Ayuntamiento de La Villa de Ingenio SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 09/01/2020 HASH: 080b9378236f03eb9bf52b6eccd649bb CERTIFICADO MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) Expediente núm. 9594 /2019 Órgano Colegiado: EXPTE. GESTIONA: 6472/2019 Pleno Corporativo (núm. 18) DON MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ, EN CALIDAD DE SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO, (Resolución de 19/08/2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública). CERTIFICO: Que en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno Corporativo de este Ayuntamiento el día 20 de diciembre de 2019, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: 2º.- COMISIÓN INFORMATIVA DE ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN. 2.1.-PROPUESTA DE APROBACIÓN DEL IMPORTE MÁXIMO DE GASTO COMPUTABLE DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS PARA EL EJERCICIO 2020, COHERENTE CON EL OBJETIVO DE ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y LA “REGLA DE GASTO”. (EXPTE: 6472/2019). ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 10/01/2020 HASH: dab2275d71c9dffebf3326baa5a3068e El Concejal Delegado de Economía y Hacienda, don Victor Manuel Vega Sánchez, da lectura a la propuesta que ha emitido el día 10 de diciembre de 2019 y dictaminada en la Comisión Informativa de Economía y Administración en sesión del día 16 de diciembre del presente año, cuyo tenor literal se transcribe íntegramente a continuación ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) “Visto que por el artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera se establece que las Corporaciones Locales deberán aprobar un límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos. Visto que por parte de la Intervención General con fecha 9 de diciembre de 2019 se ha emitido informe en relación al cálculo del techo de gasto para el ejercicio 2020. Considerando que mediante Informe referenciado de fecha 9 de diciembre del 2019 se fijaron los siguientes parámetros: CALCULO DE LA REGLA DE GASTO (art. 12 Ley Orgánica 2/2012) año 2019 = A) EMPLEOS NO FINANCIEROS (SUMA DE CAPÍTULOS 1 A 7) + - PROPIA CORPORACION 32.221.745,10 + - FUNDACION PARA LA PROMOCION DEL EMPLEO 1.639.296,96 + - PATRONATO DE ESCUELAS INFANTILES 560.155,57 + - PATRONATO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN 450.600,00 TOTAL CONSOLIDADO 34.871.797,63 (-) Intereses de la deuda 0,00 = B) EMPLEOS NO FINANCIEROS (excepto intereses de la deuda) 34.906.797,63 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: 7TQ7ZS7TPHJJ3JD564XQZRW6H | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 Prev. Liquidación Ayuntamiento de La Villa de Ingenio (-) Enajenación. 0,00 (-) Gasto computable por inversiones financieramente sost -620.629,73 (+/- ) Inversiones realizadas por cuenta de la Corporación Local. (-) Inv. realizadas por la Corp.Local por cuenta de otras AAPP. (+) Ejecución de Avales. 0,00 (+) Aportaciones de capital. (+) Asunción y cancelación de deudas. (+/- ) Gastos realizados en el ejercicio pendientes de aplicar al presupuesto. -30.976,74 (+) Pagos a socios privados en el marco de Asociaciones público privadas. (+/- ) Adquisiciones con pago aplazado. (+/- ) Arrendamiento financiero. (+) Préstamos fallidos. (-) Mecanismo extraordinario de pago proveedores RD 4/2012. (+/- ) Grado de ejecución del Gasto (-) Ajustes Consolidación presupuestaria -1.111.172,29 (-) Gastos financiados con fondos finalistas UE / AAPP -9.085.067,86 = D) GASTO COMPUTABLE 24.023.951,01 El Gasto computable máximo (GCM) será el resultado de aplicar al Gasto Computable la Tasa de Referencia del Crecimiento del PIB de la economía española y los ajustes si hubiere derivados de los cambios normativos que supongan incrementos o disminuciones de recaudación (art. 12.4 LOEPYSF). Así: GCM = GC* (1+2,8%) +/- ajustes por cambios normativos (24.696.621,64) = 24.023.951,01*(1,028) +/- 0,00€) En base a los cálculos efectuados, el techo de gasto para el ejercicio 2020 será el siguiente: TECHO DE GASTO PARA EL PRESUPUESTO 2020 = 24.696.621,64 €. En virtud de lo expuesto, se propone al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente ACUERDO PRIMERO. - Aprobar el techo de gasto para el ejercicio 2020 a los efectos de dar cumplimiento al artículo 30 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, por un importe de 24.696.621,64 euros. SEGUNDO. - Dar traslado de lo acordado a la Intervención municipal a los efectos oportunos.” Sometida a votación la propuesta anteriormente transcrita, el Pleno Corporativo acuerda, por unanimidad, aprobarla en todas sus partes y en sus propios términos. Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: 7TQ7ZS7TPHJJ3JD564XQZRW6H | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º del Sra. Alcaldesa, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se expide la presente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de La Villa de Ingenio Plaza de la Candelaria, nº1, Ingenio. 35250 (Las Palmas). Tfno. 928 780 076. Fax: 928 781 247 Cód. Validación: 7TQ7ZS7TPHJJ3JD564XQZRW6H | Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3