Expediente: 21-22-SERV-7A Asunto: Notificación de Resolución nº 160/2021, de fecha 18 de agosto de 2021 RRH/as Por medio del presente escrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le notifica la Resolución nº 160/2021, de fecha 18 de agosto de 2021, de la Sra. Consejera de Gobierno de Política Social y Accesibilidad, cuyo contenido se transcribe a continuación: “Vista la solicitud formulada por el Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio de fecha 12 de abril de 2021 (R.E. nº 2021021538), al amparo del Programa de Colaboración para la prestación de servicios sociales básicos y especializados en los Ayuntamientos de la isla, anualidades 2021 y 2022, relativa a la concesión de una subvención por importe de CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (41.684,76€) para cada una de las mencionadas anualidades, con la finalidad de financiar el proyecto denominado “PROGRAMA DE APOYO A LA FAMILIA EN SITUACIÓN DE RIESGO Y PREVENCIÓN”. Vista la Propuesta de Resolución suscrita por el Jefe de del Servicio de Política Social de fecha 30 de julio de 2021. En aplicación de lo dispuesto en el Programa de Colaboración para la prestación de servicios sociales básicos y especializados en los Ayuntamientos dela isla, anualidad 2021-2022, la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, de 22 de diciembre de 2008 (B.O.P. Las Palmas nº 166 de 26 de diciembre 2008), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2021, las restantes normas de derecho administrativo que resultan de aplicación y, en su defecto, las normas de derecho privado. En virtud de la competencia delegada a la titular de esta Consejería por el Consejo de Gobierno Insular, mediante Acuerdo de fecha 15 de marzo de 2021, para conceder directamente las subvenciones previstas en el Programa de Colaboración para la prestación de servicios sociales básicos y especializados en los Ayuntamientos de la isla, anualidades 2021 y 2022. Código Seguro De Verificación cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA== Fecha 14/09/2021 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Firmado Por Rafael Ramírez Hernández - Jefe/a Serv. Politica Social Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA= = CONSEJERÍA DE GOBIERNO DE POLÍTICA SOCIAL Y ACCESIBILIDAD SERVICIO DE POLÍTICA SOCIAL 04.0.1. ILTRE. AYUNTAMIENTO DE INGENIO C/ Tomás Morales, 3 Planta 3 CP: 35003 Las Palmas de Gran Canaria Tel.: 928 21 96 61-60 Fax: 928 21 96 74 www.grancanaria.com Página 1/4 RESUELVO PRIMERO.- CUANTÍA CONCEDIDA La concesión de una subvención al Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (NIF: P3501200D), con destino al proyecto denominado “PROGRAMA DE APOYO A LA FAMILIA EN SITUACION DE RIESGO Y PREVENCION”, con cargo a la aplicación presupuestaria 09100/231/462000021 “A Ayuntamientos. AA.SS.”, según el siguiente desglose: ANUALIDAD IMPORTE 2021 41.684,76€ 2022 41.684,76€ TOTAL 83.369,52€ El pago de la subvención será anticipado con carácter previo a la justificación, conforme se establece en el Plan Estratégico de Subvenciones. Se realizará del siguiente modo: -El pago correspondiente a la primera anualidad se abonará una vez dictada la resolución de concesión de la subvención. -El correspondiente a la segunda anualidad se abonará dentro del primer semestre del año 2022, siempre que exista crédito adecuado y suficiente en dicho ejercicio y hasta el límite del mismo. SEGUNDO.- REGIMEN JURÍDICO El régimen jurídico aplicable será el establecido en la siguiente normativa: - Programa de Colaboración para la prestación de servicios sociales básicos y especializados en los Ayuntamientos de la isla, anualidad 2021 y 2022, publicado en la página web del Cabildo de Gran Canaria www.grancanaria.com. - Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria publicada en el BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008. - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, en adelante RD 887/2006. - Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para cada uno de los ejercicios y las restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación. TERCERO.- OBJETO DE SUBVENCIÓN El objeto de la subvención consistirá en lograr el desarrollo de la familia para que ésta asuma la satisfacción de las necesidades de las y los menores y procure su desarrollo integral. Todo ello conforme al siguiente presupuesto, previsto en idénticas condiciones para ambas anualidades, y constituyendo la cuantía de la subvención el 20,08% del mismo. Código Seguro De Verificación cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA== Fecha 14/09/2021 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Firmado Por Rafael Ramírez Hernández - Jefe/a Serv. Politica Social Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA= = Página 2/4 PRESUPUESTO CONCEPTOS GASTOS DE PERSONAL Categoría Nº de Profesionales Periodo contratación (nº meses) Nº horas/ Psicóloga 1 12 37,50 100% 45.894,48€ Trabajadora Social 1 12 37,50 100% 54.894,84€ Educadora Familiar 1 12 37,50 100% 36.996,72€ Educadora Familiar 1 12 37,50 100% 50.137,32€ Educadora Familliar 1 12 37,50 40% 19.689,32€ TOTAL GASTOS DE PERSONAL 207.612,68€ COSTE TOTAL PROYECTO 207.612,68€ El cumplimiento del objeto de la subvención queda vinculado a la realización del proyecto presentado en los términos expuestos en el Anexo III, denominado “descripción del proyecto para el que se solicita subvención” CUARTO.- PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo para la realización de las actividades subvencionadas será: - Para la anualidad de 2021, dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021. - Para la anualidad de 2022, dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022. Este plazo será improrrogable. QUINTO.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN Las actuaciones deberán ejecutarse en el tiempo y forma que se determine en esta resolución de concesión. No obstante, cuando surjan circunstancias concretas que alteren las condiciones técnicas o económicas esenciales tenidas en cuenta para la concesión de la misma, se podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión, con los límites establecidos en la cláusula 7ª del Programa de Colaboración. SEXTO.- PUBLICIDAD DE LA SUBVENCIÓN Código Seguro De Verificación cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA== Fecha 14/09/2021 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Firmado Por Rafael Ramírez Hernández - Jefe/a Serv. Politica Social Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA= = semana % imputado al proyecto TOTAL (€) Página 3/4 El beneficiario de la subvención deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de la actividad mediante un cartel anunciador del proyecto subvencionado, según modelo Anexo VI, siguiendo las indicaciones establecidas en la cláusula 8 del Programa de Colaboración. SÉPTIMO.- JUSTIFICACIÓN La forma para justificar la subvención concedida será la de presentación de cuenta justificativa con informe del Interventor del ayuntamiento beneficiario, conforme al modelo que se publicará en la página www.grancanaria.com. La cuenta justificativa contendrá la información contenida en la Cláusula 9ª del Programa de Colaboración. El plazo para justificar será de TRES (3) MESES desde la finalización del plazo previsto para la realización de las actividades en cada anualidad. Por tanto, cada beneficiario tendrá que presentar dos justificaciones, una correspondiente a la anualidad 2021 y otra correspondiente a la anualidad 2022. OCTAVO.- REINTEGRO DE LA SUBVENCIÓN El beneficiario de la subvención deberá cumplir todos y cada uno de los objetivos de la actividad, adoptar los comportamientos que fundamentaron la concesión y cumplir los compromisos asumidos con motivo de la misma. En otro caso procederá el reintegro total o parcial. NOVENO.- NOTIFICACIÓN Dar traslado de la presente Resolución al Servicio de Intervención del Cabildo de Gran Canaria y al Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. DÉCIMO.- RECURSO Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, a criterio de la Corporación interesada, podrá formularse en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación, requerimiento previo, o, en su defecto, interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo; sin perjuicio de interponer cualquier otro que estimen procedente. Dada por la Sra. Consejera de Gobierno de Política Social y Accesibilidad, en virtud de la delegación otorgada por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 15 de marzo de 2021, en Las Palmas de Gran Canaria, en la fecha indicada en la firma electrónica, de todo lo cual, como Titular del Órgano de Apoyo al Consejo de Gobierno Insular, y en ejecución de lo previsto en la Disposición Adicional Octava d) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, doy fe.” Las Palmas de Gran Canaria, a la fecha de la firma electrónica. EL JEFE DE SERVICIO DE POLÍTICA SOCIAL Fdo.: Rafael Ramírez Hernández Código Seguro De Verificación cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA== Fecha 14/09/2021 Normativa Este documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Firmado Por Rafael Ramírez Hernández - Jefe/a Serv. Politica Social Url De Verificación https://verifirma.grancanaria.com/verifirma/code/cAdiThh4B0gDgWGh8JooxA= = Página 4/4