Ayuntamiento de La Villa de Ingenio N/REF.: SECRET. MJAH/aiaj PLENO NÚM. 17/2019 (EXPTE. 8952/2019) MINUTA DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO CORPORATIVO EL DIA VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 25/04/2021 HASH: 93c74b3d2d425c1788f822810e3dde96 MIEMBROS ASISTENTES: SRA. ALCALDESA- PRESIDENTA: Dª ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.) D. VÍCTOR MANUEL VEGA SÁNCHEZ DÑA. ELENA SUÁREZ PÉREZ D. MARIO RAMÍREZ SANTANA DÑA. MARÍA LORENA QUINTANA HERNÁNDEZ D. ANTONIO RAMÓN TEJERA SÁNCHEZ DÑA. VICTORIA EUGENIA SANTANA ARTÍLES PARTIDO AGRUPA SURESTE DÑA. MINERVA ARTILES CASTELLANO D. DOMINGO GONZÁLEZ ROMERO D. CARMELO PÉREZ GONZÁLEZ NUEVA CANARIA NUEVA CANARIA- FRENTE AMPLIO DÑA. CATALINA MARIA CARMEN SÁNCHEZ RAMÍREZ UNIDAS PODEMOS-IZQUIERDA UNIDA DÑA. MARÍA PILAR ARBELO RUANO PARTIDO FORUM DRAGO (F.D.) D. FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ PEÑA D. FRANCISCO JAVIER ESPINO ESPINO DÑA. VANESA GUEDES SUÁREZ COALICIÓN PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS D. RAYCO NAUZET PADILLA CUBAS DÑA. MARIA DEL ROSARIO VIERA HERNÁNDEZ DON JUAN AMADOR DÍAZ SUÁREZ D. SEBASTIÁN DOMINGO SUÁREZ TRUJILLO COALICION CANARIA-UNIDOS POR GRAN CANARIA D. LUCRECIO RAMÓN SUÁREZ ROMERO MIEMBROS NO ASISTENTES: D. JUAN ANDRÉS SÁNCHEZ HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL: DON MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 1) En la Villa de Ingenio, siendo las diecinueve horas y cinco minutos, del día veinticinco de noviembre de dos mil diecinueve, se reunieron en el Salón de Sesiones del Ayuntamiento, los señores anteriormente expresados, en primera convocatoria, bajo la Presidencia de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, doña Ana Hernández Rodríguez, con asistencia del Sr. Secretario General Accidental, don Manuel Jesús Afonso Hernández y de la Interventora de Fondos doña Tania Naya Orgeira. 1 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Una vez comprobado que concurren concejales en número suficiente para celebrar válidamente la sesión, conforme a lo establecido en el art. 46.2. c) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Presidencia, declara abierta la sesión y, posteriormente, procede a tratar los siguientes asuntos incluidos en el Orden del Día de la convocatoria: 1º.- DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE RECHAZO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. La Concejala Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la Declaración Institucional de rechazo a la violencia de género, cuyo tenor literal es el siguiente: “El 25 de noviembre de 1960 las tres hermanas Mirabal (Minerva, Patria y María Teresa), activistas contra el régimen del dictador dominicano Rafael Leónidas Trujillo, fueron brutalmente violadas y posteriormente asesinadas por orden del dictador. En 1999, la ONU declaró este día como Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las mujeres. Desde entonces venimos haciendo de este día un día reivindicativo en el que desde el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio nos posicionamos y mostramos nuestra más firme repulsa ante los feminicidios y ante todo tipo de violencias machistas contra mujeres y niñas. Ángeles, Lilium, María Concepción, Silvia, María, Rosa María, María Soledad, Romina... más de 90 mujeres en Canarias han sido asesinadas por el mero hecho de serlo, la consecuencia última y fatal de la violencia de género. Desde el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio nos comprometemos a no volver a poner el marcador a 0, porque con las vidas de las mujeres no cabe cada año un borrón y cuenta nueva. Desde que en el año 2003 se iniciara el cómputo oficial, llevamos contabilizados más de mil feminicidios en todo el Estado español. Tras estos asesinatos, han quedado niños y niñas huérfanas, familias rotas y amistades destrozadas. El patriarcado mata, destroza y anula. Los valores que sustentan el machismo tienen muchas manifestaciones diarias en nuestra sociedad del siglo XXI, desde sus formas más sutiles, hasta las más crueles y evidentes. Dichas manifestaciones están encontrando, en algunos ámbitos políticos, amparo para crecer, para extenderse y reforzar su existencia, legitimando así actitudes machistas y discursos de odio en nuestra sociedad. La violencia machista es una cuestión de Estado, un asunto de primer orden, y combatirla de un modo eficaz debe formar parte de nuestra agenda política y social. El machismo no es compatible con la Democracia. La defensa de la vida digna y en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres es, sin lugar a dudas, el primer pilar de una Democracia que se fundamenta en el respeto de los derechos humanos fundamentales. Debe ser abordada desde diferentes perspectivas, en todos los ámbitos y en sus diferentes fases de desarrollo. Con todo el cuidado y la atención que se merece, sin escatimar recursos humanos, ni económicos, ni materiales. La violencia contra las niñas, las adolescentes, las mujeres y nuestras mayores nos merma como sociedad. Cada feminicidio es una derrota y un fracaso de las instituciones que tenemos la responsabilidad de velar por la integridad de nuestra gente. Contamos con una Ley canaria del 8 de abril de 2003 de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género. Una ley que, si bien necesitaría una revisión para su mejora, sigue siendo pionera a nivel estatal y es de las que más se acerca a lo establecido en el Convenio de Estambul. En ella se recoge una definición amplia de la violencia de género según sus múltiples formas y manifestaciones: física, psicológica, sexual, económica, etc. Y no acota la violencia al ámbito de la pareja o la expareja sino que la hace extensible a cualquier ámbito: familiar, laboral, docente y social, y sin que necesariamente exista o haya existido un vínculo emocional entre el maltratador y la víctima. 2 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Tras 16 años desde su entrada en vigor, seguimos teniendo un ambiente desolador en Canarias: las agresiones sexuales entre menores han visto un aumento del 21% con respecto al año pasado y nos encontramos en la cabeza en número de violencias machistas a nivel estatal. Así pues, debemos seguir trabajando conjuntamente como sociedad, buscando el compromiso y la complicidad de todos los sectores, incluidos los medios de comunicación. Debemos apoyar y fomentar la Coeducación en nuestros centros escolares, como arma de construcción masiva y de transformación social. Apostamos por que la igualdad en la Educación sea obligatoria, en ningún caso cuestionable, porque soñamos con una sociedad igualitaria y no cesaremos hasta hacer este sueño realidad. Luchamos contra siglos de historia en los que se ha cimentado un pensamiento que perpetua los binomios: hombre-poder; hombre-fuerza; hombre-seguridad; hombre-éxito. Un pensamiento que justifica y valida su primacía, fortaleza y capacidad para anular los derechos de las mujeres, para arrebatarles su espacio, su capacidad de decisión. Un pensamiento que se verbaliza con un lenguaje machista reticente a crecer e innovar con el fin de nombrar a las mujeres. Por ello este año nuestra campaña va dirigida a las masculinidades, porque consideramos que debemos poner el foco también en nuestros compañeros y animarlos a que hagan un ejercicio de reflexión y se sumen. Y la única manera de sumarse es actuando: de ahí que le pidamos que se posicionen: “Yo sumo, yo actúo contra las violencias machistas”. Sin duda, nuestros mayores esfuerzos van dirigidos a la protección de las víctimas y resilientes de violencia de género, de las mujeres que resisten y están en situación de vulnerabilidad; destinamos nuestros recursos mayoritariamente a la actuación y a la prevención. Sin embargo, en la campaña de este año hemos querido dirigirnos a nuestros chicos, a los hombres y a los mayores canarios, y pedirles su complicidad, que entiendan y así lo comuniquen a sus iguales, que el cambio también está en sus manos, que existe la posibilidad de darle un giro a la masculinidad hegemónica, a la masculinidad violenta y opresora, e inventar otros tipos de masculinidades capaces de convivir y de comunicarse de igual a igual. Si queremos generar cambios, los hombres han de sumarse al Tren de la Igualdad, posicionarse antes sus iguales y han de actuar ante aquellas situaciones desigualitarias y violentas que presencian en su día a día: comentarios machistas, fotos íntimas compartidas por wasaps, acoso callejero, etc. Si ellos actúan y suman, entonces el feminismo se expandirá más rápido, es decir, la justicia social, la igualdad, en definitiva, la felicidad del conjunto de la sociedad canaria, será cada vez menos utopía y más realidad. Este Gobierno se declara feminista, firme defensor de la igualdad entre mujeres y hombres en todos sus ámbitos, y por eso ya desde el minuto cero en el que acordamos los ocho ejes del pacto de Gobierno entre las cuatro fuerzas políticas que lo integramos, pusimos el fomento de la igualdad de género como una de nuestras prioridades. El reforzamiento político del área de Igualdad, la consolidación del Instituto Canario de Igualdad y el incremento de su presupuesto, algo que ya se ha reflejado en el proyecto de ley de presupuestos para el próximo año. Conscientes, además, de la necesidad de impulsar acciones concretas, ya hemos dado los primeros pasos para marcar una hoja de ruta que nos permita erradicar la violencia de género en la sociedad canaria: la Estrategia canaria de Transición Igualitaria en la que vamos a implicar a todos los sectores y a todos los departamentos de este Gobierno en una lucha firme contra esta injusticia social. Una Estrategia que separa la desigualdad de la igualdad. Que nos deja ver los distintos tipos de violencia como el producto de la desigualdad que son. Un espacio desde el que trabajar un nuevo contrato social de convivencia basado en el orgullo y el compromiso de nuestro pueblo con la igualdad real. No es un proyecto al uso. Es el marco de acción política donde generar un nuevo paradigma. Canarias puede vivir libre de violencia, podemos desterrar de nuestras vidas sus 3 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio dramáticas consecuencias. Este año comenzamos un camino largo y necesario. Este 2019 lo recordaremos como el año que comenzamos a defender, sin matices, la igualdad real y efectiva como una de nuestras principales señas de identidad canaria. Los poderes públicos no podemos permanecer ajenos ante este ataque directo a los derechos fundamentales. Es nuestra obligación combatir esta amenaza a los derechos y libertades democráticas y contribuir, de una manera firme y contundente, al aislamiento y rechazo de los comportamientos machistas que provocan la expresión más brutal de la desigualdad entre mujeres y hombres. Por ello, en este día, el Gobierno de Canarias y desde nuestra responsabilidad como institución pública, queremos recordar y hacer un reconocimiento público a las mujeres asesinadas; a las supervivientes y resilientes de las distintas violencias machistas -no habría espacio ni tiempo suficiente para nombrar a todas las que diariamente las padecen en sus múltiples manifestaciones-; pero, sobre todo, queremos expresar nuestro compromiso político para favorecer, desde las distintas áreas que integran este Gobierno, una mayor protección hacia las mujeres, un mayor esfuerzo para salvar los obstáculos que impiden la igualdad entre mujeres y hombres, en sus múltiples espacios y en todas sus fases de desarrollo. El Pleno por unanimidad aprueba la declaración institucional y se procede a guardar un minuto de silencio. A) PARTE DECISORIA. 2º.- APROBACIÓN, SI PROCEDEN, DE LOS BORRADORES DE LAS ACTAS DE LAS SESIONES ANTERIORES. - Pleno Sesión Ordinaria de 30 de septiembre de 2019 (nº 14). - Pleno Sesión Ordinaria de 28 de octubre de 2019 (nº 16). Sometida a votación las referidas actas, se aprueban por unanimidad en todas sus partes y en sus propios términos. 3º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN. 3.1.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº. 11/2019, DE FACTURAS CON REPARO POR INCUMPLIMIENTO DE ANUALIDAD PRESUPUESTARIA (EXPTE: 8777/2019). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Victor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 13 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Concejal de Economía y Hacienda tiene a bien emitir la siguiente Propuesta: ANTECEDENTES DE HECHO 1) Que existen en el Departamento de Intervención, facturas que no cumplen con el principio de anualidad y por ende, susceptibles de Reconocimientos Extrajudicial de Crédito, las cuales se encuentran en una situación presupuestaria de Obligaciones Pendientes de Aplicar al Presupuesto (O.P.A.), e incluidas en dicha relación, pero que se derivan de gastos realmente realizados, habiendo sido requerido por el órgano competente la prestación del servicio o la realización del suministro u obra. 2) Visto el informe propuesta emitido por el Sr. Concejal-Delegado del área de Economía y Hacienda, en el que se propone el inicio del Expediente conducente a la aprobación mediante Reconocimiento Extrajudicial de Créditos, de las facturas, que incumplen el 4 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio principio de anualidad presupuestaria, cuyo importe total asciende a la cantidad de CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON TRES CÉNTIMOS, (41.438,03€), cuyos datos se describen a continuación: Nº REGISTRO FECHA Nº DE FRA FECHA IMPORTE TERCERO NOMBRE PROG ECON F/2018/1038 02/04/2018 010/2018 05/03/2018 128,40 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/1374 02/05/2018 015/2018 23/04/2018 529,65 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/1375 02/05/2018 016/2018 27/04/2018 361,13 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3230 22699 F/2018/1843 27/06/2018 023/2018 08/06/2018 96,30 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3230 22701 F/2018/1844 19/06/2018 022/2018 07/06/2018 144,45 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/2072 03/07/2018 026/2018 27/06/2018 144,45 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3230 22701 F/2018/2073 03/07/2018 027/2018 28/06/2018 192,60 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/2075 03/07/2018 028/2018 02/07/2018 48,15 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/2449 26/07/2018 029/2018 23/07/2018 288,90 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22699 F/2018/3104 16/10/2018 031/2018 17/09/2018 481,50 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3300 22701 F/2018/3105 16/10/2018 032/2018 15/10/2018 377,18 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 3400 22701 F/2018/3106 16/10/2018 030/2018 06/08/2018 256,80 LOPEZ RODRIGUEZ, YERAY PABLO (KANARY EVENTS) 9120 22601 F/2018/3600 10/12/2018 4.869/18 16/11/2018 133,90 B35479807 PLASTICOS ARCHIPIELAGO, S.L. 1320 22199 F/2019/1017 22/04/2019 FRAR/2019040000 05/04/2019 457,65 B76274075 MAQUINAS OPEIN SL 1720 22699 F/2019/1215 17/05/2019 FV18 000138 10/12/2018 32.899,29 B35810449 TECNOLOGIAS Y EQUIPAMIENTOS CANARIOS, S.L. 3420 62300 F/2019/1219 17/05/2019 A 2019/A/2019108 16/05/2019 4.569,79 B62137252 PRO-ACTIVA SERVEIS AQUATICS SL 1720 22701 F/2019/1390 07/06/2019 0710026845.4 05/02/2019 165,25 B76228956 FAIN ASCENSORES CANARIAS, S.L. 2310 /9200 21300 F/2019/1857 03/08/2019 0710031665.2 02/08/2019 162,64 B76228956 FAIN ASCENSORES CANARIAS, S.L. 2310 /9200 21300 SUMA 41.438,03 3) Visto los informes de reparo emitidos por la Intervención Municipal a las facturas relacionadas en el que se concluye que es necesario la aprobación de las mismas para evitar el perjuicio a terceros, y que el procedimiento es el Reconocimiento Extrajudicial de Créditos. 4) Visto que el Presupuesto vigente al día de la fecha es el correspondiente al ejercicio de 2019 y una vez examinadas las diferentes partidas presupuestarias, así como, las consignaciones existentes, se procede a la realización de la correspondiente Retención de Crédito, atendiendo la partida presupuestaria a nivel de “Programa” y “Económica”, concluyendo en lo siguiente: 5 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio FUNDAMENTOS DE DERECHO Teniendo en cuenta que la aprobación de la factura para la que no existía consignación presupuestaria en el momento en el que se debió aprobar es del Pleno conforme al artículo 60.2 del Real Decreto 500/1990 que establece que “corresponderá al Pleno de la entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria, operaciones especiales de crédito, o concesiones de quita y espera”. Vista las retenciones de crédito practicadas, considerando que la aprobación de este gasto con cargo al presupuesto corriente no causará perjuicio ni limitación alguna al funcionamiento ordinario del Ayuntamiento de Ingenio y en aplicación de los artículos 60.2 del Real Decreto 500/1990, artículo 217.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 50.12 del Real Decreto 2568/1986. Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO PLENARIO PRIMERO: Aprobar el reconocimiento extrajudicial de crédito nº 11/2019 cuyo importe total asciende a la cantidad de CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON TRES CÉNTIMOS, (41.438,03€), que corresponden a facturas cuyos trámites incumplen el principio de anualidad presupuestaria, las cuales han sido detalladas anteriormente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto y reconocer la obligación de las facturas contenidas en el expediente y relacionadas anteriormente, con cargo a las retenciones de crédito practicadas. TERCERO: Ordenar el pago de los mencionados gastos, conforme al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería Municipal.” Visto que se ha incorporado al expediente el informe del expediente emitido el día 13 de noviembre último por la Interventora Municipal y que dicha funcionaria resuelve en este mismo acto las dudas planteadas por los concejales presentes en cuanto al procedimiento. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, pregunta al Concejal de Hacienda por tres facturas concretas, que son explicadas por este último. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, y (Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida), y siete abstenciones [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos y Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.2.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA ADDENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA GESTIÓN Y RECAUDACIÓN DE LAS SANCIONES POR LA LEY DE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL ENTRE ESTE AYUNTAMIENTO Y VALORA GESTIÓN TRIBUTARIA. (EXPTE. 8833/2019). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Victor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 15 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: 6 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio “ANTECEDENTES Con fecha 16 de noviembre de 2011, el Pleno del Ayuntamiento adoptó el acuerdo de delegación en materia de liquidación, inspección, gestión y recaudación de tributos, en Valora Gestión Tributaria, habiendo sido aceptada tal delegación por el Pleno del Cabildo de Gran Canaria con fecha 25 de noviembre de 2011. Posteriormente, mediante acuerdo adoptado en la sesión plenaria celebrada el 22 de diciembre de 2011 el Ayuntamiento delegó, para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, al amparo de lo que se prevé en los artículos 7.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 4 de abril, Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, 27 y 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 9 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, determinada competencia municipales, relativas a la gestión y recaudación de las Sanciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en los términos acordados por el Cabildo Insular de Gran Canaria en sesión plenaria de fecha 28 de Febrero de 2012. (Cláusula Primera del Convenio). En este acuerdo se reitera en su apartado tercero, la habilitación Presidencia de Valora Gestión Tributaria para la suscripción de cuantos acuerdos o convenios sean necesarios para la gestión de la encomienda. El Ayuntamiento, igualmente, encomendó en los términos acordados por el Cabildo de Gran Canaria en la citada sesión plenaria, para su realización a través del organismo autónomo Valora Gestión Tributaria, la realización de diversas actividades de carácter material, técnico o de servicios, como son la identificación de los titulares de los vehículos denunciados, la grabación de los boletines de denuncia la recepción de las alegaciones, así como “cualquier otra actividad de naturaleza similar y necesaria para materialización de las anteriores”. (Cláusula Segunda del Convenio). A fin de garantizar la eficaz coordinación entre las actuaciones a realizar por el Ayuntamiento y Valora Gestión Tributaria, la Cláusula Tercera del Convenio, establece que por parte de Valora se procederá a presentar al Ayuntamiento los informes y propuestas para la introducción de los instrumentos de Tecnología Digital que permitan a los agentes municipales la optimización de su actividad. Esta misma Cláusula Tercera indica expresamente en su punto cuarto que por parte de Valora se procederá a la sucesiva implantación de aquellos medios técnicos que permitan la agilización de los procedimientos como el escaneado de boletines y notificaciones. En cumplimiento de lo acordado por parte de Valora Gestión Tributaria se ha procedido a desarrollar un completo sistema de gestión a través del uso de las terminales móviles PDA en sustitución total o parcial de los boletines de denuncia. Lo que se pretende con el presente acuerdo es aprobar la adenda al convenio existente en el que se articule los mecanismos que permitan al Ayuntamiento el uso de terminales móviles y acceder al sistema de gestión propuesto por Valora Gestión Tributaria. En su consecuencia, se propone al Pleno Corporativo, la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Aprobar la adenda al Convenio de colaboración para la gestión y recaudación de las sanciones de la Ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, suscrito entre este ayuntamiento y Valora Gestión Tributaria, la cual desarrolla la cláusula tercera puntos cuatro y cinco de dicho convenio y cuyo contenido es el siguiente: 7 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio “CLÁUSULAS: PRIMERA. - Objeto El objeto de la presente Adenda es la regulación del uso de equipos móviles para su utilización por los agentes municipales con la finalidad de optimizar el procedimiento de denuncia gestión y recaudación de las sanciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Los equipos serán suministrados por Valora Gestión Tributaria dotados de funcionalidad, es decir, con un software de gestión de sanciones y con los elementos de acceso a los datos de titularidad de los vehículos, así como a otros datos necesarios para la tramitación adecuada de los procedimientos. SEGUNDA. - Elementos y servicios ofrecidos por Valora Valora Gestión Tributaria se compromete a suministrar al Ayuntamiento los siguientes bienes y servicios. - Equipo básico del agente consiste en una PDA, impresora portátil y una funda modelo bandolera para protección de equipos. - Cargadores, baterías y demás elementos auxiliares necesarios para los equipos. - Software de gestión de sanciones instalado en cada PDA. - Claves de acceso por internet a las opciones de gestión de usuarios (altas, bajas y modificaciones). - Actualización continua y automática del software de gestión de sanciones con las nuevas funcionalidades que se desarrollen. - Formación inicial en el uso de la aplicación de gestión. - Acceso autenticado a las opciones de mantenimiento de usuarios y terminales. TERCERA. - Tareas a desarrollar por el Ayuntamiento El Ayuntamiento se compromete a realizar: - Las tareas básicas de mantenimiento y conservación de los equipos, así como la adquisición de equipos adicionales previa consulta a Valora para su adaptación tecnológica. - La custodia de los equipos. - Gestionar sus usuarios y comunicar las incidencias por el procedimiento que se establezca. - Adquisición de los boletines de denuncia; Valora facilitará datos de proveedores de suministro compatibles. El Ayuntamiento podrá variar el número de equipos, solicitándolos a Valora Gestión Tributaria por el procedimiento que se establezca. CUARTA. - Coste del Servicio De conformidad con lo establecido en la cláusula Quinta del Convenio de Colaboración para la gestión y recaudación de las sanciones a la ley de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial se establece una fórmula de financiación que facilite al Ayuntamiento hacer frente al coste de la implantación. QUINTA. - Otros usos de los terminales móviles. El Ayuntamiento podrá utilizar los terminales para otras aplicaciones y funcionalidades puestas en marcha por el Ayuntamiento siempre que éstas no afecten al servicio prestado por Valora Gestión Tributaria. SEXTA. - Renuncia al servicio. El Ayuntamiento podrá, en cualquier momento, renunciar al uso de la PDA comunicándolo a Valora Gestión Tributaria con una antelación de al menos tres meses. La renuncia implicará la devolución de los terminales móviles, impresoras y otros bienes suministrados. SÉPTIMA. - Entrada en vigor. La presente adenda entrará en vigor el mismo día de su firma y será de aplicación mientras esté vigente el Acuerdo de delegación y encomienda de determinadas competencias municipales, relativas a la gestión y recaudación de la Sanciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en los términos acordados por el Ayuntamiento y aceptados por el Cabildo de Gran Canaria u otros convenios de delegación o encomienda para los que sea de utilidad el uso de terminales móviles.” SEGUNDO: Facultar a la Alcaldesa-Presidenta para la suscripción de los documentos necesarios para llevar a cabo este acuerdo. TERCERO: Dar traslado del presente acuerdo a Valora Gestión Tributaria y al Cabildo de Gran Canaria.” 8 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, die que antes de tomar una decisión le gustaría formular una seria de cuestiones en cuanto al coste del servicio, así como de los elementos que se necesitan. Igualmente, si se conoce el número de multas recaudadas y las que se prevé recaudar. Si ya se ha tenido en cuenta en los presupuestos de 2020 el coste de implantación de este sistema. Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos, manifiesta que en el año 2015 había un expediente sobre la necesidad de disponer de PDA para facilitar la identificación de los vehículos, pero que el PSOE, con su mayoría, acordó no aprobar dicha propuesta, con la que se podría identificar los vehículos robados y los que carecen de seguro. Que le interesa saber el número de PDA que se van a implantar y el funcionamiento del software. Que este servicio puede hacerse de forma mancomunada a través de la Mancomunidad del Sureste. Don Francisco Javier Espino Espino, en representación del grupo municipal Fórum Drago, dice que esta propuesta se trabajó en la anterior legislatura para su realización a través de la Mancomunidad, y que no pudo hacerse efectiva porque uno de los municipios que la conforman se negó. Que incluso se llegó a realizar una prueba. Le sorprende mucho que en su día Valora se ofreció a suministrar los aparatos y luego dijo que no, y ahora resulta que Valora suministra una y el Ayuntamiento paga el resto. Que debería explicarse bien quien asume el coste. El Concejal de Hacienda, Don Víctor Manuel Vega Sánchez, manifiesta, respondiendo al concejal don Lucrecio Suárez, que el coste era de seiscientos euros/PDA y en cuanto a la cantía hay que valorarla con el Jefe de Policía para su determinación. Que sería conveniente un número pequeño para ver cómo funciona. Que pierden sanciones por errores de forma, y que en la Comisión Informativa podía haber formulado la pregunta. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por doce votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, y (Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida), y ocho en contra [(Grupo municipal Fórum Drago, Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y Subgrupo Mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.3.- PROPUESTA DE APROBACIÓN DE LA 7ª. REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA (REVISIÓN JULIO2012-JULIO2019) APLICABLE EN LA OCTAVA ANUALIDAD DEL CONTRATO (EXPTE.: 7792/2019). El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Víctor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 12 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Visto el informe emitido por el Técnico Municipal responsable del servicio denominado “Gestión Servicio de Limpieza Viaria” en fecha 10/10/2019 por el que informa la procedencia de efectuar la séptima revisión de precios del citado contrato, con efectos a partir del 1 de agosto de 2019, la trabajadora que suscribe con la Categoría Profesional de Técnica y como responsable del presente expediente, con la conformidad del Jefe de Área de Servicios Generales, en cumplimiento de los artículos 172 y 175 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene a bien emitir el siguiente Informe-Propuesta de Resolución, con base en los siguientes, 9 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Por Decreto nº. 2.466/2012, de fecha 18 de julio, el alcalde en uso de las facultades delegadas por el Pleno Corporativo en sesión de fecha 30/03/2012, resolvió adjudicar el contrato de gestión del servicio público de limpieza viaria a la entidad UTE PETRECAN, S.L. – HERMANOS SANTANA CAZORLA, S.L. UNION TEMPORAL DE EMPRESAS, LEY 18/1982, DE 26 DE MAYO (en adelante UTE VILLA DE INGENIO), habiéndose formalizado el contrato en documento administrativo en fecha 09/08/2012. SEGUNDO. Las Cláusulas 31.3 y 31.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen en la citada contratación, regulan los aspectos referentes a los requisitos y condiciones que deben observarse para proceder a la revisión de los costes unitarios del servicio, señalando, entre otros, los siguientes: 1. La revisión de precios debe efectuarse una vez transcurrido al menos UN AÑO desde la adjudicación del contrato. 2. La fórmula de revisión de precios a aplicar es Ct = Co x Kt, Siendo: Ct= Coste unitario en el momento de la revisión. Co= coste unitario en el momento de la adjudicación. Kt= Coeficiente de revisión cuyo valor resulta de la siguiente expresión: Kt = a Et / Eo + b Mt / Mo + c IPCt / IPCo, Donde: Et y Eo representa el valor del precio medio del litro de gasoil en el momento de la revisión y adjudicación respectivamente, según índices industriales. Mt y Mo representa el Salario mínimo interprofesional en el momento de la revisión y adjudicación respectivamente. IPCt e IPCo es el Índice de Precios al Consumo de la Comunidad de Canarias en el momento de revisión y de adjudicación respectivamente. Los valores a, b y c según oferta del adjudicatario se establecen en a=0,24; b=0,60 y c= 0,16. 3. Existe un límite asintótico o valor máximo de la revisión al alza o la baja del coste unitario fijado en la variación porcentual al alza o a la baja del Índice de Precios al Consumo de la Comunidad Autónoma de Canarias para el período de revisión acordado. 4. El responsable del contrato a la vista de los índices de aplicación de la fórmula de revisión y los coeficientes ofertados por el adjudicatario, informará sobre la propuesta de revisión de precios para su aprobación por el órgano de contratación. TERCERO: Las revisiones del coste unitario del contrato que, hasta el momento, han sido aprobadas, son: REVISIÓN ACUERDO DE APROBACIÓN Resolución de Alcaldía nº. 3.759/2013, de 15 de noviembre, ratificada por acuerdo del Pleno Corporativo adoptado en sesión ordinaria celebrada el 26 de diciembre de 2013 1ª Revisión 2ª Revisión Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 29 de julio de 2015 0,55 1 de agosto 2014 al 31 de julio 2015 3ª Revisión Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 26 de octubre de 2015 0,54 1 de agosto 2015 al 31 de julio de 2016 4ª Revisión Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 09 de noviembre de 2016 0,53 1 de agosto 2016 al 31 de julio de 2017 10 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 45 COSTE UNITARIO APROBADO PERIODO APLICACIÓN 1 de agosto de 2013 al 31 de julio de 2014 0,56 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 5ª Revisión Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 2017 0,55 1 de agosto 2017 al 31 de julio de 2018 6ª Revisión Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 25 de marzo de 2019 0,56 (*) 1 de agosto 2018 al 31 de julio de 2019 (*) Actualmente vigente. CUARTO. D. Juan Vicente Ramírez Caballero, en calidad de responsable municipal del contrato, designado por Decreto de Alcaldía nº. 3.489/2014, de 23 de septiembre, una vez examinado los índices y ponderaciones aplicables en la fórmula de revisión de precios informa que el coste unitario revisado del contrato correspondiente para la octava anualidad de prestación del servicio [atendiendo a los datos de los coeficientes aplicables entre el periodo comprendido del mes de julio de 2012 (mes de adjudicación) al mes de julio de 2019 (mes de revisión)], con efectos del 01/08/2019 asciende a la cantidad de 0,56 €/m2 (sin IGIC). QUINTO. Consta en el expediente documento contable de existencia de crédito a favor de la adjudicataria del servicio, por montante igual a la cantidad de 620.000,00 € en el presupuesto del ejercicio 2019. De tal forma que el importe de compromiso de gasto que se derive de la ejecución del presente contrato, teniendo en cuenta la presente revisión de precios, se eleva a la cantidad de 259.919,00 € en el año 2019 y de 363.889,60 € en el año 2020. Con todos los antecedentes expuestos, la Técnica de Contratación que suscribe considera que la propuesta de revisión de precios informada por el responsable municipal del contrato es ajustada a los requisitos establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas y de Prescripciones Técnicas que rigen en la contratación, así como el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo, su aprobación por el Pleno Corporativo, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda y el artículo 110 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP); en aplicación de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y demás disposiciones legales y Reglamentarias vigentes Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 172.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, una vez sea evacuado el Informe de Fiscalización de la Intervención Municipal, la técnica que suscribe eleva al Pleno Corporativo, en calidad de órgano de contratación competente, la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: PRIMERO. Proceder a la revisión del coste unitario del CONTRATO DE GESTIÓN DE SERVICIO DE LIMPIEZA VIARIA aplicable en la octava y última anualidad de prestación del servicio, comprendido entre el periodo 1 de agosto de 2019 al 31 de julio de 2020, con efectos desde 01/08/2019; fijándolo en la cantidad de 0,56 €/m2/año (sin considerar IGIC). SEGUNDO. Comunicar el acuerdo adoptado a la entidad concesionaria del servicio UTE VILLA DE INGENIO, a la Intervención y a la Tesorería Municipal, así como al responsable municipal del contrato para su conocimiento y efecto procedentes.” Visto que se ha incorporado al expediente el informe del expediente emitido el día 15 de noviembre último por la Interventora Municipal y que dicha funcionaria resuelve en este mismo acto las dudas planteadas por los concejales presentes en cuanto al procedimiento. 11 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice es curioso que estamos en presencia de la octava anualidad y, resulta, que la mayor parte de las quejas de los vecinos viene precisamente por la limpieza de las calles y viales. Que hay que hacer un seguimiento más estricto de este contrato. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos, manifiesta que como vienen haciendo con anteriores anualidades, votarán a favor. Que la revisión de precios es una ecuación matemática, y que cuando tenga lugar la nueva contratación del servicio se podrá implementar nuevas medidas. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, manifiesta que votarán a favor, y que este contrato ya viene viciado desde su inicio. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.4.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DEL REPRESENTANTE MUNICIPAL PARA LA ELECCIÓN DE LOS CONSEJERO/A/S REPRESENTANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN EL CONSEJO INSULAR DE AGUAS DE GRAN CANARIA (EXPTE.: 4665/2019). La Sra. Alcaldesa cede la palabra al Sr. Secretario General para dar lectura a la propuesta que ha emitido el día 14 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración el día 19 de noviembre, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Habiéndose recibido escrito del Gerente del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria con fecha 4 de noviembre de 2019, en el que se solicita de este Ayuntamiento, que a la mayor brevedad posible se nombre un representante de esta Institución para la elección de los Consejeros representantes de los Ayuntamientos en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, es por lo que se propone al Pleno Corporativo el nombramiento de la Concejala doña Catalina Sánchez Ramírez para representar a este Ayuntamiento en el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, y en supuestos de sustitución a la Concejala doña Victoria Eugenia Santana Artiles.” Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por trece votos a favor [(grupo municipal Socialista, grupo municipal Agrupa Sureste, y subgrupos mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio; Unidas Podemos-Izquierda Unida, y Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria), y siete abstenciones [(grupo municipal Fórum Drago y grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.5.- PROPUESTA DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS DE INGENIO Y CARRIZAL INCAE (EXPTE. 8910/2019). La Concejala Delegada de Comercio, Doña Catalina María Carmen Sánchez Ramírez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 19 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “VISTO que, la Asociación de empresarios de Ingenio y Carrizal INCAE, actualmente es la única asociación de empresarios en funcionamiento en el Municipio, habiendo participado en las campañas de dinamización llevadas a cabo en el mismo. 12 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio VISTO que, en los pasados ejercicios 2016,2017 y 2018 ya se han llevado a cabo los Mercados de navidad de Ingenio con bastante afluencia de turistas, siendo este año la IV Edición y favoreciendo el sector comercial y el asociacionismo. VISTO que, en el Municipio existe una gran variedad de productos y servicios, y que se intenta fomentar que la ciudadanía realice sus compras navideñas en las zonas comerciales abiertas de Ingenio y Carrizal en lugar de hacerlas en centros comerciales, aprovechándose así de un entorno agradable y cercano, recibiendo una atención personalizada y adecuada a sus necesidades, lo que supone un valor añadido cara a este periodo de compras, evitando además desplazamientos innecesarios. VISTO que, los mercados de navidad suponen un beneficio tanto para los vecinos/as que reciben una atención personal, con garantía, calidad y confianza en el servicio que están recibiendo, como para toda la actividad económica de Ingenio, ya que es activa y dinamiza el entorno socioeconómico incrementando las ventas. VISTO que, es de interés público continuar con dicha labor comenzada hace algunos años y que la Asociación de empresarios de Ingenio y Carrizal INCAE, es la única asociación de empresarios en funcionamiento en nuestro Municipio, está interesada en la organización de dicho evento. SE PROPONE al Pleno Corporativo, la adopción del siguiente acuerdo: Aprobar la concesión directa de una subvención a favor de la ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS INCAE, con CIF G76254937, por importe de 8.000,00 (ocho mil euros), destinados a la dinamización del sector comercial.” Visto que obra en el expediente la solicitud formulada por la Asociación INCAE y el Proyecto de Actividades objeto de la subvención, documentos de los que los Portavoces de los Grupos Políticos solicitan copia antes de la celebración de la sesión del Pleno Ordinario. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 3.6.- PROPUESTA DE RECONOCIMIENTO DE COMPATIBILIDAD PARA ACTIVIDAD PRIVADA SOLICITADA POR EL EMPLEADO MUNICIPAL D. DAVID ZURITA SÁNCHEZ (EXPTE: 8880/2019). La Concejala Delegada de Recursos Humanos, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 18 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Vista la instancia presentada por D. DAVID ZURITA SANCHEZ, registrada con el número 2019/11717, de fecha 11/11/2019, mediante la que solicita reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividad privada. Visto que presta servicios en este Ayuntamiento como Técnico de sonido e imagen, jornada parcial de 20 horas semanales, y visto el informe del Área de Recursos Humanos que obra en el expediente, se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: Primero. Reconocer la compatibilidad solicitada por D. DAVID ZURITA SANCHEZ, para el ejercicio de actividad privada como por cuenta propia de montaje de servicios audiovisuales, en jornada imprecisa al estar sometida a contratos puntuales de eventos. 13 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Segundo. Adaptar el complemento específico al 30 por 100 de sus retribuciones básicas, límite máximo establecido por el artículo 16.4 de la Ley 53/1984, de incompatibilidades. Tercero. Este reconocimiento quedará automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público y está condicionado al estricto cumplimiento de la jornada y el horario en su puesto de trabajo en este Ayuntamiento. Cuarto. Advertir al/la interesado/a sobre el deber de observar las siguientes obligaciones:  No se podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde está destinado. Se exceptúan de esta prohibición las actividades particulares que, en ejercicio de un derecho legalmente reconocido, realicen para sí los directamente interesados.  No se podrá ejercer actividad privada que pueda comprometer la imparcialidad o independencia del personal de que se trate, impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.  No se podrá ejercer actividad privada, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público. En especial es incompatible la actividad profesional prestada a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público.  Es incompatible la pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el interesado.  Es incompatible el desempeño, por sí o persona interpuesta, de cargos de todo orden en empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.  Es incompatible contar con participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.  No se podrá ejercer actividad privada que requiera la presencia efectiva del/la interesado/a durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas, salvo cuando la actividad pública sea a tiempo parcial.  No se podrá reconocer compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiera autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, salvo en el caso de que la jornada semanal de ambas actividades en su conjunto sea inferior a cuarenta horas.  La jornada de trabajo y horario del/la interesado/a no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.  No podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional. 14 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio  El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos.” Visto que obra en el expediente el informe favorable emitido el día 18/11/2019, al respecto de la solicitud de reconocimiento de compatibilidad, por el jefe del Área de Recursos Humanos. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, manifiesta que se reafirma en lo que siempre comenta respecto a estos asuntos en plenos anteriores. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, dice hay que hacer un mayor seguimiento de las situaciones del personal municipal, así como de las superiores categorías. Sometida a votación la trascrita propuesta, acuerdan, por quince votos a favor [(Grupo municipal Socialista, Grupo municipal Agrupa Sureste, Grupo Municipal Fórum Drago y Subgrupos Mixtos Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidas Podemos- Izquierda Unida; y cinco abstenciones [(Grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y Subgrupo municipal Coalición Canaria - Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS. 4.1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN PRACTICANDO LAS SIGUIENTES OPERACIONES: INSCRIPCIÓN DE TROZO DEL CAMINO CONOCIDO COMO DE LA YEGUA, TROZO DE PARCELA DESTINADA A VIALES EN LAS CALLES TENDERETE Y ARADO, Y PLAZOLETA EN LA CALLE FRAY TOMÁS MORALES; INSCRIPCIÓN DE MUEBLE; E INSCRIPCIÓN DE DERECHOS SOBRE INFRAESTRUCTURAS HIDRÁULICAS PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (EXPTE. 8450/2019). La Concejala Delegada de Urbanismo, doña Victoria Eugenia Santana Artiles, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 14 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “(…) ANTECEDENTES de HECHO: Primero. - Con fecha de 29 de octubre de 2019 se suscribe acta de ocupación y pago del justiprecio en procedimiento expropiatorio promovido por ministerio de la Ley, por la mercantil PROOMOCIONES JUAN Y ME, S.L de parcela dotacional viario (tramos calles Tenderete y Arado) en este término municipal. Dicho documento tiene causa en acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 27 de septiembre de 2019, que entre otros, acordó estimar la petición de la mercantil “PROOMOCIONES JUAN Y ME, S.L”, de reconocimiento de la obligación y pago de la cantidad de doscientos cuarenta y seis mil trescientos euros con setenta y cinco céntimos de euro (246.300,75 euros) por el reconocido concepto. Consta en el expediente el pago de parte de la cantidad señalada. La parcela de referencia tiene una superficie de 640,75 metros cuadrados de los que 243,33 metros cuadrados se corresponden a la calle Tenderete y 308,46 metros cuadrados a la conocida como calle Arado. El perímetro de la misma se halla definido por sus coordenadas UTM con constan en informe Acta de Ocupación y Pago de fecha 29 de octubre del presente. 15 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Segundo. - Con fecha de 26 de octubre de 2018, la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria adoptó, entre otros, el acuerdo de adquisición onerosa de parcela ocupada con infraestructura pública en la intersección de las calles Avenida de los artesanos y Fray Tomás Morales. El señalado acuerdo trae causa en acuerdo de la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento de 23 de abril de 2003. En éste la Ilustre institución asumió la obligación que sigue: “El Ayuntamiento de Ingenio por su parte se compromete a su vez a transmitir a dicha entidad una parcela de 100 metros cuadrados, situado dentro del SUSNO-R4 “Cuesta Caballero”, y dispondrá una vez se le adjudiquen al Ayuntamiento las parcelas que se deriven del desarrollo del sector”. La imposibilidad legal de cumplir la señalada obligación conllevó la resolución administrativa arriba señalada. Tal como señala el referido acuerdo la parcela de referencia responde a la siguiente descripción: “Solar LOCALIZACIÓN. AVENIDA DE LOS ARTESANOS, Número: SN, C.P: 0, Denominación/ Paraje: EL CALVARIO. SUPERFICIE: Terreno: ciento sesenta y ocho metros, setenta y cinco decímetros cuadrados. LINDEROS: Norte, Avenida de los Artesanos; Sur, calle Fray Tomás Morales; Este, calle Fray Tomás Morales; Oeste, resto de la finca matriz. DESCRIPCIÓN DE LA FINCA: Porción de terreno urbano, con destino a vial público, sito donde llaman El Calvario, pago de Carrizal, término municipal de Ingenio, en las calles Avenida de los Artesanos y calle Fray Tomas Morales, sin número de gobierno”. Tercero. - El conocido como Camino de Yegua o de Yeguas tal como señala el informe de la Policía Local de fecha 26 de enero de 2018, en de naturaleza pública. El mismo está catastrado a nombre de este Ayuntamiento a la referencia 35012A002090350000YP. Tal como señala el informe técnico de fecha 2 de septiembre de 2019, este camino, en el tramo enclavado en la finca registral en Ingenio al número 2170, se describe por sus coordenadas UTM, según sistema de referencia REGCAN 95 como sigue: 459884.06 3090078.42; 459880.87 3090080.31; 459876.79 3090081.98; 459874.50 3090082.84; 459868.85 3090081.47; 459860.23 3090079.89; 459851.62 3090078.58; 459842.94 3090077.34; 459825.78 3090074.59; 459808.96 3090070.67; 459792.92 3090067.04; 459784.82 3090064.02; 459768.43 3090057.81; 459760.26 3090054.67; 459749.58 3090050.91; 459739.56 3090044.74; 459728.88 3090037.84; 459726.45 3090036.80; 459714.71 3090036.77; 459708.54 3090038.07; 459697.05 3090035.56; 459683.05 3090032.15; 459666.69 3090028.35; 459652.30 3090024.47; 459638.15 3090020.76; 459633.47 3090019.41; 459623.99 3090014.53; 459612.95 3090008.64; 459610.37 3090006.79; 459600.61 3090004.08; 459583.12 3090003.78; 459571.94 3090004.91; 459563.57 3090006.23; 459557.16 3090007.28; 459548.10 3090010.48; 459548.10 3090010.48; 459534.29 3090013.41; 459523.83 3090015.96; 459512.49 3090019.61; 459501.14 3090021.20; 459489.61 3090022.67; 459484.18 3090023.09; 459478.08 3090021.88; 459466.24 3090019.03; 459460.23 3090018.23; 459451.13 3090018.75; 459443.03 3090018.79; 459433.33 3090019.84; 459425.59 3090021.28; 459413.43 3090024.76; 459406.85 3090026.95; 459396.72 3090029.08; 459385.77 3090030.79; 459372.09 3090033.23; 459352.02 3090036.42; 459337.19 3090038.81; 459322.90 3090042.59; 459311.40 3090046.02; 459300.13 3090050.24; 459290.85 3090053.52; 459281.61 3090056.37; 459268.21 3090059.40; 459251.43 3090061.38; 459235.53 3090063.50; 459223.30 3090065.09; 459208.79 3090066.88; 459196.83 3090067.76; 459185.70 3090067.71; 459183.56 3090067.43; 459185.12 3090064.39; 459185.96 3090062.76; 459192.93 3090063.26; 459202.78 3090062.88; 459214.92 3090061.34; 459228.28 3090059.57; 459241.69 3090057.92; 459257.52 3090056.07; 459271.06 3090054.61; 459283.02 3090051.77; 459292.04 3090048.97; 459303.38 3090044.52; 459314.95 3090040.39; 459329.17 3090036.94; 459343.53 3090034.06; 459356.18 3090031.94; 459364.55 3090030.67; 459379.11 3090028.53; 459391.93 3090026.47; 459396.68 3090025.15; 459404.39 3090022.77; 459414.85 3090021.14; 459424.14 3090018.03; 459433.75 3090016.52; 459441.90 3090015.15; 459451.01 3090014.84; 459460.32 3090015.05; 16 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 459467.32 3090015.39; 459477.24 3090017.99; 459486.65 3090019.37; 459495.65 3090018.63; 459503.10 3090018.09; 459512.56 3090015.86; 459522.89 3090012.59; 459533.43 3090010.02; 459544.36 3090007.14; 459547.46 3090006.67; 459555.69 3090004.37; 459563.40 3090003.00; 459570.95 3090001.82; 459583.09 3090001.06; 459587.20 3090000.71; 459596.60 3090000.64; 459603.85 3090001.22; 459606.52 3090001.84; 459612.88 3090004.95; 459619.80 3090008.96; 459625.63 3090012.12; 459630.80 3090014.59; 459637.56 3090017.17; 459645.24 3090019.41; 459653.05 3090021.54; 459660.76 3090023.57; 459668.75 3090025.61; 459674.64 3090026.80; 459677.19 3090027.50; 459686.08 3090029.49; 459695.09 3090031.73; 459702.12 3090033.15; 459710.07 3090033.61; 459715.22 3090033.46; 459720.34 3090032.99; 459721.75 3090033.14; 459723.66 3090033.23; 459729.03 3090034.19; 459734.74 3090037.98; 459738.13 3090040.46; 459745.48 3090044.95; 459751.69 3090048.12; 459758.76 3090051.06; 459765.31 3090053.64; 459772.11 3090056.22; 459776.94 3090057.99; 459786.86 3090061.69; 459794.51 3090064.10; 459804.32 3090066.73; 459812.96 3090068.70; 459823.84 3090071.16; 459833.60 3090073.07; 459840.22 3090074.06; 459843.78 3090074.44; 459854.40 3090075.84; 459863.56 3090077.24; 459874.02 3090077.91; 459874.06 3090077.89; 459876.65 3090078.03; 459879.45 3090078.18; 459883.13 3090078.38; 459884.06 3090078.42; 459884.06 3090078.42; Cuarto. - Consta la tramitación por el Departamento de Parque Móvil de este Ayuntamiento expedientes que consideran el artículo 66 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículo a Motor y Seguridad Vial. Este señala que la circulación de vehículos está sujeta a que estos obtengan previamente la correspondiente autorización administrativa, dirigidas a verificar que estén en perfecto estado de funcionamiento y se ajusten a las prescripciones técnicas que se fijen reglamentariamente. Estas prohíben la circulación de vehículos que no estén dotados de la citada autorización. Todo ello conlleva considerar que los vehículos que se relacionan a continuación, como así señalan los informes técnicos de fechas 28 de septiembre de 2018, y de 1 de octubre del mismo año respectivamente varios vehículos a motor, “(…) no poseen las condiciones técnicas necesarias para continuar circulando”. Estos responden a las siguientes señas: Marca-Modelo Matrícula Resolución (Decreto) Nissan-Almera GC8187BY 5382/2018, de 1 de octubre Seat-Terra 5075AP 5381/2018, de 1 de octubre Jeep-Cherokee GC8491BB 5521/2018, de 3 de octubre Quinto. - El Ilustre Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ha autorizado a esta Entidad Local el uso de varios inmuebles ubicados en este término municipio (Resolución de la Ilustre institución número 8361/2009, de 22 de abril). Los mismos responden a la denominación de Pozo Oronado, Pozo Guayadeque, y Pozo Caraballo. Todos catastrados al polígono 3 de este término municipal, al número de parcela 112, 222 y 31 respectivamente. El Resuelvo primero de la resolución de la Ilustre institución expresa lo que sigue: “Primero.- Ceder el uso al Ilustre Ayuntamiento de la villa de Ingenio de los pozos situados en dicho municipio (“Oronado”, “Adeje” y “Caraballo”) y propiedad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, adscritos a Emalsa por acuerdo de Pleno de fecha 30.071992, para hacer uso del espacio de dominio público de dichas infraestructuras hidráulicas para la realización de varios proyectos, siempre que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no decida darle otra finalidad, en cuyo caso la cesionaria se compromete a su entrega inmediata al Ayuntamiento, sin derecho a indemnización alguna. La cesión de uso tiene carácter finalista, y, en consecuencia, el deberá destinarse al cumplimiento de los fines que motivaron la cesión, sin que pueda destinase a ningún otro, ni se cedido a terceros o autorizarse el uso por cualquier persona o entidad. Corresponde al Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, a través de los servicios municipales que sean competentes, la vigilancia, protección jurídica, defensa, administración, conservación, mantenimiento y demás actuaciones que requiera el correcto uso y utilización del espacio cuyo uso se autoriza”. 17 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Las señaladas infraestructuras hidráulicas responden a la siguiente descripción: 1º A-714: Denominación: COMUNIDAD GUAYADEQUE. POZO DEL ORONADO – INGENIO. - Referencia catastral: Polígono 3, parcela 112. Superficie estimada: 9.450 m2. 1º A-712: Denominación: COMUNIDAD GUAYADQUE. POZO DE GUAYADEQUE (O DE ADEJE) – INGENIO. - Referencia catastral: Polígono 3, parcela 222 (parte) Superficie estimada, una vez descontada la parte no municipal: 8.804 m2. 1º A-711: Denominación: COMUNIDAD GUAYADEQUE. POZO DE CARABALLO-INGENIO. - Referencia catastral: Polígono 3, parcelas 31 (parte), 32 (parte) y 33. Diseminado: 0016001DS0058H. Urbana: 5882207DS0058H. Superficie estimada, una vez descontada la parte no municipal: 10.900 m2. Mediante resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento de referencia 5412/2018, de 2 de octubre se resolvió lo que sigue: “Aceptar formalmente los derechos conferidos sobre los bienes inmuebles relacionados en el antecedente primero, titularidad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, mediante las resoluciones de esa Administración número 8.361/2009, de 21 de abril, 24.036/2017, de 21 de julio y 28.212/2018 de 20 de julio, en los términos allí expresados”. Sexto. - Con fecha de 31 de octubre la Oficina Técnica Municipal remite nota de régimen interno al Departamento de Patrimonio en la que solicita la regularización en el Inventario General de Bienes de un bien mueble descrito como “Plotter HP Designjet 1050C Plus”. Este tiene la siguiente descripción: Objeto: Plotter HP Designjet 1050 C PLUS; Modelo: C6074A; Destino: Oficina Técnica Municipal. Asimismo, el referido objeto ha sido propuesto como baja por “falta de repuesto por descatalogación y obsolescencia”. Séptimo. - Mediante resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento número 7247, de 14 de noviembre de 2019 se ordena al departamento de Patrimonio la tramitación del expediente administrativo tendente a rectificar el Inventario General de Bienes de esta Corporación, realizando las operaciones necesarias tendentes a la inscripción de los inmuebles y mueble arriba expresados, así, como dar de baja los bienes señalados. Octavo. - Consta en el expediente informe del Departamento de Patrimonio, de fecha 14 de noviembre de 2019, que expresa la legalidad del proceso seguido y señala el órgano que debe adoptar el acuerdo propuesto. ANTECEDENTES DE DERECHO PRIMERO. - Según establece el apartado primero, del artículo 33, del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales la rectificación del inventario se verificará anualmente, y en ella se reflejarán las vicisitudes de toda índole de los bienes y derechos durante esa etapa. El artículo 34 del mismo cuerpo legal, recoge que “el Pleno de la Corporación local será el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación”. 18 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SEGUNDO. -Sobre la rectificación del Inventario Municipal, que del tenor literal del ya referido precepto, del señalado Reglamento, refiere su carácter anual, decir que el mismo no prohíbe rectificaciones puntuales durante el ejercicio anual, cuando el actuar administrativo lo precise. Si se hiciera una interpretación rígida de tal precepto, la actuación administrativa podría entrar en una demora que contradeciría la obligación de toda administración pública de impulsar de oficio la instrucción de expedientes, una vez iniciados estos, como así establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre. TERCERO. - Tal como recoge el apartado uno, del artículo 32 del referido Reglamento de Bienes es deber de esta Entidad remitir a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma las rectificaciones aprobadas. En virtud de lo expuesto y de las atribuciones conferidas por la Alcaldía de este Ayuntamiento mediante decreto referenciado 4258/2019, de 18 de junio, esta Concejalía estima procedente remitir al Pleno Corporativo la siguiente, PROPUESTA: PRIMERO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, inscribiendo al número de orden 535 y 536, del epígrafe 1º Inmuebles, los bienes que se describe a continuación: Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: Jardines y zonas verdes, nº de orden: 535. Nombre de la finca: Plazoleta en la calle Fray Tomás Morales. Situación: Intersección de las calles Avenida de los Artesanos y Fray Tomás Morales. Calificación urbanística: Suelo urbano consolidado, calificado de vial público. Referencia catastral: 9176817DS5897N. Linderos: Norte, Avenida de los Artesanos; Sur, calle Fray Tomás Morales; Este, calle, Fray Tomas Morales, hoy rotonda del Toril; Oeste, resto de la finca matriz, de “Barba Marrero, S.L.”. Superficie: 168,00 metros cuadrados (s.s.) Cargas y gravámenes: no constan. Naturaleza del dominio: uso público. Valor: 37.079,28 euros Título: Compraventa a particular. Observaciones: Originalmente fue suscrito acuerdo de permuta con la mercantil Barba Marrero, S.L. con fecha de 24 de abril de 2003, aprobado por la Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 29 del mismo mes y año, la adquisición del citado trozo de terreno. El Ayuntamiento se obligaba a entregar una parcela de 100 metros cuadrados en el SUSNO-R4 Cuesta Caballero. La imposibilidad legal de cumplir con esta obligación llevo a la tramitación de expediente de compra-venta. Adquirido a: Carmelo Jesús Marrero Ojeda, con DNI Órgano que aprobó la adquisición y fecha: Junta de Gobierno Local. Acuerdo de fecha 26 de octubre de 2018. Inventario General de Bienes: Epígrafe: 1º inmuebles, al Tomo I, grupo: Terreno, nº de orden: 536. Nombre de la finca: Trozo de terreno destinado a vial en las calles Tenderete y Arado. Situación: Calles Tenderete y Arado, Ingenio. Calificación urbanística: Suelo urbano consolidado, calificado de vial público. Referencia catastral: Linderos: Norte, Edifica, Promueve y Gestiona, S.L.; edificio de varios, entre otros, Andrés Lorenzo Quintana Lemaur; calle Arado; trozo de terreno de Juan Romero Nuez; 19 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio edificio de varios, entre otros, Segundo Sánchez Rodríguez; edificio de varios, entre otros, Rita Beatriz Giménez Ojeda; Sur, Proyectos Carrizal, S.L., calle Tenderete, Ayuntamiento de Ingenio en plaza de Adolfo Suárez; Este, Calle Ramón y Cajal, Juan Romero Nuez; Oeste, punto vértice en parcela de Proyectos Carrizal, S.L., y edificio de varios entre otros, Andrés Lorenzo Quintana Lemaur. Superficie: 640,74 metros cuadrados (s.s.) Cargas y gravámenes: no constan. Naturaleza del dominio: uso público. Valor: 246.300,75 euros. Título: Expropiación por ministerio de la Ley. Observaciones: Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Telde Dos, hoy Santa Lucia de Tirajana, al folio 83, del tomo 1730 del Archivo General, Libro 179 del Ayuntamiento de Ingenio, al número de finca en Ingenio 10.963. En el Acta de Ocupación y Pago del Justiprecio de fecha 29 de octubre de 2019, se describe gráficamente la misma por sus coordenadas UTM, según sistema de referencia REGCAN 95 como sigue: x y x Y 1 456313.77 3088165.78 15 456224.56 3088160.72 2 456287.93 3088161.29 16 456261.27 3088166.73 3 456217.93 3088159.14 17 456263.35 3088168.92 4 456217.93 3088159.14 18 456263.45 3088176.63 5 456217.93 3088159.14 19 456275.01 3088174.37 6 456217.93 3088159.14 20 456275.01 3088169.74 7 456217.93 3088159.14 21 456276.47 3088167.64 8 456217.93 3088159.14 22 456276.61 3088167.55 9 456217.93 3088159.14 23 456281.16 3088168.09 10 456217.93 3088159.14 24 456290.50 3088169.30 11 456217.93 3088159.14 25 456296.89 3088171.17 12 456217.93 3088159.14 26 456306.22 3088173.21 13 456217.93 3088159.14 27 456313.78 3088174.45 14 456217.93 3088159.14 28 456313.77 3088165.78 Adquirido a: Promociones Juan y MG, S.L. con CIF B35414556. Órgano que aprobó la adquisición y fecha: Junta de Gobierno Local. Acuerdo de fecha 27 de septiembre de 2019. SEGUNDO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, inscribiendo al número de orden 610, del epígrafe 1º Inmuebles, apartado viales, la vía que se describe a continuación: Nombre de la vía: Trozo de Camino de la Yegua. Longitud: 716 metros. Ancho: 3 metros. Superficie: 2.552 metros cuadrados. Equipamientos: Valoración: 7.656,000 euros. Observaciones: se halla enclavado en la finca registral en Ingenio al número 2170. Su descripción gráfica georreferenciada por sus coordenadas UTM, según sistema de referencia REGCAN 95, es como expresa el informe técnico de fecha 2 de septiembre de 2019, en expediente e.p. 1561/2019, tal como señala el antecedente tercero de esta propuesta. 20 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio TERCERO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, inscribiendo al número de orden 2516, del epígrafe 7º Muebles, el bien mueble que se describe a continuación: Objeto: Plotter HP Designjet 1050C PLUS. Modelo: C6074A. Nº de serie: ESA9922304. Valor: 6.863,00 euros. Concejalía: Urbanismo y Desarrollo Estratégico. Departamento: Oficina Técnica Municipal. CUARTO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, inscribiendo las autorizaciones de uso de los bienes inmuebles descritos en el antecedente cuarto, al epígrafe 2º, Derechos Reales, con los siguientes números de orden y referencias catastrales, y aquellos datos obrantes en el antecedente quinto susceptible de causar inscripción: Número de orden Referencia catastral Descripción 63 35012A002001120000YM Pozo Oronado 64 35012A003002220000YD Pozo Adeje 65 35012A003000310000YD Pozo Caraballo QUINTO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, dando de baja el bien mueble inscrito al número de orden 2516, del epígrafe 7º INMUEBLES, descrito como Plotter HP Designjet 1050C Plus. SEXTO. - Rectificar el INVENTARIO GENERAL DE BIENES DE ESTA CORPORACIÓN, dando de baja los vehículos inscritos a los números de orden 76, 78, y 98, del epígrafe 3º VEHÍCULOS, cuya descripción es la que sigue: Nº de Orden Marca-Modelo Matrícula 76 Seat-Terra 5075AP 78 Jeep-Cherokee GC8491BB 98 Nissan-Almera GC8187BY SÉPTIMO. - Dar cuenta de las modificaciones aprobadas a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias y a la Viceconsejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias.” Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.2.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA PROPUESTA PARA LA CELEBRACIÓN DEL DIA DE LA JUVENTUD DE LA VILLA DE INGENIO (EXPTE. 8812/2019). La Concejala Delegada de Juventud, doña María Pilar Arbelo Ruano, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 14 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Un día para las jóvenes y los jóvenes. Actualmente, existen en Ingenio aproximadamente 6000 jóvenes entre chicas y chicos de 14 a 30 años de edad. 21 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El Día de la Juventud Villa de Ingenio se propone como una celebración anual que busca como objetivo promover el papel de los jóvenes como socios esenciales en los procesos de cambio y generar un espacio para crear conciencia sobre los desafíos y problemas a los que estos se enfrentan en nuestro territorio. El encuentro tiene como finalidad el apoyo al diálogo con organizaciones juveniles, para trabajar conjuntamente desafíos, oportunidades y estrategias comunes que tanto los jóvenes, como las organizaciones a las que pertenecen, deberán afrontar de cara al futuro. Los resultados extraídos de este encuentro se incorporarán en un análisis Municipal, en el que la población Ingeniense tiene mucho que aportar. Un día que nos invita a estar más cerca como Institución de nuestros jóvenes para dar información de interés juvenil. La finalidad de esta propuesta Institucional es la celebración de un día para la Juventud y que esta se perpetúe en los años venideros, SE PROPONE AL PLENO CORPORATIVO fijar el último sábado del mes de noviembre de cada año, como DÍA DE LA JUVENTUD DE LA VILLA DE INGENIO.” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que los jóvenes están pidiendo paso y que les hagamos partícipes de las decisiones políticas. Hay que hacer esfuerzos para conseguir que la juventud pueda ser partícipes de las decisiones que se adopten en los Plenos. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos, manifiesta que este punto es necesario y felicita a la concejala, y que es bueno que a partir de ahora haya un día de la juventud. Que también la felicita por haber sacado un concurso público para gestionar este evento. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, se pronuncia en el mismo sentido que el resto de los concejales. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 4.3.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN ABSENTISMO ESCOLAR. (EXPTE. 8198/2019). La Concejala Delegada de Servicios Sociales, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 14 de noviembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “ANTECEDENTES DE HECHO 1. El Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales cristaliza la cooperación económica y técnica entre administraciones públicas para financiar conjuntamente una red de atención de servicios sociales municipales, apoyando así a éstas para el desarrollo de las competencias que le son atribuidas por la Ley de Bases de Régimen Local y la Ley de Servicios Sociales. 2. En lo que respecta a la Intervención Social en el Ámbito Escolar, ésta se encuentra enmarcada en el programa del Centro Municipal de Servicios Sociales, financiado a través del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales, desarrollándose actualmente por dos Trabajadoras Sociales, que desempeñan su labor de forma coordinada con distintos profesionales de centros educativos, Policía Local, Centro de Salud y otros 22 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio recursos municipales, etc. Por lo que se requiere la formalización de un protocolo para favorecer esta intervención, facilitando la visibilización del proceso de intervención. 3. Cabe destacar, que este protocolo ha sido remitido en el ejercicio 2019 a profesionales de los distintos centros educativos, a las profesionales vinculadas con esta materia del Departamento de Servicios Sociales, a la Trabajadora Social del Centro de Salud, y a la Policía Local, al objeto de que realizaran las aportaciones que estimasen oportunas. 4. Se ha emitido por el Dpto. de Servicios Sociales informe justificativo favorable de fecha 25/10/2019. 5. Obra en el expediente 8198/2019 informe jurídico favorable. FUNDAMENTOS JURÍDICOS  En virtud del artículo 50 de la Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias, se establece como una competencia propia de los municipios, entre otros, el “Crear, organizar y gestionar los servicios sociales de atención primaria y comunitaria previstos en dicha ley y su normativa de desarrollo”. Asimismo, dentro del dicho artículo se contempla entre las funciones de las Administraciones Locales, el “Ejercer la potestad reglamentaria para la organización y prestación de los servicios propios, en los términos previstos en la normativa vigente”. Por su parte, el artículo 26 de la Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias establece como entre las funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, las siguientes “(…)b) La puesta en marcha de actuaciones de carácter preventivo y terapéutico tendentes a propiciar el desarrollo, la inclusión social de la población y la disminución de las situaciones de vulnerabilidad social, c) El diseño y desarrollo de intervenciones de promoción de la autonomía, la calidad de vida y el bienestar social de la población de referencia en su ámbito de competencia. (…) m) La coordinación con el ámbito educativo para facilitar una atención integral a las personas menores de edad. (…) t) El desarrollo de actuaciones de prevención y reinserción social en materia de menores, así como de aquellas otras dirigidas a la preservación o reunificación familiar (…)”.  El artículo primero, punto octavo, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local mediante el que se modifica el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la disposición adicional segunda, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establecen que las Corporaciones de este ámbito cooperarán con las Administraciones educativas, entre otras cosas, en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria.  La Ley 1/1997 de 7 de febrero, de atención integral a los menores, en el artículo 46, sub-apartado 2.b ., establece como una de las causas en las que se considerará que un menor se encuentra en situación de desamparo “Cuando no asista de forma reiterada y sin justificación al centro escolar donde se halla matriculado, debido a la conducta negligente de los padres, tutores o guardadores, o se aprecie la ausencia de escolarización del menor, estando en edad para ello”. Por su parte, la modificación del Sistema de Protección de la Infancia y Adolescencia de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, que establece una nueva redacción del artículo 18 de la Ley Orgánica de Protección del Menor, determina como circunstancias que pueden provocar el desamparo del menor, entre otras: “La ausencia de escolarización o falta de asistencia reiterada y no justificada adecuadamente al centro educativo y la permisividad continuada o la inducción al absentismo escolar durante las etapas de escolarización obligatoria”.  La disposición adicional decimoquinta, apartado 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que “las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos e instrumentos para favorecer y estimular la gestión conjunta con las Administraciones locales y la colaboración entre centros educativos y Administraciones Públicas”. 23 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio En virtud de todo lo anterior, se estima procedente presentar ante el Pleno Municipal la siguiente: PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO: Aprobar en todos sus términos el Protocolo de Prevención y Actuación en Absentismo Escolar. SEGUNDO: Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma de cuantos documentos sean necesarios para su ejecución y para posteriores modificaciones si fueran necesarias.” A continuación, se transcribe el documento denominado “Protocolo de Prevención y Actuación en Absentismo Escolar”, que figura en el expediente que se somete a dictamen de la Comisión: “PRÓLOGO El absentismo, definido por la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria como la “reiterada ausencia temporal injustificada, no permanente ni definitiva, del alumnado al centro educativo en el que está escolarizado y que supone un riesgo para desarrollar satisfactoriamente los procesos de enseñanza y de aprendizaje”, es una de las manifestaciones más claras de las dificultades de integración en la vida escolar que presenta la infancia. Ese progresivo y reiterado alejamiento de la escuela, producirá un difícil y problemático acceso al trabajo, a la cultura y, en general para la formación del individuo y, consecuentemente, para su futura vida social y laboral. Este problema no se debe trabajar aisladamente, sino que ha de abordarse de forma global mediante el desarrollo de unos recursos que posibiliten al menor establecer unas relaciones socialmente satisfactorias. El tratamiento globalizado requiere una intervención interprofesional e interinstitucional, con el fin de superar la fragmentación de las intervenciones aisladas y la delegación de responsabilidades. En la práctica profesional se hace necesario incorporar junto a los recursos técnicos y materiales que colaboran con una correcta escolarización, una serie de trámites formales que dan identidad al problema y establecen distintas etapas en diversos organismos para su resolución. Esta coordinación en red se caracteriza por formalizar la colaboración que los/as profesionales establecen partiendo de la atención de cada caso en común, estableciendo referencias claras y compartidas que funcionen como elementos de regulación y mediación entre los servicios implicados. Todo ello en aras de mejorar y sistematizar los cauces de coordinación, y el trabajo en red entre todas las instituciones implicadas en el mismo objetivo, que no es otro que garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la educación del/lamenor objeto de intervención. El absentismo, constituye un problema educativo y social que está relacionado con causas de distinta índole: personales, familiares, escolares, sociales, etc. Ante tal problema, no son suficientes las respuestas parciales desde las distintas Administraciones, por lo que es necesario un abordaje integral de la situación del/la menor. A este respecto, el presente protocolo busca unificar criterios y establecer estructuras de coordinación y de trabajo en red, que posibiliten la concreción de actuaciones desde los ámbitos escolar y municipal. De esta forma, se pretende fomentar la implicación de todos los sectores de la comunidad, así como al resto de personas y entidades de la sociedad canaria con la responsabilidad en la protección de la infancia, a fin de promover la reducción del absentismo escolar. CONSIDERACIONES TÉCNICAS Independientemente de los diferentes enfoques, la infancia y juventud inmersa en procesos de absentismo escolar, sufre un grave menoscabo de su derecho a la educación. Ese derecho cuenta con un amplio desarrollo legislativo. A nivel nacional, el derecho a la educación para toda la ciudadanía queda legitimado por el artículo 27 de la Constitución Española. En este sentido, la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 y ratificada por España el 30 de noviembre de 1990, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Estado núm. 313, de 31 de diciembre de 1990, en su artículo 28.1, apartado e), determina que los gobiernos deberán adoptar medidas para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar. Además, a través de la ejecución de la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE), se establece la obligatoriedad de la enseñanza entre los 6 y 16 años. Esos planteamientos se han mantenido, e incluso reforzado, en la posterior Ley Orgánica de Educación de 2006, y en la Ley Orgánica 8/2013 para 24 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) en vigor. Esta última, señala explícitamente en sus artículos 3.3., y 4., la obligatoriedad de la educación primaria y la secundaria hasta los 16 años de edad. Un factor determinante que complica la prevención, detección, tratamiento e investigación sobre el absentismo escolar, reside en la división de competencias entre distintas entidades. La aplicación de la escolarización obligatoria incumbe, en primer término, y como se indicó en el párrafo anterior, a las Administraciones educativas, tanto de ámbito central como autonómico. A ello se debe sumar la acción de los gobiernos locales, a través de lo establecido en la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que regula en la actualidad, las competencias sobre la Administración Local en esta materia. Por otro lado, no hay que olvidar los compromisos derivados de la significativa normativa estatal y autonómica sobre protección del menor, en la que se especifica con mucha claridad la gravedad del absentismo, implicando, dado el caso, la intervención de los servicios de bienestar social. Finalmente, y en los casos especialmente complicados en que las medidas educativas y sociales no han tenido éxito, pueden llegar a intervenir los tribunales de justicia. En este sentido, el artículo 226 del vigente Código Penal, contempla dentro del delito de abandono de familia, el consentimiento por parte de los/as progenitores/as y/o tutores/as legales de la falta de asistencia a clase (Cruz, García y Grau, 2016). Asimismo y en base a la Ley 1/1997 de Atención Integral al Menor y la Familia, en su articulado 46, queda establecido como causa de desamparo: “Cuando no asista de forma reiterada y sin justificación al centro escolar donde se halla matriculado, debido a la conducta negligente de los padres, tutores o guardadores, o se aprecie la ausencia de escolarización del menor, estando en edad para ello”. Además la modificación del Sistema de Protección de la Infancia y Adolescencia de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, que establece una nueva redacción del artículo 18 de la Ley Orgánica de Protección del Menor, determina como circunstancias que pueden provocar el desamparo del menor, “La ausencia de escolarización o falta de asistencia reiterada y no justificada adecuadamente al centro educativo y la permisividad continuada o la inducción al absentismo escolar durante las etapas de escolarización obligatoria”. En cuanto a las Administraciones e Instituciones Públicas, y en concreto las Locales, el artículo primero, punto octavo, de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local mediante el que se modifica el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y la disposición adicional segunda, apartado 1, de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establecen que las Corporaciones de este ámbito cooperarán con las Administraciones educativas, entre otras cosas, en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria. En relación con lo anterior, según se determina en la disposición adicional decimoquinta, apartado 1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, “las Administraciones educativas podrán establecer procedimientos e instrumentos para favorecer y estimular la gestión conjunta con las Administraciones locales y la colaboración entre centros educativos y Administraciones Públicas”. Asimismo, el artículo 19 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores, presta atención al problema del absentismo escolar, señalando que “los responsables de los centros escolares, los consejos escolares y el personal educativo están obligados a colaborar con los servicios municipales competentes para garantizar la escolarización obligatoria (…)”. Respecto al DECRETO 174/2018, de 3 de diciembre, de aprobación del Reglamento por el que se regula la prevención, la intervención y el seguimiento del absentismo escolar y del abandono escolar temprano en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, contempla por un lado en su Artículo 14, la “colaboración específica con los municipios, con el objeto de garantizar la escolarización obligatoria y evitar situaciones de riesgos para los menores, los servicios sociales municipales deben tener cumplida información acerca de faltas de asistencia injustificadas de alumnado menor de edad matriculado en centros educativos localizados en el propio término municipal, así como en otros municipios”. Por otro lado, en el Artículo 9 sobre las actuaciones desde el ámbito de los municipios, y de acuerdo con lo previsto en la Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educación no Universitaria, las administraciones locales, en colaboración con el Gobierno de Canarias y las universidades canarias, establece que se aprobarán planes de actuación para reducir el absentismo escolar y mejorar las tasas de titulación del alumnado, reducir las tasas de abandono escolar temprano y mejorar los rendimientos escolares, en cuya elaboración se contará preceptivamente con el parecer del Consejo Escolar de Canarias. Asimismo se podrán suscribir convenios de colaboración con otras administraciones públicas e instituciones para impulsar el desarrollo, la investigación y la innovación, como la ejecución de actividades divulgativas o formativas, o bien la coordinación de actuaciones administrativas, todo ello al objeto de contribuir al cumplimiento de los fines del indicado Decreto. 25 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio PROCEDIMIENTO ¿QUÉ HACER CUANDO SE DETECTA UNA PROBLEMÁTICA DE ABSENTISMO ESCOLAR?: A. DESDE LOS CENTROS ESCOLARES: Es muy importante que siempre se priorice el diálogo entre el centro escolar y la familia o responsables legales, y se trabaje para mantener una buena coordinación en beneficio de el/la menor. A veces, en este nivel inicial de la problemática, el asunto se resuelve rápidamente con una entrevista entre el/la tutor/a, la familia o responsables legales, en la que se faciliten pautas para afrontar determinadas dificultades que presenta el/la menor y la unidad familiar. En ese espacio podrán exponer dudas, quejas o dificultades que puedan tener tanto con su hijo/a como con el centro educativo. En ocasiones, el/la tutor/a puede estimar que el/la menor y la familia precisan de la intervención de otros profesionales del ámbito de la educación, como pueden ser el orientador/a, el/la trabajador/a social de los equipos de orientación de zona, educador/a social u otros/as profesionales que pueden ofrecer otras alternativas a la dificultad detectada. En los casos en los que la familia muestra resistencia a las citas acordadas con el/la tutor/a, y el absentismo escolar de el/la menor se perpetúa, se procederá según las siguientes indicaciones:  Comunicación a los progenitores/as y/o tutores/as legales: Ante una situación de absentismo, el centro educativo deberá citar por la vía formal a los/as progenitores/as y/o responsables legales, remitiendo una carta con acuse de recibo a los/as mismos/, donde se expondrá la problemática de las faltas de asistencia. En esta misma notificación, se explicará que la inasistencia a la citación realizada en el centro escolar por parte de los/as progenitores/as y/o responsables legales a través de este medio, supondrá la notificación de absentismo escolar del/la menor a los Servicios Sociales Municipales para su posterior intervención. Para ello se adjunta un modelo de citación (ANEXO 1).  Notificación a los Servicios Sociales Municipales. Si el absentismo no se resuelve o persiste, el centro educativo deberá informar mediante derivación por escrito a los Servicios Sociales Municipales, donde se realizará el correspondiente registro de entrada para realizar los trámites pertinentes encaminados a garantizar la asistencia del alumnado al centro escolar. En el informe se deberán reflejar no sólo el absentismo que presenta el/la menor y las gestiones realizadas por el Centro, si no también, si se han observado otro tipo de indicadores de riesgo en dicho/a menor. Para ello se adjunta un modelo de derivación (ANEXO 2). B. DESDE OTROS RECURSOS: Cuando la problemática de absentismo sea detectada por otros recursos institucionales, estos deben ponerlo en conocimiento al Departamento de Servicios Sociales, y será posteriormente el/la Trabajador/a Social del Programa de Intervención Social en el Ámbito Escolar, quien contactará con el centro escolar de el/la menor para esclarecer la situación. En este sentido, el recurso que habitualmente más casos detecta es la Policía Local, dado que, en ocasiones, intercepta menores en la calle durante el horario escolar. En estas situaciones, los agentes de la Policía Local trasladarán a el/la menor a su centro escolar, contactan con sus familiares y/o representantes legales, y emitirán informe de la problemática observada que posteriormente debe ser remitido a los Servicios Sociales Municipales. PROCEDIMIENTO DE INTERVENCION DESDE LOS SERVICIOS SOCIALES: Una vez que se tenga constancia de un caso de absentismo escolar, desde la Concejalía de Servicios Sociales se llevarán a cabo las siguientes actuaciones: a) Envío de carta a los padres, madres y/o responsables legales en la que se les comunica la situación de absentismo del/la menor, citándoles a una entrevista. En dicho documento se detallará claramente el día, hora y lugar de la misma. En esta notificación se hará referencia a la legislación vigente que justifica la intervención municipal, informando de las repercusiones que comporta el incumplimiento de la escolaridad obligatoria. Se adjunta un modelo de citación (ANEXO 3). 26 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio b) La entrevista se realizará en las dependencias municipales o en los centros educativos si así se valora, con la presencia de los miembros de la familia citados, con asistencia o no del menor absentista y el/la Trabajadora Social. Además, excepcionalmente, se podrá contar en dicha entrevista con la presencia del equipo directivo del centro escolar, el/la asesor/a jurídico/a, la Policía Local, o cualquier profesional implicado, si se estimase conveniente. En la entrevista se informará a la familia de las repercusiones que tiene la situación de absentismo del/la menor en el ámbito legal y educativo, invitándoles a que expongan las causas que la motivan. De todo ello se tomará nota para que quede recogido en una comparecencia escrita que deberá firmar el/la compareciente, el/la Trabajadora Social y los/as profesionales que estén presentes. Si la entrevista se ha realizado en las dependencias del centro educativo, al finalizar ésta, será requerido el Director/a o Jefe/a de Estudios para acordar las condiciones de reincorporación de el/la menor y las fórmulas de comunicación, en lo sucesivo, entre el centro educativo y la familia. Se adjunta un modelo de comparecencia (ANEXO 4). c) Intervención desde los Servicios Sociales. Tras la comparecencia, posterior valoración y diagnóstico de la situación, se evaluará el modelo de intervención que más se ajuste a las dificultades detectadas. El/la Trabajador/a Social del equipo del Programa de Intervención Social en el Ámbito Escolar, intervendrá sobre las dificultades que pudieran aparecer como causa del absentismo mediante los recursos disponibles (Internos y externos), y los proyectos incluidos en la programación de Servicios Sociales. Asimismo se establecerá una coordinación y seguimiento a través del centro educativo. d) Para aquellos casos en los que además del absentismo escolar se detecten otros indicadores de desprotección, se procederá a la derivación al Programa de Apoyo a la Familia en Situación de Riesgo y Prevención, en adelante PROAFA, con el objeto de que valoren la medida protectora más adecuada. e) En los casos en que los responsables legales de el/la menor absentista no respondan a la intervención o no comparezcan a las citaciones realizadas, y considerando el absentismo escolar como una situación de riesgo social para el/la menor, se dará traslado de dichas circunstancias a la Fiscalía de Menores y a la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, todo ello en coordinación con el Programa de Apoyo a la Familia en Situación de Riesgo y Prevención. Se notificará a dichos responsables legales del traslado de la situación de absentismo de el/la menor a dichos organismos a efectos de que valoren la medida protectora más adecuada (ANEXO 5). f) A nivel de centros de salud: A través del/la Trabajador/a Social de los centros de salud de Carrizal e Ingenio se podrá mantener una estrecha coordinación para aclarar, determinar y ofrecer los recursos más adecuados a aquellos/as menores y sus familias en los que el absentismo se produzca por enfermedad u otras causas que precisen de un seguimiento a nivel sanitario. g) A nivel de Policía Local: Este recurso puede prestar un gran apoyo a este protocolo a través de diferentes acciones y en especial en los niveles de intervención y seguimiento de casos que se estén realizando a través del Programa de Intervención Social en el Ámbito Escolar. Se propone la visita de un agente al domicilio familiar de el/la menor absentista, para casos muy específicos, tales como familias que presentan ciertas resistencias a la colaboración o menores con actitud de rechazo al centro escolar sin causas que lo sustenten, teniendo una duración en el tiempo muy limitada. h) A nivel de los/as profesionales implicados en la intervención (CEIP, IES, Centros de salud, Policía Local, PROAFA, Servicio de Prevención y Atención a Mujeres y menores Víctimas de Violencia de Género, etc.), se establecerán reuniones periódicas de coordinación con el objeto de definir la temporalidad de estas acciones, la línea de intervención a seguir, evaluación de los resultados de las estrategias adoptadas, etc.. Además de estas reuniones se mantendrá contacto a nivel telefónico para todas aquellas situaciones que no hayan podido ser previstas y que requieran de una coordinación inmediata. 27 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio ANEXO 1 MODELO DE CARTA DEL CENTRO EDUCATIVO A LOS PADRES, MADRES Y/O TUTORES/AS LEGALES (Domicilio)Estimado/a Sr./a.: Me dirijo a Vd. como (Jefe/a de Estudios, tutor/a, director/a, orientador/a…) del centro educativo donde se encuentra matriculado/a el/la menor …………………………………………al efecto de comunicarle que no ha asistido a clase los días……….del mes………, sin que hasta el momento se haya presentado la justificación de dichas faltas. Dado que las continuas faltas de asistencia que presenta el/la menor, en edad de escolaridad obligatoria, repercuten negativamente en su proceso educativo, se le solicita que acuda a este Centro Educativo el próximo día_______________ a las ______ horas. En virtud de lo anterior, en el recibo de la presente queda usted informado/a que de no acudir a la entrevista en la fecha y horas anteriormente indicadas, este Centro se verá en la obligación de trasladar el informe correspondiente sobre esta situación a los Servicios Sociales Municipales, quienes se encargarán de poner en marcha las medidas que sean necesarias a este respecto, al objeto de dar el debido cumplimiento con la legislación vigente. Sin otro particular, reciba un atento saludo. EL/LA JEFE/A DE ESTUDIOS (o quien proceda) ……………, a…….de……………de.201_ ANEXO 2 DERIVACIÓN A LOS SERVICIOS SOCIALES. CENTRO EDUCATIVO: DATOS DEL ALUMNO/A 1er APELLIDO: 2º APELLIDO: NOMBRE: FECHA DE NACIMIENTO: LUGAR DE NACIMIENTO: DOMICILIO: TELÉFONO: MÓVIL NOMBRE DEL PADRE O TUTOR ¿VIVE CON EL ALUMNO/A? NOMBRE DE LA MADRE O TUTORA ¿VIVE CON EL ALUMNO/A? Nº DE HERMANOS: FAMILIARES QUE CONVIVEN EN EL DOMICILIO OTROS DATOS DE INTERÉS: DATOS ESCOLARES DEL ALUMNO/A CURSO: ¿REPITE CURSO? TUTOR/A: RENDIMIENTO ESCOLAR (áreas o materias pendientes, medidas de atención a la diversidad,….): OTROS DATOS DESTACABLES (comportamiento, salud, higiene, alimentación,….) Nº DE FALTAS DE ASISTENCIA JUSTIFICADAS 28 Sr. D.: (Nombre y apellidos) Sra. Dña.: (Nombre y apellidos) Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN Nº DE FALTAS DE ASISTENCIA INJUSTIFICADAS SEP OCT NOV DIC ENE FEB MAR ABR MAY JUN ACTUACIONES LLEVADAS A CABO DESDE EL CENTRO ESCOLAR CON LA FAMILIA Indicar quién ha llevado a cabo dichas actuaciones: Tutor/a, Jefe/a de estudios, orientador/a… LLAMADAS TELEFÓNICAS: CARTAS: ENTREVISTAS: OTRAS: ACTITUD, SOLUCIONES Y COMPROMISOS: OBSERVACIONES: ACTUACIONES LLEVADAS A CABO DESDE EL CENTRO ESCOLAR CON EL ALUMNO Indicar quién ha llevado a cabo dichas actuaciones: Tutor/a, jefe/a de estudios, orientador/a… ADAPTACIÓN CURRICULAR: ESTRATEGIAS DE ACOGIDA: FLEXIBILIDAD ORGANIZATIVA: OTRAS: ACTITUD, SOLUCIONES Y COMPROMISOS: OBSERVACIONES: En ………………………, a…… de……………….de 201_ EL/LA TUTOR/A (o quien proceda) Fdo: ………………………… 29 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio CEDULA DE CITACIÓN (ANEXO 3) Ref.: …./……../……….. Expediente: ……/………. CÉDULA DE CITACIÓN FECHA: …../……./………. ASUNTO: Absentismo Escolar Estimado/a vecino/a: Por medio de la presente, le ruego se persone en el Centro Municipal de Servicios Sociales de Ingenio, sito en la C/. Ramón y Cajal, núm. 6, 3ª planta (Edificio de Usos Múltiples), al objeto de entrevistarse con la Trabajadora Social, en relación con el asunto antes citado, el próximo día ___________________, a las ___:00 horas. De no personarse en las oficinas se procederá a comunicar al organismo competente, conforme al artículo 19 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pudiendo derivar de ello, la correspondiente notificación a la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia de las circunstancias que concurren en los/as menores mencionados anteriormente, en base a lo estipulado en la Ley 1/1997 de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores. Sin otro particular, aprovecho la ocasión para expresarle mi más cordial saludo, en la Villa de Ingenio, a la fecha de la firma electrónica. La ALCALDESA-PRESIDENTA, PD. EL/LA CONCEJAL DELEGADO/A DEL ÁREA DOÑA ……………………………………. DON ………………………………… C/………………………………. INGENIO C.P.35250 COMPARECENCIA (ANEXO 4) D/Doña………………………………………………………………………………………………… con el DNI…………………………………… , domiciliado/a en la calle …………………………………………………………….. municipio de…………………………………………… Padre/madre o representante legal de el/la menor………………………………………………………………………………………………………………………. matriculado/a en el centro educativo ……………………………………………………………………………habiendo sido citado por los Servicios Sociales Municipales con la finalidad de resolver el problema que suponen las faltas de asistencia injustificadas de su hijo/a o menor a su cargo. COMPARECE Y DECLARA: PRIMERO. - Que las frecuentes faltas de asistencia se deben a: ………………………………………………… SEGUNDO. - Como posible solución a este problema se compromete a: …………………………………… TERCERO. - QUEDO ENTERADO/A DE QUE:  A partir de ahora se realizará un seguimiento minucioso de la incorporación y asistencia a clase del/la menor por parte de el/ la Trabajador/a Social del Programa de Intervención Social en el Ámbito Escolar.  En el caso de no cumplir con los acuerdos o compromisos adoptados, desde los Servicios Sociales Municipales se tomarán todas aquellas medidas necesarias para garantizar la adecuada escolarización del/la menor, incluyendo en las mismas, el dar traslado de la situación a la Fiscalía de Menores o a la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia. En Ingenio a………………de…………….del 2019 Firma de el/ la Trabajador/a Social Firma del padre/madre o representante legal 30 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio NOTIFICACIÓN A LOS/AS RESPONSABLES LEGALES (ANEXO 5) FECHA: …./……./………. ASUNTO: Notificación sobre el traslado de la situación de absentismo escolar del menor………………a la Fiscalía de Menores y a la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia. Estimado/a vecino/a: En cumplimiento de la normativa en vigor, es por lo que se le notifica sobre el traslado de la situación de absentismo escolar muy grave del menor…… y la (falta de colaboración en la intervención o la incomparecencia a las citaciones realizadas), a la Fiscalía de Menores y a la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia. Todo ello en virtud de lo estipulado en la Ley 1/1997 de 7 de febrero, de atención integral a los menores, que en el artículo 46, sub-apartado 2.b ., establece como una de las causas en las que se considerará que un menor se encuentra en situación de desamparo “Cuando no asista de forma reiterada y sin justificación al centro escolar donde se halla matriculado, debido a la conducta negligente de los padres, tutores o guardadores, o se aprecie la ausencia de escolarización del menor, estando en edad para ello”, y a lo estipulado en la modificación del Sistema de Protección de la Infancia y Adolescencia de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, que conforma una nueva redacción del artículo 18 de la Ley Orgánica de Protección del Menor, determinando como circunstancias que pueden provocar el desamparo del menor, entre otras “La ausencia de escolarización o falta de asistencia reiterada y no justificada adecuadamente al centro educativo y la permisividad continuada o la inducción al absentismo escolar durante las etapas de escolarización obligatoria”. La ALCALDESA-PRESIDENTA, PD. EL/LA CONCEJAL DELEGADO/A DEL ÁREA DOÑA ……………………………………. DON ………………………………… C/……………………………………. INGENIO C.P.35250” Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice apoyará esta medida y lamenta que no se haya traído antes. También indica que se podía haber contado con la oposición para poder hacer propuestas al respecto. Don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular- Proyecto Somos, manifiesta que votarán a favor. Que él tuvo la oportunidad durante los años 2011 a 2014 de ser concejal de educación y sabe de lo que debate. Habla de las competencias municipales, en absentismo escolar, obras RAM y consejos escolares. Está bien que haya un documento por escrito que recoja la materia en cuanto al absentismo escolar. Que antes había pocos medios personales y ahora con la reorganización que se ha efectuado hay personal adicional y se congratula por ello. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, se pronuncia en el mismo sentido que el resto de los concejales, y votarán a favor. Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 31 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 5º.-MOCIONES. 5.1.-MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL FORUM DRAGO, CON FECHA 18/10/2019, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2019-E-RE-3648, DENOMINADA “RECONOCIMIENTO A LA DIRECTIVA SALIENTE DEL CLUB DE LUCHA MANINIDRA”. El concejal don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “La directiva cuyo reconocimiento se propone en este acto se constituye en el año 1998, cuando cesa en el cargo la presidida por Francisco Alfonso Cabrera. Recogió inicialmente el testigo don Antonio Estupiñán -hoy tristemente fallecido- a quien sustituyó, antes de que culminara su primer año de mandato, don Juan Valerón Artíles, entonces Vicepresidente. La Junta Directiva quedó constituía por el nombrado, don Juan Valerón Artíles, como Presidente, don Fernando Hernández Viera, como Vicepresidente, Don Adriano Rivero Medina, como Secretario, y don José Díaz, <> como Tesorero. Esta directiva ha guiado los designios del club los últimos veintiún años, hasta el pasado 3 de agosto del año en curso, en la que don Fernando Hernández Viera entregó el testigo a la directiva entrante. Durante estos años, muchas personas se han ido sumando al proyecto y apoyando a nuestro señero Club, como Miguel Martín García, Francisco Espino Ramírez, Candelaria Trujillo Jiménez, Jacinto Sánchez Hernández, Miguel Hernández Suárez, Javier Martín Artíles, Segundo Sánchez... y un largo etc. siempre capitaneado por los susodichos don Juan Valerón y don Fernando Hernández. Han sido más de dos décadas al frente del club más laureado en las distintas categorías (1ª, 2ª ó 3ª) en las que ha luchado, sin eludir la brega, y dando en tierra con los problemas que se enfrentan a diario en la gestión de un club, sin aflojar, y sin que se les pitara nunca pasividad, antes al contrario, han sido años de ilusión y entrega a la lucha canaria, a nuestras tradiciones y al club que nos ha representado y representa por la geografía de Canarias, paseando con orgullo el nombre de Ingenio, incluso en Japón, que como anécdota cabe citar que en el año 2018 se desplazó un equipo de televisión de ese país hasta Ingenio a grabar sus entrenamientos y luchadas. Entre los éxitos de estos años, no es baladí citar que en las últimas quince ediciones de Lucha Corrida, el equipo Senior ha estado presente en diez finales, logrando el campeonato en varias ocasiones. Liga Cabildo como campeones apuntalando al equipo y en primera categoría con Juan Ramírez, Carrizalero, o incluso con Carmelo Rodríguez del Toro, con el mismo Añaterve hemos sido campeones del prestigioso Torneo La Caja de Canarias, o con el mismo Agustín González, Pollo de la Candelaria, siendo en segunda categoría campeón de liga y del Torneo de La Caja de Canarias. No podemos obviar en esta exposición de motivos a otro de los pilares del Maninidra, y que es al mismo tiempo su tesoro más importante: la cantera. Pocos clubs de lucha miman la base como el Maninidra, a esos niños y niñas que se inician en el mundo de la práctica de la Lucha Canaria, a "los bichillos" como se les conoce. Esta labor ha llevado al Club de la Lucha Canaria Maninidra a alcanzar, durante su dilatada historia, multitud de títulos en todas las categorías y competiciones. Desde las categorías cadetes, Campeón de Canarias, y en Categoría juvenil, Subcampeón de Canarias. En Senior, conoce todos los más altos entorchados. Por último, señalamos aquello de lo que todos los aficionados se sienten orgullosos, más allá de los títulos que avalan su recorrido, es que es el único club de toda Canarias que lleva más de setenta años, "mano al calzón y a la espalda", con una trayectoria limpia, noble, ejemplarizante e ininterrumpida. 32 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El Club de Lucha Maninidra es sin duda fruto del esfuerzo de un pueblo y como tal, fiel representante los valores de su gente; así, humildad y sacrificio, solidaridad y trabajo son unos granos de arena más dentro del mar del terrero, y es por ello que todos lo sentimos de manera natural como nuestro. Por todo lo anteriormente expuesto, el grupo Municipal Fórum Drago somete a la consideración del Pleno la aprobación el siguiente acuerdo/reconocimiento: El reconocimiento del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio a todas esas personas anónimas que desde su fundación se han puesto al frente de los destinos del Club de Lucha Maninidra, ocupando cargos directivos y entregando generosamente su tiempo a esta institución, que es lo mismo que decir a su pueblo y a sus tradiciones, personalizando este reconocimiento en la última directiva saliente de nuestro Club, y en especial en aquellas personas que han dedicado desinteresadamente más de dos décadas, deseando a la directiva entrante, la mejor de las suertes en la nueva andadura que emprende con idéntica ilusión que las que les precedieron, y se afiance el proyecto. “ Que lo que se pretende es un reconocimiento no al Club de Luchas Maninidra, sino a las personas que de forma desinteresada se han puesto al frente del Club. La alcaldesa pide un receso para poder debatir con el grupo de gobierno el texto de la moción que ha propuesto Forum Drago, tras el cual el grupo de gobierno había planteado, y hace mención de que el Club de Luchas Maninidra ya ha sido galardonado con el “Ingenio de Oro”, en el año 2017, y la Directiva que formaba parte del Club en dicho reconocimiento, es la misma sobre la cual se trae al Pleno en esta moción el reconocimiento. Reconocimiento que es de inferior categoría al que ya se le reconoció con el “Ingenio de Oro” entregado en un acto institucional. Por este motivo, el grupo de gobierno tenía la idea de votar en contra de dicha moción, presentada con mas fondo político que de reconocimiento. Ya el club y todas sus directivas cuentan con el máximo galardón de la Institución. Propone a todos los partidos políticos de la Corporación, que, existiendo una Comisión de Honores y Distinciones, sea en el seno de este donde se hagan los reconocimientos, y se dejen de traer al Pleno Corporativo reconocimientos de esta índole. Que así lo harán los partidos que conforman el grupo de gobierno. Con el cambio que ha efectuado a la moción el grupo proponente, el grupo de gobierno votará a favor de esta. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, dice que está de acuerdo con la propuesta. Sin embargo, es frecuente modificar a última las propuestas, y ello es lo que la Concejala de Igualdad ha puesto en la propuesta institucional del inicio del Pleno ha referido palabras que no estaban en el texto de la propuesta. Don Sebastián Domingo Suárez Trujillo, en representación del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, manifiesta que apoya las palabras con concejal que le ha precedido. Que el grupo de gobierno pretendía votar en contra cuando ni siquiera se han sentado con el grupo proponente para buscar un acuerdo, cosa que si ha realizado su grupo municipal. Dicen que es una cuestión política, resultando que en la presentación del Maninidra un concejal del grupo de gobierno realiza unas manifestaciones en contra de la anterior directiva y de su anterior secretario don Fernando. Que llevar la gestión de un club deportivo genera muchos dolores de cabeza. Que su grupo apoyará la moción, y pide al grupo de gobierno que dejen tranquilos a los clubes deportivos. Agradece a la directiva saliente del Maninidra el trabajo realizado. Cierra el debate la alcaldesa y argumenta que nunca han estado en contra del Club de Luchas Maninidra, sino todo lo contrario. Que, de hecho, tiene la máxima consideración del Pleno porque se lo merece. Y todas las personas que han trabajado para ello. 33 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sometida a votación la moción anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 5.2.-MOCIÓN Nº.2019-E-RE-3793, PRESENTADA EL 30 DE OCTUBRE POR EL GRUPO PARTIDO POPULAR- PROYECTO SOMOS SOBRE: “CONTENCIÓN DE LA PRESIÓN FISCAL Y LA FINANCIACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES CON CARGO AL BLOQUE DE FINANCIACIÓN CANARIO Y EL FONDO DE DESARROLLO DE CANARIAS”. El concejal don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Hacienda en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “El Gobierno de Canarias ha propuesto reducir las aportaciones a las entidades locales de las islas con cargo al Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN), de los 160 millones de euros actuales a 100 millones en 2020 y a 80 millones en 2021, con el teórico compromiso de que dichas cantidades serían devueltas en los ejercicios 2026 y 2027. Además, el Gobierno de Canarias ha propuesto invertir el porcentaje de distribución del principal componente del Bloque de Financiación Canario, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), pasando las entidades locales (Cabildos y Ayuntamientos) de recibir el 58% al 42%, y ascendiendo la Comunidad Autónoma del 42% al 58%. En teoría, la propuesta sólo afectaría al año 2020 (algo que estaría por ver), y sólo a los nuevos ingresos que se generen por la próxima subida del IGIC, estimados en 153 millones en el año 2020, de los que el ejecutivo pretende quedarse con 89 millones y repartir 64 a Cabildos y Ayuntamientos. Inicialmente, el gobierno canario no se plantea alterar los porcentajes de distribución del resto de los componentes del Bloque de Financiación Canario formado, fundamentalmente, por el Arbitrio a la Importación y Entrega de Mercancías (AIEM) y el Impuesto de Matriculación, junto a otros recargos e intereses. Antecedentes El FDCAN se creó gracias a la especial sensibilidad con Canarias del anterior Gobierno de España del Partido Popular, que acordó devolver anualmente a Canarias 160 millones de euros en concepto de indemnización por la extinción del antiguo Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas (IGTE). Así, el FDCAN movilizaría 1.600 millones de euros en 10 años (2016-2025), al objeto de modernizar el tejido productivo, avanzar en la creación de empleo de calidad y orientarlo a actividades que diversificaran la economía del archipiélago. En concreto, la Disposición Final del Acuerdo adoptado por la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado- Comunidad Autónoma de Canarias, celebrada el 16 de noviembre de 2015, contempló que la cuantía de la suspensión de la compensación al Estado por la supresión del IGTE a partir de 2016, se afectará por la Comunidad Autónoma a gasto finalista en sus servicios públicos fundamentales, en materia de empleo así como a un plan de inversiones estratégicas que contribuyan al desarrollo de Canarias. Así, el Decreto del presidente del Gobierno de Canarias 85/2016, de 4 de julio, sobre la creación y regulación del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) 2016-2025 (firmado tras un amplio debate político y social en las islas), estableció 3 ejes estratégicos para el destino del FDCAN: 1. Conocimiento: I+D+i 5%. 2. Inversión en infraestructuras 75%. 3. Políticas activas de empleo 20%. 34 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El artículo 4 de la Ley 9/2003, de 3 de abril, de Medidas Tributarias y de Financiación de las Haciendas Territoriales Canarias, distribuye el Bloque de Financiación Canario (creado para el cálculo de la distribución de los ingresos de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias), de la siguiente manera: un 58% de las cantidades a Cabildos y Ayuntamientos (conjuntamente), y un 42% para la Comunidad Autónoma de Canarias. Ya en el año 2012, el Gobierno de Canarias – en una situación crítica –, elevó el IGIC del 5 al 7% y solicitaron a los Ayuntamientos y Cabildos la cesión, hasta el año 2015, del 50% de la recaudación (2 puntos) del nuevo tipo general del IGIC. Las corporaciones locales accedieron sin ningún tipo de compensación, renunciando a una cuota de su financiación durante 3 años y medio para recuperar, a partir del año 2016, el porcentaje que marca la Ley. Por el contrario, durante los años 2018 y 2019, el Partido Popular incluyó en los Presupuestos de Canarias un alivio fiscal que, en el caso del IGIC, supuso un recorte de medio punto hasta el 6,5% este año 2019; pero que también incluyó la eliminación de los impuestos de la entrega de energía eléctrica, la reducción de la factura de la telefonía móvil, el “IGIC Social” al 0% para los servicios socio-sanitarios, la bajada del tramo autonómico del IRPF para las rentas bajas, el aumento de las bonificaciones para las familias con más de 2 hijos y la creación de deducciones al realizar la declaración de la renta por el comedor del colegio, los uniformes y libros escolares, los gastos médicos o la presencia de personas con discapacidad en la unidad familiar, entre otros aspectos. Análisis La propuesta actual del gobierno de Ángel Víctor Torres supone quitarle a los Cabildos y Ayuntamientos una parte de los recursos que, en la actualidad, legalmente les corresponden a estos para afrontar sus competencias. Como única alternativa, los partidos que sustentan al Gobierno de Canarias (PSOE, Nueva Canarias, Podemos y la Agrupación Socialista Gomera), proponen subir aún más los impuestos a todos los canarios. Las previsiones para los Presupuestos Generales de Canarias del año 2019 apuntaban a un crecimiento de la recaudación IGIC, que es un impuesto que grava el consumo. Sin embargo, la desaceleración económica ante la que aún no ha reaccionado el actual Gobierno de Canarias ha hecho que estas previsiones de ingresos no se alcancen porque el consumo ha caído en Canarias. Pese a ello, el IGIC batió récord de recaudación en el año 2018 con 1.702 millones de euros. Por otro lado, hay que tener en cuenta que el Ministerio de Hacienda coloca a Canarias entre las comunidades autónomas con superávit (360 millones de euros), y que el Gobierno de España aún no pagado la deuda de unos 1.300 millones que mantiene con las islas. Además, lo conocido hasta la fecha acerca de la reforma fiscal que planea el Gobierno de Canarias para el Presupuesto de 2020, haya o no acuerdo para modificar el reparto del FDCAN y del IGIC, y pese a la desaceleración económica que afecta a la Comunidad Autónoma, contempla, entre otros, los siguientes aspectos:  Subir el tipo general del IGIC del 6,5 al 7%, a la factura de la luz del 0 al 3% para las empresas y autónomos, a la telefonía móvil del 3 al 6% y a los artículos de lujo del 13,5 al 15%.  Además, el Gobierno de Canarias planea eliminar determinadas bonificaciones de impuestos tales como el de Sucesiones y Donaciones o el del tabaco negro, y aumentar el tramo autonómico del IRPF. Por todo lo anteriormente expuesto, el grupo Municipal Partido Popular-Proyecto Somos somete a la consideración del Pleno la aprobación el siguiente acuerdo 35 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 1.- Instar al Gobierno de Canarias a que exija al Gobierno de España el abono inmediato de las cantidades adeudadas a la Comunidad Autónoma. 2.- Instar al Gobierno de Canarias a que mantenga los actuales repartos con Ayuntamientos y Cabildos, tanto del FDCAN como del IGIC y el resto de los componentes del Bloque de Financiación Canario. 3.- Exigir al Gobierno de Canarias a que no apruebe ningún tipo de escalada fiscal en la Comunidad Autónoma y que mantenga, al menos, todas y cada una de las medidas del alivio fiscal aprobadas durante los dos últimos ejercicios.” Por el grupo de gobierno se posiciona el Concejal de Hacienda, Don Víctor Manuel Vega Sánchez, y dice el Gobierno de Canarias actual gestiona un presupuesto en que es superior el gasto en personal que en el conjunto de gastos ordinarios. Se han tenido que tomar decisiones, como reajustar los gastos, así como reprogramar las anualidades del FDCAN y reorientar las líneas de actuaciones, priorizando las escuelas infantiles, la gestión del agua y otras, y reajustar impuestos, para poder recaudar más para llevar a cabo políticas sociales. Estas medidas se han tomado por la mala gestión realizada por los gobernantes anteriores, con medidas irresponsables como haber bajado el tipo del IGIC en periodo electoral que ha supuesto recaudar menos. También el gobierno se ha encontrado con un desfase presupuestario debido a la rebaja del IGIC. Hay que recuperar ese medio punto para que haya más desfases. En cuanto al impuesto de sucesiones, seguirán exentos hasta trescientos mil euros. Solo se recauda la totalidad del impuesto para quienes heredan mas de un millón trescientos mil euros. El aumento del tres por ciento en la energía eléctrica solo afecta a los consumos contratados de más de diez kilovatios, y la gran mayoría de la ciudadanía no supera dicho consumo, por lo que no pagarán, y si lo harán las grandes empresas. Se ha hecho un esfuerzo para invertir en educación y servicios sociales. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, manifiesta que el PSOE nacional, el gobierno nacional, no quiere pagar a Canarias lo que se debe, pero sí lo hace con otras Comunidades Autónomas. Que ahora el Gobierno de Canarias grava a los productos de mayor consumo, el agua, la electricidad, etc. Que se lo digan a los autónomos que ahora tendrán y han cerrado sus empresas. El Gobierno de Canarias sube ahora los impuestos porque no son capaces de pedir al Gobierno del Estado que nos paguen lo que por derecho nos corresponde. Que no se puede aplicar el superávit porque una Ley Estatal lo impide. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, argumenta su partido en un partido local, pero que la propuesta de la moción la van a apoyar, porque primero son los intereses del municipio. En la explicación del Concejal de Hacienda hay una contradicción, porque de lo manifestado el capítulo I es el que aumenta y hay que buscar dinero para pagar a los funcionarios, pero que también dice luego que el dinero es para invertir en servicios sociales y educación. Hay una contradicción. Cierra el debate la alcaldesa, y dice que Colación Canaria lleva 25 años gobernando y ahora resulta que es el PSOE que lleva cinco meses gobernando el que tiene que hacerlo. Que hay gastos que se han comprometido por el anterior Gobierno de Canarias sin ficha presupuestaria. Que en los ingresos del FDCAN se retraerán de los municipios que no han cumplido, y ese no es el caso de Ingenio, que recibirá lo que le corresponde. Sometida a votación la trascrita moción acuerda por doce votos en contra [(grupo municipal Socialista, grupo municipal Agrupa Sureste, y Subgrupos Mixto Nueva Canarias-Frente Amplio y Unidas Podemos-Izquierda Unida), y ocho a favor [(grupo municipal Fórum Drago, grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos y subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria)], y, por tanto, queda rechazada en todas sus partes y en sus propios términos. 36 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 5.3.-MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL FORUM DRAGO, CON FECHA 12/11/2019, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2019-E-RE-3927, DENOMINADA “CONSTRUCCIÓN DE UN NUEVO PUNTO LIMPIO EN ZONA MÁS ADECUADA Y QUE SE DESTINE EL ACTUAL A LA AMPLIACIÓN DEL C.E.T.A.” Don Francisco Javier Espino Espino en representación del grupo municipal FORUM-DRAGO, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios el día 19 de noviembre de 2019, cuyo tenor literal es el siguiente: “Es una evidencia la proliferación de vertidos ilegales de escombros y basura por muchos lugares del municipio, llevados a cabo por ciudadanos, incumpliendo las leyes y la debida conservación del medio ambiente. Esta proliferación de vertidos, además de la consiguiente degradación del entorno natural, supone un sobrecoste añadido a las arcas públicas, que tienen que aportar mayores medios técnicos y humanos para retirar y tratar adecuadamente los residuos tan irresponsablemente depositados sin control. Si bien, los responsables directos de estos vertidos son los ciudadanos que los vierten, la administración tiene la máxima responsabilidad en esta materia y la obligación de poner todos los medios a su alcance para evitarlos, y caso de producirse, retirarlos y sancionar dichas conductas incívicas. En aras a aportar soluciones que, si bien no van a resolver en su totalidad el problema, sí ayudarán a paliarlos, el Grupo Municipal Fórum Drago, propone a este pleno la construcción de un nuevo punto limpio, en un lugar de mejor y más fácil localización, con buenos accesos y en una zona equidistante de los núcleos de población de Ingenio y Carrizal. Entendemos que uno de los problemas que pueden ocasionar las conductas incívicas de algunos ciudadanos es la mala ubicación del actual punto de recogida de residuos, por su dificultad para ubicarlo y los angostos accesos. Así mismo, con esta medida, quedaría liberado el actual espacio dedicado a la recogida de residuos, permitiéndonos acometer un paso más en la buena dirección del cuidado de los animales abandonados. Las instalaciones actuales del punto limpio son anexas a las de Centro de Estancia Temporal de Animales (C.E.T.A.), tan necesitado de una ampliación, no ya de jaulas para aumentar la capacidad de albergue, sino de espacio para el paseo y bienestar en general de los animales, en lo que se encuentra para ellos una adopción. En una sociedad moderna y concienciada con la vida animal como debe ser la nuestra, no debe tratarse solamente de recoger a los animales abandonados y mantenerlos enjaulados hasta su adopción, sino de darles una calidad de vida mínima y digna. Por todo lo expuesto el grupo municipal Fórum Drago somete a consideración de este pleno la aprobación de los siguientes acuerdos: 1.- Que se busque un sitio adecuado para la construcción de un nuevo punto limpio moderno, funcional y homologado, de fácil localización y adecuados accesos, cuya localización sea equidistante, en su caso, con los núcleos de población de Ingenio y Carrizal. 2.- Que dicho proyecto sea redactado en seis meses máximo a partir de la aprobación de esta moción. 3.- Que se incluya en los presupuestos del próximo año 2020 la dotación económica necesaria para acometer dicho proyecto 4.- Que el espacio actual del punto limpio se destine íntegramente a la ampliación y las actividades del Centro de Estancia Temporal de Animales (C.E.T.A.).” Debido a una serie de vicisitudes que presenta la moción, que en principio de tal y como se manifiesta desde le grupo de gobierno pueden hacer inviable el contenido de lo peticionado en la moción, se acuerda por unanimidad dejar la moción sobre la mesa para estudiarla conjuntamente y trabajarla para el futuro. 37 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 5.4.-MOCIÓN PRESENTADA POR EL GRUPO MUNICIPAL PARTIDO POPULAR-PROYECTO SOMOS, CON FECHA 13/11/2019, CON REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO 2019-E-RE-3958, DENOMINADA “APOYO A LA KARATEKA INGENIENSE AINARA HERNÁNDEZ BAUTISTA”. Previamente a la lectura de la moción, la alcaldesa cede la palabra al padre de la persona cuyo apoyo centra la moción, y que lo ha solicitado en tiempo y forma. Don Heriberto Hernández se dirige al Pleno Corporativo y agradece a todos los miembros de la Corporación su atención, y agradece al concejal don Rayco Padilla la moción presentada. Que no está vinculado a ningún partido político. Hace un desglose de los éxitos deportivos de su hija Ainara, y los problemas que la misma ha tenido y que son objeto de esta moción. Solo pide que apoyen la moción a favor de Ainara. Se dirige al concejal de deportes y le indica que no le gustó que le llamara para intentar que este tema se solucionase por otras vías y no mediante una cuestión política a través de un acuerdo plenario. El concejal don Rayco Nauzet Padilla Cubas, portavoz del grupo municipal Partido Popular-Proyecto Somos, da lectura a la moción dictaminada en la Comisión Informativa de Infraestructura y Servicios en sesión del día 19 de noviembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Ainara Hernández Bautista es una joven de 15 años vecina ingeniense que practica un deporte como tantos habitantes de nuestro municipio, en su caso el kárate. Lo que la hace especial no es sólo su afán de superación y sus éxitos en su deporte, su caso es especial y ha saltado a los medios de comunicación debido a que no puede asistir a las competiciones por su tierra, Canarias. Ya el año 2016 tuvo que participar en el campeonato de España por Ceuta, dándose la paradoja que quedó bronce en su categoría, en representación de una Ciudad Autónoma en la que no vive ni tiene vínculos. Ceuta le ha dejado participar ya que dispone de plazas que no utiliza para los oriundos de su ciudad, pero como es lógico al no ser habitante de la ciudad los gastos corren íntegramente a cargo de su familia. Creemos que Ingenio tiene una deuda pendiente con Ainara, como institución pública debemos mediar y clarificar su situación, ya que este caso le supone claros perjuicios, primero morales, cualquier persona orgullosa de su tierra debe poder defenderla en el ámbito que desarrolle, más teniendo en cuenta la excelencia que demuestra Ainara y que en cualquier proceso meritocrático debe primar, segundo, claramente económica, el acudir a competiciones bajo otra bandera está perjudicando a los recursos económicos a los que puede acceder en las administraciones públicas como cualquier otro deportista accede, teniendo su familia que cubrir todos los gastos ocasionados de los traslados, estancias, etc. Ainara es una excelente deportista de tan sólo 15 años, que quiere desarrollar su carrera deportiva sin cortapisas y que no comprende ni entiende por qué le está sucediendo esto, seamos nosotros los que le ayudemos y deje de sentir en sus carnes la injusticia. Adjuntamos su currículum deportivo: Campeonato Canarias infantil 2014. Primera clasificada alevín femenino kumite. XXII Campeonato regional Pepe Pérez. Primera clasificada kumite infantil femenino +40kg. XXIII Campeonato regional Pepe Pérez. Primera clasificada kumite infantil femenino +40kg. Campeonato internacional V copa kumite. Juegos de Gran Canaria. 38 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Tercera clasificada alevin femenino +30kg. VI copa de karate juegos de Gran Canaria. Primera clasificada kumite. IX Copa Agüimes. Primera clasificada kumite femenino. Alevín +32kg. Campeonato de Gran Canaria de kárate 2016. Primera clasificada kumite. XI Copa Agüimes. Primera clasificada kumite femenino. Infantil +38kg. Campeonato de Gran Canaria de karate por equipo 2016. Primer puesto infantil kumite mixto. Primer puesto juvenil kumite mixto. Primer puesto infantil catas. Campeonato de España 2016 (Murcia). Tercera clasificada kumite +40kg. Ciudad deportiva de Gran Canaria. VII juegos de Gran Canaria. Primer puesto kumite. Primer puesto katas. Campeonato de Canarias Juvenil. Ciudad deportiva de Lanzarote. Primer puesto. XII copa de Agüimes 2017 Juvenil femenino. Primer puesto en catas. Departamento nacional de kárate (Córdoba) Queda clasificada para la final nacional. Final Nacional. Campeonato Nacional de karate. (Navarra) III campeonato de Canarias de artes marciales Gáldar. Primera clasificada. Campeonato de Canarias por equipo cadete, Junior y sub21 (Tenerife). Primer puesto kumite. Campeonato de Canarias cadete, junior y sub21 (Tenerife). Primer puesto en kumite. Proyecto mundial VI trofeo San Francisco Teo (Santiago de Compostela). Segunda clasificada kumite. Cadete femenino +54kg. Campeonato de Canarias (Tenerife). Cadete, junior y sub21. 39 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 39 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Primera clasificada cadete femenino +54 kg. Por todo lo anteriormente expuesto, el grupo Municipal Partido Popular-Proyecto Somos somete a la consideración del Pleno la aprobación el siguiente acuerdo 1.- Apoyo a la carrera deportiva de nuestra vecina de Ingenio Ainara Hernández. 2.- El Consistorio de Ingenio mediará por la clarificación de la situación en las competiciones de Ainara Hernández con las instituciones pertinentes, Gobierno de Canarias (Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes –Dirección General de Deportes- ) y la Federación Canaria de Kárate. 3.- Dar traslado de los presentes acuerdos al Gobierno de Canarias y a la Federación Canaria de Kárate.” El Concejal Delegado de Deportes, don Mario Ramírez Santana, dice que, en primer lugar, pide perdón a don Heriberto Hernández si no le sentó bien la llamada que le realizó, pero que siempre le manifestó el apoyo hacia Ainara, y que reitera ahora en el Pleno Corporativo. Que se siente en la necesidad de apoyar y buscar una solución al problema de esta joven deportista ingéniense, y buscar consenso con la Federación. La intención es que Ainara siga creciendo como deportista, y como persona. Que se apoyará a Ainara para que siga progresando por sus méritos propios y, se compromete, a que en el 2020 Ainara pueda acudir a la selección canaria. Don Lucrecio Suárez Romero, en representación del subgrupo mixto Coalición Canaria-Unidos por Gran Canaria, manifiesta que estamos ante un acto de dignidad precedido de un acto de rabia por una sinrazón en lo que le está sucediendo a Ainara. Que no se puede frenar la proyección de esta deportista y hay que trabajar en conjunto por el progreso de Ainara. Que los únicos límites que debe tener Ainara son sus propios éxitos. Que, si hay que llegar hasta la máxima institución del deporte, que así se haga. Don Francisco González Peña, en representación del grupo municipal Fórum Drago, dice que poco más puede añadir, y que no entiende como puede llegarse a esta situación. Hace hincapié en que el anterior concejal de deportes realizó gestiones respecto de este asunto de Ainara. Cierra el debate la Sra. Alcaldesa, para indicar que la Corporación no solo apoya a Ainara, sino que intentará ayudarla en todo lo posible, ya que no se trata de una competencia municipal, sino de una federación deportiva. Sometida a votación la moción anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. 6º.- ASUNTOS DE URGENCIA. No hubo. B) PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN. 7º.- DACIONES DE CUENTA. – 7.1.-DACION DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA ALCALDÍA, DEL NÚM. 6660, DE 22 DE OCTUBRE AL NÚM. 6934, DE 31 DE OCTUBRE; NÚM.6935, DE 2 DE NOVIEMBRE AL NÚM. 7440, DE 19 DE NOVIEMBRE. TODOS DEL 2019. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 40 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 40 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 7.2.-DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO, FUNDACION PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO, NÚM. 348, DE 22 DE OCTUBRE; NÚM. 349, 350 Y 351, DE 25 DE OCTUBRE; NÚM. 352, DE 28 DE OCTUBRE; NUM. 353 Y 354, DE 5 DE NOVIEMBRE; NÚM. 355, 356 Y 357, DE 12 DE NOVIEMBRE; NÚM. 358, 359, 360 Y 361, DE 13 DE NOVIEMBRE; NÚM. 362 Y 363, DE 14 DE NOVIEMBRE.TODOS DEL 2019. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.3. DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL PATRONATO MUNICIPAL DE ESCUELAS INFANTILES, NÚM. 51, 52 Y 53, DE 23 DE OCTUBRE; NÚM. 54, DE 24 DE OCTUBRE; NÚM. 55 Y 56, DE 30 DE OCTUBRE; NÚM. 57, DE 14 DE NOVIEMBRE. TODOS DEL 2019. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.4.- DACIÓN DE CUENTA DE RESOLUCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DEL MEDIOS DE COMUNICACIÓN, NÚM. 63 Y 64, DE 23 DE OCTUBRE; NÚM. 65, DE 11 DE NOVIEMBRE; NÚM. 66 Y 67, DE 13 DE NOVIEMBRE. TODOS DEL 2019. Dada cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 7.5.-DACION DE CUENTA DE LAS SESIONES DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN: - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 13 de septiembre de 2019 (nº16). - Junta de Gobierno Local, Sesión Ordinaria de 27 de septiembre de 2019 (nº17). Dada cuenta de las sesiones de las Juntas de Gobierno Local que se reseñan en el epígrafe, el Pleno Corporativo queda informado. 8º-. DACIÓN DE CUENTA DE DISPOSICIONES OFICIALES, CORRESPONDENCIA Y ASUNTOS JUDICIALES Y OTROS. El concejal don Domingo González Romero, da cuenta del Plan Motívate y Plan Emprende, que ya está en marcha con más de dieciséis personas que han presentado solicitudes, y recibirán las correspondientes ayudas. Que ha sido una gran idea este Plan y que ha dinamizado a los empresarios. 9º.- ASUNTOS DE LA PRESIDENCIA. No hubo. C) RUEGOS Y PREGUNTAS. 10º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. A). - DEL SUBGRUPO MIXTO COALICIÓN CANARIA-UNIDOS POR GRAN CANARIA. Ruego realizado por los vecinos de Las Majoreras, Las Puntillas y el Burrero, sobre la limpieza de los viales, las calles y lugares cercanos a los contenedores, para incrementar la frecuencia de la limpieza de la zona. También que se puedan limpiar la zona del vallado del Aeropuerto y así algún vecino ya lo ha pedido a AENA. 41 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 41 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio - Baches de la calle Espartero. - Limpieza de la parte baja de la calle La Corsa. - Apertura de los baños de la Playa del Burrero. - Ruega al concejal don Domingo González que sea concreto y se ciña a la realidad en las manifestaciones que realice. B). - DEL GRUPO POPULAR -PROYECTO SOMOS. A la concejal de recursos humanos 1.-Una vez más es de actualidad la mala política de este Ayuntamiento con los recursos humanos. Una nueva sentencia golpea al Ayuntamiento de Ingenio, esta vez, un autónomo que venía prestando sus servicios denuncia al Ayuntamiento de Ingenio y gana en primera instancia incorporarse a la plantilla municipal, hecho que genera un precedente gravísimo. Exigimos que se revisen todos los prestadores de servicios autónomos que estén en el mismo caso citado y cesen la contratación con el Ayuntamiento. Les estamos avisando, de lo contrario los consideraremos responsables. 2.- ¿Por qué no se recurrió el juicio del que estamos haciendo mención? 3.- ¿Por qué juicios de empleados municipales que han accedido mediante oposición se recurren mientras otros no? 4.- Con respecto a las horas extras, sigue creciendo el malestar en la plantilla debido a la discriminación a la hora del pago. Rogamos estudien el caso. 5.- ¿Hay empleados municipales que realizan más de 80 horas extraordinarias al año? ¿de ser así de cuántos estamos hablando? ¿Cumplimos con la normativa vigente? A la concejal de comercio: 6.- ¿Cuál será la fecha de reapertura del mercadillo de los Aromeros? Al concejal de vías y obras y servicios públicos: 7.-Hay una sensación generalizada en la Villa de Ingenio sobre la falta de limpieza en las calles, por favor, rogamos revisen las deficiencias en este sentido del municipio. 8.- Vecinos de C/ Italia en Barrio Nuevo se nos han quejado de problemas con el alcantarillado, en determinados momentos incluso hay reboso. Rogamos estudien este caso. 9.- Vecinos de la C/ Tanausú en el Km-1 solicitan que se proceda con más frecuencia a retirar enseres que se encuentran debido al incivismo. 10.-Vecinos de la C/ Calvario solicitan un contenedor adicional ya que muchas veces se encuentran llenos los existentes. 11.-Un vecino de la C/ Alcalde Ramírez Bethencourt se queja de la colocación en su misma puerta de una papelera. Rogamos estudien rodarla de sitio. A la concejal de salud pública: 12.-En la C/ Calvario en el Sequero se nos han quejado sobre la existencia de un número importante de cucarachas alrededor de las alcantarillas. 42 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 42 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Al concejal de participación ciudadana: 13.-Usuarias de actividades físicas gratuitas que ofrece el Ayuntamiento en las distintas asociaciones de vecinos se quejan de la falta de limpieza cuando realizan las actividades. Rogamos estudien este problema. Al grupo de gobierno: 14.-Se siguen sucediendo episodios de vandalismo en el parque de la música, es la tercera vez que se lo ponemos en conocimiento. Rogamos actúen desde la concejalía de seguridad. 15.-Diferentes obras causan malestar en los vecinos, y además parecen eternizarse, ¿cuáles son los plazos de finalización de las siguientes obras y por qué se les amplia el tiempo de ejecución? Centro de estancia diurna de mayores de Ingenio, calle Sebastiana Espino Sánchez, obras del casco histórico de Ingenio, obras accesorias del tanatorio de Ingenio y obras RAM. 16.-El pasado viernes 22 el Ayuntamiento de Ingenio anunciaba el cese de fuegos artificiales sonoros en pro de personas y animales a los que les produce perjuicios, el sábado 23 en un acto se tiraban ese mismo tipo de fuego artificial que se comprometían el día antes a no usar más. ¿Podemos hablar de descoordinación del grupo de gobierno? o ¿de un hecho premeditado de un partido político para dejar en evidencia a otro partido político del pacto? 17.-Personas con vinculación al bienestar animal nos preguntan ¿Las subvenciones que otorga el Ayuntamiento a colectivos se podrán justificar para los fuegos artificiales sonoros? 18.-Hace 4 años prometieron un nuevo centro de salud en Ingenio, con foto incluida del grupo de gobierno con el consejero socialista de sanidad, hace unos días lo han vuelto a hacer ¿será esta vez la definitiva o un mero acto de marketing como se ha demostrado que fue la foto de 2015? 19.-Rogamos traten con respeto al cuerpo de baile amigos de Carrizal 7 islas, ya llevan dos años y se merecen un trato digno. Desde el grupo municipal partido popular proyecto somos queremos felicitar al club de caza medianías de Ingenio por la gran labor de concienciación que realizan en sus jornadas medioambientales que fueron un éxito. Además, queremos felicitar a la parranda de mayores de Ingenio por su encuentro de parrandas, a la sociedad musical villa de Ingenio por su magnífico concierto de Santa Cecilia y a la organización de la carrera con fines solidarios Flour Moon diabetes. B). - DEL GRUPO FÓRUM DRAGO. - Problemas de iluminación del pabellón Chano Melián, que se ponga pronta solución. - Ruega a la alcaldesa que sea más cuidadosa con las intervenciones que realiza en los medios radiofónicos, porque no puede olvidar nunca que es la alcaldesa, y en un medio de comunicación acusó a un empresario de este municipio, y que El Paso 2000 es una empresa importantísima de este municipio. La alcaldesa contesta algunas de las preguntas formuladas. -En referencia al ruego del grupo municipal Fórum Drago, manifiesta que cuando una persona acude a una radio no es responsable de lo que diga la persona locutora de esa radio. Que su boca no ha salido ni un solo comentario o acusación hacia nadie. Sin embargo, en el entorno político sí que hay una información que se está utilizando políticamente en perjuicio de su persona. Que no hay dicho en ningún momento quien es, pero que Fórum Drago está asumiendo que son ellos. Que esa parte particular y privada de su persona no afecta en nada a la parte política que ésta gestionando. Que, cuando haya una sentencia firme, no va a dimitir, 43 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 43 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio porque entre cosas en un tema persona y particular de una sociedad limitada en la que ella era una más responsables, y la asume en ese entorno. Es un tema que no afecta a la política municipal. Que seguirá respondiendo y dando la cara en los medios de comunicación que se le solicite. -En cuando a la foto con el Consejero de Sanidad, en el presupuesto de canarias ya hay seiscientos mil euros comprometidos para la redacción del proyecto del Centro de Salud. - En el pabellón Chano Melián, Unelco está instalando un nuevo contador que cuando se supera los límites indicados se saltan las luces. Hay contacto con el Cabildo de Gran Canaria para conseguir dinero para cambiar la luminaria. Que hay unos grupos electrógenos para cubrir las necesidades. -En cuanto a los fuegos artificiales, que hay un compromiso adquirido que hay que cumplir. Hay que cumplir con el compromiso de esos fuegos artificiales, y es una donación a Adigran y una sorpresa para el grupo de gobierno. Que la noticia de no realizar fuegos artificiales es anuncio de Festejos, y el acto en concreto era de Salud Pública. Se pregunta qué pasará con el Carnaval de Carrizal, ¿suspenden los fuegos artificiales? El carnaval es un tema específico que cuenta con una subvención. ANEXO DE ORDEN DEL DÍA PARTICIPACIÓN CIUDADANA. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de Participación Ciudadana, se confecciona el presente anexo al de Orden del Día, conforme a las preguntas formuladas en tiempo y forma por don Carlos Antonio Gallo Garavano, presentada mediante registro electrónico 2019-E-RE-4072, de 22 de noviembre. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 del Reglamento de Participación Ciudadana, una vez finalizada la sesión ordinaria del Pleno, se podrá abrir un turno de ruegos y preguntas para el público para temas concretos de interés municipal (no de interés personal en los asuntos), siempre que se refieran a los siguientes temas: - A la gestión de la Corporación. - A los servicios públicos del Ayuntamiento. - A los temas sociales que afecten a nuestra Comunidad, y siempre que se encuentren dentro de las competencias que la legislación sobre régimen local establezca como propias del Ayuntamiento. Es por ello, que solicito la siguiente pregunta en el pleno municipal del 25 de noviembre de 2019.- Expone: Teniendo en cuenta que en el Pleno Ordinario de fecha 26/9/16 fue aprobado en forma definitiva el Reglamento de Participación Ciudadana, en cuya SECCIÓN IV. PARTICIPACIÓN EN EL PLENO - Artículo 32.- Participación en el Pleno Municipal y en especial el Artículo 33.- Ruegos y Preguntas, donde se reglamenta la presentación de Ruegos y Preguntas por parte del público asistente que lo solicite, en base a lo cual hago uso del mencionado derecho con la presentación de la presente nota, que contiene 2 Ruegos y 1 Pregunta. Solicita: A la Señora Alcaldesa Presidente del Ayuntamiento de Ingenio que elabore el Anexo del Orden del Día de la Participación Ciudadana, que estará incluido en el orden del día del Pleno Ordinario de 25 de noviembre de 2019, según lo especificado en el Artículo 33 del Reglamento de Participación Ciudadana. INTRODUCCIÓN Jueves 21 a las 19 hs, finalizó el plazo para la presentación de solicitudes de intervención en el Pleno Ordinario, al estar afectado por un punto del Orden del Día del mismo. 44 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 44 de 45 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Al no haberse publicado en tiempo y forma el Orden del Día del Pleno Ordinario, las personas potencialmente afectadas no pudieron ejercer sus derechos, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 32 del Reglamento de Participación Ciudadana RUEGOS Primero Ruego a la Alcaldesa Presidente tome los recaudos que considere oportunos para evitar que se produzcan nuevamente estas incidencias. Segundo Ruego a la Alcaldesa Presidente que se realice la modificación del Reglamento de Participación Ciudadana, para cambiar el plazo límite de presentación de solicitudes de intervención en el pleno, al estar afectado por un punto del orden del día del mismo. Tiempo que en la actualidad es con una antelación de 48 hs al inicio del pleno (normalmente jueves previo al pleno a las 19hs) y estipularlo en las 24 hs del domingo previo, lo cual beneficia al gobierno municipal, al poder realizar la publicación de los puntos del orden del día hasta durante el día viernes previo. PREGUNTA ¿Es correcto mi pensamiento qué una de las funciones del Concejal de Participación Ciudadana es velar por la protección y defensa de los vecinos y vecinas del municipio, detalle que no se cumple cuando la publicación de los puntos del orden del día no se hace en tiempo y forma? Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta, levanta la sesión siendo las veintidós horas y cuarenta y cinco minutos, de lo cual como Secretario General Accidental doy fe, Vº Bº ALCALDESA-PRESIDENTA. Ana Hernández Rodríguez 45 Cód. Validación: 64A6QW49GEJ43QHMDLMQAJ2X6 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 45 de 45