EDUCACIÓN / AHR/nrm EXPTE.:4778/2019 SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 20/06/2019 HASH: ecc5a8a9a652b59c0a23688738ebd419 Doña Ana Hernández Rodríguez, Alcaldesa- Presidenta del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Las Palmas) MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) DECRETO Visto el expediente que se tramita para la concesión de subvenciones para sufragar los gastos de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar), instrumentos e indumentaria de las ramas profesionales y transporte (solo para ciclos formativos), de los/las estudiantes, para el curso 2019/2020, del municipio de Ingenio. Visto que se ha considerado conveniente por esta Alcaldía la aprobación de las correspondientes bases y efectuar la convocatoria y concesión de dichas subvenciones. Visto el informe número 0215 emitido por el Departamento Jurídico con fecha 10/06/2019, en el que se indica la legislación aplicable y el procedimiento a seguir para convocar y conceder las subvenciones. Visto el informe de Intervención de fecha 11/06/2019 sobre la existencia de crédito y la retención del mismo, bajo el número de operación 220190010263 para la atención del gasto derivado de la concesión de dichas subvenciones. Visto el informe de Intervención de fecha 17/06/2019 sobre fiscalización previa limitada del expediente de referencia y su pronunciamiento favorable. Considerando que esta Alcaldía es competente para dictar la presente Resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y demás de general y común aplicación, ALCALDESA-PRESIDENTA Fecha Firma: 20/06/2019 HASH: d6ef73da2ab5ec1dc8ad7d6eba28c4a2 ANA HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ (2 de 2) HE RESUELTO PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras de concesión de subvenciones para sufragar los gastos de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar), instrumentos e indumentaria de las ramas profesionales y transporte (solo para ciclos formativos), de los/las estudiantes, para el curso 2019/2020, del municipio de Ingenio y proceder a su convocatoria, con el texto que figura en el Anexo de la presente Resolución. SEGUNDO. Publicar la mencionada convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Así, lo mando y firmo, en la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. Ante mí, El Secretario Gral. Acctal. La Alcaldesa- Presidenta Fdo.: Manuel Jesús Afonso Hernández Fdo.: Ana Hernández Rodríguez (Resolución de fecha 19/08/2014, nº 576, de la Dirección General de la Función Pública) BASES REGULADORAS DE AYUDAS ESCOLARES PARA SUBVENCIONAR LOS GASTOS DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR (LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR), INSTRUMENTOS E AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 1 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es INDUMENTARIA DE LAS RAMAS PROFESIONALES Y TRANSPORTE (SOLO PARA CICLOS FORMATIVOS), DE LOS/LAS ESTUDIANTES, PARA EL CURSO 2019/2020, DEL MUNICIPIO DE INGENIO. BASE PRIMERA. - NORMATIVA DE APLICACIÓN. Las presentes Bases regulan la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de ayudas con carácter de subvención correspondientes al curso escolar 2019/2020, destinadas a los/las estudiantes del municipio de Ingenio que cursen en la enseñanza secundaria obligatoria y la enseñanza no obligatoria (Bachiller o Ciclos Formativos), conforme a los criterios previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 anteriormente mencionada, el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de Ingenio, publicada en el BOP (Nº 48 del 13 de abril de 2005) y las Bases de Ejecución del Presupuesto vigente del Ilustre Ayuntamiento de Ingenio. BASE SEGUNDA. - OBJETO. El objeto de las presentes bases es el regular la concesión de ayudas para gastos de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar), instrumentos e indumentaria de las ramas profesionales y transporte (solo en el supuesto de ciclos formativos que no se estudien en el municipio, o como consecuencia de haber obtenido plaza en el IES de la zona), de los/as estudiantes del municipio de Ingenio, que cursen estudios de 1º, 2º, 3º y 4º de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) y enseñanza no obligatoria: 1º y 2º de Bachillerato y Ciclos Formativos, en centros públicos, que reúnan las condiciones económicas fijadas en la base séptima. BASE TERCERA. - DOTACIÓN ECONÓMICA. La dotación económica de esta convocatoria tiene cobertura en la aplicación presupuestaria 3260.484.00 del Presupuesto de Gastos del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (Becas Escolares), con un importe de QUINCE MIL (15.000,00.-) EUROS. Esta ayuda está prevista para 100 beneficiarios/as que opten a una ayuda de CIENTO CINCUENTA (150,00) EUROS. En el supuesto de que se presentasen un número menor de 100 solicitudes, el importe a otorgar a cada solicitante, se verá incrementado proporcionalmente en función del importe correspondiente al número de ayudas no presentadas hasta llegar al número total de 100. BASE CUARTA. - BENEFICIARIOS/AS. REQUISITOS Y OBLIGACIONES. a) Beneficiarios/as y requisitos: 4.1. Sólo podrán ser beneficiarios/as los/las estudiantes del municipio de Ingenio que cursen 1º, 2º, 3º y 4º de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) y de la Enseñanza no obligatoria, 1º y 2º de Bachillerato, así como Ciclos Formativos. Quedan exentas de estas ayudas cualquier tipo de estudios que pudiéndose realizar en la Isla de Gran Canaria se estén realizando en otro lugar. 4.2. Los/as beneficiarios/as no podrán superar los 25 años de edad. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 2 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es 4.3. Los/as beneficiarios/as deberán estar empadronados/as en el municipio de Ingenio en el momento de solicitar la Ayuda, con una antigüedad mínima de tres meses, tanto el solicitante de la ayuda (madre/padre o tutor/a legal) como el/la alumno/a, así como la totalidad de la unidad familiar. Los casos de violencia de género, que acrediten su condición, quedarán exentos del requisito mínimo de empadronamiento, siendo únicamente necesario que residan en el municipio, entendiendo que forma parte de las medidas de protección a las víctimas. 4.4. Los/las beneficiarios/as deberán estar matriculados/as durante el presente curso en algún centro público de Enseñanza Secundaria o Formación Profesional, dentro o fuera del Municipio en la Isla de Gran Canaria. 4.5. La representación legal del menor, es decir, madre, padre o tutor y los/las interesados/as, en su caso, para acceder a las ayudas previstas en las presentes bases no podrán superar los recursos económicos que se detallan en la base séptima de las presentes bases. 4.6. La representación legal del menor, es decir, madre, padre o tutor y los/las interesados/as, en su caso, deberán encontrarse al día en el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias municipales, estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, en el momento de presentación de la solicitud de la subvención que regulan estas Bases. 4.7. Los/las beneficiarios/as tendrán que haber justificado las ayudas anteriormente concedidas para este fin por este Ayuntamiento u otras ayudas concedidas por esa Entidad. 4.8. Todos aquellos solicitantes beneficiarios/as, de la Educación Secundaria Obligatoria, que presenten Absentismo escolar notificado a esta Administración y que no haya sido corregido antes del final del pasado curso 2018/2019, quedarán excluidos de la presente convocatoria. b) Beneficiarios/as y obligaciones: 4.8. Los/las beneficiarios/as quedarán obligados/as a: 4.8.1. Justificar ante el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la finalidad que determine la concesión de subvención. 4.8.2. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos municipales competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención. 4.8.3. Comunicar al Ilustre Ayuntamiento de Ingenio cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como el importe de las becas, ayudas y subvenciones concedidas con posterioridad a la solicitud de esta convocatoria, por cualquier Administración o Ente Público, entidades privadas o particulares con el mismo destino. La falta de comunicación del percibo de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad concedida por las presentes base, dará lugar al reintegro de la misma, previa audiencia a los interesados. 4.8.4. A la asistencia normalizada a clase durante el curso escolar 2018/2019 especialmente para los alumnos de la Educación Secundaria Obligatoria, para lo cual este Ayuntamiento realizará las comprobaciones correspondientes. BASE QUINTA. - PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN EXIGIDA. 5.1. Los/as interesados/as con el fin de beneficiarse de las Ayudas destinadas a gastos de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar), instrumentos e indumentaria propios de la rama profesional y transporte (solo en el supuesto de ciclos formativos) para el curso académico 2019/2020, deberán presentar instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente, en impreso normalizado, que será facilitado gratuitamente en el Registro General del Ayuntamiento de Ingenio y en la Oficina de Atención al Ciudadano (OAC), junto a los anexos de la convocatoria, sitas en la Plaza de la AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 3 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Candelaria, nº1 – Ingenio-, y Avda. Carlos V, nº 23, -Carrizal-. (Esta documentación también se podrá descargar de la página Web municipal (www.ingenio.es). Asimismo, se podrá presentar la documentación vía registro telemático a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Ingenio o a través de la O.R.V.E. (Oficina de Registro Virtual). El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días (de lunes a viernes, excluyéndose sábados, domingos y festivos), contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas. Los restantes anuncios, serán publicados en la página web del Ayuntamiento y en el Tablón de anuncios. 5.2. A dicha instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos: 5.2.1. Solicitud, Anexo I (declaración jurada), Alta a terceros original (si no hubiera percibido ayuda en el curso 2018/2019) o Declaración jurada original (si en el curso 2018/2019 percibió ayuda escolar de esta Administración) - La Solicitud y el Anexo I (datos personales y complementarios) deberán presentarse firmados por la madre/ el padre o tutor/a legal del menor, en la que se comprometerán a: a. Aceptar las bases de la convocatoria para la que solicitan la ayuda. b. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad. c. Que quedan enterados/as de que la inexactitud en las circunstancias declaradas daría lugar a la negación o revocación de la ayuda. d. Que autorizan al Ilustre Ayuntamiento de Ingenio para solicitar el certificado de empadronamiento colectivo, así como el certificado de convivencia en caso de que alguna persona tenga problemas con el padrón. - Aquellas personas que en el curso 2018/2019 no hayan recibido beca, deberán presentar el Alta a Terceros original debidamente cumplimentada por la persona solicitante de la ayuda (alumno/a si es mayor de 18 años, en caso de ser menor deberá ser la madre, padre o tutor/a legal del alumno/a), y cumplimentada y firmada por la entidad bancaria en el apartado “a cumplimentar por la entidad de crédito”. -En el caso de que hubiera recibido beca en el curso 2018/2019, deberá adjuntar declaración jurada (original) que acredite la titularidad de esa cuenta. -En el Anexo II (declaración jurada) firmado por interesado/ a que ostente la representación legal del menor; la madre/ el padre o tutor/a legal del menor, entendiéndose que, con dicha firma, declara bajo juramento su responsabilidad ante lo siguiente: a. Que se halle al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, así como con las obligaciones tributaria ante el Ilustre Ayuntamiento de Ingenio, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. b. Que se ha procedido a la justificación de las ayudas, becas o subvenciones concedidas con anterioridad por el Ilustre Ayuntamiento de Ingenio. 5.2.2. Certificado, de carácter obligatorio, de hallarse al corriente con el pago de tributos municipales en el momento de presentación de la solicitud, o en su caso a la fecha de finalización del plazo de presentación de la misma. En el caso de que se trate de deudas o sanciones que se encuentren aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida, igualmente deberá presentar documento que acredite dichas circunstancias. Dicho Certificado deberá ser emitido por VALORA AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 4 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Gestión Tributaria, no admitiéndose certificados que tengan fecha de emisión anterior al plazo de presentación de solicitudes, ni posterior al mismo. 5.2.3. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, o equivalente para naturales de otros países, del solicitante y de todos los miembros integrantes de la unidad familiar. 5.2.4. Fotocopia del Libro de Familia. 5.2.5. En caso de separación o divorcio, fotocopia de la sentencia judicial o documento acreditativo de quien ostente la representación legal del menor, beneficiario/a solicitante de la ayuda escolar para el curso 2019/2020, para en el supuesto de aportar convenio regulador, éste deberá referirse a la situación actual de los padres del menor, por lo que si se tuviese más de un convenio se deberán aportar cuantos se tengan, así como cualquier modificación, que en su caso se hubiese producido y, en su defecto, se podrá presentar escritura de convenio regulador de ruptura de unión de hecho firmado ante notario público. 5.2.6. Certificado de Vida Laboral de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años. 5.2.7. Documentación acreditativa de estar matriculado/a y del pago de la matrícula, en el curso académico 2019/2020. Este documento será solicitado de oficio por el Ayuntamiento, siempre y cuando el menor esté escolarizado en uno de los institutos de educación secundaria que se encuentran ubicados en el municipio. 5.2.9. En caso de estar trabajando, el/la representante legal del/de la menor (madre, padre, tutor/a legal) o cualquier miembro de la unidad familiar, aportará copia de las últimas dos nóminas. 5.2.10. En caso de ser pensionista, certificado de pensiones emitido por el organismo correspondiente, de los miembros de la unidad familiar que tengan dicha condición. 5.2.11. En caso de estar desempleado/a, certificado de prestaciones emitido por el INEM de aquellos miembros de la unidad familiar que sean perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, o en su defecto, certificado negativo, así como una fotocopia de la cartilla del paro, o documento oficial acreditativo de tal extremo, y referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de la correspondiente solicitud. 5.2.12. Título de familia numerosa vigente, si procede. 5.2.13. Certificado del grado de discapacidad emitido por el organismo correspondiente. 5.2.14. En el caso de que el/la representante legal del/la menor (madre, padre o tutor/a legal) fuese perceptor de la Prestación Canaria de Inserción (PCI), se deberá aportar el correspondiente certificado. 5.2.15. En el caso de que la instancia o documentación complementaria fueran incorrectas o incompletas, el servicio responsable de la tramitación de las subvenciones concederá un plazo de diez días hábiles, para que subsane la documentación. Si en ese plazo el/la peticionario/a no efectúa la rectificación reclamada, se entenderá que desiste de su solicitud procediéndose a archivar de oficio el expediente. BASE SEXTA. - PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. TRAMITACIÓN E INSTRUCCIÓN. 6.1. Recibida la solicitud, esta se remitirá al Departamento de Educación para su tramitación pudiendo éste, en todo momento, a tenor de los criterios establecidos en las presentes bases, pedir cuantos informes estime necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan esta subvención. 6.2. Las solicitudes siempre y cuando se adecuen a las presentes bases y reúnan la documentación exigida, serán objeto de tramitación y baremación por la Comisión de Valoración; que estará compuesta por los siguientes: • Secretario General del Ayuntamiento. • Técnico de la Concejalía de Servicios Sociales. • Personal del Área de Educación. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 5 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es 6.3. Evaluadas las solicitudes se emitirá acta por la Comisión de Valoración, sobre la baremación de las mismas, y se efectuará propuesta provisional de concesión de subvención, de aquellos/as cien (100) solicitantes que hayan obtenido la mayor puntuación, al órgano competente para resolver, solicitando informe previo de fiscalización a la intervención municipal, para posterior elevación al órgano competente. La propuesta de resolución provisional será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ingenio y en la página web (www.ingenio.es), concediendo un plazo de diez días para presentar alegaciones. 6.4. El órgano competente para resolver los expedientes de otorgamiento de subvención es el Alcalde. 6.5. Finalizado el plazo indicado en el apartado anterior, se dictará resolución definitiva, resolviendo en su caso las alegaciones presentadas e indicando la relación de solicitantes a los/as que se concede la subvención y aquellos/as a los que, en su caso y de manera expresa y motivada, se le desestimase. 6.6. El plazo máximo para resolver, notificar y publicar las resoluciones no podrá exceder de seis meses. Transcurrido dicho plazo, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud de subvención sin haber notificado resolución alguna, por partes de la administración, se deberá entender que ha sido denegada tácitamente. 6.7. La resolución definitiva de la concesión de la subvención pone fin a la vía administrativa y podrá ser recurrida en las formas y plazos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BASE SÉPTIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y BAREMO. 7.1. A los efectos de concesión, el criterio de valoración será en función del cómputo de ingresos de la unidad familiar de acuerdo a la siguiente tabla: • Umbrales de renta, acreditados mediante la presentación de cualquiera de los documentos recogidos en la base quinta (5.2.6, 5.2.7., 5.2.8, 5.2.9, según proceda). Para el cálculo del umbral de renta se tendrá en cuenta la suma de todos los ingresos netos de los integrantes de la unidad familiar que conviven en dicho domicilio. El cálculo se establece con referencia al IPREM en base al límite de ingresos establecido. Nº DE MIEMBROS LÍMITE DE INGRESOS CUANTIA Solicitante 130% DEL IPREM 699,19€ Solicitante+1 200% DEL IPREM 1.075,68€ Solicitante+2 210% DEL IPREM 1.129,46€ Solicitante+3 225% DEL IPREM 1.210,14€ Solicitante+4 240% DEL IPREM 1.290,82€ Solicitante+5 255% DEL IPREM 1.371,49€ Solicitante+6 270% DEL IPREM 1.452,17€ · Situación familiar: Familia numerosa especial: 4 puntos Familia numerosa general: 3 puntos Familia con dos hijos/as: 2 puntos Familia monoparental: 1,5 puntos Familia con un hijo/a: 1 punto · Discapacidad: Discapacidad del alumno/a igual o superior al 65%: 3 puntos Discapacidad del alumno/a entre el 33% y el 65%: 2,5 puntos AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 6 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Discapacidad en padre, madre o tutor/a o hermano/a superior al 65%: 2 puntos Discapacidad en padre, madre, tutor/a o hermano/a entre el 33% y el 65%: 1 punto En caso de empate en la valoración y baremo de solicitudes, se resolverá siguiendo el siguiente orden de criterios: 1º.- Tener la condición de víctima de violencia de género. Quedará acreditada la condición de víctima de violencia de género mediante certificado emitido por institución pública competente, en el que conste que la persona interesada está siendo atendida dentro de un programa de atención a las víctimas, subvencionado por una Administración Pública concreta. Otorgándosele a la Administración local la autorización de la obtención de dicho documento mediante la firma de la solitud. 2º- Menor renta económica de la unidad familiar. 3º.- Estar en situación de desempleo. 4º.- Familias con mayor número de miembros. Sólo se procederá a baremar las solicitudes en el caso de producirse más solicitudes que importe de ayudas convocadas, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la base séptima. En caso de que persistiera la circunstancia que dio lugar al empate entre dos o más solicitudes, se procederá a distribuir en idénticas cantidades el total del crédito destinado a esta ayuda, establecida en la base tercera, como excepción al número total de beneficiarios/as e importe de la ayuda reflejado en la misma. BASE OCTAVA. – RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. 8.1. Una vez resuelta la convocatoria, el expediente se remitirá a la Intervención municipal para la contabilización correspondiente y el pago de las mismas, procediéndose al libramiento del 100 % de la subvención concedida. 8.2. El Ayuntamiento de Ingenio notificará las concesiones a los/las beneficiarios/as en el plazo de 15 días hábiles después de la resolución definitiva acordada. 8.3. La resolución de las solicitudes aprobadas se le notificarán al/a beneficiario/a, o en su caso, a su representante, haciéndose constar en la misma: El destino para el cual se ha concedido, el plazo de ejecución de la misma, el importe de la subvención, forma de pago, plazo de justificación y documentación que tendría que acompañar, en su caso, para la justificación de dichas subvenciones. Asimismo, los/las beneficiarios/as deberán aportar el documento de la Tesorería Municipal de Altas a Terceros facilitado por el Ayuntamiento y a cumplimentar por la Entidad Bancaria, en el que conste el IBAN comprensivo del código que identifican al Banco, la Oficina, el dígito de control y el número de cuenta en el que se abonará el importe de la subvención y de la que deberá ser, en todo caso, titular o cotitular el/la alumno/a. 8.4. La concesión de la subvención llevará implícitamente la aceptación de la misma. 8.5. El Ayuntamiento de Ingenio, también notificará en el plazo de 15 días hábiles, aquellas resoluciones de las solicitudes denegadas al/a la beneficiario/a, en su caso representante, especificando los motivos por los cuales no se han concedido dichas subvenciones. BASE NOVENA. - PLAZO Y FORMA DE JUSTIFICACIÓN Y ABONO DE LA SUBVENCIÓN. 9.1. Los gastos subvencionables deben corresponder a la adquisición de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar), instrumentos e indumentaria propios de la rama profesional y transporte (solo en el supuesto de ciclos formativos), para el curso académico 2019/2020. 9.2. Las ayudas deberán justificarse antes de la finalización del periodo escolar 2019/2020 (como máximo hasta el mes de abril de 2020). AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 7 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es 9.3. Los representantes legales de los/as beneficiarios/as de las becas deberán presentar la siguiente documentación: Facturas originales de los gastos por adquisición de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar) instrumentos e indumentaria propios de la rama profesional y transporte (solo en supuestos de ciclos formativos), para el curso académico 2019/2020. Siempre debe aparecer el concepto (curso escolar y libros, material escolar, instrumentos e indumentaria propios de la rama profesional y transporte que se adquieren), el gasto y la fecha en la que se realizó, firma y sello del expedidor de la factura y el nombre del/de la representante legal del menor (madre, padre o tutor/a legal) o interesado/a, en su caso, que está solicitando esta ayuda. 9.4. La justificación de los gastos por cuantías inferiores a la subvención concedida conllevará al reintegro de la parte de subvención no ejecutada. 9.5. La no-presentación de cualquiera de los documentos exigidos en este apartado, supondrá la pérdida de la concesión de la subvención. 9.6. Las becas y ayudas serán abonadas, en un solo pago, al beneficiario/a por transferencia bancaria a la cuenta que se facilite en el impreso de datos bancarios o altas de terceros de la Tesorería Municipal. BASE DÉCIMA. - MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN. 10.1. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones u organismos públicos, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión de la subvención. 10.2. El/la beneficiario/a podrá renunciar a la subvención y quedará liberado del cumplimiento de la carga o finalidad a que se halle afectado aquella. La renuncia se formalizará por escrito y deberá ser previa a su cobro. Cuando se realice con posteridad, el/la beneficiario/a reintegrará las cantidades percibidas, más los intereses de demora que se hayan generado desde el recibo de la misma. 10.3. El abandono de los estudios también implicará la renuncia de la beca. BASE DÉCIMOPRIMERA. - INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS. Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio, (B.O.P. núm. 48, de 13/04/2005), que serán sancionables incluso a título de simple negligencia. BASE DÉCIMOSEGUNDA. - PROTECCIÓN DE DATOS. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal y la información facilitada por los solicitantes serán incorporadas y tratadas en un fichero informatizado del que es responsable el Ilustre Ayuntamiento de Ingenio, y cuya finalidad es facilitar la gestión administrativa que le es propia. El/la interesado/a, podrá en todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida al Ayuntamiento. BASE DÉCIMOTERCERA. - RECURSOS. El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Sr. Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 8 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es la recepción de la notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria. SOLICITUD DE AYUDA ESCOLAR PARA SUBVENCIONAR LOS GASTOS DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR (LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR), INSTRUMENTOS E INDUMENTARIA PROPIOS DE LA RAMA PROFESIONAL Y TRANSPORTE (SOLO CICLOS FORMATIVOS) CURSO 2019/2020 SOLICITANTE (alumno/a mayor de 18 años) MADRE PADRE TUTOR/A LEGAL NIF, NIE Nacionalida d Nombre Primer Apellido Segundo Apellido Domicilio Número Portal Escalera Piso Puerta Municipio Provincia Código Postal Teléfonos Correo electrónico ALUMNO 1 para el/la que se solicita la ayuda (en caso de ser menor de edad) NIF, NIE Nombre Primer Apellido Segundo Apellido Fecha de nacimiento Nacionalidad Centro de escolarización Localidad del Centro Educación Secundaria Obligatoria: Bachillerato  1º ESO  2º ESO  3º ESO  4º ESO  1º Bachillerato  Grado medio: ____________________________  Grado superior: _______________________________ FP Básica  2º Bachillerato ALUMNO 2 para el/la que se solicita la ayuda (en caso de ser menor de edad) NIF, NIE Nombre Primer Apellido Segundo Apellido Fecha de nacimiento Nacionalidad Centro de escolarización Localidad del Centro Educación Secundaria Obligatoria: Bachillerato  1º ESO  2º ESO  3º ESO  4º ESO  1º Bachillerato  Grado medio: ____________________________  Grado superior: _______________________________ FP Básica  2º Bachillerato AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 9 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 14 DECRETO Ciclo Formativo Ciclo Formativo Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es ALUMNO 3 para el/la que se solicita la ayuda (en caso de ser menor de edad) NIF, NIE Nombre Primer Apellido Segundo Apellido Fecha de nacimiento Nacionalidad Centro de escolarización Localidad del Centro Educación Secundaria Obligatoria: Bachillerato  1º ESO  2º ESO  3º ESO  4º ESO  1º Bachillerato  Grado medio: ____________________________  Grado superior: _______________________________ FP Básica  2º Bachillerato Datos de la unidad familiar (otros/as miembros de la unidad familiar) Parentesco Nombre Apellidos NIF/NIE 1 2 3 4 EXPONE: Que reúne los requisitos exigidos y desea acogerse a las aportaciones económicas que concede el Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, a través de la Concejalía de Educación, de acuerdo con la Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas escolares para cubrir los gastos de adquisición de equipamiento escolar (libros de texto y material escolar) instrumentos e indumentaria propios de la rama profesional y transporte (solo ciclos formativos), en el curso académico 2019/2020 (BOP nº ___________, de __________ de_________ de 2019). Que acepta expresamente las bases de la convocatoria y las obligaciones derivadas de la misma y de las demás normas de aplicación, especialmente las que me correspondería en el caso de resultar beneficiario/a. Que autoriza expresamente al Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio a solicitar de otras Entidades Públicas o Privadas, la información y datos sobre mi persona necesarios para la tramitación de la subvención en cualquiera de sus fases o, en su caso, para la comprobación de los datos consignados en las declaraciones y demás documentación aportada por mi parte, incluso a través de medios telemáticos. Que autoriza expresamente al Ayuntamiento de Ingenio a publicar en la web su nombre y apellidos y el de sus representantes en aquellas comunicaciones o notificaciones que deban efectuarse durante el desarrollo del procedimiento. Que acompaña a la presente solicitud, los siguientes documentos, conforme disponen las Bases de dicha convocatoria (marque con una X los documentos que acompañe a esta solicitud):  ANEXO I- Declaración jurada.  ANEXO II: En caso de no haber percibido ayuda escolar en el curso 2018/2019: ENTREGAR ORIGINAL ALTA A TERCEROS  ANEXO III: En caso de haber sido beneficiario/a de la ayuda escolar municipal en el curso 2018/2019. ORIGINAL DECLARACIÓN JURADA ALTA A TERCEROS. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 10 de 14 Ciclo Formativo Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es  Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor de los miembros de la unidad familiar que lo posean. En el supuesto de extranjeros, la tarjeta de residente, de asilo o refugio o cualquier otro documento que permita su estancia legal en su país.  Fotocopia del Libro de Familia.  En caso de separación o divorcio, fotocopia de la sentencia judicial o documento acreditativo de quien ostente la representación legal del menor.  En caso de estar trabajando, el/la representante legal del/de la menor (madre, padre, tutor/a legal) o cualquier miembro de la unidad familiar, aportará copia de las últimas dos nóminas.  En caso de ser pensionista, certificado de pensiones emitido por el organismo correspondiente, de los miembros de la unidad familiar que tengan dicha condición.  En caso de estar desempleado/a, certificado de prestaciones emitido por el INEM de aquellos miembros de la unidad familiar que sean perceptores de prestaciones o subsidios por desempleo, o en su defecto, certificado negativo, así como una fotocopia de la cartilla del paro, o documento oficial acreditativo de tal extremo, y referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de la correspondiente solicitud.  Certificado de Vida Laboral de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.  Título de familia numerosa vigente, si procede.  Certificado del grado de discapacidad emitido por el organismo correspondiente, en su caso.  En caso de que la unidad familiar fuese beneficiaria de la Prestación Canaria de Inserción (PCI) se deberá aportar el correspondiente certificado.  Certificado, de carácter obligatorio en el momento de presentación de la solicitud, de hallarse al corriente con el pago de tributos municipales, o en su caso, a la fecha de finalización del plazo de presentación de la misma. Dicho Certificado deberá ser emitido por VALORA Gestión Tributaria, no admitiéndose certificados que tengan fecha de emisión anterior al plazo de presentación de solicitudes, ni posterior al mismo.  En caso de estar matriculado/a en un centro de secundaria fuera del municipio de Ingenio, aportar certificado de escolaridad del mismo. Y, en su virtud, SOLICITA: Que, atendiendo a lo manifestado en el escrito y documentos adjuntos, se me conceda subvención económica, al tiempo que declaro que los datos que figuran en la referida documentación corresponden fielmente. Firmo advertido/a de las responsabilidades legales que se derivan en falsedad en documentos administrativos. En la Villa de Ingenio, a______ de__________ de 2019. Firma de/la Interesado/a o Representante Legal Del/la menor (madre/padre o tutor/a legal): SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal y la información facilitada por los solicitantes serán incorporadas y tratadas en un fichero informatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Ingenio, y cuya finalidad es facilitar la gestión administrativa que le es propia. El interesado podrá en todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida al Ayuntamiento. ANEXO I DECLARACIÓN JURADA Nombre (solicitante en caso de ser mayor de 18 años o representante legal del / de la menor_____________________________________________________________________________ Apellidos: _____________________________________________________________________________ N.I.F.: __________________________________ Interesado/a o en representación legal del/la menor, los/las menores ___________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Tfno.___________________________________ Tfno. Móvil: ____________________________________ AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 11 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es HAGO CONSTAR: 1. Que estoy al corriente en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social, así como con las obligaciones tributarias ante el Ilustre Ayuntamiento de Ingenio. 2. Que he procedido a la justificación de las ayudas, becas o subvenciones concedidas con anterioridad por el Ilustre Ayuntamiento de Ingenio. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. ¿Recibe otro tipo de ayuda/ beca? __________________¿De qué Organismo?_________________ ¿Para qué? ________________________________¿Cuál es su cuantía?________________________ DECLARO: Que acepto las bases de la convocatoria para la que solicito Ayuda. Que todos los datos incorporados a la solicitud se ajustan a la realidad. Que quedo enterado/a de que la inexactitud en las circunstancias declaradas daría lugar a la negación o revocación de la ayuda. Que autoriza al Ayuntamiento de Ingenio para solicitar certificado de empadronamiento colectivo, así como certificado de convivencia policial, en caso de que alguna persona tenga problemas con el padrón. Que autoriza al Ayuntamiento de Ingenio a solicitar certificado de matriculación en curso 2019/2020 en el centro escolar que esté escolarizado/a, dentro del municipio de Ingenio. Que autoriza al Ayuntamiento de Ingenio a realizar las comprobaciones necesarias respecto a la asistencia normalizada En la Villa de Ingenio, a _______________ de _______________ de 2019 a clase. Que autoriza al Ayuntamiento de Ingenio a realizar las comprobaciones necesarias en el caso de ser víctima de Firma del/la Interesado/a o Representante Legal del/la menor (madre/padre o tutor/a legal): violencia de género SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO. Ley 39/2015, de 1 de octubre, PROCEDIMIENTO Administrativo Común de las Administraciones Públicas Común. Artículo 69.- Declaración responsable y comunicación previa. 1. A los efectos de esta Ley, se entenderá por declaración responsable el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Los requisitos a los que se refiere el párrafo anterior deberán estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la correspondiente declaración del responsable. Las Administraciones podrán requerir en cualquier momento que se aporte la documentación que acredite el cumplimiento de los mencionados requisitos y el interesado deberá aportarla. 4. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre sobre protección de datos de carácter personal, los datos de carácter personal y la información facilitada por los solicitantes serán incorporadas y tratadas en un fichero informatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Ingenio, y cuya finalidad es facilitar la gestión administrativa que le es propia. El interesado podrá en todo momento, y de conformidad con la legislación vigente, ejercer sus derechos de acceso, rectificación y cancelación por medio de solicitud dirigida al Ayuntamiento. ANEXO II ALTA A TERCEROS (Descargar original en la página web o recogerlo en la OAC) AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 12 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es ANEXO III DECLARACIÓN JURADA ALTA A TERCEROS (sólo para las personas que hayan obtenido la ayuda en el curso 2018/2019 y que no hayan cambiado el número de cuenta) BASES REGULADORAS DE AYUDAS ESCOLARES PARA SUBVENCIONAR LOS GASTOS DE EQUIPAMIENTO ESCOLAR (LIBROS DE TEXTO Y MATERIAL ESCOLAR), INSTRUMENTOS E INDUMENTARIA DE LAS RAMAS PROFESIONALES Y TRANSPORTE (SOLO PARA CICLOS FORMATIVOS), DE LOS/LAS ESTUDIANTES, PARA EL CURSO 2019/2020, DEL MUNICIPIO DE INGENIO. Denominación de la subvención D./Dña. ___________________________________, con NIF/NIE_______________________________________ con domicilio en ____________________________, municipio_________________________, código postal________________ y teléfono____________________________________, en calidad de (solicitante, madre/padre/ tutor legal del/ de la menor/ o menores_____________________________________________________________________________________________ DECLARO Que los datos de la cuenta corriente número (IBAN + 20 DÍGITOS) perteneciente a D/ Dña__________________________ ___________________________________________________________________________________________________, no han sufrido cambios respecto a los reflejados en último al Alta a Terceros presentado en el Ayuntamiento de Ingenio. Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma el presente documento en la Villa de Ingenio, a __________________________ de _________________________ de 2019. AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 13 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es Fdo. En la Villa de Ingenio, a fecha de la firma electrónica. La Alcaldesa-Presidenta Ana Hernández Rodríguez AREA DE SERVICIOS SOCIOCULTURALES, ASISTENCIA A LAS PERSONAS Y FOMENTO DE LA CALIDAD DE VIDA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN Página 14 de 14 Número: 2019-4315 Fecha: 20/06/2019 Cód. Validación: 4LXPPATHP5MR5XTE6EYYSFQYK | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 14 DECRETO Plaza de la Candelaria 1 C.P. 35250. T.M. INGENIO Las Palmas. Gran Canaria Tel.: 928 78 00 76 Ext.: 434 Fax.: 928 78 12 47 www.ingenio.es