SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 22/04/2024 HASH: 9e03732f2751985a1b49d95e29dc4f00 MANUEL JESUS AFONSO HERNANDEZ (1 de 1) Vd AYUNTAMIENTO DE INGENIO 27/2018 OMIC término municipal de Ingenio, así como el mantenimiento alimenticio e higiénico-sanitario de dichos animales ingresados en el CETA Que la defensa y protección de los animales una de compañía es atribución de las Administraciones Públicas a quien corresponden las funciones en esta materia. Este Ayuntamiento en su ámbito competencial debe hacer cumplir lo dispuesto en la Ley 7/1990, de Protección de Animales Domésticos, el Reglamento que la desarrolla y la Ordenanza Reguladora de Tenencia Y Protección de Animales del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, aprobada inicialmente por acuerdo del Pleno Corporativo en sesión ordinaria de fecha 30 de abril de 2015 una de las funciones encomendadas al Ayuntamiento de Ingenio es la recogida y Mantenimiento de los animales de compañía abandonados o extraviados en el término Municipal de Ingenio, e ingresarlos en el Centro Municipal de Recogida, Tenencia y Protección de los Animales de Ingenio, (en adelante Centro de Estancia Temporal de Animales Cc.E.T.A.) En aplicación de lo dispuesto en los artículos 17.3 21.1 y 3 de la de 30 de abril Ley 8/1991 de Protección de los Animales, se admite la colaboración de Asociaciones animalistas, protectoras legalmente constituidas la encomienda de la recogida de animales vagabundos o abandonados, determinándose el respectivo convenio con sus condiciones y acuerdos que procedan para ambas partes La prestación de este servicio viene a satisfacer una necesidad muy ampliamente sentida por los ciudadanos/as de este Municipio que, en su mayoría emplazan a esta Administración a buscar una solución segura, fiable y acorde a la normativa actual, que trasciende al interés propio de la correspondiente entidad municipal. A N VA | N Esta realidad ha determinado que el Ayuntamiento de Ingenio, lleve a cabo esa prestación, acudiendo que permite desarrollar el servicio, para ello a fórmulas de cooperación con este Municipio, en concordancia con las previsiones establecidas en el artículo 10 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local y mediante el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 36 de dicha Norma básica, así como recoge en el artículo 17 de la Ley 5/1997 de 24 de abril de Protección Animales de Compañía, lo que hace preciso la instrumentación jurídica de aquellas a través del correspondiente Convenio, que además se hace AN necesario e imperioso para el correcto cumplimiento de una prestación obligatoria para la Administración, sin tener que recurrir a otras formas de colaboración recíproca con otras Administraciones Públicas Que la Asociación Animalista de Ingenio, legalmente constituida y registrada, y cuyo principal fin es la protección y defensa de los animales domésticos; para lo que posee los conocimientos necesarios y suficientes; preparación de muchos de sus miembros, así como material humano óptimo para tal menester AREA DE SERVICIOS GENERALES hay OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL “= aza de la Candelaria S/N ONSUMIDOR 17 se. 26060 vita! e Ingenio - Las Palmas En (O.M.I.C.) Ne id ES Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 Fax.: 928 78 12 47 nfomicWingenio.e y QA ¡A SS Nu 7 www.ingenio.es li == 2, IS E A MIENTO DE NEO OMIC 27/2018 Que resulta de interés para ambas partes, establecer las bases de una colaboración, con el fin último de procurar mecanismos, al objeto de conjugar los intereses municipales de protección de la salud pública, con los relativos a garantizar la protección y defensa de los animales de compañía que se encuentran en estado de abandono o extraviados, así como aquellos que por circunstancias judiciales, policiales O expedientes administrativos municipales tuvieran que ser ingresados en las Dependencias del CETA. Que ambas partes reconocen la importante labor que deberá desarrollar para lograr la consecución de los objetos anteriormente descritos. Es por esto por lo que tanto el Ayuntamiento de Ingenio, como A.A.V.I., deciden suscribir el presente convenio de colaboración, el cual queda sujeto a las siguientes: CLÁUSULAS. PRIMERA. - OBJETO. Ls.L El presente convenio-colaboración se suscribe entre ambas partes para la realización de tareas encaminadas a la atención de aquellos animales caninos que se encuentren abandonados, extraviados o que por circunstancias judiciales, policiales o expedientes administrativos municipales sean recogidos en el C.E.T.A. L.. 2 La especie de animal contemplada en el presente Convenio- Colaboración, en ella, es exclusivamente canina y, los ejemplares conceptuados como perros vagabundos, abandonados o requisados a sus// propietarios. 1.3 También por el presente Convenio-Colaboración tendrá el desempeño” de la alimentación de los perros ubicados en el C.E.T.A. y la limpieza de sus respectivos Caniles. SEGUNDA. - ÁMBITO TERRITORIAL. La prestación del servicio objeto de este Convenio-Colaboración, será exclusivamente el ámbito del Municipio de la Villa de Ingenio. TERCERA. - OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. Constituyen obligaciones del beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditar: a.- No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, extremos que deberán acreditar con la firma del presente. AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL Plaza de la Candelaria S/N ONSUMIDOR enio — Las Palmas zp. 35250 yu de Ing (O.M.1.C.) Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 Fax.: 928 78 12 47 infomicOingenio.es 1) e www.ingenio.es LY e a e —— 2, IS An a UNTAMIENTO DE INGENIO 27/2018 OMIC > en el de sus b Estar al corriente cumplimiento obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, extremos que deberán acreditar con la firma del presente. c.- Cumplir el objetivo, ejecutar 1 proyecto o realizar la actividad en la subvencionada, Y acreditarlo conforme a lo establecido convenio. estipulación octava del present pa da Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Lo anterior se justificará mediante declaración jurada acerca de los extremos señalados n ] present apartado. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. e.- Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que pudieran realizar los diferentes servicios del Ayuntamiento. f.- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control 5 | CUARTA. - OTRAS OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN COLABORADORA La Asociación Animalista de la Villa de Ingenio está obligada a: 4.1.- Hacerse cargo del servicio de traslado al C.E.T.A. de animales vagabundos (perros) en el Término Municipal de Ingenio, así como la retención, alimentación N atenciones higiénico-sanitari procedentes, hasta que sean recuperados, cedidos a terceras personas o sacrificados mediante eutanasia (si no fueran recuperados veterinariamente) En el caso de los perros cedidos a terceros, se compromete a esterilizarlos una vez pasado el período legalmente establecido. (en 4.2.- Asignar el personal necesario suficiente y cualificado, adelante “el responsable”) que realice las labores de traslado y mantenimiento de los animales, con especial consideración del servicio veterinario de asistencia y trasladarlo al veterinario en caso de ser necesario. 4.2.1 Dicho responsable se comprometerá a tener los conocimientos suficientes de trato animal. > AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL Plaza de la Candelaria S/N >ONSUMIDOR enio — Las Palmas (O.M.1.C.) 5.P. 35250 vin de Ing Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 SS Fax.: 928 78 12 47 y ( a » infomicOingenio.es www.ingenio.es —— AO AE DE INGENIO OMIC YD 2712018 4.2.2 Poseer el carnet de conducir clase B. 4.2.3. No tener antecedentes penales por maltrato animal 4.3.- Disponer de los medios materiales necesarios y suficientes, para cedidos por el traslado, retención y mantenimiento de los animales, el Ayuntamiento 4.4 Asumir las vigentes, en materia de responsabilidades contratación para la prestación del servicio en el marco del presente Convenio-Colaboración 4.5.- Realizar labores de recogida de animales vagabundos en el término municipal de Ingenio, a instancia y por requerimiento del Departamento de Salud Pública y Consumo (O.M.1.C.) y Protección y Bienestar Animal, debe estar firmado sellado por el (cualquier requerimiento Y departamento en cuestión, y si es de carácter excepcional por teléfono o whatsapp al teléfono facilitado por el Ilustre Ayuntamiento, número 690.925.352 que será facilitado a las autoridades correspondientes, no siendo autorizado el uso de teléfonos personales para dichas gestiones), de acuerdo con el Plan de Trabajo, que se acompaña Como Anexo, establecido por la Asociación y aceptado por el Ayuntamiento. 4.6 Trasladar, retener y mantener a los animales ingresados en el ÍA CB TA con las debidas condiciones de seguridad e higiénico los cuidados veterinarios que precisen sanitarias, Y procurarles ejerciendo sobre ellos, como mínimo, los controles sanitarios establecidos. legalmente y Así mismo alimentar a dichos animales con pienso de suficiente calidad y preservar un nivel de salud óptimo, trasladando el coste del alimento y gastos higiénico-sanitarios en la mensualidad que corresponda del 4.7 Retener y mantener a los animales en las dependencias C.E.T.A el tiempo mínimo que marca la legislación vigente tras su ingreso, y una vez transcurrido dicho período, darles un destino más su venta conveniente, que no podrá ser en ningun Caso, 4.8. Poner los animales a disposición de quienes se comprometan a regularizar su situación desde el momento que ingresen en el C.E.T.A (en este Caso AAVI), respetando, en todo caso, el espíritu y fines que se espera en la protección animal y emanando tal decisión, en última instancia, del Ayuntamiento de Ingenio 4.9 Promover 4.9.1 La adopción de los animales recogidos y no reclamados, entre los ciudadanos de Ingenio, otros municipios, provincias oO en el extranjero, así como a protectoras O asociaciones DE NS AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIO] ENE Plaza de la Candelaria S/N ONSUMIDOR z 35250 Villa de Ingenio - Las Palmas ye sel Tel.: 928 78 0076 (O.M.1.C.) jes a 1): Ext. 1415 7d 5 e Fax.: 928 78 12 47 nfomic(ingenio.e: Op www.ingenio0.es e 4 Cana S PA 2% AYUNTAMIENTO DE INGENIO 27/2018 OMIC 4.9.2 Ayudar en charlas o coloquios para la divulgación de buenas conductas en relación de adopciones y trato a los animales 4.10.- Comunicar al Departamento de Salud Pública y Consumo (O.M.1.C.) Protección Animal 0) el Y y Bienestar Departamento Municipal Fiscalizador, la información de cada perro sin chip que ingrese en el C T.A en el informe mensual a excepción de aquellos que tengan chip que se notificarán en un plazo de DOS DÍAS 4.11 Realizar los sacrificios de los animales que así determine el servicio veterinario de asistencia, debiendo producirse los mismos por medio eutanásicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Protección de Animales Domésticos y el artículo 6 de la Ordenanza Reguladora de Tenencia y Protección de Animales del Ayuntamiento de Ingenio (en adelante, Ordenanza Municipal) no considerándose la gasificación El cadáver será destruido en el centro autorizado para tal fin o por procedimiento autorizado para destruir cadáveres 4.11.1 Se comunicará a esta Administración las defunciones de los perros mediante correo electrónico o, de forma excepcional vía telefónica o WhatsApp, para que dicha Administración gestione el recoger el/los cadáveres o restos de animales eutanasiados o fallecidos del CETA de acuerdo con lo stablecido n la Legislación Vigente E 12 Someter el control correspondiente sobre los animales, Y ingresados en el C.E.T.A. que agredan a personas, de acuerdo con 1q establecido en el artisylo 14 de la Vigente Ordenanza Municipal, AN denunciando ante los Órganos correspondientes de esta Adrdsisteración aquellos hechos, sucesos o situaciones que infrinjan lo dispuesto en la misma y que pueda ser motivo de infracción, independientement de las acciones que pudieran resultar pertinentes tanto en materia civil como penal > 4.13 Mantener las instalaciones del C.E.T.A abiertas al público según el plan previsto entre este Ayuntamiento y la Asociación, disponer de los días necesarios para hacer desinfección general de los animales e instalaciones, o para efectuar reparaciones ordinarias necesarias para mantenerlas en adecuado estado de conservación Así mismo, deberá gestionar con una empresa autorizada el vaciado de la fosa séptica cuando sea necesario, pasando el coste a esta Administración en la mensualidad que corresponda 4.14 Estar disponible para el traslado del/los animales (si fuera necesario) al Albergue de Bañaderos, previa autorización por escrito de la Alcaldía del Ayuntamiento de Ingenio 4.15 En general cumplir estrictamente lo establecido en la Ley 7/1990 de 28 de diciembre, de Protección de Animales: Domésticos, su AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN A = AN Plaza de la Candelaria S/N *ONSUMIDOR Cab 35280 Villa de Ingenio — Las Palmas J (O.M.!.C.) Tel.: 928 78 0076 Ext. 1415 S Fax.: 928 78 12 47 nfomic: ingenio.es e co A www.ingeni¡0.es mk OCA k ya oa Z E = L E % 2, IE > E 4 AYUNTAMIENTO DE INGENIO, 27/2018 OMIC Reglamento, la Ordenanza Municipal y demás Normativa aplicable en la materia 4.16.- Designar un interlocutor de la Asociación, (preferiblemente la Presidenta) de cara a las relaciones y contactos a mantener con el Ayuntamiento de Ingenio 4.17.- Justificar el gasto, con periodicidad mensual siendo la misma necesaria para el visado de los correspondientes pagos 4.18.- Acceso libremente a las instalaciones del C.E.T.A. de personal municipal cuando se considere oportuno por parte del Departamento de Sanidad en cualquier momento y día, previo aviso para disponibilidad 19.- La Asociación Animalista deberá comunicar los datos personales del responsable que vaya a llevar el servicio Y en caso de que el titular no pudiese llevar a cabo dicho servicio, se hará cargo AAVI para que el servicio no quede inoperativo según el Plan de Trabajo 1.20.- El material, los equipos y las instalaciones que fueron cedidas por el Ayuntamiento a la Asociación Animalista, serán devueltos al Ayuntamiento en las mejores condiciones posibles el día que se revoque este Convenio-Colaboración 4.21 La asociación será la encargada de contratar cuantos seguros de responsabilidad civil u otros sean necesarios para el desarrollo de su actividad el importe del mencionado seguro será considerado gasto justificativo de subvención conforme a lo establecido en la cláusula octava 4.22 El equipo de voluntarios que desarrolle las funciones inherentes al servicio dependerá exclusivamente de la Asociación, Y en materia de esta deberá cumplir con las obligaciones vigentes seguridad e higiene relativas a su actividad sin que el Ayuntamiento vínculo laboral tenga alguno o de cualquier otra índole con el mismo QUINTA. -— OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO. El Ayuntamiento de Ingenio está obligado a: Bi.L La cesión de las instalaciones del C.E.T.A en su totalidad donde actualmente se cuenta con una habitación-dispensario, un cuarto/lavabo, un almacén y una explanada con diecinueve Caniles Trend Autorizar a los miembros o al responsable de la Asociación Animalista de la Villa de Ingenio para la realización de actuaciones en materia de recogida, mantenimiento y cuidado de los animales caninos ingresados en el C.E.T.A, del Término Municipal de la Villa de Ingenio 5.3.- Hacerse cargo de los gastos de agua y luz que: tuviera el C.E.T.A. AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACION ES Plaza de la Candelaria S/N “ONSUMIDOR 35250 Villa de Ingenio — Las Palmas (O.M.1.C.) Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 Fax.: 928 78 12 47 nfomicGingenio.e: AS Wwww.ingenio.es E ») HE IS AYUNTAMIENTO DE INGENIO OMIC 27/2018 para este Convenio de Colaboración, asl como de los gastos de mantenimiento y reparación de las instalaciones municipales 5.4.- Hacer efectiva la aportación económica derivada de la prestación del servicio, en la cuantía que resulta de la cantidad aprobada en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Ingenio, con carácter mensual y dentro de los cinco primeros días de cada mes; pudiendo AAVI rescindir la prestación del servicio por falta de la capacidad economica necesaria para llevar a cabo las labores encomendadas 5.5.- Velar por el cumplimiento de la Normativa Vigente en materia de tenencia de animales de compañía, siendo de obligado cumplimiento por la Administración hacer cumplir la Ley de Tenencia de Animales a los reclamen como propiedad algún/os animal/es propietarios que ingresado/s en el en materia de identificación CB T.A por el servicio de recogida, obligatoria mediante microchip y vacuna de la rabia Se atenderán las sugerencias-propuestas de la Asociación Animalista de la Villa de Ingenio, que tengan por objeto la disminución del número de abandonos, asi como fomentar la esterilización 5.6 La realización de los expedientes administrativos necesarios para la autorización de la entrega/devolución de animales identificados por chip o requisados en intervenciones policiales/judiciales, velando por el cumplimiento de la Normativa Vigente en materia de tenencia animal de los perros ingresados y/o ubicados en el C.E.T.A 5.7 Aportará los medios necesarios para procurar que el responsable y la Asociación Animalista cuente con el material específico para garantizar la intervención a la mayor brevedad posible ante PP requerimiento o actuación a realizar. 5.211 Coche acorde para el servicio de recogida de perros NJ Boda 2 Material fungible al C.E.T.A De 113 Material necesario para el servicio de recogida de perros (lazos, cuerdas, collares, uniformes, transportines, jaulas trampa, ete ) 5.8 Aportar el alimento y productos higiénico-sanitarios suficientes al E, ET. A previo aviso del responsable del servicio con TRES DIAS de antelación en caso de que AAVI no haya recibido la aportación económica acordada correspondiente a la mensualidad por falta de capacidad para hacer frente a dicho gasto Dad Gastos servicio de veterinario, en animales maltratados o) animales positivos en enfermedades ingresados en el. C. E. Y. A que sean >? P/E AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL j pS o EN Plaza de la Candelaria S/N ONSUMIDOR y ita de Ingenio — Las Palmas z 2210450 Tel.: 928 78 0076 (O.M.1.C.) Ext. 1415 Fax.: 928 78 12 47 nfomic(Gingenio.e: www.ingen!lo.es WE ARAMA $ , AO CAS ¡MIENTO DE INGENIO SE INTA! 27/2018 OMIC resultado de expedientes administrativos o) intervención policial/judicial, hasta la recuperación del animal. 5.10 Informar a AAVI, o al responsable, del Veterinario suscito por el Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio para las actuaciones en que la urgencia de la situación lo requiera. 5.11 Reservarse el derecho, previo acuerdo con AAVI, de suscribir convenio de colaboración con otras Protectoras, Instituciones Y Entidades, encaminadas a la promoción, formación Y mejor funcionamiento del C.E.T.A. 5.12 Facilitar al responsable del servicio un carnet acreditativo para el desempeño de las actuaciones encomendadas en este Convenio- Colaboración según el modelo que se establecerá a tal efecto. de 121 El carnet acreditativo tendrá como efectos, única y exclusivamente, reconocer la condición para realizar las actuaciones descritas en la estipulación 1?, quedando severamente restringido su uso con otros fines y fuera del ámbito territorial de este Municipio. 5.13 Tener vigente un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños y perjuicios que como consecuencia de la actividad derivada de este Convenio-Colaboración puedan sufrir tanto el responsable como terceros, salvo las posibles negligencias o imprudencias acaecidas por las acciones del responsable en el ejercicio de sus funciones. (A 5.14 Mantener el C.E.T.A. y hacerse cargo del buen estado del vehícu de traslado de los animales, manteniéndolo en las adecuadas condiciones de seguridad e higiénico sanitarias. establecido. 5.15 El cumplimiento de sus obligaciones fuera del Plan de Trabajo Dis UG Suministrar la uniformidad necesaria Y correspondiente al responsable para el ejercicio de las labores derivadas de este Convenio-Colaboración. SEXTA. — DERECHOS DEL RESPONSABLE. 6.1 Tendrá derecho a usar el emblema, distintivo y equipo para el desempeño de sus funciones del servicio municipal. 6.2 Tendrá derecho a recibir una acreditación suficiente para el desarrollo de sus funciones. 6.3 Tendrá derecho a voz en las observaciones relacionada con el servicio municipal. INS AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN A! 29 Plaza de la Candelaria S/N >ONSUMIDOR la de Ingenio — Las Palmas (O.M.I.C.) Pa 50 Vil Ext. 1415 Tel.: 928 78 00 76 Fax.: 928 78 12 47 infomicGingenio.es A Ly $ www.ingenio.es ln A = A $») IS ¿OR Di DE mepro OMIC D D Ñ 27/2018 las medidas necesarias para evitar 6.4 Tendrá derecho a adoptar situaciones que conlleven peligros innecesarios para él o) para terceros, en el ejercicio de sus funciones. 6.5 Tendrá derecho a estar asegurado por el Ayuntamiento de Ingenio (Véase Punto 5.11) 6.5.1. Los riesgos derivados de su condición como responsable del servicio municipal estarán cubiertos por un seguro d accidentes para las aquellos sobrevenidos durante su actuación que garantizarán prestaciones médico-farmacéuticas necesarias. recibir interferencias en su actividad 6.6 Tendrá derecho a no principal como consecuencia del servicio municipal. 6.7 Por situaciones de urgencia o emergencia podrá ser requerido dentro del horario establecido en el Plan de Trabajo para la retirada de algún perro a requerimiento del Departamento responsable de este Convenio-Colaboración, en el menor tiempo posible. Estar en horas de 09:00 a 12:30 horas para 6.8 disponible entrada/salida de un perro a requerimiento del Departamento responsable. de la Presidenta) tendrá derecho a 6.9 El responsable (la través efectuar cuantas peticiones, sugerencias y reclamaciones considere necesarias relacionadas con el servicio municipal, y elevarlas a la Alcaldía. Na SÉPTIMA. - DEBERES DEL RESPONSABLE. 7.1 El responsable estará obligado a cumplir estrictamente sus deberes cooperando con su mayor relacionados en este Convenio-Colaboración, esfuerzo e interés en cualquiera de sus actividades, con la finalid de conseguir siempre una actuación diligente, disciplinada respetando en todo momento las formas con los animales y con las personas dentro de su ámbito funcional. 7.2 Tendrá la obligación de usar los emblemas, los distintivos y los Ingenio, a efectos de equipos que le asigne el Ayuntamiento de identificación. 7.3 Siempre respetará los principios, acuerdos y normas que rijan el actual Convenio de Colaboración. 7.4 El responsable respetará los límites de actuación realizando las entre la Asociación y el actividades en base al Plan Previsto siempr dependiendo del Departamento responsable del Ayuntamiento, Ayuntamiento o de la autoridad ( Concejal Salud Pública y Protección y en una determinad Bienestar Animal o Alcalde) E AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN A Plaza de la Candelaria S/N ONSUMIDOR SP enio — Las Palmas (O.M.I.C.) de . a ¿Villa de Ing Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 WR Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es infomicGingenio.e e CARR A Y ¿ E e) 2, ho A AS AYUNTAMIENTO DE INGENIO YD a 27/2018 OMIC 7.5 En ningún caso el responsable Administración actuará como miembro de esta fuera de las actividades propias del servicio municipal. 7.6 No obstante, podrá intervenir con carácter estrictamente personal y sin vinculación alguna con el Ayuntamiento o con la Asociación, en aquellos supuestos relacionados con su deber como ciudadano, empleando los conocimientos y las experiencias derivadas de su actividad o servicio municipal. 7.7 Deberá mantener la mesura y secreto de los datos relevantes de los ciudadanos y animales afectados por el servicio, así como mantener la discreción y no divulgación de lo que pueda suceder en el servicio municipal, e instalaciones, (siempre que no cometa delito y se vulnere la Ley). 7.8 El responsable tendrá la obligación de cumplir las tareas que se le encomienden, por necesidades del servicio, de acuerdo con el plan previsto y acorde al servicio municipal, dentro del Plan de Trabajo designado. OCTAVA. - FINANCIACIÓN DEL SERVICIO. En contraprestación a los servicios prestados por la asociación ) Ayuntamiento de Ingenio le transferirá un im porte máximo de 45.000, A € (CUARENTA Y CINCO MIL EUROS) , Por su actividad durante el año 202 previa presentación mensual de la cuenta justificativa de gastos. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedente de otras administraciones o entes públicos o privados, si bien en ningú caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. NOVENA. — JUSTIFICACIÓN. La justificación presentada por la asociación de será remitida por registro entrada para su fiscalización al Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Ingenio, que podrá comprobar la utilización de los fondos públicos recibidos las que se concedió la subvención. en las actividades para El Departamento de Sanidad deberá emitir informe mensual relativo a la justificación del beneficiario debidamente motivado, el cual se elevará a la Intervención Municipal. La Cuenta Justificativa se presentará a mes vencido y constará de: A a) Memoria técnica de las actuaciones desarro E LAA ncluyendo la AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL Plaza de la Candelaria S/N "ONSUMIDOR 1) HE . 352502. (O.M.1.C.) 1 z lla de Ingenio — Las Palmas Ext. 1415 tE A py Tel.: 928 78 00 76 S Fax.: 928 78 12 47 infomicGingenio.es www.ingenio.es pl ») IS AOR OMIC a D D DE INEENO Ñ 27/2018 actuaciones desarrolladas, la metodología y los evaluación de las resultados alcanzados, suscrita por el/la representante legal de la entidad. la actividad, con b) Relación clasificada de los gastos de su importe, fecha de identificación del acreedor y del documento, fecha de pago y posibles desviaciones del emisión y en su caso, presupuesto, firmada en todas sus páginas p or la representante legal de la entidad. c) Las facturas a aportar deberán reunir los siguientes requisitos: Ser originales o copias debidamente compulsadas. Poseer nombre, CIF y domicilio del proveedor. Poseer nombre, CIF y domicilio del cliente. Llevar el 1.G.1.C. detallado o incluido. Estar fechadas en el ejercicio económico para el que se haya concedido la subvención. Excepcionalmente, se admitirán com o documentos justificativos, tickets al menos, los siguientes de caja registradora en los que consten, datos: =S Número "T Pe Número de identificación fiscal del expedidor == incluido” Ny Tipo impositivo aplicado o la expresión “I.G.I.C. as Contraprestación total. a) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan cofinanciado dencia.” el presente convenio con indicación del importe y su proce DÉCIMA. - GASTOS SUBVENCIONABLES. Serán gastos imputables a la subvención concedida por el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio los siguientes: a) Gastos servicio de veterinario, en el mismo se incluyen los tratamient os necesarios para la correcta prestación del servicio. b) Gastos servicio de veterinario, en el mismo se incluyen los excepcionales, correspondientes a tratamientos de actuaciones animales atropellados y/o accidentados, maltratados o animales quedando positivos en enfermedades ingresados en el C.E.T.A, so excl uidos que sean resultado de expedientes administrativo del intervención policial/judicial, hasta la recuperación animal. refiere a c) Gastos en bienes corrientes Y servicios: gastos en bienes y servicio s necesarios para el desarrollo del servicio l capital o patrimonio de la misma, que no produzcan un incremento en € Plaza de la Candelaria S/N AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL, e S3 a de Ingenio - Las Palmas ONSUMIDOR Tel.: 928 78 00 76 (O.M.I.C.) 3 Ext. 1415 É ES Fax.: 928 78 12 47 ms o www.ingenio.es infomicOingenio.e UL y EJ Pt ey AO a A Y y E pa 2, (AS ENONAMIENO DE INGENIO Ñ D 27/2018 OMIC tales como : vestuario, seguros, productos alimenticios y material fungible (jaulas trampa y casetas para perros) Se incluirán los gastos que reúnan las siguientes condiciones: 1 Ser bienes fungibles. 2 Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario. 3 No ser susceptible de inclusión en inventario. 4 Ser gastos que previsiblemente sean reiterativos. Se excluye la financiación de gastos de inversión, acondicionamiento de la infraestructura o de otra naturaleza diferente a la relacionada anteriormente. UNDÉCIMA. = CONFIDENCIALIDAD, PROTECCION DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. La asociación y el voluntariado a su servicio en la prestación del convenio, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales, al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, (en adelante LOPD), el Real Decreto 1720/2007” de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarroll de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Dato de Carácter Personal, así como la disposiciones en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del presente convenio o que puedan estarlo durante su vigencia De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la L ey Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter el Personal, incumplimiento por parte de la asociación de las estipulaciones del presente convenio la convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como el pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser interpuesta al Ayuntamiento de Ingenio, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Ingenio como consecuencia de dicho incumplimiento. DUODÉCIMA. - DURACIÓN DEL CONVENIO. El presente Convenio tendrá una duración de un año y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024. Una vez transcurrido el periodo indicado, se extinguirá el presente convenio, el cual no es susceptible de prórroga. Da, FHÓR O) > CIN AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN ES "ONSUMIDOR E $e Plaza de la Candelaria S/N 14 sas a de Ingenio — Las Palmas (O.M.1.C.) E Es 2 vin Tel.: 928 78 00 76 Ext. 1415 Fax.: 928 78 12 47 infomicOingenio.es www.ingenio.es d CARRY IS AUR OMIC O DE INCH D D N 27/2018 Asimismo, el presente convenio podrá ser revocado de forma automática po r el transcurso del tiempo establecido; por disolución de la entidad beneficiaria, por incumplimiento de alguna de la s cláusulas contenidas en este documento o por cualquiera de las razones establecidas en la legislación vigente. - COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. DÉCIMOTERCERA. En base a este acuerdo se crea una comisión de seguimiento del Convenio de Colaboración donde constará un representante de la Asociación el municipal (preferiblemente el/la Presidente/a), empleado responsable y la Concejala del Área de Salud Pública y Consumo y Protección y Bienestar Animal. DÉCIMOCUARTA. - RELACIONES INSTITUCIONALES. Ambas partes acuerdan que no se podrá mantener Y elación institucional, hacer declaraciones a medios de comunicación o entregar documentación o datos sobre temas concernientes al Convenio, sin la autorización expresa de la otra parte. - SOCIALES Y CONDICIONES ESPECIALES DE DÉCIMOQUINTA. CLÁUSULAS EJECUCIÓN. CLAUSULAS SOCIALES: Será de obligado cumplimiento lo siguiente: A NN Garantizar que el servicio objeto de este convenio se desarrollará N respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. La entidad adjudicataria adoptará las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud del personals— e DÉCIMOSEXTA. - DE LA MODIFICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONVENIO. Los trabajos objeto del presente convenio podrán interrumpirse por mutuo acuerdo de las partes, bien porque consideren los trabajos finalizados antes del periodo marcado, O por cualquier otra causa. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el parte para presente convenio por una de las partes facultará a la otra anulados todos los rescindir el mismo, quedando automáticamente correspondientes sobre el objeto de los derechos Y obligaciones trabajos. Plaza de la Candelaria S/N AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL ¿ bs = a de Ingenio — Las Palmas ONSUMIDOR ME 29. 2dso vil Tel.: 928 78 00 76 (O.M.1.C.) E An > Fax.: 928 78 12 47 Ext. 1415 SY infomic(Dingenio.e: www.ingenio.es Nas ya 2, AOR CAS DE INGENIO SUNEME TO 3 27/2018 OMIC DÉCIMOSÉPTIMA. - REINTEGRO DE LA SUBVENCION. Procederá el reintegro de la subvención Y, en su caso, el cobro de los intereses de demora, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza General Reguladora de la conce sión de subvenciones y la 43 de la Ley General de Subvenciones. DÉCIMOCTAVA. - NATURALEZA DEL CONVENIO Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Este Convenio tiene naturaleza jurídico-administrativa. En lo no previsto en este convenio será de aplicación de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, el Real Decreto 887/2006, aprobado por del 21 de julio, la Ordenanza General de Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio, de Y resto legislación de Régimen Local reguladora de subven ciones públicas y de procedimiento administrativo. Las cuestiones litigiosas que convenio serán surjan en aplicación del presente resueltas en vía administrativa por el órgano competente Y, en su caso, ante la administrativa. Jurisdicción contencioso- Y en prueba de conformidad, y tal y como consta en el Decreto de la Alcaldía-Presidencia de fecha 12 de abril de 2024, número 2425, que aprueba el contenido del presente convenio, firman las partes, ante el Secretario General Accidental del Ilustre Ay untamiento de la Villa de Ingenio. Por el Ayuntamiento de Ingenio. Por la Asociación Animalista de la Villa de Ingenio. La alcaldesa. — Vanesa Belén artín Herrera .— S 20 UE Lg Josefa Guedes: ánchez. AS yy Es Zi E) > ah Ante mí. El secretario gené cidental Manuel Jesús Afonsó nández .os AREA DE SERVICIOS GENERALES OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL Plaza de la Candelaria S/N "ONSUMIDOR >.P. 35250 Villa de Ingenio — Las Palmas (O.M.I.C.) Ext. 1415 Tel.: 928 78 00 76 Fax.: 928 78 12 47 infomicGOingenio.e: www.ingenio.es