Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 RECURSOS HUMANOS/JAG EXPEDIENTE: 1660/2022 Dª Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Las Palmas) DECRETO. El Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 20/12/2021 procedió a la aprobación inicial de la plantilla que comprende los puestos de trabajo reservados a funcionarios y personal laboral de este Ayuntamiento y sus organismos autónomos, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 154, de 24/12/2021. Acuerdo que quedó elevado a definitivo al no haberse presentado alegaciones durante el período de información pública (B.O. de la Provincia número 11, de 26/01/2022). SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 16/05/2022 HASH: 51ba9dbbca08401ae558835f51cb4ae8 MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, ha venido a autorizar una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que tengan dotación presupuestaria, y que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Dicha norma establece como condición que la oferta que articule este proceso de estabilización debe aprobarse y publicarse antes del 1 de junio de 2022. El paso previo a esta Oferta ha sido la elaboración de un Plan de Ordenación para la identificación de las plazas que deberían ser ofertadas al cumplir con los requerimientos establecidos por el artículo 2 de la Ley 20/2021, así como sus disposiciones adicionales sexta y octava. ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 17/05/2022 HASH: 771637f6f54f0515bd717f82f75b994a ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) Las medidas de planificación de recursos humanos que se incluyen en este decreto persiguen, de conformidad con el artículo 69 del TRLEBEP, contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos. Este decreto tiene como finalidad la reducción de la temporalidad, dar cumplimiento a lo indicado y establecer los criterios que deben orientar los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de esta Administración. De acuerdo con todo lo anterior, se cumple con los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Este decreto responde al principio de necesidad, para poder convocar la cobertura de plazas objeto de estabilización. Se responde con eficacia y proporcionalidad a la citada necesidad, pues la oferta extraordinaria que se aprueba se ha elaborado a partir de los criterios contemplados en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. La oferta de empleo público aporta seguridad jurídica y transparencia de cara a los futuros procesos selectivos, de modo que el ciudadano puede conocer no sólo las plazas a convocar, sino en qué áreas de actividad, conociendo de antemano las reglas básicas a las que se sujetarán las convocatorias. En ningún caso esta regulación conlleva restricción de derechos de los particulares, sino que los garantiza y trata de forma específica y de acuerdo con la legislación vigente, las situaciones que precisan de una atención o medidas específicas. Esta oferta ha sido negociada en la Mesa General el día 16 de mayo de 2022 a los efectos previstos en el artículo 37.1.l) del TRLEBEP. En su virtud, a propuesta de la Concejalía de Recursos Humanos, vistos los informes del área de Recursos Humanos, previa negociación en la Mesa General con los representantes AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7 DECRETO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 del personal y visto que esta Alcaldía es competente para dictar la presente resolución, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, de modificación de la misma, HE RESUELTO: Primero. Aprobación de la oferta de empleo público extraordinaria de estabilización. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se aprueba la oferta de empleo público extraordinaria para 2022 en los términos que se establecen en este decreto, así como el Plan de Ordenación previo que refleja el proceso de identificación de las plazas y la casuística de cada una. Como proceso extraordinario dirigido a reducir la alta tasa de temporalidad en esta Administración, se ofertan, en los términos de la Ley 20/2021 las plazas para estabilización de personal temporal que se citan en el anexo. Segundo. Cuantificación de las plazas de la oferta de empleo público. 1.- La oferta de empleo público extraordinaria para 2022 representa la tasa adicional autorizada para la estabilización de empleo temporal por La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público e incluye las plazas de naturaleza estructural dotadas presupuestariamente, que han estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpida al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020, con las especialidades establecidas en sus disposiciones adicionales sexta y octava, referidas a fecha anterior a 1 de enero de 2016 para las que se fijan como sistema selectivo el concurso. 2. En el anexo se incluyen las plazas estructurales que además de los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 20/2021, se encuentran entre los supuestos de la disposiciones adicionales sexta y octava. 3.- La totalidad de las plazas identificadas están adscritas a la plantilla de personal laboral. Tercero. Criterios generales. 1.- La selección de personal se realizará mediante el sistema de concurso en los que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como los siguientes: • Publicidad de la convocatoria y sus bases. • Transparencia. • Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. • Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. • Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. • Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección. 2.- De acuerdo con el artículo 61.1 del TREBEP, los procesos selectivos tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en la citada Ley. AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7 DECRETO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 3.- Las bases específicas de las convocatorias derivadas de la presente oferta recogerán la necesaria adecuación con las funciones o tareas a desarrollar, tal como establece el artículo 55.2 e) del Estatuto Básico del Empleado Público, pudiendo, en su caso, incluir las especialidades necesarias para el logro de este objetivo, integrándose en la misma escala y con el mismo contenido funcional. 4.- Los tribunales y órganos de selección actuarán con imparcialidad, profesionalidad, independencia, discrecionalidad técnica y con austeridad y agilidad, a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos de selección, sin perjuicio de la objetividad, en los términos que prescribe el artículo 55.2 de la LEBEP. 5.- Los órganos calificadores actuarán de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones deberá dejarse constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas. Se deberán difundir, con anterioridad, los criterios generales y aspectos a considerar en la valoración que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria. 6.- La composición de los órganos de selección se atendrá a lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y se garantizará la paridad entre mujeres y hombres. Esta medida se tendrá en cuenta a la hora de nombrar los miembros que ostentarán las presidencias y secretarías de aquéllos. Se promoverá la participación en tribunales y órganos de selección de personas con discapacidad, en particular en aquellos procesos en los que exista turno de reserva para este colectivo. No podrán formar parte de órganos de selección el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Los órganos de selección aplicarán en su actuación principios de austeridad y agilidad a la hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, sin perjuicio del cumplimiento de los principios de actuación de conformidad con lo establecido en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 7.- Las convocatorias de los procesos selectivos, juntamente con sus bases, se publicarán en el «Boletín Oficial de la Provincia» y extracto en el del Estado. En todos los casos, además, se deberán difundir utilizándose a este fin la página web del Ayuntamiento. 8.- Las convocatorias de los procesos selectivos y sus bases, así como toda la información que afecte a las convocatorias y al desarrollo de todos los procesos selectivos, cualquiera que sea el carácter de la relación vinculante con la Administración, serán remitidas a la página web del Ayuntamiento, de modo que los participantes en los procesos selectivos puedan seguir el desarrollo de los mismos mediante las comunicaciones e informaciones que se publiquen en la página web prevista en la convocatoria. 9.- En las bases de convocatoria se tendrá en cuenta la necesaria minoración de cargas administrativas al ciudadano, facilitando y simplificando las relaciones entre la Administración convocante y los aspirantes, sin que quepa exigir documentación a la que pueda acceder la Administración a través de la plataforma de intermediación de datos. 10.- Calendario de ejecución: Esta oferta de empleo deberá aprobarse y publicarse antes de 1 de junio de 2022. La publicación de las convocatorias de los procesos selectivos para la cobertura de las plazas incluidas en esta oferta de empleo público, así como la resolución de estos procesos selectivos deberá producirse en las fechas determinadas en la Ley 20/2021, o en futuras normas que la complementen o desarrollen. AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7 DECRETO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 11.- El objetivo de este proceso es situar la tasa de cobertura temporal por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales. 12.- El sistema selectivo será el de concurso al quedar las plazas ofertadas identificadas en los términos de la Disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021. 13.- De la resolución de estos procesos no se derivará, en ningún caso, incremento de gasto ni de efectivos, al ofertarse solamente las plazas de naturaleza estructural que se encuentran desempeñadas por personal con vinculación temporal. 14.- Corresponderá una compensación económica, equivalente a veinte días de retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades, para el personal funcionario interino o el personal laboral temporal que, estando en activo como tal, viera finalizada su relación con la Administración por la no superación del proceso selectivo de estabilización. En el caso del personal laboral temporal, dicha compensación consistirá en la diferencia entre el máximo de veinte días de su salario fijo por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades, y la indemnización que le correspondiera percibir por la extinción de su contrato, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año. En caso de que la citada indemnización fuere reconocida en vía judicial, se procederá a la compensación de cantidades. La no participación del candidato o candidata en el proceso selectivo de estabilización no dará derecho a compensación económica en ningún caso. 15.- Las convocatorias para estabilización de empleo temporal no generará bolsas de empleo para futuras contrataciones temporales. Cuarto. Que se remita copia de esta resolución a la Administración General del Estado a los efectos de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Quinto. Que se proceda a su publicación en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, página Web y en el Boletín Oficial de la Provincia, y a su comunicación al Departamento de Intervención de Fondos, Junta de Personal y Comité de Empresa a los oportunos efectos. Sexto. La presente resolución se dicta al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. ANEXO I Proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración correspondiente a plazas ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016 Denominación de CATEGORÍA para estabilizar JORN GR PLAZA 1 L-AES-138 ANIMADOR/A Socio cultural C21 Concurso 2 L-AES-081 ANIMADOR/A Socio cultural Parcial 20 h/semana C21 Concurso 3 L-AES-155 ARQUITECTO TECNICO A2 Concurso 4 L-AGE-106 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 5 L-AGE-104 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 6 L-AGE-173 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 7 L-AGE-142 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7 DECRETO SISTEMA SELECTIVO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 8 L-AGE-203 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 9 L-AGE-174 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 10 L-AGE-147 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 11 L-AGE-172 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 12 L-AGE-144 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 13 L-AGE-183 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 14 L-AGE-177 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 15 L-AGE-125 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 16 L-AGE-133 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 17 L-AGE-136 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 18 L-AGE-165 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 19 L-AGE-084 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 20 L-AGE-116 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 21 L-AGE-139 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 22 L-AGE-030 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 23 L-AGE-107 AUXILIAR ADMINISTRATIVO C21 Concurso 24 L-AGE-135 AUXILIAR DE BIBLIOTECA C21 Concurso 25 L-AES-137 AUXILIAR DE BIBLIOTECA C21 Concurso 26 L-AES-145 AUXILIAR DE GERIATRIA OAP Concurso 27 L-AES-105 AUXILIAR DE GERIATRIA OAP Concurso 28 L-AES-128 AUXILIAR DE GERIATRIA OAP Concurso 29 L-AES-056 AUXILIAR DE GERIATRIA OAP Concurso 30 L-AES-073 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 31 L-AES-199 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 32 L-AES-039 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 33 L-AES-162 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 34 L-AES-041 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 35 L-AES-074 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 36 L-AES-189 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 37 L-AES-040 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 38 L-AES-163 AUXILIAR DE HOGAR OAP Concurso 39 L-AES-167 AUXILIAR de sonido, iluminación e imagen C21 Concurso 40 L-EIN-017 AYUDANTE DE COCINA OAP Concurso 41 L-AES-057 CAPATAZ AGRICOLA C1 Concurso 42 L-EIN-016 COCINERO/A C22 Concurso 43 L-AGE-178 CONSERJE Parcial 29 h/semana OAP Concurso 44 L-AES-122 COORDINADOR DE DEPORTES C1 Concurso 45 L-AES-124 COORDINADOR DE DEPORTES C1 Concurso 46 L-AES-110 COORDINADOR MEDIO AMBIENTE C1 Concurso 47 L-AES-185 CUIDADOR/A OAP Concurso 48 L-AES-193 EDUCADOR/A DE FAMILIA A2 Concurso 49 L-AES-204 EDUCADOR/A DE FAMILIA A2 Concurso 50 L-EIN-14 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7 DECRETO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 51 L-EIN-011 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 52 L-EIN-006 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 53 L-EIN-008 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 54 L-EIN-012 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 55 L-EIN-009 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 56 L-EIN-013 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 57 L-EIN-010 EDUCADOR/A INFANTIL C1 Concurso 58 L-AES-179 EDUCADOR/A SOCIAL A2 Concurso 59 L-AES-166 EDUCADOR/A SOCIAL A2 Concurso 60 L-AES-150 FISIOTERAPEUTA A2 Concurso 61 L-AES-184 I.T. INDUSTRIAL A2 Concurso 62 L-AES-146 INGENIERO TECNICO AGRICOLA A2 Concurso 63 L-AGE-187 LICENCIADO/A DERECHO A1 Concurso 64 L-AES-123 LOGOPEDA A2 Concurso 65 L-AES-191 MONITOR/A ATENC DISCAPACIDAD C21 Concurso 66 L-AES-175 MONITOR/A ATENC DISCAPACIDAD C21 Concurso 67 L-AGE-131 MONITOR DE MEDIO AMBIENTE C21 Concurso 68 L-AES-152 OFICIAL CERAMISTA C22 Concurso 69 L-AES-052 OFICIAL CONDUCTOR C22 Concurso 70 L-AES-083 OFICIAL CONDUCTOR C22 Concurso 71 L-AES-097 OFICIAL CONDUCTOR C22 Concurso 72 L-AES-067 OFICIAL DE MANTENIMIENTO C22 Concurso 73 L-AES-136 OFICIAL TRACTORISTA C22 Concurso 74 L-AES-129 OPERARIO DE MANTENIMIENTO OAP Concurso 75 L-AGE-134 PEON CARPINTERO OAP Concurso 76 L-AES-159 PEON CEMENTERIO OAP Concurso 77 L-AES-151 PEON DE CONSTRUCCION OAP Concurso 78 L-AES-115 PEON DE CONSTRUCCION OAP Concurso 79 L-AES-070 PEON DE CONSTRUCCION OAP Concurso 80 L-AES-053 PEON DE CONSTRUCCION OAP Concurso 81 L-AES-181 PEON DE PARQUES OAP Concurso 82 L-AES-046 PEON FONTANERO OAP Concurso 83 L-AES-170 PEON JARDINERO OAP Concurso 84 L-AES-153 PEON JARDINERO OAP Concurso 85 L-AES-171 PEON JARDINERO OAP Concurso 86 L-AES-168 PEON JARDINERO OAP Concurso 87 L-AES-082 PEON JARDINERO OAP Concurso 88 L-AES-169 PEON JARDINERO OAP Concurso 89 L-AES-188 PEON VIGILANTE OAP Concurso 90 L-AES-158 PEON VIGILANTE Parcial 20 h/semana OAP Concurso 91 L-AES-164 PEON VIGILANTE OAP Concurso 92 L-AES-033 PROF DE DANZA Parcial 29 h/semana A1 Concurso AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 7 DECRETO Proceso de estabilización – OEP adicional de 2022 93 L-AES-068 PSICOLOGO/A A1 Concurso 94 L-AES-190 PSICOLOGO/A A1 Concurso 95 L-AGE-051 RECEPCIONISTA C21 Concurso 96 L-AES-156 TECN PREVENC RIESGOS LABORALES A2 Concurso 97 L-AES-157 TECNICO EMPRESAS TURISTICAS A2 Concurso 98 L-AGE-182 TECNICO PRODAE A2 Concurso 99 L-AES-096 TERAPEUTA OCUPACIONAL A2 Concurso 100 L-AES-118 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso 101 L-AES-176 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso 102 L-AES-141 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso 103 L-AES-180 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso 104 L-AES-127 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso 105 L-AES-117 TRABAJADOR/A SOCIAL A2 Concurso Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta oferta, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses a contar desde la misma fecha, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que pudieran estimar más conveniente a su derecho. En la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. Ante mí, El Secretario General Acctal, Manuel Jesús Afonso Hernández (Resolución núm. 576, de 19/08/2014, de la DG de la Función Pública) AREA DE RECURSOS HUMANOS Plaza de Candelaria, 1 - CP 35250 – Villa de Ingenio (Las Palmas) Tel.: 928 78 00 76 - www.ingenio.es Número: 2022-3464 Fecha: 16/05/2022 Cód. Validación: ACYQ533RKLPST22M3Y9HX64RA | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 7 DECRETO La Alcaldesa, Ana Hernández Rodríguez