SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 10/09/2024 HASH: 9e03732f2751985a1b49d95e29dc4f00 MANUEL JESUS AFONSO HERNANDEZ (1 de 1) UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA uniR D. DESARROLLO DE LAS PRÁCTICAS E Los horarios de realización de las prácticas se es tablecerán de acuerdo con sus Características y la disponibilidad de la Entidad Colaboradora. Los horarios serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el estudiante en la Universidad. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de la Entidad Colaboradora y seguir las indicaciones del tutor r esponsable designado por la entidad Deberán aplicarse con diligencia a las tareas qu e se les encomienden de las cuales guardarán secreto profesional y deber de confid encialidad durante su estancia y una vez finalizada ésta. En Caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo convenientemente a la Universidad. El régime n de permisos del estudiante será consensuado por el tutor académico ( en adelante profesor de prácticas) responsable designado por la Entidad y el tutor o Colaboradora con respeto en todo caso a los permisos a los que el estudiante tenga derecho con arreglo a la normativa vigente Por causas debidamente justificadas cualquiera de las partes podrá poner fin al período de prácticas. Si los estudiantes desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la entidad colaboradora, en Parte o en su totalidad para el desarrollo de su TFG o TFM, deberán solicitar la conformidad de ésta por escrito. En lo referente a la propiedad intelectual, y de acuerdo ala Ley 2/2019, de 1 de Marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, se respetará siempre el derecho de reconocimiento de la autoría del TFG o TEM por el estudiante. E. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL Y DE ACCIDENTES El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años matriculados en enseñanzas oficiales de la Universidad y al corriente de la cuota corres pondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año académico. El marco de aplicación es el territor. io nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Se guridad Social. En el caso de los estudiantes con 28 años o más, la Universidad tiene suscrita una póliza de accidentes y otra póliza de responsabilidad civil que cubren los daños que puedan sufrir los estudiantes en prácticas, durante las horas de realización de las prácticas y en sus desplazamientos entre los distintos establecimientos de la Entidad Colaboradora. F. AYUDA ECONÓMICA La Entidad Colaboradora podrá asignar al estudiante en prácticas una cantidad mensual en Concepto de ayuda económica. En ningún caso dicha ayuda tendrá la consideración de remuneración o salario por la actividad desarrollada por el estudiante en virtud de las prácticas | UNIVERSIDAD INTERNACIONAL unir DE LA RIOJA La participaci no supone la Ón de la Entidad Colaboradora en el Programa de prácticas académicas externas carácter form adquisición de más compromisos que los estipulados en el Convenio Dado el ativo de las prácticas académicas externas , ningún caso , de su realización no se derivarán, en obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral prop la de puestos de trabajo. Asimismo, y en el caso de que al término de lo s estudios y/o de las prácticas académicas externas el estudiante se incorporase a la plantilla de la Entidad Colaboradora dedicado a la realización de las prácticas no el tiempo computará a efectos de antigúedad ni eximirá del período de prueba , Salvo que en el op ortuno convenio colectivo aplicable estuviera expresamente estipulada una regulación dis tinta”. H. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE Los ESTUDIANTES Durante la realización de las prácticas académicas externas, los estudiantes tendrán los derechos y obligaciones que establece el Real Decreto 592/201 4, así como los dispuestos en la Normativa de prácticas académicas externas de la Universida d. Asimismo, en caso de requerirlo la Universidad o la Entidad Colaboradora, los estudiantes deberán presentar obligatoriamente el certifi delitos de naturaleza sexual cado que permite acreditar la carencia de con el fin de proteger a los me abuso sexual establecida por la Ley 26/2015 hores contra la explotación y el de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia asi como por la Ley 45/2015 de 14 de octubre, de Voluntariado. TERCERA.- OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD. L HAS EEE las siguientes obligaciones a Universidad asume las si uientes obligaciones: 1 Elaborar un Anexo a este Convenio para cada estu diante que realice prácticas académicas externas, donde se consigne la siguiente información: datos del estudiante, titulación, tipo de práctica ( curricular o extracurricular), fecha de incorporación y finalización de las prácticas , Entidad Colaboradora donde realizarán las prácticas, el calendario y el horario, así c omo el nombre del profesor de prácticas y del tutor de la Entidad Colaboradora. A demás, el Anexo del estudiante, deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los Objetivos e ducativos y las competencias que debe adquirir el estudiante, asícomo las actividades f ormativas que desarrollará. El órgano responsable de la titulación resolverá cuan tas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas. Designar un profesor de prácticas ( tutor académico) que velará por el normal desarrollo del proyecto formativo, colaborará con el tut Or o responsable designado de la Entidad Colaboradora en todos aquellos aspectos q ue afecten al estudiante, así como aquellas funciones que reglamentariamente se est ablezcan. [ UNIVERSIDAD INTERNACIONAL unir DE LA RIOJA contractual. Asimismo, conforme al artícul d O 19 de la LOPDGDD, los datos de carácter personal e los intervinientes y personas de conta cto asignadas por cada uno de ellos también se tratarán como datos de contacto con la fina lidad de mantener la relación con la persona jurídica en la que el interviniente preste sus se rvicios. En cualquier Caso, podrán ejercer los dere Reglamento (UE) 2016/679, adjuntando co chos establecidos en los artículos 15 a 22 del solicitar información adicional en materi pia de su DNI o documento análogo, así como a de protección de datos, dirigiéndose a las direcciones establecidas en el encabezado d el Convenio. Por último las partes se obligan a guardar estric to secreto de toda la información a la que tengan acceso y a dar cumplimiento de todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos especi evitar su alteración pérdida almente su confidencialidad e Integridad, y O los tratamientos O accesos no autorizados. Estas Obligaciones subsistirán incluso después de finalizar y extingu irse este convenio. 5.2. Tratamiento de los alumnos que realizan las prácticas académicas externas. A su vez, las partes acuerdan que se llevará a cabo la debida comunicación de datos de conformidad al Objeto del Convenio. Las partes acuerdan que ninguna de ellas será responsable de los tratamientos llevados a cabo por la otra Adicionalmente , las partes suscriben el Anexo l a este Convenio. Con la firma con las estipulaciones referidas en los anexos. del Convenio se comprometen a cumplir SEXTA.- DIFUSIÓN. La Universidad y la Entidad Colaboradora se autorizan recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos como colaboradoras exclusivamen actividades objeto del Convenio te en la difusión y publicidad de las con sujeción a las re glas e instrucciones que ambas partes puedan proporcionarse recíprocamente a tal efecto. SÉPTIMA.- MECANISMO DE SEG UIMIENTO, VIGILANCIA Y CONTROL. Para la buena coordinación y seguimiento de las acciones y su óptimo desarrollo, los responsables de la Universidad y la Entidad Colaboradora, junto con el profesor de prácti Cas de la Universidad y tutor o responsable de la Entidad Co laboradora de las prácticas, contactarán siempre que lo consideren conveniente , comprometiéndose a resolver, de mutuo acuerdo, todas las incidencias que puedan sur gir a lo largo del desarrollo de las acciones objeto de este Convenio. OCTAVA.- MEDIDAS CONTRA SITUACIONES DE ACOSO. Las partes acuerdan que para abordar las posibles situaciones de acoso de las que puedan ser objeto los estudiantes, se aplicará el procedimiento específico de la Entidad Colaboradora. De no existir, será de aplicación el de la Universidad. NOVENA.- VIGENCIA DEL CONVENIO. l UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RIOJA unir e UNIVERSIDAD INTERNACIONA Logroño, La Rioja (España) L DE LA RIOJA, Avenida de la Paz, 137, 26006 , O através del correo electrónico practicasunir.net. Las partes se obligan a comunicar cual quier variación en las direcciones anteriormente mencionadas. En el caso de que no lo hicie ren, las notificaciones tendrán plena.validez cuando se hagan al lugar señalado en esta cláusula. DÉCIMOTERCERA.- SERVICIO CONSTRAPRESTACIÓN DE UNIR. DE LA RED DE PARTNERS PARA EL EMPLEO Y La Entidad Colaboradora se adhiere a la Red de Partners de la Universidad, que agrupa a empresas nacionales e internacionales de cada se ctor con el objeto de colaborar activamente en la mejora de la empleabilidad de sus e studia ntes y egresados, en los términos contemplados en el ANEXO ll. Su adhesión es voluntari a y gratuita. Como contraprestación por acoger alumnos en prácticas la entidad colaboradora y sus empleados, tendrán derecho a un descuento adici onal del 5% sobre los precios que existan en UNIR, con carácter general en el momento de realizar la primera matrícula, quedando exentas las titulaciones habilitantes. En principio, salvo estudio de caso por Caso, los descuen a Otros programas de becas, ” tos señalados no serán acumulables Ayudas” a personas con diversidad funcional, a los titulares de familia numerosa o financia mientos que tenga vigente la Universidad Internacional de La Rioja, excepto a los descuent Os promocionales, a los que si serán acumulables. DÉCIMOCUARTA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las discrepancias surgidas sobre la inter pretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la apli cación del Co nvenio, deberán de solventarse por acuerdo de las partes. Si no se llegara a un acuerd O las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia de los Juzgados de Madrid ca pital. Y en prueba de conformidad y para la debida const ancia de todo lo convenido, ambas partes firman el Convenio en ejemplar duplicado y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados. | UNIVERSIDAD un] INTERNACIONAL DE LA RIOJA TERCERA. - RESPONSABILIDADES EN EL TRATAMIENTO DE Los DATOS Las partes serán responsables de los datos d e los interesados en los tratamientos realizados por su cuenta por los que han esta tratamiento. blecido sus propios fines y medios del El Cedente manifiesta ser responsable de Cesionario y que estos han sido recabados direc los datos personales que comunique al tamente de los Propios interesados, dando personales. cumplimiento a lo dispuesto en la normativa ap licable en materia de protección de datos Ambas partes reconocen expresamente que ha sta que no tenga lugar la comunicación de los del datos personales a favor del Cesionario, los d Cedente. La comunicación de los datos atos personales son responsabilidad exclusiva implica que el Cesionario se convierte en responsable del tratamiento, debiendo cumplir con las obligaciones legales establecidas en la normativa aplicable en materia de protección d e datos personales. CUARTA. - DEBER DE INFORMACIÓN Tanto la universidad como la Entidad colaboradora de prácticas deberán de informar debidamente al alumno antes de que se proceda a la comunicación de los datos. El Cedente, en cumplimiento del artículo 11 de | a LOPDGDD y 13 del RGPD, se obliga a informar al interesado, como mínimo, de los siguie ntes términos: a) Los datos del Cedente como responsable del tratamiento. b) La finalidad por la cual va a tratar sus datos. c) Los datos del Cesionario, la finalidad por la cual va legítimo que lo habilita. a comunicar sus datos el interés d) Como puede ejercitar sus derechos en materia de protección de datos. e) Donde puede solicitar información adicional. El Cesionario, en cumplimiento del artículo 11 de la LOPDGDD y 14 del RGPD, se obliga a informar al interesado, como mínimo, de los siguiente s términos: a) Los datos del Cesionario como responsable del tratamiento. b) La finalidad por la cual va a tratar sus datos. c) Los datos del Cedente, la finalidad por la cual va a comunicar sus datos. d) Como puede ejercitar sus derechos en materia de protección de datos. e) Donde puede solicitar información adicional. [ UNIVERSIDAD uni INTERNACIONAL DE LA RIOJA SUBANEXO 1.1 PRINCIPIO DE INFORMACIÓN QUE SE DEBED E OFRECER A LOS INTERESADOS Cedente La UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LA RI OJA, S.A., tratará sus datos de carácter personal con la finalidad gestionar el programa de pr ácticas académicas externas. Sus datos necesariamente serán Comunicados a | Il eva a cabo el programa de prácticas a Entidad Colaboradora como entidad que académicas externas Puede acceder a información adicional en https://estudiar.unir.net/po litica-privacidad/. Si usted lo desea, puede ejercitar los d Reglamento (UE) 2016/679, mediante s erechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Logroño o a la siguiente dirección de cor olicitud dirigida en Avenida de la Paz, 137, 26006, su DNI o documentación acreditativa de reo electrónico: ppdQunir.net adjuntando copia de su identidad. A su vez puede consultar información adicional y detallada sobre protecció privacidag/. n de datos en: https://estudiar.unir.net/politica- Cesionario La Entidad Colaboradora, tratará sus datos de el programa de prácticas académicas externa Ss carácter personal con la finalidad de desarrollar A su vez, la Entidad Colaboradora le informa que sus datos de carácter personal han sido facilitados por la UNIVERSIDAD INTERNACIO NAL DE LA RIOJA, S.A. Sus datos han sido facilitados con la finalidad de gestionar y desa rrollar el externas: programa de prácticas académicas . Datos identificativos: nombre y apellidos, DNI o documento de identificación análogo, correo electrónico, imagen y voz. . Datos académicos: formación y titulación cursada. . Datos profesionales: profesión, experiencia laboral, puesto de trabajo. Si usted lo desea, puede ejercitar los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, mediante solicitud diri gida a Responsable del Tratamiento C/ de García Martín, 21, Pozuelo de Alarcón, 28224, M adrid o a la siguiente dirección de correo electrónico: ppdOunir.net adjuntando copia de s u DNI o documentación acreditativa de su identidad. A su vez puede consultar información adi cional y detallada so en: ppdQunir.net o bre protección de datos https: //www.unir.net/politica-de-privacidad/. 13 | FIRMAS Universidad Internacional de La Rioja LAURA ARRANZ MATEO CENTRO DE PRÁCTICA Responsable del Área de Prácticas Externas VANESA BELÉN MARTÍN HERRERO P.D. del Rector, Res 64/2024; 25.01.2024 ALCALDESA/PRESIDENTA AO Ya LIX Í