CONVENIO REGULADOR DE SUBVENCIÓN PREVISTA NOMINATIVAMENTE EN EL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER, CON DESTINO AL DESARROLLO DEL PROYECTO DENOMINADO ATENCIÓN PSICOSOCIAL PARA PACIENTES Y FAMILIARES ONCOLÓGICOS RESIDENTES EN LA VILLA DE INGENIO. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 31/03/2023 HASH: 51ba9dbbca08401ae558835f51cb4ae8 MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 3) En la Villa de Ingenio, a la fecha de la firma electrónica. REUNIDOS De una parte, DOÑA ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, con D.N.I. actuando en su calidad de ALCALDESA PRESIDENTA DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE INGENIO y, a tenor de las competencias que le tienen reconocidas en el Artículo 21 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local 7/ 1985 de 2 de Abril, modificada por la ley 11/1999 de 13 de Enero, con domicilio a los efectos de notificaciones en la Plaza de la Candelaria, nº 1 Ingenio y asistido en este acto por el Secretario Accidental General de esta Institución, D. Manuel Jesús Afonso Hernández, Resolución de fecha 19/08/2014, Nº 576, de la Dirección General de la Función Pública. De otra parte, FERNANDO FRAILE GONZÁLEZ, con D.N.I. actuando en nombre y representación de la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER en su calidad de Representante, con CIF nº G- 28197564. Ambas partes en la representación que ostentan, se reconocen capacidad legal necesaria para otorgar el presente convenio de colaboración y a tal efecto, ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 31/03/2023 HASH: 771637f6f54f0515bd717f82f75b994a ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 3) EXPONEN I. Que el Ayuntamiento de Ingenio, en virtud del artículo 50 de la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias tiene atribuida entre otras, la competencia de “a) Crear, organizar y gestionar los servicios sociales de atención primaria y comunitaria previstos en la presente ley y su normativa de desarrollo”, estableciéndose en el artículo 26 de la mencionada norma dentro de las funciones de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria la función de “j) sensibilización y el fomento de la participación activa de la comunidad en la búsqueda de respuestas a las situaciones de necesidad social y socioeducativas.” II. Que la Asociación Española contra el Cáncer, tiene como fines principales los siguientes: “1. La Asociación tiene como fin primordial la lucha contra la enfermedad del cáncer. 2. El desarrollo de los fines de la Asociación puede efectuarse, entre otras, mediante actividades de divulgación, prevención, investigación, formación y asistencial. A tal fin, y sin propósito exhaustivo, la Asociación, que mantendrá en todo caso una estrecha relación con la Fundación Científica de la Asociación Española Cintra el Cáncer (“la Fundación Científica) en los términos previstos en estos estatutos, podrá: a) Liderar el esfuerzo de la sociedad civil para disminuir el impacto de la enfermedad y mejorar la vida de las personas. b) Participar en la constitución de otras asociaciones, fundaciones u organizaciones, así como el establecimiento de servicios o programas para la prevención, la investigación de la enfermedad y el mejor tratamiento y cuidado de los afectados por ella. c) Establecer relaciones, a cualquier nivel, con todas aquellas entidades, públicas o privadas, nacionales o internacionales, que persigan un fin análogo al que es propio de la Asociación. d) Realizar campañas de información y publicación en cualquier medio con el fin de ayudar y apoyar a los pacientes de cáncer y sus familiares. e) Impulsar el estudio y cooperación de planes sanitarios eficaces para la lucha contra el cáncer, en colaboración con entidades de Derecho público o de naturaleza privada que se propongan la obtención Tercero Fecha Firma: 03/04/2023 HASH: 672e402d3cd5d720bab8dbaf72228b9d Fraile Gonzalez, Fernando (3 de 3) AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 1 1 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 de similares objetivos y colaborar con las instituciones públicas y la administración sanitaria en la evaluación y monitorización de las prestaciones asistenciales dirigidas a las personas afectadas por el cáncer, con el objetivo de su optimización y mejora. f) Agrupar a cuantas personas deseen cooperar activamente en el logro de los fines asociativos, dedicando especial atención a la formación del voluntariado y a la participación e integración de la juventud en las tareas de la Asociación. g) Obtener los medios y recursos necesarios, a través de la cooperación económica de particulares, empresas y de instituciones de todo tipo y naturaleza, para la realización de las actividades anteriormente indicadas, así como cualesquiera otras necesarias o convenientes para la consecución de los fines de la Asociación. 3. La Asociación, en su compromiso con la sociedad y en el desarrollo de sus actividades fomentará la igualdad de oportunidades entre hombre y mujeres.” III. La Asociación Española contra el Cáncer pretende con este proyecto Ofrecer Atención Psicosocial para mejorar el bienestar de pacientes y familiares que se vean afectados por un diagnóstico de cáncer, y prevenir la aparición de la enfermedad difundiendo mensajes de salud. IV. Con fecha 20/03/2023, se presenta mediante registro de entrada número 2023-E-RE-2916, por la Asociación Española contra el Cáncer, la solicitud de subvención por importe de 20.000 €, certificados y proyecto denominado “Atención Psicosocial para pacientes y familiares oncológicos residentes en la Villa de Ingenio”, para el ejercicio 2023. V. Se encuentra contemplada nominativamente en el presupuesto municipal una subvención a favor de Asociación Española contra el Cáncer por importe de 20.000 €. La concesión de esta subvención se encuadra en lo establecido en los artículos 22.2 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones; artículos 65.3 párrafo segundo y el artículo 67.2 párrafo del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones; artículos 14, 15 y 16 de la Ordenanza General Reguladora de La Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, aprobada por sesión plenaria celebrada el 28/01/2005 y publicada en el B.O.P Nº 48, de 13/04/2005. Que ambas partes son conscientes de la importancia que tiene en la sociedad la atención psicosocial de los pacientes y familiares con enfermedades oncológicas, y en mérito de lo expuesto ambas partes, ESTIPULAN PRIMERA. - OBJETO DEL CONVENIO. Es objeto de este convenio la regulación de subvención nominativa prevista en el presupuesto municipal por el periodo de vigencia del presente ejercicio, a favor de la Asociación Española contra el Cáncer, para el desarrollo del proyecto denominado “Atención Psicosocial para pacientes y familiares oncológicos residentes en la Villa de Ingenio”, sin que el Ayuntamiento tenga vínculo laboral alguno o de cualquier otra índole con el personal de la entidad beneficiaria adscrita al proyecto subvencionado. SEGUNDA. - FINANCIACIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. El importe de la subvención del Ayuntamiento se eleva a 20.000 €. Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, si bien en ningún caso el importe de los fondos recibidos podrá superar el coste de la actividad subvencionada. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 2 2 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 TERCERA. - OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO. Constituyen obligaciones del beneficiario, cuyo cumplimiento deberá acreditar: a) No estar incurso en las prohibiciones para la obtención de la condición de beneficiario del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, extremos que deberán acreditar con la firma del presente. b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, extremos que deberán acreditar con la firma del presente. c) Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad subvencionada, y acreditarlo conforme a lo establecido en la estipulación sexta del presente convenio. d) Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, donaciones o cualquier otro ingreso concurrente con la misma actividad, procedentes de cualesquiera de las Administraciones Públicas, entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Lo anterior se justificará mediante declaración jurada acerca de los extremos señalados en el presente apartado. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos. e) Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la actividad y de control financiero que pudieran realizar los diferentes servicios del Ayuntamiento. f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control, al menos durante los cuatro años siguientes a la concesión de la subvención. CUARTA. GASTOS SUBVENCIONABLES. Serán gastos imputables a la subvención concedida por el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio los siguientes: a) Gastos de personal: incluye los gastos relativos al personal (salarios, seguros sociales y formación). b) Gastos en bienes corrientes y servicios: refiere a gastos en bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las actuaciones del proyecto que se presenta por la Entidad, que no produzcan un incremento en el capital o patrimonio de la misma. Se incluirán los gastos que reúnan las siguientes condiciones: 1. Ser bienes fungibles. 2. Tener una duración previsiblemente inferior al ejercicio presupuestario. 3. No ser susceptible de inclusión en inventario. 4. Ser gastos que previsiblemente sean reiterativos. Se excluye la financiación de gastos de inversión, acondicionamiento de la infraestructura o de otra naturaleza diferente a la relacionada anteriormente. QUINTA. - DE LA SUBVENCIÓN. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 3 3 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 A efectos de concesión de subvención durante el periodo de vigencia del presente convenio, el beneficiario deberá presentar la correspondiente solicitud ante el Registro electrónico del Ayuntamiento de Ingenio, a la que deberá acompañar los siguientes documentos: a) Proyecto anual que contemplará objetivos generales y específicos, actuaciones y tareas programadas, metodología, recursos previstos y sistema de evaluación de resultados, suscrita por el/la representante legal de la entidad. b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del Presidente/a de la Asociación. (En el supuesto de que hubiese alguna modificación con respecto al ejercicio anterior). c) Previsión de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar, firmado por el/la Presidente/a de la Asociación, y en particular los relativos al proyecto presentado. d) Estatutos de la Entidad. (En caso de haber alguna modificación con respecto a los aportados). e) Documentación justificativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. SEXTA. - ABONO DE LA SUBVENCIÓN. El pago de la subvención se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria del beneficiario una vez firmado el presente convenio para el ejercicio 2023. SEPTIMA. - JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN. El beneficiario de la subvención deberá justificar las actuaciones desarrolladas en el primer trimestre del año siguiente a la ejecución del programa anual subvencionado, presentando la siguiente documentación: a) Memoria técnica y económica de las actuaciones desarrolladas, incluyendo la evaluación de las actuaciones desarrolladas, la metodología, los resultados alcanzados y relación de gastos e ingresos debidamente detallados, conforme lo señalado en los siguientes apartados, suscrita por el/la representante legal de la entidad. b) Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y en su caso, fecha de pago y posibles desviaciones del presupuesto, firmada en todas sus páginas por el/la representante legal de la entidad. c) Las facturas a aportar deberán reunir los siguientes requisitos: Ser originales o copias debidamente compulsadas. Poseer nombre, CIF y domicilio del proveedor. Poseer nombre, CIF y domicilio del cliente. Llevar el I.G.I.C. detallado o incluido. Estar fechadas en el ejercicio económico para el que se haya concedido la subvención, salvo que la misma tenga un alcance bianual o plurianual. Excepcionalmente, se admitirán como documentos justificativos, tickets de caja registradora en los que consten, al menos, los siguientes datos: - Número - Número de identificación fiscal del expedidor - Tipo impositivo aplicado o la expresión “I.G.I.C. incluido” - Contraprestación total. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 4 4 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 d) Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto “Atención Psicosocial para pacientes y familiares oncológicos residentes en la Villa de Ingenio” con indicación del importe y su procedencia. Teniendo en cuenta siempre lo establecido en el apartado d) de la anterior cláusula tercera del presente. e) Gastos realizados en materia de personal. Aportación de nóminas de trabajadores/as con indicación del salario, Seguridad Social a cargo de la Empresa, del Trabajador y I.R.P.F. • No se aceptará el pago en efectivo de facturas que superen el importe de 50,00 euros. • Conforme al artículo 29 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, a los efectos de esta ley, 1. se entiende que un beneficiario subcontrata cuando concierta con terceros la ejecución total o parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención. Queda fuera de este concepto la contratación de aquellos gastos en que tenga que incurrir el beneficiario para la realización por sí mismo de la actividad subvencionada. 2. El beneficiario únicamente podrá subcontratar, total o parcialmente, la actividad cuando la normativa reguladora de la subvención así lo prevea. La actividad subvencionada que el beneficiario subcontrate con terceros no excederá del porcentaje que se fije en las bases reguladoras de la subvención. En el supuesto de que tal previsión no figure, el beneficiario podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda del 50 por ciento del importe de la actividad subvencionada. En ningún caso podrán subcontratarse actividades que, aumentando el coste de la actividad subvencionada, no aporten valor añadido al contenido de la misma. La justificación deberá ser presentada por el/la beneficiario/a a través de la sede electrónica de esta Administración para su fiscalización al Departamento de Intervención del Ayuntamiento de Ingenio, que comprobará la utilización de los fondos públicos recibidos en las actividades para las que se concedió la subvención. Asimismo, el Departamento de Servicios Sociales deberá informar sobre la ejecución del proyecto a los efectos de verificar todas y cada una de las obligaciones del beneficiario, y la correcta ejecución del mismo. OCTAVA. - REINTEGRO DE LA SUBVENCION. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por el beneficiario dará lugar al reintegro de las cantidades percibidas. El reintegro de la subvención y, en su caso, el cobro de los intereses de demora, se realizará conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones y artículos 41 a 43 de la Ley General de Subvenciones. NOVENA. - DURACIÓN DEL CONVENIO El presente Convenio surtirá efectos desde su firma y hasta el 31 de diciembre de 2023, obligándose el beneficiario a aportar la documentación correspondiente a la justificación de los gastos del proyecto, conforme lo dispuesto en el presente. Una vez transcurrido el periodo indicado, se extinguirá el presente convenio, el cual no es susceptible de prórroga, debiéndose en todo caso proceder a la firma de nuevo convenio, si se dieran las circunstancias necesarias para el otorgamiento de nueva subvención. DÉCIMA. - DIFUSIÓN AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 5 5 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 Cualquier difusión que se realice del contenido del proyecto objeto del presente convenio deberá contener siempre el anagrama del Ayuntamiento. UNDÉCIMA. - PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL La AECC será la única responsable del tratamiento de datos de carácter personal a que pudiera dar lugar la ejecución de este convenio de conformidad con lo que dispone el Reglamento de la Unión Europea 2016/679 del Parlamento Europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos). DUODÉCIMA. - INTERPRETACION Y APLICACIÓN Este convenio tiene naturaleza jurídico- administrativa. En lo no previsto en este convenio será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio, y el resto de legislación reguladora de subvenciones públicas. Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas en vía administrativa por el órgano competente y, en su caso, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. DÉDIMOTERCERA. - CAUSAS DE RESOLUCIÓN El presente convenio podrá ser resuelto por mutuo acuerdo, o a instancias de cualquiera de las partes que deberá notificar a la otra dicha intención por escrito y con una antelación mínima de dos meses. En todo caso, será causa de resolución del convenio el incumplimiento del proyecto, que dará lugar además, al reintegro total o parcial en los términos señalados en el presente. Y en prueba de su conformidad, se firma el presente por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. LA ALCALDESA - PRESIDENTA EL REPRESENTANTE DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA CONTRA EL CÁNCER Dña. Ana Hernández Rodríguez D. Fernando Fraile González EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL. Manuel Jesús Afonso Hernández (Resolución de fecha 19-8-2014, nº 576, de la Dirección General de la Función Pública). AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 6 6 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 MODELOS JUSTIFICACION SUBVENCIÓN NOMINATIVA MODELO S-01 CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN A LA ATENCIÓN DEL SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE INGENIO Denominación de Subvención Beneficiario C.I.F, N.I.F., D.N.I D./Dña._____________________________ con D.N.I._____________________, en representación propia o de la entidad nombrada arriba, tengo a bien presentar por el registro de entrada municipal la presente CUENTA JUSTIFICATIVA DEFINITIVA DE SUBVENCIÓN en idénticos términos que figuran en el modelo S-01 de las bases de la convocatoria citada. Al presente escrito se adjunta la siguiente documentación: ☐ Memoria y Balance Económico de Actuación Justificativa de la realización de los proyectos ejecutados, conforme a modelo S-02. ☐ Relación(es) de justificantes de gastos e ingresos de la cuenta justificativa (en caso de ser varios proyectos, se adjunta una relación por cada proyecto), conforme a modelo S-03. ☐ Declaración responsable de haber cumplido las obligaciones adquiridas con la presentación de la solicitud de subvención conforme a modelo S-04. En la Villa de Ingenio, a _____________ de _______________ de ______. Cargo que ostenta el firmante AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 7 7 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 Nombre y Apellidos del firmante MODELO S-02 MEMORIA Y BALANCE ECONOMICO DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA REALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS EJECUTADOS Nombre del Beneficiario CIF/NIF Beneficiario Denominación Subvención Nombre del Proyecto Duración de la actividad Sector/es de población al que va dirigido Importe de la subvención MEMORIA EXPLICATIVA (SE DETALLARAN LAS ACTIVIDADES/EVENTOS Y LOS OBJETIVOS CONSEGUIDOS CON LA SUBVENCIÓN DURANTE EL PERIODO SUBVENCIONADO). BALANCE ECONOMICO: 1. INGRESOS Financiación propia Subvenciones recibidas Otras fuentes de financiación Concepto o procedencia Importe Organismo Importe Procedencia Importe € € € € € € € € € Total (A) € Total (B) € Total (C) € Total Ingresos (A+B+C) € 2. GASTOS AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 8 8 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 2.1. Corrientes Importes 2.1.1. Personal. € 2.1.2. Actividades. € 2.1.3. Otros gastos. € Total Gastos Corrientes € 3. RESUMEN Total Ingresos € Total Gastos € Diferencia € En la Villa de Ingenio, a _________________ de ________________________ de ______. Cargo que ostenta el firmante. Nombre y Apellidos. MODELO S-03 CUENTA JUSTIFICATIVA DE INGRESOS Y GASTOS 1. RELACION DE JUSTIFICANTES DE GASTOS Fecha Nº Nº Entidad Concepto Fecha pago Importe emisió Orden factura n 2. RELACION DE JUSTIFICANTE DE INGRESOS Entidad Concepto Importe AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 9 9 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 En la Villa de Ingenio, a _____________ de ___________________ de ________. Cargo que ostenta el firmante. Nombre y Apellidos. MODELO S-04 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN. Denominación de Subvención Beneficiario C.I.F, N.I.F., D.N.I D./Dña. ____________________________________, con D.N.I. __________________________, en representación propia o de la entidad nombrada arriba, manifiesto que el beneficiario de la subvención cumple todas y cada una de las obligaciones a las que se comprometió mediante la presentación de la solicitud de subvención, dispongo de la documentación que así lo acredita y me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a la subvención, incluidos el ejercicio de la comprobación de las justificaciones y el control financiero que pudieran llevar a efectos los órganos de control interno y externo. En particular manifiesto que el beneficiario cumple las obligaciones marcadas con una X: ☐ Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones ☐ Mediante la presente cuenta justificativa, justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio. 10 10 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 que determinen la concesión o disfrute de la subvención. ☐ Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. ☐ Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. ☐ Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. ☐ Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. ☐ Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la ley general de subvenciones, salvo que conforme a las bases estuviera exento de esta obligación. ☐ Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la ley general de subvenciones. ☐ Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para la realización de la actividad subvencionada y cumplir sus determinaciones. ☐ Comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención. ☐ Haber recibido autorización por el órgano concedente al beneficiario para que éste contrate o concierte la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario. En la Villa de Ingenio, a _________________ de _______________________ de _________. Cargo que ostenta el firmante Nombre y Apellidos AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 11 11 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4 AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES Y VIVIENDA www.ingenio.e 12 12 Plaza de la Candelaria C.P. 35250. T.M. INGENI Las Palmas. Gran Canari Tel.: 928 78 00 76 Ext.:318/42 Fax.: 928 78 12 4