Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 3109/2024 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 22/04/2024 HASH: b9b5d81e99cd03069e54f60aa0b3a640 Procedimiento Genérico Procedimiento: VANESSA MARTÍN HERRERA (1 de 2) Doña Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Las Palmas). DECRETO HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO ANTECEDENTES DE HECHO 1. Desde hace varios años, el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio viene prestando servicios a través del Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales que actualmente incluye los servicios vinculados al Servicio de Ayuda a Domicilio. El Plan Concertado de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales cristaliza la cooperación económica y técnica entre administraciones públicas para financiar conjuntamente una red de atención de servicios sociales municipales. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 22/04/2024 HASH: 9e03732f2751985a1b49d95e29dc4f00 MANUEL JESUS AFONSO HERNANDEZ (2 de 2) 2. Los Servicios Sociales Municipales prestan atención a todos los colectivos de población, como es el colectivo de personas con discapacidad física, psíquica y sensorial, a través de distintos servicios cofinanciados entre las administraciones locales y otras instituciones de carácter supramunicipal. Por tal motivo, el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio desarrolla promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia a través del Programa “Gestión y Prestación de Servicios de Atención a las Personas Mayores en el Centro de Estancia Diurna” sito en la Calle Sagasta, nº 24 de este Término Municipal. 3. Desde hace algunos años, el Centro de Estancia Diurna para Personas Mayores de Ingenio estuvo cofinanciado entre la Dirección General competente en materia de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Ingenio, hasta el ejercicio 2012. Sin embargo, a partir del año 2013, este servicio se financia a través del Convenio para la Prestación de Servicios a Personas en Situación de Dependencia que gestiona el Instituto de Atención Social y Sociosanitaria del Cabildo de Gran Canaria, firmado el pasado 7/02/2018, y en vigor hasta el desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2021, si bien produjo efectos económicos desde el 1 de enero de 2018. La adhesión a dicho Convenio fue aprobada mediante sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 28/12/2018. La adhesión a la tercera adenda de dicho Convenio fue aprobada en sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local de fecha 14/05/2021. Con fecha 25 de febrero de 2022 se aprueba mediante sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local la aprobación de la adhesión, a la adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre el IAS y el Ayuntamiento de Ingenio para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia 2022. Con fecha 24 de febrero de Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 RESOLUCIÓN Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 2023 se aprueba mediante sesión ordinaria de Junta de Gobierno Local la aprobación de la adhesión, a la adenda de modificación y prórroga del convenio de colaboración entre el IAS y el Ayuntamiento de Ingenio para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia 2023. 4. Debido a la necesidad del disfrute del correspondiente período vacacional de los /as Auxiliares de Ayuda a Domicilio que conforman el Servicio de Ayuda a Domicilio, se genera la necesidad de tramitar el pertinente expediente atendiendo a dichas circunstancias de la producción, siendo imprescindible la cobertura del mencionado periodo vacacional, dada la vulnerabilidad del colectivo de atención, desde el 01/07 /2024 al 04/10/2024, ambos inclusive. El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio de atención básico, que ofrece una alternativa para el cuidado y la atención domiciliaria de personas mayores, discapacitadas y/o en situación de dependencia en actividades de la vida diaria (alimentación, higiene, gestiones sanitarias y administrativas, etc.), siguiendo las pautas de intervención dadas por el equipo de profesionales, y encaminadas a favorecer la autonomía personal para que permanezca en su entorno habitual, evitando situaciones de desarraigo y desintegración social. En virtud de lo anterior se precisa de la contratación de 5 auxiliares de ayuda a domicilio, a jornada completa en el periodo comprendido entre 01/07/2024 al 04/10 /2024, ambos inclusive. 5. Debido a la necesidad del disfrute del correspondiente período vacacional de Auxiliares de Geriatría que conforman el Centro de Estancia Diurna para Mayores, se genera la necesidad de tramitar el pertinente expediente atendiendo a dichas circunstancias de la producción, siendo imprescindible la cobertura del mencionado periodo vacacional, dada la vulnerabilidad del colectivo de atención, desde el 06/06 /2024 al 10/09/2024, ambos inclusive. El trabajo desarrollado desde el Centro de Estancia Diurna para Mayores integra actuaciones de promoción de la autonomía personal, atención, apoyo y cuidado personal desarrolladas por las auxiliares de Geriatría en el indicado Centro. Estas actuaciones no pueden ser asumidas por otros auxiliares o por otro personal de la Concejalía, dado que no existe disponibilidad de otros efectivos que prestan servicios en otros programas que sean afines en sus funciones y categoría profesional. En virtud de lo anterior se precisa de la contratación de 2 Auxiliares de Geriatría, a jornada completa en los siguientes periodos: 1 Auxiliar Geriatría, en el periodo comprendido entre 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive. 1 Auxiliar Geriatría, en el periodo comprendido entre 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive 6. En los expedientes 3109/2024 y 3110/2024, relativos a la contratación por circunstancias de la producción generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio y en el Centro de Estancia Diurna, debido al disfrute del periodo vacacional de los obran informes justificativos emitidos por el /as profesionales adscritos al mismo, Departamento de Servicios Sociales, en relación a la necesidad urgente e inaplazable de contratación de personal. Asimismo, obran informes emitidos por el Departamento de Recursos Humanos, de fecha 16/04/2024, en los que se indica que la modalidad de contratación temporal más adecuada para cubrir la necesidad antes indicada es el Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio contrato “por circunstancias de la producción”, así como informe jurídico favorable, ambos de fecha 08/04/2024, en los que se indica “(…) Por todo cuanto antecede, no existe reparo legal alguno para que la Administración proceda a la contratación bajo la modalidad de “Contrato por circunstancias de la producción”, ante las necesidades provocadas por la coincidencia de las vacaciones del personal adscrito al mismo, de conformidad con el informe obrante en el expediente emitido por las Coordinadoras del servicio, y, siempre que se cumplan los requisitos de selección de personal reflejados en Consta asimismo en los mencionados expedientes informe el presente informe. (…)”. de existencia de crédito adecuado y suficiente de fecha 17/04/2024. 7. En el expediente 1347/2024 relativo a la cobertura de la Interinidad por obran informes justificativos emitidos por el Departamento de vacante del SAD, Servicios Sociales, en relación a la necesidad urgente e inaplazable de contratación de personal. Asimismo, obra informe emitido por el Departamento de Recursos Humanos, de fecha 01/03/2024, en los que se indica que la modalidad de contratación temporal más adecuada para cubrir la necesidad antes indicada es el contrato “por sustitución”, así como informe jurídico, de fecha 01/03/2024, en los que se indica “(…) Teniendo constancia de que en el expediente figura informe emitido por la Técnica de Recursos Humanos de fecha 1/03/2024, en el que se aborda de forma clara y precisa las consideraciones relativas a la contratación propuesta por los Servicios Sociales municipales, y siendo conforme a Derecho, es por lo que el mismo se asume por esta Consta asimismo en los mencionados Técnico a los efectos que nos ocupa. (…)”. expedientes informe de existencia de crédito adecuado y suficiente de fecha 06/03/2024. 8. En el expediente 3524/2024, relativo a la sustitución por Incapacidad obra informe justificativo emitidos por el temporal generada en el SAD, Departamento de Servicios Sociales, en relación a la necesidad urgente e inaplazable de contratación de personal de fecha 12/04/2024. Asimismo, obran informes emitidos por el Departamento de Recursos Humanos, de fecha 15/04/2024, en el que se indica que la modalidad de contratación temporal más adecuada para cubrir la necesidad antes indicada es el contrato “por sustitución”, así como informe jurídico favorable, ambos de fecha 15/04/2024, en los que se indica “(…) En virtud de todo lo expuesto, y cumpliéndose los requisitos expresados anteriormente, se concluye que se podrá proceder a la contratación laboral temporal en la modalidad de contrato de sustitución, siempre que exista crédito adecuado y suficiente para afrontar el gasto que ello supone, extremo éste que deberá ser informado por la Intervención Municipal y constar en el Consta asimismo en el mencionado expediente informe de existencia expediente (…)”. de crédito adecuado y suficiente de fecha 16/04/2024. 9. En los expedientes 1347/2024-3109/2024-3110/2024 Y 3524/2024 , en los que se detectan que no constan los pertinentes informes del Departamento, existen profesionales disponibles en la la lista de reserva de la categoría auxiliar de ayuda a domicilio, que obra en esta Administración Local para dar cobertura a la acumulación de tareas derivada de la situación antes descrita, en virtud de lo estipulado en el “Reglamento de funcionamiento de las listas de reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías de personal laboral y funcionario , publicado en el Boletín Oficial de la del Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio” Provincia de Las Palmas. Número 8, miércoles 19 de enero 2022. Por lo que para cubrir Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio las necesidades generadas en el Departamento s se recurrirá a otras Administraciones Locales o Administraciones supramuncipales, al objeto de hacer uso de este tipo de listas de reserva. 10. En virtud de lo anterior y con el objeto de proceder a la cobertura de las necesidades generadas en el Departamento y atendiendo al asunto de los distintos expedientes mencionados anteriormente, se recurre sin éxito a otras Administraciones Locales (Ayuntamiento de Santa María de Guía, Ayuntamiento de Santa Lucía y Ayuntamiento de Agüimes), con las que se ha tramitado convenio de colaboración en materia de recursos humanos, al objeto de hacer uso de este tipo de listas de reserva. Sin embargo, no disponen de perfiles disponibles actualmente. 11. Durante el mes de abril de 2024, desde el Departamento de Recursos Humanos y desde el Departamento de Servicios Sociales, se realizan contactos telefónicos y se envían email a distintos Ayuntamientos de la Isla con el fin de conocer si tienen actualizada lista de reserva con la categoría de Auxiliar de Ayuda a Domicilio o de Auxiliar de Geriatría, con el resultado siguiente: Con fecha 09/04/2024, el Ayuntamiento de Artenara informa que no dispone de lista de reserva para el perfil a cubrir. Con fecha 09/04/2024, el Ayuntamiento de Tejeda informa que no dispone de lista de reserva para el perfil a cubrir. Con fecha 09/04/2024, el Ayuntamiento de Agaete informa que disponen de lista pero van a derogar la misma debido a la externalización del servicio. Con fecha 09/04/2024, el Ayuntamiento de Teror informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas. Con fecha 09/04/2024, el Cabildo de Gran Canaria informa que no cuenta con lista de reserva en vigor. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Valleseco informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas o llamamientos a través del Servicio Canario de Empleo. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Arucas informa que no disponen de lista de reserva y recurren a llamamientos del Servicio Canario de Empleo. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de San Nicolás de Tolentino informa que no dispone de lista de reserva para el perfil a cubrir. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Valsequillo informa que dispone de lista de reserva para el perfil a cubrir, pero no disponen de perfiles disponibles. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Mogán informa que no dispone de lista de reserva para el perfil a cubrir. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Telde informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Las Palmas informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Galdar informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Firgas informa que no cuenta con lista de reserva en vigor. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Moya informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas y llamamientos del Servicio Canario de Empleo. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de Santa Brígida informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de San Mateo informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que para sustituciones recurren a los Planes de Empleo. Con fecha 10/04/2024, el Ayuntamiento de San Bartolomé informa que no cuenta con lista de reserva en vigor y que recurren a empresas externas. 12. De acuerdo con la recomendación número 2 de la Viceconsejería de Administración Pública del Gobierno de Canarias, de fecha 25/06/2012, en relación a la formalización de contratos para sustitución de trabajadores afectos a servicios públicos esenciales en casos de urgente e inaplazable necesidad, se establece que si bien se recomienda en primer lugar acudir a listas de reserva por grupos profesionales creadas para cubrir estas situaciones de urgencia, en caso de inexistencia de perfiles disponibles como es el caso, se recomienda en segundo lugar acudir a listas de reserva constituidas en entidades locales limítrofes o propias. En tercer lugar, la recomendación es acudir a listas de reserva aprobadas por el Cabildo Insular respecto y en caso de no ser posible, atender la solicitud mediante los procesos detallados anteriormente, se podrá cursar oferta genérica de empleo en la Oficina de Empleo del Ámbito Territorial correspondiente. En virtud de todo lo anterior, dada la excepcionalidad, teniendo en cuenta el carácter esencial del Servicio de Ayuda a Domicilio y del Centro de Estancia Diurna para Mayores, en el citado servicio a través de los cauces previstos y tras consultar con el Departamento de Recursos Humanos de esta Administración; se considera oportuno efectuar un llamamiento a través del Servicio Canario de Empleo para: Contratación de 7 Auxiliares para el Servicio de Ayuda a Domicilio para las siguientes modalidades contractuales: 5 Auxiliares para un contrato por Circunstancias de la producción generada por el disfrute del periodo vacacional; 1 Auxiliares para un contrato de sustitución por Incapacidad temporal generada en el servicio; 1 Auxiliar para un contrato de Interinidad por vacante hasta que se convoque la plaza en el Servicio de Ayuda a domicilio. En virtud de lo anterior es por lo que se solicitan se solicitan 10 propuestas de personas candidatas atendiendo a los siguientes criterios: De conformidad con lo dispuesto en el R.D. 295/2004, de 20 de febrero, “el personal Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio auxiliar de ayuda a domicilio y quienes trabajen como asistentes personales deberán ostentar la cualificación profesional de atención sociosanitaria a personas en el domicilio. No obstante, esta norma habilita como válidas las siguientes titulaciones y certificados de profesionalidad: Título de Técnico en atención a personas en situación de dependencia, establecido por el R.D. 1593/2011, de 4 de noviembre. Título de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, establecido por el R.D. 546 /1995, de 7 de abril. Título de técnico en atención socio-sanitaria, establecido por el R.D. 496/2003, de 2 de mayo. Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto. Certificado de profesionalidad, de atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto.” Se deberá contar con carnet de conducir y vehículo propio. Contratación de 2 Auxiliares de Geriatría para el Centro de Estancia Diurna para Mayores: 1 Auxiliar Geriatría, en el periodo comprendido entre 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive y 1 Auxiliar Geriatría, en el periodo comprendido entre 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive. En virtud de lo anterior es por lo que se solicitan 4 propuestas de personas candidatas atendiendo a los siguientes criterios: De conformidad con lo dispuesto en el R.D. 295/2004, de 20 de febrero, “el personal auxiliar de ayuda a domicilio y quienes trabajen como asistentes personales deberán ostentar la cualificación profesional de atención sociosanitaria a personas en el domicilio. No obstante, esta norma habilita como válidas las siguientes titulaciones y certificados de profesionalidad: Título de Técnico en atención a personas en situación de dependencia, establecido por el R.D. 1593/2011, de 4 de noviembre. Título de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, establecido por el R.D. 546 /1995, de 7 de abril. Título de técnico en atención socio-sanitaria, establecido por el R.D. 496/2003, de 2 de mayo. Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Certificado de profesionalidad, de atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto.” 13. El proceso de selección se realizará en las dependencias del Ayuntamiento mediante una comisión técnica de selección compuesta por tres técnicos/as de la Concejalía de Servicios Sociales. Una vez concluidas las entrevistas correspondientes se procederá al proceso de baremación (anexo I), posteriormente se emitirá el acta de la Comisión Técnica de Selección (anexo II), en el que se indica el resultado de la baremación y las personas candidatas que han resultado seleccionadas. El ÚNICO OBJETIVO de la entrevista será el de corroborar la disponibilidad de las personas candidatas en función de los servicios a prestar. La distribución de los contratos para las distintas personas candidatas seleccionadas se realizará en función de la puntuación obtenida. Lo que se comunicará al Servicio Canario de Empleo y a las personas candidatas, a los efectos oportunos. FUNDAMENTOS JURÍDICOS El artículo 2 del Decreto 90/2002, de 16 de julio, por el que se regula la cofinanciación de las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales a gestionar por los Ayuntamientos de Canarias, identifica dentro de las Prestaciones Básicas de los Servicios Sociales al Servicio de Ayuda a Domicilio, definiéndolo “(…) como conjunto de actuaciones, realizadas preferentemente en el domicilio del destinatario, de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, dirigidas a individuos y/o familias que se hallen en situaciones de especial necesidad, facilitando así la permanencia y la autonomía en el medio habitual de convivencia (...)”. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en su artículo primero, establece las modificaciones de la Ley 7 /1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, determinando que “ El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: (…) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención ”. Igualmente, en el inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social apartado noveno de este artículo primero de la Ley de Racionalización y sostenibilidad, se expone la modificación del artículo 26 de la LBRL, determinando que “Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes: (…). En los municipios con población superior a los 20.000 habitantes, además: protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención ”. inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, (…) La Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, en su artículo 11 sobre atribución de competencias determina que “Sin perjuicio de lo previsto en la legislación básica, los municipios canarios asumirán, en todo caso, las competencias que les asignen como propias las leyes sectoriales de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre las siguientes materias Igualmente, (…): n) Servicios sociales (…). Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio en el artículo 10.3 de la misma se explicita respecto a este asunto que “(…) los municipios canarios podrán ejercer otras que, cumpliendo con los requisitos legales, promuevan actividades y servicios que contribuyan a satisfacer necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, con respeto a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, descartándose que un servicio público pueda ser ofrecido simultáneamente por varias administraciones”. El artículo 25 de la Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias, establece que “ 1. Los servicios sociales de atención primaria y comunitaria constituyen el primer nivel de atención del sistema público de servicios sociales. Su titularidad corresponderá a los municipios. 2. Constituirán el nivel de referencia para la prevención de situaciones de vulnerabilidad social, la detección y la valoración de las necesidades, el diagnóstico, la planificación, la intervención, el tratamiento, el seguimiento y la evaluación de la atención”. El artículo 26 de la Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias destaca entre las funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, entre otras, las siguientes: “a) La información, valoración, orientación, asesoramiento y seguimiento a la población sobre las prestaciones y servicios del sistema público de servicios sociales y de los recursos de otros sistemas de protección social existentes en Canarias, así como la intervención individual, grupal y comunitaria. b) La puesta en marcha de actuaciones de carácter preventivo y terapéutico tendentes a propiciar el desarrollo, la inclusión social de la población y la disminución de las situaciones de vulnerabilidad social. c) El diseño y desarrollo de intervenciones de promoción de la autonomía, la calidad de vida y el bienestar social de la población de referencia en su ámbito de competencia. d) La identificación e intervención en situaciones de riesgo o exclusión social. e) El análisis y valoración integral de las demandas y necesidades de atención de la población de referencia. f) La atención ante situaciones de urgencia o emergencia social. g) La elaboración del plan de intervención social que contemple el conjunto de los recursos disponibles en el territorio, que asegure la atención integral y su continuidad, teniendo en cuenta las carencias, preferencias y estilo de vida de la persona y que la involucre activamente en su entorno. h) El seguimiento y evaluación de resultados respecto a los objetivos propuestos en el plan de intervención social, con la participación activa de la persona y su familia o unidad de convivencia. i) La derivación, acorde con el plan de intervención social, al recurso o servicio idóneo del nivel especializado del sistema público de servicios sociales o, en su caso, al correspondiente de otro sistema de protección social(…)”. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio El artículo 50 de la Ley 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias, se establece como una competencia propia de los municipios, entre otros, el “Crear, organizar y gestionar los servicios sociales de atención primaria y comunitaria previstos en dicha A este respecto, el artículo 26 de la precitada ley y su normativa de desarrollo”. norma, establece como funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria en su epígrafe 1, entre otras, las siguientes: “a) la información, valoración, orientación, asesoramiento y seguimiento a la población sobre las prestaciones y servicios del sistema público de servicios sociales y de los recursos de otros sistemas de protección existentes en Canarias, así como la intervención individual, grupal y comunitaria., d) La identificación e intervención en situaciones de riesgo o exclusión social., e) El análisis y valoración integral de las demandas y necesidades de atención de la población de referencia. Y f) La atención ante situaciones de urgencia o emergencia social.” CONSIDERACIONES TÉCNICAS El presente proceso selectivo de personal laboral temporal, a llevar cabo a tenor de urgencia con carácter excepcional, de las respectivas ofertas genéricas con el Servicio Canario de Empleo para cubrir los puestos incluidos dentro de los proyectos especificados promovidos por los servicios sociales municipales, al tratarse de servicios esenciales, urgentes e inaplazables que no pueden posponerse hasta la disponibilidad de perfiles candidatos en las listas de reserva que obra en esta Administración Local, y al no encontrar disponibilidad de las categorías solicitadas tras acudir a listas de reserva y /o bolsas de otras entidades. La urgente necesidad de continuar prestando servicios, en recursos enmarcados dentro de la prevención y atención a personas mayores en situación de soledad, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y/o dependientes beneficiarias del servicio, justifica acudir a esta convocatoria con carácter urgente, al tratarse de servicios esenciales, urgentes e inaplazables. Modalidad y características de los contratos. Esta contratación temporal se formalizará bajo las modalidades de contrato denominada “por sustitución”, y “Circunstancias de la producción”, atendiendo a los siguientes parámetros: Para el contrato de Circunstancias de la producción generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, desde el 01/07/2024 al 04/10/2024, ambos inclusive, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Para el contrato de Circunstancias de la producción generada en el Centro de Estancia Diurna por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá uno de ellos desde el 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, mientras que el otro desde el 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Contrato de sustitución para cubrir la plaza vacante generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se formalice el correspondiente contrato, tras la resolución de la Comisión Técnica, y hasta que se convoque la plaza, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Para el contrato de sustitución para cobertura de las bajas por Incapacidad temporal generadas en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se formalice el correspondiente contrato, tras la resolución de la Comisión Técnica, y hasta cuando cese la incapacidad temporal motivo de dicha sustitución, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. El tiempo de los servicios prestados y el desempeño de las funciones, no dará a las personas contratadas más derechos frente al Ayuntamiento, que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre, de acuerdo con la naturaleza el contrato laboral temporal que se celebre, sujeto a lo establecido en 15.1 a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los artículos 2,5 y siguientes del Real Decreto 2720/1998, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. Características del puesto. Las personas a contratar tendrán como cometido las tareas propias establecidas para cada categoría en función al puesto de trabajo a ocupar dentro de cada proyecto, siendo las especificadas a continuación: Para los puestos de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, comprenderá la realización de todas aquellas tareas propias del trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para la atención de las personas beneficiarias de dicho servicio en su domicilio, recogidas en la “ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO”, publicada en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas, número 94, de fecha 5/08/2020. Para los puestos de Auxiliar de Geriatría, comprenderá las funciones relativas a la Prestación de servicios de promoción de la autonomía personal, atención, apoyo y cuidado personal de las personas mayores beneficiarias del Servicio al objeto de fomentar su autonomía personal y prevención de la dependencia. Requisitos de las personas aspirantes. - Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar. - Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. - Poseer la titulación exigida. Las personas candidatas para poder participar en el proceso selectivo, deberán estar en posesión de algunos de los siguientes títulos: De conformidad con lo dispuesto en el R.D. 295/2004, de 20 de febrero, “el personal auxiliar de ayuda a domicilio y quienes trabajen como asistentes personales deberán ostentar la cualificación profesional de atención sociosanitaria a personas en el No obstante, esta norma habilita como válidas las siguientes titulaciones y domicilio”. certificados de profesionalidad: Título de Técnico en atención a personas en situación de dependencia, establecido por el R.D. 1593/2011, de 4 de noviembre. Título de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, establecido por el R.D. 546 /1995, de 7 de abril. Título de técnico en atención socio-sanitaria, establecido por el R.D. 496/2003, de 2 de mayo. Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto. Certificado de profesionalidad, de atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto.”- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, además se adjuntará al título su traducción jurada. - No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito, según lo dispuesto en el artículo 13.5. de Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia. - Todos los requisitos enumerados deberán poseerse hasta el momento de la contratación. - En el caso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, será requisito indispensable el disponer de carnet de conducir y vehículo propio. Valoración de méritos. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Experiencia profesional: Puntuación máxima 4 puntos. Experiencia en la Administración Pública. Se valorará con un máximo de 2,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas, en la Administración Pública y/o organismos autónomos, con independencia de la vinculación jurídica laboral o administrativa, siendo la valoración de 0,25 puntos por cada mes trabajado. Acreditación: Certificado de servicios prestados emitido por el órgano o autoridad competente de la Administración o entidad. Experiencia en el ámbito privado. Se valorará con un máximo de 1,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas en el ámbito privado, bien por cuenta propia o por cuenta ajena, siendo la valoración de 0,125 puntos por cada mes trabajado. Acreditación: Informe de vida laboral y contrato de trabajo donde se acredite el desempeño de la categoría demandada. A los efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores, los contratos a tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50% de aquélla. En caso de que sea inferior se computará de forma proporcional al tiempo trabajado. Formación: Puntuación máxima 6 puntos. 1. Por poseer uno o más de los títulos de carácter oficial exigidos para poder participar en el proceso selectivo, además del presentado para poder participar en la convocatoria, se valorará con un 1 punto por cada titulación adicional, hasta un máximo de 2 puntos. No se considerará titulación distinta que la exigida, cuando sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura, etc.). 2. Cursos de perfeccionamiento y estudios de postgrado universitarios (Máster, Experto, Doctorado, etc.) relacionados con la categoría demandada. Se valorará con un máximo de 2 puntos. Por cada título de Doctorado, se valorará con 1 punto. Por cada título de Máster Universitario, se valorará con 0,75 puntos. Por cada título de Experto, se valorará con 0,5 puntos. 3. Por cursos relacionados con el puesto a desempeñar: Los certificados/diplomas de cursos aportados deberán tener una duración mínima de 10 horas. Por lo que, por cada hora de curso aportado, que supere las 10 horas, se valorará con 0,1 puntos por hora. Este apartado se valorará con un máximo de 2 puntos. En caso de empate entre las personas candidatas, para el desempate y determinar al candidato con mayor puntuación se atenderá a la mayor experiencia profesional. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Presentación de las personas candidatas. El Ayuntamiento de Ingenio, al no disponer de bolsa de trabajo y/o lista de reserva en dichas categorías, y tras acudir a listas de reserva y/o bolsas de otras entidades, no encontrando disponibilidad en las mismas, dado el carácter urgente e inaplazable de las contrataciones a realizar, que responden a servicios esenciales proporcionados desde el Ayuntamiento de Ingenio a través de los servicios sociales municipales, acude con carácter excepcional al Servicio Canario de Empleo para tras su aprobación, cursar Oferta Genérica de Empleo en la Oficina de Empleo de ámbito territorial correspondiente y se remitan personas candidatas disponibles para su selección, con la aplicación del protocolo del Servicio Canario de Empleo correspondiente para este caso. Comisión técnica de valoración. Para valorar la disponibilidad de las personas remitidas por el Servicio Canario de Empleo se realizará una entrevista personal a cada candidato/a, previa a la valoración de los méritos expuestos. Comprobar la disponibilidad presentada por las personas candidatas será el único objetivo de las entrevistas a realizar. La distribución de los contratos para las distintas personas candidatas seleccionadas se realizará en función de la puntuación obtenida. Para la selección de las personas candidatas remitidas por el Servicio Canario de Empleo en función a los puestos a cubrir para cada Servicio, se formará una comisión técnica municipal de valoración y seguimiento formada por el siguiente personal municipal: Presidente/a: Coordinadora de Servicios Sociales. Secretario/a: Técnica de Servicios Sociales. Vocal 1: Técnica de Servicios Sociales. A efectos de abstención y recusación se atenderá a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Desarrollo del proceso selectivo y llamamiento. El proceso selectivo se desarrollará conforme a las siguientes normas: Tras la remisión de personas candidatas por el Servicio Canario de Empleo en función al protocolo establecido, se recogerá toda la documentación necesaria para la valoración de los méritos establecidos, y se procederá a realizar una entrevista personal a cada candidato/a remitido para comprobar la disponibilidad en función a los servicios a cubrir. Posteriormente se reunirá la comisión técnica municipal para proceder a valorar la documentación y méritos aportados por cada participante, así como la disponibilidad trasladada. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio De las sesiones se levantará Acta y se propondrá una lista en orden decreciente, de mayor a menor puntuación, siendo seleccionada como persona candidata para contratar, la persona que hubiera obtenido la puntuación mayor en función a los criterios de selección establecidos. Si se observasen defectos en la documentación aportada subsanables a efectos de valoración de méritos, se requerirá a la persona candidata para que, en el plazo de UN DÍA HÁBIL, proceda a subsanar la documentación requerida. Se comunicará al candidato/a conforme al medio que determine. Si se opta por la llamada telefónica, se levantará acta donde conste persona, hora y día de la llamada. Si no se atendiese a la primera llamada se realizará únicamente otra llamada, pasada una hora desde la primera. Se intentará también a través de correo electrónico, en aquellos casos en los que se ha facilitado dicho medio en la solicitud. Transcurridas 24 horas, en el caso de no poder contactar con la persona seleccionada, se procederá a contactar con la siguiente persona en función a la puntuación obtenida. Una vez finalizado el procedimiento anterior se propondrá a la Alcaldía, las personas candidatas que han resultado seleccionadas para proceder a su inmediata contratación. Información y publicidad. Haciendo uso del principio de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, se anuncia en el Tablón de Anuncios, en la página web del Ayuntamiento de Ingenio con sede electrónica dirección web y en el portal de transparencia de esta https://ingenio.sedelectronica.es/ Administración Local. Esta convocatoria podrá ser consultada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web, por un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES. ANEXO I PROPUESTA DE BAREMACION PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL PARA CUBRIR LAS NECESIDADES GENERADAS EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y EL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA PARA MAYORES DE INGENIO, A TRAVÉS DE LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. ASPIRANTE 1: BLOQUE 1. FORMACIÓN................................................................ Máximo 6 puntos. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 1) Por poseer uno o más de los títulos de carácter oficial exigidos para poder participar en el proceso selectivo, además del presentado para poder participar en la convocatoria, se valorará con un 1 punto por cada titulación adicional, hasta un máximo de 2 puntos. No se considerará titulación distinta que la exigida, cuando sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura, etc.). 2) Cursos de perfeccionamiento y estudios de postgrado universitarios (Máster, Experto, Doctorado, etc.) relacionados con la categoría demandada. Se valorará con un máximo de 2 puntos. Por cada título de Doctorado, se valorará con 1 punto. Por cada título de Máster Universitario, se valorará con 0,75 puntos. Por cada título de Experto, se valorará con 0,5 puntos. 3) Por cursos relacionados con el puesto a desempeñar: Los certificados/diplomas de cursos aportados deberán tener una duración mínima de 10 horas. Por lo que, por cada hora de curso aportado, que supere las 10 horas, se valorará con 0,1 puntos por hora. Este apartado se valorará con un máximo de 2 puntos. PUNTUACIÓN: BLOQUE 2. EXPERIENCIA PROFESIONAL................................... Máxim 4 puntos. Experiencia en la Administración Pública. Se valorará con un máximo de 2,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas, en la Administración Pública y/o organismos autónomos, con independencia de la vinculación jurídica laboral o administrativa, siendo la valoración de 0,25 puntos por cada mes trabajado. Experiencia en el ámbito privado. Se valorará con un máximo de 1,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas en el ámbito privado, bien por cuenta propia o por cuenta ajena, siendo la valoración de 0,125 puntos por cada Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 M á xi m o 2 p u n t o s M á xi m o 2 p u n t o s Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 M á xi m o 2 p u n t o s Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 27 DECRETO M áx i m o 2, 5 p u nt os M áx i Ayuntamiento de La Villa de Ingenio mes trabajado. m o 1, 5 p u nt os PUNTUACIÓN: En caso de empate entre las personas candidatas, para el desempate y determinar al candidato con mayor puntuación se atenderá a la mayor experiencia profesional. PUNTUACIÓN TOTAL: ANEXO II ACTA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL PARA CUBRIR LAS NECESIDADES GENERADAS EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y EL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA PARA MAYORES DE INGENIO, A TRAVÉS DE LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. Reunidos en Ingenio, el día ____________________, los miembros de la Comisión Técnica de selección conformados ___________________________________ ; personal de la Concejalía de Servicios Sociales con la finalidad de proceder a la selección de un/a ___________________________________________ PARA CUBRIR A TRAVÉS DEL LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO, LAS SIGUIENTES CONTRATACIONES: Circunstancias de la producción generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, desde el 01/07/2024 al 04/10/2024, ambos inclusive. Circunstancias de la producción generada en el Centro de Estancia Diurna por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá uno de ellos desde el 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, mientras que el otro desde el 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive. Contrato de sustitución para cubrir la plaza vacante generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se resuelva la Comisión Técnica y hasta que se convoque la plaza. Contrato de sustitución de las bajas por Incapacidad temporal generadas en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio desde que se resuelva la Comisión Técnica y cuando cese la incapacidad temporal motivo de la presente sustitución. PUNTO PRIMERO: Queda constituida la Comisión Técnica de selección con las personas asistentes a la reunión. PUNTO SEGUNDO: han comparecido las siguientes personas candidatas preseleccionadas y citadas, habiéndose realizado la pertinente baremación. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10 11. 12. 13. PUNTO TERCERO: se han realizado entrevistas personales SOLO A LOS EFECTOS DE LA DISPONIBILIDAD DE LOS ASPIRANTES y se han baremado los méritos aportados por las personas candidatas conforme a los criterios establecidos en la Convocatoria elaborada para tal fin y que consta en el Expediente de Gestiona __________, siendo el resultado de la selección el siguiente: 1. 2. 3. 4. 5. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 6. 7. 8. 9. 10 11. 12. 13. No teniendo más puntos que tratar se da por finalizada la Comisión, se levanta Acta y se firma en Ingenio a la fecha de la firma electrónica. Don/ Doña: Don/Doña: Don/Doña: Vista la propuesta de resolución PR/2024/3077 de 18 de abril de 2024. RESOLUCIÓN PRIMERO: Aprobar la realización de la Convocatoria de selección de selección de personal mediante concurso de méritos para contratación temporal para cubrir las circunstancias de la producción generada por el disfrute de las vacaciones del personal adscrito al “Servicio de Ayuda a domicilio” y al “Centro de Estancia Diurna para Mayores”, la Interinidad por vacante generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio hasta que se convoque la plaza, las Incapacidades temporales generadas en el Servicio de Ayuda a domicilio así como otras necesidades que surjan en el Departamento y que afecte a este perfil profesional, a través del Servicio Canario de Empleo, dada la inexistencia de estos perfiles profesionales en listas de reserva. dada la inexistencia de estos atendiendo a los siguientes parámetros: perfiles profesionales en listas de reserva, Modalidad y características de los contratos. Esta contratación temporal se formalizará bajo la modalidad de contrato denominada “por sustitución”, atendiendo a los siguientes parámetros: Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Para el contrato de Circunstancias de la producción generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, desde el 01/07/2024 al 04/10/2024, ambos inclusive, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Para el contrato de Circunstancias de la producción generada en el Centro de Estancia Diurna por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá uno de ellos desde el 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, mientras que el otro desde el 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Contrato de sustitución para cubrir la plaza vacante generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se formalice el correspondiente contrato, tras la resolución de la Comisión Técnica, y hasta que se convoque la plaza, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. Para el contrato de sustitución para cobertura de las bajas por Incapacidad temporal generadas en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se formalice el correspondiente contrato, tras la resolución de la Comisión Técnica, y hasta cuando cese la incapacidad temporal motivo de dicha sustitución, con un horario de lunes a viernes de 7:15 a 14:15. El tiempo de los servicios prestados y el desempeño de las funciones, no dará a las personas contratadas más derechos frente al Ayuntamiento, que los estrictamente especificados en el contrato que se celebre, de acuerdo con la naturaleza el contrato laboral temporal que se celebre, sujeto a lo establecido en 15.1 a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los artículos 2,5 y siguientes del Real Decreto 2720/1998, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. Características del puesto. Las personas a contratar tendrán como cometido las tareas propias establecidas para cada categoría en función al puesto de trabajo a ocupar dentro de cada proyecto, siendo las especificadas a continuación: Para los puestos de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, comprenderá la realización de todas aquellas tareas propias del trabajo de Auxiliar de Ayuda a Domicilio para la atención de las personas beneficiarias de dicho servicio en su domicilio, recogidas en la “ACTUALIZACIÓN DEL REGLAMENTO DE GESTIÓN DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO”, publicada en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas, número 94, de fecha 5/08/2020. Para los puestos de Auxiliar de Geriatría, comprenderá las funciones relativas a la Prestación de servicios de promoción de la autonomía personal, atención, apoyo y cuidado personal de las personas mayores beneficiarias del Servicio al objeto de fomentar su autonomía personal y prevención de la dependencia. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Requisitos de las personas aspirantes. - Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar. - Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad máxima de jubilación forzosa. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. - Poseer la titulación exigida. Las personas candidatas para poder participar en el proceso selectivo, deberán estar en posesión de algunos de los siguientes títulos: De conformidad con lo dispuesto en el R.D. 295/2004, de 20 de febrero, “el personal auxiliar de ayuda a domicilio y quienes trabajen como asistentes personales deberán ostentar la cualificación profesional de atención sociosanitaria a personas en el No obstante, esta norma habilita como válidas las siguientes titulaciones y domicilio”. certificados de profesionalidad: Título de Técnico en atención a personas en situación de dependencia, establecido por el R.D. 1593/2011, de 4 de noviembre. Título de Técnico en cuidados auxiliares de enfermería, establecido por el R.D. 546 /1995, de 7 de abril. Título de técnico en atención socio-sanitaria, establecido por el R.D. 496/2003, de 2 de mayo. Certificado de profesionalidad de atención socio-sanitaria a personas en el domicilio, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto. Certificado de profesionalidad, de atención socio-sanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulado por el R.D. 1379/2008, de 1 de agosto.”- En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación, además se adjuntará al título su traducción jurada. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio - No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito, según lo dispuesto en el artículo 13.5. de Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia. - Todos los requisitos enumerados deberán poseerse hasta el momento de la contratación. - En el caso de Auxiliar de Ayuda a Domicilio, será requisito indispensable el disponer de carnet de conducir y vehículo propio. Valoración de méritos. Experiencia profesional: Puntuación máxima 4 puntos. Experiencia en la Administración Pública. Se valorará con un máximo de 2,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas, en la Administración Pública y/o organismos autónomos, con independencia de la vinculación jurídica laboral o administrativa, siendo la valoración de 0,25 puntos por cada mes trabajado. Acreditación: Certificado de servicios prestados emitido por el órgano o autoridad competente de la Administración o entidad. Experiencia en el ámbito privado. Se valorará con un máximo de 1,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas en el ámbito privado, bien por cuenta propia o por cuenta ajena, siendo la valoración de 0,125 puntos por cada mes trabajado. Acreditación: Informe de vida laboral y contrato de trabajo donde se acredite el desempeño de la categoría demandada. A los efectos de lo dispuesto en los párrafos anteriores, los contratos a tiempo parcial se computarán como jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50% de aquélla. En caso de que sea inferior se computará de forma proporcional al tiempo trabajado. Formación: Puntuación máxima 6 puntos. 1. Por poseer uno o más de los títulos de carácter oficial exigidos para poder participar en el proceso selectivo, además del presentado para poder participar en la convocatoria, se valorará con un 1 punto por cada titulación adicional, hasta un máximo de 2 puntos. No se considerará titulación distinta que la exigida, cuando sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura, etc.). 2. Cursos de perfeccionamiento y estudios de postgrado universitarios (Máster, Experto, Doctorado, etc.) relacionados con la categoría demandada. Se valorará con un máximo de 2 puntos. Por cada título de Doctorado, se valorará con 1 punto. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Por cada título de Máster Universitario, se valorará con 0,75 puntos. Por cada título de Experto, se valorará con 0,5 puntos. 3. Por cursos relacionados con el puesto a desempeñar: Los certificados/diplomas de cursos aportados deberán tener una duración mínima de 10 horas. Por lo que, por cada hora de curso aportado, que supere las 10 horas, se valorará con 0,1 puntos por hora. Este apartado se valorará con un máximo de 2 puntos. En caso de empate entre las personas candidatas, para el desempate y determinar al candidato con mayor puntuación se atenderá a la mayor experiencia profesional. Presentación de las personas candidatas. El Ayuntamiento de Ingenio, al no disponer de bolsa de trabajo y/o lista de reserva en dichas categorías, y tras acudir a listas de reserva y/o bolsas de otras entidades, no encontrando disponibilidad en las mismas, dado el carácter urgente e inaplazable de las contrataciones a realizar, que responden a servicios esenciales proporcionados desde el Ayuntamiento de Ingenio a través de los servicios sociales municipales, acude con carácter excepcional al Servicio Canario de Empleo para tras su aprobación, cursar Oferta Genérica de Empleo en la Oficina de Empleo de ámbito territorial correspondiente y se remitan personas candidatas disponibles para su selección, con la aplicación del protocolo del Servicio Canario de Empleo correspondiente para este caso. Comisión técnica de valoración. Para valorar la disponibilidad de las personas remitidas por el Servicio Canario de Empleo se realizará una entrevista personal a cada candidato/a, previa a la valoración de los méritos expuestos. Comprobar la disponibilidad presentada por las personas candidatas será el único objetivo de las entrevistas a realizar. La distribución de los contratos para las distintas personas candidatas seleccionadas se realizará en función de la puntuación obtenida. Para la selección de las personas candidatas remitidas por el Servicio Canario de Empleo en función a los puestos a cubrir para cada Servicio, se formará una comisión técnica municipal de valoración y seguimiento formada por el siguiente personal municipal: Presidente/a: Coordinadora de Servicios Sociales. Secretario/a: Técnica de Servicios Sociales. Vocal 1: Técnica de Servicios Sociales. A efectos de abstención y recusación se atenderá a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Desarrollo del proceso selectivo y llamamiento. El proceso selectivo se desarrollará conforme a las siguientes normas: Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Tras la remisión de personas candidatas por el Servicio Canario de Empleo en función al protocolo establecido, se recogerá toda la documentación necesaria para la valoración de los méritos establecidos, y se procederá a realizar una entrevista personal a cada candidato/a remitido para comprobar la disponibilidad en función a los servicios a cubrir. Posteriormente se reunirá la comisión técnica municipal para proceder a valorar la documentación y méritos aportados por cada participante, así como la disponibilidad trasladada. De las sesiones se levantará Acta y se propondrá una lista en orden decreciente, de mayor a menor puntuación, siendo seleccionada como persona candidata para contratar, la persona que hubiera obtenido la puntuación mayor en función a los criterios de selección establecidos. Si se observasen defectos en la documentación aportada subsanables a efectos de valoración de méritos, se requerirá a la persona candidata para que, en el plazo de UN DÍA HÁBIL, proceda a subsanar la documentación requerida. Se comunicará al candidato/a conforme al medio que determine. Si se opta por la llamada telefónica, se levantará acta donde conste persona, hora y día de la llamada. Si no se atendiese a la primera llamada se realizará únicamente otra llamada, pasada una hora desde la primera. Se intentará también a través de correo electrónico, en aquellos casos en los que se ha facilitado dicho medio en la solicitud. Transcurridas 24 horas, en el caso de no poder contactar con la persona seleccionada, se procederá a contactar con la siguiente persona en función a la puntuación obtenida. Una vez finalizado el procedimiento anterior se propondrá a la Alcaldía, las personas candidatas que han resultado seleccionadas para proceder a su inmediata contratación. Información y publicidad. Haciendo uso del principio de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, se anuncia en el Tablón de Anuncios, en la página web del Ayuntamiento de Ingenio con sede electrónica dirección web y en el portal de transparencia de esta https://ingenio.sedelectronica.es/ Administración Local. Esta convocatoria podrá ser consultada en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web, por un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES. ANEXO I PROPUESTA DE BAREMACION PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL PARA CUBRIR LAS NECESIDADES GENERADAS EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y EL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA PARA MAYORES DE INGENIO, A TRAVÉS DE LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. ASPIRANTE 1: BLOQUE 1. FORMACIÓN................................................................ Máximo 6 puntos. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 1) Por poseer uno o más de los títulos de carácter oficial exigidos para poder participar en el proceso selectivo, además del presentado para poder participar en la convocatoria, se valorará con un 1 punto por cada titulación adicional, hasta un máximo de 2 puntos. No se considerará titulación distinta que la exigida, cuando sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado, diplomatura, licenciatura, etc.). 2) Cursos de perfeccionamiento y estudios de postgrado universitarios (Máster, Experto, Doctorado, etc.) relacionados con la categoría demandada. Se valorará con un máximo de 2 puntos. Por cada título de Doctorado, se valorará con 1 punto. Por cada título de Máster Universitario, se valorará con 0,75 puntos. Por cada título de Experto, se valorará con 0,5 puntos. 3) Por cursos relacionados con el puesto a desempeñar: Los certificados/diplomas de cursos aportados deberán tener una duración mínima de 10 horas. Por lo que, por cada hora de curso aportado, que supere las 10 horas, se valorará con 0,1 puntos por hora. Este apartado se valorará con un máximo de 2 puntos. PUNTUACIÓN: BLOQUE 2. EXPERIENCIA PROFESIONAL................................... Máxim 4 puntos. Experiencia en la Administración Pública. Se valorará con un máximo de 2,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas, en la Administración Pública y/o organismos autónomos, con independencia de la vinculación jurídica laboral o administrativa, siendo la valoración de 0,25 puntos por cada mes trabajado. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 M á xi m o 2 p u n t o s M á xi m o 2 p u n t o s Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 27 DECRETO M á xi m o 2 p u n t o s M áx i m o 2, 5 p u nt os Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Experiencia en el ámbito privado. Se valorará con un máximo de 1,5 puntos, los servicios prestados en las categorías demandadas en el ámbito privado, bien por cuenta propia o por cuenta ajena, siendo la valoración de 0,125 puntos por cada mes trabajado. PUNTUACIÓN: En caso de empate entre las personas candidatas, para el desempate y determinar al candidato con mayor puntuación se atenderá a la mayor experiencia profesional. PUNTUACIÓN TOTAL: ANEXO II ACTA PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL PARA CUBRIR LAS NECESIDADES GENERADAS EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y EL CENTRO DE ESTANCIA DIURNA PARA MAYORES DE INGENIO, A TRAVÉS DE LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO. Reunidos en Ingenio, el día ____________________, los miembros de la Comisión Técnica de selección conformados ___________________________________ ; personal de la Concejalía de Servicios Sociales con la finalidad de proceder a la selección de un/a ___________________________________________ PARA CUBRIR A TRAVÉS DEL LLAMAMIENTO REALIZADO POR EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO, LAS SIGUIENTES CONTRATACIONES: Circunstancias de la producción generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, desde el 01/07/2024 al 04/10/2024, ambos inclusive. Circunstancias de la producción generada en el Centro de Estancia Diurna por el disfrute del periodo vacacional, la duración de los contratos a celebrar comprenderá uno de ellos desde el 06/06/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive, mientras que el otro desde el 01/07/2024 al 10/09/2024, ambos inclusive. Contrato de sustitución para cubrir la plaza vacante generada en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá desde que se resuelva la Comisión Técnica y hasta que se convoque la plaza Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 M áx i m o 1, 5 p u nt os Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Sustitución de las bajas por Incapacidad temporal generadas en el Servicio de Ayuda a Domicilio, la duración de los contratos a celebrar comprenderá, desde que se resuelva la Comisión Técnica y cuando cese la incapacidad temporal motivo de la presente sustitución. PUNTO PRIMERO: Queda constituida la Comisión Técnica de selección con las personas asistentes a la reunión. PUNTO SEGUNDO: han comparecido las siguientes personas candidatas preseleccionadas y citadas, habiéndose realizado la pertinente baremación. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10 11. 12. 13. PUNTO TERCERO: se han realizado entrevistas personales SOLO A LOS EFECTOS DE LA DISPONIBILIDAD DE LOS ASPIRANTES y se han baremado los méritos aportados por las personas candidatas conforme a los criterios establecidos en la Convocatoria elaborada para tal fin y que consta en el Expediente de Gestiona __________, siendo el resultado de la selección el siguiente: 1. 2. 3. 4. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 27 DECRETO Ayuntamiento de La Villa de Ingenio 5. 6. 7. 8. 9. 10 11. 12. 13. No teniendo más puntos que tratar se da por finalizada la Comisión, se levanta Acta y se firma en Ingenio a la fecha de la firma electrónica. Don/ Doña: Don/Doña: Don/Doña: SEGUNDO. Declarar la excepcionalidad de dicha contratación, en cuanto es absolutamente necesaria para el bienestar de los vecinos y vecinas, ya que esta figura es primordial para el desarrollo del proyecto denominado “Servicio de Ayuda a Domicilio”, y para el funcionamiento del Centro de Estancia Diurna para Mayores, a efectos de la satisfacción de las necesidades de la ciudadanía afectada, y del interés general. TERCERO: Reconocer la imposibilidad de acudir a medidas alternativas, tales como cambio de adscripción de puestos, redistribución de efectivos, atribución temporal de funciones o movilidad funcional, para atender las necesidades de personal a estos efectos. CUARTO: Dar traslado de la presente resolución al Departamento de Personal y a la Agencia de Desarrollo Local a los efectos oportunos. EN LA VILLA DE INGENIO A FECHA DE FIRMA ELECTRÓNICA DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Número: 2024-2661 Fecha: 22/04/2024 Cód. Validación: 5CFSNKNQPWRFN5YH9W2HNACQM Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 27 DECRETO