AdaeTbicad 18 Prat (DEORETO 2026887) |2050d18534a72962¢e2005015 RAYOO PADILLA CUBAS (1 de 02/2026 ALCALDE PRESIDENTE ACID! 'RETARIO GENERAL HASH: o4eh 155995150021951daeTUk Serpe Méndas Moro 2 de 2) SE Pacha Fria: 05/02/2026 SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS/VBMH/RNPC/cjhv CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Y LA AAVV VILLA DEL VIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS FIESTAS VIRGEN DE LOS DOLORES 2026 - EL SANTÍSIMO. En la Villa de Ingenio, a fecha de la firma electrónica. De una parte, DOÑA VANESSA MARTÍN HERRERA, con D.N.I. n2 ++, actuando en su calidad de Alcaldesa Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de Ingenio y, a tenor de las competencias que le tienen reconocidas en el Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/1985 de 2 de abril, modificada por la ley 11/1999 de 13 de enero, con domicilio a los efectos de notificaciones en la Plaza de la Candelaria, n? 1 Ingenio y asistido en este acto por el Secretario General de esta Institución, D. Sergio Méndez Monzón. De otra. ZENAIDA OLIVA SANTANA, en calidad de Presidenta de la AAVV VILLA DEL VIENTO con DNI númer: “y domicilio en la Avda. Geranio, 19-22 CP 35250, Ingenio. EXPONEN L Que la AAVV VILLA DEL VIENTO tiene previsto organizar las Fiestas Virgen de Los Dolores 2026 - El Santísimo, evento al que le ha dado carácter anual y cuyo fin principal es lúdicofestivo, celebrar entre los vecinos y vecinas del barrio la festividad Virgen de Los Dolores 2026 - El Santísimo. tl Que el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio desea establecer una colaboración específica con la AAVV Villa del Viento para las citadas fiestas de Virgen de Los Dolores 2026 - El Santísimo. Mi. Que las partes declaran su interés y capacidad para suscribir un Convenio de Colaboración al amparo de lo dispuesto en la legislación vigente, fijando para ello las siguientes cláusulas o ESTIPULACIONES PRIMERA: Del objeto del Convenio. - El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración a prestar por parte del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, para la realización de las Fiestas Virgen de Los Dolores 2026 - El Santisimo. SEGUNDA: De la descripción de los trabajos. - Los trabajos a realizar en virtud del presente convenio se ajustarán al siguiente cuadro de actuaciones: DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN ENTIDAD QUE LO ASUME 1 Elaboración del programa festivo AAVV Villa del Viento 2 Organización y desarrollo actividades Ayto. Ingenio 3 Difusión del evento AAVV Villa del Viento - Ayto. Ingenio 4 Póliza de seguro R.C. para actividad comercial en el | Ayto. de Ingenio. mado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Pagina 1 de 3 ción: 34XNJY J93L3TXDEFHOSA9C2PZ llpa/inganio.sedolectronica.es/ = Documento a esPublico Gest a ds la plataforma ‘ZENA nica G22NTT; dslectrer :aments de rani ni firmado sisetr: Becument SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS/VBMH/RNPC/cjhw local 5 Colaboración de la Policía Local y Protección Civil Ayto, de Ingenio Cesión de punto de luz y corriente Ayto. de Ingenio 7 Cesión material; banderas, vallas, etc. Ayto. de Ingenio TERCERA: Del equipo de trabajo y el seguimiento de los mismos. - Por ambas partes se constituirá una mesa de trabajo, la cual estará integrada por el Representante de la AAVV Villa del Viento, como por el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con el fin de coordinar y distribulr las tareas que cada parte asuma. CUARTA; De la duración del convenio. - El presente convenio estará en vigor desde la firma del mismo hasta el último día de celebración de las fiestas, previsto para el domingo 20 de septiembre de 2026, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes si las circunstancias asi lo demandasen y estuvieran suficientemente justificadas. QUINTA: Del presupuesto. - Los gastos derivados por la celebración de las citadas fiestas serán asumidos por la AAW Villa del Viento, bien sea a través de financiación directa, o mediante la colaboración de empresas patrocinadoras de las fiestas. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, asume gastos por los ocaslonados por la cesión de punto de luz, corriente y préstamo de diversos materiales descritos anteriormente. SEXTA: De la responsabilidad del Ayuntamiento de la Villa de ingenio, - El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en condición de entidad organizadora, aportará su póliza de responsabilidad civil, de cara a dar cobertura a posibles accidentes que acontecieran, solo en cuanto a las actuaciones que asume descritas en la estipulación segunda. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio dispondrá un Plan de Seguridad y con la Implantación necesaria para dotar de seguridad a aquellos actos que así lo determine la empresa encargada de la redacción del Plan de Seguridad. Además, todos los servicios sanitarios que determine el Director del Plan de Seguridad como necesarios. SÉPTIMA; De la responsabilidad de la AAVV Villa del Viento. - La AAVV Villa del Viento se responsabiliza de celebrar todos los actos según lo previsto y presentado ante este Ayuntamiento, respetando en todo momento actos, fechas, lugares de celebración y horarios. Los servicios contratados por parte de la AAVV Villa del Viento para el desarrollo de las fiestas estarán siempre sujetos a las normas legales vigentes; trabajadores dados de altas en la seguridad social y comprobar que las empresas contratadas cuentan con las correspondientes pólizas de seguros. NY J93LITXDEFHOSA9C2PZ jenio.sedelectronica.es/ trónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Pagina 2 de 3 de Cód, Validación Verificación: https: Documento firma MZREGZEWTTZFNMPLADY genio sedelsctronica es/ sisctrónicaments desds la plataforma esPublico Cestiona | Página CONVENIO lación: MOV: Documento firmad: SIG: FIESTAS POPULARES Y FESTEJOS/VBMH/RNPC/cjhv OCTAVA: De la modificación y rescisión del convenio. - Los trabajos objeto del presente convenio podrán interrumpirse por mutuo acuerdo de las partes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del periodo marcado, o por cualquier otra causa. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente convenio por una de las partes, facultará a la otra parte para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto de los trabajos. NOVENA: De la Jurisdicción. - En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Convenio, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiesen pactado o pactasen su consentimiento a cualquier clase de arbitraje. DÉCIMA: de la colaboración entre los firmantes. - Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo a los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, Por el Ayuntamiento de Ingenio Por la AAVV Villa del Viento Vanessa Belén Martín Herrera ZENAIDA OLIVA SANTANA EL SECRETARIO GENERAL. Sergio Méndez Monzón. Finmado por__ __INAIDA OLIVA SANTANA (R: G35334200 de 4 ticna | Página ‘ado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestlona | Página 3 de 3 jos:/ingenio.sedelectronica.es! sPubli Cód. Validación: 34XNJYJ93L3TXDEFHOSAGC2PZ, Verificación: ds la plataforma mado sisctrónicaments de 277 Document Y SP y PUB | PUONSOS CONAMASS BUUOJEIRIa E) spesp SjusWESIUGNOD|S SPeUL ciusunoog ee eoluoncsiepss o1uscu th; SAV TANAZ LLM EZ SI