ORDEN DE LA CONSEJERA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD POR LA QUE SE ACUERDAN LAS APORTACIONES DINERARIAS A FAVOR DE DETERMINADOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, DESTINADA A FINANCIAR PARTE DE LA ACTIVIDAD RELATIVA A LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN PRIMARIA Y COMUNITARIA, EN EL EJERCICIO 2023, DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DEPARTAMENTAL Nº: 1795 / 2022 DE 29 DE DICIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBA, MEDIANTE TRAMITACIÓN C/ Prof. Agustín Millares Carló, nº 18, Edf. Servicios Múltiples II Planta 3ª, 35071 Las Palmas de Gran Canaria, Tfnos: 928 30 60 00, Fax: 928 45 50 30 C/ Leoncio Rodríguez, nº 3, Edf. El Cabo Planta 5ª, 38071 Santa Cruz de Tenerife, Tfnos: 922 95 12 52, Fax: 922 95 12 42, C/ Prof. Agustín Millares Carló, nº 18, Edf. Servicios Múltiples II Planta 3ª, 35071 Las Palmas de Gran Canaria, Tfnos: 928 30 60 00, Fax: 928 45 50 30 ANTICIPADA, EL GASTO, EN VIRTUD DE LAS CANTIDADES CONSIGNADAS EN EL PROTOCOLO GENERAL DE ACTUACIÓN SUSCRITO EL 28 DE DICIEMBRE DE 2022, ENTRE ESTE DEPARTAMENTO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS. C/ Leoncio Rodríguez, nº 3, Edf. El Cabo Planta 5ª, 38071 Santa Cruz de Tenerife, Tfnos: 922 95 12 52, Fax: 922 95 12 42, ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Con fecha 28 de diciembre de 2022, se suscribe un Protocolo General de Actuación, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), a los efectos de que los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias puedan seguir dando continuidad a los programas que viene realizando en el ámbito de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, en el que se fija en su Anexo I la distribución de los créditos consignados en el proyecto de ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2023, y en el Anexo II el incremento que se prevé de la aportación del Estado para 2023. Posteriormente, con fecha 07 de marzo de 2023 se suscribe Adenda primera de modificación del Protocolo General de Actuación, con el fin de incorporar al citado Protocolo General de Actuación, el Anexo III que contiene el formulario normalizado de Solicitud de aportaciones dinerarias de los programas/proyectos que viene financiando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, el Anexo IV que contiene formulario normalizado de Ficha de Presentación de Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Identificador: 20230309172714 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 1/20 proyectos y el Anexo V que contiene formulario normalizado de Ficha de Evaluación de Anual, que, debido a un error involuntario, no se incorporan al texto final que firmaron las partes el pasado 28 de diciembre de 2022. Segundo.- Al amparo del citado Protocolo mediante ORDEN - Nº: 1795 / 2022 - Libro: 657 - Fecha: 29/12/2022, se aprueba, mediante tramitación anticipada, para el 2023, el gasto correspondiente a las aportaciones dinerarias a favor de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinada a financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, en las cantidades consignadas en el resuelvo primero y quinto del mismo, se aprueba el formulario normalizado para la solicitud de la aportación y se establecen las condiciones de concesión, abono, justificación y reintegro de las mismas. La citada Orden es publicada el 13 de enero de 2023 en la página web de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, https://www.gobiernodecanarias.org/derechossociales/inclusionsocial/planconcertado/ estableciéndose un plazo de diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la misma para la presentación de solicitudes. Tercero.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, constan solicitudes de aportaciones dinerarias, con expediente debidamente cumplimentado de las siguientes corporaciones locales y cuantías que se relacionan: Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 2 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 2/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) ANTIGUA 68.000,00 49.275,95 29.594,90 21.207,75 BETANCURIA 68.000,00 2.892,57 29.594,90 21.207,75 LA OLIVA 76.169,45 104.193,61 33.150,40 23.755,64 PÁJARA 106.769,45 78.890,02 46.468,11 33.299,12 PUERTO DEL ROSARIO 181.569,44 192.280,80 79.022,50 56.627,66 TUINEJE 93.169,45 64.487,55 40.549,13 29.057,57 AGAETE 110.169,45 34.713,14 47.947,85 34.359,52 AGÜIMES 198.569,44 190.811,87 86.421,23 61.929,60 ARTENARA 68.000,00 4.853,43 29.594,90 21.207,75 ARUCAS 246.169,44 232.933,46 107.137,66 76.775,02 FIRGAS 93.169,45 37.482,37 40.549,13 29.057,57 GÁLDAR 293.769,44 159.021,88 127.854,10 91.620,46 INGENIO 273.369,44 184.947,31 118.975,62 85.258,13 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2.304.869,44 2.396.887,36 1.003.123,38 718.839,91 MOGÁN 205.369,44 88.101,96 89.380,72 64.050,38 MOYA 108.469,44 48.665,73 47.207,98 33.829,31 LA ALDEA DE SAN NICOLÁS 122.069,44 42.849,78 53.126,96 38.070,87 SANTA BRÍGIDA 101.669,45 92.721,49 44.248,49 31.708,55 SANTA MARÍA DE GUÍA 123.769,45 87.666,18 53.866,84 38.601,07 TEJEDA 116.969,44 9.101,47 50.907,35 36.480,29 TELDE 875.169,44 661.281,91 380.890,52 272.946,79 TEROR 116.969,44 33.170,81 50.907,35 36.480,29 VALLESECO 81.269,45 45.325,00 35.370,02 25.346,22 VALSEQUILLO 157.769,44 21.733,13 68.664,29 49.204,94 VEGA DE SAN MATEO 86.369,45 41.809,28 37.589,64 26.936,79 HARÍA 88.069,45 22.738,17 38.329,51 27.467,00 SAN BARTLOMÉ DE LANZAROTE 79.569,45 77.485,76 34.630,16 24.816,03 TEGUISE 122.069,44 87.031,42 53.126,96 38.070,87 TÍAS 111.869,45 79.035,54 48.687,73 34.889,71 TINAJO 76.169,45 25.971,28 33.150,40 23.755,64 YAIZA 68.000,00 61.179,73 29.594,90 21.207,75 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 3 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 3/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) FRONTERA 84.669,45 21.200,25 36.849,77 26.406,60 PINAR (EL) 68.000,00 9.121,37 29.594,90 21.207,75 VALVERDE 93.169,45 24.171,29 40.549,13 29.057,57 AGULO 68.000,00 4.532,06 29.594,90 21.207,75 ALAJERÓ 68.000,00 7.910,99 29.594,90 21.207,75 HERMIGUA 68.000,00 8.806,09 29.594,90 21.207,75 SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA 88.069,45 39.471,17 38.329,51 27.467,00 VALLE GRAN REY 82.969,45 17.964,47 36.109,90 25.876,41 VALLEHERMOSO 96.569,45 12.671,53 42.028,87 30.117,96 BARLOVENTO 68.000,00 9.730,16 29.594,90 21.207,75 BREÑA ALTA 154.369,45 39.365,51 67.184,54 48.144,56 BREÑA BAJA 81.269,45 28.984,72 35.370,02 25.346,22 FUENCALIENTE 140.769,44 7.655,16 61.265,56 43.903,00 GARAFÍA 68.000,00 9.284,69 29.594,90 21.207,75 LOS LLANOS DE ARIDANE 169.669,45 88.501,85 73.843,40 52.916,30 MAZO 89.769,45 25.714,27 39.069,38 27.997,20 PASO EL 68.000,00 46.034,73 29.594,90 21.207,75 PUNTAGORDA 68.000,00 10.843,14 29.594,90 21.207,75 PUNTALLANA 68.000,00 11.605,05 29.594,90 21.207,75 SAN ANDRÉS Y SAUCES 68.000,00 19.485,53 29.594,90 21.207,75 SANTA CRUZ DE LA PALMA 207.069,44 98.021,20 90.120,59 64.580,57 TIJARAFE 68.000,00 14.259,21 29.594,90 21.207,75 ADEJE 140.769,44 186.943,67 61.265,56 43.903,00 ARAFO 79.569,45 29.670,57 34.630,16 24.816,03 BUENAVISTA 108.469,44 28.276,14 47.207,98 33.829,31 CANDELARIA 125.469,44 146.265,04 54.606,71 39.131,26 FASNIA 72.769,45 14.797,55 31.670,67 22.695,26 GARACHICO 139.069,44 27.335,47 60.525,69 43.372,81 GUANCHA (LA) 149.269,44 29.829,01 64.964,92 46.553,97 GUÍA DE ISORA 145.869,44 95.503,33 63.485,18 45.493,59 GÜIMAR 174.769,44 109.791,75 76.063,01 54.506,89 ICOD DE LOS VINOS 307.369,44 133.304,79 133.773,08 95.862,01 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 4 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 4/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) LA LAGUNA 949.969,44 931.111,42 413.444,92 296.275,33 LA MATANZA 162.869,44 50.928,81 70.883,91 50.795,53 LA OROTAVA 421.269,44 246.012,13 183.344,54 131.385,01 PUERTO DE LA CRUZ 242.769,44 188.539,98 105.657,92 75.714,64 REALEJOS (LOS) 358.369,44 207.922,24 155.969,25 111.767,83 ROSARIO (EL) 125.469,44 88.827,74 54.606,71 39.131,26 SAN JUAN DE LA RAMBLA 86.369,45 26.714,27 37.589,64 26.936,79 SAN MIGUEL DE ABONA 81.269,45 78.276,81 35.370,02 25.346,22 SANTA CRUZ DE TENERIFE 1.609.569,44 1.287.845,04 700.515,49 501.990,59 SANTA ÚRSULA 125.469,44 88.497,84 54.606,71 39.131,26 SANTIAGO DEL TEIDE 84.669,45 43.009,27 36.849,77 26.406,60 SAUZAL (EL) 77.869,45 50.216,07 33.890,29 24.285,83 SILOS (LOS) 77.869,45 26.690,87 33.890,29 24.285,83 TACORONTE 174.769,44 138.880,91 76.063,01 54.506,89 TANQUE (EL) 72.769,45 14.542,59 31.670,67 22.695,26 VICTORIA (LA) 105.069,45 55.652,50 45.728,24 32.768,93 VILAFLOR 68.000,00 6.746,55 29.594,90 21.207,75 Se indica que las cantidades solicitadas coinciden con las consignadas en el Resuelvo primero y quinto de la citada Orden Departamental nº: 1795 / 2022 de 29 de diciembre de 2022, de aprobación anticipada del gasto, salvo los Ayuntamientos de Firgas, Teror, Valleseco y Los Llanos de Aridane, que ha solicitado para la línea de Actuación L.A234C8002 "Apoyo a la ley canaria de inserción" cuantías inferiores a las consignadas en la citada Orden Departamental por importe de 44.920,76€, 73.119,56€, 49.859,37€ y 131.896,97€ respectivamente. Asimismo señalar que todos los Ayuntamientos, salvo Antigua, Betancuria, Pájara, Artenara, Arucas, Firgas, Las Palmas de Gran Canaria, Santa Mª de Guía, Telde, Teror, Vega San Mateo, San Bartolomé Lanzarote, Teguise, Tinajo, Hermigua, San Sebastián de La Gomera, Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 5 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 5/20 Valle Gran Rey, Breña Baja, Puntallana, Adeje, Fasnia, Garachico, Guia Isora, Los Realejos, San Juan de La Rambla, San Miguel de Abona, Tacoronte y El Tanque, han manifestado su voluntad inicial de participar en el proceso de redistribución de un posible sobrante en las cantidades consignadas en la referida Orden Departamental, descrito en el apartado sexto del Anexo I de la misma. Cuarto.- En atención a lo dispuesto en la citada Orden Departamental n.º 1795 / 2022 de 29 de diciembre de 2022, el otorgamiento de las aportaciones dinerarias está condicionada a la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2023, por lo que toda vez que se ha aprobado la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, se ha suprimido dicha condicion suspensiva. A tal fin, consta en el expediente, los preceptivos documentos contables de retención de crédito (RC) con nº captura 39818 por importe de 36.398.726,00€ y nº captura 39787 por importe de 1.696.016,00€. Quinto.- En atención a lo dispuesto en el antecedente anterior, el crédito disponible al que se imputa las aportaciones dinerarias asciende a 38.094.742,00€, distribuido en las siguientes aplicaciones presupuestarias: APLICACIONES PRESUPUESTARIAS 2307 231B 4500300 23407902 Comunidad Autónoma Canaria ”PLAN CONCERTADO SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 23411501 Comunidad Autónoma Canaria ”PRESTACIONES BÁSICAS SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 4023004 Administración General del Estado 23411501”PRESTACIONES BÁSICAS Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 FONDO IMPORTE (CAC ) 17.000.000,00€ (CAC ) 7.398.726,00 € (AGE) 1.696.016,00€ 6 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 6/20 APLICACIONES PRESUPUESTARIAS SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 234C8002 ”APOYO LEY CANARIA Comunidad Autónoma Canaria INSERCIÓN” A los que son de aplicación los siguientes, FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- En atención a lo previsto en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá disponer la acumulación de procedimientos que guarden identidad sustancial. Segundo.- La Disposición Adicional Quinta de la Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023 , establece: “Los libramientos de fondos en concepto de aportaciones dinerarias de la comunidad autónoma se realizarán en la forma y condiciones que se establezcan en su resolución de concesión, que contendrá como mínimo una descripción de la actuación a realizar, su cuantía, el plazo de aplicación de los fondos y el plazo de justificación de los mismos, la aplicación presupuestaria a la que se imputa el gasto, la previsión de que el incumplimiento de algunas de las condiciones establecidas dará lugar al reintegro conforme al procedimiento previsto para las subvenciones y el sometimiento al control financiero de la Intervención General. Cuando estos libramientos estén destinados a la ejecución de proyectos cofinanciados con fondos financiados por la Unión Europea, se les aplicará supletoriamente la normativa sobre subvenciones.” Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 FONDO IMPORTE 12.000.000,00€ (CAC) 7 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 7/20 Tercero.- Por su parte, la Disposición final octava de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, modifica el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que queda redactado en los siguientes términos: “No están comprendidas en el ámbito de aplicación de esta ley las aportaciones dinerarias entre diferentes Administraciones públicas, para financiar globalmente la actividad de la Administración a la que vayan destinadas, y las que se realicen entre los distintos agentes de una Administración cuyos presupuestos se integren en los Presupuestos Generales de la Administración a la que pertenezcan, tanto si se destinan a financiar globalmente su actividad como a la realización de actuaciones concretas a desarrollar en el marco de las funciones que tenga atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública”. Cuarto.- El Gobierno de Canarias en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 2022, acuerda la modificación quinta del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, establece lo siguiente: “1.1 Con carácter general, las bases reguladoras de subvenciones, las subvenciones directas, las aportaciones dinerarias, encargos a medios propios personificados y encomiendas de gestión podrán establecer su abono anticipado hasta el 100% de su cuantía cuando concurran las siguientes circunstancias: • Que la ejecución de la actividad, así como su justificación se produzcan antes de la finalización del siguiente ejercicio presupuestario a aquel en que fueron concedidas. • Que el beneficiario no tenga otras subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos o encomiendas con abono anticipado pendientes de justificación, en los dos ejercicios inmediatos anteriores al que ahora se concede. Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 8 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 8/20 Esta última circunstancia se hará constar en el expediente mediante certificación acreditativa expedida por el órgano concedente, comprensiva de aquellas concedidas por el mismo Departamento y al mismo beneficiario. 1.2.- La acreditación de la existencia de un Plan de Acción comprensivo de las actuaciones y plazos para llevar a cabo la comprobación de las justificaciones de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas pendientes podrá sustituir a la certificación acreditativa señalada en el apartado anterior. Dicho Plan de Acción deberá ser aprobado por el titular del Departamento, o tratándose de entes del Sector público limitativo, por la persona que ostente la dirección del mismo, y tendrá, al menos, el siguiente contenido: a) Objetivo del Plan, con indicación de si abarca solo a la comprobación de la justificación de subvenciones, o también se extiende al resto de figuras recogidas en este Acuerdo (aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión). b) Periodo de tiempo que comprende. c) Plazo o plazos en que se prevé su inicio efectivo y ejecución, con indicación del porcentaje o volumen de comprobaciones de justificaciones previstas, en su caso, en los plazos parciales contemplados. d) Previsión de si va a ser ejecutado con medios propios o con medios ajenos. e) Persona responsable de la dirección y ejecución del Plan. Dicho Plan será comunicado a la Intervención General, en el plazo de los diez días siguientes a su aprobación, al objeto de que por parte de esta se haga seguimiento de la ejecución del mismo dentro del ámbito del Control Financiero Permanente”. En este sentido, la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud está dando cumplimiento al apartado 1.2 del citado Acuerdo de Gobierno, habida cuenta que, mediante Orden Departamental n.º LOR2019CA00652, de 17 de octubre de 2019, se aprueba Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 9 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 9/20 el Plan de Acción del departamento para el seguimiento de las subvenciones y aportaciones dinerarias pendientes de justificar con plazo vencido, para el inicio y finalización de los procedimientos de reintegro, así como también para declarar la prescripción del derecho a favor de la Hacienda Pública de reconocer y liquidar cantidades a reintegrar, modificada por las Ordenes departamentales n.º 527, de 20 de agosto de 2020, n.º 744 , de 23 de agosto de 2021 y n.º 1160, de 29 de agosto de 2022 , por las que se establecen prórrogas del plazo de ejecución del citado Plan de Acción. En consideración a ello y a lo previsto en el apartado 1.2 del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, modificado por Acuerdos de 1 de octubre de 2020, 26 de noviembre de 2020, 25 de febrero de 2021 y 16 de diciembre de 2021, procede sustituir la certificación acreditativa recogida en el apartado 1.1 del repetido Acuerdo de Gobierno. Por su parte, el apartado 3 del citado Acuerdo, establece que: “Las subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos o encomiendas de gestión financiadas con fondos estatales, a los efectos de establecer abonos anticipados, estarán a lo dispuesto en la normativa específica que les sea de aplicación. En caso de no existir normativa específica al respecto, se deberá solicitar informe previo a la Dirección General de Planificación y Presupuesto que se pronunciará sobre la pertinencia de los anticipos en función del plazo de ejecución de la actuación, así como su incidencia en el objetivo de estabilidad y regla de gasto”. Como consecuencia de lo anterior, la Dirección General de Planificación y Presupuesto emite informe favorable de fecha 29 de noviembre de 2022, en el sentido de: “sólo podrían estar afectados los pagos que se imputen a la aplicación presupuestaria 2307.231B.4500300 (Fondo 4023004) L.A.23411501 PRESTACIONES BASICAS DE SERVICIOS SOCIAL, dotada por importe de 1.696.016,00 €, en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023 presentado en el Parlamento de Canarias. Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 10 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 10/20 También podrían estar afectados los pagos del gasto que se refleja en el apartado quinto del resuelvo del borrador de Orden se condiciona la distribución y aprobación del crédito de la L.A.23411501 PRESTACIONES BASICAS DE SERVICIOS SOCIAL (Fondo 4023004), por importe de 3.605.923,46 €, a la distribución territorial acordada por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, para el año 2023. Donde el importe de 33.605.923,46 € es el resultado de calcular la diferencia entre lo recibido en el ejercicio 2022 según Resolución de 14 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se fijan los criterios de distribución territorial y la distribución resultante entre comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado a la financiación en 2022 del Programa de Protección a la Familia y Atención a la Pobreza Infantil, y el crédito inicialmente presupuestado para 2023, es decir, la diferencia entre 5.301.939,46 € y 1.696.016,00 €”. Quinto.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 01.08.1990), el artículo 5 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, por el que se determina el número, denominación y competencias de las Consejerías, así como el artículo 5. d) del Decreto 43/2020, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (BOC nº 81, de 24.04.20) y finalmente el Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias (BOC nº 137, de 18.07.2019). Visto los antecedentes expuestos y, demás normas de general y pertinente aplicación, Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 11 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 11/20 Primero.- Determinar la acumulación de los procedimientos relativos a las aportaciones dinerarias de las corporaciones locales para financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, en en ejercicio 2023. Segundo.- Acordar las aportaciones dinerarias a los Ayuntamientos Canarios relacionados, por los importes que se indican, destinada a financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria. 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) ANTIGUA 68.000,00 49.275,95 29.594,90 21.207,75 BETANCURIA 68.000,00 2.892,57 29.594,90 21.207,75 LA OLIVA 76.169,45 104.193,61 33.150,40 23.755,64 PÁJARA 106.769,45 78.890,02 46.468,11 33.299,12 PUERTO DEL ROSARIO 181.569,44 192.280,80 79.022,50 56.627,66 TUINEJE 93.169,45 64.487,55 40.549,13 29.057,57 AGAETE 110.169,45 34.713,14 47.947,85 34.359,52 AGÜIMES 198.569,44 190.811,87 86.421,23 61.929,60 ARTENARA 68.000,00 4.853,43 29.594,90 21.207,75 ARUCAS 246.169,44 232.933,46 107.137,66 76.775,02 FIRGAS 93.169,45 37.482,37 40.549,13 29.057,57 GÁLDAR 293.769,44 159.021,88 127.854,10 91.620,46 INGENIO 273.369,44 184.947,31 118.975,62 85.258,13 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 2.304.869,44 2.396.887,36 1.003.123,38 718.839,91 MOGÁN 205.369,44 88.101,96 89.380,72 64.050,38 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 RESUELVO 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 12 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 12/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) MOYA 108.469,44 48.665,73 47.207,98 33.829,31 LA ALDEA DE SAN NICOLÁS 122.069,44 42.849,78 53.126,96 38.070,87 SANTA BRÍGIDA 101.669,45 92.721,49 44.248,49 31.708,55 SANTA MARÍA DE GUÍA 123.769,45 87.666,18 53.866,84 38.601,07 TEJEDA 116.969,44 9.101,47 50.907,35 36.480,29 TELDE 875.169,44 661.281,91 380.890,52 272.946,79 TEROR 116.969,44 33.170,81 50.907,35 36.480,29 VALLESECO 81.269,45 45.325,00 35.370,02 25.346,22 VALSEQUILLO 157.769,44 21.733,13 68.664,29 49.204,94 VEGA DE SAN MATEO 86.369,45 41.809,28 37.589,64 26.936,79 HARÍA 88.069,45 22.738,17 38.329,51 27.467,00 SAN BARTLOMÉ DE LANZAROTE 79.569,45 77.485,76 34.630,16 24.816,03 TEGUISE 122.069,44 87.031,42 53.126,96 38.070,87 TÍAS 111.869,45 79.035,54 48.687,73 34.889,71 TINAJO 76.169,45 25.971,28 33.150,40 23.755,64 YAIZA 68.000,00 61.179,73 29.594,90 21.207,75 FRONTERA 84.669,45 21.200,25 36.849,77 26.406,60 PINAR (EL) 68.000,00 9.121,37 29.594,90 21.207,75 VALVERDE 93.169,45 24.171,29 40.549,13 29.057,57 AGULO 68.000,00 4.532,06 29.594,90 21.207,75 ALAJERÓ 68.000,00 7.910,99 29.594,90 21.207,75 HERMIGUA 68.000,00 8.806,09 29.594,90 21.207,75 SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA 88.069,45 39.471,17 38.329,51 27.467,00 VALLE GRAN REY 82.969,45 17.964,47 36.109,90 25.876,41 VALLEHERMOSO 96.569,45 12.671,53 42.028,87 30.117,96 BARLOVENTO 68.000,00 9.730,16 29.594,90 21.207,75 BREÑA ALTA 154.369,45 39.365,51 67.184,54 48.144,56 BREÑA BAJA 81.269,45 28.984,72 35.370,02 25.346,22 FUENCALIENTE 140.769,44 7.655,16 61.265,56 43.903,00 GARAFÍA 68.000,00 9.284,69 29.594,90 21.207,75 LOS LLANOS DE ARIDANE 169.669,45 88.501,85 73.843,40 52.916,30 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 13 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 13/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) MAZO 89.769,45 25.714,27 39.069,38 27.997,20 PASO EL 68.000,00 46.034,73 29.594,90 21.207,75 PUNTAGORDA 68.000,00 10.843,14 29.594,90 21.207,75 PUNTALLANA 68.000,00 11.605,05 29.594,90 21.207,75 SAN ANDRÉS Y SAUCES 68.000,00 19.485,53 29.594,90 21.207,75 SANTA CRUZ DE LA PALMA 207.069,44 98.021,20 90.120,59 64.580,57 TIJARAFE 68.000,00 14.259,21 29.594,90 21.207,75 ADEJE 140.769,44 186.943,67 61.265,56 43.903,00 ARAFO 79.569,45 29.670,57 34.630,16 24.816,03 BUENAVISTA 108.469,44 28.276,14 47.207,98 33.829,31 CANDELARIA 125.469,44 146.265,04 54.606,71 39.131,26 FASNIA 72.769,45 14.797,55 31.670,67 22.695,26 GARACHICO 139.069,44 27.335,47 60.525,69 43.372,81 GUANCHA (LA) 149.269,44 29.829,01 64.964,92 46.553,97 GUÍA DE ISORA 145.869,44 95.503,33 63.485,18 45.493,59 GÜIMAR 174.769,44 109.791,75 76.063,01 54.506,89 ICOD DE LOS VINOS 307.369,44 133.304,79 133.773,08 95.862,01 LA LAGUNA 949.969,44 931.111,42 413.444,92 296.275,33 LA MATANZA 162.869,44 50.928,81 70.883,91 50.795,53 LA OROTAVA 421.269,44 246.012,13 183.344,54 131.385,01 PUERTO DE LA CRUZ 242.769,44 188.539,98 105.657,92 75.714,64 REALEJOS (LOS) 358.369,44 207.922,24 155.969,25 111.767,83 ROSARIO (EL) 125.469,44 88.827,74 54.606,71 39.131,26 SAN JUAN DE LA RAMBLA 86.369,45 26.714,27 37.589,64 26.936,79 SAN MIGUEL DE ABONA 81.269,45 78.276,81 35.370,02 25.346,22 SANTA CRUZ DE TENERIFE 1.609.569,44 1.287.845,04 700.515,49 501.990,59 SANTA ÚRSULA 125.469,44 88.497,84 54.606,71 39.131,26 SANTIAGO DEL TEIDE 84.669,45 43.009,27 36.849,77 26.406,60 SAUZAL (EL) 77.869,45 50.216,07 33.890,29 24.285,83 SILOS (LOS) 77.869,45 26.690,87 33.890,29 24.285,83 TACORONTE 174.769,44 138.880,91 76.063,01 54.506,89 TANQUE (EL) 72.769,45 14.542,59 31.670,67 22.695,26 Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) 14 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 14/20 23407902 PLAN CONCERTADO AYUNTAMIENTOS DE SERVICIOS SOCIALES (1) AGE (4) VICTORIA (LA) 105.069,45 55.652,50 45.728,24 32.768,93 VILAFLOR 68.000,00 6.746,55 29.594,90 21.207,75 Tercero.- Establecer el abono anticipado del 100% del libramiento de fondos que conllevan las aportaciones dinerarias que se acuerdan por la presente Orden, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: APLICACIONES PRESUPUESTARIAS 2307 231B 4500300 23407902 Comunidad Autónoma Canaria ”PLAN CONCERTADO SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 23411501 Comunidad Autónoma Canaria ”PRESTACIONES BÁSICAS SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 4023004 Administración General del Estado 23411501”PRESTACIONES BÁSICAS SERVICIOS SOCIALES” 2307 231B 4500300 234C8002 ”APOYO LEY CANARIA Comunidad Autónoma Canaria INSERCIÓN” Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 23411501 23411501 234C8002 PRESTACION PRESTACIO APOYO LEY ES BÁSICAS NES CANARIA DE BÁSICAS DE INSERCIÓN SERVICIOS SERVICIOS (2) SOCIALES SOCIALES CAC (3) FONDO IMPORTE (CAC ) 17.000.000,00€ (CAC ) 7.398.726,00 € (AGE) 1.696.016,00€ 12.000.000,00€ (CAC) 15 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 15/20 Condicionar el abono restante en la línea L.A. 23411501 “Prestaciones básicas de servicios sociales”, correspondiente a la aportación de la Administración General del Estado, por importe de 3.605.923,46 €, a lo que resulte de lo acordado por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en los términos establecidos en el Resuelve quinto de la Orden Departamental nº: 1795 / 2022 de 29 de diciembre de 2022. Quinto.- La concesión de las aportaciones dinerarias señaladas en el apartado segundo de la parte resolutiva de la presente Orden, se efectúa con arreglo a los requisitos y condiciones impuestas en la Orden Departamental n.º 1795 / 2022 de 29 de diciembre de 2022, por la que se aprueba, mediante tramitación anticipada, el gasto correspondiente a las aportaciones dinerarias. Sexto.- El plazo que se establece para la realización de las acciones y para la aplicación de los fondos públicos será con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: APLICACIONES FONDO PLAZO EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAS 2307 231B 4500300 23407902 Comunidad Autónoma ”PLAN CONCERTADO Canaria SERVICIOS SOCIALES” (CAC ) 2307 231B 4500300 23411501 Comunidad Autónoma ”PRESTACIONES BÁSICAS Canaria SERVICIOS SOCIALES” (CAC ) 2307 231B 4500300 4023004 Administración General del 23411501”PRESTACIONES Estado (AGE) BÁSICAS SERVICIOS SOCIALES” Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 1 enero de 2023 - 31 marzo de 2024 1 enero de 2023 - 31 marzo de 2024 1 enero de 2023 - 31 diciembre de 2023 16 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 16/20 APLICACIONES FONDO PLAZO EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAS 2307 231B 4500300 234C8002 Comunidad Autónoma ”APOYO LEY CANARIA Canaria (CAC) INSERCIÓN” Séptimo.- La aplicación de los fondos recibidos se justificará por la Corporación Local, mediante declaración responsable de la Presidencia de la entidad municipal en la que conste de forma expresa la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, acompañada de informe emitido por la Intervención u órgano de control equivalente de la Entidad Local, que acredite la veracidad y la regularidad de los gastos y pagos justificativos de la subvención, así como su adecuación a la normativa reguladora de la acumulación de ayudas, en los términos descritos en el apartado séptimo del anexo I de la citada Orden Departamental n.º 1795 / 2022 de 29 de diciembre de 2022. Asimismo, deberá presentarse Ficha de Evaluación del proyecto, conforme al Anexo IV, suscrita por el/la Presidente/a de la Corporación Local o persona facultada para ello, a cumplimentar en los términos descritos en el apartado octavo de mencionado anexo I. Dicha documentación justificativa, deberá presentarse como fecha límite el 30 de abril de 2024. Octavo.- En todas las acciones de difusión, información o divulgación que se realicen en relación con las actuaciones objeto del mismo, será obligatoria la referencia a las entidades intervinientes de acuerdo con sus respectivas normas de identidad corporativa. Por lo que se refiere a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, se deberá incluir la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias, con leyendas relativas a dicha financiación, en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales o bien en menciones realizadas en medios de comunicación, Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 1 enero de 2023 - 31 marzo de 2024 17 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 17/20 conforme a lo dispuesto en el Decreto 184/2004, de 21 de diciembre, por el que se aprueba la identidad corporativa del Gobierno de Canarias y se establecen las normas para su tratamiento y utilización. A tal fin y, atendiendo a las previsiones contenidas en el citado Decreto 184/2004, el logotipo de la identidad corporativa se podrá descargar en el Manual de la Identidad Gráfica del Gobierno de Canarias, en la siguiente dirección: https://www.gobiernodecanarias.org/identidadgrafica/descargas, en el apartado Marcas (imagotipos), en el apartado Publicidad y, dentro de la Marca del Gobierno de Canarias, en la sección Marca modelo 1, descargar en formato PNG, cualquiera de los cuatro primeros (Modelo 1 color , Modelo 1 color para fondo negro, Modelo 1 positivo, Modelo 1 negativo), eligiendo el que más se adecúe al formato de la publicidad. Asimismo, en la publicidad que se realice en cualquier medio de comunicación social sobre las actuaciones derivadas de estos programas se hará constar expresamente que éstos se llevan a cabo en virtud de la financiación establecida entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y la Comunidad Autónoma de Canarias. Noveno.- El incumplimiento de algunas de las obligaciones o condiciones establecidas en la Orden dará lugar al reintegro conforme al procedimiento previsto en el capítulo II del título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el capítulo VIII del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado por el Decreto 5/2015 de 30 de enero y Decreto 151/2022, de 23 de junio, regulador de las subvenciones de la Administración Pública de Canarias, en todo aquello que no se oponga a los preceptos, de carácter básico, que se recogen en la citada Ley General de Subvenciones. Décimo.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el beneficiario podrá realizar voluntariamente la devolución de una Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 18 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 18/20 determinada cantidad del importe subvencionado o de la totalidad del importe concedido por renuncia, sin el previo requerimiento de la Administración. El reintegro o devolución de los fondos públicos percibidos indebidamente, exigirá el interés legal de demora, devengado desde el momento de su pago efectivo, hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que la corporación local haga efectivo el ingreso, si es anterior a ésta, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.1 de la Ley General de Subvenciones, modificado por la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017. Tanto en los supuestos de reintegro como en los de devolución voluntaria, el beneficiario habrá de efectuar el ingreso del remanente y de los intereses de demora, a través del modelo 800, aprobado por Orden de 15 de Octubre de 2014 de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos (B.O.C nº 205, de 22.10.2014), teniendo la obligación de remitir el ejemplar para la Administración del citado documento a la Dirección de Derechos Sociales e Inmigración quedando en este momento acreditada la devolución. Undécimo.- El expediente estará sujeto al control financiero de la Intervención General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el Decreto 76/2015, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias. Duodécimo.- Notificar la presente Orden a la entidad beneficiaria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicándole que, dicha notificación, supone que acepta todas y cada una de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en la misma. Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 19 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 19/20 Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente Orden o bien, recurso contencioso administrativo, ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses. No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 01 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Santa Cruz de Tenerife, La Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre de los servicios electrónicos de confianza Permite la verificación de la integridad de esta copia del documento electrónico en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/verifica_doc Este documento es una copia electrónica auténtica Firmado por: NOEMI SANTANA PERERA En calidad de: Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud 0peTCq7HHhUE8E51KmevXxML0sscpkud ORDEN - Nº: 289 / 2023 - Libro: 657 - Fecha: 13/03/2023 12:24:26 20 Fecha: 13/03/2023 12:24:26 Pagina: 20/20