SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS //BMH/RNPCICHV/epo CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Y LA AV EL OLIVAR 2 | DEL LIRÓM Y CERCADO DE MATOS-INGENIO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS FIESTAS LA ACEITUNA-EL z LIRÓN Y CERCADO DE MATOS-INGENIO. daa En la Ville de Ingenio, a fecha de firma electrónica. De una parte, DOÑA VANESSA MARTÍN HERRERA, con D.N.!. n2 _ £tuando en su i calidad de Alcaldesa Presidenta del lustre Ayuntamiento de Ingenio y, a tenor de las competencias que i le tienen reconocidas en el Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/1985 de 2 de | abril, modificada por la ley 11/1999 de 13 de enero, con domicilio a los efectos de notificaciones en la Plaza de la Candelaria, n2 1 Ingenio y asistido en este acto por el Secretario Genera! de esta Institución, D. Sergio Méndez Monzón. RASH fonolsdtaaivddeneamzeatsu“oTabed VANESSA MARTIN HERRERA | ALCALDESA PRESIDENTA. Fecha mas cartaiozs | De otra, ARÁNZAZU DEL MAR SUAREZ BUENO, en calidad de Presidenta de la AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos (635288695), con DNI número ++ “7 acilio en la 0/0 2 | CP 35250, Ingenio. EXPONEN L Que ta AV El Olivar del Lirán y Cercado de Matos tiene previsto organizar las Fiestas de La Aceltuna 2026, en el barrio El Lirón y Cercado de Matas- Ingenio, evento al que le ha dado E carácter anual y cuyo fin principal es lúdico-festivo, celebrar entre los vecinos y vecinas del | i barrio la celebración de las Fiestas de La Aceltuna. | ei! mn Que el Ayuntamiento de la Ville de Ingenio desea establecer una colaboración específica | da EN] con la AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos. i ace tt. Que las partes declaran su interés y capacidad para suscribir un Convenio de Colaboración i Es al amparo de lo dispuesto en la legislación vigente, fijando para ello las siguientes cláusulas i Bee o | ag Be Saas ESTIPULACIONES Qe PRIMERA: Del objeto del Convenio. - tE El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración a prestar por i parte del Ayuntamiento de la Vilia de Ingenio, para la realización de las Fiestas de La Aceituna 2026 en El Eirán y Cercado de Matos - Ingenio. | «lrónicamente desde la plateforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 SEGUNDA: De la descripción de los trabajos. - 5 z 2 ? Los trabajos a realizar en virtud de! presente convenio se ajustarán al siguiente cuadro de ! Sy E actuaciones: 1 a ¿ io BF 2 DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN E ENTIDAD QUELO ASUME | SE g 1 Elaboración del programa festivo AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos sE $ 2 Organización y desarrollo actividades Ayto. Ingenio É E 2 3 | Difusión del evento AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos Bs 3 A 5 á ds la pla! SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS/VBtaH/RNPC/CHHV/epb 4 Póliza de seguro R.C, para actividad comercial en el | Ayto. de ingenio. focal 5 Colaboración de la Policia Local y Protección Civil Ayto. de Ingenio 6 | Cesión de punto de luz y corriente Ayto. de Ingenio 7 Cesión material; banderas, vallas, etc. Ayto, de Ingenio TERCERA: Del equipo de trabajo y el seguimiento de los mismos, - Por ambas partes se constituirá una mesa de trabajo, la cua! estará integrada por la Representante de fa AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos, como por el Ayuntamiento de fa Villa de ingenlo, con ef fin de coordinar y distribuir las tareas que cada parte asuma. CUARTA; De la duración del convenio, - El presente convenio estará en vigor desde la firma del misma hasta el último día de celebración de las fiestas, previsto para el domingo 18 de octubre de 2026, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes si las circunstancias así lo demandasen y estuvieran suficientemente justificadas. QUINTA: Del presupuesto. - Los gastos derivados por la celebración de las citadas fiestas serán asumidos por la AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos, bien sea a través de financiación directa, o mediante la colaboración de empresas patrocinadoras de las fiestas. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, asume gastos por los ocasionados por la cesión de punta de luz, corriente y préstamo de diversos materiales descritos anteriormente. SEXTA: De la responsabilidad del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. - El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en condición de entidad organizadora, aportará su póliza de responsabilidad ciutl, de cara a dar cobertura a posibles accidentes que acontecieran, solo en cuanto a las actuaciones que asume descritas en la estipulación segunda. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio dispondrá un Plon de Seguridad y con la implantación necesaria para dotar de seguridad a aqueilos actos que así lo determine la empresa encargada de la redacción del Plan de Séguridad. Además, todos los servicios sanitarios que determine el Director del Plan de Seguridad como necesarios. SÉPTIMA: De la responsabilidad de la AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos. - La AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos se responsabiliza de celebrar todos los actas según lo previsto y presentado ante este Ayuntamiento, respetando en todo momento actos, fechas, lugares de celebración y horarios. Los servicios contratados por parte de la AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos para el desarrollo de las fiestas estarán siempre sujetos a las normas legales vigentes; trabajadores dados de altas en la seguridad social y comprobar que las empresas contratadas cuentan con las correspondientes pólizas de seguros, Ged, Velidación: 4LWAGOFLNZZTL.CNXXOKKNRDOA fonleamante desde la platatforma esPublico Gestiona | Pagina 2 de 3 Doctimento frmado electr 0) NVENI Oe 2de4 ticna | Página esPublico Gest ds la plataforma des: SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEIOS/VBMH/RNPC/CIHV/enb OCTAVA: De la modificación y rescisión del convenio, - Los trabajos objeto del presente convenio podrán interrumpirse por mutuo acuerdo de las partes, blen porque consideran los trabajos finalizados antes del periodo marcado, o par cualquier otra causa. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente convenio por una de las partes, fecultará a la otra parte para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto de los trabajos. NOVENA: De la jurisdicción. - En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Convento, tas partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiesen pactado o pactasen su consentimiento a cualquier clase de arbitraje. DÉCIMA: de la colaboración entre los firmantes, - Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo a los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. Por el Ayuntamiento de Ingenio Porla AV El Olivar del Lirón y Cercado de Matos Vanessa Belén Martín Herrera Aránzazu del Mar Suárez Bueno 4086561 ARANZAZU DEL lesa MAR SUAREZ 635366695) RS EL SECRETARIO GENERAL. Sergio Méndez Monzón. j Hi i i 0) NVENI 3de 4 ticna | Página Publice Cs (Cod, Validación: 4L:WAQDFLN22TLCNAXOKKNROS Verifies ds la plataforma des: ing ado slectrénicamst los eolucnjosispss SIUSUL/: spy VLZVOMAISZSSSMOANSANSTS :Usicep