ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO (PARTICIPACIÓN CIUDADANA) REF.: MRS/aepm EXPTE.: 355/2019 SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 21/10/2019 HASH: ecc5a8a9a652b59c0a23688738ebd419 ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO. LAS PALMAS. MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) DECRETO Visto el Acta de Resolución Definitiva de fecha 21/10/2019, que literalmente expone: “Reunida la Comisión de Valoración del expediente de Concesión de Subvenciones a Asociaciones de Vecinos y Colectivos Sociales, dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones que fomenten la promoción del movimiento asociativo vecinal y la participación ciudadana, ejercicio 2019, con la comparecencia de D. Manuel Afonso Hernández, D. Mario Ramírez Santana y D. Ángel Eduardo Pozo Martín, que actúan como órgano instructor. Vista la resolución de Alcaldía nº 251 y de fecha 18 de enero de 2019, donde se aprobaron las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones a Asociaciones Vecinales y Colectivos Sociales, dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones que fomenten la promoción del movimiento asociativo vecinal y la participación ciudadana, ejercicio 2019, cuyo anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 29 de fecha 8 de marzo de 2019. Visto que ha finalizado el plazo otorgado para la presentación de solicitudes a la subvención mencionada en el periodo del 09/03/2019 al 12/04/2019, así como el periodo de subsanación de defectos. Vista la documentación presentada por las Asociaciones para ser beneficiarias de la subvención mencionada. Vista la Propuesta Provisional de Resolución sobre la concesión de las subvenciones emitida por el órgano instructor, en fecha 17 de octubre de 2019. Visto que todos los colectivos que han solicitado subvención han entregado por registro de entrada en la Oficina de Atención al Ciudadano, la aceptación de la subvención conforme al modelo S-06.” En virtud de todo lo anterior y visto que el Alcalde –Presidente es el órgano competente para dictar la presente resolución, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y demás de general y pertinente aplicación, así como en la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones. RESUELVO: PRIMERO. Que se apruebe la PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA de Subvenciones a Asociaciones Vecinales y Colectivos Sociales, dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones que fomenten la promoción del movimiento asociativo vecinal y la participación ciudadana, ejercicio 2019. SEGUNDO. Estimar las solicitudes de las Asociaciones Vecinales y Colectivos Sociales, que cumplen con los requisitos establecidos en la Base Sexta para ser beneficiarias de las subvenciones, las cuales se detallan a continuación, ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 21/10/2019 HASH: dab2275d71c9dffebf3326baa5a3068e ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) PARTICIPACIÓN CIUDADANA Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 325 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Número: 2019-6626 Fecha: 21/10/2019 Cód. Validación: 9XLAN2XN3DQN645CGLQL2P7XD | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 2 DECRETO ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Asociación de Proyecto Proyectos de Vecinos/club C.I.F. actividad mantenimien to o de las sedes sociales Antonio G35305747 5 3 7 23 38 3.392,86 € Morales San Gabriel G35961176 10 7 19 36 3.214,28 € Guayadeque G35066943 8 3 7 11 29 2.589,28 € Chaxiraxi G35317700 19 12 7 30 68 6.071,43 € Caidero G35617588 21 12 7 19 59 5.267,86 € Las G35750249 10 6 7 26 50 4.464,29 € Medianias TERCERO. Que los colectivos subvencionados, reúnen los requisitos que se especifican en la Base Cuarta de las Bases Reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones a Asociaciones Vecinales y Colectivos Sociales, dirigidas a la realización de proyectos y actuaciones que fomenten la promoción del movimiento asociativo vecinal y la participación ciudadana, ejercicio 2019. CUARTO. Que se notifique la Resolución definitiva a los interesados, tal y como se establece en la Base Octava de la convocatoria. QUINTO. Que se presenten por registro de entrada municipal en el plazo máximo de dos meses desde la finalización del presente ejercicio económico (01/01/2020 al 28/02/2020), tal y como se especifica en la Base Décima de la convocatoria, la justificación del cumplimiento de las condiciones previstas en las Bases citadas, así como la consecución de los objetivos. SEXTO. Publicar la presente Resolución Definitiva en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Ingenio y en su página web: www.ingenio.es, anunciando que contra el presente acto de resolución de la subvención que agota la vía administrativa de acuerdo con el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP); significándole que la misma pone fin a la vía administrativa a tenor de lo dispuesto en el artículo 114.1) de la LPACAP, pudiendo interponer potestativamente contra la misma RECURSO DE REPOSICIÓN, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Sr. Alcalde – Presidente del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la LPACAP, o bien interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de la provincia de Las Palmas que por turno corresponda, según lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – Administrativa, no pudiéndose interponer dicho recurso hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, en cumplimiento de lo normado en el contenido del artículo 123 de la LPACAP, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que, en su caso, estime procedente. SÉPTIMO. Dar traslado de la presente resolución a la Intervención Municipal, para su conocimiento y efecto en legal forma. Así lo mando y firmo en la Villa de Ingenio, a fecha de la firma electrónica. Ante mí. EL SECRETARIO GENERAL ACCTAL. LA ALCALDESA- PRESIDENTA Manuel Jesús Afonso Hernández. Ana Hernández Rodríguez (Resolución de fecha 19-8-2014, nº 576, de la Dirección General de la Función Pública.) PARTICIPACIÓN CIUDADANA Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 325 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Total Importe de la Nº de Colaboración puntos subvención socios y participación 25.000 € Número: 2019-6626 Fecha: 21/10/2019 Cód. Validación: 9XLAN2XN3DQN645CGLQL2P7XD | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 2 DECRETO