CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Y LA ACB AMIGOS DE CARRIZAL 7 ISLAS, PARA LA CELEBRACIÓN DE “UN ENCUENTRO PARRANDERO Y LA VI NOCHE PARRANDERA”, EN EL LOCAL DE LA AAVV LA JURADA, EN CARRIZAL, LOS DÍAS 23 DE MAYO Y 12 DE DICIEMBRE DE 2026. En la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. De una parte, Dña. Vanessa Belén Martín Herrera, en calidad de Alcaldesa- Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con CIF número P3501200D y domicilio en la Plaza de la Candelaria nº 1, CP 35250 de la Villa de Ingenio, asistida por el Secretario General, D. Sergio Méndez Monzón. De otra, Dña. Concepción Inmaculada Hernández Suárez, Presidenta de la ACB Amigos de Carrizal 7 Islas, con CIF nº G-76320225, y con domicilio en la calle Barcelona, nº 92, planta baja F, del término municipal de Ingenio, CP 35240. Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio y, en su mérito EXPONEN I. II. III. Que la ACB Amigos del Carrizal 7 Islas tiene previsto celebrar “Un Encuentro Parrandero y la VI Noche Parrandera, los días 23 de mayo y 12 de diciembre de 2026, entre las 20:00 y las 23:00 horas, en el local de la AAVV La Jurada, en Carrizal. Que el artículo 111 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, establece que “Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas entidades”· Que las partes declaran su interés y capacidad para suscribir un Convenio de Colaboración al amparo de lo dispuesto en la legislación vigente, fijando para ello las siguientes cláusulas o ESTIPULACIONES PRIMERA: Del objeto del Convenio. - El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración a prestar por parte del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con la ACB Amigos de Carrizal 7 Islas, para la celebración de “Un Encuentro Parrandero y la VI Noche Parrandera, los días 23 de mayo y 12 de diciembre de 2026, respectivamente, entre las 20:00 y las 23:00 horas, en el local de la AAVV La Jurada, en Carrizal. SEGUNDA: De la descripción de los trabajos. - Los trabajos a realizar en virtud del presente convenio se ajustarán al siguiente cuadro de actuaciones: Cód. Validación: A6YTHRYZHEAXS4METSLHF3J4Y Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 CONVENIONúmero: 2026-0044 Fecha: 13/05/2026 ENTIDAD QUE LO ASUME DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN Elaboración del programa del evento. Organización del evento. Desarrollo del evento. Difusión del evento. Grabación y Publicidad del evento. ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. Ayto. de Ingenio - ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. Ayto. Ingenio – ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. Certificado del seguro de responsabilidad civil y patrimonial. Plan de Seguridad del evento. Ayto. de Ingenio. TERCERA: Del equipo de trabajo y el seguimiento de los mismos. - Por ambas partes se constituirá una mesa de trabajo, la cual estará integrada por Dña. Concepción Inmaculada Hernández Suárez, en calidad de Presidenta de la ACB Amigos del Carrizal 7 Islas, o en su defecto, un representante que ésta designe, así como por el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con el fin de coordinar y distribuir las tareas que cada parte asuma. CUARTA: De la duración del convenio. - El presente convenio estará en vigor desde la firma del mismo, hasta el día de la celebración del acto, previsto para el día 12 de diciembre de 2026, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes, si las circunstancias así lo demandasen y estuvieran suficientemente justificadas. QUINTA: Del presupuesto. - Los gastos derivados por la celebración del evento, serán asumidos por la ACB Amigos del Carrizal 7 Islas, bien sea a través de financiación directa, o mediante la colaboración de empresas patrocinadoras. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio no asume gastos en el evento, a excepción de los indicados en la estipulación Segunda de este convenio. SEXTA: De la responsabilidad del Ayuntamiento de Ingenio. - El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en condición de entidad colaboradora, aportará todo lo recogido en la estipulación segunda de este convenio. SEPTIMA: De la responsabilidad de la ACB Amigos del Carrizal 7 Islas. - Los servicios contratados para el desarrollo de la actividad, estarán siempre sujetos a las normas legales vigentes; trabajadores dados de alta en la Seguridad Social y comprobar que las empresas contratadas cuentan con las correspondientes pólizas de seguros. Cód. Validación: A6YTHRYZHEAXS4METSLHF3J4Y Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 CONVENIONúmero: 2026-0044 Fecha: 13/05/2026 La ACB Amigos del Carrizal 7 Islas, se compromete a cumplir con las medidas de seguridad exigidas en el Plan de Seguridad elaborado para el evento, aportado por el propio colectivo. OCTAVA: De la modificación y rescisión del convenio. - Los trabajos objeto del presente convenio podrán interrumpirse por mutuo acuerdo de las partes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del periodo marcado, o por cualquier otra causa. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente convenio por una de las partes, facultará a la otra parte para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto de los trabajos. NOVENA: De la jurisdicción. - En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Convenio, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiesen pactado o pactasen su consentimiento a cualquier clase de arbitraje. DÉCIMA: de la colaboración entre los firmantes. - Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo a los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. LA ALCALDESA-PRESIDENTA ACB AMIGOS DEL CARRIZAL 7 ISLAS Dña. Vanessa Belén Martín Herrera Dña. Concepción Inmaculada Hernández Suárez EL SECRETARIO GENERAL Sergio Méndez Monzón Cód. Validación: A6YTHRYZHEAXS4METSLHF3J4Y Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3 CONVENIONúmero: 2026-0044 Fecha: 13/05/2026