Ayuntamiento de La Villa de Ingenio CERTIFICADO Expediente núm. 1388 /2022 Órgano Colegiado: RESPONSABLE PERSONAL Fecha Firma: 21/03/2022 HASH: 1c92ad2453838cfe9ade3a877c8075db EXPTE. GESTIONA: 776/2022 Pleno Corporativo (núm. 2) ORDINARIA JUAN ACOSTA GONZALEZ (1 de 1) DON MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ, EN CALIDAD DE SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO, (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). CERTIFICO: Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento el día 28 de febrero de 2022, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: 3.2.- RECURSOS HUMANOS. 3.2.2 – RECONOCIMIENTO DE COMPATIBILIDAD PRIVADA SOLICITADA POR LA EMPLEADA MUNICIPAL Dª. VANESSA B. MARTÍN HERRERA (EXPTE. 776/2022). La Concejala Delegada de Recursos Humanos, doña Elena Suárez Pérez, da lectura a la propuesta que se ha emitido día 9 de febrero de 2022, y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 22 de febrero del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación: “Vista la instancia presentada por Dª Vanessa B. Martín Herrera, registrada con el número 2022-E-RE-941, de fecha 31/01/2022, mediante la que solicita reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividad privada. Visto que presta servicios en este Ayuntamiento como:  Personal laboral – Subgrupo C21 con reconocimiento retributivo C1  Puesto: FEM-03, plaza: L-AGE-183  Jornada: Completa, 35 horas semanales, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas Visto el informe preceptivo emitido por el departamento de Recursos Humanos, se tiene a bien elevar la siguiente propuesta de resolución: Primero. Proceder:  A la adecuación retributiva para el reconocimiento de compatibilidad mediante la reducción del importe del complemento específico correspondiente al puesto que desempeña quedando fijado en la cuantía anual de 3.312,12 euros, a percibir en catorce pagas de igual cuantía de 236,58 euros.  Al reconocimiento de compatibilidad a favor de Dª Vanessa B. Martín Herrera, personal laboral, para el ejercicio de la actividad privada por cuenta ajena de encargada de obras, en jornada de 10,00 horas a la semana a prestar de lunes a viernes en jornada de tarde, de 16:00 a 18:00 horas. Segundo. Este reconocimiento quedará automáticamente sin efecto en caso de cambio de puesto en el sector público y está condicionado al estricto cumplimiento de la jornada y el horario en su puesto de trabajo. Tercero. Advertir al/la interesado/a sobre el deber de observar las siguientes obligaciones: Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: ATTLNJJG394E9CZYTCGPHA3S5 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 REGISTRO DE COMPATIBILIDADES Número: 2022-0003 Fecha: 21/03/2022 Cód. Validación: 6JTTLEM2HNJLYX544MQNJTG4F | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio  No se podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde está destinado. Se exceptúan de esta prohibición las actividades particulares que, en ejercicio de un derecho legalmente reconocido, realicen para sí los directamente interesados.  No se podrá ejercer actividad privada que pueda comprometer la imparcialidad o independencia del personal de que se trate, impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales.  No se podrá ejercer actividad privada, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público. En especial es incompatible la actividad profesional prestada a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público.  Es incompatible la pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de empresas o entidades privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el interesado.  Es incompatible el desempeño, por sí o persona interpuesta, de cargos de todo orden en empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.  Es incompatible contar con participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.  No se podrá ejercer actividad privada que requiera la presencia efectiva durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas, salvo cuando la actividad pública sea a tiempo parcial.  No se podrá reconocer compatibilidad alguna para actividades privadas a quienes se les hubiera autorizado la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos, salvo en el caso de que la jornada semanal de ambas actividades en su conjunto sea inferior a cuarenta horas.  La jornada de trabajo y horario a no podrá ser modificado para adaptarlo al del puesto que desea compatibilizar.  No podrá invocar o hacer uso de su condición pública para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.  El ejercicio de la actividad compatible no servirá de excusa al deber de residencia, a la asistencia al lugar de trabajo que requiera su puesto o cargo, ni al atraso, negligencia o descuido en el desempeño de los mismos. Cuarto. Dar traslado a la Dirección General de la Función Pública.” Sometida a votación la referida acta, se aprueba por unanimidad de los presentes y, por tanto, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: ATTLNJJG394E9CZYTCGPHA3S5 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 REGISTRO DE COMPATIBILIDADES Número: 2022-0003 Fecha: 21/03/2022 Cód. Validación: 6JTTLEM2HNJLYX544MQNJTG4F | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º del Sra. Alcaldesa, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: ATTLNJJG394E9CZYTCGPHA3S5 | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3 REGISTRO DE COMPATIBILIDADES Número: 2022-0003 Fecha: 21/03/2022 Cód. Validación: 6JTTLEM2HNJLYX544MQNJTG4F | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3