y resolución de controversias. El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa conforme a lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, deberán solventarse, de mutuo acuerdo, a través de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula 4.1. Intentada sin éxito la vía de la Comisión de Seguimiento, competerá a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa la resolución de las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente Convenio, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley 29/1998 de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El contenido del presente Convenio Interadministrativo debe ser aprobado por el Pleno de cada una de las Corporaciones Locales. Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado, en el lugar y fecha arriba indicado. Por el Ayuntamiento de Telde. Por el Ayuntamiento de Ingenio. Don Héctor Suárez Morales. Doña Ana Hernández. El Secretario General El Secretario General. Ayuntamiento de Telde. Ayuntamiento de Ingenio.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, agradece las explicaciones del Concejal Delegado, y que después de haber hablado con todo el sector, celebra este Convenio que supondrá un avance y una mejora del servicio y la gestión de los apuntadores. Que sería bueno que se mejoren las condiciones en la prestación del servicio, y si ello quedará recogido en el convenio. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, dice que celebra el convenio, pero le surgen dudas respecto a la contratación de trabajadores y la remuneración y coste del servicio a la empresa pública del Ayuntamiento de Telde. Nuevamente interviene el concejal delegado, don Domingo González Romero, manifestando que evidentemente se trabajará en mejorar el servicio que se presta. Que el personal que se contrate debe ser cualificado en relaciones personal y en relaciones sociales en el trabajo, con conocimientos de idiomas. Que, en cuanto a la contratación de los perfiles de esos trabajadores, los políticos deben permanecer al margen. Que los costes se sufragarán siempre a razón del 60% Telde y 40% Ingenio, y que a la empresa deben abonarse los gastos de gestión. 16 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS. 4.1.- PROPUESTA DE ACUERDO PARA LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN PRACTICANDO LA SIGUIENTE OPERACIÓN: ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO AL EPÍGRAFE 1º INMUEBLES, NÚMERO DE ORDEN 171, DENOMINADO “SOLAR EN LA C/ ESCULTOR MANOLO RAMOS. MAJORERAS”. (EXPEDIENTE 2242/2021). La Concejala Delegada de Patrimonio, doña Victoria Eugenia Santana Artiles, da lectura a la propuesta que ha emitido la concejalía de Patrimonio el día 12 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO: Primero. - Este Ayuntamiento es titular de una parcela donde dicen Las Majoreras, en el núcleo urbano de Carrizal. La misma se halla inscrita en el Inventario General de Bienes de esta Corporación al número de orden 171, del epígrafe 1º inmuebles. El señalado registro la describe como sigue: Nombre de la finca: Solar en la c/Escultor Manolo Ramos, Majoreras. Situación: C/ Escultor Manolo Ramos. Localización: calle Escultor Manolos Ramos, número 5; Paraje: Las Majoreras. Referencia catastral: 0681918DS6808S. Linderos: Norte, María Inmaculada Sánchez Sánchez; Sur, Manuel Rodríguez Mendoza; Este, Javier Milán Viera y Miguel Santana Espino; Oeste, calle Escultor Manolo Ramos. Superficie: 218 metros cuadrados (s.s.). Segundo. - La señalada finca se halla inscrita en el Registro de la Propiedad del distrito hipotecario de Santa Lucía de Tirajana, al número de finca en Ingenio 22.632, bajo la siguiente descripción: Referencia catastral: 0681918DS6808S0001KX. Localización: calle Escultor Manolo Ramos, número 5, C.P. 35340. Denominación/paraje: Las Majoreras. Superficie: Doscientos dieciocho metros cuadrados. Linderos: Norte, María Inmaculada Sánchez Sánchez; Sur, Manuel Rodríguez Mendoza; Este, Javier Milán Viera y Miguel Santana Espino; Oeste, calle Escultor Manolo Ramos. Título: art. 206. Inscrita al Tomo 2581; Libro 343; Folio 66; Fecha 31/01/2003. Tercero. - Consta en el Departamento de Patrimonio de este Ayuntamiento informe del técnico topógrafo de fecha 5 de febrero de 2021, que señala una superficie de 205 metros cuadrados para la parcela de referencia, y describe esta por sus linderos. Asimismo, señala las coordenadas en formato UTM que delimitan el perímetro de la misma. Cuarto.- Mediante resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de referencia 1583/2021, de 12 de marzo se ordena al Departamento de Patrimonio la tramitación de expediente administrativo tendente a rectificar el Inventario General de Bienes de esta Corporación, realizando las operaciones necesarias a efectos de normalizar la descripción del inmueble arriba expresado, e instar del Registro de la Propiedad que corresponda la inscripción de la oportunas modificaciones y la descripción gráfica georreferenciada. 17 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Quinto. - Consta en el expediente informe del Departamento de Patrimonio, de fecha 12 de marzo de 2021, que expresa la legalidad del proceso seguido y señala, entre otros asuntos, el órgano que debe adoptar el acuerdo aquí propuesto. ANTECEDENTES de DERECHO: PRIMERO. - Según establece el apartado primero, del artículo 33, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa. El artículo 34 del mismo cuerpo legal, recoge que “(…) el Pleno de la Corporación local será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación”. SEGUNDO. -Sobre la rectificación del Inventario Municipal, que del tenor literal del ya referido precepto, del señalado Reglamento, refiere su carácter anual, decir que el mismo no prohíbe rectificaciones puntuales durante el ejercicio anual, cuando el actuar administrativo lo precise. Si se hiciera una interpretación rígida de tal precepto, la actuación administrativa podría entrar en una demora que contradeciría la obligación de toda administración pública de impulsar de oficio la instrucción de expedientes, una vez iniciados estos, como así establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre. TERCERO - Constando la inscripción registral de la reiterada finca es necesario, a efectos de dar seguridad a los derechos en ella recogidos, incorporar al folio real la representación gráfica georreferenciada de ésta conforme determina la legislación hipotecaria. Afectando las modificaciones propuestas a la superficie y linderos, y siendo el primer particular señalado inferior al 10 % de la cabida inscrita, tal como señala el párrafo sexto, de la letra b), del artículo 9 de la Ley Hipotecaria se “(…) entenderá que existe correspondencia entre la representación gráfica aportada y la descripción literaria de la finca cuando ambos recintos se refieran básicamente a la misma porción del territorio (…)”, debiendo entenderse que las aquí propuestas son conformes a la legislación de aplicación y por ende causarán los efectos registrales pretendidos. CUARTO. -Tal como recoge el apartado uno, del artículo 32 del arriba referido Reglamento es deber de esta Entidad remitir a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma las rectificaciones aprobadas. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente, PROPUESTA: PRIMERO.- Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN actualizando la descripción del inmueble al número de orden 171 como sigue: Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: Solar. Referencia catastral: 0681918DS6808S0001KX. Linderos: Norte, con parcela catastral 0681919DS6808S0001RX, titulares José Cayetano Cruz García y María Inmaculada Sánchez Sánchez; Sur, con parcela catastral 0681917DS6808S00010X, titular herederos de Manuel Rodríguez Mendoza; Este, con la parcela catastral 0681903DS6808S0001WX, titulares Antonio Ravelo Martín y María Carmen Jiménez Rodríguez, con la parcela catastral 0681904DS6808S0001AX, titular Javier Milán Viera y con parcela catastral 0681905ds6808S0001BX, titular Miguel Santana Espino; Oeste, con la calle Escultor Manolo Ramos. Superficie: 205,00 metros cuadrados (s.s.). Cargas y gravámenes: no constan. Título: Compraventa verbal a don Moisés Rodríguez González. Observaciones: A este registro se incorpora fichero grafico informático que describe el perímetro de la misma, en formato GML, expresado en coordenadas en formato UTM, tomadas según sistema de referencia REGCAN 95. 18 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SEGUNDO.- Incorporar a la señalada ficha, del referido registro administrativo la representación gráfica georreferenciada tomada en coordenadas UTM, siguiendo el sistema de referencia REGCAN 95 que se relaciona a continuación: Número Coordenada X Coordenada Y 1 460479.00 3088318.90 2 460482.96 3088318.11 3 460487.04 3088317.37 4 460492.61 3088316.33 5 460495.60 3088315.76 6 460495.65 3088315.75 7 460495.62 3088315.60 8 460494.78 3088311.31 9 460494.04 3088307.40 10 460493.42 3088304.02 11 460493.39 3088303.89 12 460493.35 3088303.90 13 460487.00 3088305.12 14 460480.69 3088306.29 15 460476.52 3088307.07 TERCERO.- Dar cuenta de las modificaciones aprobadas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Vice-Consejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos.”. Los concejales don Lucrecio Suárez Romero y don Juan Andrés Sánchez Hernández, indican que se trata de una cuestión de trámite de los expedientes que deben ser solucionados, y votarán a favor. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.2.-PROPUESTA DE ACUERDO DE LA CONCEJALÍA DE FESTEJOS EN RELACIÓN CON LA DESIGNACIÓN DE LAS FECHAS PARA LAS FIESTAS LOCALES EN EL AÑO 2022. (EXPEDIENTE 2353/2021). La Concejala Delegada de Festejos, doña María Lorena Quintana Hernández, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de marzo de 2021 y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de marzo del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “En materia de fiestas locales, la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento, es la competente para determinar los dos días, de cada año natural, que le corresponden a cada municipio como tales, publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma (Art. 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación del jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos; y artículo 6.A) 4 del Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda). 19 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Mediante escrito remitido por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias, registrado el día 3 de marzo de 2021, bajo el número 2021-E-RC-743, se requiere del Ayuntamiento de Ingenio la designación, a la mayor brevedad posible, de los días festivos del municipio para el año 2022. Con la finalidad de que se proceda por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2022, se propone al Pleno Corporativo la adopción de los siguientes acuerdos: Primero. Designar los dos días de fiesta local que a continuación se indican para su inclusión en la disposición que al efecto se dicte:  Miércoles, 2 de febrero de 2022, festividad de Nuestra Señora de la Candelaria.  Miércoles, 29 de junio de 2022, festividad de San Pedro. Segundo. Que se dé traslado del certificado acreditativo del acuerdo adoptado a la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, para su conocimiento y a los efectos reseñados.” Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.3.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN PRACTICANDO LA SIGUIENTE OPERACIÖN: ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO AL EPÍGRAFE 1º INMUEBLES, NÚMERO DE ORDEN 374, DENOMINADO “SOLAR EN LA CALLE CARDENAL CISNEROS”. (EXDTE. 2242/2021) **1 **1.- La inclusión de este punto en el orden del día, deberá ser ratificada por el Pleno Corporativo (artículo 82.3 del ROF). Sometida a votación la ratificación de la inclusión de este punto en el orden del día del Pleno es ratificada su inclusión por unanimidad de los miembros presentes. La Concejala Delegada de Patrimonio, doña Victoria Eugenia Santana Artiles, da lectura a la propuesta que ha emitido la concejalía el día 22 de marzo de 2021, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: ANTECEDENTES DE HECHO: Primero. - Este Ayuntamiento es titular de una parcela sita en la calle Cardenal Cisneros, en el núcleo urbano de Ingenio. La misma se halla inscrita en el Inventario General de Bienes de esta Corporación al número de orden 374, del epígrafe 1º inmuebles. El señalado registro la describe como sigue: Nombre de la finca: Solar en la calle Cardenal Cisneros. Situación: calle Cardenal Cisneros, lindando con Parque Millares Carló. Naturaleza del inmueble: Urbana-Residencial. Linderos: Norte, Ángel Peña y hdos. Antonio Benítez Galindo; Sur, Parque Público El Ejido; Este, Hermanos Valerón Hernández; Oeste, hdos. Antonio Benítez Galindo y calle Cardenal Cisneros. Superficie: 660,8 metros cuadrados (s.s.). Segundo. - La señalada finca se halla inscrita en el Registro de la Propiedad del distrito hipotecario de Santa Lucía de Tirajana, al número de finca en Ingenio 19.941. Las referencias a los libros registrales son los que siguen: Folio 163; Tomo 2229; Libro 270, Inscripción 2ª. 20 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Tercero. - Consta que la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento convocada en sesión ordinaria con fecha de 30 de julio de 1998, adoptó, entre otros acuerdos, al punto 11º” Actas de Mutuo Acuerdo. Aprobación, si procede” la enajenación de una parcela municipal mediante permuta, ubicada en la calle Cardenal Cisneros por otra de naturaleza similar sita donde dicen Plazoleta de San Blas. La finca municipal, según el referido documento, responde a la siguiente descripción: “URBANA. Situada en la C/ Cardenal Cisneros, con una superficie de 100 metros cuadrados y cuyos linderos son: al Norte, con terrenos del Ayuntamiento de Ingenio; al Sur, con solar nº 1 del Ayuntamiento de Ingenio; al este, con familia Valerón; y al Oeste, con calle Cardenal Cisneros”. Y el título señalado es el que sigue: “Título contrato de permuta con la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, aprobado por el Pleno Corporativo, en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 1998”. En el expediente instruido, a resultas de la señalada operación inmobiliaria, no se incorporaron documentos de necesaria constancia, entre ellos aquel que acredita la inscripción de ésta en el Inventario General de Bienes de la Corporación con la naturaleza de domino de patrimonial o de propios. Asimismo, no consta la comunicación por este Ilustre Consistorio de la enajenación de la reiterada parcela al órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma, tal como señala la legislación patrimonial de aplicación. Cuarto. - Asimismo, consta la enajenación de la parcela de referencia por la señalada permutante a favor de la mercantil Hermanos Valerón, S.L. Ésta, a efectos de inscripción registral de la misma u otros procedimientos de su consideración solicitó ante este Ayuntamiento la tramitación de licencia de parcelación de la misma. La Junta de Gobierno Local con fecha de 27 de noviembre de 2020, al punto 3.3. de su sesión ordinaria referenciado “Licencias urbanísticas de parcelación y/o declaración e innecesariedad de las mismas”, tomo en consideración al punto 3.3.1 señalado como “PROPUESTA DE DECLARACIÓN DE INNECESARIEDAD DE LICENCIA URBANÍSTICA DE PARCELACIÓN SOLICITADA POR HERMANOS VALERÓN HERNÁNDEZ, REPRESENTADA POR DÑA. SANDRA VALERÓN HERNÁNDEZ, EN RELACIÓN CON PARCELA SITUADA EN C/ LA HABANA (REFERENCIA PROCEDIMENTAL 6259/2020 – EP), la declaración de innecesaridad de licencia urbanística. Quinto. - Consta en el expediente informe del Departamento de Patrimonio, de fecha 22 de marzo de 2021, que expresa la legalidad del proceso seguido y señala, entre otros asuntos, el órgano que debe adoptar el acuerdo aquí propuesto. ANTECEDENTES de DERECHO: PRIMERO. - Según establece el apartado primero, del artículo 33, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa. El artículo 34 del mismo cuerpo legal, recoge que “(…) el Pleno de la Corporación local será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación”. SEGUNDO. - Sobre la rectificación del Inventario Municipal, que del tenor literal del ya referido precepto, del señalado Reglamento, refiere su carácter anual, decir que el mismo no prohíbe rectificaciones puntuales durante el ejercicio anual, cuando el actuar administrativo lo precise. Si se hiciera una interpretación rígida de tal precepto, la actuación administrativa podría entrar en una demora que contradeciría la obligación de toda administración pública de impulsar de oficio la instrucción de expedientes, una vez iniciados estos, como así establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 21 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio TERCERO. - Así, la superficie de la parcela municipal debe regularizarse a efectos de hacer coincidir la misma con la realidad catastral, esto es 696 metros cuadrados, una vez detraído de esta la superficie construida, registrada en el señalado inventario como registro independiente (Nº de orden 262, del epígrafe 1º inmuebles). Es necesario dar cuenta al órgano autonómico la enajenación practicada, tal como preceptúa el apartado primero del artículo 109 del Reglamento de Bienes de la Entidades Locales, aprobado mediante Real Decreto referenciado 1372/1986, de 13 de junio, en adelante el Reglamento. CUARTO. -Tal como recoge el apartado uno, del artículo 32 del arriba referido Reglamento es deber de esta Entidad remitir a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma las rectificaciones aprobadas. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldesa-Presidenta de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente, PROPUESTA: PRIMERO.- Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN actualizando la descripción del inmueble al número de orden 374 como sigue: Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: Solar. Superficie: 796,00 metros cuadrados. Observaciones: Esta finca es discontinua. Comprende las parcelas catastradas a las referencias 7381012DR5878S0001BM y 7381010DS5878S0001WG. La finca permutada por este Ayuntamiento en acuerdo de fecha 20 de julio de 1998, aprobada por la Comisión de Gobierno con fecha de 30 del mismo mes y año, que debe ser detraída de la presente finca tiene la descripción que sigue: URBANA.- Solar situado en el término municipal de Ingenio, calle Cardenal Cisneros, en la actualidad calle La Habana, sin número. Superficie.- Mide cien metros cuadrados. Linda: al norte, terrenos del Ilustre ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en la actualidad con Don Josué Rodríguez Rodríguez en la parcela catastrada a la referencia 7381013DR5978S0001YM; al Sur, solar número uno del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en la actualidad con Doña Josefa González Sánchez en la parcela catastrada a la referencia 7381011DR5878S0001AM; al Este, familia Valerón, en la actualidad con “Hermanos Valerón, S.L.” en la parcela catastrada a la referencia 7381003DS5878S0001SG; y al Oeste, calle Cardenal Cisneros en la actualidad denominada La Habana. Referencia catastral: 7381012DR5878S0001BM. SEGUNDO.- Regularizar el registro del Inventario General de Bienes de esta Corporación señalado en la precedente propuesta, en la superficie y descripción por sus linderos que corresponda, una vez se haya practicado la segregación en la finca registral en Ingenio al número 19.941, la correspondiente a la finca permutada por este Ayuntamiento en acuerdo aprobado por la Comisión de Gobierno de esta Ilustre Institución de fecha 30 de julio de 1998, y cuantos datos sean necesario para su mejor identificación y protección. TERCERO.- Incorporar al señalado registro del referido Inventario General de Bienes los datos obrantes en el Registro de la Propiedad del distrito hipotecario de Santa Lucia de Tirajana que se refieren a la finca registral titularidad de este Ayuntamiento continuación: “Que al folio 163 del tomo 2229 del Archivo general, Libro 270 del Ayuntamiento de Ingenio, aparece inscrita la finca de Ingenio nº: 19941, según su inscripción segunda, con la siguiente descripción: URBANA.- Parcela de terreno edificable, situada en AVENIDA DE AMERICA, sin número de gobierno. Superficie: mil trescientos veinte metros cuadrados, aunque su cabida actual, según varias segregaciones practicadas en la misma, la última con fecha de seis de octubre de dos mil cinco, ha quedado reducida a novecientos sesenta y nueve metros cuadrados.- Linderos: norte, con don Ángel Peña Hernández; sur, con el Parque Público “El Ejido” y “Avenida de América”; este, con herederos de 22 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio don José Valerón Hernández; oeste, con herederos de don Antonio Benítez Galindo y calle “Cardenal Cisneros”. “Que dicha finca aparece inscrita a favor de: Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con N.I.F. número P3501200D, es titular del Pleno dominio de la totalidad de esta finca por título de permuta según la inscripción número dos, de fecha 28 de agosto de 2002, al folio 164, del libro doscientos sesenta del término municipal de Ingenio, Tomo dos mil doscientos veintinueve del Archivo, y en virtud de la escritura de permuta otorgada en el Ayuntamiento de Ingenio, distrito notarial de Telde, el día 18 de octubre de 2001 ante el notario don López Cano, Francisco Javier (…) con número de su protocolo mil doscientos cuatro (…)”. CUARTO.- Dar cuenta de las modificaciones aprobadas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Vice-Consejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos.” Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 5º.- MOCIONES. 5.1.-MOCIÓN Nº. 2021-E-RE-1563 DEL GRUPO PARTIDO POPULAR-PROYECTO SOMOS PARA: “INSTAR AL GOBIERNO DE CANARIAS A RESPETAR Y GARANTIZAR LAS ANUALIDADES COMPLETAS CORRESPONDIENTES A 2020 Y 2021 DEL FDCAN DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO”. Se queda para el próximo pleno. 6º.-ASUNTOS DE URGENCIA. A continuación, la Sra. Alcaldesa-Presidenta, al amparo de lo preceptuado en el artículo 91.4 del ROF, pregunta si se desea someter a consideración del Ilustre. Ayuntamiento Pleno, por razones de urgencia, algún asunto que no figure en el orden día: 6.1.-AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DEL “SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE INGENIO”, EN SIETE (7) DÍAS. (Expte. 828/2020). El Concejal Delegado de Contratación, don Víctor Manuel Vega Sánchez, justifica la urgencia del asunto en que ahora mismo tenemos este servicio anunciado en la plataforma de contratación, y se han formulado varias preguntas relacionadas con el personal, en cuanto al cálculo salarial, sobre lo cual se está trabajando en el departamento de contratación, y es aconsejable una ampliación del plazo para la presentación de ofertas. Sometida a votación la urgencia, se aprueba por diecisiete votos a favor [(Grupo Socialista, Agrupa Sureste y Fórum Drago y [Subgrupos Mixtos Nueva Canarias- Frente Amplio, Unidos Podemos-Izquierda Unida y Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)] de los presentes en que constituyen mayoría absoluta legal y por tanto, con los requisitos exigidos en el art. 94.C), del Reglamento Orgánico de la Corporación y art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/86, de 28 de noviembre. Seguidamente el Concejal Delegado de Contratación, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura del informe-propuesta que ha emitido la Técnica del Servicio de Contratación el día 23 de marzo de 2021, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “De acuerdo con lo ordenado por el Pleno Corporativo, en relación con el aprobación del expediente de contratación del “SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE INGENIO”, la trabajadora que suscribe con la Categoría Profesional de Técnica y como responsable del presente expediente, con la conformidad del Jefe de Área de Servicios Generales, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 172.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, 23 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene el deber de emitir el siguiente Informe-Propuesta, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO Visto que por acuerdo del Pleno Corporativo adoptado en sesión ordinaria de 22 de febrero de 2021, se aprobó el expediente de contratación denominado "SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE INGENIO", con un presupuesto de licitación para la primera anualidad de prestación que asciende a 936.414,39 Euros más 65.549,00 Euros en concepto de Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) Tipo Impositivo 7%, habiéndose publicado el anuncio de licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público en fecha 08/03/2021, así como en el Diario Oficial de la Unión Europea número 2021-63405, siendo el plazo de finalización de presentación de ofertas el próximo día 24/03/2021. Visto que obra en el expediente a efectos de cumplimentar la obligación del artículo 130 de la ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, sobre información de las condiciones de subrogación en contratos de trabajo, la documentación proporcionada por la actual concesionaria del servicio, así como otra de la cual dispone la Administración derivada de la ejecución del actual contrato en vigor. Visto en la Plataforma de Contratación del Estado se han realizado diversas preguntas relacionadas con la subrogación del personal, así como con el coste que por este concepto se ha detallado en el estudio económico del servicio; en concreto, en referencia a la subrogación, han puesto de manifiesto la posible existencia de personal en excedencia y en situación de incapacidad transitoria, así como que el número de trabajadores a subrogar indicados en el pliego técnico no coincide con el detallado en la relación de antigüedad y, en cuanto, al coste destaca la existencia de error en el importe del cargo empresa de la seguridad social, en el absentismo e, igualmente, en la sustitución de vacaciones. Visto que las preguntas realizadas han sido todas contestadas, pero no dentro de los tres (3) días previos a la finalización del plazo de presentación de ofertas, tal como previene el pliego de cláusulas administrativas particulares. Asimismo, las respuestas dadas quedan condicionada a la información que, al respecto, declare la actual concesionaria del servicio, habiéndose concedido un plazo para ello que finaliza el próximo 26 de marzo de 2021. Siendo además su respuesta de contenido relevante para poder preparar y presentar una oferta cierta por los licitadores interesados. Resultando que conforme indica el artículo 136.2 de la Ley 9/2018 de Contratos del Sector Público (LCSP) de 08 de noviembre, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, los órganos de contratación deberán ampliar el plazo inicial de presentación de ofertas cuando por cualquier razón no se hubiera atendido el requerimiento de información que un interesado hubiera formulado con la debida antelación en los términos señalados en el artículo 138.3 de LCSP y, ello, sin perjuicio de los señalado en los artículos 122.1 y 124 de LCSP. Resultando, además, que las respuestas a las preguntas relativas al coste de la seguridad social, personal en excedencia o en situación de incapacidad transitoria deben ser proporcionadas por la concesionaria del servicio, disponiendo de plazo hasta el 26/03/2021. Con todos los antecedentes expuestos, la Técnica de Contratación que suscribe considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación por el PLENO CORPORATIVO, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda y el artículo 117 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Por ello, conforme con lo establecido en el artículo 172.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la técnica que suscribe eleva al PLENO CORPORATIVO la siguiente PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. AMPLIAR el plazo de presentación de ofertas para el procedimiento de contratación del “SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA DEL MUNICIPIO DE LA VILLA DE 24 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio INGENIO” en SIETE (7) DÍAS, en virtud del artículo 136.2 de la LCSP que determina la ampliación del plazo cuando la disposición de información relevante asociada a los pliegos no haya sido atendida dentro del plazo determinado en el artículo 138.3 de dicha norma. SEGUNDO. PUBLICAR este acuerdo de ampliación en la Plataforma de Contratación del Estado, fijando que la nueva fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas se fije para el 31/03/2021 a las 14:00 horas (hora insular). TERCERO. DETERMINAR que sí antes de la fecha de publicación del acuerdo de ampliación del plazo hubiese ofertas electrónicas presentadas por empresas licitadoras en la Plataforma de Contratación del Estado, éstas, podrán presentar otra oferta dentro del plazo ampliado de presentación, dejando constancia expresa de la invalidez de la primera oferta presentada. En cualquier caso, el órgano de contratación, en ausencia de constancia expresa, tomará como válida la última de las ofertas presentadas por un mismo licitador”. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que entiende que es necesario el plazo para las correcciones y que la gestión de los datos sea lo más transparente posible. Que votará a favor. Don Juan Andrés Sánchez Hernández, portavoz del grupo municipal Fórum Drago, manifiesta que, con el acuerdo, cree que se busca la pulcritud en todo este expediente y que, de alguna forma, las empresas tengan los datos reales para poder acudir en igualdad de condiciones a la licitación. Que votarán a favor. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. B) PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN. 7º.- DACIONES DE CUENTA. – 7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA, DEL NÚM. 815, DE 16 FEBRERO AL NÚM. 1211, DE 26 DE FEBRERO; NUM. 1212, DE 1 DE MARZO AL NÚM. 1822, DE 20 DE MARZO. TODOS DEL 2021. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO, NÚM. 43 Y 44, DE 15 DE FEBRERO; NÚM. 45, DE 16 DE FEBRERO; NÚM. 46 Y 47, DE 17 DE FEBRERO; NÚM. 48, DE 18 DE FEBRERO; NÚM. 49, 50 Y 51, DE 19 DE FEBRERO; NÚM. 52 Y 53, DE 23 DE FEBRERO; NÚM. 54, DE 26 DE FEBRERO; NÚM. 55, 56 Y 57, DE 1 DE MARZO; NÚM. 58, DE 2 DE MARZO; NÚM. 59, 60 Y 61, DE 5 DE MARZO; NÚM. 62, DE 9 DE MARZO; NÚM. 63 Y 64, DE 10 DE MARZO; NÚM. 65 Y 66, DE 11 DE MARZO; NÚM. 67, DE 16 DE MARZO; NÚM. 68, DE 17 DE MARZO. TODOS DEL 2021. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.3. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES, NÚM. 9, DE 19 DE FEBRERO; NÚM. 10 Y 11, DE 23 DE FEBRERO; NÚM. 12 Y 13, DE 10 DE MARZO; NÚM. 14, DE 15 DE MARZO; NÚM. 16, DE 16 DE MARZO. TODOS DEL 2021. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 25 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 7.4.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN, NÚM. 10 Y 11, DE 23 DE FEBRERO; NÚM. 12, DE 1 DE MARZO; NÚM. 13, DE 12 DE MARZO. TODOS DEL 2021. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTAS DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 12 de febrero de 2021 (nº 03). - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 26 de febrero de 2021 (nº 04). Dada cuenta de las sesiones de las Juntas de Gobierno Local que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 8º-. DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS. La Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, cede la palabra a la interventora municipal para que explique las daciones de cuenta remitido por la Audiencia de Cuentas de Canarias. 8.1-DACIÓN DE CUENTA DE LA LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL EJERCICIO 2020 DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO Y DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS. (EXPTE. 1454/2021) La Sra. Interventora Municipal da cuenta del informe emitido del día 26 de marzo de 2021, que a continuación se inserta en imagen, 26 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 27 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 28 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 29 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 30 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 31 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 32 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio A continuación, se inserta en imagen el decreto núm. 1190/2021, de 26 de marzo. 33 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El Pleno Corporativo queda enterado. 34 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 9º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA. La Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, les cede la palabra a los concejales delegados siguientes, para dar cuenta de determinados asuntos de sus áreas: - Doña Elena Suárez Pérez, hace saber que desde la Concejalía de Igualdad del Ayuntamiento de Ingenio, se da cuenta de que el municipio ha sido elegido por el Instituto Canario de Igualdad del Gobierno Regional para implementar un proyecto, en este caso denominado “Municipio Mascarilla 19”, que se basa en una iniciativa ideada por el Instituto durante el confinamiento para que las mujeres que sufrieron situación de violencia en hogares pudieran denunciar la situación de forma confidencial en la farmacia, simplemente mencionando una expresión clave que es “mascarilla 19” y que activaba de forma inmediata un protocolo de asistencia a la víctima. Que nuestro municipio es uno de los dos municipios de toda Canarias con Tías en Lanzarote que ha sido seleccionado para desarrollar este proyecto piloto y ambos recibiremos una financiación de 53.500 euros, para su implantación. - Don Víctor Manuel Vega Sánchez, da cuenta del número contratos realizados, haciendo una comparación entre los años 2019 y 2020. - En el año 2019, se realizaron 85 contratos abiertos y negociados, más 16 contratos menores haciendo un total de 101 contratos formalizados. Durante el ejercicio anterior 2020, se hicieron 98 contratos abiertos y negociados y 28 contratos menores, haciendo un total de contratos formalizados de 126, y a eso hay que añadirle 10 contratos que quedaron desiertos. Quiere dar las gracias por el gran trabajo realizado por el departamento de Contratación. - La Sra. Alcaldesa- Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, quiere manifestar, en nombre del grupo de gobierno y de toda la corporación municipal, el lamento por el fallecimiento de don José Antonio Bolaños, fundador de los grupos de salvamento y jefe del grupo de intervención operativa de rescate y salvamento, que tanto ha colaborado con la policía local de Ingenio y con Protección Civil. Se traslada las condolencias a su familia. Quiere trasladar a toda la población de Ingenio, para su conocimiento, el hecho de las devoluciones que se realizan en el caso de subvenciones que no son utilizadas, por algún motivo, y hay que proceder a su devolución, y cita las siguientes: - Repavimentación calle la Restinga en el polígono industrial Las Majoreras, que fue una subvención de ochenta y cinco mil euros, y se adjudica por algo más de setenta y seis mil euros, y, por tanto, el resto, algo más de ocho mil quinientos euros tienen que devolverse al Cabildo de Gran Canaria. Se ha pedido la inversión de esa cantidad, pero ha sido denegada. -También quiere comunicar la devolución de un importe total de ciento ochenta y seis mil seiscientos treinta euros con cuarenta y tres céntimos, pertenecientes a actuaciones de mejora de los aspectos de funcionalidad de la zona comercial de Carlos V, en Carrizal. La subvención concedida fue de quinientos mil euros, pero fue adjudicada por trescientos noventa y cinco mil euros, y el motivo de la devolución, por tanto, aun habiéndose realizado las obras se habían programado, y el Cabildo no ha permitido que podamos volver a utilizar los Ayuntamientos esos remanentes, y por ello, tenemos que devolver esa cantidad, y ya se está confeccionando el expediente. De esta manera se traslada toda esta información al pueblo y así la población queda enterada. 35 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 36 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio C) RUEGOS Y PREGUNTAS. 10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. No hubo. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta, levanta la sesión siendo las diecinueve horas y treinta minutos, de lo cual como Secretario General Accidental doy fe, Vº Bº ALCALDESA-PRESIDENTA. Ana Hernández Rodríguez 36 Cód. Validación: 9LYXJP9Y2XWJKLGYQ93QRER9L | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 36