DEPORTES Expediente 2/2019 DON JUAN DÍAZ SÁNCHEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO. SECRETARIO ACCTAL., Res. de 19/08/14 nº576, DGFP Fecha Firma: 26/01/2019 HASH: 080b9378236f03eb9bf52b6eccd649bb DECRETO Visto el informe propuesta emitido por la Concejalía de Deportes, elevado a la Jefatura de Área de Servicios Socioculturales, Asistencia a las Personas y Fomento de la Calidad de Vida, previa a su resolución por el órgano competente, el cual es asumido en su integridad, de fecha 23 de enero de 2019, relativo al expediente para la Concesión de Subvenciones Deportivas 2019, cuyo tenor literal es el siguiente: MANUEL JESÚS AFONSO HERNÁNDEZ (1 de 2) “INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN El trabajador que suscribe, responsable del presente expediente, en cumplimiento de los artículos 172 y 175 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tiene a bien emitir el siguiente Informe-Propuesta de Resolución: ANTECEDENTES DE HECHO 1) El presente expediente se inició mediante providencia de fecha 10 de enero de 2019. 2) Con fecha 17 de enero de 2019, se emite informe de intervención donde se refleja que existe crédito adeudado y suficiente por importe de 132.500,00 euros en el vigente presupuesto municipal para otorgar subvenciones deportivas. 3) Con fecha 21 de enero de 2019, desde el departamento jurídico se emite informe favorable sobre el contenido y legislación aplicable a efectos de conceder las subvenciones. ALCALDE-PRESIDENTE Fecha Firma: 27/01/2019 HASH: 81794c560294d8747dbe5ceabe992c9a NORMATIVA APLICABLE JUAN DÍAZ SÁNCHEZ (2 de 2) - Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS). - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RGS). - Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (en adelante OGSAI) publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas el 13/04/2005. - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. - Bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Ingenio. PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PRIMERO. Aprobar el texto íntegro de las Bases Reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales para el ejercicio 2019, adjunto en el anexo I y efectuar la convocatoria para la concesión de estas. SEGUNDO. Publicar el anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, mencionando el plazo de presentación de solicitudes, con indicación de que los interesados podrán consultar el texto íntegro de las “Bases Reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales para el ejercicio 2019”, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Ingenio y en su página web. www. ingenio.es a los efectos procedentes.” Considerando que la competencia para la aprobación de las bases y su convocatoria es del Alcalde de conformidad con el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 1 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 HE RESUELTO: PRIMERO. Aprobar el texto íntegro de las Bases Reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales para el ejercicio 2019, adjunto en el anexo I y efectuar la convocatoria para la concesión de estas. SEGUNDO. Publicar el anuncio de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, mencionando el plazo de presentación de solicitudes, con indicación de que los interesados podrán consultar el texto íntegro de las “Bases Reguladoras del Régimen de Concesión de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales para el ejercicio 2019”, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Ingenio y en su página web. www. ingenio.es a los efectos procedentes. Así lo mando y firmo la presente en la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. El Secretario General Accidental Alcalde-Presidente (Resolución de fecha 11.08.2014, nº 576 de la Dirección General de la Función Pública) Manuel Jesús Afonso Hernández Juan Díaz Sánchez Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 2 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 ANEXO I BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. BASE PRIMERA.- OBJETO, FINALIDAD Y RÉGIMEN JURÍDICO 1. El objeto de la presente convocatoria es establecer el régimen de concesión de subvenciones, por el procedimiento de concurrencia competitiva, para clubes deportivos y deportistas individuales, del municipio de Ingenio, que hayan participado en competiciones durante la temporada 2018/19 o año 2019 (para clubes deportivos) y año 2018 (para entidades deportivas de ocio y recreación y deportistas individuales), según el periodo de actividad en las diferentes modalidades deportivas, y destinadas a: 1.1. Apoyar la financiación de los gastos corrientes de funcionamiento y de gestión administrativa. 1.2. Apoyar la financiación de las actividades deportivas que lleven a cabo en el periodo indicado. 2. Las subvenciones reguladas en estas bases tendrán por finalidad el fomento y el desarrollo de los clubes deportivos y de los deportistas que practiquen modalidades deportivas a nivel individual (sin pertenecer o representar a un equipo o club) para la mejora de la gestión y rendimiento de los mismos, así como para la promoción del deporte federado. 3. Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sin embargo, en ningún caso el importe de las subvenciones concedidas podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otros órganos de cualquier administración pública, así como con las atribuciones patrimoniales gratuitas recibidas de entidades privadas o particulares, supere el coste total de la actividad a desarrollar por el beneficiario. 4. Esta convocatoria se rige por las siguientes normas de aplicación: - Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) - Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante RLGS) - Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de Ingenio (en adelante OGSAI) publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas el 13/04/2005 - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales - Bases de ejecución del presupuesto general del Ayuntamiento de Ingenio BASE SEGUNDA.- IMPORTE DE LA CONVOCATORIA La dotación económica para estas subvenciones asciende a CIENTO TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS EUROS (132.500 €) y se imputará con cargo al crédito disponible en la partida presupuestaria de gastos, Programa 3410, Subconcepto 48900, del Presupuesto de la Concejalía de Deportes para el año 2019. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 3 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 BASE TERCERA.- BENEFICIARIOS Y REQUISITOS 1. Para poder ser beneficiario de las subvenciones que se convocan en el momento de la presentación de las solicitudes se deberá acreditar en la forma legal o reglamentariamente prevista el cumplimiento de los requisitos generales exigidos por la normativa prevista en la Base Primera. 2. Además de los requisitos generales establecidos, para el caso específico de estas subvenciones se han de reunir los siguientes: a. En caso de ser una persona jurídica, estar debidamente inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades y haber presentado ante el mismo todas las modificaciones que se hayan producido (Estatutos, poderes, domicilio social, proyectos, etc.), de manera que la información que en él obra está plenamente vigente. Si se trata de una persona física ser natural del municipio de Ingenio y residir en el mismo b. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y municipales y con la Seguridad Social c. Si el solicitante es persona jurídica la sede social tiene que estar ubicada en el municipio de Ingenio d. Si el solicitante es una persona física debe residir en el municipio de Ingenio, al menos, con dos años de antigüedad e. Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Administración, en los términos establecidos en la legislación vigente, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin f. No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones g. No estar inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones por parte de cualquier otra Administración Pública h. No haber solicitado otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto a otras Administraciones Públicas, o en su caso, relación de las solicitadas o concedidas, indicándolas en el modelo S-03 i. La entidad carece de ánimo de lucro j. Disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar la ejecución de los proyectos propuestos k. De conformidad con lo previsto en el artículo 53.d de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados están exentos de presentar los documentos que se encuentren en poder del Ayuntamiento de Ingenio sobre esta entidad que no han sufrido variación con respecto al ejercicio 2018. 3. La acreditación de los requisitos previstos en los apartados anteriores de este artículo se realizará conforme a la normativa que lo regule y de la siguiente manera: a. Los requisitos exigidos en el epígrafe a) del apartado anterior se acreditará mediante el correspondiente informe emitido por el departamento responsable, y que no deberá ser solicitado ni aportado por el solicitante de subvención, sino por el propio departamento gestor de la subvención. b. Los requisitos exigidos en los epígrafes b), c), d), e), f) g), h), i), j) y k) del apartado anterior se acreditarán mediante declaración jurada o responsable conforme al modelo S-02 (clubes deportivos), ANEXO I, previsto en documento adjunto, sin perjuicio de que la administración Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 4 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 lleve a cabo actuaciones de verificación para las que el beneficiario deberá colaborar plenamente y prestar la información que se le requiera. 4. Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con la subvención concedida, se practiquen por los órganos competentes, pudiendo verificar todos los extremos contenidos en la declaración responsable, y en todo caso verificará los siguientes extremos en la forma que a continuación se señala: a. El cumplimiento del requisito previsto en el artículo 189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 se verificará solicitando el oportuno informe de la tesorería municipal y de Valora Gestión Tributaria. BASE CUARTA.- ACTIVIDADES Y GASTOS SUBVENCIONABLES 1. ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES a. La actividad que fundamenta el otorgamiento de las subvenciones son los gastos corrientes derivados del funcionamiento y de la gestión administrativa. b. Sólo se subvencionarán las actuaciones realizadas en los siguientes periodos:  Para clubes o personas físicas cuyo calendario funciona por temporadas: Del 1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019.  Para clubes o personas físicas cuyo calendario funciona por año natural: Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019. 2. GASTOS SUBVENCIONABLES a. Los gastos subvencionables son aquellos gastos corrientes que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, entre otros:  Gastos federativos (licencias y derechos de inscripción)  Derechos arbitrales hasta categoría juvenil  Primas de seguros y mutualidades deportivas  Material deportivo: trofeos, vestimenta, serigrafía, balones, conos, etc.  Pagos a personal de la entidad (honorarios a través de nóminas, facturas o recibos legales), hasta categoría juvenil, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas y aquellas otras que contravengan la normativa vigente.  Gastos de limpieza, farmacia, agua, luz, teléfono y material fungible  Transporte derivados de la actividad para la que se solicita la subvención, hasta categoría juvenil  Material de oficina  Trabajos de imprenta  Material informático que no constituya gasto de inversión  Pagos a la seguridad social o a la administración tributaria.  Productos alimenticios: bocadillos, refrescos, zumos y fruta en concepto de desayunos o meriendas, hasta categoría juvenil, en encuentros o jornadas deportivas, debiendo justificar su necesidad. b. Sólo se subvencionarán los gastos que hayan sido efectivamente pagados por el beneficiario, con anterioridad a la finalización del plazo de justificación determinado en la base undécima de las presentes bases. c. En ningún caso, el coste de la adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 5 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 3. GASTOS NO SUBVENCIONABLES a. Inversiones que reúnan alguna de las siguientes características: que no sean bienes fungibles, que tengan duración previsible superior a un año, que sean susceptibles de inclusión en inventario, que sean gastos que previsiblemente no sean reiterativos (terrenos, construcciones, bienes inmuebles, mobiliario, maquinaria, maquinaria deportiva, equipos informáticos, cámaras de fotos o video, teléfonos, elementos de transporte, etc.) b. Las obras que incrementen el valor y vida útil y/o que no sean de mantenimiento y conservación c. La amortización del inmovilizado y bienes inventariables. d. Los intereses deudores de las cuentas bancarias e. Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales f. Bebidas alcohólicas. g. Subvenciones, ayudas o premios que se otorguen, salvo los trofeos, medallas, diplomas y otras condecoraciones, así como material o vestimenta necesarios para la práctica de actividades deportivas h. Las amortizaciones de capital y gastos financieros i. Las cuotas por operaciones comerciales de adquisición de inmovilizado (ejemplo, contratos con operadores de telefonía en los que se ha de abonar unos importes periódicos por el terminal que se adquiría al principio del contrato) j. Los intereses de capital k. Las primas o fichajes de jugadores o técnicos l. Los desplazamientos a competiciones o exhibiciones en la categoría sénior de cualquier entidad (billetes de barco y avión, alquiler de guaguas, alojamiento, etc.) m. Refrigerios: bebidas, comidas y otros que guarden relación con actos relacionados con celebraciones, fiestas y cualquier otro tipo de actividad similar n. Cualquier material que se utilice como premio u obsequio de regalo salvo los explícitamente destinados a ellos como son los trofeos, placas, medallas, etc. BASE QUINTA – CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO Y SU PONDERACIÓN Uno. Los criterios valorativos para la adjudicación de subvenciones y la determinación de su cuantía se efectuarán conforme a las siguientes clasificaciones: I.- Deportes de equipo: Entidades deportivas en las que por su estructura, llevan consigo para su desarrollo y resultado final, la participación de dos o más jugadores/as al mismo tiempo, o bien de manera individual pero que su resultado final sea la suma de la participación individual. Entre dichas modalidades se encuentran: fútbol, fútbol sala, baloncesto, balonmano, lucha canaria, voleibol, hockey hierba, rugby, waterpolo, etc. II.- Deportes Individuales: Entidades deportivas en las que sus modalidades les permiten competir y obtener clasificación final de manera individual, pudiendo aun así existir competiciones en grupo o conjuntos para dichas modalidades. Entre las mismas se encuentran: gimnasia rítmica, gimnasia deportiva, ciclismo, submarinismo, natación, kárate, judo, taekwondo, montañismo, escalada, ajedrez, billar, colombofilia, petanca y bola canaria, pesca, etc. III.- Entidades Deportivas de Ocio y Recreación: Entidades deportivas donde se realizan actividades deportivas fuera del marco de la federación, donde participen los niños y jóvenes pero que en cualquier momento pueda integrarse en el ámbito federado y ser incluido en un sistema de competición oficial y que disponga de un calendario anual. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 6 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 IV.- Deportistas de deportes individuales: Deportistas que residan en el municipio de Ingenio, al menos, con dos años de antigüedad, encontrándose inmersos en competiciones de carácter insular, autonómico, nacional e internacional. V.- Otras Entidades Deportivas: Referente a aquellas que optan por primera vez a la concesión de subvenciones. Dos. Los equipos que se retiren de la competición no serán tenidos en cuenta a la hora de aplicar los criterios de valoración, siendo excluidos de dicha ponderación. Tres. Los principios rectores de la política deportiva canaria garantizan como materias de especial atención los juegos y deportes autóctonos y tradicionales canarios y sus facetas referidas a la organización de actividades, la planificación de instalaciones, la formación técnica, la investigación científica, la divulgación y la iniciación a edades tempranas, así como la financiación preferente para las entidades deportivas que los fomenten y regulen. Así lo refleja la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte (B.O.C. 92, de 18/07/1997). A tal fin se asigna una cuantía económica, según los siguientes baremos, a los deportes autóctonos siguientes: Menos de 15 licencias federativas de deportistas: 1250 € Entre 16 y 25 licencias federativas de deportistas: 2750 € Entre 26 y 35 licencias federativas de deportistas: 3500 € Entre 36 y 45 licencias federativas de deportistas: 5500 € Más de 45 licencias federativas de deportistas: 7000 € BOLA CANARIA 75 €/licencia: Hasta un máximo de 10 licencias por Entidad Para la acreditación de estos criterios se deberá aportar la siguiente documentación, referente a la temporada 2018/19, o en su defecto, correspondiente al año 2019 para aquellas modalidades cuyo calendario se realiza por años naturales (para clubes deportivos) y año 2018 (para entidades deportivas de ocio y recreación y deportistas individuales). LUCHA CANARIA Cuatro. Criterios específicos para la cuantificación de las diferentes clasificaciones deportivas: I.- DEPORTES DE EQUIPO A) Cuantía a repartir A.1. El importe máximo a repartir en esta clasificación de Deportes de Equipo será de noventa mil doscientos euros (90.200 €). El importe de la subvención asignado a cada beneficiario vendrá dado según la fórmula que a continuación se detalla: 90.200 € x n Z= Importe a recibir cada club Z = n= ∑ de puntos acumulados de cada club N N= ∑ de puntos de todos los clubes (deportes de equipo) A2. El nº de puntos asignados al Club (n) vendrá dado por la suma de los puntos obtenidos en los criterios de valoración, que se muestran en el apartado B. B) Criterios de valoración: B.1. Número total de licencias federativas de deportistas B.2. Promoción para los deportistas residentes B.3. Página web o blog B.4. Compromiso de transparencia B.5. Participación de deportistas en Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 7 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 B.1. Nº total de licencias federativas de deportistas B.1.1. Cuantía a recibir El importe asignado a cada beneficiario en esta clasificación, vendrá dado según la fórmula que a continuación se detalla: Z = Total de puntos asignados Z = TL x C TL = Total de licencias C= coeficiente (valor 1)  Se establece la cantidad de un punto por licencia federativa de deportista. (coeficiente 1)  Se establece que el número máximo de licencias de deportistas a cuantificar por equipo inscrito es el siguiente según su modalidad deportiva: - Fútbol: Infantil, Cadete, Juvenil, Senior Masculino y Femenino será de un máximo de 22 licencias por equipo inscrito. Para categorías inferiores como alevines y benjamines se establece en 20 licencias por equipo inscrito. - Fútbol Sala: Un máximo de 15 licencias por equipo inscrito. - Baloncesto: Un máximo de 15 licencias por equipo inscrito, excepto en la categoría preminibasket, benjamín, minibasket y prebenjamines que serán de 16 licencias. - Lucha Canaria: Un máximo de 18 licencias por equipo inscrito. - Balonmano: Un máximo de 18 licencias por equipo inscrito. B.2. Promoción para los deportistas residentes Se otorgará un 20% más de puntos sobre el total de licencias federativas que correspondan a deportistas residentes en el municipio de Ingenio, según la fórmula que a continuación se detalla: Z = 20% x LR siendo Z = Total de puntos asignados; LR = Licencias de residentes B.3. Página web o blog Pretende valorar la adopción de medidas en materia de divulgación, publicidad y conocimiento de las actividades que desarrolla el club y de la actualización de los contenidos de la referida página, mediante compromisos de publicidad activa, en los términos y con la puntuación más abajo descrita. Se otorgará un máximo de un 10 por ciento en este apartado. Compromisos Porcentaje (n)% 1. Que la entidad posea una página web o Blog, con dominio propio, de fácil acceso para sus socios y deportistas, a través de medios o formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme a principios de accesibilidad universal y de diseño para todos. 2. Acceso directo a la agenda deportiva donde se pueda leer los encuentros semanales y los resultados y clasificaciones actualizados. 2,5 3. Apartado donde se recojan crónicas de los partidos y noticias de interés 2,5 4. Incluir la identidad corporativa gráfica del Ayuntamiento de Ingenio en lugar preferente en la página de inicio. 2,5 Se otorgará un porcentaje de puntos (n) que viene dado por la suma de porcentajes obtenidos en la tabla anterior. El nº total de puntos asignados en este apartado viene dado por la siguiente fórmula: Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 8 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 38 DECRETO 2,5 DEPORTES Expediente 2/2019 Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias B.4. Compromiso de transparencia Pretende valorar la adopción de medidas en materia de transparencia reflejadas en la página web o blog, mediante compromisos de publicidad activa, en los términos y con la puntuación más abajo descrita. Los compromisos deberán hacerse efectivos, como máximo, hasta el vencimiento del periodo de subsanación, quedando obligado el beneficiario a una permanencia de los mismos durante un año desde la publicación del Acta de la Resolución Definitiva. Para difundir el compromiso de transparencia en la página web deberá añadirse en el menú de la página principal un icono bajo la denominación de “Transparencia” dentro del cual podrán figurar los apartados que se puntúan y que son los siguientes: Compromisos Porcentaje (n)% 1. Publicación de los Estatutos de la entidad 2 2. Actual composición de la Junta de Gobierno de la entidad 2 3. Cuentas aprobadas en la última Asamblea General 5 4. Subvenciones de organismos públicos, especificando cada uno de ellos, con el siguiente lema:  “Subvenciones concedidas por el Gobierno de Canarias. Temporada 2018-19 ó Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Cabildo de Gran Canaria. Temporada 2018-19 ó Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Instituto Insular de Deportes. Temporada 2018-19 ó Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Ingenio. Temporada 2018-19 ó Año 2019”  “Otras” Se concederá un máximo de un 14 por ciento en este apartado. Se otorgará un porcentaje de puntos (n) que viene dado por la suma de porcentajes obtenidos en la tabla anterior El nº total de puntos asignados en este apartado viene dado por la siguiente fórmula: Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias B.5. Aportación de deportistas a las Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. Con objeto de premiar a aquellas entidades su aportación a las Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas, se incluye una puntuación en función del nº de deportistas que hayan sido seleccionados para participar en competiciones oficiales en la temporada 2018/19 o año 2019 y para la misma especialidad deportiva del equipo que solicita la subvención. Se otorgará un máximo de 10 puntos en este apartado, pudiéndose acumular la puntuación de deportistas seleccionados en territorial y nacional, siempre que no sean los mismos jugadores. En el caso que sea coincidente, se elegirá el de rango mayor (mayor puntuación). Se establecen las siguientes puntuaciones: Nº de jugadores Selección Territorial Selección Nacional 1 4 puntos 6 puntos 2-3 6 puntos 8 puntos >3 8 puntos 10 puntos El nº total de puntos asignados se traducirá en porcentaje sobre el nº total de licencias, según la siguiente fórmula: Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 9 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 5 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias II.- DEPORTES INDIVIDUALES A) Cuantía a repartir El importe máximo a repartir en esta clasificación será de veinte y ocho mil ochocientos cincuenta euros (28.850 €). Si la suma total de las cantidades asignadas a cada entidad deportiva es superior o inferior al importe máximo a repartir que se tiene previsto a este grupo, se aplicará una reducción o incremento porcentual a cada entidad deportiva, igual para todos. Se aplicará la siguiente fórmula: 28.850 € x 100 Z = % de reducción o incremento Z = - 100 TC= ∑ importe total asignado a los clubes de esta categoría TC B) Criterios de valoración: B.1. Número total de licencias federativas de deportistas B.2. Promoción del deporte base, en jóvenes con edades menores o iguales a 21 años, con licencias federativas. B.3. Promoción del deporte en los residentes del municipio con licencias federativas. B.4. Número total de licencias federativas de deportistas pertenecientes a deportes autóctonos. B.5. Organización de eventos deportivos. B.6. Página web o blog. B.7. Compromiso de transparencia. B.8. Participación de deportistas en Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. B.1. Nº total de licencias federativas de deportistas Se otorgará la cantidad de 12,00 € por licencia federativa expedida. Se establece el siguiente baremo en función del nº de licencias federativas y el coeficiente correspondiente. 0 a 60 licencias 61 a 90 licencias +90 licencias Coeficiente 2 0,75 0,3 El cálculo para asignar la cuantía de este parámetro viene dado por la fórmula: Z = Importe a recibir Z = 12 x N x C N = nº de licencias federativas C = Coeficiente B.2. Promoción del deporte base en jóvenes con edades menores o iguales a 21 años, con licencias federativas Se otorgará la cantidad de 12 € por licencia federativa de deportista a aquellos clubes que promocionen el deporte base con jóvenes de edades ≤ 21 años. Se establece el Coeficiente único de promoción del deporte base en 1,50 puntos. El cálculo para asignar la cuantía de este parámetro viene dado por la fórmula: Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 10 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 Z = Importe a recibir Z = 12 x N x C N = nº de licencias federativas de jóvenes ≤ 21 años C= Coeficiente (valor 1,50) B.3. Promoción del deporte en los residentes del municipio, con licencias federativas Se otorgará la cantidad de 12 € por licencia federativa de deportista a aquellos clubes que promocionen el deporte en las personas que tenga fijada su residencia en el municipio de Ingenio. Se establece el Coeficiente de Promoción del Deporte en los Residentes con el valor de 1 punto. El cálculo para asignar la cuantía de este parámetro viene dado por la fórmula siguiente: Z = Importe a recibir Z= 12 x N x C N = nº de licencias federativas de residentes C= Coeficiente (valor 1) B.4. Nº total de licencias federativas de deportistas pertenecientes a deportes autóctonos Se otorgará la cantidad de 75 € por licencia federativa de deportista hasta un máximo total de 10 licencias por entidad deportiva. Z = 75 x N Z = Importe a recibir N = nº de licencias federativas (máximo 10 licencias) B.5. Organización de eventos deportivos A) Cuantía a repartir. El importe máximo a repartir en esta clasificación será de seis mil euros (6.000 €). El importe de la subvención asignado a cada beneficiario vendrá dado según la fórmula que a continuación se detalla: 6.000 € x n Z= Importe a recibir cada club por eventos Z = n= ∑ de puntos acumulados de cada club N N= ∑ de puntos de todos los clubes (deportes individuales) B) Criterios de valoración. Se cuantificará los eventos deportivos que cuenten con la supervisión y autorización de la Concejalía de Deportes, donde se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: a) Interés social:  Más de 45 licencias deportivas: 1 punto  Más de cinco años desarrollando su actividad deportiva en el municipio: 1 punto  Más de 3 ediciones celebrándose los eventos que organiza: 1 punto b) Nivel Organizativo:  Grado de complejidad en su organización-montaje: o En una instalación deportiva: 1 punto o En espacio natural terrestre: 3 puntos o En espacio natural acuático: 6 puntos  Número de días de celebración: o De 1 a 2 días: 1 punto o Más de 2 días: 2 puntos  Número de eventos al año: o 1-2 eventos: 1 punto o Más de 2 eventos: 2 puntos c) Valores añadidos:  Único club en el municipio de esa modalidad: 2 puntos Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 11 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019  Participación limitada a un segmento de edad: 1 punto  Es un evento de carácter deportivo de exhibición y/o promoción: 1 punto  Es un evento incluido en el calendario de competición de la Federación y válido para determinar clasificaciones finales: 3 puntos  Único modo de competición para esta modalidad: 2 puntos B.6. Página web o blog Pretende valorar la adopción de medidas en materia de divulgación, publicidad y conocimiento de las actividades que desarrolla el club y de la actualización de los contenidos de la referida página, mediante compromisos de publicidad activa, en los términos y con la puntuación más abajo descrita. Se otorgará un máximo de un 10 por ciento en este apartado. Compromisos Porcentaje (n)% 1. Que la entidad posea una página web o Blog, con dominio propio, de fácil acceso para sus socios y deportistas, a través de medios o formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme a principios de accesibilidad universal y de diseño para todos. 2. Acceso directo a la agenda deportiva donde se pueda leer los encuentros semanales y los resultados y clasificaciones actualizados. 2,5 3. Apartado donde se recojan crónicas de los partidos y noticias de interés 2,5 4. Incluir la identidad corporativa gráfica del Ayuntamiento de Ingenio en lugar preferente en la página de inicio. 2,5 Se otorgará un porcentaje de puntos (n) que viene dado por la suma de porcentajes obtenidos en la tabla anterior. El nº total de puntos asignados en este apartado viene dado por la siguiente fórmula: Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias B.7. Compromiso de transparencia Pretende valorar la adopción de medidas en materia de transparencia reflejadas en la página web o blog, mediante compromisos de publicidad activa, en los términos y con la puntuación más abajo descrita. Los compromisos deberán hacerse efectivos, como máximo, hasta el vencimiento del periodo de subsanación, quedando obligado el beneficiario a una permanencia de los mismos durante un año desde la publicación del Acta de la Resolución Definitiva. Para difundir el compromiso de transparencia en la página web deberá añadirse en el menú de la página principal un icono bajo la denominación de “Transparencia” dentro del cual podrán figurar los apartados que se puntúan y que son los siguientes: Compromisos Porcentaje (n)% 1. Publicación de los Estatutos de la entidad 2 2. Actual composición de la Junta de Gobierno de la entidad 2 3. Cuentas aprobadas en la última Asamblea General 5 4. Subvenciones de organismos públicos, especificando cada uno de ellos, con el siguiente lema:  “Subvenciones concedidas por el Gobierno de Canarias. Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Cabildo de Gran Canaria. Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Instituto Insular de Deportes. Año 2019”  “Subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Ingenio. Año 2019”  “Otros” Se concederá un máximo de un 14 por ciento en este apartado. Se otorgará un porcentaje de puntos (n) que viene dado por la suma de porcentajes obtenidos en la tabla anterior. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 12 2,5 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 38 DECRETO 5 DEPORTES Expediente 2/2019 El nº total de puntos asignados en este apartado viene dado por la siguiente fórmula: Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias B.8. Aportación de deportistas a las Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. Con objeto de premiar a aquellas entidades su aportación a las Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas, se incluye una puntuación en función del nº de deportistas que hayan sido seleccionados para participar en competiciones oficiales en la temporada 2018/19 o año 2019 y para la misma especialidad deportiva del equipo que solicita la subvención. Se otorgará un máximo de 10 puntos en este apartado, pudiéndose acumular la puntuación de deportistas seleccionados en territorial y nacional, siempre que no sean los mismos jugadores. En el caso que sea coincidente los deportistas, se elegirá el de rango mayor (mayor puntuación). Se establecen las siguientes puntuaciones: Nº de jugadores Selección Territorial Selección Nacional 1 4 puntos 6 puntos 2-3 6 puntos 8 puntos >3 8 puntos 10 puntos El nº total de puntos asignados se traducirá en porcentaje sobre el nº total de licencias, según la siguiente fórmula: Z= Total de puntos asignados Z = n% x TL n (%) = ∑ porcentajes obtenidos TL= Total de licencias III.- ENTIDADES DEPORTIVAS DE OCIO Y RECREACION A) Cuantía a repartir: El importe máximo a repartir en este apartado será de 1.700 €. Se otorgará la cantidad de 20 € por cada punto obtenido en los criterios de valoración. El cálculo para asignar la cuantía de este parámetro viene dado por la fórmula: Z = 15 x N Z = Importe a recibir N = nº total de puntos obtenidos B) Criterios de valoración o Será necesario que dichos eventos se desarrollen en el municipio de Ingenio o Se valorará hasta un máximo de 3 actividades. Se cuantificará los eventos deportivos donde se tendrá en cuenta los siguientes aspectos: B.1. Interés social y deportivo del evento B.2. Nivel organizativo del evento B.3. Valores añadidos que implica el evento en materia de impulsar actividades físico-deportivas que no son desarrolladas por otras entidades deportivas B.1. Interés social y deportivo del evento - Entre 1 y 10 puntos: De nivel bajo - Entre 11 y 20 puntos: De nivel medio - Entre 21 y 30 puntos: De nivel máximo B.2. Nivel organizativo y de complejidad del evento - 10 puntos: En una instalación deportiva - 20 puntos: En espacio natural terrestre - 30 puntos: En espacio natural acuático Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 13 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 B.3. Valores añadidos que implica al evento en materia de impulsar actividades físico-deportivas que no son desarrolladas por otras entidades deportivas - 10 puntos: Único club en el municipio de esa modalidad - 20 puntos: Único club en el municipio de esa modalidad y con una participación limitada a un segmento de edad que corresponda a la promoción deportiva. - 30 puntos: Único club en el municipio de esa modalidad, con una participación limitada a un segmento de edad, y de carácter deportivo de exhibición y/o competición, que tiene como finalidad la promoción de dicho deporte. IV.- DEPORTISTAS DE DEPORTES INDIVIDUALES A) Cuantía a repartir: El importe máximo a repartir en esta clasificación es de 3.950 €. Se otorgará la cantidad de 100 € por cada punto obtenido en los criterios de valoración. Si la suma total de las cantidades asignadas a cada deportista supera el importe máximo a repartir, se aplicará una reducción porcentual a cada deportista siendo esta igual para todos, según la fórmula que se detalla a continuación. 3.950 € x 100 Z = % a reducir Z = - 100 TC= ∑ importe total asignado a cada deportista TC B) Si en las clasificaciones deportes II, III y IV, no fueran asignadas las cantidades máximas, se incrementará la cantidad prevista (3.950 €) para esta clasificación. C) Criterios de valoración B.1. Interés social en el municipio B.2. Ámbito de la competición del deportista B.3. Éxito deportivo y títulos obtenidos según niveles B.1. Interés social en el municipio Interés social Puntuación (n) Bajo 1 Medio 2 Máximo 3 B.2. Ámbito de la competición del deportista Ámbito de la competición Puntuación (n) Insular 1 Regional 3 Nacional 5 Internacional 10 B.3. Éxitos deportivos y títulos obtenidos en los siguientes niveles: Clasificación REGIONAL NACIONAL INTERNACIONAL 1º 5 10 15 2º 4 9 14 3º 3 8 13 4º 2 7 12 5º 1 6 11 Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 14 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 Observaciones:  Los puntos no son acumulativos cuando se obtienen varios títulos. La puntuación a asignar será la que corresponda a la mejor clasificación obtenida y que le permita obtener el mayor número de puntos posibles.  Será necesario que dicho deportista resida en el municipio de Ingenio, al menos, con dos años de antigüedad y que su actividad deportiva se desarrolle con carácter insular, autonómico, nacional o internacional y que obtenga resultados destacables, ocupando las primeras plazas de las competiciones a las que se presenta. V.- ENTIDADES QUE OPTAN POR PRIMERA VEZ A LA SUBVENCIÓN A) Cuantía a repartir Se establece la cantidad de 400 € a cada entidad deportiva que se acojan por primera vez a la concepción de subvenciones, en concepto de organización, funcionamiento y mantenimiento de la misma. BASE SEXTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 1. Las solicitudes de subvenciones se formalizarán mediante instancia dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ingenio, conforme el impreso normalizado S-01 (deportes de equipo, deportes individuales y deportes de ocio y recreación) y S-01 (BIS) para deportistas individuales. 2. La solicitud se acompañará de la siguiente documentación, que deberá ser original o ser debidamente compulsada. a. PARA DEPORTES DE EQUIPO, DEPORTES INDIVIDUALES Y DE OCIO Y RECREACIÓN: I. Fotocopia del código de identificación fiscal de la entidad solicitante (C.I.F.) II. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante legal (clubes deportivos) o del solicitante (deportistas individuales), según proceda III. Declaración responsable de reunir las condiciones para ser beneficiario de esta subvención conforme a modelo S-02 IV. Proyecto deportivo y económico de la temporada 2018/19 o año 2019 que desea ser subvencionado conforme al modelo S-03:  Competición federada (Máximo 1 proyecto)  Competición no federada (Máximo 3 proyectos) En el modelo S-03, se describirá el/los proyectos (según opción elegida en el párrafo anterior), que se desea ser subvencionado, detallándose su denominación, el periodo de ejecución, sector de la población al que va dirigido, los objetivos marcados, descripción de los mismos, así como los gastos y los ingresos originados.  Para los deportes de equipo: o Certificación de la federación correspondiente donde se haga constar:  El número de equipos inscritos en competición, especificando las categorías y el nº de licencias diligenciadas por cada una de ellas. Dicha certificación corresponderá a la temporada 2018/19 o año 2019.  Deportistas que hayan participado en Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. o Aportación de la hoja de inscripción de la Federación correspondiente donde figure la relación nominativa detallando: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, DNI, fecha de alta y en su caso de baja, categoría y tipo de licencia (jugador, entrenador, delegado, etc.), o en su defecto fotocopias de las licencias federativas. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 15 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019  Para los deportes individuales: o Certificación de la federación correspondiente donde se haga constar:  El número de licencias emitidas por categorías, realizadas hasta el momento de realizar la certificación. Dicha certificación corresponderá a la temporada 2018/19 o año 2019.  Deportistas que hayan participado en Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. o Aportación de la hoja de inscripción de la Federación correspondiente donde figure la relación nominativa detallando: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, DNI, fecha de alta y en su caso de baja, categoría y tipo de licencia (jugador, entrenador, delegado, etc.), o en su defecto fotocopias de las licencias federativas. V. Datos de la Junta Directiva conforme al modelo S-04 b. PARA DEPORTISTAS INDIVIDUALES: I. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del solicitante o representante si es menor de edad. II. Declaración responsable conforme al ANEXO I. III. Certificado actualizado de la Federación Insular o Canaria, en el que conste la expedición de la licencia federativa del deportista o fotocopia de la licencia. IV. Certificación de la Federación correspondiente donde conste los resultados obtenidos durante la temporada 2018/2019 o año 2018. V. Memoria descriptiva de la actividad deportiva realizada en la temporada 2018/19 o año 2018 y de las características y objetivos más significativos de la misma, así como del cumplimiento de los criterios de concesión fijados en las bases de esta convocatoria conforme al MODELO I VI. Proyecto descriptivo en la temporada 2019/20 o año 2019 conforme al MODELO II. VII. Si el solicitante es menor de edad, además debe presentar: 1. Fotocopia del Documento Nacional del representante legal 2. Acreditación documental de la representación (fotocopia del libro de familia o representación legal de la tutoría) VIII. Presupuesto económico de la temporada 2018/19 o año 2019, que desea ser subvencionado conforme al modelo S-03 IX. Alta de terceros cuando se solicita por primera vez subvención o hayan sufrido modificación los datos de las mismas X. Declaración responsable como que no ha sufrido cambio al respecto a los reflejados en el último Alta a Terceros presentado en el Ayuntamiento (Modelo S-05). 3. La solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 del Real Decreto 887/2006 a través de certificados telemáticos, por lo que el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. La desautorización se deberá realizar de forma expresa en la misma solicitud de subvención y, en dicho caso, el solicitante deberá en ese momento aportar la correspondiente certificación. 4. La certificación administrativa positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o acreditación de haber solicitado dicha certificación o declaración de no estar dado de alta como empleador, se deberá aportar por el interesado. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 16 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 5. Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicional de las bases de la convocatoria y de los requisitos y obligaciones que en ésta se contienen, sin perjuicio de los derechos contenidos en el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los recursos que estime convenientes conforme el artículo 112 de dicha Ley. BASE SÉPTIMA.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES 1. Las solicitudes de subvención de deportistas individuales se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Ingenio, sito en la calle Plaza de la Candelaria, 1, (Ingenio), o en la Oficina de Atención al Ciudadano sita en la Avenida de Carlos V, 23 (Carrizal). 2. Las solicitudes de subvención de las entidades o asociaciones deportivas para participar en la convocatoria se deberán presentar por la sede electrónica del Ayuntamiento de Ingenio, conforme a la siguiente ruta de acceso: Página Web: (http: //www.ingenio.es) Botón: Atención Ciudadana. Enlace: Sede electrónica. También podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos 3. El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS HÁBILES (de lunes a viernes), contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del extracto del anuncio de la convocatoria el Boletín Oficial de la Provincia. Las presentes bases serán publicadas íntegramente en la página web del Ayuntamiento (www. ingenio.es) y en el tablón de edictos. BASE OCTAVA.- SUBSANACIÓN DE TRÁMITES Recibida la solicitud se examinará si reúne los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario, mediante la publicación del anuncio en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ingenio así como en la página web www.ingenio.es, otorgándole al efecto un plazo de DIEZ (10) DÍAS (de lunes a viernes), desde la publicación, para que subsane y/o complemente los documentos y/o datos que deban presentarse, advirtiéndose que si así no lo hiciese se tendrá por desistido de su solicitud y se procederá a su archivo. BASE NOVENA.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN El órgano competente para la ordenación del expediente de concesión, la autorización del gasto y la aprobación de las presentes bases es el Alcalde de Ingenio. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 17 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 1. El órgano instructor será el Jefe de Área de Servicios Socioculturales, Asistencia a las Personas y Fomento de la Calidad de Vida, asistido por la comisión de valoración que estará compuesta por: a. Técnicos del Departamento de Deportes b. Trabajadores municipales 2. El órgano competente para resolver, a propuesta del órgano instructor, es el Alcalde. BASE DÉCIMA – RESOLUCIÓN Y PLAZO DE NOTIFICACIÓN 1. El órgano instructor a la vista del expediente emitirá propuesta de resolución, debidamente motivada, que se comunicará a los interesados mediante publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Ingenio así como en la página web www.ingenio.es, concediéndose un plazo de DIEZ (10) DÍAS para presentar alegaciones si lo estiman oportuno. Este plazo quedará reducido a la fecha en que todos los interesados en el procedimiento manifiesten su conformidad a la propuesta de resolución provisional, en cuyo caso se elevaría a definitiva. 2. La resolución de concesión de subvenciones que será por Decreto del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ingenio se pronunciará sobre las solicitudes desestimadas por no reunir alguno de los requisitos para ser beneficiario o por la imposibilidad de valorar su solicitud, en cuyo caso se motivará su exclusión. La evaluación de los criterios objetivos marcados en estas bases tendentes a establecer el importe que corresponde a cada beneficiario no tendrá en cuenta los datos de las solicitudes excluidas. 3. La resolución reflejará un cuadrante con los datos de cada solicitante que hayan sido necesarios para valorar y cuantificar de manera cierta el reparto del montante total de la subvención conforme a los criterios marcados en estas bases. 4. El plazo máximo para la resolución y su notificación será el establecido con carácter general en la Ley 38/2003. BASE UNDÉCIMA – EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA 1. La autorización por el órgano concedente al beneficiario para que éste contrate o concierte la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario deberá solicitarse por registro de entrada municipal con una antelación de 20 días a la fecha de realización del gasto, siempre que el mismo supere el 10% del importe total concedido. El órgano concedente, en el plazo de 10 días, decidirá sobre si procede la autorización o la deniega. 2. Sin perjuicio de lo establecido en el siguiente apartado, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado dentro del período de ejecución de la actividad subvencionada, es decir: - Deportes cuya competición se desarrolla por temporada, del 01 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019 y son: fútbol, fútbol sala, baloncesto, balonmano, lucha canaria, natación, voleibol, hockey hierba, rugby, waterpolo, etc. - Deportes cuya competición se desarrolla por año natural, del 01 de enero al 31 de diciembre de 2019 y son: gimnasia rítmica, gimnasia deportiva, ciclismo, submarinismo, kárate, judo, taekwondo, montañismo, escalada, ajedrez, billar, colombofilia, petanca y bola canaria, pesca, automovilismo, motociclismo, etc. 3. Como documentación acreditativa del pago, el beneficiario deberá aportar: a. Para facturas pagadas en efectivo, recibo del proveedor en el que conste: número de factura, forma de pago, fecha e importe, debidamente firmado y sellado por el mismo. b. Para las facturas pagadas mediante tarjeta de crédito, copia del justificante de dicho pago. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 18 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 c. Para las facturas pagadas mediante transferencia bancaria, extracto bancario que refleje la operación, acompañada de la documentación suficiente que acredite de manera indubitada la titularidad de ambas cuentas. d. Para las facturas pagadas mediante talón, cheque bancario o pagaré, copia del mismo y extracto bancario que refleje la operación. e. En caso de tributos, mediante justificante de la presentación de la declaración/autoliquidación ante la administración correspondiente. 4. Cuando el importe anual de las relaciones comerciales entre el beneficiario de la subvención y el proveedor/ suministrador/ empresa no supere los 750 euros, se considerará que el gasto ha sido realizado aunque no se haya efectuado el pago. BASE DUODÉCIMA – FORMA Y PLAZO DE JUSTIFICACIÓN 1. La justificación del cumplimiento de las condiciones previstas en las presentes bases y de la consecución de los objetivos revestirá la forma de cuenta justificativa, pudiendo ser simplificada cuando se reúnan las condiciones previstas en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006. 2. La justificación de las subvenciones se efectuará con carácter general, después de la finalización de la actividad, del 10 al 31 de enero de 2019, debiéndose presentar por registro de entrada municipal, acompañado de los modelos S-07, S-08, S-09, S-10, S-11 y S-12 (se adjunta en las bases), referente a la cuenta justificativa. Su incumplimiento se considerará falta sujeta a procedimiento sancionador y se atenderá a lo previsto en el Base Decimocuarta de las presentes bases. 3. La justificación de la subvención concedida se tendrá que realizar en base a uno de los siguientes supuestos: a) El total de la subvención otorgada se podrá justificar en porcentajes del 60 % y 40 % en:  60 % se podrá justificar en los siguientes conceptos:  Sólo en gastos federativos.  En gastos federativos y gastos de funcionamiento.  No se podrá justificar este 60% sólo en gastos de funcionamiento.  40 % restante se podrá justificar en gratificación a técnicos hasta categorías juvenil. b) El 100% de la subvención otorgada se podrá justificar en:  En gastos federativos.  En gastos federativos y de funcionamiento.  En gastos de funcionamiento solamente para la clasificación de Entidades de Ocio y Recreación y Otras Entidades Deportivas. BASE DECIMOTERCERA – COMPROBACIÓN DE LAS SUBVENCIONES 1. El órgano concedente de la subvención será quien compruebe la adecuada justificación de la subvención. 2. Este órgano adoptará cuantas medidas sean necesarias para el cumplimiento de la justificación o la exigencia del reintegro. 3. En caso de presentación de cuenta justificativa simplificada se utilizarán las siguientes técnicas de muestreo. a. Para cada beneficiario y de entre los justificantes de gastos que hayan relacionado en la cuenta justificativa se seleccionarán de manera aleatoria aquellos que sumen al Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 19 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 menos un 100 % de la cantidad concedida. Se le requerirá a los beneficiarios para que en el plazo de 10 días presenten los originales de dichos justificantes de gastos, así como en su caso, los comprobantes de pago. Cuando el gasto estuviera afectado a la solicitud de varias ofertas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, estas deberán ser aportadas junto con los justificantes de gastos originales. Cuando el gasto estuviera afectado por las condiciones previstas en el artículo 29.7 de la ley 38/2003, se acompañará la autorización municipal a que hace referencia el artículo 9.1 de estas bases. b. Se seleccionará de manera aleatoria, al menos, un 30 % de los beneficiarios para que acrediten el cumplimiento de la obligación de haber adoptado las medidas de difusión contenidas en el artículo 17 de estas bases. c. Si se considerase oportuno, se podría sustituir las técnicas previstas en los dos apartados anteriores, por seleccionar al azar, al menos, un 20 % de los beneficiarios para que aportasen de manera plena la totalidad de los documentos justificativos acreditativos de la realización de la actividad y el cumplimiento de todas las obligaciones. d. Si se considerase oportuno, la administración podría pedir a cualquier beneficiario cuanta información y documentos se estimasen oportunos, sin necesidad de ajustarse a las técnicas de muestreo previstas en este artículo. 4. El órgano concedente podrá utilizar cualquiera de los medios previstos en la ley que considere necesarios para la comprobación de valores. 5. El órgano concedente resolverá sobre las subvenciones que hayan de darse por debidamente justificadas, las que no puedan darse por debidamente justificadas, la procedencia del inicio del procedimiento sancionador o de reintegro de la subvención, la pérdida del derecho a la subvención y cuantos otros extremos sean precisos. BASE DECIMOCUARTA – REINTEGRO O PÉRDIDA DE DERECHO A SUBVENCIÓN Y CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS POSIBLES INCUMPLIMIENTOS 1. Las causas de reintegro de la subvención son igualmente causas de pérdida del derecho a la subvención concedida cuando el pago de ésta no se hubiera materializado. 2. La justificación parcial de los gastos efectuados conllevará únicamente el reintegro o pérdida de derecho de la cantidad no justificada. 3. El cumplimiento parcial de las medidas de difusión de los fondos públicos de la financiación, siempre que éste evidencie una actuación inequívoca tendente a la satisfacción total del compromiso de difusión, únicamente implicará el reintegro o, en su caso, la pérdida del derecho a la subvención por un importe igual al 5% de la cuantía concedida. BASE DECIMOQUINTA – ACEPTACIÓN Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN 1. Las subvenciones deberán ser aceptadas, en el plazo de CINCO (5) DÍAS, desde la publicación de la resolución de concesión, conforme al modelo S-06, en caso contrario supondrá la pérdida de la misma. 2. El pago de la subvención se realizará con carácter previo a la justificación dado que la financiación pública se considera imprescindible para la ejecución de las actividades subvencionadas, conforme al artículo 34.4 LGS. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 20 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 BASE DECIMOSEXTA - COMPATIBILIDAD O INCOMPATIBILIDAD CON OTROS RECURSOS 1. Las subvenciones reguladas en estas bases son compatibles con la percepción de otros recursos afectados a los mismos gastos, sin que pueda existir sobrefinanciación de ellos. BASE DECIMOSÉPTIMA – INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE SUBVENCIONES Las infracciones y sanciones se regirán por lo establecido en la legislación vigente en materia de subvenciones, y en particular se señala lo siguiente: 1. Las infracciones leves conllevarán como norma general una sanción del 10 % del importe total concedido. 2. Las infracciones graves conllevarán como norma general una sanción del 25% del importe total concedido. Para la infracción grave prevista en el artículo 57 a) de la LGS la sanción aplicable será del 30% del importe inicialmente concedido incrementado en el porcentaje que representaran los ingresos o recursos no comunicados respecto del proyecto total. 3. Las infracciones muy graves conllevarán como norma general una sanción del 50% del importe total concedido. Para la infracción muy grave prevista en el artículo 58 b) de la LGS la sanción aplicable será del 40% del importe inicialmente concedido incrementado en el porcentaje que representan los fondos no aplicados a los fines para los que fue concedida la subvención respecto del importe total concedido. DECIMOCTAVA – MEDIDAS DE DIFUSIÓN DE LOS FONDOS PÚBLICOS DE LA FINANCIACIÓN 1. Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley General de Subvenciones (“Los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos reglamentariamente establecidos.”). 2. Así pues, con el fin de dar a conocer el carácter subvencionable del proyecto, y dado que el pago se hará efectivo una vez realizada la actividad subvencionable, el beneficiario deberá incluir la identidad corporativa gráfica del Ayuntamiento de Ingenio, según lo señalado, con leyendas relativas a la financiación pública durante la totalidad de la temporada deportiva siguiente a la obtención de la subvención, en los medios siguientes: a. Web del beneficiario b. Ropa deportiva c. Cartelería, materiales impresos, placas conmemorativas… 3. Cuando el proyecto financiado se trate de un evento se dará difusión de los fondos públicos de la siguiente manera: a. A la entrada del recinto y en lugar claramente visible se expondrá un cartel con tamaño mínimo de dina A4 con el texto “EL AYUNTAMIENTO DE INGENIO COLABORA CON ESTE EVENTO”, donde se refleje la imagen gráfica de la institución municipal. b. En el acto de apertura, clausura o entrega de premios se expondrá cartel en las mismas condiciones que en el punto anterior, haciendo mención por parte del presentador del evento, la colaboración y el agradecimiento al Ayuntamiento de Ingenio. c. En los medios de difusión del evento (flyers, cartelería, etc.) figurará la imagen institucional del Ayuntamiento de Ingenio. Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 21 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 d. En cualquier intervención en medios de comunicación (prensa, radio, televisión) para dar publicidad de la celebración del evento, se manifestará la colaboración del Ayuntamiento de Ingenio. BASE DECIMONOVENA.- OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Los beneficiarios de la subvención, además de las obligaciones establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ingenio y las demás que se establecen en la Ley General de Subvenciones con carácter general, son obligaciones específicas que deberán cumplir las siguientes: 1. Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones 2. Mediante la presente cuenta justificativa simplificada, justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. 3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. 4. Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. 5. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. 6. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. 7. Adoptar las medidas de difusión de los fondos públicos de la financiación según la base decimoctava. 8. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones 9. Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para la realización de la actividad subvencionada y cumplir sus determinaciones 10. Comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención 11. Haber recibido autorización por el órgano concedente al beneficiario para que éste contrate o concierte la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario. BASE VIGÉSIMA– FIN DE LA VÍA ADMINISTRATIVA El acto de resolución de la subvención agota la vía administrativa. De acuerdo con lo que dispone el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria. En la Villa de Ingenio, a fecha de firma electrónica. El Alcalde-Presidente Juan Díaz Sánchez Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 22 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-01 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA CLUBES DEPORTIVOS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención Nombre del Club C.I.F. Persona legal que lo representa N.I.F. Cargo o relación con el Club Nº Registro Mpal. de Asociaciones ☐ CLUBES Y ASOC. DEPORTIVAS (DEPORTES DE EQUIPO) COMPETICIÓN FEDERADA TEMPORADA 2018/19 O AÑO 2019 ☐ CLUBES Y ASOC. DEPORTIVAS (DEPORTES INDIVIDUALES) COMPETICIÓN FEDERADA TEMPORADA 2018/19 O AÑO 2019 ☐ ENTIDADES DEPORTIVAS DE OCIO Y RECREACIÓN COMPETICIÓN NO FEDERADA TEMPORADA 2018/19 O AÑO 2019 ☐ CLUBES DEPORTIVOS (DEPORTISTAS INDIVIDUALES) COMPETICIÓN TEMPORADA 2018/19 O AÑO 2019 CLUB SOLICITANTE EXPONE: Que reúne todos los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de la Convocatoria, para el ejercicio 2019, de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales, del Ayuntamiento de Ingenio. SOLICITA una subvención para el desarrollo del proyecto descrito, comprendido dentro del objeto de la convocatoria, a cuyo efecto se acompaña la siguiente documentación, marcada a continuación. ☐ Fotocopia del código de identificación fiscal de la entidad solicitante (C.I.F.) ☐ Fotocopia del DNI del representante legal del Club ☐ Declaración responsable conforme al modelo S-02 ☐ Certificación administrativa positiva de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o acreditación de haber solicitado dicha certificación o declaración de no estar dado de alta como empleador. ☐ Certificación administrativa positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias. ☐ Certificación administrativa positiva de la Agencia Autonómica de la Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias. ☐ Certificación administrativa positiva de la Tesorería Municipal y Valora Gestiones Tributarias, de estar al corriente de las obligaciones tributarias, ya que de manera expresa DESAUTORIZO al Ayuntamiento de Ingenio para recabar el correspondiente certificado. A efectos de que el Ayuntamiento de Ingenio pueda aplicar los criterios valorativos para cuantificar el importe de la subvención que correspondería a este solicitante, adjunto la documentación marcada a continuación: ☐ Certificación de la federación correspondiente, de los equipos inscritos (Deportes de Equipo) en competición en la temporada 2018/19 o año 2019, especificando las categorías y el número de licencias diligenciadas por cada categoría. ☐ Certificación de la federación correspondiente, del nº de licencias por categorías (Deportes Individuales). Hoja de inscripción de la Federación correspondiente donde figure la relación nominativa detallando: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, DNI, fecha de alta y en su caso de baja, categoría y tipo de licencia (jugador, entrenador, delegado, etc.), o en su defecto fotocopias de las licencias federativas. ☐ ☐ Certificación de la federación correspondiente donde se haga constar los deportistas que han participado en Selecciones Territoriales de Canarias y Selecciones Españolas. ☐ Proyecto deportivo y económico que se desea ser subvencionado conforme al modelo S-03 A otros efectos directamente relacionados con este expediente se adjunta: ☐ Datos de la Junta Directiva conforme al modelo S-04 ☐ Alta de Terceros, cuando se solicita por primera vez subvención en el Ayuntamiento de Ingenio o se hayan modificado los datos de la misma, existente en el Ayuntamiento de Ingenio. ☐ Declaración responsable como que no ha sufrido cambio al respecto a los reflejados en el último Alta a Terceros presentado en el Ayuntamiento (Modelo S-05). A efectos de las notificaciones correspondientes a este expediente se establece la persona y dirección que se indica: Nombre y Apellidos D.N.I. Teléfonos Móvil Fijo Otro Calle Nº Localidad Código Postal Correo electrónico Cargo o relación con el Club En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _____________________________________________________ AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 23 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-02 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REUNIR LAS CONDICIONES PARA SER BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención CLUB SOLICITANTE Nombre del Club C.I.F. Persona que lo representa N.I.F. DEPORTISTAS INDIVIDUALES Solicitante N.I.F. Como responsable de esta declaración, manifiesto que como solicitante de la subvención reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos para poder ser beneficiario de ella, dispongo de la documentación que así lo acredita y me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a la subvención, incluidos el ejercicio de la comprobación de las justificaciones y el control financiero que pudieran llevar a efectos los órganos de control interno y externo. En particular, manifiesta además que reúne los siguientes requisitos marcados: En caso de ser una persona jurídica, estar debidamente inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades y haber presentado ante el mismo todas las modificaciones que se hayan producido (Estatutos, poderes, domicilio social, proyectos, etc.), de manera que la información que en él obra está plenamente vigente. ☐ Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y municipales y con la Seguridad Social. ☐ Si el solicitante es persona jurídica la sede social tiene que estar ubicada en el municipio de Ingenio ☐ Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Administración, en los términos establecidos en la legislación vigente, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin. ☐ No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. ☐ No estar inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones por parte de cualquier otra Administración Pública ☐ No haber solicitado otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto a otras Administraciones Públicas, o en su caso, relación de las solicitadas o concedidas, indicándolas en el modelo S-03 ☐ La entidad carece de ánimo de lucro ☐ Disponer de estructura y capacidad suficiente para garantizar la ejecución de los proyectos propuestos ☐ De conformidad con lo previsto en el artículo 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados no están obligados a presentar la documentación y datos que obran en poder del Ayuntamiento de Ingenio sobre esta entidad que no han sufrido variación desde el ejercicio 2018,. ☐ En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 24 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-03 PROYECTO DEPORTIVO Y ECONÓMICO Modalidad Deportiva Duración de la actividad Desde hasta Sector/es de población al que va dirigido ☐ Niños ☐ Jóvenes ☐ Adultos ☐ Otros:_____________________ Objetivos Marcados SÓLO PARA Descripción del Proyecto EVENTO 1 EVENTO 2 EVENTO 3 EVENTO 4 (Deportes de Equipo y Deportes Individuales) DEPORTES INDIVIDUALES Y DEPORTES OCIO Categoría Importe Categoría Importe Categoría Importe € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ € / _____ DEPORTISTAS SELECCIONADOS POR LA FEDERACIÓN INSULAR, CANARIA O ESPAÑOLA CONVOCADO POR NOMBRE Y APELLIDOS CATEGORÍA FECHA INSULAR CANARIA ESPAÑOLA PRESUPUESTO TEMPORADA 2018/19 Ó AÑO 2019 INGRESOS GASTOS Subvención Gobierno de Canarias € Personal € Subvención Cabildo de Gran Canaria € Federativos (licencias, mutualidad, arbitraje e inscripciones) € Subvención Ayto. de Ingenio (Prevista) € Material Deportivo (equipaciones, balones, conos, etc.) € Subvención de la Federación € Agua potable para entrenamientos y partidos € Otras Subvenciones ______________________ € Material médico y de fisioterapia € Inscripciones por Actividades o Eventos € Desplazamientos terrestres (guaguas) € Cuotas de Deportistas € Seguros € Cuotas de Socios € Gastos corrientes € Patrocinio de Empresas: vallas publicitarias, etc € Otros ____________________________________________ € Venta merchandising: camisetas, etc. € Otros ____________________________________________ € Sorteos y Rifas € € Taquilla € € Otros __________________________________ € € Otros __________________________________ € € TOTAL INGRESOS (A) TOTAL GASTOS (B) Importe de Cuotas: (anotar la cuota que se cobra a cada alumno (anual, trimestral o mensual) Superávit (+) ó Déficit (-) Temporada 2018/19 ó año 2019 Total Ingresos (A) Total Gastos (B) Balance Final Económico Temporada 2018/19 o Año 2019 Previsión Balance Económico Temporada 2018/19 ó año 2019 En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 25 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-04 JUNTA DIRECTIVA BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2018, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención D./DÑA. _________________________________________________, con D.N.I. nº __________________, con domicilio en el municipio de ___________________, calle ____________________________________ número ____, código postal __________ teléfono ____________________________, en calidad de Secretario del Club __________________________________________, con C.I.F. número ____________________, con domicilio social en el municipio de Ingenio, calle ________________________________________________ número ____ código postal __________, teléfono _____________, correo electrónico_______________________________ y número de registro en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias _____________________. CERTIFICO Que en la última Asamblea General de Socios, celebrada el día _______________, fue elegida la Junta Directiva actual, durante la temporada ____________________, estando formada por los siguientes miembros: Presidente: _____________________________________________________ NIF ____________________________ Vicepresidente:_________________________________________________ NIF____________________________ Secretario:_____________________________________________________ NIF____________________________ Tesorero: ______________________________________________________ NIF ____________________________ Vocal 1: _______________________________________________________ NIF ____________________________ Vocal 2: _______________________________________________________ NIF ____________________________ Vocal 3: _______________________________________________________ NIF ____________________________ Vocal 4: _______________________________________________________ NIF ____________________________ Vocal 5: _______________________________________________________ NIF ____________________________ Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma el presente documento en la Villa de Ingenio, a ____ de _________________________de _________ VºBº EL PRESIDENTE EL SECRETARIO Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 26 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-05 ALTA A TERCEROS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención D./DÑA. ________________________________________________, con D.N.I. nº __________________, con domicilio en el municipio de _____________, calle __________________________________ número ____, código postal __________ teléfono ____________________________ y fax ________________________, en calidad de Secretario del Club __________________________________________, con C.I.F. número ____________________, con domicilio social en el municipio de Ingenio, calle ________________________________________________ número ____ código postal __________, teléfono _____________ fax _________________, correo electrónico ______________________________________ y número de registro en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias _____________________. CERTIFICO Que los datos de la cuenta corriente número (IBAN + 20 DÍGITOS) ___________________________________________ perteneciente al Club ___________________________________________________________ NO HA SUFRIDO CAMBIOS respecto a los reflejados en último al Alta a Terceros presentado en el Ayuntamiento de Ingenio. Y para que así conste a los efectos oportunos, se firma el presente documento en la Villa de Ingenio, a ____ de _________________________de _________ VºBº EL PRESIDENTE EL SECRETARIO Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 27 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-06 DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN DE SUBVENCIÓN BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención D./Dña. ______________________________________________________, mayor de edad, provisto/a de D.N.I. nº ______________________, en representación que ha acreditado en el presente expediente de la entidad ______________________________________ con C.I.F. número ___________________, ante el Alcalde – Presidente, EXPONE Que en el plazo establecido al efecto, acepta expresamente las condiciones de la subvención concedidas por el Ayuntamiento de Ingenio por un importe de ____________________________________________________ euros (___________________) en el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades deportivas publicadas en el B.O.P. nº __, de __ de __________________de 201__, declarando el conocimiento y aceptación de la subvención. Lo que firma en señal de aceptación expresa en la representación que acredita, en la Villa de Ingenio, a _____ de ________________________ de____________ . Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 28 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-07 CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención CLUB SOLICITANTE Nombre del Club C.I.F. Persona que lo representa N.I.F. DEPORTISTAS INDIVIDUALES Solicitante N.I.F. Tengo a bien presentar la CUENTA JUSTIFICATIVA DE SUBVENCIÓN en idénticos términos que figuran en el modelo S-07 de las bases de la convocatoria citada. Al presente escrito se adjunta la siguiente documentación: ☐ Declaración responsable de haber cumplido las obligaciones adquiridas con la presentación de la solicitud de subvención conforme a modelo S-08 ☐ Relación(es) de justificantes de gastos e ingresos de la cuenta justificativa (en caso de ser varios proyectos, se adjunta una relación por cada proyecto), conforme a los modelo S-09 y S-10 ☐ Memoria y Balance Económico de Actuación Justificativa de la subvención concedida conforme a modelo S-11 y S-12 ☐ Fotografías acreditativas de haber cumplido con las medidas de difusión de los fondos públicos de la financiación. ☐ Muestras de carteles, flyers, trípticos, etc. acreditativas de haber cumplido con las medidas de difusión de los fondos públicos de la financiación. En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 29 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-08 DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2018, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención CLUB SOLICITANTE Nombre del Club C.I.F. Persona que lo representa N.I.F. DEPORTISTAS INDIVIDUALES Solicitante N.I.F. Mediante la presente, manifiesto que el beneficiario de la subvención arriba indicado cumple todas y cada una de las obligaciones a las que se comprometió mediante la presentación de la solicitud de subvención, dispongo de la documentación que así lo acredita y me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a la subvención, incluidos el ejercicio de la comprobación de las justificaciones y el control financiero que pudieran llevar a efectos los órganos de control interno y externo. En particular manifiesto que el beneficiario cumple las obligaciones que se marcan a continuación: ☐ Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones ☐ Mediante la presente cuenta justificativa, justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención. ☐ Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. ☐ Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. ☐ Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control. ☐ Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. ☐ Adoptar las medidas de difusión contenidas en el apartado 4 del artículo 18 de la ley general de subvenciones, salvo que conforme a las bases estuviera exento de esta obligación. ☐ Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la ley general de subvenciones. ☐ Obtener cuantas autorizaciones sean precisas para la realización de la actividad subvencionada y cumplir sus determinaciones. ☐ Comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención. ☐ Haber recibido autorización por el órgano concedente al beneficiario para que éste contrate o concierte la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades vinculadas con el beneficiario. En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 30 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-09 CUENTA JUSTIFICATIVA DE GASTOS Nº Orden Nº factura Fecha emisión Entidad Concepto Fecha pago Importe Justificada en … En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 31 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-10 CUENTA JUSTIFICATIVA DE INGRESOS Nº orden Entidad Concepto Importe En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 32 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-11 BALANCE ECONOMICO DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención CLUB SOLICITANTE Nombre del Club C.I.F. Persona que lo representa N.I.F. DEPORTISTAS INDIVIDUALES Solicitante N.I.F. Dirección Tfno. móvil Correo electrónico Tfno. fijo Sector/es de población al que va dirigido ☐ Niños ☐ Jóvenes ☐ Adultos ☐ Otros:______________ CLUBES DEPORTES INDIVID. DEPORTISTAS IND. Importe de la subvención concedida que ahora se justifica BALANCE ECONÓMICO: 1.- INGRESOS Procedencia Concepto Importe (€) Subvención Gobierno de Canarias Subvención Cabildo de Gran Canaria Subvención del Instituto Insular de Deportes Subvención de la Federación Subvención Ayto. de Ingenio Otras Subvenciones:___________________ Total (A) Subvenciones recibidas Inscripciones por Actividades o Eventos Cuotas de Deportistas Cuotas de Socios Patrocinio de Empresas: vallas publicitarias, etc Venta merchandising: camisetas, etc. Sorteos y Rifas Taquilla Otros:________________________________ Otros:________________________________ Total (B) Financiación propia 2.- GASTOS Concepto Importe Personal € Federativos (licencias, mutualidad, arbitraje e inscripciones) € Material Deportivo (equipaciones, balones, conos, etc.) € Desplazamientos terrestres (guaguas) € Seguros € Gastos corrientes € Otros:____________________________________________ Total gastos € 3.- RESUMEN Total Ingresos € Total Gastos € Diferencia € En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma y sello Nombre y apellidos: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 33 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 38 DECRETO Total Ingresos (A) + (B) DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-12 MEMORIA DEPORTIVA TEMPORADA 2018/19 Ó AÑO 2019 (DEPORTES DE EQUIPO, DEPORTES INDIVIDUALES Y DEPORTES DE OCIO Y RECREACIÓN) DESCRIPCIÓN DE LA COMPETICIÓN: TIPO DE COMPETICIÓN CATEGORÍA Nº EQUIPOS PARTICIPANTES LIGA COPA COMIENZO FINAL 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 ACTIVIDADES Y EVENTOS DEPORTIVOS ORGANIZADOS DURANTE LA TEMPORADA 2018/19 Ó AÑO 2019 (TORNEOS, CAMPUS, ETC.) NOMBRE FECHA DE CELEBRACIÓN EQUIPOS PARTICIPANTES CATEGORÍA Nº PARTICIPANTES EDADES CUOTA DE INSCRIPCIÓN CUOTA DE PARTICIPACIÓN NOMBRE FECHA DE CELEBRACIÓN EQUIPOS PARTICIPANTES CATEGORÍA Nº PARTICIPANTES EDADES CUOTA DE INSCRIPCIÓN CUOTA DE PARTICIPACIÓN NOMBRE FECHA DE CELEBRACIÓN EQUIPOS PARTICIPANTES CATEGORÍA Nº PARTICIPANTES EDADES CUOTA DE INSCRIPCIÓN CUOTA DE PARTICIPACIÓN DEPORTISTAS SELECCIONADOS POR LA FEDERACIÓN INSULAR, CANARIA O ESPAÑOLA Nº NOMBRE Y APELLIDOS CATEGORÍA FECHA CONVOCADO POR INSULAR CANARIA ESPAÑOLA En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma Nombre y apellidos: ______________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 34 FECHA DE LA COMPETICIÓN PUESTO EN LA CLASIFICACIÓN Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO S-01 (BIS) SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA DEPORTISTAS INDIVIDUALES BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA, PARA EL EJERCICIO 2019, DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO Y DESARROLLO DE LOS CLUBES DEPORTIVOS Y DEPORTISTAS INDIVIDUALES. AYUNTAMIENTO DE INGENO. Denominación de la Subvención □ DEPORTISTA MENOR DE EDAD En este caso, deben también cumplimentarse los apartados referenciados a los datos del representante legal □ DATOS DEL DEPORTISTA: Nombre y Apellidos D.N.I. Calle Nº C.P. Municipio Provincia Móvil Correo electrónico DATOS DEL REPRESENTANTE (en caso de deportistas menores) Nombre y Apellidos D.N.I. Teléfonos Móvil Fijo Otro Calle Nº Localidad Código Postal Correo electrónico Cargo o relación con el solicitante EXPONE: Que reúne todos los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras de la Convocatoria, para el ejercicio 2019, de Subvenciones destinadas al Fomento y Desarrollo de los Clubes Deportivos y Deportistas Individuales, del Ayuntamiento de Ingenio. SOLICITA una subvención para el desarrollo del proyecto descrito, comprendido dentro del objeto de la convocatoria, a cuyo efecto se acompaña la siguiente documentación, marcada a continuación. ☐ Fotocopia del DNI del solicitante ☐ Fotocopia del DNI del representante (si el solicitante es menor de edad) con acreditación documental de la representación (fotocopia del libro de familia o representación legal de la tutoría) ☐ Declaración responsable conforme al ANEXO I ☐ Certificación administrativa positiva de la Seguridad Social de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones o acreditación de haber solicitado dicha certificación o declaración de no estar dado de alta como empleador del deportista o del representante, si es menor. ☐ Certificación administrativa positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias del deportista o del representante, si es menor. ☐ Certificación administrativa positiva de la Agencia Autonómica de la Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias del deportista o del representante, si es menor. Certificación administrativa positiva de la Tesorería Municipal y Valora Gestiones Tributarias, de estar al corriente de las obligaciones tributarias del deportista o representante, si es menor, ya que de manera expresa DESAUTORIZO al Ayuntamiento de Ingenio para recabar el correspondiente certificado. ☐ A efectos de que el Ayuntamiento de Ingenio pueda aplicar los criterios valorativos para cuantificar el importe de la subvención que correspondería a este solicitante, adjunto la documentación marcada a continuación: ☐ Certificado actualizado de la Federación Insular o Canaria, en el que conste la expedición de licencia federativa del deportista o fotocopia de la licencia. ☐ Certificación de la Federación correspondiente donde consten los resultados obtenidos durante la temporada 2018/2019 o año 2018. Memoria descriptiva de la actividad deportiva realizada en la temporada 2018/19 o año 2018 y de las características y objetivos más significativos de la misma, así como del cumplimiento de los criterios de concesión fijados en las bases de esta convocatoria conforme al MODELO I ☐ ☐ Proyecto descriptivo en la temporada 2018/19 o año 2019 conforme al MODELO II. ☐ Proyecto deportivo y económico que se desea ser subvencionado conforme al modelo S-03 A otros efectos directamente relacionados con este expediente se adjunta: ☐ Alta de Terceros, cuando se solicita por primera vez subvención en el Ayuntamiento de Ingenio o se hayan modificado los datos de la misma, existente en el Ayuntamiento de Ingenio. ☐ Declaración responsable como que no ha sufrido cambio al respecto a los reflejados en el último Alta a Terceros presentado en el Ayuntamiento (Modelo S-05). En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma Nombre y apellidos: _____________________________________________________ AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE INGENIO Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 35 DEPORTISTA MAYOR DE EDAD Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 35 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE DE REUNIR LAS CONDICIONES PARA SER BENEFICIARIO DE LA SUBVENCIÓN Nombre y Apellidos D.N.I. Teléfonos Móvil Fijo Otro Calle Nº Localidad Código Postal Correo electrónico Cargo o relación con el solicitante Como responsable de esta declaración, manifiesto que como solicitante de la subvención reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos para poder ser beneficiario de ella, dispongo de la documentación que así lo acredita y me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a la subvención, incluidos el ejercicio de la comprobación de las justificaciones y el control financiero que pudieran llevar a efectos los órganos de control interno y externo. ☐ Como representante legal del menor ___________________________________________________________ ante el Ayuntamiento de Ingenio, comparezco y realizo la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE Como responsable de esta declaración, y en el nombre del menor que se indica arriba y que concurre como aspirante al procedimiento de concurrencia competitiva para la concesión de subvenciones para deportistas individuales, bajo mi tutela legal reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos para poder ser beneficiario de ella, dispongo de la documentación que así lo acredita y me comprometo a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a la subvención, incluidos el ejercicio de la comprobación de las justificaciones y el control financiero que pudieran llevar a efectos los órganos de control interno y externo. En particular, manifiesto además que reúno los siguientes requisitos marcados: ☐ 1. Reúno los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria y las acepto. 2. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y municipales y con la Seguridad Social. 3. Residir en el municipio de Ingenio, al menos, con dos años de antigüedad 4. Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Administración, en los términos establecidos en la legislación vigente, siempre que hubiese transcurrido el plazo fijado a este fin. 5. No incurrir en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 6. No estar inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones por parte de cualquier otra Administración Pública 7. No haber solicitado otras ayudas o subvenciones para el mismo proyecto a otras Administraciones Públicas, o en su caso, relación de las solicitadas o concedidas, indicándolas a continuación: ORGANISMO IMPORTE SOLICITADO IMPORTE CONCEDIDO Y para que así conste, y surta los efectos prevenidos en las bases de la convocatoria, ante el órgano administrativo que convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones referenciado, emito la presente declaración responsable en el lugar y fecha indicada. En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ El declarante Fdo.: _________________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 36 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 36 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO I MEMORIA DEPORTIVA TEMPORADA 2018/19 Ó AÑO 2018 DESCRIPCIÓN: RELACIÓN DE RESULTADOS MÁS DESTACADOS Se ha de presentar el documento acreditativo: certificado de la federación, listado de resultados, artículo del periódico, artículo en web o blog, etc. COMPETICIÓN FECHA RESULTADO DOCUMENTO ACREDITATIVO COMPETICIÓN FECHA RESULTADO DOCUMENTO ACREDITATIVO COMPETICIÓN FECHA RESULTADO DOCUMENTO ACREDITATIVO En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma Nombre y apellidos: ______________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 37 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 37 de 38 DECRETO DEPORTES Expediente 2/2019 MODELO II PROYECTO DEPORTIVO (TEMPORADA 2018/19 - AÑO 2019 DESCRIPCIÓN: En la Villa de Ingenio, a ____ de ____________________ de_______ Firma Nombre y apellidos: ______________________________________ Plaza de la Candelaria, 1- 35250 - Ingenio – Las Palmas. Teléfono 928 780 076 – Fax 928 124 033 http://www.ingenio.es 38 Número: 2019-0410 Fecha: 26/01/2019 Cód. Validación: 44MLARGND4X9Q9KWNY9NWCLKM | Verificación: http://ingenio.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 38 DECRETO