AON AYUNTAMIENTO DE INGENIO DESARROLLO LOCAL ADL/DGR/djrv Exp. N2 1346/2020 No PS LES pu N= =y Doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa-Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa [fe] uo Xx EX de Ingenio (Las Palmas). ao Zo oX 14 Z2N0 Qu DECRETO. LEX ON Lx 00 =u Visto el Acta Definitiva elaborado por la Comisión de Valoración de concesión de subvenciones WE UN 092 qe SES EN destinadas a favorecer la contratación indefinida así como fomentar la inserción laboral de colectivos Yi o zos 2x1 or con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo (EMPLEA), en el ejercicio 2020, de fecha 17 de 20nuL TI E PRIMERO. Estimar las solicitudes que cumplen con los requisitos establecidos en la base TERCERA y ro 58 Zo CUARTA para ser beneficiarios de la subvención y la base OCTAVA sobre las personas contratadas. rr AR) A = O 2h] So No gm SEGUNDO. Aprobar la Propuesta de Resolución Definitiva de Subvenciones 2020, especificando en la tabla o xU os zZc adjunta la persona beneficiaria y las cantidades concedidas: a SE Al 3.0 AREA DE SERVICIOS FOMENTO DEL EMPLEO Plaza de la Candelaria 1 NS NS GENERALES AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL C.P. 35250. T.M. INGENIO Qo 0% Las Palmas. Gran Canaria Lo 0 Tel.: 928 78 00 76 3u os SE cE Fax.: 928 78 12 47 uo ge www.ingenio.es go DE >E uo 30 a. O O AON AYUNTAMIENTO DE INGENIO DESARROLLO LOCAL ADL/DGR/djrv Exp. N2 1346/2020 Menor de 30años | | | Mayorde45 años | | | Mayordes5años ||| Mujer A | Parada larga duración | | Diversidad funcional texto | | [Certificado profesional prAE | Pra A TERCERO. Conceder a las personas beneficiarias un plazo de 5 días para que acepten la subvención desde la publicación de la resolución de concesión de subvenciones. En caso contrario supondrá la pérdida de la misma. CUARTO. Las personas o empresas beneficiarias presentarán, ante el Registro General del Ayuntamiento de Ingenio, en el mes decimotercero a contar desde la publicación de la resolución de concesión, documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de mantener el empleo creado durante 12 meses como mínimo. En caso de incumplimiento de esta obligación, el Servicio Gestor iniciará de oficio expediente administrativo que, previa audiencia al interesado, propondrá al órgano que concedió la subvención la iniciación de procedimiento de reintegro de los fondos no justificados, junto con la liquidación de intereses de demora correspondientes. rd) 5D 20 DN QUINTO. Las personas o empresas beneficiarias quedan obligadas a: poR=l ou o] 20 J:% E= a) Mantener el empleo creado durante 12 meses como mínimo, a partir de la fecha de la resolución de DE 00 =%2 Es concesión. Durante dicho periodo, si la persona contratada causara baja en la empresa, se =% Do permitirá su sustitución hasta en una ocasión, debiéndose sustituir con la contratación indefinida Zo 20 cs inicial de otra persona que pertenezca a cualquiera de los colectivos subvencionados con igual 5/3 fal Su ga cuantía, que cumpla con los restantes requisitos, y con las mismas condiciones, en el plazo de un =U 20 mes desde la fecha de baja, comunicándolo al servicio gestor en un plazo máximo de 15 días desde >E 58 Zo la fecha del nuevo contrato. Si la baja de la persona contratada se produce con anterioridad a la ro A = O resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada. So zo gm 2h] b) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente xU No o normativa en materia de subvenciones. os zZc a SE Al 3.0 AREA DE SERVICIOS FOMENTO DEL EMPLEO Plaza de la Candelaria 1 NS NS GENERALES AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL C.P. 35250. T.M. INGENIO Qo 0% Las Palmas. Gran Canaria 0 3u Lo Tel.: 928 78 00 76 SE cE Fax.: 928 78 12 47 uo ge os DE www.ingenio.es >E go uo ono 30 AON AYUNTAMIENTO DE INGENIO DESARROLLO LOCAL ADL/DGR/djrv Exp. N2 1346/2020 c) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la LGS. a) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la LGS y las detalladas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. e) Realizar las acciones de publicidad necesarias para dar conocimiento de la financiación pública de estas actuaciones, y en especial, asistir personalmente o mediante representante al evento organizado por el Ayuntamiento para la entrega de documento acreditativo de ser beneficiario de la subvención, y en caso de disponer de local abierto al público donde desarrollar la actividad, ubicar en un lugar visible del mismo cartel informativo sobre la financiación pública de estas actuaciones. Dicho cartel será entregado por el Ayuntamiento. 1) Comunicar cualquier ayuda solicitada o percibida de ésta u otra administración pública, con la misma finalidad. SEXTO. Publicar esta propuesta de resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en su página web www.ingenio.es. Visto que con fecha 17 de noviembre de 2020, desde el Departamento de Intervención se ha emitido Informe de Fiscalización Previa Limitada del expediente con pronunciamiento favorable. Considerando que según las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local esta Alcaldía es competente para dictar la presente resolución, RESUELVO: PRIMERO. Estimar las solicitudes que cumplen con los requisitos establecidos en la base TERCERA y CUARTA para ser beneficiarios de la subvención y la base OCTAVA sobre las personas contratadas. SEGUNDO. Aprobar la Propuesta de Resolución Definitiva de Subvenciones 2020, especificando en la 20 rd) 5D om tabla adjunta la persona beneficiaria y las cantidades concedidas: ou poR=l 20 J:% o] 00 E= =%2 Es DE =% Do 20 Zo cs 5/3 fal Su ga =U 20 >E 58 Zo ro A = O zo So gm 2h] xU No zZc o SE os 3.0 a AREA DE SERVICIOS FOMENTO DEL EMPLEO Plaza de la Candelaria 1 NS Al GENERALES AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL C.P. 35250. T.M. INGENIO 0% NS 0 Qo Las Palmas. Gran Canaria 3u Lo Tel.: 928 78 00 76 cE Fax.: 928 78 12 47 ge os SE DE uo www.ingenio.es go uo >E ono 30 AON AYUNTAMIENTO DE INGENIO DESARROLLO LOCAL ADL/DGR/djrv Exp. N2 1346/2020 Menor de 30 años | | Mayor de 45años | | Mayor de 55 años | | Mujer | Parada larga duración | | [Diversidad funcional | | [Certificado profesional PFAE | | Er TERCERO. Conceder a las personas beneficiarias un plazo de 5 días para que acepten la subvención desde la publicación de la resolución de concesión de subvenciones. En caso contrario supondrá la pérdida de la misma. CUARTO. Las personas o empresas beneficiarias presentarán, ante el Registro General del Ayuntamiento de Ingenio, en el mes decimotercero a contar desde la publicación de la resolución de concesión, documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación de mantener el empleo creado durante 12 meses como mínimo. En caso de incumplimiento de esta obligación, el Servicio Gestor iniciará de oficio expediente administrativo que, previa audiencia al interesado, propondrá al órgano que concedió la subvención la iniciación de procedimiento de reintegro de los fondos no 20 rd) 5D justificados, junto con la liquidación de intereses de demora correspondientes. ou oy poR=l 20 J:% o] E= QUINTO. Las personas o empresas beneficiarias quedan obligadas a: DE 00 =% =%2 Es a) Do Mantener el empleo creado durante 12 meses como mínimo, a partir de la fecha de la 20 resolución de concesión. Durante dicho periodo, si la persona contratada causara baja en la 5/3 fal empresa, se permitirá su sustitución hasta en una ocasión, debiéndose sustituir con la Su ga =U 20 contratación indefinida inicial de otra persona que pertenezca a cualquiera de los colectivos >E 58 Zo subvencionados con igual cuantía, que cumpla con los restantes requisitos, y con las mismas ro A = O condiciones, en el plazo de un mes desde la fecha de baja, comunicándolo al servicio gestor rr AR) 2h] So en un plazo máximo de 15 días desde la fecha del nuevo contrato. Si la baja de la persona No o xU os zZc SE 3.0 a AREA DE SERVICIOS FOMENTO DEL EMPLEO Plaza de la Candelaria 1 NS NS Al GENERALES AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL C.P. 35250. T.M. INGENIO 0% 0 Qo Las Palmas. Gran Canaria Lo Tel.: 928 78 00 76 3u os SE cE Fax.: 928 78 12 47 uo ge www.ingenio.es go DE >E uo 30 a. O O AON AYUNTAMIENTO DE INGENIO DESARROLLO LOCAL ADL/DGR/djrv Exp. N2 1346/2020 contratada se produce con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada. b) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones. c) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en el artículo 14 de la LGS. a) Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la LGS y las detalladas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio. e) Realizar las acciones de publicidad necesarias para dar conocimiento de la financiación pública de estas actuaciones, y en especial, asistir personalmente o mediante representante al evento organizado por el Ayuntamiento para la entrega de documento acreditativo de ser beneficiario de la subvención, y en caso de disponer de local abierto al público donde desarrollar la actividad, ubicar en un lugar visible del mismo cartel informativo sobre la financiación pública de estas actuaciones. Dicho cartel será entregado por el Ayuntamiento. f) Comunicar cualquier ayuda solicitada o percibida de ésta u otra administración pública, con la misma finalidad. SEXTO. Publicar esta resolución en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en su página web www.ingenio.es. Contra el presente acto de resolución que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento en el término de un mesa contar desde el día siguiente de la notificación, publicación, o bien recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria. rd) 5D 20 Y) poR=l ou o] 20 Así lo mando y firmo la presente en la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. J:% E= DE 00 =%2 Es =% Do Zo 20 cs 5/3 fal EL SECRETARIO GENERAL ACCIDENTAL LA ALCALDESA ACCTAL. Su ga =U 20 >E Manuel Jesús Afonso Hernández Elena Suárez Pérez 58 Zo ro ( Resolución de fecha 11.08.2014, n2£ 576 de (Decreto 2020-7418 de 28/11/2020) A = O So zo la Dirección General de la Función Pública) gm 2h] xU No o os zZc a SE Al 3.0 AREA DE SERVICIOS FOMENTO DEL EMPLEO Plaza de la Candelaria 1 NS NS GENERALES AGENCIA DE DESARROLLO LOCAL C.P. 35250. T.M. INGENIO Qo 0% Las Palmas. Gran Canaria 0 3u Lo Tel.: 928 78 00 76 SE cE Fax.: 928 78 12 47 uo ge os DE www.ingenio.es >E go uo ono 30