CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE EN EL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO, A FAVOR DE LA FUNDACIÓN CANARIA PEQUEÑO VALIENTE, CON DESTINO AL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO “CAJA VALIENTE”. 2 El En la Villa de Ingenio, a la fecha de la firma electrónica. TORE E REUNIDOS aire De una parte, Dña VANESSA MARTIN HERRERA, con DN... ___ - -, actuando en su calidad de ES] ALCALDESA PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO y, a tenor de las competencias que le tienen reconocidas en el Artículo 24 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/ 1985 de 2 de Abril, modificada por la ley 11/1999 de 13 de Enero, con domicilio a los efectos de notificaciones en la Plaza de la Candelaria, n2 1 Ingenio y asistido en este acto por el Secretario Accidental General de esta “e Institución, D. Manuel Jesús Afonso Hernández, Resolución de fecha 19/08/2014, N2 576, de la Dirección S General de la Función Pública. a PE a De otra parte D. JOSÉ JUAN JEREZ CASTRO con DNI n2 . on calidad de Presidente de la “ Fundación Canaria Pequeño Valiente, con CIF 676349273, y conforme al nombramiento otorgado con £ fecha 24 de mayo de 2023. o ira a. Ambas partes en la representación que ostentan, se reconocen. capacidad legal necesaria para otorgar el 53 S 2 presente convenio de colaboración y a tal efecto, Ww E i >u od EXPONEN ZE ee l. Que el Ayuntamiento de Ingenio, en virtud del artículo 50 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de tus 32 ag Servicios Sociales de Canarias tiene atribuida entre otras, la competencia de “a) Crear, organizar y sE gestionar los servicios sociales de atención primaria y comunitaria previstos en la presente Jey y su E normativa de desarrollo”, estableciéndose en el artículo 26 de la mencionada norma dentro de las ez funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria la función de “j) sensibilización y el fomento de la participación activa de la comunidad en la búsqueda de respuestas a las situaciones de necesidad social y socioeducativas.” M. La Fundación Canaria Pequeño Valiente, tiene como fines principales los siguientes: “Proporcionar a las familias y a los/as niños/as que tienen la enfermedad todo el apoyo necesario en las mejores condiciones posibles, intentando mejorar la calidad de vida durante toda la enfermedad”, “Difundir en la sociedad la existencia del cáricer infantil, “Apoyo y atención social”, “Apoyo humano y moral”, Apoyo y atención psicológica”,” Facilitar la integración educativa del niño/a, “Informacional puntual a las familias y socios”, “Proveer de actividades de ocio familiar’, “ Disponer de alojamiento para familias en traslado”, “Mejorar instalaciones y equipamiento hospitalario”, ” Gestionar y proporcionar ayudas económicas”, “Facilitar posibles desplazamientos a otras regiones”, “Potenciar y mejorar la asistencia sanitaria de los/as niños/as”. ticna | Pagina 1 di esPublico Gest PYCZET ica es lesde la plataforma lil. Con fecha 01/04/2026, número de registro 2026-E-RE-3639, se presenta por la Fundación Canaria Pequeño Valiente, la solicitud de subvención por importe de 3,000€, certificados y proyecto denominado “Caja Valiente”, para el ejercicio 2026. ado electrónicamenle desda la platalorma esPublico Gestiona | Página t da 12 ps JIngonio sedeloconie. as) le AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Candelaria 1 ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE SOCIALES Y VIVIENDA C.P. 35250. TM, INGENIO LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 218 www. ingenio.es Cód, Validación: AA3PYHHYAAKFHDZFRSG9LEOMS Verificación: Documento firmado el IV. Que la ejecución del referido proyecto, desarrollado por la Fundación Canaria Pequeño Valiente, supone una labor de apoyo en el momento del diagnóstico del/la menor un kit con productos de cuidado personal y de adaptación al hospital, tanto para el/la menor como para los familiares. Y. La concesión de esta subvención se encuadra en lo establecido en los artículos 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones; artículos 65.3 párrafo segundo y el artículo 67,2 párrafo del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones; artículos 14, 15 y 16 de la Ordenanza General Reguladora de La Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, aprobada por sesión plenaria celebrada el 28/01/2005 y publicada en el B.O.P N° 48, de 13/04/2005. Que ambas partes son conscientes de la importancia que tiene en la sociedad el apoyo a las personas con problemas de salud mental y en mérito de lo expuesto ambas partes, bs declaración jurada acerca de los extremos señalados en el presente apartado. Esta comunicación deberá ESTIPULAN PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO, o S Es objeto de este convenio la regulación de subvención nominativa prevista en el Presupuesto E Municipal, ejercicio 2026, a favor de La Fundación Canaria Pequeño Valiente, en aras de dar cobertura S a los gastos que origina el proyecto denominado “Caja Valiente”, desarrollado por dicha Entidad, sin “ wm que el Ayuntamiento tenga vínculo laboral alguno o de cualquier otra índole con el personal de la € entidad beneficiaria adscrita al servicio subvencionado. o E O. SEGUNDA.- FINANCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. 53 S Ws El importe de la subvención del Ayuntamiento se eleva a TRES MIL EUROS (3.000€) > S ae Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos a É para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, si bien en Us ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. TERCERA.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. a Constituyen obligaciones del beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditar: 3 © a) No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario del artículo 13 E 5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y estar al corriente de sus $ < obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, extremos que deberán acreditar con la firma del presente. 3 & 2 3 b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, 2 8g extremos que deberán acreditar con la firma del presente. E E c) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad subvencionada, y acreditarlo conforme SÉ ES a8 a lo establecido en la estipulación sexta del presente convenio. EEE 8 E Eg Gee yes ges d) Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro eee 53 A . es ae a E ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualquiera de las Administraciones au: Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Lo anterior se Justificará mediante 228 E ado slectrénicamsnte de El 3 efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la a FE aplicación dada a los fondos percibidos, Pus El 232 a AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Candelaria1— 38É 2 ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE SOCIALES Y VIVIENDA C.P. 35250. T.M. INGENIO. — FE8 g LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria 7" 3 Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 213] www.ingenio.es A AYUNTAMIENTO BE ING e) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que pudieran realizar los diferentes servicios del Ayuntamiento. f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, al menos durante los cuatro años siguientes a la concesión de la subvención. CUARTA. GASTOS SUBVENCIONABLES. Serán gastos imputables a la subvención concedida por el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio los siguientes: a) Gastos en bienes corrientes y servicios: refiere a gastos en bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las actuaciones del proyecto que se presenta por la Entidad, que no produzcan un incremento en el capital o patrimonio de la misma. Se incluirán los gastos que reúnan las siguientes condiciones: 1. Ser bienes fungibles. 2. Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario. 3. No ser susceptible de inclusión en inventario. 4. Ser gastos que previsiblemente sean reiterativos. Se excluye la financiación de gastos de inversión, acondicionamiento de la infraestructura o de otra naturaleza diferente a la relacionada anteriormente. 9 E 2% El coste máximo a subvencionar en este concepto, ascenderá al 100 % del importe total previsto en la LU ch subvención nominativa a otorgar por esta Administración Local. > i ae QUINTA.- DE LA SUBVENCION. 2 É iS A efectos de concesión de subvención durante el periodo de vigencia del presente convenio, el beneficiario deberá presentar la correspondiente solicitud ante el Registro electrónico del Ayuntamiento de Ingenio, a la que deberá acompañar los siguientes documentos: a a) Proyecto anual que contemplará objetivos generales y específicos, actuaciones y tareas 3 E programadas, metodología, recursos previstos y sistema de evaluación de resultados, suscrita por el/la £ 8 representante legal de la entidad. E 2 b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del Presidente/a de la Asociación. (En el 3 4 supuesto de que hubiese alguna modificación con respecto al ejercicio anterior). 2 2 c) Previsión de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar, firmado por el/la Presidente/a de la 2 3 Asociación, y en particular los retativos al proyecto presentado. 2 8 d) Estatutos de la Entidad. (En caso de haber alguna modificación con respecto a los aportados). gs E e) Documentación justificativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad El 4 E E Social. ¿ds eos nee 3 SEXTA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN. ES El pago de la subvención se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria del EE beneficiario una vez firmado el presente convenio para el ejercicio 2026. on AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Cangelerial SEE ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE SOCIALES Y VIVIENDA C.P. 35250. T.M. INGENIO 358 LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria 929 Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 2 E: Y www.ingenio.es AVONTAMENTO DE IAGERO: SEPTIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. El beneficiario de la subvención deberá justificar las actuaciones desarrolladas en el primer trimestre del año siguiente a la ejecución del programa anual subvencionado, presentando la siguiente documentación: a) Memoria técnica y económica de las actuaciones desarrolladas, incluyendo la evaluación de las actuaciones desarrolladas, la metodología, los resultados alcanzados y relación de gastos e ingresos debidamente detallados, conforme lo señalado en los siguientes apartados, suscrita por el/la representante legal de la entidad. b) Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago y posibles desviaciones de! presupuesto, firmada en todas sus páginas por el/la representante legal de la entidad. c) Las facturas a aportar deberán reunir los siguientes requisitos: Ser originales o copias debidamente compulsadas. Poseer nombre, CIF y domicilio del proveedor. Poseer nombre, CIF y domicilio del cliente. Llevar el 1.G.1,C, detallado o incluido. Estar fechadas en el ejercicio económico para el que se haya concedido la subvención, salvo que la misma tenga un alcance bianual o plurianual. Excepcionalmente, se admitirán como documentos justificativos, tickets de caja registradora en los que consten, al menos, los siguientes datos: - Número - Número de identificación fiscal del expedidor - Tipo impositivo aplicado o la expresión “1.G.1.C. incluido” - Contraprestación total. d) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto “Caja Valiente” con indicación del importe y su procedencia. Teniendo en cuenta siempre lo establecido en el apartado d) de la anterior cláusula tercera del presente. . No se aceptará el pago en efectivo de facturas que superen el importe de 50,00 euros. . Conforme al artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a los efectos de esta ley, 1. se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. 2. El beneficiario únicamente podrá subcontratar, total o parcialmente, la actividad cuando la normativa reguladora de la subvención así lo prevea. La actividad subvencionada que el beneficiario subcontrate con terceros no excederá del porcentaje que se fije en las bases reguladoras de la subvención. En el supuesto de que tal previsión no figure, el beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 50 por ciento del importe de la actividad subvencionada. En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenido de la misma. La justificación deberá ser presentada por el/la beneficiario/a a través de la sede electrónica de esta Administración para su fiscalización al Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Ingenio, que comprobará la utilización de los fondos públicos recibidos en las actividades para las que se concedió la subvención. ONVENIO 2026-0051 Número: C tiona | Página 4 d rma esPublico Ce: trénicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Pagina 4 de 12 nio.sedelectronica.es! des el AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Candelaria 1 ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE SOCIALES Y VIVIENDA C.P, 35250. T.M. INGENIO LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria Céd, Validación: AASPYHHYAAKFHDZFRSGOL6QMS Verificación: https:ffin Docurnento firmado Tel.: 928 78 GO 76 Ext.: 2 (8 www, ingenio.es VYURTA MENTA BE NAIC, Asimismo, el Departamento de Servicios Sociales deberá informar sobre la ejecución del proyecto a los efectos de verificar todas y cada una de las obligaciones del beneficiario, y la correcta ejecución del mismo. OCTAVA.- REINTEGRO DE LA SUBVENCION. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el beneficiario dará lugar al reintegro de las cantidades percibidas. El reintegro de la subvención y, en su caso, el cobro de los intereses de demora, se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones y artículos 41 a 43 de la Ley General de Subvenciones. NOVENA.- DURACIÓN DEL CONVENIO El presente Convenio tendrá una duración de un año y surtirá efectos desde el 1 de ENERO al 31 de DICIEMBRE de 2026, obligándose el beneficiario a aportar la documentación correspondiente a la justificación de los gastos del proyecto, conforme lo dispuesto en el presente. Una vez transcurrido el periodo indicado, se extinguirá el presente convenio, el cual no es susceptible de prórroga, debiéndose en todo caso proceder a la firma de nuevo convenio, si se dieran las circunstancias necesarias para el otorgamiento de nueva subvención. Fecha: 29/05/' DECIMA.- DIFUSIÓN 2026-0051 Cualquier difusión que se realice del contenido del proyecto objeto del presente convenio deberá contener siempre el anagráma del Ayuntamiento. UNDÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ONVENIO Número: C La Fundación Canaria Pequeño Valiente será la única responsable del tratamiento de datos de carácter personal a que pudiera dar lugar la ejecución de este convenio de conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Unión Europea 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos). 5ds 8 DUODÉCIMA.- INTERPRETACION Y APLICACIÓN ticna | Página Este convenio tiene naturaleza jurídico- administrativa. En lo no previsto en este convenio será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio, y el resto de legislación reguladora de subvenciones públicas. esPubli PYCZET de la plataferma Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas en vía administrativa por el órgano competente y, en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. ctrénicamente desde la plataforma esPublico Gestiona [Página 5 de 12 ento. : AASPYHHYAAKFHDZFRSGOLGOMS lo.sedelectronica,es/ ado slectrénicamsnte de E 3 38 i Sze sl AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Cangelarial $32 5 ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE — SOCIALES Y VIVIENDA C.P. 35250. T.M. INGENIO. ves > LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria 828 8 Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 2 Em] r www.ingenio.es ANONTAM ENTS DE INGEN DECIMOTERCERA.- CAUSAS DE RESOLUCION El presente convenio podrá ser resuelto por mutuo acuerdo, o a instancias de cualquiera de las partes que deberá notificar a la otra dicha intención por escrito y con una antelación mínima de dos meses. En todo caso, será causa de resolución del convenio el incumplimiento del proyecto, que dará lugar además, al reintegro total o parcial en los términos señalados en el presente. Y en prueba de su conformidad, se firma el presente por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. LA ALCALDESA - PRESIDENTA EL PRESIDENTE DE LA FUNDACIÓN CANARIA PEQUEÑO VALIENTE Dña. Vanessa Martín Herrera D. José Juan Jerez Castro EL SECRETARIO GENERAL Sergio Méndez Menzón ONVENIO 202364 Número: C tiona | Página 6d esPublico Gest tes ingen. sedelectonica es) fado electrónicamente desde le plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 12 la clataforma AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS Plaza de la Cangelario 1 ASISTENCIA ALAS PERSONAS Y FOMENTO DE SOCIALES Y VIVIENDA C.P.35250. T.M. INGENIO LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 2] www.ingenio.es Cód, Validación: AA3PYHHYAAKFHDZFRSGELEGMS Verificación: hi