CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Y LA ASOCIACIÓN ESCUELA DE TALENTOS SARAY CASTRO, PARA LA CELEBRACIÓN DEL ESPECTÁCULO “EL MILAGRO DE EDERTON”, A CELEBRAR EN EL TEATRO DEL CENTRO CULTURAL FEDERICO GARCÍA LORCA DE INGENIO, EL DÍA 23 DE DICIEMBRE DE 2025. En la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. De una parte, Dña. Vanesa Belén Martín Herrera, en calidad de Alcaldesa- Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con CIF número P3501200D y domicilio en la Plaza de la Candelaria nº 1, CP 35250 de la Villa de Ingenio, asistida por el Secretario General, D. Sergio Méndez Monzón. De otra, Dña. Saray Castro García, Presidenta de la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, con CIF nº G76321124, y con domicilio en la calle Sor Josefa Morales, nº 55, del término municipal de Ingenio, CP 35240. Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio y, en su mérito EXPONEN I. Que la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro organiza conjuntamente con la Concejalía de Cultura del Ayuntamiento de Ingenio, un espectáculo denominado “El Milagro de Ederton”, el 23 de diciembre de 2025, en el teatro del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio, a partir de las 20:00 horas, con venta de entradas a través del portal tureservaonline.com y en la sede de la escuela, con un importe de 5€ (cinco euros) por entrada. Así mismo, se le autoriza el día 22 de diciembre de 2025, para preparativos y ensayos previos. II. Que el artículo 111 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, establece que “Las Entidades Locales podrán concertar los contratos, pactos o condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico o a los principios de buena administración, y deberán cumplirlos a tenor de los mismos, sin perjuicio de las prerrogativas establecidas, en su caso, a favor de dichas Entidades”· III. Que las partes declaran su interés y capacidad para suscribir un Convenio de Colaboración al amparo de lo dispuesto en la legislación vigente, fijando para ello las siguientes cláusulas o ESTIPULACIONES PRIMERA: Del objeto del Convenio. - El presente convenio tiene por objeto regular las condiciones de la colaboración entre el Ayuntamiento de Ingenio y la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, para la celebración del espectáculo denominado “El Milagro de Ederton”, el día 23 de diciembre de 2025, a partir de las 20:00 horas, en el Teatro del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio, con venta de entradas a través del portal tureservaonline.com y en la sede de la escuela, con un importe de 5€ (cinco euros) por entrada. Así mismo, se le autoriza el día 22 de diciembre de 2025, para preparativos y ensayos previos. SEGUNDA: De la descripción de los trabajos. - 1 Cód. Validación: 49N9M2XT5RSSQQ49YGSK2XACT Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 CONVENIO Número: 2025-0073 Fecha: 09/12/2025 CASTRO GARCIA, SARAY (1 de 3) Tercero Fecha Firma: 09/12/2025 HASH: 93d67d24199ca39cb9bc1a60116074da VANESSA MARTÍN HERRERA (2 de 3) ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 10/12/2025 HASH: f0b013d8da174d458487dab59497abc4 Sergio Méndez Monzón (3 de 3) SECRETARIO GENERAL Fecha Firma: 10/12/2025 HASH: c4eb15599515ee2fe51dae7bfcad11f8 Los trabajos a realizar en virtud del presente convenio se ajustarán al siguiente cuadro de actuaciones: DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN ENTIDAD QUE LO ASUME 1 Elaboración del programa del evento. Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 2 Organización del evento. Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 3 Desarrollo del evento. Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 4 Difusión del evento. Ayto. de Ingenio - Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 5 Grabación y Publicidad del evento. Ayto. Ingenio – Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 6 Certificado del seguro de responsabilidad patrimonial. Ayto. de Ingenio. 7 Plan de Seguridad del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio. Ayto. de Ingenio. 8 Ingreso de la fianza por valor de 150€, previo a la utilización del teatro del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio. Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. 9 Ingreso de la tasa de alquiler por utilización del espacio, los días 22 y 23 de diciembre de 2025, por importe de 200€ (doscientos euros), previo a la fecha mencionada. Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. TERCERA: Del equipo de trabajo y el seguimiento de los mismos. - Por ambas partes se constituirá una mesa de trabajo, la cual estará integrada por Dña. Saray Castro García, en calidad de Presidenta de la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, o en su defecto, un representante que ésta designe, así como por el Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, con el fin de coordinar y distribuir las tareas que cada parte asuma. CUARTA: De la duración del convenio. - El presente convenio estará en vigor desde la firma del mismo, hasta el día de la celebración del acto, previsto para el día 23 de diciembre de 2025, pudiéndose prorrogar por mutuo acuerdo de las partes, si las circunstancias así lo demandasen y estuvieran suficientemente justificadas. QUINTA: Del presupuesto. - Los gastos derivados por la celebración del evento, serán asumidos por la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, bien sea a través de financiación directa, o mediante la colaboración de empresas patrocinadoras. El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio no asume gastos en el evento, a excepción de los indicados en la estipulación Segunda de este convenio. SEXTA: De la responsabilidad del Ayuntamiento de Ingenio. - El Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en condición de Entidad colaboradora, aportará el plan de seguridad del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio, así como, todo lo recogido en la estipulación segunda de este convenio. 2 Cód. Validación: 49N9M2XT5RSSQQ49YGSK2XACT Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 CONVENIO Número: 2025-0073 Fecha: 09/12/2025 SEPTIMA: De la responsabilidad de la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro. - Los servicios contratados para el desarrollo de la actividad, estarán siempre sujetos a las normas legales vigentes; trabajadores dados de alta en la Seguridad Social y comprobar que las empresas contratadas cuentan con las correspondientes pólizas de seguros. La Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, se compromete a cumplir con las medidas de seguridad exigidas en el Plan de Seguridad del Centro Cultural Federico García Lorca de Ingenio, aportado por el Ayto. de Ingenio. Conforme determina el artículo 7º y 8º de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Utilización de las Instalaciones Culturales, por Resolución de Alcaldía será fijada tanto la cuota tributaria de la tasa por alquiler, como la fianza previa al uso del espacio, así como la forma de abono de ambas. Se recoge en el Decreto nº 2016-2686, de fecha 03 de junio de 2016, las cuotas tributarias y exenciones por la utilización de las Instalación Culturales Municipales, en el cual se especifica la tasa por utilización del teatro correspondiente, para este tipo de usuario, en el caso de cobro de entradas, cuyo importe asciende a la cantidad de 200€ (doscientos euros), cantidad que debe abonar la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, antes del uso de la instalación. En el Decreto nº 2016-2686, de fecha 03 de junio de 2016, se establece las cuotas tributarias y exenciones por la utilización de las Instalación Culturales Municipales, en éste se especifica en el resuelvo primero, 5, la tasa por fianza correspondiente, para este tipo de usuario, la cual asciende a 150€ (ciento cincuenta euros), que tendrá que abonar la Asociación Escuela de Talentos Saray Castro, como depósito previo a la utilización de la instalación y que será devuelta una vez se constate la inexistencia de daños en la instalación, después de la celebración del evento. OCTAVA: De la modificación y rescisión del convenio. – Los trabajos objeto del presente convenio podrán interrumpirse por mutuo acuerdo de las partes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del periodo marcado, o por cualquier otra causa. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el presente convenio por una de las partes, facultará a la otra parte para rescindir el mismo, quedando automáticamente anulados todos los derechos correspondientes sobre el objeto de los trabajos. NOVENA: De la jurisdicción. - En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de este Convenio, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento y competencia de los órganos jurisdiccionales de Las Palmas de Gran Canaria, sin perjuicio de que de común acuerdo hubiesen pactado o pactasen su consentimiento a cualquier clase de arbitraje. DÉCIMA: de la colaboración entre los firmantes. - 3 Cód. Validación: 49N9M2XT5RSSQQ49YGSK2XACT Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 CONVENIO Número: 2025-0073 Fecha: 09/12/2025 Los firmantes de este documento colaborarán en todo momento, de acuerdo a los principios de buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado. Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. LA ALCALDESA-PRESIDENTA ASOCIACIÓN ESCUELA DE TALENTOS SARAY CASTRO Dña. Vanesa Belén Martín Herrera Dña. Saray Castro García EL SECRETARIO GENERAL D. Sergio Méndez Monzón 4 Cód. Validación: 49N9M2XT5RSSQQ49YGSK2XACT Verificación: https://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4 CONVENIO Número: 2025-0073 Fecha: 09/12/2025